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Document 32005R0388
Commission Regulation (EC) No 388/2005 of 8 March 2005 adopting the specifications of the 2006 ad hoc module on transition from work into retirement provided for by Council Regulation (EC) No 577/98 and amending Regulation (EC) No 246/2003
Reglamento (CE) n° 388/2005 de la Comisión, de 8 de marzo de 2005, por el que se adoptan las especificaciones del módulo ad hoc de 2006 sobre la transición de la vida laboral a la jubilación previsto en el Reglamento (CE) n° 577/98 del Consejo y se modifica el Reglamento (CE) n° 246/2003
Reglamento (CE) n° 388/2005 de la Comisión, de 8 de marzo de 2005, por el que se adoptan las especificaciones del módulo ad hoc de 2006 sobre la transición de la vida laboral a la jubilación previsto en el Reglamento (CE) n° 577/98 del Consejo y se modifica el Reglamento (CE) n° 246/2003
DO L 62 de 9.3.2005, p. 7–11
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2016
9.3.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 62/7 |
REGLAMENTO (CE) N o 388/2005 DE LA COMISIÓN
de 8 de marzo de 2005
por el que se adoptan las especificaciones del módulo ad hoc de 2006 sobre la transición de la vida laboral a la jubilación previsto en el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo y se modifica el Reglamento (CE) no 246/2003
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 246/2003 de la Comisión, de 10 de febrero de 2003, relativo a la adopción del programa de módulos ad hoc de la encuesta sobre la población activa para los años 2004 a 2006 previsto en el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo (2), incluye un módulo ad hoc sobre la transición de la vida activa a la jubilación. |
(2) |
Se precisa un conjunto de datos completo y comparable sobre la transición de la vida activa a la jubilación a fin de supervisar los avances hacia los objetivos comunes de la estrategia comunitaria para el empleo y del método abierto de coordinación en el sector de las pensiones lanzado por el Consejo Europeo de Laeken en diciembre de 2001. Ambos procesos tienen entre sus prioridades el apoyo del envejecimiento activo y la prolongación de la vida laboral, en concreto gracias a la Directriz número 5 de las Directrices de Empleo para 2003: «Aumentar la oferta de mano de obra y promover la prolongación de la vida activa», adoptada por el Consejo el 22 de julio de 2003 (3), y mediante el objetivo número 5 sobre las pensiones, desarrollado en el Informe conjunto sobre los objetivos y los métodos de trabajo en el ámbito de las pensiones, aprobado por el Consejo de Laeken de los días 14 y 15 de diciembre de 2001, y en el Informe conjunto de la Comisión y del Consejo sobre la adecuación y la viabilidad de las pensiones, aprobado por el Consejo de Bruselas de los días 20 y 21 de marzo de 2003. |
(3) |
Con arreglo a la Decisión no 1145/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a medidas comunitarias de estímulo del empleo (4), las actividades comunitarias en materia de análisis, investigación y cooperación entre los Estados miembros en el sector del empleo y del mercado laboral deben llevarse a cabo en el período que va del 1 de enero de 2002 al 31 de diciembre de 2006, y uno de sus objetivos es el desarrollo, el seguimiento y la evaluación de la estrategia europea para el empleo, con la atención puesta especialmente en el futuro. |
(4) |
También es preciso actualizar la especificación de la muestra establecida en el apartado 3 del anexo del Reglamento (CE) no 246/2003, a fin de aumentar al máximo su potencialidad de análisis para el módulo ad hoc. |
(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del programa estadístico. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
La lista detallada de la información que debe recogerse en 2006 por el módulo ad hoc sobre la transición de la vida activa a la jubilación será la que figura en el anexo.
Artículo 2
En el anexo, apartado 3, del Reglamento (CE) no 246/2003, el párrafo «Muestra» se reemplazará por el texto siguiente:
«Muestra: para este módulo, el grupo de edad de la muestra lo constituyen únicamente personas de edad comprendida entre los 50 y los 69 años. El conjunto completo de variables de la encuesta sobre la población activa deberá recogerse para la submuestra utilizada en el módulo ad hoc. Cuando la unidad de la muestra sea un individuo, no se requerirá ningún dato sobre los demás miembros del hogar.».
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de marzo de 2005.
Por la Comisión
Joaquín ALMUNIA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2257/2003 del Parlamento Europeo y el Consejo (DO L 336 de 23.12.2003, p. 6).
(2) DO L 34 de 11.2.2003, p. 3.
(3) DO L 197 de 5.8.2003, p. 13.
(4) DO L 170 de 29.6.2002, p. 1. Decisión modificada por la Decisión no 786/2004/CE (DO L 138 de 30.4.2004, p. 7).
ANEXO
ENCUESTA SOBRE LA POBLACIÓN ACTIVA
Especificaciones del módulo ad hoc de 2006 sobre la transición de la vida laboral a la jubilación
1. |
Estados miembros y regiones afectados: todos. |
2. |
Las variables se codificarán del modo siguiente: La numeración de las variables de la encuesta sobre la población activa en la columna «Filtro» (C11/14, C24 y C67/70) se refiere al Reglamento (CE) no 1575/2000 de la Comisión (DO L 181 de 20.7.2000, p. 16). |
Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
240 |
|
¿Ha reducido su tiempo de trabajo con miras a su completa jubilación? |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
1 |
Sí, dentro de un sistema gradual de jubilación/pensión parcial. |
||
2 |
Sí, pero sin ningún sistema gradual de jubilación/pensión parcial. |
||
3 |
No, pero prevé hacerlo en los próximos 5 años. |
||
4 |
Ni lo ha hecho ni prevé hacerlo en los próximos 5 años. |
||
5 |
No, y no sabe si lo hará en los próximos 5 años (sus planes no son pertinentes). |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
241/242 |
|
Edad en la que ha previsto dejar todo trabajo remunerado |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
50-93 |
Escriba una cifra de dos dígitos. |
||
94 |
No ha previsto una edad exacta, pero será antes de cumplir los 60 años. |
||
95 |
No ha previsto una edad exacta, pero será entre los 60 y los 64 años. |
||
96 |
No ha previsto una edad exacta, pero será a los 65 años o después, o prevé trabajar todos los años que pueda. |
||
97 |
No ha previsto ninguna edad ni tiene ningún plan al respecto. |
||
98 |
Ya ha dejado todo trabajo remunerado. |
||
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
243 |
|
Situación laboral principal tras dejar el último empleo o negocio |
Todas las personas de 50 a 69 años y C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49 |
1 |
Sin empleo. |
||
2 |
En jubilación o jubilación anticipada. |
||
3 |
Tiene una enfermedad o invalidez de larga duración. |
||
4 |
De otro tipo |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
244 |
|
Causa principal de la jubilación o jubilación anticipada |
C243 = 2 |
1 |
Perdió su empleo. |
||
2 |
Llegó a la edad obligatoria de jubilación. |
||
3 |
Problemas de salud o invalidez. |
||
4 |
Responsabilidades de asistencia a terceros. |
||
5 |
Problemas laborales. |
||
6 |
Incentivos financieros para dejar de trabajar. |
||
7 |
Prefirió dejar el trabajo por otros motivos. |
||
8 |
Otra causa. |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
245 |
|
¿Hubiera seguido/seguiría trabajando durante más tiempo si hubiera disfrutado de flexibilidad en su horario de trabajo? |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
1 |
Sí. |
||
2 |
No. |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
246 |
|
¿Hubiera seguido/seguiría trabajando durante más tiempo si hubiera tenido más oportunidades de actualizar sus cualificaciones? |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
1 |
Sí. |
||
2 |
No. |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
247 |
|
¿Hubiera seguido/seguiría trabajando durante más tiempo si hubiera disfrutado de mejores condiciones de salud y seguridad en el puesto de trabajo? |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
1 |
Sí. |
||
2 |
No. |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
248/249 |
|
Edad en la que empezó a recibir una pensión de jubilación individual |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
|
Escriba una cifra de dos dígitos. |
||
97 |
No recibe ninguna pensión de jubilación individual aun teniendo derecho a ella. |
||
98 |
No tiene (o aún no tiene) derecho a ninguna pensión de jubilación individual. |
||
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
250 |
|
¿Recibe una pensión o prestación individual distinta de la pensión de jubilación o de la prestación por desempleo, como una pensión de invalidez, una pensión de enfermedad o una prestación por jubilación anticipada? |
Todas las personas de 50 a 69 años y C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49 |
1 |
Sí, una pensión de invalidez o de enfermedad. |
||
2 |
Sí, una prestación por jubilación anticipada. |
||
3 |
Sí, otro tipo de prestación individual. |
||
4 |
Sí, una combinación de los códigos 1, 2 o 3. |
||
5 |
No |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
251 |
|
Principal incentivo financiero para seguir trabajando |
Todas las personas de 50 a 69 años y C24 = 1, 2 y C248/249 < 98 |
1 |
Aumentar sus derechos de pensión de jubilación. |
||
2 |
Proporcionar suficientes ingresos al hogar. |
||
3 |
Ninguno. |
||
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
252/253 |
|
Total de años con trabajo remunerado (durante la vida activa) |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
|
Escriba una cifra de dos dígitos. |
||
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro). |
||
en blanco |
Sin respuesta. |
||
254/259 |
|
Factor de elevación para el módulo EPA 2006 (optativo) |
Todas las personas de 50 a 69 años y [(C24 = 3, 5 y (C67/70-C11/14) > 49) o (C24 = 1, 2)] |
0000-9999 |
Las columnas 254 a 257 contienen números enteros. |
||
00-99 |
Las columnas 258 y 259 contienen decimales. |