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Document 62023TN0165

Asunto T-165/23: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Arkema France/Comisión

DO C 179 de 22.5.2023, p. 67–67 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/67


Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Arkema France/Comisión

(Asunto T-165/23)

(2023/C 179/93)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Arkema France (Colombes, Francia) (representantes: S. Dumon-Kappe y D. Todorova, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare admisible y fundado el presente recurso.

En consecuencia,

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/111, de la Comisión de 18 de enero de 2023, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia.

En cualquier caso, condene a la Comisión a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 9, apartado 1, y del artículo 21, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea. Este motivo, se divide en tres partes.

En la primera parte, se imputa a la demandada no haber tomado en consideración el conjunto de los intereses de la Unión y la oposición de los diferentes actores europeos al decidir continuar la investigación sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia a pesar de la retirada de la denuncia.

En la segunda parte, se imputa a la demandada haber incurrido en un error manifiesto de apreciación de los intereses de los usuarios al decidir establecer derechos antidumping definitivos aplicables a las importaciones de ácido graso originario de Indonesia.

En la tercera parte, se imputa a la Comisión haber vulnerado los principios generales de igualdad de trato y de confianza legítima al negarse a concluir la investigación antidumping sin adoptar medidas.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 1, apartado 1, y del artículo 3, apartado 6, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea.

La demandante sostiene, a este respecto, que la demandada sobrevaloró el impacto negativo sobre la industria de la Unión de las importaciones de ácido graso originario de Indonesia que no han causado ningún perjuicio material a la industria europea.


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