EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62015CN0198

Asunto C-198/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 29 de abril de 2015 — Invamed Group Ltd, Invacare UK Ltd, Days Healthcare Ltd, Electric Mobility Euro Ltd, Medicare Technology Ltd, Sunrise Medical Ltd/Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs

DO C 228 de 13.7.2015, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.7.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 228/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 29 de abril de 2015 — Invamed Group Ltd, Invacare UK Ltd, Days Healthcare Ltd, Electric Mobility Euro Ltd, Medicare Technology Ltd, Sunrise Medical Ltd/Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs

(Asunto C-198/15)

(2015/C 228/07)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

First-tier Tribunal (Tax Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Invamed Group Ltd, Invacare UK Ltd, Days Healthcare Ltd, Electric Mobility Euro Ltd, Medicare Technology Ltd, Sunrise Medical Ltd

Demandada: Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs

Cuestiones prejudiciales

Las cuestiones prejudiciales se refieren al anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (1), modificado por el Reglamento (CE) no 1549/2006 de la Comisión, y a la partida 8713 de dicho anexo.

1)

¿La expresión «para inválidos» significa «únicamente» para inválidos?

2)

¿Cuál es el significado del término «inválidos»? En particular:

a)

¿su significado se restringe a las personas que sufren una discapacidad además de una limitación respecto de su capacidad para caminar o caminar sin dificultad, o incluye a personas cuya única limitación afecta a su capacidad para caminar o para caminar sin dificultad?

b)

¿implica el término «inválido» algo más que una limitación marginal de una capacidad?

c)

¿una limitación temporal como la ocasionada por la rotura de una pierna constituye una invalidez?

3)

¿Modifica la nota explicativa de la Nomenclatura Combinada de 4 de enero de 2005 (2005/C 1/03) (2) el significado de la partida 8713 de la NC al excluir a los electromóviles que tienen una columna de dirección separada?

4)

¿Afecta a la clasificación arancelaria la posibilidad de que una persona no inválida utilice un vehículo si se puede afirmar que dicho vehículo tiene unas características particulares que palian los efectos de una discapacidad?

5)

En caso de que la idoneidad para el uso por personas no discapacitadas sea una circunstancia pertinente, ¿en qué medida las desventajas de dicho uso han de ser también pertinentes para determinar dicha idoneidad?


(1)  DO L 301, p. 1.

(2)  Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea (DO C 137, p. 1).


Top