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Document 62013TN0604
Case T-604/13: Action brought on 20 November 2013 — Levi Strauss v OHIM — L&O Hunting Group (101)
Asunto T-604/13: Recurso interpuesto el 20 de noviembre de 2013 — Levi Strauss/OAMI — L&O Hunting Group (101)
Asunto T-604/13: Recurso interpuesto el 20 de noviembre de 2013 — Levi Strauss/OAMI — L&O Hunting Group (101)
DO C 24 de 25.1.2014, p. 32–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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25.1.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 24/32 |
Recurso interpuesto el 20 de noviembre de 2013 — Levi Strauss/OAMI — L&O Hunting Group (101)
(Asunto T-604/13)
2014/C 24/58
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Levi Strauss & Co. (San Francisco, Estados Unidos) (representantes: V. von Bomhard y J. Schmitt, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: L&O Hunting Group GmbH (Isny im Allgäu, Alemania)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 6 de septiembre de 2013 en el asunto R 1538/2012-2. |
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Condene en costas a la demandada y a la coadyuvante, en caso de que esta última decidiera intervenir. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «101» para productos de las clases 13, 25 y 28 — Solicitud de marca comunitaria no 9 446 634
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante
Marca o signo invocado: Registro de la marca comunitaria no 26 708 de la marca denominativa «501» para productos de las clases 16, 18 y 25
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición en su totalidad
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento de marca comunitaria.