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Document 52011AE0530

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Juventud en Movimiento — Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea» [COM(2010) 477 final]

DO C 132 de 3.5.2011, p. 55–62 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.5.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/55


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Juventud en Movimiento — Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea»

[COM(2010) 477 final]

2011/C 132/10

Ponente: Pavel TRANTINA

Coponente: Juan MENDOZA CASTRO

El 15 de septiembre de 2010, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Juventud en Movimiento (Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea)»

COM (2010) 477 final.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 24 de febrero de 2011

En su 470o Pleno de los días 15 y 16 de marzo de 2011 (sesión del 15 de marzo de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

1.   Resumen de las recomendaciones

1.1   El CESE es consciente de la necesidad de considerar la situación de los jóvenes que se ven seriamente afectados por la actual crisis económica. Asimismo, reconoce la utilidad de la iniciativa Juventud en Movimiento como parte integrante de las medidas de la estrategia Europa 2020 y acoge favorablemente las disposiciones de la Comunicación objeto de examen. El CESE está dispuesto a contribuir a su aplicación aunando fuerzas y elevando el perfil de la iniciativa con los interlocutores sociales y la sociedad civil organizada, así como identificando las lagunas de que adolece la iniciativa y que resultan cubiertas por la Estrategia de la UE para la juventud.

1.2   El CESE destaca que convendría supervisar los objetivos que propone la iniciativa Juventud en Movimiento y medir el desarrollo de su realización según indicadores claros, de tal modo que los Estados miembros de la UE puedan acentuar sus esfuerzos si estos objetivos no se realizan a su debido tiempo.

1.3   En un período en que la crisis económica obliga a revisar las prioridades en materia presupuestaria, el CESE subraya la importancia de mantener y acrecentar en la medida de lo posible el uso eficaz de los recursos asignados a nivel nacional y de la UE para la educación, formación y empleo de los jóvenes. Las políticas encaminadas a la recuperación económica deben fomentar la creación de puestos de trabajo estables y prevenir la interrupción de los estudios.

1.4   El CESE respalda la creación de un marco de calidad para los períodos de prácticas profesionales y saluda las medidas que conducen a eliminar los obstáculos jurídicos y administrativos que obstaculizan la libre circulación de los jóvenes para su educación y los períodos de prácticas profesionales.

1.5   El CESE celebra la iniciativa de la Comisión de fomentar la validación del aprendizaje no formal y aumentar la visibilidad de las competencias adquiridas al margen del sistema educativo oficial (como, por ejemplo, mediante el Pasaporte Europeo de Capacidades). El debate sobre las formas de validación debería centrarse también en la calidad de la educación y formación dispensada, así como en su supervisión y seguimiento. Al mismo tiempo, el CESE recuerda que las medidas en defensa del aprendizaje no formal deberían beneficiar a todo el mundo y, por consiguiente, no deberían limitarse únicamente a los jóvenes con menos oportunidades.

1.6   El CESE acoge favorablemente el desarrollo de instrumentos a nivel nacional, como la Garantía Juvenil, que ayuda a los jóvenes a pasar de la educación al mercado laboral. Sin embargo, el CESE considera que algunas de las demás iniciativas han de ser examinadas antes de ponerlas en práctica. Este sería el caso de la comparación de los resultados de la enseñanza superior, el desarrollo de una tarjeta de Juventud en Movimiento, el establecimiento de una iniciativa «Un primer trabajo EURES» y el desarrollo del futuro Instrumento Europeo de Microfinanciación Progress.

1.7   El CESE apoya los esfuerzos de la Comisión por identificar el modo más eficaz de apoyar al empleo de los jóvenes, como los programas de formación, las medidas de seguridad y prestaciones combinadas con la activación, las ayudas a la contratación y disposiciones salariales y de seguridad social adecuadas, así como la orientación profesional. El CESE subraya que estos pasos deben darse utilizando y mejorando el diálogo social y el diálogo con la sociedad civil.

1.8   A decir verdad, la iniciativa subraya la educación y el empleo, pero no hace suficiente hincapié en el desarrollo del capital social y la participación de los jóvenes en la sociedad civil europea. Por otra parte, el crecimiento integrador también debería incluirse como un asunto prioritario en las estrategias dirigidas a los jóvenes, al tiempo que deberían introducirse los medios necesarios para llevarlas a cabo, como el mantenimiento y potenciación del actual programa «La Juventud en Acción».

1.9   El CESE lamenta que la iniciativa haya omitido las actividades que potencian y configuran la dimensión cívica y social de la juventud en Europa. El título «Juventud en Movimiento» debería reflejarse en la Comunicación como una iniciativa no sólo «sobre» o «'para» la juventud, sino más bien «con» la juventud, haciendo referencia a la participación activa de los jóvenes en la aplicación de las medidas propuestas. El CESE solicita a la Comisión que añada las actividades necesarias a la iniciativa.

1.10   El CESE sugiere que un nuevo paquete de información sobre el sitio web especial de la iniciativa se incluya en las actuales fuentes de información como PLOTEUS, YOUTH y otros portales ya existentes. Incluir la nueva información en los sitios web ya existentes podría tener más éxito y ayudar a los jóvenes a acceder a la misma más fácilmente.

1.11   Los períodos de prácticas deberían ser más atractivos y deberían reflejar los intereses de todos los interesados, al tiempo que los Estados miembros deberían, con diferentes tipos de incentivos, animar a los empresarios a brindar más oportunidades de períodos de prácticas y, consiguientemente, más y mejores empleos para los jóvenes.

1.12   El CESE celebra la importancia dada a la utilización del Fondo Social Europeo (FSE). En sus negociaciones con los Estados miembros sobre las disposiciones presupuestarias en el marco de las nuevas perspectivas financieras, la Comisión debería procurar, en particular, que haya suficientes fondos para las iniciativas del FSE, en especial las que atañen a los jóvenes.

1.13   El CESE considerará detenidamente la contribución potencial del sistema europeo de préstamos a estudiantes de acuerdo con las posibilidades e instrumentos ya disponibles.

2.   Síntesis de la iniciativa de la Comisión

2.1   La estrategia Europa 2020 fija objetivos ambiciosos para un crecimiento inteligente, integrador y sostenible de la región. Los jóvenes son actores clave para alcanzarlos. Una educación y formación de alta calidad, para todos y todas, la integración y permanencia en el mercado laboral, el trabajo digno y adecuadamente remunerado, y las oportunidades para una mayor movilidad, son elementos fundamentales para impulsar el potencial de todos los jóvenes  (1) y contribuir así a que se alcancen los objetivos de la estrategia Europa 2020. Por ello, el conjunto de medidas que contiene la iniciativa Juventud en Movimiento la convierten en una de las propuestas emblemáticas de la estrategia.

2.2   La iniciativa Juventud en Movimiento pretende reforzar los objetivos y las prioridades que definen el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («Educación y formación 2020»), así como aplicar medidas para lograr los siguientes objetivos:

mejorar las perspectivas de un ingreso aceptable y duradero de los jóvenes en el mercado laboral;

ofrecer a un mayor número de jóvenes la posibilidad de acceder a la enseñanza superior;

adaptar las características de la educación y la formación profesional para que respondan mejor a las necesidades de la juventud;

procurar que de aquí a 2020 cada ciudadano europeo interesado pueda estudiar o seguir una formación en el extranjero;

reducir el paro juvenil, aumentando el número de empleos accesibles para los jóvenes, así como los períodos de prácticas para estudiantes y la experiencia laboral que fomenta el espíritu empresarial en los estudiantes;

informar más y mejor sobre los instrumentos de la UE que apoyan la movilidad, en particular los estudios, formaciones o prácticas en el extranjero, etc.

2.3   Para cada uno de los ámbitos prioritarios se ha concebido una serie de nuevas acciones prioritarias. Incluyen propuestas que han de permitir contribuir concretamente a la realización de esas prioridades.

3.   Observaciones generales del Comité sobre la Comunicación de la Comisión

3.1   La iniciativa emblemática «Juventud en movimiento» está en consonancia con la estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Refuerza así el nuevo planteamiento holístico al considerar que las políticas de educación y empleo juvenil se hallan estrechamente relacionadas con otras iniciativas emblemáticas y con los cinco objetivos globales de la UE. El CESE subraya la necesidad de buscar una mayor coherencia entre las políticas de la UE y nacionales, y de que las partes interesadas no gubernamentales desempeñen un papel clave.

3.2   El CESE destaca que habría que considerar la iniciativa en el contexto de la crisis económica más profunda que Europa ha conocido en los últimos años. Resulta imposible no tenerla en cuenta cuando se habla de «impulsar el potencial de los/as jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la UE». Cabe preguntarse cómo la crisis está afectando a la seguridad laboral, a los derechos sociales y a todos los planes y proyectos sobre movilidad estudiantil y laboral en la actualidad. El CESE considera importante llamar la atención sobre las relaciones existentes entre las medidas de orientación económica que se están adoptando y el impacto que podrían tener en los planes y programas europeos ya existentes que tienen un gran valor para los jóvenes. Habría que evitar cualquier tipo de recortes y, al contrario, enfocar mejor los recursos disponibles y, a ser posible, aumentarlos de manera significativa.

3.3   El CESE reconoce el valor de la iniciativa Juventud en Movimiento como parte integrante de las medidas de la estrategia Europa 2020 y acoge favorablemente el conjunto de disposiciones de la Comunicación objeto de examen. Esta iniciativa debería, en primer lugar y ante todo, interconectar mejor entre sí las distintas medidas y proyectos existentes y futuros para aumentar las posibilidades de alcanzar el objetivo señalado supra. El CESE lamenta que se hayan omitido en la iniciativa las actividades que aumentan y refuerzan la dimensión social y cívica de los jóvenes en Europa. El título de «Juventud en Movimiento» debería reflejarse en la Comunicación de manera que fuese no sólo «sobre» o «para» la juventud, sino más bien «con» la juventud, subrayando la participación activa de los jóvenes en la aplicación de las medidas propuestas. El CESE solicita a la Comisión que añada las necesarias actividades a la iniciativa.

3.4   En la medida en que la iniciativa abarca dos áreas principales: la educación y el empleo, el CESE valora que haga hincapié en la movilidad, el poder atractivo y la calidad, ajustándose así al marco estratégico de cooperación europea en el ámbito de la Educación y Formación (EF 2020), en particular a los objetivos estratégicos 1 y 2. Es importante que esta iniciativa haga especial hincapié en una mayor movilidad en materia de educación, en la modernización de la enseñanza superior, en la valorización y la validación del aprendizaje informal y no formal y en la garantía de inversiones eficaces y duraderas en los ámbitos de la educación y la formación profesional.

3.5   El CESE celebra también que la iniciativa haga hincapié en los vínculos entre sus objetivos y la continuación de la puesta en práctica del marco europeo de cualificaciones, una mayor apertura de los sistemas educativos, la mejora del asesoramiento y la asociación entre las instituciones educativas y los empleadores (2). En cuanto a su aplicación, el CESE recomienda centrarse principalmente, entre otras cosas, en la apertura y la adaptación de los sistemas educativos a las necesidades de la sociedad y del mercado laboral, en una integración apropiada de la iniciativa Juventud en Movimiento en los instrumentos existentes de movilidad educativa como Europass y el sistema europeo de acumulación y transferencia de créditos (ECTS), y en una mayor cooperación entre los centros de enseñanza y el empresariado, así como entre los sindicatos, los estudiantes y otras partes interesadas.

3.6   A decir verdad, la iniciativa destaca la educación y el empleo, pero no hace suficiente hincapié en el desarrollo del capital social y el fomento de la participación de la juventud en la sociedad civil europea. En este sentido, la compatibilidad de la iniciativa «Juventud en Movimiento» resulta insuficiente con los objetivos de la nueva estrategia de la UE para la juventud, «inversión y capacitación» adoptada en 2009 y con las actividades dirigidas a los jóvenes, así como con los objetivos del Tratado de Lisboa (artículo 165(2)) que refuerza la dimensión de la ciudadanía y subraya la necesidad de animar a los jóvenes a participar en la vida democrática. No se destacan suficientemente las competencias fundamentales directamente relacionadas con el mundo económico (como la innovación y el espíritu empresarial), la educación para la ciudadanía, la solidaridad y la consolidación de la cohesión social; es decir, hay que incluir la participación de los/as jóvenes en el conjunto de la agenda social, y hay que designar y añadir a la iniciativa las necesarias medidas de apoyo.

3.7   Ahora bien, también procede incorporar con carácter prioritario el crecimiento integrador en las estrategias concebidas para los jóvenes, al tiempo que deberían introducirse los medios necesarios para llevarlas a cabo, como el mantenimiento y potenciación del actual programa «La Juventud en Acción».

3.8   Habría que incorporar de manera más clara en la iniciativa algunos aspectos relacionados con la no discriminación. El CESE sugiere incluir medidas que aborden el problema de la diferencia salarial entre hombres y mujeres jóvenes. Asimismo, habrá que considerar las diferencias entre oriundos y personas de origen inmigrante, y las dificultades de estos últimos para lograr las mismas condiciones y cualificaciones. También habría que prestar la debida atención a la inclusión en el mercado laboral de los jóvenes con discapacidad.

3.9   Convendría supervisar los objetivos que propone la iniciativa y debería medirse el desarrollo de su realización con arreglo a indicadores claros, de tal modo que los Estados miembros de la UE puedan acentuar sus esfuerzos si estos objetivos no se realizan a su debido tiempo.

3.10   En el apartado siguiente, el CESE examina los ámbitos prioritarios que establece la Comunicación y expone sus observaciones y elementos complementarios para cada una de las nuevas acciones prioritarias propuestas.

4.   Desarrollar sistemas modernos de educación y formación que proporcionen competencias clave y excelencia

4.1   Proponer un proyecto de recomendación del Consejo sobre la lucha contra el abandono escolar (2010)

4.1.1   La reducción del abandono escolar es una cuestión de especial importancia, en particular para algunos Estados miembros de la UE. Esta cuestión constituye también uno de los principales objetivos de la estrategia Europa 2020, tomado además directamente del conjunto de niveles de referencia del marco estratégico «Educación y formación 2020». En un momento en que la crisis económica ha acarreado recortes presupuestarios, el CESE subraya la importancia de mantener y acrecentar en la medida de lo posible los recursos asignados a nivel nacional para la eliminación del abandono escolar.

4.2   Establecer un grupo de expertos de alto nivel para la lucha contra el analfabetismo (2010)

4.2.1   El CESE apoya los métodos que han demostrado ser eficaces para mejorar la capacidad de los alumnos y estudiantes y erradicar el analfabetismo en la UE. Asimismo, destaca la importancia de aquellos programas que incluyen a los jóvenes de las poblaciones migrantes y socialmente desfavorecidas. Es importante que el grupo de expertos de alto nivel brinde oportunidades de diálogo y consulte a los interlocutores sociales y a las organizaciones de la sociedad civil.

4.3   Aumentar el poder atractivo, la oferta y la calidad de la educación y de la formación profesional

4.3.1   Tras las consultas al Cedefop, el CESE destaca la necesidad de revisar nuestras estrategias en materia de educación, formación y aprendizaje, incluida la enseñanza y formación profesional (EFP). Es necesario:

ofrecer una educación y formación más específica,

fomentar y valorar una gama más amplia de conocimientos, cualificaciones y competencias,

reducir el desajuste entre conocimientos y cualificaciones,

apoyar nuevos entornos de aprendizaje,

abrir las estructuras e instituciones de enseñanza y formación,

tener en cuenta las necesidades individuales.

4.3.2   Por consiguiente, el CESE acoge favorablemente el Comunicado de Brujas que tiene como objetivo aumentar la cooperación europea en la EFP y que define once objetivos estratégicos a largo plazo para la próxima década (2011-2020). Asimismo, respalda la mejora de la calidad de la enseñanza profesional a nivel de la UE. La EFP debería figurar entre los primeros grupos nuevos que vayan a beneficiarse de una mayor movilidad.

4.4   Proponer un marco de calidad para los períodos de prácticas

4.4.1   El CESE saluda las medidas para eliminar los obstáculos jurídicos y administrativos que obstaculizan la libre circulación de los jóvenes para los períodos de prácticas. El diálogo estructurado con la juventud ha permitido también identificar otro gran problema, a saber, la calidad de las prácticas en cada Estado miembro. Por consiguiente, el marco europeo debería lanzar un debate a nivel nacional sobre los períodos de prácticas, los contratos de aprendizaje y la calidad de los contratos de trabajo que se ofrecen a los jóvenes. Las prácticas deberían formar parte de los programas educativos e incorporar un fuerte elemento educativo que permita a los jóvenes conseguir después empleos permanentes, de calidad, correctamente remunerados y no discriminatorios.

4.4.2   Este requisito de un marco de calidad para los períodos de prácticas debería aplicarse a todas las formas de aprendizaje en situación de trabajo real, independientemente de que se inscriban o no en el marco de programas formales de educación o de que se realicen voluntariamente fuera del marco de una enseñanza formal. Las prácticas no deberían sustituir a los puestos de trabajo como tales, sino que deberían ofrecer a los interesados las competencias necesarias para una transición sin problemas al mundo profesional. Los jóvenes en prácticas deben percibir una compensación financiera cuando realicen verdaderas misiones profesionales y deben beneficiarse también de la protección social. La implicación de los interlocutores sociales en la concepción, organización, oferta y financiación de las prácticas es importante para que sean eficientes y pertinentes para el mercado laboral.

4.4.3   Las prácticas deberían ser más atractivas y deberían reflejar lo intereses de todos los interesados, a tiempo que los Estados miembros deberían, con diferentes tipos de incentivos, animar a los empresarios a brindar más oportunidades de períodos en prácticas y, por consiguiente, más y mejores puestos de trabajo para los jóvenes, teniendo en cuenta el «Acuerdo marco sobre los mercados de trabajo integradores» adoptado por los interlocutores sociales europeos.

4.5   Proponer un proyecto de Recomendación del Consejo sobre la promoción y la validación del aprendizaje no formal e informal (2011)

4.5.1   El CESE concede desde hace tiempo una gran importancia a esta cuestión y apoya, pues, las medidas complementarias que se tomen al respecto. El CESE celebra, en particular, que se insista en validar los resultados del aprendizaje no formal. El debate sobre la forma en que podría llevarse a cabo la validación debería centrarse también en la calidad de la educación no formal, así como en su supervisión y seguimiento. Todos deberían poder beneficiarse de las medidas en defensa del aprendizaje no formal y, por consiguiente, no debería limitarse únicamente a los jóvenes desfavorecidos (como se indica en la Comunicación). El aprendizaje no formal, dispensado principalmente por ONG mediante actividades voluntarias, es importante porque permite a los jóvenes adquirir las competencias necesarias en el mundo actual, en particular en materia de creatividad, trabajo en equipo, resolución de problemas, competencias lingüísticas, conciencia multicultural y empatía, así como capacidad de iniciativa y responsabilidad.

4.5.2   En materia de validación del aprendizaje informal, los empresarios desempeñarán un papel fundamental en su aceptación, al tiempo que será crucial el papel de las instituciones de enseñanza, tanto profesional como superior.

4.5.3   Respecto al reconocimiento del aprendizaje no formal e informal, ya existe toda una serie de ejemplos de buenas prácticas a escala nacional, como el «Profilpass» en Alemania o las «claves de la vida» en la República Checa. Convendría tenerlos en cuenta a la hora de elaborar la Recomendación del Consejo. La Comisión debería contribuir a la difusión y análisis de las «buenas prácticas», así como tener en cuenta la gran diversidad en desarrollo, tradiciones y realidades territoriales a lo largo y ancho de la UE.

5.   Promover el atractivo de la enseñanza superior para la economía basada en el conocimiento

5.1   Apoyar la reforma y la modernización de la enseñanza superior, presentando una Comunicación (2011), en la que se expondrá una nueva agenda mejorada para la enseñanza superior

5.1.1   La reforma de la enseñanza superior debe desempeñar un papel mucho más significativo en la consecución de los objetivos de la estrategia Europa 2020 dirigidos a hacer de la UE la mayor sociedad basada en el conocimiento, la innovación y el desarrollo. La modernización de los sistemas de educación superior, la realización del Espacio Europeo de Educación Superior y los objetivos del proceso de Bolonia, la mayor implicación de la sociedad civil y el sector privado, la revisión y el reforzamiento de los sistemas de garantía de calidad en la enseñanza superior y el reconocimiento de la importancia que reviste la dimensión social en la educación deberían contribuir a asegurar el acceso de los jóvenes graduados al mercado de trabajo y eliminar las barreras aún existentes para una participación equitativa en la educación relacionadas, entre otras, con las desigualdades sociales, de género, u origen nacional.

5.2   Comparación de los resultados de la enseñanza superior

5.2.1   Si bien se trata, entre otras cosas, de establecer la definición de niveles de referencia para medir los resultados y las realizaciones de la enseñanza superior, el CESE destaca la importancia de seleccionar cuidadosamente los criterios en estrecha cooperación con expertos en enseñanza, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, ya que se trata de un área muy delicada. El CESE comparte la preocupación por la potencial extrapolación de los métodos de evaluación o clasificación utilizados en otros campos y duda de que la creación de un sistema o modelo alternativo y pluridimensional de clasificación de universidades sea competencia de la UE.

5.3   Proponer una agenda plurianual de innovación estratégica (2011)

5.3.1   En lo que se refiere a la agenda plurianual de innovación estratégica (2011), el CESE se remite a los numerosos dictámenes y recomendaciones de los últimos años sobre este asunto (3).

6.   Ayudar a que se desarrolle notablemente la movilidad transnacional de los jóvenes en la formación y el empleo

6.1   Crear un sitio web dedicado a Juventud en Movimiento para informar sobre las oportunidades de aprendizaje y movilidad en la UE (2010)

6.1.1   El CESE propone que un nuevo paquete de información se incluya en las fuentes existentes como, por ejemplo, los portales PLOTEUS, YOUTH y otros, ya que incorporar nueva información a sitios web que ya funcionan puede dar mejor resultado y facilitar el acceso de los jóvenes. Asimismo, se debería crear una base de datos unificada con los puestos vacantes para prácticas y trabajos voluntarios e integrarla en esos sitios web.

6.2   Proponer un proyecto de Recomendación del Consejo para promover la movilidad de los jóvenes en la formación (2010)

6.2.1   El CESE apoya la intensificación de medidas concretas que tienen como objetivo conseguir una mayor movilidad en materia de educación, así como la explotación de las conclusiones de las consultas públicas sobre las propuestas del Libro Verde «Fomentar la movilidad en la formación de los jóvenes». El Comité participó activamente en 2009 en esta labor y emitió varias y valiosas recomendaciones (4) al respecto. Deberían facilitarse medidas de apoyo antes, durante y después de la movilidad.

6.3   Desarrollar una tarjeta de «Juventud en movimiento»

6.3.1   La iniciativa no es suficientemente clara respecto a si su objetivo es o no es el desarrollo de una nueva tarjeta o dar un nuevo impulso a la tarjeta ya existente Jóvenes <26. Si se trata de una nueva tarjeta, se ha de comprobar claramente que tenga un valor añadido y compararla con las que ya existen.

6.4   Publicar una guía sobre las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativas a los derechos de los estudiantes que ejercen la movilidad (2010)

6.4.1   El CESE considera que se trata de una buena medida, y señala que convendría publicar las sentencias adoptando formatos ágiles, de fácil acceso y comprensión, pues los estudiantes de escuelas secundarias también deberían encontrarlos fáciles de usar.

6.5   Proponer un pasaporte europeo de capacidades (2011)

6.5.1   El CESE apoya la creación de un pasaporte europeo de capacidades. Considera que procede reunir los pasaportes existentes, a saber, Europass y el pasaporte juventud, en un instrumento global que agruparía en un único formulario, un curriculum vitae tradicional, el aprendizaje formal -Europass- y los aprendizajes no formales e informales. A los jóvenes sigue sin convencerles la gran cantidad de instrumentos continuamente revisados y que, en último término, siguen siendo no muy eficaces. El éxito del pasaporte europeo de capacidades estará ligado, ente otros factores, a la acogida que le dispense el empresariado y a la utilización que le den los jóvenes, para quienes se necesitarán medidas de asesoramiento y apoyo.

6.6   Realizar la iniciativa «Tu primer trabajo EURES»

6.6.1   El CESE acoge favorablemente toda forma de apoyo que mejore las perspectivas de empleo de los jóvenes. Asimismo, cree que el refuerzo de EURES y otros portales y la mejora de la calidad de los servicios puede ayudar a este respecto.

6.7   Crear, en el transcurso de 2010, un «Observatorio Europeo de Ofertas de Empleo»

6.7.1   El CESE acoge favorablemente la publicación regular del «Monitor Europeo de Oferta de Empleo», ya que proporciona una visión general muy valiosa y actualizada de la evolución del mercado laboral europeo.

6.8   Hacer un seguimiento de la aplicación de la legislación de la UE en materia de libertad de circulación de los trabajadores

6.8.1   El CESE está en principio de acuerdo en que la aplicación de la legislación sobre la libre circulación de los trabajadores beneficia a los jóvenes y debería supervisarse más atentamente (esta acción está en marcha desde hace tiempo). No obstante, la Comisión no indica claramente la manera en que se articulan el seguimiento de la legislación y la aplicación de las medidas incitativas en favor de los/as jóvenes trabajadores/as en movimiento.

7.   Un marco para el empleo juvenil

7.1   Identificar las medidas más eficaces de apoyo al empleo de los jóvenes

7.1.1   El desempleo juvenil, que ya era elevado antes del estallido de la crisis, se ha convertido hoy en uno de los elementos más preocupantes de la realidad laboral europea. Como señala la iniciativa, « El desempleo juvenil, de casi un 21 %, es inaceptablemente elevado. Para alcanzar el objetivo de una tasa de empleo del 75 % para la población con una edad comprendida entre 20 y 64 años, es necesario mejorar radicalmente la transición de los jóvenes al mercado laboral» (5). La relevancia de las medidas que contribuyan a garantizar a los/as jóvenes empleos de calidad, permanentes y correctamente remunerados, desde el primer trabajo, no ha de subestimarse. El CESE saluda las iniciativas propuestas e insta a la Comisión a que obtenga compromisos concretos de los Estados miembros, acordados con los interlocutores sociales y otras partes interesadas, para crear empleo juvenil. También comparte la siguiente afirmación contenida en el texto: «Los acuerdos salariales y los costes no salariales pueden ofrecer un incentivo para dar empleo a los principiantes , pero no deben contribuir a la precariedad. La negociación colectiva también puede ser positiva para fijar y acordar unos salarios iniciales diferenciados», respetando el principio de igual salario por igual trabajo o trabajo de valor equivalente.

7.1.2   Hacer frente a la situación de los jóvenes en los mercados de trabajo actuales constituye un elemento fundamental para mejorar la competitividad de Europa. Para hacerlo con acierto, debemos garantizar en definitiva que los talentos de las generaciones jóvenes de hoy se aprovechen mejor y no se malogren.

7.1.3   El CESE apoya los esfuerzos para identificar las medidas más eficaces de apoyo al empleo de los jóvenes, como los programas de formación, las medidas de seguridad y prestaciones combinadas con la activación, las ayudas a la contratación y disposiciones salariales y de seguridad social adecuadas. La Comisión hace hincapié, acertadamente, en la orientación profesional. Cuando los jóvenes tienen que decidir su futura profesión, deberían recibir la información necesaria sobre los diversos itinerarios de formación y tener una idea precisa de las capacidades y competencias necesarias e información sobre la posible evolución de los mercados laborales para poder planificar su futuro en consecuencia. Esto es válido, en particular, durante la preparación y búsqueda de un primer empleo.

7.2   Establecer un seguimiento sistemático de la situación de los jóvenes que ni estudian ni trabajan

7.2.1   Otra consecuencia de la crisis económica vigente es que el número de jóvenes que ni estudian ni trabajan se ha incrementado. Sin embargo, hasta el momento es difícil tener una idea global de la gravedad del fenómeno a nivel de la UE y el impacto en la salud mental y bienestar de los jóvenes. Por consiguiente, el CESE saluda como positiva la propuesta de poner en marcha un seguimiento sistemático de este tema.

7.3   Crear, con el apoyo del programa Progress, un nuevo Programa de Aprendizaje Mutuo para los Servicios Públicos de Empleo de Europa (2010)

7.3.1   El CESE aprueba esta acción y recomienda orientarla sobre todo hacia la unificación de las actividades, financiaciones e intercambios de experiencias existentes. La eficiencia y relevancia de los servicios públicos de empleo son fundamentales. Sin embargo, en algunos Estados miembros, agencias privadas son responsables de esos servicios: algunas están insuficientemente reguladas y supervisadas. Es vital proponer trabajos estables y de calidad, así como asegurar los derechos sociales. En este, como en otros temas, la contribución de los interlocutores sociales reviste una gran importancia.

7.4   Intensificar la concertación bilateral y regional sobre el empleo juvenil con los socios estratégicos de la Unión Europea

7.4.1   El CESE apoya la intensificación de las cooperaciones bilaterales y multilaterales con, entre otras, la OCDE y la Unión por el Mediterráneo, la Asociación Oriental, los Balcanes Occidentales, y en el marco de las relaciones UE-América Latina y el Caribe, y otras partes del mundo con las que podría considerarse una cooperación. En particular, en aquellos temas relacionados con la población juvenil de origen inmigrante.

7.5   Incitar a los jóvenes empresarios potenciales a recurrir más al instrumento europeo de microfinanciación (en el marco del programa europeo PROGRESS)

7.5.1   El CESE acoge favorablemente el instrumento de microfinanciación como un modo de fomentar el espíritu empresarial y crear nuevos puestos de trabajo en microempresas (6). Sin embargo, aunque no estaba previsto prorrogarlo en el marco de las nuevas perspectivas financieras de la UE para después de 2013, el CESE considera que se debería contemplar tal prórroga si se aportara la prueba de su valía.

7.5.2   El diálogo estructurado entablado actualmente con la juventud revela que es conveniente un apoyo especial a los jóvenes cuando deciden lanzar su propia empresa en dos aspectos que han de tenerse en cuenta: i) por una parte, en relación con el capital para la puesta en marcha y, ii) por otra, brindándoles tutoría y ayuda para las cuestiones prácticas.

7.6   Proponer que todos los jóvenes trabajen, sigan estudiando o participen en medidas de activación en un plazo de cuatro meses a partir de su salida de la escuela, de manera que esto sea una «Garantía Juvenil».

7.6.1   El CESE acoge muy favorablemente la idea de desarrollar un instrumento a nivel nacional que pueda ayudar a los/as jóvenes a superar los obstáculos vinculados a la transición entre el sistema educativo y el mercado laboral. Las experiencias positivas de algunos Estados miembros deberían compartirse como ejemplo. A largo plazo, esta propuesta de «Garantía Juvenil» podría contribuir de manera esencial al modelo social europeo y a los objetivos de la estrategia Europa 2020.

7.7   Garantizar un equilibrio adecuado entre derechos a prestaciones y medidas de activación específicas basado en la obligación mutua

7.7.1   El CESE apoya estas medidas de obligación mutua, incluidas las políticas de activación para la juventud amenazada de exclusión social, la modernización del sistema de protección social, etc. Apoya también el refuerzo de las funciones de activación y motivación de los sistemas sociales con el fin de evitar que los jóvenes dependan durante demasiado tiempo de las prestaciones sociales.

7.8   En los mercados laborales segmentados, introducir un «contrato único» indefinido, con un periodo de prueba suficientemente largo y un aumento gradual de los derechos de protección

7.8.1   El concepto de contrato único indefinido podría representar una de las medidas que podrían contribuir a reducir las desigualdades entre quienes se integran en el mercado laboral y los que quedan excluidos. El CESE es consciente de las significativas diferencias que existen entre los Estados miembros en lo que se refiere al acceso de los jóvenes al mercado laboral. Algunos de los sistemas más rígidos impiden que los jóvenes consigan un trabajo; en otros hay muchas ofertas para contratos de corta duración que son demasiado flexibles y que no ofrecen pleno acceso a las prestaciones sociales. El CESE considera importante señalar que las medidas que deben adoptarse han de tratar de garantizar ofertas de contratos estables para los jóvenes y evitar discriminaciones por razones de edad, género o cualquier otro motivo.

8.   Aprovechar todo el potencial de los programas de financiación de la UE

8.1   Dar a conocer mejor la ayuda que el FSE puede aportar a los jóvenes y explotar al máximo su potencial

8.1.1   El CESE celebra el lugar preferente que la Comunicación reserva a la utilización del Fondo Social Europeo (FSE). En sus negociaciones con los Estados miembros sobre las disposiciones presupuestarias en el marco de las nuevas perspectivas financieras, la Comisión debería procurar, en particular, que haya suficientes fondos para las iniciativas del FSE, en especial las que atañen a los jóvenes. Habría que explorar el fortalecimiento de la dimensión juvenil en otros programas.

8.2   Garantizar que el Fondo beneficie inmediatamente a los jóvenes y se utilice rápidamente para alcanzar los objetivos de la estrategia Europa 2020

8.2.1   El CESE considera que conviene orientar los esfuerzos hacia una utilización exhaustiva de las posibilidades actuales del FSE y que, por otra parte, otros fondos también deberían incluir los objetivos señalados supra como prioridades horizontales.

8.3   Revisar todos los programas de la Unión que fomenten la enseñanza y la movilidad en este ámbito

8.3.1   El CESE aprueba la propuesta correspondiente de organizar consultas públicas para hacer un seguimiento de lo que aporta la movilidad a la enseñanza. Seguirá atentamente las actividades en este ámbito, habida cuenta, en particular, de las nuevas perspectivas financieras.

8.3.2   La Comunicación de la Comisión no hace referencia al papel de los programas europeos de enseñanza en el apoyo a una ciudadanía activa y a la participación de los jóvenes. Es evidente que una enseñanza de calidad y un sólido mercado laboral contribuyen al crecimiento en Europa, pero deben ir acompañados de instrumentos para fomentar la participación de los jóvenes en la sociedad, al objeto de que los jóvenes se sientan «propietarios» y responsables de las políticas pertinentes. Los animadores juveniles y las organizaciones de jóvenes pueden desempeñar un papel más importante al respecto. Asimismo, deberían brindarse más posibilidades de actividades cívicas voluntarias.

8.3.3   El CESE considera que no resulta conveniente, en el marco de las medidas anticrisis, relegar a un segundo plano el apoyo al aprendizaje no formal, dado que su papel está cobrando importancia y que resulta ya determinante para el futuro y la evolución de la juventud.

8.4   Estudiar la viabilidad de un sistema europeo de préstamos a los estudiantes para aumentar su movilidad transnacional

8.4.1   El CESE examinará atentamente la supuesta contribución de esta acción en función de las posibilidades e instrumentos disponibles actualmente. Los informes de evaluación de los programas de movilidad muestran que el principal obstáculo a la hora de incrementar la movilidad es la financiación de los estudiantes; así, si se pretende respaldar de manera eficaz el objetivo de la movilidad –en un 20 % de aquí a 2020–, es preciso otorgar prioridad a la facilidad de acceso a las becas y al volumen de las mismas. Es necesario elaborar con precisión el dispositivo de concesión de préstamos e informar de ello a los/as jóvenes. Conviene evitar en la medida de lo posible que estos/as últimos caigan en la espiral del endeudamiento.

Bruselas, 15 de marzo de 2011.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  COM(2010) 477 final.

(2)  Este concepto debería entenderse en el más amplio sentido posible, para referirse a aquellos que den empleo a alguien y en todos los sectores: privado, público o no gubernamental.

(3)  Dictámenes del CESE sobre los temas «Revisar la política comunitaria de innovación en un mundo cambiante», DO C 354 de 28.12.2010, p. 80 y «La inversión en conocimiento e innovación (Estrategia de Lisboa)», DO C 256 de 27.10.2007, p.17.

(4)  Dictamen del CESE sobre el «Libro Verde — Fomentar la movilidad en la formación de los jóvenes», DO C 255 de 22.9.2010, p.81.

(5)  De acuerdo con el informe de Eurostat de enero de 2011, la tasa total de paro en la UE-27 es del 9,6 %. El desempleo juvenil (menores de 25 años) es del 21 %. Los países con la mayor tasa de paro juvenil son España (43,6 %), Eslovaquia (36,6 %) y Lituania (35,2 %).

(6)  Dictamen del CESE sobre «La inversión en conocimiento e innovación (Estrategia de Lisboa)», DO C 256 de 27.10.2007, pp.17-26.


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