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Document 62009TN0504
Case T -504/09: Action brought on 16 December 2009 — Völkl v OHIM- Marker Völkl (VÖLKL)
Asunto T-504/09: Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2009 — Völkl/OAMI — Marker Völkl (VÖLKL)
Asunto T-504/09: Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2009 — Völkl/OAMI — Marker Völkl (VÖLKL)
DO C 37 de 13.2.2010, p. 47–48
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.2.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/47 |
Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2009 — Völkl/OAMI — Marker Völkl (VÖLKL)
(Asunto T-504/09)
2010/C 37/68
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Völkl GmbH & Co. KG (Erding, Alemania) (representante: C. Raßmann, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Marker Völkl International GmbH (Baar, Suiza)
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 30 de septiembre de 2009 en el asunto R 1387/2008-1. |
— |
Que se anule la resolución de la División de Oposición de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 31 de julio de 2008 sobre la oposición no B 1 003 153, en la medida en que se estimó la oposición. |
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Que se rechace la oposición |
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Que se condene a la demandada a cargar con las costas del presente procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante
Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «VÖLKL» para productos de las clases 3, 9, 18 y 25 (solicitud de registro no4 403 705)
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Marker Völkl Internacional GmbH
Marca o signo invocados en oposición: La marca denominativa «VÖLKL» (marca internacional no571 440) para productos de las clases 18, 25 y 28
Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución de la División de Oposición en relación con la determinación del riesgo de confusión de los signos comparados y devolución del asunto a la División de Oposición para un nuevo examen del asunto; desestimación del recurso en relación con la decisión sobre la comprobación del uso efectivo
Motivos invocados:
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Infracción del principio dispositivo [artículo 74, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (CE) no 40/94] (1) en la medida en que la Sala de Recurso devolvió el asunto a la División de Oposición para su resolución, en relación con algunos productos que no son objeto de la oposición formulada. |
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Incumplimiento de la prohibición de la reformatio in peius, por cuanto la Sala de Recurso no debería haber devuelto el asunto a la División de Oposición, para su examen, en relación con aquellos productos respecto a los cuales la División de Oposición ya había autorizado el registro. |
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Violación del principio relativo al derecho a ser oído (artículo 38, apartado 3, y artículo 73, segunda frase, del Reglamento no 40/94). |
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Infracción de los artículos 15, apartado 2, letra a), y del artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento no 40/94, así como de la regla 22, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2868/95, (2) toda vez que la Sala de Recurso admitió de manera contraria a Derecho que se había realizado un uso efectivo de la marca invocada en oposición. |
(1) Reglamento (CE) no 40/94 del consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).
(2) Reglamento no 2868/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria.