Agħżel il-karatteristiċi sperimentali li tixtieq tipprova

Dan id-dokument hu mislut mis-sit web tal-EUR-Lex

Dokument C2005/281/34

    Asunto T-26/03: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 27 de septiembre de 2005 — GeoLogistics/Comisión («Unión aduanera — Operaciones de tránsito comunitario externo — Carne con destino a Marruecos — Fraude — Solicitud de condonación de derechos de importación — Artículo 239 del Reglamento (CEE) n° 2913/92 — Artículo 905 del Reglamento (CEE) n° 2454/93 — Cláusula de equidad — Existencia de una situación especial — Falta de intento de fraude y de negligencia manifiesta»)

    DO C 281 de 12.11.2005, p. 19–19 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    12.11.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 281/19


    Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 27 de septiembre de 2005 — GeoLogistics/Comisión

    (Asunto T-26/03) (1)

    («Unión aduanera - Operaciones de tránsito comunitario externo - Carne con destino a Marruecos - Fraude - Solicitud de condonación de derechos de importación - Artículo 239 del Reglamento (CEE) no 2913/92 - Artículo 905 del Reglamento (CEE) no 2454/93 - Cláusula de equidad - Existencia de una situación especial - Falta de intento de fraude y de negligencia manifiesta»)

    (2005/C 281/34)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Partes

    Demandante: GeoLogistics BV, con domicilio social en Schiphol Rikj (Países Bajos) (representantes: inicialmente H. de Bie y K. Schellaars, posteriormente H. de Bie y A. Huizing, abogados)

    Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: X. Lewis, agente, asistido por F. Tuytschaever, abogado)

    Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Reino de España (representantes: L. Fraguas Gadea y J.M. Rodríguez Cárcamo, Abogados del Estado)

    Objeto

    Recurso de anulación de la Decisión REM 08/00 de la Comisión, de 7 de octubre de 2002, por la que se declara que la condonación de derechos de importación a favor de la demandante solicitada por el Reino de los Países Bajos no está justificada.

    Fallo

    1)

    Anular la Decisión REM 08/00 de la Comisión, de 7 de octubre de 2002, en la medida en que deniega la condonación de los derechos de importación impuestos a la demandante en relación con las operaciones aduaneras realizadas por ésta a partir del 12 de junio de 1995.

    2)

    La Comisión cargará con sus propias costas y con las de la demandante.

    3)

    El Reino de España cargará con sus propias costas.


    (1)  DO C 70, de 22.3.2003.


    Fuq