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Document 52002AE0679

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se revisa el anexo I de la Decisión n° 1336/97/CE relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones" (COM(2001) 742 final — 2001/0296 (COD))

    DO C 221 de 17.9.2002, p. 22–26 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    52002AE0679

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se revisa el anexo I de la Decisión n° 1336/97/CE relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones" (COM(2001) 742 final — 2001/0296 (COD))

    Diario Oficial n° C 221 de 17/09/2002 p. 0022 - 0026


    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se revisa el anexo I de la Decisión n° 1336/97/CE relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones"

    (COM(2001) 742 final - 2001/0296 (COD))

    (2002/C 221/07)

    El 18 de enero de 2002, de conformidad con el artículo 156 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada.

    La Sección de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 30 de abril de 2002 (ponente: Sr. Retureau).

    En su 391o Pleno de los días 29 y 30 de mayo de 2002 (sesión del 29 de mayo de 2002), el Comité Económico y Social ha aprobado por unanimidad el presente dictamen.

    1. Presentación del programa RTE-Telecom

    1.1. El programa RTE-Telecom está orientado a los servicios públicos, en particular en los ámbitos en los que Europa dispone de una ventaja competitiva. El programa tiene como meta acelerar la oferta de servicios con vistas a respaldar el modelo social europeo, es decir, el modelo de una sociedad de cohesión y de inclusión social.

    1.2. El programa forma parte de la iniciativa e-Europe, "una sociedad de la información para todos". Con tal fin, el programa pretende fomentar los servicios de interés público que contribuyen a evitar el retraso en el campo digital y a fomentar la participación de todos los ciudadanos en la sociedad de la información.

    1.3. El programa ofrece una ayuda previa a la fase crítica del lanzamiento de un nuevo servicio, con el fin de que los inversores privados o públicos puedan tomar decisiones informadas antes del lanzamiento del servicio en cuestión y, sobre todo, basándose en un análisis económico. En la primera fase, correspondiente a la evaluación comercial y presupuestaria, el programa puede aportar hasta el 50 % de los costes previstos a los proyectos seleccionados. Durante la fase del lanzamiento efectivo del proyecto, el programa puede llegar a aportar hasta el 10 % de las inversiones necesarias para dar capacidad operativa al servicio.

    1.4. En el contexto de la política de cohesión, el programa RTE-Telecom tiene también un papel que desempeñar ante las autoridades públicas y demás agentes afectados, para lograr que los servicios sean accesibles a usuarios que podrían quedar marginados (a causa de deficiencias físicas de las personas, de su marginalidad social o de su pertenencia a grupos desfavorecidos, o a causa de su localización geográfica, en zonas distantes o de poblaciones reducidas o dispersas, etc.).

    1.5. La misión del programa RTE-Telecom es, por lo tanto, contribuir a que los servicios de interés social pasen de la fase conceptual a la fase operativa.

    1.6. El Comité es objeto de consulta en relación con el informe intermedio trienal de evaluación de la Comisión sobre el progreso y la eficacia del programa(1), así como en relación con las propuestas de enmienda del anexo I de la Decisión n° 1336/97/CE(2).

    1.7. El Comité ya se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre las políticas y los programas de la sociedad de la información y de las telecomunicaciones y sobre las financiaciones que se podrían adjudicar a su desarrollo. Se incluye aquí la decisión relativa al programa RTE-Telecom arriba citado y, además, la Sección TEN está elaborando dos nuevos dictámenes sobre asuntos directamente relacionados con el potencial de intervención del programa RTE-Telecom(3). Por lo tanto, no merece la pena volver a tratar las políticas y orientaciones relativas a las cuestiones tratadas por dichos dictámenes ni prejuzgar el contenido final de los dictámenes en fase de elaboración. Se pide a las instituciones interesadas que tengan en cuenta dichos dictámenes para delimitar el análisis y las recomendaciones que siguen sobre los dos asuntos tratados en el presente dictamen: el informe de la Comisión y las modificaciones del anexo I de la Decisión arriba citada.

    2. Propuestas de la Comisión

    2.1. Informe trienal sobre el programa RTE-Telecom - Descripción del programa y evaluación

    2.1.1. En su informe, la Comisión tiene en cuenta la experiencia del funcionamiento del programa durante estos últimos tres años, una evaluación intermedia del programa por parte de un "contratista" externo e independiente y el Informe especial 9/2000 del Tribunal de Cuentas relativo a las RTE-Telecomunicaciones(4).

    2.1.2. La meta del programa es fomentar una Sociedad de la Información (SI) abierta a todos. El programa ofrece financiación para un número determinado de áreas estratégicas, organizadas en torno a tres niveles (aplicaciones, servicios genéricos, redes básicas) definidos en el anexo I. El programa financia servicios de interés público que no compiten con servicios comerciales.

    2.1.3. El presupuesto correspondiente al periodo 1998-2000 (tres años) ascendió a un total de 92,8 millones EUR y casi la mitad de la cifra correspondió al tercer año. Se observa un desfase importante entre la ejecución de los compromisos y la ejecución de los pagos, pero ya se han tomado medidas proactivas para corregirlo.

    2.1.4. La selección de los proyectos respaldados por el programa se realiza a partir de las convocatorias de propuestas en campos determinados. La primera convocatoria se basó en el nivel de "redes básicas" y las convocatorias siguientes lo hicieron en las aplicaciones y servicios genéricos. Además, en el año 1998 se lanzó una convocatoria permanente suplementaria de acciones de apoyo y coordinación.

    2.1.5. Para evaluar los proyectos presentados, el personal del programa cuenta con la colaboración de evaluadores externos. Las críticas formuladas sobre la brevedad de los plazos para estudiar las propuestas, el carácter general de determinados criterios de evaluación y el riesgo de perjudicar a los proyectos a caballo entre distintas áreas han dado lugar a una revisión (en curso) del proceso de evaluación y puntuación de los proyectos.

    2.1.6. La mitad de los participantes en el programa pertenece a empresas privadas, representantes en parte de grandes compañías tecnológicas del sector de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información (TI). El 57 % de los participantes pertenece a entidades consideradas PYME. Casi la mitad de los proyectos recurre al mismo tiempo a otras fuentes de financiación comunitaria. La mayor parte de los participantes del programa considera que la ayuda financiera recibida fue un factor determinante para el lanzamiento del proyecto.

    2.1.7. Pero la mayor parte de las propuestas se refiere a la viabilidad técnica y comercial y a la validación de los proyectos, que pueden recibir un respaldo financiero del 50 %, con un 10 % para la implantación. Comparativamente, las acciones de respaldo presentadas en 1998 se financiaron al 100 %.

    2.1.8. Si la calidad técnica de los proyectos elegidos es en general satisfactoria, los "planes de negocio" se consideran relativamente endebles en numerosos campos. Sin embargo, la evaluación técnica de los proyectos muestra que éstos aportan una contribución significativa a la realización de una actividad pionera desde el punto de vista de la iniciativa e-Europe(5). Los proyectos facilitan eficazmente la transición hacia una sociedad de la información para todos, lo cual constituye la meta principal del programa. Sin embargo, las evaluaciones demuestran que es necesario enfocar mejor y redoblar los esfuerzos.

    2.1.9. El Tribunal de Cuentas destaca, en particular, la necesidad de evitar solapamientos indebidos con el programa marco de investigación y otras fuentes de financiación comunitaria y establecer procedimientos más estrictos de seguimiento de los proyectos.

    2.1.10. La evaluación externa recomendaba intensificar la comercialización del programa y destacaba el reducido número de proyectos de implantación respaldados por el programa.

    2.2. Actuaciones futuras propuestas por la Comisión

    2.2.1. La Comisión propone las siguientes actuaciones:

    a) Incrementar el número de proyectos de implantación por medio de varias iniciativas

    b) Disminuir el coste de entrada en la fase de evaluación por medio de un procedimiento en dos fases: una fase de selección preliminar de los proyectos presentados de manera resumida y una presentación completa de los proyectos seleccionados

    c) Fijar de antemano las fechas de convocatorias de propuestas y publicar éstas más frecuentemente

    d) Reducir a nueve meses el plazo entre la publicación de la convocatoria y la firma del contrato

    e) Aumentar el nivel máximo de apoyo, para que pase del 10 % al 20 % en los casos de los proyectos destinados a establecer servicios transeuropeos

    f) Someter a prueba un contrato que combine los dos tipos de actividad que pueden recibir ayuda, viabilidad técnica y comercial y validación, por un lado, y, por otro, para evitar el retraso en la ejecución de los proyectos

    g) Aumentar el número de proyectos con participación de las administraciones públicas

    En el marco de una sociedad de la información para todos se tratará de favorecer los proyectos relacionados con sistemas y servicios innovadores para mejorar así la accesibilidad y la eficiencia de la administración pública en todos los niveles.

    h) Interconexión e interoperabilidad de redes

    Este respaldo sustituirá el apoyo a las redes básicas, más genérico, fomentando la interconexión y la interoperabilidad, indispensables para el funcionamiento de los servicios de interés público.

    i) Coordinación con otros agentes

    Complementariedad con otros programas (medidas de asimilación y acciones piloto IST) para lograr una sinergia óptima.

    Se estudiará la posibilidad de una coordinación con otros agentes pertinentes de la Comisión y presentes en varios programas, como otros programas RTE, los Fondos Estructurales, el programa de Crecimiento competitivo y sostenible, el programa IDA y el programa Sócrates, con vistas a incrementar la sinergia y evitar solapamientos perjudiciales.

    En particular, una coordinación más activa con el BEI debería permitir la cofinanciación de los proyectos. En el marco de la iniciativa "Innovación 2000", se propondrá crear un grupo de trabajo sobre intereses comunes, como son los ámbitos "Nuevas redes de tecnología de la información y las comunicaciones" y "Difusión de la innovación".

    j) Administración del programa y seguimiento de los proyectos

    2.2.2. Los procedimientos de control serán más estrictos y se proporcionarán directrices claras sobre los costes subvencionables. Se simplificarán los procedimientos de selección de los proyectos:

    a) Mayor frecuencia de las auditorías técnicas y financieras para combatir las irregularidades señaladas por el Tribunal de Cuentas y revisión de los proyectos de implantación antes de comprometer recursos sustanciales

    b) Definiciones precisas y distinción de las diferentes categorías de costes

    c) Evaluación por grupos de usuarios en los proyectos de implantación

    d) Obligatoriedad de informar sobre los resultados obtenidos una vez finalizada la ayuda comunitaria

    e) Participación de los países candidatos

    La cláusula de participación de estos países en el marco de las dotaciones previstas será sometida a revisión para aumentar su participación en el programa.

    f) Establecimiento de un perfil claro

    La iniciativa se presentará y definirá de forma más clara y se elegirá un acrónimo más ajustado: "e-RTE", con vistas a alinearlo con la iniciativa "e-Europe". El número de ámbitos afectados pasará de dieciocho a siete (revisión del anexo I).

    g) Comunicación

    Se intensificará la comunicación relativa al programa y, en el marco de una estrategia más activa, se consultará con las autoridades públicas, las ONG y el sector comercial que presta servicios de interés público. Se publicará una guía clara y simplificada destinada a los candidatos.

    2.3. Propuesta de modificación del anexo I

    2.3.1. Básicamente, la exposición de motivos constituye una síntesis del informe (un programa más centrado, supresión de solapamientos y de financiaciones múltiples, reducción de la lista de áreas, mayor financiación de las implantaciones transeuropeas, fomento de la dimensión transeuropea, distinción entre e-RTE e IST (Tecnologías de la Sociedad de la Información), para favorecer los servicios innovadores de interés general, tanto los realizados por el sector público como los realizados por las asociaciones entre sector público y privado, y apoyo a la "interoperación e interconexión de redes").

    2.3.2. Además, la exposición de motivos desarrolla dos cuestiones importantes para la orientación futura del programa:

    - consideración de una nueva área sobre servicios móviles y la introducción de nuevos servicios multimedios;

    - énfasis sobre la política de seguridad de las redes de acuerdo con la política desarrollada por la Comisión en este sentido(6), con vistas a favorecer la confianza y la cooperación intereuropea, incluyendo también propuestas concretas de conexión en red.

    2.3.3. Se reajustará el procedimiento de comitología en consonancia con la Declaración n° 2 del Consejo y de la Comisión sobre la Decisión 1999/468/CE del Consejo y se modificará en consecuencia el artículo 8.2 para introducir el procedimiento de reglamentación.

    2.3.4. El anexo I "identifica los proyectos de interés común" perseguidos por el programa. La parte general reproduce las ideas presentadas en el informe sobre la estructura del programa y señala la estructura coherente en tres niveles de e-RTE: aplicaciones, servicios genéricos, interconexión e interoperabilidad de las redes.

    2.3.4.1. Prioridades de las aplicaciones:

    - Gobierno y administración electrónica

    - Salud

    - Personas de edad o con discapacidades

    - Aprendizaje y cultura

    2.3.4.2. Prioridades de los servicios genéricos:

    - Servicios móviles avanzados (servicios basados en la posición, personalizados y sensibles al contexto), navegación y orientación, información sobre tráfico y desplazamientos, seguridad de las redes y facturación, comercio, empresas y trabajo móviles, aprendizaje y cultura, servicios de urgencia y salud.

    - Servicios de confianza: la seguridad constituye un reto importante para el futuro de las redes: apoyo a los servicios de interés público referidos a todos los aspectos de la seguridad, cooperación para una conexión en red efectiva dentro de la UE, sistemas nacionales CERT.

    2.3.4.3. Prioridades de la interconexión y de la interoperabilidad de las redes:

    - Interconexión e interoperabilidad son un requisito previo para la existencia de unos servicios transeuropeos eficaces.

    - Los proyectos relativos a desarrollo y mejora de las redes de telecomunicaciones se examinarán con especial detenimiento para evitar interferencias con las condiciones del mercado.

    2.3.4.4. Acciones complementarias de apoyo y coordinación:

    Estas acciones afectan a la creación de un entorno apropiado para la realización de los proyectos, la mejora de su visibilidad y la creación de consenso en favor del estímulo y fomento de las nuevas aplicaciones y servicios en conexión con los programas correspondientes a otras áreas y el desarrollo de redes de banda ancha, y, en particular:

    - estudios estratégicos sobre las nuevas especificaciones para facilitar la adopción de decisiones de inversión adecuadas;

    - elaboración de especificaciones comunes basadas en normas europeas y mundiales;

    - promoción de la cooperación entre los agentes del sector y, en particular, con las asociaciones del sector público y privado;

    - coordinación entre las actividades realizadas en virtud de la Decisión y los programas comunitarios y nacionales relacionados con ellas.

    3. Observaciones generales

    3.1. Observaciones del Comité sobre el informe

    3.1.1. El Comité suscribe la orientación más acusada del programa hacia el acceso de todos a la sociedad de la información y, en particular, para responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y de las pequeñas y medianas empresas.

    3.1.2. El Comité considera que el desarrollo de sinergias con los demás programas en el ámbito de las RTE incrementará la eficacia de las acciones, al tiempo que se evitarán derroches financieros y de esfuerzos.

    3.1.3. El Comité apoya la búsqueda de una comunicación mejor centrada y más eficaz, con vistas a generar candidaturas que se ajusten a los objetivos sociales del programa, y se muestra de acuerdo con el cambio de acrónimo por el de "e-RTE", que vincula simultáneamente al programa con las RTE y la iniciativa "e-Europe".

    3.1.4. El Comité, por último, suscribe la orientación clara del programa hacia los servicios públicos y la cooperación que se desarrollará con los agentes interesados en la prestación de servicios de interés general (SIG), teniendo en cuenta que el programa procurará dar prioridad a los servicios más útiles para la sociedad.

    3.2. Observaciones del Comité sobre la propuesta de anexo I modificada

    3.2.1. El Comité apoya plenamente el énfasis puesto en la seguridad, la interoperabilidad y la interconexión de las redes. Estos aspectos se encuentran vinculados a una labor de desarrollo de especificaciones europeas y mundiales y tienen una estrecha relación con los servicios genéricos cuyo desarrollo se ha previsto por medio de la realización de una sociedad de la información y del conocimiento, dando a todos las mismas oportunidades de acceso y de utilización a pesar de todas las deficiencias y posibles dificultades, y por medio de una dimensión de desarrollo sostenible en lo que se refiere a los sistemas de navegación y orientación, que pueden mejorar considerablemente la logística de los transportes de las RTE y fomentar la multimodalidad y todas las demás prioridades y metas del programa.

    3.2.2. El Comité apoya también plenamente el procedimiento de reglamentación y la ampliación de las financiaciones en dos direcciones (implantación y países candidatos).

    4. Observaciones particulares

    4.1. El programa se lanzó antes de la explosión cuantitativa de Internet y conviene tener en cuenta los progresos y el potencial de este medio, así como el progreso en el campo de la telefonía móvil, que pronto dará lugar a una nueva generación. Hay que tener en cuenta también el carácter "multimedia" de los contenidos. Para facilitar el acceso a estos contenidos de mayor riqueza y diversidad, el acceso a Internet de alta velocidad debería considerarse necesidad básica y formar parte del servicio de interés general de la comunicación.

    4.2. También hay que facilitar el acceso a las NTIC(7) a las personas que todavía no hagan uso de ellas por motivos diversos, como discapacidad, edad, situación socioeconómica desfavorable o aislamiento o lejanía geográfica (islas, regiones periféricas). Los proyectos deberían fomentar la utilización del código WAI (Iniciativa de Accesibilidad a la Web)(8). Se debería privilegiar los proyectos que respondan a estas exigencias.

    4.3. Se debería facilitar que las organizaciones locales, regionales, profesionales, sanitarias y de educación y formación participaran en los proyectos y realizar propuestas para responder a las expectativas de sus miembros o de sus usuarios. La sociedad de la información y del conocimiento no debe dejar a nadie en el camino y conviene concentrar los esfuerzos en el acceso de todos al conocimiento, a los programas de formación inicial y permanente de los empleados y de los empresarios y administradores, y realizar esfuerzos particulares para integrar a las personas que tengan dificultades para acceder a las nuevas tecnologías.

    4.4. Conviene, al mismo tiempo, reforzar los vínculos entre las NTIC y la política territorial y de desarrollo local con una finalidad de cohesión y de desarrollo sostenible y para combatir el despoblamiento de regiones determinadas, como las zonas montañosas, extraperiféricas o aisladas. Así, por ejemplo, la cohesión y las necesidades de las personas con deficiencias o de las personas de edad avanzada deberían ser criterios de suma importancia dentro del conjunto de criterios considerados para la evaluación de los proyectos.

    4.5. Las cuestiones de seguridad de las redes y de protección de los datos personales o sensibles dentro de la e-administración y, en particular, en el marco del programa IDA II(9) de intercambio de documentación entre las administraciones de los Estados miembros, en la sanidad y la protección social también deben tener un lugar predominante dentro de los programas relativos a estos temas y, sobre todo, después de los sucesos del 11 de septiembre de 2001 y las amenazas de ciberterrorismo que podrían originarse en fuentes diversas.

    Bruselas, 29 de mayo de 2002.

    El Presidente

    del Comité Económico y Social

    Göke Frerichs

    (1) Informe sobre la aplicación de la Decisión n° 1336/97/CE relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones, Bruselas, 10.12.2001 (COM(2001) 742 final - 2001/0296 (COD)) presentado por la Comisión.

    (2) Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se revisa el anexo I de la Decisión n° 1336/97/CE relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones, presentada por la Comisión (misma referencia que el informe citado arriba).

    (3) Dictamen del CES sobre una "Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas" (COM(94) 62 final - 94/0065 (SYN)). DO C 195 de 18.7.1994.

    Dictamen del CES sobre el tema "Hacia la sociedad de la información - Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones relativa a una metodología para la realización de las aplicaciones de la sociedad de la información - Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicación" (COM(95) 224 final). DO C 39 de 12.2.1996.

    Dictamen del CES n° 524/2002 de 25.4.2002 sobre "Las redes transeuropeas de transportes y sus repercusiones para las regiones ultraperiféricas y las islas europeas" (Dictamen de Iniciativa).

    Dictamen del CES n° 347/2002 sobre el "Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n° 2236/95 del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas" (COM(2001) 545 final - 2001/0226 (COD)).

    (4) Tribunal de Cuentas: Informe especial n° 9/2000 sobre redes transeuropeas (RTE) - Telecomunicaciones, acompañado de las respuestas de la Comisión, DO C 166 de 15.6.2000.

    (5) Véase el Dictamen del CES sobre "eEurope 2002 - Una sociedad de la información para todos - Proyecto de plan de acción" (COM(2000) 330 final) DO C 123 de 25.4.2001.

    (6) Véase el Dictamen del CES sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Seguridad de las redes y de la información: Propuesta para un enfoque político europeo" (COM(2001) 298 final DO C 48 de 21.2.2002.

    (7) Nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.

    (8) Véase el Dictamen del CES sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - eEurope 2002: Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su contenido" (COM(2001) 529 final), DO C 94 de 18.4.2002.

    (9) Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 1719/1999/CE sobre un conjunto de orientaciones, entre las que figura la identificación de los proyectos de interés común, relativo a redes transeuropeas destinadas al intercambio electrónico de datos entre administraciones (IDA) y la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 1720/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueba un conjunto de acciones y medidas al objeto de garantizar la interoperabilidad de las redes telemáticas transeuropeas destinadas al intercambio electrónico de datos entre administraciones (IDA), así como el acceso a las mismas - (COM(2001) 507 final - 2001/0210 COD - 2001/0211 COD).

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