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Document 62021TB0709

Asunto T-709/21: Auto del Tribunal General de 7 de diciembre de 2022 — WhatsApp Ireland/Comité Europeo de Protección de Datos [«Recurso de anulación — Protección de datos personales — Proyecto de decisión de la autoridad de control principal — Resolución de conflictos entre autoridades de control por el Comité Europeo de Protección de Datos — Decisión vinculante — Artículos 60, apartado 4, y 65, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2016/679 — Acto no recurrible — Acto de trámite — Inexistencia de afectación directa»]

DO C 63 de 20.2.2023, p. 48–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.2.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 63/48


Auto del Tribunal General de 7 de diciembre de 2022 — WhatsApp Ireland/Comité Europeo de Protección de Datos

(Asunto T-709/21) (1)

(«Recurso de anulación - Protección de datos personales - Proyecto de decisión de la autoridad de control principal - Resolución de conflictos entre autoridades de control por el Comité Europeo de Protección de Datos - Decisión vinculante - Artículos 60, apartado 4, y 65, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2016/679 - Acto no recurrible - Acto de trámite - Inexistencia de afectación directa»)

(2023/C 63/62)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: WhatsApp Ireland Ltd (Dublín, Irlanda) (representantes: H.-G. Kamann, F. Louis, A. Vallery, abogados, P. Nolan, B. Johnston, C. Monaghan, Solicitors, P. Sreenan, D. McGrath, SC, C. Geoghegan y E. Egan McGrath, Barristers)

Demandada: Comité Europeo de Protección de Datos (representantes: I. Vereecken y G. Le Grand, agentes, asistidos por G. Ryelandt, E. de Lophem y P. Vernet, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión vinculante 1/2021 del Comité Europeo de Protección de Datos, de 28 de julio de 2021, relativa al conflicto entre las autoridades de control interesadas surgido a raíz del proyecto de decisión referente a WhatsApp elaborado por la Data Protection Commission (Autoridad de supervisión en materia de protección de datos personales de las personas físicas, Irlanda).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por la República de Finlandia, la Comisión Europea, el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la Computer & Communication Industry Association y las solicitudes de confidencialidad planteadas.

3)

WhatsApp Ireland Ltd cargará con sus propias costas y con las del Comité Europeo de Protección de Datos, excepto los gastos efectuados por este en relación con las demandas de intervención.

4)

El Comité Europeo de Protección de Datos, la República de Finlandia, la Comisión, el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la Computer & Communication Industry Association cargarán con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.


(1)  DO C 2 de 3.1.2022.


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