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Document 52020BP1924

    Resolución (UE) 2020/1924 del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2020, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ahora Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía) para el ejercicio 2018

    DO L 417 de 11.12.2020, p. 267–268 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2020/1924/oj

    11.12.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 417/267


    RESOLUCIÓN (UE) 2020/1924 DEL PARLAMENTO EUROPEO,

    de 14 de mayo de 2020,

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ahora Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía) para el ejercicio 2018

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía para el ejercicio 2018,

    Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0052/2020),

    A.

    Considerando que, según su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2018 ascendió a 13 562 000 EUR, lo que representa un incremento del 2,18 % en comparación con 2017; que la totalidad del presupuesto de la Agencia procede del presupuesto de la Unión (2);

    B.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2018 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia, así como sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

    Gestión presupuestaria y financiera

    1.

    Observa con satisfacción que los esfuerzos de seguimiento del presupuesto durante el ejercicio 2018 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,26 %, lo que supera el objetivo previsto por la Agencia y representa un incremento del 0,54 % en comparación con 2017; constata con satisfacción que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 79,73 %, lo que representa un incremento del 3,92 % con respecto a 2017;

    Rendimiento

    2.

    Observa que la Agencia sigue utilizando determinadas medidas como indicadores clave de rendimiento para evaluar el valor añadido de sus actividades, en particular para estimar el impacto de los códigos de red y las directrices, y para mejorar su gestión presupuestaria;

    3.

    Toma nota de que la Agencia ha logrado aplicar el Reglamento (UE) n.o 1227/2011 (3) y acompañar y supervisar el cambio en la aplicación de los códigos de red ya adoptados en el sector de la electricidad y el gas;

    4.

    Celebra que la Agencia haya externalizado los servicios de contabilidad a la Comisión y comparta recursos con otras agencias en los ámbitos de la gestión de los recursos humanos, la gestión de las tecnologías de la información y la comunicación, el presupuesto y las finanzas, y la gestión de la contratación pública y de las instalaciones; considera que esta iniciativa es un ejemplo que deben seguir otras instituciones de la Unión; anima a la Agencia a estudiar formas de compartir recursos en el caso de las tareas que se solapan con otras agencias de la Unión que desarrollan actividades similares; anima encarecidamente a la Agencia a que busque activamente nuevas y más amplias formas de cooperación con todas las agencias de la Unión;

    5.

    Anima a la Agencia a que acometa la digitalización de sus servicios;

    Política de personal

    6.

    Constata que, a 31 de diciembre de 2018, se había provisto el 95,52 % de los puestos del organigrama, a saber, 64 agentes temporales designados de un total de 67 agentes temporales autorizados en el marco del presupuesto de la Unión (frente a los 68 puestos autorizados en 2017); observa que, además, en 2018 trabajaron para la Agencia 22 agentes contractuales y cuatro expertos nacionales en comisión de servicio;

    7.

    Toma nota de las preocupaciones de la Agencia acerca de los recursos adicionales inadecuados previstos para la ejecución del paquete «Energía limpia para todos los europeos», en términos de personal, calendario y grados, y de que la asignación de personal incluye una parte desproporcionadamente grande de agentes contractuales (14) en comparación con el número de agentes temporales (solo 4), a pesar de la complejidad de las nuevas tareas asignadas a la Agencia; observa que, según la Agencia, en esa situación no estará en condiciones de cumplir adecuadamente su mandato ampliado sin asignar recursos adicionales;

    8.

    Reitera su preocupación por la falta de equilibrio entre hombres y mujeres en los puestos de alta dirección y de nivel intermedio de la Agencia (cinco hombres y una mujer); expresa su preocupación por el desequilibrio geográfico; pide a la Agencia que adopte medidas para garantizar un mejor equilibrio de género y geográfico en los puestos de alta dirección y de nivel intermedio;

    9.

    Lamenta la falta de equilibrio de género en el Consejo de Administración de la Agencia, ya que 12 de sus 17 miembros son del mismo género;

    10.

    Pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la cifra total de casos de acoso e informe de los resultados de los casos de acoso cerrados;

    Contratación pública

    11.

    Observa que, según el informe del Tribunal, en 2018 la Agencia ya había introducido la presentación electrónica de ofertas, pero aún no había introducido las herramientas de licitación electrónica y facturación electrónica desarrolladas por la Comisión con el fin de introducir una solución única para el intercambio electrónico de información con los terceros que participan en procedimientos de contratación pública (contratación pública electrónica); pide a la Agencia que introduzca todas las herramientas necesarias para gestionar los procedimientos de contratación pública e informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los avances realizados en ese ámbito;

    Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

    12.

    Reconoce las medidas vigentes y los esfuerzos en curso desplegados por la Agencia para garantizar la transparencia, la prevención y la gestión de los conflictos de intereses, así como la protección de los denunciantes de irregularidades;

    13.

    Toma nota de las medidas adicionales adoptadas para reforzar la transparencia de las actividades de la Agencia informando sobre las reuniones que el personal de la Agencia celebra con interlocutores externos, es decir, las reuniones del director con organizaciones y trabajadores autónomos, y su publicación en el sitio web de la Agencia desde enero de 2018;

    Controles internos

    14.

    Toma nota de que la Agencia adoptó su propio marco de control interno en diciembre de 2018; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación de esas normas de control interno;

    15.

    Toma nota de que el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión llevó a cabo en 2016 una evaluación completa del riesgo, también en relación con las tecnologías de la información, que dio lugar a un nuevo plan estratégico de auditoría para la Agencia para el período 2017-2019, y enunció los temas de auditoría para el próximo período de planificación; observa que en 2018 el Servicio de Auditoría Interna llevó a cabo una auditoría sobre la seguridad informática en la Agencia y sobre la seguridad de la información en el ámbito del RITME, y que la Agencia elaboró un plan de acción, cuya aplicación estaba prevista en 2019, para dar respuesta a las recomendaciones formuladas en el informe final de auditoría; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los cambios que se produzcan en este sentido;

    Otros comentarios

    16.

    Celebra que la Agencia llevará a cabo en 2018 un análisis formal de la repercusión probable en su organización, sus operaciones y sus cuentas, de la decisión del Reino Unido de abandonar la Unión;

    17.

    Pide a la Agencia que divulgue públicamente los resultados de sus investigaciones y se dirija al público a través de los medios sociales y otros medios de comunicación;

    18.

    Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 14 de mayo de 2020 (4) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

    (1)  DO C 108 de 22.3.2018, p. 167.

    (2)  DO C 108 de 22.3.2018, p. 168.

    (3)  Reglamento (UE) n.o 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (DO L 326 de 8.12.2011, p. 1).

    (4)  Textos Aprobados, P9_TA(2020)0121.


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