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Document 52011IP0342

La India y la condena a muerte de Davinder Pal Singh Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2011 , sobre la India, en particular la pena de muerte para Davinder Pal Singh

DO C 33E de 5.2.2013, p. 204–206 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

5.2.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 33/204


Jueves 7 de julio de 2011
La India y la condena a muerte de Davinder Pal Singh

P7_TA(2011)0342

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2011, sobre la India, en particular la pena de muerte para Davinder Pal Singh

2013/C 33 E/25

El Parlamento Europeo,

Vista la Resolución 63/168 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en la que se pide la aplicación de la Resolución 62/149 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 18 de diciembre de 2007, en virtud de la cual 106 países votaron a favor de una resolución destinada a solicitar una moratoria mundial del uso de la pena de muerte y las ejecuciones, con 34 abstenciones y sólo 46 votos contrarios a la resolución,

Vista la Resolución 65/206 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 21 de diciembre de 2010, sobre una moratoria del uso de la pena de muerte,

Vistas las directrices de la UE sobre la pena de muerte,

Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de septiembre de 2007, sobre una moratoria universal de la pena de muerte (1),

Visto el Acuerdo de Cooperación de 1994 entre la Comunidad Europea y la República de la India,

Visto el diálogo temático entre la UE y la India sobre los derechos humanos,

Visto el artículo 2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Vista su Resolución, de 7 de octubre de 2010, sobre el Día Mundial contra la Pena de Muerte (2),

Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A.

Considerando que hasta mayo de 2011 sólo nueve países han llevado a cabo ejecuciones, lo que es una clara indicación del reconocimiento creciente en el mundo del carácter cruel e inhumano de la pena capital,

B.

Considerando que la India no ha aplicado la pena de muerte desde 2004,

C.

Considerando que se ha dado el visto bueno a la ejecución de dos condenados,

D.

Considerando que, conforme a la recomendación del Ministerio del Interior, el Presidente de la India, Pratibha Patil, ha rechazado las peticiones de revisión presentadas con arreglo al artículo 72 de la Constitución india en nombre de Davinder Pal Singh Bhullar, del Punjab, y Mahendra Nath Das, de Assam,

E.

Considerando que Mahendra Nath Das fue condenado a muerte en 1997 tras haber sido declarado culpable de asesinato, que se han agotado todas las vías jurídicas y que el Tribunal Superior de Gauhati, en Assam (nordeste de la India), ha suspendido su ejecución hasta el 21 de Julio de 2011, al haber solicitado el Gobierno indio tiempo para responder al Tribunal,

F.

Considerando que Davinder Pal Singh Bhullar fue condenado a muerte el 29 de agosto de 2001 tras ser declarado culpable de participar en el atentado con bomba perpetrado en 1993 contra la Oficina del Congreso de la Juventud en Nueva Delhi,

G.

Considerando las dudas que suscitan las circunstancias que rodearon el regreso de Davinder Pal Singh Bhullar a la India desde Alemania y la prolongada permanencia en el corredor de la muerte de Mahendra Nath Das,

H.

Considerando que la India, al presentar su candidatura al Consejo de Derechos Humanos en vísperas de las elecciones del 20 de mayo de 2011, prometió mantener los niveles más elevados de promoción y protección de los derechos humanos,

1.

Manifiesta su grave preocupación por el hecho de que el Gobierno de la India pueda restablecer la aplicación de la pena de muerte después de siete años de moratoria de hecho, interrumpiendo así la tendencia mundial hacia la abolición de la pena capital;

2.

Reitera su firme apoyo a la petición de la Asamblea General de las Naciones Unidas de establecer una moratoria de las ejecuciones con vistas a la abolición de la pena de muerte;

3.

Hace un llamamiento urgente al Gobierno de la India para que no proceda a la ejecución de Davinder Pal Singh Bhullar o Mahendra Nath Das, y para que conmute sus penas de muerte;

4.

Pide a las autoridades indias que se ocupen de forma particularmente transparente de los casos de Pal Singh Bhullar y Mahendra Nath Das;

5.

Pide al Gobierno y al Parlamento de la India que adopten disposiciones legislativas destinadas a establecer una moratoria permanente de las ejecuciones con el objetivo de abolir la pena de muerte en un futuro próximo;

6.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de la India, al Ministro de Justicia y al Ministro del Interior de la India, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


(1)  DO C 219 E de 28.8.2008, p. 306.

(2)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0351.


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