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Document 42006X1207(01)

Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes a fin de promover su ciudadanía europea activa

DO C 297 de 7.12.2006, p. 6–10 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

7.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/6


Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la aplicación de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes a fin de promover su ciudadanía europea activa

(2006/C 297/02)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO

considerando lo siguiente:

(1)

En su Resolución de 27 de junio de 2002 (1), el Consejo adoptó el método abierto de coordinación que figura en el nuevo marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud y aprobó los cuatro temas prioritarios en relación con la juventud que destacaba el Libro Blanco de la Comisión de noviembre de 2001, titulado «Un nuevo impulso para la juventud europea», a saber: participación, información, actividades de voluntariado y mayor comprensión y conocimiento de la juventud.

(2)

En su Resolución de 25 de noviembre de 2003 (2), el Consejo adoptó los objetivos comunes en materia de participación e información de los jóvenes en el marco del método abierto de coordinación y acordó informar sobre la aplicación de estos objetivos, a más tardar, a finales de 2005.

(3)

El Consejo Europeo de marzo de 2005 (3) adoptó el pacto europeo para la juventud, entre los instrumentos que pueden contribuir a la realización de los objetivos de Lisboa.

(4)

En su Resolución de 24 de mayo de 2005 (4) relativa a la aplicación de los objetivos comunes en materia de información de los jóvenes, el Consejo convino en centrarse en intensificar la conexión en red de las estructuras de información dirigidas a los jóvenes y en la formación permanente de los participantes en el ámbito de la información destinada a la juventud.

(5)

En su Resolución de 24 de mayo de 2005 (5), relativa al objetivo de aumentar la participación de los jóvenes en el sistema de la democracia representativa, el Consejo convino en reunirse en 2006 para examinar los avances en la realización de este objetivo sobre la base de los informes nacionales relativos a la temática prioritaria de la participación.

(6)

En su Resolución de 24 de mayo de 2005 sobre el balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea en el ámbito de la juventud (6), el Consejo acordó determinadas medidas para desarrollar más los procedimientos de aplicación del método abierto de coordinación.

(7)

En su Resolución de 15 de noviembre de 2005 (7), titulada «responder a las expectativas de los jóvenes», el Consejo invitó a la Comisión a entablar un diálogo estructurado e instó a la Comisión y a los Estados miembros a evaluar el marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud en 2009.

(8)

En su Comunicación de 20 de julio de 2006 (8), la Comisión propuso confirmar la relevancia y la validez de los objetivos comunes de participación e información de la juventud y adaptar e intensificar la aplicación de las líneas de actuación adoptadas. La Comisión propuso asimismo medidas concretas para entablar un diálogo estructurado con la juventud y reforzar la gobernanza del método abierto de coordinación.

habiendo observado que

1.

En su Carta Europea de Información Juvenil, la Agencia Europea de Información y Asesoramiento para los Jóvenes define una serie de directrices para normas mínimas y medidas de calidad que pueden servir como elementos de un planteamiento global, coherente y coordinado de la labor de información a la juventud, que constituye una parte de la política sobre la juventud.

2.

En su Carta revisada sobre la participación de los jóvenes en la vida local y regional, el Consejo de Europa resaltó la importancia de que se creasen las condiciones para un diálogo y asociación auténticos entre los jóvenes y las autoridades locales y regionales y de que se permita a los jóvenes y a sus representantes participar plenamente en las políticas que les afecten.

PONEN DE RELIEVE QUE:

1.

Los retos socioeconómicos y culturales planteados por el descenso proporcional de la juventud en la población europea deberían reflejarse en las políticas de la CE en materia generacional y de juventud.

2.

Las políticas intersectoriales en materia de juventud son de gran importancia para la aplicación eficaz de las políticas de crecimiento, empleo y ciudadanía de los objetivos de la Estrategia de Lisboa.

3.

Las prioridades comunes de participación e información de la juventud han estimulado las política nacionales en materia de juventud y siguen siendo esenciales para promover la ciudadanía activa entre la juventud, especialmente entre quienes gozan de menos oportunidades.

4.

Las organizaciones juveniles desempeñan un papel clave para facilitar y promover la participación de la juventud y para respaldar a la juventud en la realización de todas sus potencialidades.

5.

Para el desarrollo de políticas en materia de juventud, es esencial entablar con los jóvenes, los que participan en trabajos en el ámbito de la juventud y las organizaciones juveniles, así como con los investigadores de esta temática –reconociendo sus ámbitos de competencia respectivos– un debate sobre la configuración de la política relativa a las cuestiones que afectan a la juventud.

6.

El concepto de ciudadanía activa debería ampliarse hasta abarcar no sólo las dimensiones social y política, sino asimismo sus aspectos culturales, económicos y de cambio tecnológico.

7.

Las diferentes formas de ciudadanía activa existentes deberían considerarse como una oportunidad para reforzar la democracia y aportar nuevos temas a los programas políticos.

8.

Al establecer las estrategias y los programas políticos nacionales en materia de juventud, debería reforzarse el método abierto de coordinación en el ámbito de la juventud como un medio para aplicar mejor los objetivos comunes.

ACUERDAN QUE:

1.

Confirmar la relevancia y la validez de los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes, adoptados en 2003.

2.

Adaptar y mejorar las líneas de actuación adoptadas para los objetivos comunes de participación e información de los jóvenes, descritas en el Anexo de la presente Resolución.

3.

Deberían estructurarse mejor y seguir desarrollándose los foros de debate y diálogo con los jóvenes, con los que trabajan en el ámbito de la juventud y las organizaciones juveniles, así como con los investigadores en esta temática, tanto en el nivel local como europeo.

4.

Deberían tenerse en cuenta las opiniones y preocupaciones de los jóvenes mediante un proceso de diálogo ascendente y descendente, a fin de garantizar que se incluyen los aspectos de la vida de los jóvenes que ellos consideran relevantes.

5.

Debería tenerse debidamente en cuenta este diálogo estructurado y su resultado en la concepción de las políticas en los niveles pertinentes.

6.

Debería crearse un foro informal compuesto de los representantes de la juventud, las presidencias de turno y futuras, el Parlamento Europeo y la Comisión, que se debería reunir periódicamente, a fin de garantizar la coherencia y la continuidad entre los programas de trabajo por lo que respecta a la juventud.

7.

Para incrementar el sentimiento de la ciudadanía europea entre los jóvenes, se deberían aprovechar otras iniciativas, como el Plan D de democracia, diálogo y debate de la Comisión (9).

8.

Los temas prioritarios que se debatirán hasta 2009 en el marco de este diálogo estructurado serán: la inclusión social y la diversidad en 2007, el diálogo intercultural en 2008 y las perspectivas de una cooperación continua en el ámbito de la juventud en 2009. Estas cuestiones deberían debatirse paralelamente con los temas prioritarios abordados de conformidad con el método abierto de coordinación para la juventud (MAC) y el pacto europeo para la juventud, así como con las prioridades horizontales acordadas en el ámbito de la juventud, como la lucha contra la discriminación y la salud. Estos temas serían definidos con mayor precisión por las Presidencias de conformidad con sus programas concretos.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A:

1.

Determinar, antes de que finalice marzo de 2007, las líneas de actuación para la participación y la información en las que desean concentrarse y definir las medidas concretas o los planes de acción para su aplicación.

2.

Establecer un mecanismo preparatorio y de seguimiento para garantizar la aplicación efectiva de los objetivos comunes en colaboración con los actores pertinentes, entre otros los jóvenes, las organizaciones juveniles, los investigadores en la temática de la juventud y las administraciones locales y regionales.

3.

Promover los objetivos comunes para la participación e información entre las administraciones regionales y locales, las organizaciones juveniles y los jóvenes y cooperar estrechamente con las administraciones locales y regionales para garantizar la aplicación más plena posible de dichos objetivos.

4.

Indicar, cuando se informe sobre los objetivos comunes para un mayor conocimiento y comprensión de la juventud a finales de 2008, cómo se han aplicado las líneas de acción y los objetivos comunes para la participación de los jóvenes y la información de éstos.

TOMAN NOTA DE QUE LA COMISIÓN TIENE INTENCIÓN DE:

1.

Organizar un eurobarómetro específico para los jóvenes.

2.

Movilizar las redes europeas de información de los jóvenes (10) para apoyar un diálogo estructurado.

3.

Seguir desarrollando el Portal Europeo de la Juventud.

4.

Organizar, junto con los interlocutores pertinentes de los países participantes y con regularidad, una semana europea de la juventud con la participación de Comisarios y representantes de las demás instituciones europeas, precedida por una consulta en el portal europeo de la juventud cuando sea posible.

5.

Prever encuentros con jóvenes que no suelen estar en contacto con las instituciones europeas.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A:

1.

Garantizar que el proceso de método abierto de coordinación se mantenga abierto y transparente y que se haga el mejor uso posible de la información facilitada mediante este proceso.

2.

Desarrollar y apoyar un diálogo continuo y estructurado destinado a garantizar que los jóvenes y otras personas relevantes en el ámbito de la juventud puedan hacer una aportación a tiempo y eficaz a la formulación de las políticas importantes para la vida de los jóvenes.

3.

Colaborar con los actores pertinentes, entre otros las administraciones locales y regionales, así como con los organismos educativos y las organizaciones no gubernamentales en el establecimiento de dicho diálogo estructurado.

4.

Intentar garantizar que el diálogo estructurado reúna a todos aquellos que participan en las cuestiones relativas a la juventud, directa o indirectamente, a fin de desarrollar un enfoque más coherente e intersectorial de estas cuestiones.

5.

Alentar un enfoque inclusivo de este diálogo para que participen en él los jóvenes comprometidos con formas diferentes e innovadoras de ciudadanía activa, los jóvenes que no pertenecen a ninguna organización y los jóvenes con menos oportunidades y crear condiciones para lograr una participación equitativa de todos los jóvenes.

6.

Fomentar actividades de aprendizaje interpares sobre información y participación de los jóvenes haciendo participar, en su caso, a Estados europeos que no sean miembros de la UE.

7.

Crear, sobre una base voluntaria, un grupo de trabajo de nivel europeo que examine los medios concretos para evaluar los resultados de la aplicación de los objetivos comunes en materia de información y participación de los jóvenes. Se invita a la Comisión a informar a la Comisión sobre los resultados logrados por el citado grupo de trabajo.

8.

Aprovechar al máximo el Programa «Juventud en acción» 2007-2013 para apoyar este diálogo estructurado.

9.

Tratar la aplicación de este diálogo estructurado en los niveles nacional y europeo en el contexto de la evaluación del marco de la cooperación europea en el ámbito de la juventud en 2009.


(1)  DO C 168 de 13.7.2002, p. 2.

(2)  DO C 295 de 5.12.2003, p. 6.

(3)  7619/1/05. Conclusión 37.

(4)  DO C 141 de 10.6.2005, p. 5.

(5)  DO C 141 de 10.6.2005, p. 3.

(6)  DO C 141 de 10.6.2005, p. 1.

(7)  DO C 292 de 24.11.2005, p. 5.

(8)  11957/06.

(9)  14775/05 y 9393/06.

(10)  Como ERYICA, EURODESK y EYCA.


ANEXO

MEDIDAS PARA REFORZAR LA APLICACIÓN DE LOS OBJETIVOS COMUNES DE PARTICIPACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS JÓVENES

Según las circunstancias y prioridades de cada Estado miembro y sin perjuicio de las diferentes responsabilidades de las autoridades nacionales, regionales y locales de los Estados miembros, deberá seguirse la siguiente lista no exhaustiva de líneas de actuación:

INFORMACIÓN

1.   Acceso de los jóvenes a servicios de información

a)

Establecer y promover –sobre todo mediante una mejor coordinación de los servicios de información en su territorio– estrategias coherentes y de amplio espectro de información a los jóvenes que aborden todos los temas que les afecten.

b)

Desarrollar servicios de información y asesoramiento basados en Internet, así como otros enfoques innovadores de información dirigidos a los jóvenes, como por ejemplo unidades móviles de información a la juventud, para facilitar así el acceso a la información a los jóvenes con menos oportunidades.

2.   Información de calidad

c)

Proporcionar oportunidades de educación y formación a los responsables de informar a los jóvenes.

d)

Seguir desarrollando los servicios de información y asesoramiento individual.

e)

Desarrollar servicios de información y asesoramiento de los jóvenes adecuados a sus propias necesidades y hacer uso de los canales de información que con más frecuencia ellos emplean.

f)

Hacer el mejor uso posible de las orientaciones existentes en el ámbito de las normas de calidad mínimas o desarrollar normas de calidad con el fin de garantizar una alta calidad de la información.

g)

Mejorar la evaluación de la calidad de la información.

h)

Esforzarse por garantizar que los resultados de la investigación sobre los jóvenes se presentan de manera comprensible y de fácil uso.

3.   Participación de los jóvenes en actividades de información

i)

Animar a las organizaciones juveniles a difundir la información sobre su papel central en la construcción de la sociedad civil.

j)

Fomentar la participación de los jóvenes en la creación y evaluación de estrategias de información pública.

k)

Animar a los jóvenes a participar en la recopilación, elaboración y divulgación de información relacionada con ellos y que les interese, así como en actividades conexas de asesoramiento.

PARTICIPACIÓN

1.   Participación de jóvenes en la vida cívica

a)

Crear condiciones adecuadas para el funcionamiento de las organizaciones y grupos de acción juveniles, por ejemplo proporcionándoles apoyo económico y locales para sus actividades.

b)

Alentar la creación de oportunidades de participación amplias e iguales para todos los jóvenes.

c)

Fomentar que los jóvenes y sus organizaciones entablen cooperación a escala mundial.

d)

Definir nuevas formas de participación y apoyar proyectos piloto para respaldar estas nuevas formas.

e)

Fomentar un diálogo estructurado con los jóvenes sobre temas que les afecten, con la participación tanto de consejos nacionales de la juventud como de jóvenes comprometidos en nuevas formas de ciudadanía activa, tales como redes y grupos de acción, mediante un proceso de consulta.

f)

Apoyar el desarrollo de estructuras locales de participación, tales como consejos juveniles, y la creación de redes entre ellas, que hagan participar directamente a los jóvenes en los organismos locales de toma de decisiones y ponga en marcha el apoyo de las administraciones regionales y locales.

g)

Garantizar que, de manera sistemática, se consulta a los jóvenes en temas que les afecten y fomentar el desarrollo y la puesta en práctica de iniciativas locales destinadas a los jóvenes.

h)

Crear políticas nacionales intersectoriales e implicar a los jóvenes en su aplicación.

i)

Estudiar las posibilidades de crear asociaciones con base en Internet.

j)

Desarrollar instrumentos de fomento de la participación, tales como orientaciones sobre mecanismos de participación o foros interactivos en Internet de participación política.

2.   Mayor participación de los jóvenes en el sistema de la democracia representativa

k)

Desarrollar medidas prácticas para garantizar una participación cada vez mayor de los jóvenes en las instituciones de la democracia representativa, dentro del respeto de los valores de dignidad humana, libertad, democracia e igualdad.

l)

Hacer mejor uso de la tecnología de la información para facilitar la participación de los jóvenes en las elecciones locales, nacionales, regionales y europeas.

m)

Cuando proceda, considerar la posibilidad de debatir sobre la mayoría de edad para votar, y hacer pleno uso de las experiencias adquiridas en algunos Estados miembros.

3.   Apoyo a las diversas formas de aprender a participar

n)

Desarrollar sinergias mediante actuaciones en el ámbito educativo. Esto puede lograrse en el plano europeo mediante una relación más estrecha con el método abierto de coordinación en la educación y la formación. Deberían desarrollarse en los Estados miembros medidas adecuadas a escala nacional, regional y local, por ejemplo, mediante iniciativas de ciudadanía activa en colaboración con las escuelas.

o)

Proporcionar a los jóvenes oportunidades de educación no formal que fomenten su participación en el desarrollo de la sociedad civil y refuercen los vínculos entre los centros de enseñanza y la sociedad civil, las organizaciones juveniles y la actuación local con los jóvenes. Deberá prestarse especial atención a los jóvenes que gocen de menos oportunidades.

p)

Impulsar, evaluar y difundir las mejores prácticas de educación democrática y participación de los jóvenes.


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