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Document 32022D2306
Commission Implementing Decision (EU) 2022/2306 of 23 November 2022 granting derogations to certain Member States with respect to the transmission of statistics pursuant to Regulation (EC) No 1338/2008 of the European Parliament and of the Council, as regards statistics on healthcare facilities, healthcare human resources and healthcare utilisation (notified under document C(2022) 8341) (Only the Czech, Dutch, English, French, German, Greek, Irish, Portuguese, Romanian, Spanish and Swedish texts are authentic) (Text with EEA relevance)
Decisión de Ejecución (UE) 2022/2306 de la Comisión de 23 de noviembre de 2022 por la que se conceden excepciones a determinados Estados miembros en relación con la transmisión de estadísticas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a las estadísticas sobre centros de asistencia sanitaria, recursos humanos para la asistencia sanitaria y uso de la asistencia sanitaria [notificada con el número C(2022) 8341] (Los textos en lenguas alemana, checa, española, francesa, griega, inglesa, irlandesa, neerlandesa, portuguesa, rumana y sueca son los únicos auténticos) (Texto pertinente a efectos del EEE)
Decisión de Ejecución (UE) 2022/2306 de la Comisión de 23 de noviembre de 2022 por la que se conceden excepciones a determinados Estados miembros en relación con la transmisión de estadísticas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a las estadísticas sobre centros de asistencia sanitaria, recursos humanos para la asistencia sanitaria y uso de la asistencia sanitaria [notificada con el número C(2022) 8341] (Los textos en lenguas alemana, checa, española, francesa, griega, inglesa, irlandesa, neerlandesa, portuguesa, rumana y sueca son los únicos auténticos) (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2022/8341
DO L 305 de 25.11.2022, p. 58–62
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Derogation | 32008R1338 | 25/11/2022 |
25.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 305/58 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/2306 DE LA COMISIÓN
de 23 de noviembre de 2022
por la que se conceden excepciones a determinados Estados miembros en relación con la transmisión de estadísticas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a las estadísticas sobre centros de asistencia sanitaria, recursos humanos para la asistencia sanitaria y uso de la asistencia sanitaria
[notificada con el número C(2022) 8341]
(Los textos en lenguas alemana, checa, española, francesa, griega, inglesa, irlandesa, neerlandesa, portuguesa, rumana y sueca son los únicos auténticos)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vistas las solicitudes presentadas por el Reino de Bélgica, la República Checa, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, Rumanía y el Reino de Suecia,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Según lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1338/2008, en los casos necesarios pueden adoptarse excepciones y períodos de transición para los Estados miembros, basados en motivos objetivos. |
(2) |
La información facilitada por los Estados miembros a la Comisión indica que las solicitudes de excepciones se deben a la necesidad de introducir importantes cambios en los sistemas administrativos y estadísticos nacionales para cumplir plenamente el Reglamento (CE) n.o 1338/2008. |
(3) |
Por consiguiente, conviene conceder las excepciones solicitadas por el Reino de Bélgica, la República Checa, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, Rumanía y el Reino de Suecia. |
(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo creado en virtud del artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se conceden las excepciones establecidas en el anexo a los Estados miembros indicados en él.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de Bélgica, la República Checa, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, Rumanía y el Reino de Suecia.
Hecho en Bruselas, el 23 de noviembre de 2022.
Por la Comisión
Paolo GENTILONI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 354 de 31.12.2008, p. 70.
(2) Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008 relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, p. 164).
ANEXO
Excepciones al Reglamento (CE) n.o 1338/2008, aplicado por la Comisión, por lo que respecta a las estadísticas sobre centros de asistencia sanitaria, recursos humanos para la asistencia sanitaria y uso de la asistencia sanitaria
En lo tocante a la recogida de datos, se concederán las excepciones siguientes:
Chequia, Irlanda, España, Chipre, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Rumanía no estarán obligados a presentar las variables o, cuando se indique, el desglose o los desgloses de variables que figuran en el cuadro 1 para los años de referencia que en él se indican. Cuando no sea necesaria una cobertura total, las desviaciones con respecto a la cobertura total se explicarán en los metadatos de referencia.
Cuadro 1
Estado miembro |
Variable/desglose |
Año o años de referencia a los que se aplica la excepción |
||||||||||||||||||||
Chequia |
El país de residencia de los no residentes dados de alta para las siguientes variables:
|
2023-2024 |
||||||||||||||||||||
Chequia |
|
2023-2024 |
||||||||||||||||||||
Irlanda |
Cobertura total de las siguientes variables (se requiere cobertura parcial):
|
2023-2024 |
||||||||||||||||||||
España |
Los grupos de edad «65-74» y «75 años o más» para la variable:
|
2021-2023 |
||||||||||||||||||||
Chipre |
Cobertura total de todas las variables del anexo II (se requiere cobertura parcial) |
2021-2022 |
||||||||||||||||||||
Luxemburgo |
Variables 1.1 a 1.6 de los datos sobre empleo en el ámbito de la salud |
2023 |
||||||||||||||||||||
Países Bajos |
Cobertura completa de las variables del punto 6 (datos sobre asistencia hospitalaria) (se requiere cobertura parcial) |
2023 |
||||||||||||||||||||
Austria |
|
2021-2022 |
||||||||||||||||||||
Portugal |
|
2023-2025 |
||||||||||||||||||||
Portugal |
Variables del punto 4 (datos sobre productos para diagnóstico por imagen)
|
2021-2023 |
||||||||||||||||||||
Portugal |
La región NUTS2 de residencia del paciente dado de alta para las variables:
|
2023-2025 |
||||||||||||||||||||
Portugal |
Cobertura total de las siguientes variables (se requiere cobertura parcial):
|
2023-2025 |
||||||||||||||||||||
Rumanía |
|
2021 |
Se concederán excepciones a Bélgica, Grecia, España, Francia, Luxemburgo y Suecia en relación con el plazo de entrega de los datos para las variables del cuadro 2 y, en su caso, los metadatos de referencia.
Cuadro 2
Estado miembro |
Variable |
Nuevo plazo |
Año o años de referencia cubiertos por la excepción |
||||||
Bélgica |
|
T + 26 meses |
2021-2024 |
||||||
Grecia |
Variables del punto 1 (datos sobre empleo en el ámbito de la salud) |
T +20 meses |
2023 |
||||||
España |
Variables del punto 1 (datos sobre empleo en el ámbito de la salud) y metadatos de referencia |
T +16 meses |
2023 |
||||||
España |
Variables de los puntos 2 a 5 del anexo II y metadatos de referencia |
T +16 meses |
2021-2023 |
||||||
Francia |
|
T +21 meses |
2021-2023 |
||||||
Luxemburgo |
Variables de los puntos 6 (datos sobre asistencia hospitalaria) y 7 (datos sobre procedimientos quirúrgicos) |
T +38 meses |
2023 |
||||||
Luxemburgo |
Variables de los puntos 6 (datos sobre asistencia hospitalaria) y 7 (datos sobre procedimientos quirúrgicos) |
T +26 meses |
2024 |
||||||
Suecia |
Variables del punto 1 (datos sobre empleo en el ámbito de la salud) |
T +21 meses |
2023-2024 |