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Document 32013R0074

Reglamento de Ejecución (UE) n ° 74/2013 de la Comisión, de 25 de enero de 2013 , que modifica el Reglamento (UE) n ° 1125/2010 en lo que atañe a los centros de intervención de cereales en Alemania, España y Eslovaquia

DO L 26 de 26.1.2013, p. 17–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 04/04/2014; derogado por 32014R0340

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2013/74/oj

26.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 26/17


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 74/2013 DE LA COMISIÓN

de 25 de enero de 2013

que modifica el Reglamento (UE) no 1125/2010 en lo que atañe a los centros de intervención de cereales en Alemania, España y Eslovaquia

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1), y, en particular, su artículo 41, leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo del Reglamento (UE) no 1125/2010 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2010, por el que se determinan los centros de intervención de cereales y se modifica el Reglamento (CE) no 1173/2009 (2), figura la lista de los centros de intervención de cereales.

(2)

De conformidad con el artículo 55, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1272/2009 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la compraventa de productos agrícolas en régimen de intervención pública (3), Alemania, España y Eslovaquia han notificado a la Comisión la lista modificada de sus centros de intervención de cereales así como la lista de los locales de almacenamiento (4) vinculados a estos centros que han sido autorizados al reunir las condiciones mínimas exigidas por la normativa de la Unión.

(3)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) no 1125/2010 en consecuencia, y publicar en internet la lista de los locales de almacenamiento correspondientes junto con toda la información necesaria para los agentes económicos que participen en el régimen de intervención pública.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (UE) no 1125/2010 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)  DO L 318 de 4.12.2010, p. 10.

(3)  DO L 349 de 29.12.2009, p. 1.

(4)  Las direcciones de los locales de almacenamiento de los centros de intervención están disponibles en el sitio web EUROPA/agricultura de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/agriculture/cereals/legislation/index_en.htm.


ANEXO

El anexo del Reglamento (UE) no 1125/2010 se modifica como sigue:

1)

La sección titulada «ALEMANIA» se sustituye por el texto siguiente:

«ALEMANIA

Aschersleben

Augsburg

Bad Gandersheim

Bad Oldesloe

Beverungen

Brandenburg

Bremen

Bülstringen

Buttstädt

Dessau-Roßlau

Drebkau

Ebeleben

Eilenburg

Emden

Flensburg

Gransee

Großschirma

Güstrow

Hamburg

Hameln

Herzberg

Hildesheim

Holzminden

Itzehoe

Kappeln

Karstädt

Kiel

Klötze

Krefeld

Kyritz

Lübeck

Ludwigshafen

Magdeburg

Malchin

Neustadt

Nienburg

Northeim

Pollhagen

Querfurt

Regensburg

Rethem/Aller

Riesa

Rosdorf

Rostock

Schwerin

Tangermünde

Trebsen

Uelzen

Wismar

Witzenhausen».

2)

La sección titulada «ESPAÑA» se sustituye por el texto siguiente:

«ESPAÑA

Andalucía

Aragón

Castilla y León

Castilla-La Mancha

Extremadura

Navarra».

3)

La sección titulada «ESLOVAQUIA» se sustituye por el texto siguiente:

«ESLOVAQUIA

Bratislava

Trnava

Dunajská Streda

Nitra

Dvory nad Žitavou

novce nad Bebravou

Martin

Veľký Krtíš

Rimavská Sobota

Šurany

Košice».


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