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Document 32011R0406

Reglamento de Ejecución (UE) n ° 406/2011 de la Comisión, de 27 de abril de 2011 , por el que se modifica el Reglamento (CE) n ° 2380/2001 en lo que respecta a la composición del aditivo para piensos maduramicina de amonio alfa Texto pertinente a efectos del EEE

DO L 108 de 28.4.2011, blz. 11–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

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Juridische status van het document Van kracht

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2011/406/oj

28.4.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 108/11


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 406/2011 DE LA COMISIÓN

de 27 de abril de 2011

por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2380/2001 en lo que respecta a la composición del aditivo para piensos maduramicina de amonio alfa

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 13, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el Reglamento (CE) no 1831/2003 se prevé la posibilidad de modificar la autorización de un aditivo para piensos a petición del titular de la autorización y previo dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»).

(2)

El uso de la maduramicina de amonio alfa, que pertenece al grupo de los coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas, fue autorizado durante diez años de conformidad con la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2), como aditivo para piensos para la utilización en pollos de engorde por el Reglamento (CE) no 2430/1999 de la Comisión (3) y para pavos por el Reglamento (CE) no 2380/2001 de la Comisión (4).

(3)

El titular de la autorización presentó una solicitud para una modificación de la autorización en lo que respecta a la composición del soporte del aditivo para piensos. El titular de la autorización presentó los datos pertinentes en apoyo de su solicitud.

(4)

La Autoridad concluyó en su dictamen de 8 de diciembre de 2010 (5) que no cabe esperar que el uso de esta nueva formulación del aditivo en pavos plantee ningún nuevo interrogante para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente, y que es eficaz para controlar la coccidiosis.

(5)

Se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(6)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) no 2380/2001 en consecuencia.

(7)

Habida cuenta de que las modificaciones de las condiciones de la autorización no se deben a motivos de seguridad, procede conceder un período transitorio para la eliminación de las reservas existentes de premezclas y piensos compuestos.

(8)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) no 2380/2001 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Las premezclas y los piensos compuestos que contengan maduramicina de amonio alfa y se hayan producido de conformidad con el Reglamento (CE) no 2380/2001 pueden seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 2011.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

(2)  DO L 270 de 14.12.1970, p. 1.

(3)  DO L 296 de 17.11.1999, p. 3.

(4)  DO L 321 de 6.12.2001, p. 18.

(5)  EFSA Journal 2011, 9(1):1954.


ANEXO

«ANEXO

Número de identificación del aditivo

Nombre del titular de la autorización

Aditivo

(nombre comercial)

Composición, fórmula química, descripción y método analítico

Especie o categoría de animales

Edad máxima

Contenido mínimo

Contenido máximo

Otras disposiciones

Fin del período de autorización

Mg de sustancia activa/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

Coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas

E 770

Alpharma Belgium BVBA

Maduramicina de amonio

alfa 1 g/100 g

(Cygro 1 %)

 

Composición del aditivo:

Maduramicina de amonio alfa: 1 g/100 g

Carboximetilcelulosa sódica: 2 g/100 g

Sulfato de calcio dihidratado: 97 g/100 g

 

Sustancia activa:

Maduramicina de amonio α C47H83O17N

No CAS: 84878-61-5, sal de amonio de un poliéter de ácido monocarboxílico producido por un proceso de fermentación por la cepa Actinomadura yumaensis (ATCC 31585) (NRRL 12515).

 

Impurezas asociadas:

Maduramicina de amonio β: < 10 %

Pavos

16 semanas

5

5

1.

Prohibida su administración al menos cinco días antes del sacrificio.

2.

Indicar en las instrucciones de uso: “Peligroso para los équidos”.

“Este pienso contiene un ionóforo: su administración simultánea con determinadas sustancias medicamentosas (por ejemplo, la tiamulina) puede estar contraindicada”.

15.12.2011»


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