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Document 32006D0127
2006/127/EC: Commission Decision of 2 February 2006 approving the 2006 technical action plan for the improvement of agricultural statistics (notified under document number C(2005) 6068)
2006/127/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de febrero de 2006 , por la que se aprueba el plan de acción técnica 2006 para la mejora de las estadísticas agrícolas [notificada con el número C(2005) 6068]
2006/127/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de febrero de 2006 , por la que se aprueba el plan de acción técnica 2006 para la mejora de las estadísticas agrícolas [notificada con el número C(2005) 6068]
DO L 51 de 22.2.2006, p. 19–20
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(BG, RO)
DO L 118M de 8.5.2007, p. 230–231
(MT)
No longer in force, Date of end of validity: 11/12/2010
22.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 51/19 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 2 de febrero de 2006
por la que se aprueba el plan de acción técnica 2006 para la mejora de las estadísticas agrícolas
[notificada con el número C(2005) 6068]
(2006/127/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Decisión 96/411/CE del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativa a la mejora de las estadísticas agrícolas comunitarias (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 1, y su artículo 6, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En virtud de la Decisión 96/411/CE, la Comisión define cada año un plan de acción técnica para las estadísticas agrícolas. |
(2) |
En virtud de la Decisión 96/411/CE, la Comunidad contribuye a sufragar los gastos que realicen los Estados miembros para adaptar los sistemas estadísticos agrícolas nacionales, o para llevar a cabo los trabajos preparatorios relacionados con necesidades nuevas o en aumento que formen parte de un plan de acción técnica. |
(3) |
Es fundamental mejorar y desarrollar la información estadística sobre el desarrollo rural para la aplicación de las correspondientes políticas comunitarias. Se trata de un campo principal del plan de acción anual. |
(4) |
Es necesario consolidar el sistema de estadísticas agrícolas y proseguir la labor respaldada por los planes de acción anteriores en los campos de los registros agrícolas y de las explotaciones pequeñas. |
(5) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se aprueba el plan de acción técnica 2006 para la mejora de las estadísticas agrícolas (TAPAS 2006), como se establece en el anexo.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2006.
Por la Comisión
Joaquín ALMUNIA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 162 de 1.7.1996, p. 14. Decisión modificada en último lugar por la Decisión no 787/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 138 de 30.4.2004, p. 12).
ANEXO
PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2006 PARA LA MEJORA DE LAS ESTADÍSTICAS AGRÍCOLAS (TAPAS 2006)
Las medidas contempladas en el plan de acción técnica 2006 para la mejora de las estadísticas agrícolas están destinadas a desarrollar o mejorar las estadísticas en los campos siguientes:
a) |
desarrollo rural; |
b) |
registros de estadísticas agrícolas; |
c) |
encuestas sobre pequeñas explotaciones (encuestas sobre unidades de dimensión reducida). |
La Comisión realizará una contribución financiera para proyectos desarrollados como parte de esas medidas sin superar los importes que aparecen en el cuadro A para cada Estado miembro.
Cuadro A
Plan de acción técnica 2006
Máxima contribución financiera de la Comunidad a los gastos
(en euros) |
||||
Países |
Desarrollo rural |
Registros agrícolas |
Unidades pequeñas |
Total |
BE |
94 000 |
|
|
94 000 |
DK |
|
|
10 000 |
10 000 |
DE |
49 500 |
|
|
49 500 |
HU |
16 806 |
|
|
16 806 |
NL |
|
60 000 |
|
60 000 |
AT |
51 214 |
|
|
51 214 |
FI |
|
36 000 |
|
36 000 |
SE |
|
40 000 |
|
40 000 |
Total |
211 520 |
136 000 |
10 000 |
357 520 |