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Document 32000D0016

2000/16/CE: Decisión del Consejo, de 2 de diciembre de 1999, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República Popular de China

DO L 6 de 11.1.2000, p. 39–39 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2000/16(1)/oj

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32000D0016

2000/16/CE: Decisión del Consejo, de 2 de diciembre de 1999, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República Popular de China

Diario Oficial n° L 006 de 11/01/2000 p. 0039 - 0039


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 2 de diciembre de 1999

relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República Popular de China

(2000/16/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 170, conjuntamente con la primera frase del apartado 2 y con el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión(1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(2),

Considerando lo siguiente:

(1) La Comunidad y la República Popular de China están llevando a cabo programas específicos de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) en sectores de interés común.

(2) Sobre la base de la experiencia adquirida en el pasado, ambas Partes se han mostrado interesadas en crear un marco más amplio y profundo para la colaboración científica y técnica.

(3) La cooperación en el ámbito de la ciencia y la tecnología forma parte de la cooperación global entre la Comunidad y la República Popular de China.

(4) Mediante su Decisión de 22 de junio de 1998, el Consejo autorizó a la Comisión para negociar un Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad y el Gobierno de la República Popular de China (denominado en lo sucesivo "el Acuerdo").

(5) Mediante Decisión de 22 de diciembre de 1998, el Consejo decidió que se procediera a la firma del Acuerdo en nombre de la Comunidad Europea.

(6) El Acuerdo fue firmado el 22 de diciembre de 1998.

(7) Procede aprobar el Acuerdo,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Republica Popular de China.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

De conformidad con el artículo 11 del Acuerdo, el Presidente del Consejo procederá a la notificación del cumplimiento de los requisitos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo por parte de la Comunidad(3).

Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 1999.

Por el Consejo

El Presidente

E. TUOMIOJA

(1) DO C 247 E de 31.8.1999, p. 32.

(2) Dictamen emitido el 3 de noviembre de 1999 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.

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