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Document 32006R1377

Reglamento (CE) n o  1377/2006 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2006 , por el que se modifica el Reglamento (CE) n o  1236/2005 del Consejo sobre el comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

DO L 255 de 19.9.2006, pp. 3–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 19/02/2019; derog. impl. por 32019R0125

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/1377/oj

19.9.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 255/3


REGLAMENTO (CE) N o 1377/2006 DE LA COMISIÓN

de 18 de septiembre de 2006

por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1236/2005 del Consejo sobre el comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1236/2005 del Consejo, de 27 de junio de 2005, sobre el comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo I del Reglamento (CE) no 1236/2005 enumera las autoridades competentes encargadas de tareas específicas vinculadas a la aplicación de dicho Reglamento.

(2)

Los Países Bajos y el Reino Unido han solicitado, respectivamente, la inclusión o rectificación de la información relativa a sus autoridades competentes. Debe asimismo modificarse la dirección de la Comisión.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 1236/2005 se modifica conforme a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de septiembre de 2006.

Por la Comisión

Benita FERRERO-WALDNER

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 200 de 30.7.2005, p. 1.


ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) no 1236/2005 se modifica como sigue:

1)

Se inserta la siguiente dirección bajo la rúbrica «PAÍSES BAJOS»:

«Ministerie van Economische Zaken

Directoraat-generaal voor Buitenlandse Economische Betrekkingen

Directie Handelspolitiek

Bezuidenhoutseweg 153

Postbus 20101

2500 EC Den Haag

The Netherlands

Telephone: (31-70) 379 64 85, 379 62 50».

2)

La dirección que figura bajo la rúbrica «REINO UNIDO» se sustituye por:

« Importación de mercancías enumeradas en el anexo II:

Department of Trade and Industry

Import Licensing Branch

Queensway House

West Precinct

Billingham TS23 2NF

United Kingdom

Telephone: (44-1642) 364 333

Fax: (44-1642) 364 269

E-mail: enquiries.ilb@dti.gsi.gov.uk

Exportación de mercancías enumeradas en los anexos II o III, y prestación de asistencia técnica relativa a las mercancías enumeradas en el anexo II a que se refieren el artículo 3, apartado 1, y el artículo 4, apartado 1:

Department of Trade and Industry

Export Control Organisation

Kingsgate House

66-74 Victoria Street

London SW1E 6SW

United Kingdom

Telephone: (44-20) 7215 8070

Fax: (44-20) 7215 0531

E-mail: lu3.eca@dti.gsi.gov.uk».

3)

La dirección que figura bajo «B. Dirección para las notificaciones a la Comisión:» se sustituye por:

«Comisión de las Comunidades Europeas

Dirección General de Relaciones Exteriores

Dirección A. Plataforma de Crisis y Coordinación de las Políticas en el marco de la PESC

Unidad A.2. Gestión de crisis y prevención de conflictos

CHAR 12/45

B-1049 Bruselas

Tel. (32-2) 295 55 85, 299 11 76

Fax (32-2) 299 08 73

Correo electrónico: relex-sanctions@ec.europa.eu».


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