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Documento 32004D0190
2004/190/CFSP: Political and Security Committee Decision Proxima/1/2004 of 10 February 2004 on the acceptance of non-acceding third States' contributions to the European Union Police Mission in the former Yugoslav Republic of Macedonia (EUPOL "Proxima")
2004/190/PESC: Decisión Proxima/1/2004 del Comité Político y de Seguridad, de 10 de febrero de 2004, sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados no adherentes a la Misión de Policía de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (EUPOL "Proxima")
2004/190/PESC: Decisión Proxima/1/2004 del Comité Político y de Seguridad, de 10 de febrero de 2004, sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados no adherentes a la Misión de Policía de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (EUPOL "Proxima")
UL L 60, 27.2.2004, p. 54-54
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Vigente
2004/190/PESC: Decisión Proxima/1/2004 del Comité Político y de Seguridad, de 10 de febrero de 2004, sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados no adherentes a la Misión de Policía de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (EUPOL "Proxima")
Diario Oficial n° L 060 de 27/02/2004 p. 0054 - 0054
Decisión Proxima/1/2004 del Comité Político y de Seguridad de 10 de febrero de 2004 sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados no adherentes a la Misión de Policía de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (EUPOL "Proxima") (2004/190/PESC) EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD, Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular el párrafo tercero de su artículo 25, Vista la Acción Común 2003/681/PESC del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (EUPOL "Proxima")(1), y en particular el apartado 3 de su artículo 9, Considerando lo siguiente: El 9 de febrero de 2004, a raíz de la recomendación del Jefe de la Misión de Policía EUPOL "Proxima" y teniendo en cuenta la opinión del Representante Especial de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia, el Comité para los aspectos civiles de la gestión de crisis acordó recomendar al Comité Político y de Seguridad que aceptase las contribuciones de determinados terceros Estados no adherentes. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Contribuciones de terceros Estados no adherentes Se aceptan las contribuciones a EUPOL "Proxima" de los siguientes terceros Estados no adherentes: - Noruega - Suiza - Turquía - Ucrania. Artículo 2 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2004. Por el Comité Político y de Seguridad El Presidente D. Kelleher (1) DO L 249 de 1.10.2003, p. 66.