Trabajadores de terceros países: un permiso único de residencia y trabajo en la Unión Europea (2026)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva (UE) 2024/1233 sobre un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

La Directiva (UE) 2024/1233 tiene por objeto racionalizar los procedimientos de migración laboral de nacionales de terceros países a la Unión Europea (UE) y garantizar un trato equitativo de los trabajadores de terceros países mediante:

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

La Directiva:

Procedimiento único de solicitud

Los Estados miembros:

Derechos e igualdad de trato

Los titulares de un permiso único tienen derecho a:

Disposiciones generales

Los Estados miembros deben:

La Comisión Europea informará periódicamente, y a más tardar el , al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea sobre la aplicación de la Directiva.

La Directiva derogará la Directiva (UE) 2011/98/UE (véase la síntesis) a partir del . La Directiva no se aplica en Dinamarca ni en Irlanda.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva debe estar transpuesta a la legislación nacional a más tardar el . Las normas se aplicarán a partir del .

ANTECEDENTES

La Directiva actualiza la legislación adoptada en 2011 para atraer las capacidades y el talento que necesita la UE y otorgar a los ciudadanos extracomunitarios que residen legalmente en un Estado miembro, hasta cierto punto, los mismos derechos y obligaciones que a los nacionales.

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro (refundición) (DO L 2024/1233 de ).

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