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Define un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de fuera de la Unión Europea (UE) que residan legalmente en la UE, así como la información que debe incluir.
El Reglamento (CE) no 380/2008 modifica el Reglamento (CE) no 1030/2002 en lo que atañe a la inclusión de identificadores biométricos1 en el formato uniforme de los permisos de residencia.
Dado que el formato actual de los permisos de residencia se ha utilizado durante más de veinte años, se adoptó el Reglamento de modificación (UE) 2017/1954.
Propone un nuevo modelo uniforme para los permisos con nuevas características de seguridad para prevenir las falsificaciones. Las especificaciones sobre imágenes y textos que contiene el anexo del Reglamento de modificación (UE)2017/1954 sustituyen a las especificaciones indicadas en el anexo del Reglamento original de 2002. Se concede a los países miembros de la UE un período de transición de seis meses para que utilicen y agoten las reservas existentes de permisos de residencia.
El Reglamento (CE) n.o 1030/2002 está en vigor desde el .
El Reglamento de modificación (UE) 2017/1954 se aplicará a más tardar quince meses después de que la Comisión Europea adopte las nuevas especificaciones técnicas adicionales para los permisos de residencia.
Para más información, véase:
Reglamento (CE) n.o 1030/2002 del Consejo, de , por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países (DO L 157 de , pp. 1-7).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1030/2002 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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