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Document 32004R0950
Commission Regulation (EC) No 950/2004 of 6 May 2004 amending for the 33rd time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with Usama bin Laden, the Al-Qaida network and the Taliban, and repealing Council Regulation (EC) No 467/2001
Reglamento (CE) n° 950/2004 de la Comisión, de 6 de mayo de 2004, por el que se modifica por trigésima tercera vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
Reglamento (CE) n° 950/2004 de la Comisión, de 6 de mayo de 2004, por el que se modifica por trigésima tercera vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
DO L 173 de 7.5.2004, p. 6–7
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(BG, RO, HR)
DO L 338M de 17.12.2008, p. 1–3
(MT)
In force
7.5.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 173/6 |
REGLAMENTO (CE) N o 950/2004 DE LA COMISIÓN
de 6 de mayo de 2004
por el que se modifica por trigésima tercera vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 881/2002, del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 667/2004 de la Comisión (2) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 7,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento. |
(2) |
El 3 de mayo de 2004, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales se aplicará el bloqueo de capitales y recursos económicos y, por consiguiente, el anexo I debe ser modificado en consecuencia. |
(3) |
Para que las medidas dispuestas en el presente Reglamento sean eficaces, éste debe entrar en vigor inmediatamente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 6 de mayo de 2004.
Por la Comisión
Christopher PATTEN
Miembro de la Comisión
(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.
(2) DO L 104 de 8.4.2004, p. 110.
ANEXO
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará de la manera siguiente:
1. |
En el epígrafe «Personas físicas», se añaden las siguientes entradas:
|
2. |
En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Zulkifli Marzuki, Taman Puchong Perdana, Selangor, Malasia; fecha de nacimiento: 3 de julio de 1968; lugar de nacimiento: Selangor, Malasia; Nacionalidad: malaya; Pasaporte no: A 5983063; No de identificación nacional: 680703-10-5821» se sustituirá por la siguiente: «Zulkepli Bin Marzuki, Taman Puchong Perdana, Selangor, Malasia. Fecha de nacimiento: 3 de julio de 1968. Lugar de nacimiento: Selangor, Malasia. Nacionalidad: malaya. Pasaporte no: A 5983063. No de identificación nacional: 680703-10-5821.». |
3. |
En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Yazld Sufaat (alias a) Joe, b) Abu Zufar), Taman Bukit Ampang, Selangor, Malasia; fecha de nacimiento: 20 de enero de 1964; lugar de nacimiento: Johor, Malasia; Nacionalidad: malaya; Pasaporte no: A 10472263; No de identificación nacional: 640120-01-5529» se sustituirá por la siguiente: «Yazid Sufaat [alias a) Joe, b) Abu Zufar], Taman Bukit Ampang, Selangor, Malasia. Fecha de nacimiento: 20 de enero de 1964. Lugar de nacimiento: Johor, Malasia. Nacionalidad: malaya. Pasaporte no: A 10472263. No de identificación nacional: 640120-01-5529.» |