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Document 31993R0408
Commission Regulation (EEC) No 408/93 of 24 February 1993 determining the extent to which applications in the beef and veal sector for the issue of import licences lodged pursuant to Regulation (EEC) No 3771/92 may be accepted
Reglamento (CEE) n° 408/93 de la Comisión, de 24 de febrero de 1993, por el que se determina en qué medida se podrá dar curso a las solicitudes de expedición de certificados de importación presentadas con arreglo al Reglamento (CEE) n° 3771/92 en el sector de la carne de vacuno
Reglamento (CEE) n° 408/93 de la Comisión, de 24 de febrero de 1993, por el que se determina en qué medida se podrá dar curso a las solicitudes de expedición de certificados de importación presentadas con arreglo al Reglamento (CEE) n° 3771/92 en el sector de la carne de vacuno
DO L 47 de 25.2.1993, p. 20–20
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1993
Reglamento (CEE) n° 408/93 de la Comisión, de 24 de febrero de 1993, por el que se determina en qué medida se podrá dar curso a las solicitudes de expedición de certificados de importación presentadas con arreglo al Reglamento (CEE) n° 3771/92 en el sector de la carne de vacuno
Diario Oficial n° L 047 de 25/02/1993 p. 0020 - 0020
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 48 p. 0140
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 48 p. 0140
REGLAMENTO (CEE) No 408/93 DE LA COMISIÓN de 24 de febrero de 1993 por el que se determina en qué medida se podrá dar curso a las solicitudes de expedición de certificados de importación presentadas con arreglo al Reglamento (CEE) no 3771/92 en el sector de la carne de vacuno LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 3392/92 del Consejo, de 23 de noviembre de 1992, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario de carne de vacuno congelada del código NC 0202 y los productos del código NC 0206 29 91 (1993) (1) y, en particular, su artículo 4, Visto el Reglamento (CEE) no 3771/92 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1992, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de importación establecido en el Reglamento (CEE) no 3392/92 del Consejo, para la carne de vacuno congelada de los códigos NC 0202 y 0206 29 91 (2) y, en particular su artículo 5, Considerando que el Reglamento (CEE) no 3771/92 prevé, en particular, que las cantidades reservadas a los importadores tradicionales se asignarán proporcionalmente a las importaciones realizadas durante los años 1990, 1991 y 1992; que, en los restantes casos, las cantidades solicitadas superan las cantidades disponibles en virtud del apartado 2 del artículo 1 del mismo Reglamento; que, en estas condiciones, conviene reducir de forma proporcional las cantidades solicitadas con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 3771/92; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Cada solicitud de certificado de importación presentada con arreglo a las disposiciones del Reglamento (CEE) no 3771/92 se satisfará hasta las cantidades máximas siguientes: a) 267,429 kilogramos por tonelada importada durante los años de 1990, 1991 y 1992, en lo que concierne a los importadores mencionados en el apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 3771/92; b) 9 331 kilogramos por solicitud, en lo que concierne a los importadores mencionados en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 3771/92. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 1993. Por la Comisión René STEICHEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 346 de 27. 11. 1992, p. 3. (2) DO no L 383 de 29. 12. 1992, p. 36.