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Document 52015XC0529(01)

Resumen de la Decisión de la Comisión, de 24 de febrero de 2015, por la que una operación de concentración se declara compatible con el mercado interior y con el Acuerdo EEE (Asunto M.7194 — Liberty Global/Corelio/W&W/De Vijver Media) [notificado con el número C(2015) 996] (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO C 175 de 29.5.2015, p. 11–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.5.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 175/11


Resumen de la Decisión de la Comisión

de 24 de febrero de 2015

por la que una operación de concentración se declara compatible con el mercado interior y con el Acuerdo EEE

(Asunto M.7194 — Liberty Global/Corelio/W&W/De Vijver Media)

[notificado con el número C(2015) 996]

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 175/08)

El 24 de febrero de 2015, la Comisión adoptó una Decisión sobre un asunto de concentración entre empresas, de conformidad con el Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas  (1) , y, en particular, con su artículo 8, apartado 2. Una versión no confidencial de la Decisión completa en la lengua auténtica del asunto, si procede en una versión provisional, puede consultarse en el sitio web de la Dirección General de Competencia, en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/comm/competition/index_en.html

I.   LAS PARTES

(1)

Liberty Global plc (en lo sucesivo, «Liberty Global») ofrece servicios de televisión, internet y telefonía a través de sus redes de cable en varios países de Europa. En Bélgica, Liberty Global es el accionista mayoritario de Telenet. Telenet posee y explota una red de cable. La red abarca la práctica totalidad de Flandes, partes de Bruselas y un municipio de Valonia. Telenet también opera una serie de canales de televisión de pago y presta servicios de vídeo a la carta.

(2)

Waterman & Waterman NV (en lo sucesivo, «Waterman & Waterman») es una sociedad financiera de cartera controlada por dos personas físicas, a saber, Wouter Vandenhaute y Erik Watté.

(3)

Corelio Publishing NV (en lo sucesivo, «Corelio Publishing») publica diarios y noticias en línea y vende espacios publicitarios.

(4)

De Vijver MEDIA NV (en lo sucesivo, «De Vijver MEDIA») emite dos canales de televisión en lengua neerlandesa, a saber, «Vier» y «Vijf». También produce contenidos televisivos, sobre todo a través de su filial Woestijnvis NV. Por otra parte, De Vijver MEDIA vende espacios publicitarios en sus canales Vier y Vijf y en algunos pequeños canales de televisión propiedad de otros organismos de radiodifusión.

II.   OPERACIÓN

(5)

El 18 de agosto de 2014, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración con arreglo al artículo 4 del Reglamento de concentraciones, mediante el cual la empresa Liberty Global, junto con las empresas Waterman & Waterman y Corelio Publishing, adquiriría, en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la empresa De Vijver MEDIA mediante la compra de acciones.

(6)

El 17 de junio de 2014 Telenet, W&W y Corelio celebraron un acuerdo con arreglo al cual Telenet adquirirá el 33,33 % de las acciones de De Vijver MEDIA y también suscribirá una ampliación de capital de De Vijver MEDIA. En consecuencia, Telenet poseerá el 50 % de las acciones de De Vijver MEDIA, mientras que Waterman & Waterman y Corelio Publishing poseerán cada una el 25 % de las acciones. Los tres accionistas de De Vijver MEDIA celebrarán un acuerdo de accionistas en el momento de la conclusión de la operación. Sobre la base de sus participaciones y las disposiciones del acuerdo de accionistas, los tres accionistas tendrán el control conjunto de De Vijver MEDIA.

III.   MERCADOS DE PRODUCTOS Y GEOGRÁFICO DE REFERENCIA

(7)

Los organismos de radiodifusión televisiva, tales como De Vijver MEDIA, suministran canales de televisión a distribuidores de televisión tales como Telenet. La Comisión definió el mercado de producto afectado en el que opera De Vijver MEDIA como el mercado de suministro al por mayor de canales de televisión en abierto y de canales de televisión de pago básicos. Los canales de televisión de pago básicos forman parte de un paquete básico de canales propuesto por los distribuidores de televisión. En Bélgica, la mayoría de los hogares pagan una tarifa mensual a un distribuidor por cable o a una compañía telefónica a cambio de este paquete básico de canales de televisión. Los canales Vier y Vijf de De Vijver MEDIA se incluyen en este paquete básico, por lo que constituyen canales de televisión de pago básicos. Solo las canales de los entes públicos de radiodifusión están disponibles de forma gratuita, sin suscripción alguna, y, por tanto, se consideran canales en abierto. Dado el limitado número de consumidores que utilizan únicamente los servicios de televisión en abierto, la Comisión no tuvo que valorar si el suministro al por mayor de canales en abierto y el suministro al por mayor de canales de televisión de pago básicos constituyen mercados separados, dado que ello no cambiaría el resultado de la evaluación desde el punto de vista de la competencia. El mercado geográfico de referencia para el suministro de canales de televisión en abierto y canales de televisión de pago básicos es la zona cubierta por Telenet.

(8)

Los distribuidores de televisión tales como Telenet transmiten canales de televisión a sus abonados a través de una red. La Comisión ha definido el mercado de producto afectado en el que opera Telenet como distribuidor de televisión como el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión, dejando abierta la cuestión de si este mercado se compone de dos mercados de productos de referencia separados, a saber, el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión en abierto y servicios de televisión de pago básicos y el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión de pago premium. El mercado geográfico de referencia de estos mercados al por menor es la zona cubierta por Telenet.

(9)

La Comisión también ha definido un mercado de producción de contenidos televisivos y un mercado de concesión de licencias/adquisición de derechos de difusión de los contenidos televisivos, dejando abierta la cuestión de si el alcance geográfico de estos mercados es de carácter nacional (Bélgica) o más reducido (Flandes).

(10)

Por último, la Comisión dejó abierta la cuestión de si el mercado de la publicidad en televisión constituye un mercado distinto del de las otras formas de publicidad. En caso de existir dicho mercado distinto, su alcance geográfico sería Bélgica o únicamente Flandes.

IV.   EVALUACIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA COMPETENCIA

(11)

La operación no plantea problemas de competencia en el mercado de producción de contenidos televisivos ni en el mercado de concesión de licencias de derechos de difusión de los contenidos televisivos. La cuota que posee De Vijver MEDIA en estos mercados es baja y el contenido que produce a través de su filial Woestijnvis NV no es esencial para que puedan competir los organismos de radiodifusión televisiva o los distribuidores de televisión. La operación tampoco plantea problemas de competencia en relación con un posible mercado separado de la publicidad en televisión.

(12)

La operación plantea problemas de competencia, ya que De Vijver MEDIA podría excluir de los canales Vier y Vijf (exclusión de insumos) a los distribuidores de televisión que compiten con Telenet. La operación también plantea problemas de competencia dado que Telenet podría impedir el acceso de los competidores de De Vijver MEDIA a la red de distribución por cable de Telenet.

1.   Exclusión de insumos: De Vijver MEDIA podría denegar el acceso a sus cadenas a los distribuidores de televisión competidores de Telenet

(13)

Las canales Vier y Vijf constituyen un importante insumo para los distribuidores de televisión. Los consumidores de Flandes y Bruselas valoran Vier y Vijf y miran con frecuencia estos canales. En la investigación de mercado, los encuestados afirmaron que los distribuidores de televisión deben poder ofrecer estos canales a sus abonados para competir con Telenet.

(14)

Tanto Telenet como de De Vijver MEDIA tienen la posibilidad de aplicar una estrategia de exclusión total y parcial de insumos. Una exclusión total de insumos significa que Telenet y De Vijver MEDIA podrían denegar la concesión de licencias para los canales Vier y Vijf a los distribuidores de televisión competidores de Telenet. Una exclusión parcial de insumos significa que Telenet y De Vijver MEDIA no podrían subir el precio para los canales Vier y Vijf o discriminar por otros medios a los distribuidores de televisión competidores.

(15)

Aparte de Telenet, otros dos accionistas tendrán un control conjunto de De Vijver MEDIA después de la operación. La Comisión evaluó si estos dos accionistas podrían impedir a Telenet aplicar una estrategia de exclusión de insumos. Partiendo de un análisis del acuerdo de los accionistas, la Comisión llegó a la conclusión de que ese no era el caso y que Telenet tendría la posibilidad de aplicar, por sus propios medios, una exclusión de insumos.

(16)

En caso de que los tres accionistas de De Vijver MEDIA actuasen juntos, De Vijver MEDIA también tendría la posibilidad de aplicar una exclusión de insumos. Que los tres accionistas de De Vijver MEDIA actúen conjuntamente dependerá de si todos ellos tienen incentivos para aplicar una exclusión de insumos. Los otros dos accionistas de De Vijver MEDIA tendrán interés en aplicar una estrategia de exclusión parcial de insumos, ya que esto se traducirá en que De Vijver MEDIA perciba unos derechos de licencia más elevados (cánones pagados por los distribuidores de televisión a los organismos de radiodifusión televisiva por el derecho de transmitir los canales). Los otros dos accionistas pueden no tener incentivos para aplicar una exclusión total de insumos, pero Telenet puede hacer converger estos incentivos con los suyos propios compensándoles de cualquier pérdida de ingresos que pudiera derivarse de una exclusión total de insumos.

(17)

Para evaluar si De Vijver MEDIA tendría incentivos para aplicar una exclusión total de insumos, la Comisión cuantificó los costes y los beneficios que implicaría dicha exclusión. Los costes son los ingresos publicitarios y los cánones de licencia que dejaría de percibir De Vijver MEDIA porque sus canales ya no serían ofrecidos por los distribuidores de televisión que compiten con Telenet. Los beneficios son los ingresos que proporcionan a Telenet sus abonados procedentes de otras plataformas competidoras. Sobre la base de una comparación de los costes y beneficios, la Comisión calculó cuántos abonados de los competidores de Telenet tendrían que pasarse a Telenet para que fuese rentable una exclusión total de insumos.

(18)

La Comisión ha estimado que, si los competidores de Telenet dejasen de ofrecer Vier y Vijf, el número de abonados que se pasaría a Telenet sería significativamente más alto que el número de abonados que sería necesario como mínimo para que fuese rentable una exclusión de insumos. Puesto que los beneficios de la exclusión total de insumos serían superiores a los costes, Telenet y De Vijver MEDIA tendrían un fuerte incentivo para aplicar una exclusión total de insumos.

(19)

Telenet y De Vijver MEDIA tendrían también un importante incentivo para aplicar una exclusión parcial de insumos, ya que ello implicaría que De Vijver MEDIA percibiría unos cánones de licencia más elevados.

(20)

La exclusión de insumos produciría efectos contrarios a la competencia en el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión. Telenet ostenta una posición dominante en dicho mercado, basada en sus elevadas cuotas de mercado y en otros diversos factores. La exclusión de insumos aumentaría las barreras a la entrada en este mercado, ya que los nuevos participantes en el mercado tendrán dificultades para competir con Telenet si no pueden ofrecer los canales Vier y Vijf. Por lo tanto, la posición dominante de Telenet se vería reforzada. La exclusión de insumos tendría también como efecto debilitar la competencia ejercida por los distribuidores de televisión existentes, ya que estos no estarían en condiciones de ofrecer Vier y Vijf.

2.   Exclusión de la clientela: Telenet podría perjudicar a los organismos de radiodifusión que compiten con De Vijver MEDIA en su red de cable

(21)

En los mercados de televisión, se produce una exclusión completa de la clientela cuando a un organismo de radiodifusión televisiva se le deniega el acceso a un distribuidor en una fase posterior. Esto da lugar a cortes de señal durante los cuales los abonados no pueden ver los canales excluidos. Una forma más sutil de exclusión, una exclusión parcial de la clientela, se produce cuando un distribuidor permite un canal en su plataforma pero disminuye la calidad de visualización del mismo. En particular, un distribuidor podría dificultar la accesibilidad en su plataforma, por ejemplo, situando los canales de su competidor más abajo en la lista de canales o la guía electrónica de programas, ya que de esta forma aumentaría la probabilidad de que los telespectadores miren más bien los canales pertenecientes al distribuidor.

(22)

Telenet es un cliente importante con un poder de mercado significativo en el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión. A la luz de la importante cuota que ostenta Telenet en este mercado, la Comisión considera que los organismos de radiodifusión tienen que estar en la plataforma de distribución de televisión de Telenet con el fin de poder operar en Flandes.

(23)

Telenet ejerce un control sobre los canales lineales que difunde (sin perjuicio de las obligaciones de difusión) y también puede decidir qué contenidos no lineales pueden poner a disposición en su plataforma los distribuidores de televisión. Telenet tiene, por tanto, la capacidad de aplicar una estrategia de exclusión de la clientela.

(24)

Telenet también puede tener incentivos para excluir a la clientela. El objetivo de esta estrategia serían los canales que compiten estrechamente con los canales de De Vijver MEDIA, es decir, los canales que tienen una audiencia y unos anunciantes similares. Ello se debe a que las ganancias de De Vijver MEDIA procedentes de la exclusión de la clientela se derivan de unos mayores ingresos publicitarios, que probablemente serán superiores en caso de que un canal similar a Vier o Vijf ya no esté disponible en la plataforma de Telenet. Por el contrario, la exclusión de un canal con un perfil y una audiencia diferente de los de Vier o Vijf es poco probable que genere ingresos significativos. Debido a la similitud en términos de audiencia y tipo de contenido, la Comisión considera que los objetivos probables de la exclusión de la clientela son los canales 2BE y Vitaya, el canal Canvas de VRT, y los servicios no lineales de estos dos organismos de radiodifusión.

(25)

La rentabilidad global de la exclusión de la clientela para Telenet y De Vijver MEDIA depende de cuántos clientes abandonen Telenet como consecuencia de la exclusión. Si son poco numerosos, Telenet no perdería muchos abonados y, por lo tanto, los costes de exclusión de la clientela serían limitados. Según la estimación de la Comisión, serían probablemente demasiado numerosos para que sea rentable para Telenet una exclusión total de la clientela (lo que significaría que el canal no estaría en absoluto disponible en la plataforma de Telenet). No obstante, Telenet tendría interés en aplicar una estrategia de exclusión parcial de la clientela en forma de degradación de la calidad de los canales de los organismos de radiodifusión competidores y de los servicios no lineales en relación con De Vijver MEDIA. Telenet también puede utilizar una exclusión parcial de la clientela como amenaza creíble en las negociaciones, lo que mejoraría su poder de negociación respecto de Medialaan y VRT y le permitiría actuar con mayor firmeza en las negociaciones sobre un acuerdo de distribución.

(26)

La exclusión parcial de la clientela tendría efectos contrarios a la competencia. La degradación de la calidad por parte de Telenet reducirá la calidad de visualización de los canales competidores en la plataforma de Telenet. Por otra parte, disminuiría la competencia en el mercado de suministro al por mayor de canales de televisión en abierto y canales de televisión de pago básicos, debido al debilitamiento de la posición competitiva de los organismos de radiodifusión Medialaan y VRT.

3.   Conclusión de la evaluación desde el punto de vista de la competencia

(27)

La concentración plantea problemas de exclusión de insumos en lo que se refiere a los canales Vier y Vijf de De Vijver MEDIA. También da lugar a problemas de exclusión parcial de la clientela porque Telenet tiene la capacidad e incentivos para degradar la calidad de visualización de los canales de VRT y Medialaan. Por consiguiente, la concentración notificada suscita inquietud en el sentido de que la operación podría obstaculizar de forma significativa la competencia efectiva en el mercado de prestación al por menor de servicios de televisión en la zona cubierta por Telenet y en el mercado de suministro de canales de televisión en abierto y canales de televisión de pago básicos en dicha zona.

V.   EVOLUCIÓN DESPUÉS DE LA NOTIFICACIÓN DE LA OPERACIÓN DE CONCENTRACIÓN

(28)

Mientras la Comisión procedía al examen de la concentración, De Vijver celebró nuevos acuerdos de distribución con varios distribuidores de televisión, incluida Belgacom. De Vijver MEDIA también ofreció la prórroga de varios acuerdos de distribución con otros distribuidores de televisión. Estos acuerdos de distribución limitan el riesgo de exclusión de insumos en la medida en que garantizan el acceso de los distribuidores de televisión a los canales Vier y Vijf. Sin embargo, no eliminan completamente las dudas de la Comisión relativas a la exclusión de insumos, dado que los acuerdos no cubren todos los derechos relacionados con la emisión de Vier y Vijf y dado que los nuevos operadores potenciales no tienen un acuerdo de distribución.

(29)

Durante el examen de la Comisión, Telenet también propuso modificaciones de sus acuerdos de distribución con los distribuidores de televisión VRT y Medialaan. Estos acuerdos establecen las condiciones en las que Telenet distribuye los canales de VRT y Medialaan, incluidos los cánones que Telenet debe pagar. Telenet y VRT modificaron su acuerdo de distribución y ampliaron su duración. La modificación introdujo diversas disposiciones destinadas a proteger a VRT frente a una exclusión de la clientela. Telenet también presentó a Medialaan una oferta irrevocable y vinculante de prórroga de su acuerdo de distribución y de modificación del mismo a fin de proteger a Medialaan frente a una exclusión de la clientela. Las partes notificantes han suscrito un compromiso formal de mantener la validez de esta oferta durante seis meses después de la conclusión de la operación.

VI.   COMPROMISOS

1.   Descripción de los compromisos

(30)

Con el fin de eliminar las dudas en materia de competencia señaladas por la Comisión, las partes notificantes presentaron compromisos. El elemento central de estos compromisos fue el compromiso de velar por que De Vijver MEDIA satisfaga todas las solicitudes razonables que presenten los distribuidores en relación con la distribución de los canales Vier, Vijf y cualquier canal de televisión de pago básico futuro en condiciones justas, razonables y no discriminatorias. Cualquier distribuidor de televisión que se proponga ofrecer servicios de televisión al por menor en la zona cubierta por Telenet puede, si así lo desea, obtener una licencia para todo el territorio belga. De Vijver MEDIA no solo debe conceder licencias para los canales, sino también derechos accesorios. Se trata de los derechos de incluir los programas de televisión del canal en servicios vinculados al canal, como la televisión en diferido (catch-up TV), los servicios multipantalla o el servicio PVR (que permite a los usuarios grabar programas para verlos cuando lo deseen). Los servicios vinculados se ofrecen a los usuarios finales en el marco de la visualización de los canales, simultáneamente o poco antes o después de la transmisión lineal del canal en cuestión.

(31)

Todos los proveedores de servicios de distribución de televisión pueden basarse en los compromisos, independientemente de si distribuyen canales de televisión por cable, satélite, televisión IP, TDT o a través de otra plataforma de distribución. En caso de litigios sobre las condiciones de acceso, los distribuidores de televisión pueden someter la controversia a un proceso de arbitraje acelerado. Los compromisos estarán en vigor durante siete años.

(32)

Aparte de la concesión de licencias a Vier y Vijf, las partes notificantes se comprometen, igualmente, a mantener la validez de la oferta a Medialaan durante los seis meses siguientes a la conclusión de la operación. El contexto de esta oferta se ha descrito en la sección titulada «Evolución después de la notificación de la operación de concentración».

2.   Evaluación de los compromisos

(33)

La Comisión considera que el compromiso de conceder licencias de difusión a los canales Vier, Vijf y a cualquier otro canal de televisión de pago básico, junto con sus derechos accesorios, en combinación con los acuerdos de distribución celebrados por De Vijver MEDIA, disipa las dudas planteadas por la Comisión en relación con la exclusión de los insumos. El compromiso elimina completamente sus temores relativos a una exclusión total de insumos, ya que garantiza que los distribuidores de televisión actuales y futuros puedan incluir a Vier y Vijf en su oferta. También elimina el temor de la Comisión de una exclusión parcial de insumos, ya que garantiza que los distribuidores de televisión pagarán unos cánones justos, razonables y no discriminatorios.

(34)

La Comisión también considera que los compromisos, en combinación con los acuerdos de distribución celebrados por Telenet, eliminan sus dudas en relación con la exclusión de la clientela. Los acuerdos de distribución celebrados por Telenet con VRT y Medialaan, así como la propuesta de Telenet de modificar el acuerdo celebrado con Medialaan, formalizada en los compromisos, protegen a VRT y Medialaan frente a una posible exclusión parcial de la clientela.

VII.   CONCLUSIÓN

(35)

Por todo lo expuesto, la Decisión concluye que la concentración propuesta no obstaculizará de forma significativa la competencia efectiva en el mercado interior o en una parte importante del mismo.

(36)

En consecuencia, la concentración se ha declarado compatible con el mercado interior y el funcionamiento del Acuerdo EEE, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, y el artículo 8, apartado 2, del Reglamento de concentraciones y con el artículo 57 del Acuerdo EEE.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


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