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Document C/2023/00149
Notice of open competition – EPSO/AD/411/23 – Administrators (AD 7) in the following fields: 1. Nuclear safeguards inspectors; 2. Policy officers in the area of nuclear energy
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/411/23 — Administradores (AD 7) en los ámbitos siguientes: 1. Inspectores (h/m) de control de la seguridad nuclear, 2. Responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/411/23 — Administradores (AD 7) en los ámbitos siguientes: 1. Inspectores (h/m) de control de la seguridad nuclear, 2. Responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear
DO C, C/2023/149, 19.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/149/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Diario Oficial |
ES Serie C |
C/2023/149 |
19.10.2023 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL
EPSO/AD/411/23 — Administradores (AD 7) en los ámbitos siguientes:
1. Inspectores (h/m) de control de la seguridad nuclear
2. Responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear
(C/2023/149)
Plazo para la presentación de candidaturas: 21 de noviembre de 2023 a las 12.00 horas (hora de Bruselas)
ÍNDICE
1. |
DISPOSICIONES GENERALES | 2 |
2. |
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES | 2 |
3. |
CONDICIONES DE ADMISIÓN | 2 |
3.1. |
Condiciones generales | 2 |
3.2. |
Condiciones específicas — lenguas | 2 |
3.3. |
Condiciones específicas — cualificaciones y experiencia laboral | 3 |
4. |
PROCESO DE SELECCIÓN | 5 |
4.1. |
Resumen del proceso de selección | 5 |
4.2. |
Lenguas utilizadas en esta oposición | 5 |
4.3. |
Fases de la oposición | 7 |
5. |
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES | 8 |
6. |
INFORMACIÓN SOBRE EL LUGAR DE DESTINO EN EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN LUXEMBURGO Y SOBRE LOS TRASLADOS | 9 |
ANEXO I |
— Normas generales | 10 |
ANEXO II |
— Funciones habituales | 17 |
ANEXO III |
— Ejemplos de cualificaciones mínimas | 19 |
1. DISPOSICIONES GENERALES
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca una oposición general, mediante el sistema de concurso-oposición, con vistas a la constitución de listas a partir de las cuales las instituciones y organismos de la Unión Europea (UE) podrán contratar nuevos funcionarios en la categoría de «administradores» (grado AD 7).
Se informa a los candidatos de que la mayoría de los puestos que deben cubrirse tras esta oposición están situados en Luxemburgo (véase la sección 6). Asimismo, varios puestos estarán situados en las sedes del Centro Común de Investigación (JRC, por sus siglas en inglés).
La presente convocatoria de oposición y sus anexos, incluido el anexo I, «Normas generales» , constituyen el marco jurídico vinculante de esta oposición.
Número de personas que se pretende seleccionar:
Ámbito 1 |
Inspectores de control de la seguridad nuclear |
130 |
Ámbito 2 |
Responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear |
68 |
La presente convocatoria de oposición se refiere a dos ámbitos. Cada candidato solo podrá presentar su candidatura para uno de ellos. Los candidatos deberán escoger la opción que les interese en el momento de presentar su candidatura y no podrán cambiarla una vez validado su formulario de candidatura.
La EPSO se esfuerza por utilizar un lenguaje inclusivo y no sexista en la medida de lo posible. Toda referencia a las personas de un sexo determinado se entenderá también como relativa a las personas de cualquier otro sexo.
2. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
Las personas seleccionadas, en caso de ser contratadas, deberán desempeñar las siguientes funciones principales:
— |
En el ámbito 1, funciones relacionadas con las inspecciones de control de la seguridad nuclear, la investigación y la gestión de proyectos. |
— |
En el ámbito 2, funciones relacionadas con las actividades legislativas, administrativas, científicas, de asesoramiento y de supervisión. |
Le rogamos que consulte el anexo II para obtener más información acerca de las funciones que tendrán que desempeñar habitualmente los candidatos seleccionados.
Estas funciones incluirán la realización de misiones frecuentes y el acceso a áreas controladas de las instalaciones nucleares. Debido a la información sensible y clasificada tratada, se podrá pedir a las personas seleccionadas que dispongan de un certificado de habilitación personal de seguridad válido o estén en condiciones de obtenerlo a su debido tiempo. Esto puede suponer que, como requisito previo para la contratación para determinados puestos, las personas seleccionadas deban someterse al procedimiento de habilitación de seguridad llevado a cabo por la autoridad nacional competente del Estado miembro del que sean nacionales. Se aconseja a los candidatos que se informen sobre dicho procedimiento antes de presentar su candidatura a la presente oposición.
3. CONDICIONES DE ADMISIÓN
Los candidatos deberán reunir todas las condiciones generales y específicas de admisión que se indican a continuación en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas.
3.1. Condiciones generales
Los candidatos deberán:
1) |
estar en plena posesión de sus derechos como ciudadanos de un Estado miembro de la UE; |
2) |
encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar; |
3) |
reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas. |
3.2. Condiciones específicas — lenguas
Los candidatos deberán tener conocimientos de al menos dos de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE, tal como se establece en la sección 4.2.1.
3.3. Condiciones específicas — cualificaciones y experiencia laboral
En el anexo III pueden consultarse ejemplos de cualificaciones mínimas.
3.3.1. Ámbito 1 — inspectores de control de la seguridad nuclear
a) |
Para poder optar al ámbito 1, los candidatos deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
b) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.1, letra a), incisos i) a iv), se considerará pertinente si cumple los dos criterios, A y B:
|
3.3.2. Ámbito 2 — responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear
a) |
Para poder optar al ámbito 2, los candidatos deberán cumplir los requisitos enumerados en uno de los puntos siguientes:
|
b) |
La experiencia profesional mencionada en el punto 3.3.2, letra a), incisos i) a iii), se considerará pertinente si cumple los dos criterios, A y B:
|
4. PROCESO DE SELECCIÓN
4.1. Resumen del proceso de selección
La presente oposición constará de las siguientes fases:
— |
Presentación de las candidaturas (véase la sección 4.3.1). |
— |
Pruebas: pruebas de razonamiento, una prueba de opciones múltiples en el ámbito elegido por el candidato («prueba específica de opciones múltiples») y un caso práctico (véase la sección 4.3.2). |
— |
Puntuación del caso práctico y comprobación de la admisibilidad (véase la sección 4.3.3). |
— |
Establecimiento de listas de reserva (véase la sección 4.3.4). |
4.2. Lenguas utilizadas en esta oposición
4.2.1. Requisitos lingüísticos
Según establece el Estatuto de los funcionarios (1), estos solo pueden ser nombrados si tienen un conocimiento en profundidad de una de las lenguas de la UE y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas, en la medida necesaria para el desempeño de sus funciones.
En esta oposición, los candidatos deberán tener un conocimiento profundo (nivel C1 como mínimo) de, al menos, una de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE y un conocimiento satisfactorio (nivel B2 como mínimo) de otra lengua oficial de la UE.
Los niveles mínimos indicados se refieren a cada una de las competencias lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y comprensión oral) que figuran en el formulario de candidatura. Dichas competencias corresponden a las descritas en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (2).
Dadas las necesidades del servicio que constituyen la base de la presente convocatoria de oposición, las lenguas requeridas se determinan del siguiente modo:
a) |
Ámbito 1
|
b) |
Ámbito 2
|
La lengua 2 deberá ser distinta de la lengua 1.
Estos requisitos lingüísticos tienen en cuenta la especificidad de las funciones del personal que trabaja en la Comisión Europea, que tiene previsto contratar al mayor número de personas seleccionadas, principalmente para su Dirección General de Energía (DG ENER) y para el Centro Común de Investigación (JRC).
El personal que trabaja en el ámbito 1 utiliza predominantemente el inglés y el francés. Más de un tercio de las inspecciones anuales se llevan a cabo en instalaciones nucleares situadas en Francia, fundamentalmente en francés. Estas inspecciones emplean el 50 % de los recursos humanos dedicados a las inspecciones. Las inspecciones en otros países de la UE se llevan a cabo esencialmente en inglés. Es indispensable utilizar correctamente la terminología de control de la seguridad nuclear, seguridad física y vigilancia, así como una comunicación eficaz y eficiente en este entorno tan delicado.
El personal que trabaja en el ámbito 2 utiliza predominantemente el inglés para desempeñar las funciones mencionadas en el anexo II. Además, el inglés es la lengua principal de la cooperación internacional en el ámbito de la energía nuclear. El personal que trabaja en este ámbito utiliza predominantemente el inglés para elaborar políticas y legislación de la UE, apoyar la correcta transposición y aplicación de la legislación pertinente, representar a Euratom en organizaciones internacionales, participar en negociaciones, llevar a cabo estudios, comunicar los resultados de investigación a científicos, responsables políticos y público en general, etc.
En este contexto, el inglés o el francés (en el caso del ámbito 1) y el inglés (en el caso del ámbito 2) se utilizan en la comunicación interna y en las reuniones, en la elaboración de informes, sesiones informativas y discursos, y en cursos de formación.
Por lo tanto, sin un dominio al menos satisfactorio de la lengua 2, las personas seleccionadas en esta oposición no serían inmediatamente operativas en el momento de su contratación.
Los requisitos lingüísticos de esta oposición también determinan las lenguas de las pruebas (véase la sección 4.2.2).
4.2.2. Lenguas de la candidatura y de las pruebas
En las diferentes fases de la oposición las lenguas se utilizarán de la siguiente manera:
Fase de la oposición |
Pruebas |
Lengua |
Presentación de la candidatura |
— |
Cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE |
Pruebas |
Pruebas de razonamiento |
Lengua 1 |
Prueba específica de opciones múltiples |
Lengua 2 |
|
Caso práctico |
Cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE |
Los candidatos deberán indicar en su formulario de candidatura las lenguas elegidas para las pruebas y no podrán modificarlas después de validar su candidatura.
Los formularios de candidatura pueden cumplimentarse en cualquiera de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE. No obstante, la EPSO anima a que los formularios de candidatura de ambos ámbitos se cumplimenten en inglés, lo que hace innecesaria la traducción. Disponer de todas las candidaturas en inglés (lengua hablada por todos los miembros del tribunal de la oposición) facilita y acelera los controles de admisibilidad, y permite a los miembros del tribunal de la oposición tratar los expedientes independientemente de sus conocimientos lingüísticos. Además, facilitará la búsqueda de candidaturas adecuadas durante la fase de contratación. Quienes prefieran utilizar otra lengua disponen de una herramienta de traducción automática que les puede ayudar a convertir sus documentos al inglés.
Como se explica en la sección 4.2.1, una vez contratadas, las personas seleccionadas deberán poder trabajar y emplear sus conocimientos relacionados con el ámbito de especialización en la lengua 2 durante el desempeño de las funciones enumeradas en el anexo II. Para ello, deben tener una sólida comprensión y capacidad para aplicar conceptos y terminología especializados y resolver cuestiones complejas, en la lengua 2. Por este motivo, es esencial que realicen la prueba de opciones múltiples por ordenador relacionada con el ámbito de especialización —destinada a comprobar estas capacidades— en la lengua 2.
El caso práctico, en cambio, no está relacionado con el ámbito de la oposición, sino que tiene por objeto evaluar la competencia general del candidato en materia de comunicación. Dicho caso práctico evaluará la forma en que los candidatos transmiten información y opiniones, adaptan el mensaje, utilizan argumentos y razonamientos, etc. Para ese ejercicio (caso práctico), los candidatos podrán utilizar cualquiera de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE. No obstante, para facilitar su puntuación y acelerar el proceso de selección, la EPSO aconseja a los candidatos que realicen ese ejercicio en su lengua 2. El caso práctico no es una prueba lingüística: los posibles errores ortográficos o gramaticales no influirán en la puntuación, siempre que no perjudiquen a la comunicación.
4.3. Fases de la oposición
4.3.1. Presentación de la candidatura
Para poder presentar una candidatura, es necesario tener una cuenta EPSO. Quienes aún no dispongan de una cuenta EPSO tendrán que crearla. Cada candidato solo podrá crear una cuenta para todas sus candidaturas dirigidas a la EPSO.
Las candidaturas deberán presentarse en línea en el sitio web de la EPSO (3) a más tardar el
21 de noviembre de 2023 a las 12.00 horas (hora de Bruselas)
Al validar su formulario de candidatura, los candidatos declaran por su honor que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección «Condiciones de admisión». Una vez validado el formulario de candidatura, no se podrá introducir en él ninguna modificación. Es responsabilidad de los candidatos cerciorarse de que han cumplimentado y validado el formulario de candidatura en el plazo establecido.
A más tardar el 10 de enero de 2024 a las 12.00 horas (hora de Bruselas), los candidatos deberán cargar en su cuenta EPSO (y adjuntar a su candidatura) las copias escaneadas de los documentos justificativos de las declaraciones realizadas en su formulario de candidatura. En el sitio web de la EPSO (4) se explica cómo hacerlo.
4.3.2. Pruebas
Todos los candidatos que hayan validado su formulario de candidatura en el plazo indicado en la presente convocatoria serán convocados a una serie de pruebas.
Las pruebas se llevarán a cabo y se vigilarán a distancia. Se recomienda encarecidamente a los candidatos que consulten las secciones 5, 6 y 7 de las normas generales (anexo I) para obtener más información sobre las pruebas.
a)
Las pruebas de razonamiento se organizarán del siguiente modo:
Prueba |
Lengua |
N.o de preguntas |
Duración |
Puntuación mínima exigida |
Razonamiento verbal |
Lengua 1 |
20 preguntas |
35 minutos |
10 sobre 20 |
Razonamiento numérico |
10 preguntas |
20 minutos |
Razonamiento numérico y abstracto combinados: 10 sobre 20 |
|
Razonamiento abstracto |
10 preguntas |
10 minutos |
Los candidatos deben alcanzar tanto una puntuación mínima de al menos 10 sobre 20 en la prueba de razonamiento verbal como una puntuación combinada mínima de al menos 10 sobre 20 en las pruebas de razonamiento numérico y abstracto.
No se corregirá la prueba específica de opciones múltiples de quienes no hayan alcanzado las puntuaciones mínimas exigidas en las pruebas de razonamiento.
b)
La prueba específica de opciones múltiples será específica del ámbito elegido por el candidato. Se organizará del modo siguiente:
Prueba |
Lengua |
N.o de preguntas |
Duración |
Puntuación |
Puntuación mínima exigida |
Prueba específica de opciones múltiples |
Lengua 2 |
30 |
40 minutos |
De 0 a 30 |
15 sobre 30 |
Los candidatos deben alcanzar una puntuación mínima de 15 sobre 30 y estar entre quienes hayan obtenido las mejores puntuaciones.
Los candidatos que alcancen la puntuación mínima exigida serán clasificadas por orden decreciente de las puntuaciones obtenidas. Esta clasificación se utilizará: i) para determinar quiénes recibirán una puntuación en el caso práctico y serán sometidos a una comprobación de la admisibilidad (véase la sección 4.3.3), y ii) para establecer las listas de reserva con arreglo al procedimiento definido en la sección 4.3.4.
c)
El caso práctico tiene por objeto evaluar la competencia del candidato en comunicación escrita. Se puntuará de 0 a 10. Los candidatos deberán alcanzar una puntuación mínima de 5 sobre 10.
4.3.3. Puntuación del caso práctico y comprobación de la admisibilidad
La puntuación del caso práctico y la comprobación de la admisibilidad se llevarán a cabo en paralelo Para ello, seguirá el orden decreciente de la clasificación a que se refiere la sección 4.3.2, letra b). El tribunal solo puntuará los casos prácticos y comprobará la admisibilidad de un número limitado de personas candidatas para cada ámbito (no más de 1,5 veces el número de personas que figurarán en las listas de reserva por ámbito).
La comprobación del cumplimiento de la admisibilidad implica verificar si se cumplen todos los requisitos de la sección 3 («Condiciones de admisión») de la presente convocatoria. El tribunal de la oposición tomará una decisión sobre la admisibilidad de los candidatos comparando: a) las declaraciones realizadas en el formulario de candidatura, y b) los documentos cargados en la cuenta EPSO en apoyo de dichas declaraciones.
4.3.4. Establecimiento de listas de reserva
El tribunal incluirá en la lista de reserva correspondiente los nombres de los candidatos que: i) hayan obtenido todas las puntuaciones mínimas exigidas y una de las puntuaciones más altas en la prueba específica de opciones múltiples, y ii) hayan sido considerados admisibles. Esto se llevará a cabo en el orden decreciente de la clasificación a que se refiere la sección 4.3.2, letra b), hasta alcanzar el número de candidatos que se pretende inscribir en la lista de reserva para cada ámbito. Si varios de ellos se clasifican en el último puesto disponible de la lista de reserva, todos quedarán inscritos.
En las listas de reserva los nombres figurarán por orden alfabético. Las listas de reserva se pondrán a disposición de los servicios interesados en la contratación. Se informará a los candidatos de sus resultados (resultados de las pruebas y/o resultados de la comprobación de la admisibilidad) a menos que estos resultados no hayan sido tratados por las razones indicadas en la presente convocatoria.
La inclusión en una lista de reserva no constituye ni un derecho ni una garantía de contratación.
5. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES
La EPSO hace todo lo posible por aplicar una política de igualdad de oportunidades.
Las personas que tengan una discapacidad o una enfermedad que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas deben indicarlo en el formulario de candidatura y seguir el procedimiento para solicitar adaptaciones razonables, tal como se describe en el sitio web de la EPSO (5). Tras examinar su solicitud, así como los documentos justificativos pertinentes, la EPSO podrá autorizar adaptaciones razonables cuando se considere necesario.
6. INFORMACIÓN SOBRE EL LUGAR DE DESTINO EN EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN LUXEMBURGO Y SOBRE LOS TRASLADOS
Las personas seleccionadas de las listas de reserva serán contratadas como funcionarios en prácticas, principalmente para puestos destinados en Luxemburgo.
El artículo 29, apartado 1, letra a), inciso i), y apartado 1, letra b), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea establece que, en cualquier momento de su carrera, los funcionarios podrán solicitar un traslado dentro de la misma institución u organismo de la Unión o a otra institución u organismo de la Unión.
No obstante, los candidatos deberán tener en cuenta que, en interés del servicio:
— |
durante los tres primeros años de servicio después de comenzar a trabajar como funcionario en prácticas, un traslado a otra institución u organismo de la Unión que no implique un cambio de lugar de destino solo será posible en casos excepcionales debidamente justificados; |
— |
durante los cuatro primeros años de servicio después de comenzar a trabajar como funcionario en prácticas, el traslado dentro de la misma institución u organismo o a otra institución u organismo que implique un cambio de lugar de destino solo será posible en casos excepcionales debidamente justificados. |
Asimismo, cabe señalar que cualquier transferencia entre instituciones u organismos estará supeditada al acuerdo de la institución u organismo inicial del funcionario y de la institución u organismo al que desee trasladarse.
Para poder desempeñar sus funciones en las mejores condiciones posibles, los funcionarios recién contratados deben tener la oportunidad de integrarse de la manera más eficaz posible en la cultura y el entorno de trabajo del lugar de destino y de la institución u organismo que los contrata.
Por otra parte, las instituciones y organismos invierten recursos en la iniciación y la formación de nuevos funcionarios y en ayudarlos a integrarse tanto en el trabajo como en el lugar de destino. Por lo tanto, es necesario garantizar un cierto grado de continuidad y previsibilidad en la provisión de los puestos, exigiendo a los funcionarios recién contratados que completen un período mínimo de servicio tanto en la institución u organismo que los contrata como en su lugar de destino.
(1) Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO P 45 de 14.6.1962, p. 1385). Texto consolidado: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20220101
(2) https://rm.coe.int/CoERMPublicCommonSearchServices/DisplayDCTMContent?documentId=090000168045bb53
(3) https://epso.europa.eu/es/job-opportunities/open-for-application
(4) https://eu-careers.europa.eu/en/help/faq/new-competition-model-2023
(5) https://epso.europa.eu/es/node/495
ANEXO I
NORMAS GENERALES
1. Disposiciones básicas
1) |
Salvo disposición en contrario de la convocatoria de oposición, se aplicarán las disposiciones de las presentes normas generales. |
2) |
Los candidatos reciben información sujeta a plazos en sus cuentas EPSO. Deberán consultar su cuenta EPSO al menos cada tres días naturales para hacer un seguimiento de su progreso en la oposición y evitar incumplir algún plazo. Si un candidato no puede consultar su cuenta EPSO debido a un problema técnico de la EPSO, deberá notificarlo a esta inmediatamente a través del formulario de contacto en línea (1). |
3) |
En caso de que haya varios candidatos con la misma puntuación para el último puesto en cualquier fase de la oposición, todos ellos accederán a la siguiente fase. En caso de que haya varios candidatos con la misma puntuación para el último puesto disponible en la lista de reserva, todos ellos serán incluidos en dicha lista. |
4) |
Los candidatos readmitidos a raíz de una solicitud aceptada o una reclamación o un recurso resueltos favorablemente: a) volverán a participar en la oposición en la fase de la que fueron excluidos, o b) serán añadidos a la lista de reserva, según proceda. |
5) |
Cuando la EPSO se comunique con un candidato a través de la cuenta EPSO o por correo electrónico, lo hará en una de las lenguas de las cuales el candidato haya declarado tener conocimientos de nivel B2 o superior (2) en la sección «Comprensión escrita» del formulario de candidatura. |
6) |
Los candidatos pueden ponerse en contacto con la EPSO a través del formulario de contacto en línea disponible en el sitio web de la EPSO (3). Antes de ponerse en contacto con la EPSO, se invita a los candidatos a consultar la sección «Preguntas frecuentes» de dicho sitio web (4). |
7) |
La EPSO se reserva el derecho a poner fin a cualquier intercambio de correspondencia inadecuada (es decir, que sea repetitiva, ofensiva o no pertinente). |
2. Cualificaciones, experiencia y documentos justificativos
El inicio y el final de los períodos de estudios o de experiencia deberán indicarse siempre con el formato dd/mm/aaaa.
2.1. Cualificaciones académicas
1) |
Los títulos, diplomas o certificados expedidos en países de la UE o no pertenecientes a la UE deben estar reconocidos por una autoridad competente de un Estado miembro de la UE. |
2) |
Las diferencias entre los sistemas educativos nacionales, en particular las diferencias entre las denominaciones dadas a los títulos, diplomas y certificados, se tendrán en cuenta a la hora de evaluar si los candidatos poseen las cualificaciones exigidas por la convocatoria de oposición. |
3) |
Para cualquier cualificación académica, los candidatos deberán indicar el título, el nivel de educación, las materias tratadas, las fechas de inicio y finalización de los estudios y la duración ordinaria/oficial de estos. |
4) |
En la pestaña «Educación» del formulario de candidatura, los candidatos también deben incluir su cualificación de enseñanza secundaria. |
2.2. Experiencia profesional
1) |
Para tenerse en cuenta, la experiencia profesional deberá cumplir las siguientes condiciones generales:
|
2) |
La experiencia profesional que se indica a continuación se tendrá en cuenta también a la luz de normas específicas, incluidas algunas excepciones a los requisitos mencionados en el apartado 1 anterior:
|
2.3. Documentos justificativos
1) |
Los candidatos deberán cargar en su cuenta EPSO copias escaneadas de los documentos justificativos de las declaraciones realizadas en su formulario de candidatura. Deberán hacerlo a más tardar en la fecha establecida en la convocatoria de oposición o, si la convocatoria no fija fecha alguna, en la que indique la EPSO. |
2) |
No presentar los documentos justificativos a más tardar en la fecha antes mencionada podrá dar lugar a que se considere que un candidato no es admisible o a que no se tengan en cuenta sus cualificaciones o experiencia específicas. |
3) |
En cualquier fase del procedimiento se puede solicitar a los candidatos (normalmente, por correo electrónico) que faciliten información o documentos adicionales. |
4) |
Entre otros documentos, los candidatos deberán cargar una copia de su documento de identidad o pasaporte, que deberá ser válido en la fecha límite de presentación de las candidaturas. Cuando así se solicite, los candidatos deberán presentar el original de su documento de identidad o pasaporte. |
5) |
Como prueba de sus cualificaciones educativas y de su formación, los candidatos deberán presentar:
|
6) |
Todos los períodos de actividad profesional deberán acreditarse mediante originales o fotocopias certificadas de los documentos siguientes:
|
3. Función del tribunal de oposición
1) |
El tribunal de la oposición decidirá sobre la dificultad de las pruebas de oposición y aprobará su contenido, evaluará el cumplimiento de las condiciones específicas de admisión por parte de los candidatos, comparará los méritos de los candidatos y seleccionará a los mejores de estos a la luz de los requisitos establecidos en la convocatoria de oposición. |
2) |
Las actuaciones del tribunal de oposición serán secretas |
3) |
EPSO facilitará la labor del tribunal de oposición. |
4. Conflicto de intereses
1) |
Los nombres de los miembros del tribunal de oposición se publican en el sitio web de la EPSO (5). |
2) |
Los candidatos, los miembros del tribunal de oposición y los miembros del personal de la EPSO que contribuyan a la organización de una oposición específica deben declarar cualquier conflicto de intereses que pueda surgir, en particular en caso de relación familiar o de relación laboral directa. Las situaciones que puedan constituir un conflicto de intereses deben declararse a la EPSO tan pronto como el interesado tenga conocimiento de ellas. La EPSO evaluará cada caso individualmente y adoptará las medidas oportunas. |
3) |
A fin de garantizar la independencia del tribunal, excepto en casos autorizados expresamente, queda prohibido terminantemente a los candidatos o a cualquier persona ajena al tribunal intentar ponerse en contacto con alguno de sus miembros sobre todo asunto relacionado con la oposición o las actuaciones del tribunal de oposición. |
4) |
Los candidatos que deseen exponer su caso ante el tribunal deberán hacerlo por escrito, enviando esta correspondencia a través de la EPSO (6). |
5) |
La infracción de cualquiera de las normas mencionadas anteriormente puede dar lugar a una acción disciplinaria dirigida a un miembro del tribunal de oposición o un miembro del personal de la EPSO, y/o puede provocar la exclusión de un candidato de la oposición (véase la sección 6). |
5. Pruebas
1) |
Las pruebas se llevarán a cabo y se vigilarán a distancia (en línea). Los requisitos informáticos para superar las pruebas se especifican en el sitio web de la EPSO (7). Se recomienda encarecidamente a los candidatos que consulten el sitio web lo antes posible para asegurarse de que sus equipos informáticos cumplen los requisitos prescritos. |
2) |
Los candidatos deberán reservar una cita para las pruebas siguiendo las instrucciones recibidas de la EPSO. Los períodos de reserva y de realización de pruebas son limitados. |
3) |
Todos los demás detalles e instrucciones necesarios se especificarán en las cartas de invitación a las pruebas. |
4) |
Se considerará que la participación de los candidatos en la oposición ha finalizado en caso de que no reserven, realicen o terminen una o varias de las pruebas, a menos que puedan demostrar que no reservaron, realizaron o terminaron una prueba debido a circunstancias ajenas a la voluntad de los candidatos o a una situación de fuerza mayor. El incumplimiento de las condiciones de las pruebas especificadas en las instrucciones y la información puesta a disposición de los candidatos no se considerará como una circunstancia ajena a su voluntad ni como una situación de fuerza mayor. |
6. Descalificación de la oposición
1) |
Los candidatos podrán ser descalificados en cualquier fase de la oposición por los motivos siguientes:
|
2) |
Se espera que candidatos a ser contratados por las instituciones de la Unión actúen con la máxima integridad posible, de conformidad con el artículo 27, párrafo primero, y el artículo 28, letra c), del Estatuto de los funcionarios. En caso de fraude o intento de fraude, la EPSO podrá decidir declarar a un candidato no admisible para futuras oposiciones durante un período de tiempo limitado. |
7. Problemas y soluciones
7.1. Cuestiones técnicas y organizativas
1) |
Si, en cualquier fase del procedimiento de selección, los candidatos se enfrentan a un problema técnico u organizativo grave, deben informar a la EPSO a través del formulario de contacto en línea (8). |
2) |
En caso de problemas con el formulario de candidatura, los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO inmediatamente y, en todo caso, antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas. |
3) |
Si el problema se produce durante las pruebas a distancia, el candidato deberá realizar las dos acciones siguientes:
|
4) |
Se rechazarán las alegaciones realizadas en el contexto de las reclamaciones a que se refieren las secciones 7.2.2 y 7.3.1 y basadas en presuntos problemas técnicos y/u organizativos que no se hayan notificado de conformidad con la sección 7.1. |
7.2. Procedimientos internos de revisión
7.2.1.
1) |
Los candidatos que consideren que tienen motivos justificados para creer que un error en una o varias de las preguntas de la prueba de opciones múltiples afectó a su capacidad de respuesta, podrán pedir que se revisen las preguntas en cuestión. |
2) |
El tribunal podrá decidir «neutralizar» las preguntas que contengan el error: anular las preguntas en cuestión y redistribuir los puntos asignados inicialmente a esas preguntas entre las restantes de la prueba. Únicamente los candidatos que hayan recibido las preguntas en cuestión se verán afectados por el nuevo cálculo. La puntuación de las pruebas se mantendrá según lo indicado en las secciones correspondientes de la presente convocatoria de oposición. |
3) |
Para presentar una reclamación sobre las preguntas de las pruebas de opciones múltiples por ordenador, los candidatos deberán:
|
4) |
No se tendrán en cuenta las reclamaciones enviadas fuera de plazo o las que no describan claramente las preguntas impugnadas y/o los supuestos errores. En particular, no se tendrán en cuenta las reclamaciones que simplemente aleguen cuestiones de traducción sin especificar el problema. |
5) |
Se rechazarán las alegaciones realizadas en el contexto de las reclamaciones a que se refieren la sección 7.3.1 y basadas en presuntos problemas en las preguntas de prueba de opciones múltiples por ordenador que no se hayan notificado de conformidad con la sección 7.2.1. |
7.2.2.
1) |
Los candidatos podrán presentar una solicitud de revisión de una decisión adoptada por el tribunal de oposición que establezca sus resultados, determine si acceden a la siguiente fase de la oposición o afecte de otra forma a su situación jurídica como candidatos. |
2) |
La finalidad del procedimiento de revisión es permitir que el tribunal modifique la decisión impugnada en los casos en que exista motivo para ello (como un error en la evaluación). En el procedimiento de revisión, el tribunal revisará su evaluación de los méritos del candidato y confirmará sus conclusiones iniciales o presentará una evaluación revisada. |
3) |
El tribunal no responderá a ningún argumento jurídico, tanto si está relacionado con la evaluación impugnada como si no. Los argumentos de naturaleza jurídica y las alegaciones relacionadas con el marco jurídico de la oposición pueden presentarse en forma de reclamación administrativa (véase la sección 7.3.1). |
4) |
El mero hecho de que los candidatos puedan no estar de acuerdo con la evaluación por el tribunal de su prestación en una prueba o de sus cualificaciones y/o experiencia no significa que el tribunal haya cometido un error de apreciación. El tribunal dispone de un amplio margen de discrecionalidad a la hora de realizar juicios de valor sobre la prestación, las cualificaciones y la experiencia de los candidatos. |
5) |
No es posible solicitar la revisión en relación con los resultados de las pruebas de opciones múltiples por ordenador. |
6) |
Para presentar una solicitud de revisión, el candidato deberá:
|
7) |
Los candidatos recibirán un acuse de recibo automático de la recepción de su solicitud. El tribunal examinará la solicitud de revisión e informará al candidato de su decisión lo antes posible. |
8) |
Las solicitudes de revisión recibidas fuera del plazo indicado en el punto 6, letra a), se considerarán inadmisibles y no se examinarán, salvo en caso de que los candidatos puedan demostrar la existencia de una situación de fuerza mayor. |
7.3. Otras formas de revisión
7.3.1.
1) |
Los candidatos podrán presentar una reclamación administrativa relativa a una medida (una decisión o la ausencia de la misma) si:
|
2) |
La reclamación puede interponerse en relación con la ausencia de decisión en los casos en que exista la obligación de adoptar una decisión en un plazo especificado en el Estatuto de los funcionarios. |
3) |
Los candidatos que hayan presentado una solicitud de revisión (véase la sección 7.2.2) deberán esperar a que se les notifique la respuesta a dicha solicitud antes de decidir si presentan una reclamación administrativa. En tales casos, el plazo para presentar una reclamación administrativa comenzará a contar a partir de la fecha de notificación de la decisión del tribunal de oposición sobre la solicitud de revisión. |
4) |
Las reclamaciones administrativas son examinadas por el director o la directora de la EPSO, en su calidad de autoridad facultada para proceder a los nombramientos, con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios. |
5) |
El objetivo del procedimiento de reclamación administrativa es comprobar si se ha respetado el marco jurídico de la oposición. Los candidatos deben tener en cuenta que el director o la directora de la EPSO no puede invalidar un juicio de valor realizado por un tribunal de oposición y no tiene competencias jurídicas para modificar el fondo de la decisión de un tribunal de oposición. Si el director o la directora de la EPSO detecta un error de procedimiento o un error manifiesto de apreciación, el asunto se devolverá al tribunal para su reevaluación. |
6) |
A fin de presentar una solicitud de revisión, el candidato deberá:
|
7) |
Se considerarán inadmisibles las reclamaciones administrativas recibidas fuera del plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios. |
7.3.2.
1) |
Los candidatos tienen derecho a interponer un recurso ante el Tribunal General, de conformidad con el artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios. |
2) |
Los recursos judiciales relativos a las decisiones adoptadas por la EPSO (y no por el tribunal de oposición) no serán admisibles ante el Tribunal General a menos que un candidato haya recurrido debidamente a una reclamación administrativa con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios (véase la sección 7.3.1). |
3) |
Toda la información sobre los recursos judiciales puede consultarse en el sitio web del Tribunal General (13). |
7.3.3.
1) |
Todo ciudadano de la UE o residente en ella puede presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo sobre casos de mala administración. |
2) |
Antes de presentar una reclamación al Defensor del Pueblo, los candidatos deben haber agotado las vías de recurso internas proporcionadas por la EPSO (véanse las secciones 7.1 y 7.2). |
3) |
Las reclamaciones presentadas al Defensor del Pueblo no suspenderán los plazos establecidos para la presentación de solicitudes, reclamaciones o recursos judiciales a que se refieren las presentes normas. |
4) |
Toda la información sobre las reclamaciones presentadas al Defensor del Pueblo puede consultarse en el sitio web específico (14). |
Fin del ANEXO I: pulse aquí para regresar al texto principal
(1) https://epso.europa.eu/es/contact-us
(2) https://rm.coe.int/CoERMPublicCommonSearchServices/DisplayDCTMContent?documentId=090000168045bb53
(3) https://epso.europa.eu/es/contact-us
(4) https://epso.europa.eu/es/epso-faqs-by-category
(5) https://epso.europa.eu/es
(6) https://epso.europa.eu/es/contact-us
(7) https://epso.europa.eu/es/it-requirements-passing-epsos-remotely-proctored-tests
(8) https://epso.europa.eu/es/help/faq/complaints
(9) https://epso.europa.eu/es/help/faq/complaints
(10) https://epso.europa.eu/es/help/faq/complaints
(11) https://epso.europa.eu/es/help/faq/complaints
(12) https://epso.europa.eu/es/help/faq/complaints
(13) https://curia.europa.eu/jcms/
(14) https://www.ombudsman.europa.eu/es/home
ANEXO II
FUNCIONES HABITUALES
Ámbito 1 — Inspectores de control de la seguridad nuclear
1. |
Llevar a cabo inspecciones en todas las fases del ciclo del combustible nuclear en las instalaciones nucleares. Esto consiste en comprobar las características técnicas de las instalaciones, la fiabilidad y la coherencia de la contabilidad nuclear y examinar las pruebas y comprobar el inventario físico mediante la realización y el análisis de mediciones cualitativas y cuantitativas, la toma de muestras, la aplicación de medidas de contención y de vigilancia, y la elaboración de informes detallados. |
2. |
Participar en el desarrollo de enfoques y técnicas de control de seguridad específicos de cada instalación nuclear. |
3. |
Desarrollar, preparar, calibrar, instalar y mantener equipos e instrumentos de control de seguridad para su uso in situ, portátil y en las sedes. |
4. |
Aplicar los acuerdos de cooperación nuclear con terceros (seguimiento de artículos como material nuclear, material no nuclear, equipos nucleares y tecnología nuclear) sujetos a dichos acuerdos. |
5. |
Preparar reuniones, participar en ellas y darles seguimiento, así como coordinar y negociar con las partes interesadas internas y externas: otros servicios de la Comisión e instituciones de la UE, autoridades de los Estados miembros de la UE, Gobiernos no pertenecientes a la UE (departamentos responsables de la energía, autoridades de control de las exportaciones, etc.), explotadores de instalaciones nucleares, organizaciones internacionales (en particular, el Organismo Internacional de Energía Atómica) y el proyecto de reactor termonuclear experimental internacional (ITER). |
6. |
Fomentar la cultura de los controles de la seguridad nuclear proporcionando información a los explotadores de instalaciones nucleares. |
7. |
Desarrollar y aplicar una visión estratégica, establecer objetivos y dirigir o motivar a un equipo en un entorno multicultural, multilingüe y multidisciplinar. |
8. |
Realizar análisis de datos (utilizando Excel, Business Object, etc.) y análisis estadístico de la contabilidad de material nuclear. |
9. |
Participar en el diseño y la ejecución de iniciativas de formación en materia de control de la seguridad nuclear. |
10. |
Llevar a cabo tareas orientadas a la investigación relacionadas con la seguridad nuclear y las actividades de control de la seguridad nuclear. |
11. |
Gestionar proyectos nucleares, por ejemplo, en el ámbito de la clausura y la gestión de residuos. |
Ámbito 2 — responsables de políticas en el ámbito de la energía nuclear
1. |
Elaborar políticas y legislación de la UE en el ámbito de la energía nuclear, en particular la seguridad de las instalaciones nucleares, la seguridad en la gestión del combustible gastado y los residuos radiactivos, la clausura de instalaciones nucleares, el transporte seguro de material nuclear, la protección radiológica, las aplicaciones médicas y otras aplicaciones de las tecnologías radiológicas no relacionadas con la producción de energía, la preparación y respuesta ante emergencias, la radiactividad medioambiental, las inversiones y la fusión termonuclear. |
2. |
Apoyar, en su vertiente jurídica, la elaboración de la legislación Euratom en el ámbito de la energía nuclear y garantizar su correcta transposición y aplicación, abordando las cuestiones jurídicas que surjan en el ámbito de la energía nuclear. |
3. |
Representar a Euratom en las organizaciones internacionales de energía nuclear, desarrollando y dirigiendo foros y proyectos, y participar en su gobernanza. |
4. |
Preparar las reuniones con las partes interesadas internas y externas (otros servicios de la Comisión, otras instituciones de la UE, autoridades nacionales de los Estados miembros, explotadores de instalaciones nucleares, etc.), participar en ellas y darles seguimiento. |
5. |
Negociar con terceros países u organizaciones internacionales, incluidos acuerdos bilaterales y multilaterales de Euratom. |
6. |
Realizar análisis e iniciar y dirigir estudios relacionados con la energía nuclear y cuestiones relativas a la seguridad nuclear. |
7. |
Realizar investigaciones científicas, incluidas actividades experimentales o de modelización científica en el ámbito nuclear: material nuclear, ciclo del combustible nuclear, no proliferación (incluido el control de las exportaciones de doble uso), aplicaciones médicas, espaciales y otras aplicaciones no relacionadas con la producción de energía (por ejemplo, uso de equipos de laboratorio o programas informáticos científicos, publicaciones en revistas revisadas por pares e informes de investigación profesional). |
8. |
Gestionar los aspectos jurídicos, de contratación pública y de concesión de autorizaciones de los contratos de clausura y gestión de residuos nucleares y hacer un seguimiento de los procesos de autorización con las autoridades nacionales competentes. |
Fin del anexo II: pulse aquí para regresar al texto principal.
ANEXO III
EJEMPLOS DE CUALIFICACIONES MÍNIMAS
(Ejemplos de cualificaciones mínimas por Estado miembro y para el Reino Unido, por grado, que corresponden, en principio, a las exigidas por las convocatorias de oposiciones)
Pulse aquí para acceder a una versión de lectura fácil de estos ejemplos.
PAÍS |
De AST-SC 1 a AST-SC 6 De AST 1 a AST 7 |
De AST 3 a AST 11 |
De AD 5 a AD 16 |
|||||||||||||
Enseñanza secundaria (que dé acceso a la enseñanza superior) |
Enseñanza superior (ciclo superior no universitario o ciclo universitario corto de una duración mínima de dos años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de tres años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de cuatro años) |
|||||||||||||
Belgique — België — Belgien |
Certificat de l’enseignement secondaire supérieur (CESS)/Diploma secundair onderwijs Diplôme d’aptitude à accéder à l’enseignement supérieur (DAES)/Getuigschrift van hoger secundair onderwijs Diplôme d’enseignement professionnel/Getuigschrift van het beroepssecundair onderwijs |
Candidature/Kandidaat Graduat/Gegradueerde Bachelor/Professioneel gerichte Bachelor |
Bachelor académique (180 crédits) Academisch gerichte Bachelor (180 ECTS) |
Licence/Licentiaat Master Diplôme d’études approfondies (DEA) Diplôme d’études spécialisées (DES) Diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS) Gediplomeerde in de Voortgezette Studies (GVS) Gediplomeerde in de Gespecialiseerde Studies (GGS) Gediplomeerde in de Aanvullende Studies (GAS) Agrégation/Aggregaat Ingénieur industriel/Industrieel ingenieur Doctorat/Doctoraal diploma |
||||||||||||
България |
Диплома за завършено средно образование |
Специалист по … |
|
Диплома за висше образование Бакалавър Магистър |
||||||||||||
Česko |
Vysvědčení o maturitní zkoušce |
Vysvědčení o absolutoriu (Absolutorium) + diplomovaný specialista (DiS.) |
Diplom o ukončení bakalářského studia (Bakalář) |
Diplom o ukončení vysokoškolského studia Magistr Doktor |
||||||||||||
Danmark |
Bevis for: Studentereksamen Højere Forberedelseseksamen (HF) Højere Handelseksamen (HHX) Højere Afgangseksamen (HA) Bac pro: Bevis for Højere Teknisk Eksamen (HTX) |
Videregående uddannelser = Bevis for = Eksamensbevis som (erhvervsakademiuddannelse AK) |
Bachelorgrad (BA eller BS) Professionsbachelorgrad Diplomingeniør |
Kandidatgrad/Candidatus Master/Magistergrad (mag.art) Licenciatgrad ph.d.-grad |
||||||||||||
Deutschland |
Abitur/Zeugnis der allgemeinen Hochschulreife Fachabitur/Zeugnis der Fachhochschulreife |
|
Fachhochschulabschluss Bachelor |
Hochschulabschluss/Fachhochschulabschluss/Master Magister Artium/Magistra Artium Staatsexamen/Diplom Erstes Juristisches Staatsexamen Doktorgrad |
||||||||||||
Eesti |
Gümnaasiumi lõputunnistus + riigieksamitunnistus Lõputunnistus kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Tunnistus keskhariduse baasil kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Bakalaureusekraad (min 120 ainepunkti) Bakalaureusekraad (< 160 ainepunkti) |
Rakenduskõrghariduse diplom Bakalaureusekraad (160 ainepunkti) Magistrikraad Arstikraad Hambaarstikraad Loomaarstikraad Filosoofiadoktor Doktorikraad (120–160 ainepunkti) |
||||||||||||
Éire/Ireland |
Ardteistiméireacht, Grád D3, I 5 ábhar/Leaving Certificate Grade D3 in 5 subjects Gairmchlár na hArdteistiméireachta (GCAT)/Leaving Certificate Vocational Programme (LCVP) |
Teastas Náisiúnta/National Certificate Gnáthchéim bhaitsiléara/Ordinary bachelor degree Dioplóma náisiúnta (ND, Dip.)/National diploma (ND, Dip.) Ardteastas (120 ECTS)/Higher Certificate (120 ECTS) |
Céim onóracha bhaitsiléara (3 bliana/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng)/Honours bachelor degree (3 years/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng) |
Céim onóracha bhaitsiléara (4 bliana/240 ECTS)/Honours bachelor degree (4 years/240 ECTS) Céim ollscoile/University degree Céim mháistir (60-120 ECTS)/Master’s degree (60-120 ECTS) Dochtúireacht/Doctorate |
||||||||||||
Ελλάδα |
Απολυτήριο Γενικού Λυκείου Απολυτήριο Κλασικού Λυκείου Απολυτήριο Τεχνικού Επαγγελματικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Πολυκλαδικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Λυκείου Απολυτήριο Τεχνολογικού Επαγγελματικού Εκπαιδευτηρίου |
Δίπλωμα επαγγελματικής κατάρτισης (ΙΕΚ) |
|
Πτυχίο ΑΕΙ (πανεπιστημίου, πολυτεχνείου, ΤΕΙ) Μεταπτυχιακό Δίπλωμα Ειδίκευσης (2ος κύκλος) Διδακτορικό Δίπλωμα (3ος κύκλος) |
||||||||||||
España |
Bachillerato + Curso de Orientación Universitaria (COU) Bachillerato BUP Diploma de Técnico especialista |
FP grado superior (Técnico superior) |
Diplomado/Ingeniero técnico |
Licenciatura Máster Ingeniero Título de Doctor |
||||||||||||
France |
Baccalauréat Diplôme d’accès aux études universitaires (DAEU) Brevet de technicien |
Diplôme d’études universitaires générales (DEUG) Brevet de technicien supérieur (BTS) Diplôme universitaire de technologie (DUT) Diplôme d’études universitaires scientifiques et techniques (DEUST) |
Licence |
Maîtrise Maîtrise des sciences et techniques (MST), maîtrise des sciences de gestion (MSG), diplôme d’études supérieures techniques (DEST), diplôme de recherche technologique (DRT), diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS), diplôme d’études approfondies (DEA), master 1, master 2 professionnel, master 2 recherche Diplôme des grandes écoles Diplôme d’ingénieur Doctorat |
||||||||||||
Hrvatska |
Svjedodžba o državnoj maturi Svjedodžba o završnom ispitu |
Stručni pristupnik/pristupnica |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) Stručni specijalist Magistar struke Magistar inženjer/magistrica inženjerka (mag. ing) Doktor struke Doktor umjetnosti |
||||||||||||
Italia |
Diploma di maturità (vecchio ordinamento) Perito ragioniere Diploma di superamento dell’esame di Stato conclusivo dei corsi di studio di istruzione secondaria superiore |
Diploma universitario (DU) Certificato di specializzazione tecnica superiore Attestato di competenza (4 semestri) |
Diploma di laurea — L (breve) |
Diploma di laurea (DL) Laurea specialistica (LS) Master di I livello Dottorato di ricerca (DR) |
||||||||||||
Κύπρος |
Απολυτήριο |
Δίπλωμα = Programmes offered by Public/Private Schools of Higher Education (for the latter accreditation is compulsory) Higher Diploma |
|
Πανεπιστημιακό Πτυχίο/Bachelor Master Doctorat |
||||||||||||
Latvija |
Atestāts par vispārējo vidējo izglītību Diploms par profesionālo vidējo izglītību |
Diploms par pirmā līmeņa profesionālo augstāko izglītību |
Bakalaura diploms (min. 120 kredītpunktu) |
Bakalaura diploms (160 kredītpunktu) Profesionālā bakalaura diploms Maģistra diploms Profesionālā maģistra diploms Doktora grāds |
||||||||||||
Lietuva |
Brandos atestatas |
Aukštojo mokslo diplomas Aukštesniojo mokslo diplomas |
Profesinio bakalauro diplomas Aukštojo mokslo diplomas |
Aukštojo mokslo diplomas Bakalauro diplomas Magistro diplomas Daktaro diplomas Meno licenciato diplomas |
||||||||||||
Luxembourg |
Diplôme de fin d’études secondaires et techniques |
BTS Brevet de maîtrise Brevet de technicien supérieur Diplôme de premier cycle universitaire (DPCU) Diplôme universitaire de technologie (DUT) |
Bachelor Diplôme d’ingénieur technicien |
Master Diplôme d’ingénieur industriel DESS en droit européen |
||||||||||||
Magyarország |
Gimnáziumi érettségi bizonyítvány Szakközépiskolai érettségi-képesítő bizonyítvány |
Felsőfokú szakképesítést igazoló bizonyítvány (Higher Vocational Programme) |
Főiskolai oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 180 credits) |
Egyetemi oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 240 credits) Mesterfokozat (Master degree) (Osztatlan mesterképzés) Doktori fokozat |
||||||||||||
Malta |
Advanced Matriculation or GCE Advanced level in 3 subjects (2 of them grade C or higher) Matriculation certificate (2 subjects at Advanced level and 4 at Intermediate level including Systems of Knowledge with overall grade A-C) + Passes in the Secondary Education Certificate examination at Grade 5 2 À Levels (passes A-C) + a number of subjects at Ordinary level, or equivalent |
MCAST diplomas/certificates Higher National Diploma |
Bachelor’s degree |
Bachelor’s degree Master of Arts Doctorate |
||||||||||||
Nederland |
Diploma VWO Diploma staatsexamen (2 diploma’s) Diploma staatsexamen voorbereidend wetenschappelijk onderwijs (Diploma staatsexamen VWO) Diploma staatsexamen hoger algemeen voortgezet onderwijs (Diploma staatsexamen HAVO) |
Kandidaatsexamen Associate degree (AD) |
Bachelor (WO) HBO bachelor degree Baccalaureus of «Ingenieur» |
HBO/WO Master’s degree Doctoraal examen/Doctoraat |
||||||||||||
Österreich |
Matura/Reifeprüfung Reife- und Diplomprüfung Berufsreifeprüfung |
Kollegdiplom/Akademiediplom |
Fachhochschuldiplom/Bakkalaureus/Bakkalaurea |
Universitätsdiplom Fachhochschuldiplom Magister/Magistra Master Diplomprüfung, Diplom-Ingenieur Magisterprüfungszeugnis Rigorosenzeugnis Doktortitel |
||||||||||||
Polska |
Świadectwo dojrzałości Świadectwo ukończenia liceum ogólnokształcącego |
Dyplom ukończenia kolegium nauczycielskiego Świadectwo ukończenia szkoły policealnej |
Licencjat/Inżynier |
Magister/Magister inżynier Dyplom doktora |
||||||||||||
Portugal |
Diploma de Ensino Secundário Certificado de Habilitações do Ensino Secundário |
|
Bacharel Licenciado |
Licenciado Mestre Doutorado |
||||||||||||
România |
Diplomă de bacalaureat |
Diplomă de absolvire (colegiu universitar) Învățământ preuniversitar |
Diplomă de licenţă |
Diplomă de licenţă Diplomă de inginer Diplomă de urbanist Diplomă de master Certificat de atestare (studii academice postuniversitare) Diplomă de doctor |
||||||||||||
Slovenija |
Maturitetno spričevalo (spričevalo o poklicni maturi) (spričevalo o zaključnem izpitu) |
Diploma višje strokovne šole |
Diploma o pridobljeni visoki strokovni izobrazbi |
Univerzitetna diploma Magisterij Specializacija Doktorat |
||||||||||||
Slovensko |
Vysvedčenie o maturitnej skúške |
Absolventský diplom |
Diplom o ukončení bakalárskeho štúdia (Bakalár) |
Diplom o ukončení vysokoškolského štúdia Bakalár (Bc.) Magister Magister/Inžinier ArtD. |
||||||||||||
Suomi/Finland |
Ylioppilastutkinto tai peruskoulu + kolmen vuoden ammatillinen koulutus – Studentexamen eller grundskola + treårig yrkesinriktad utbildning Todistus yhdistelmäopinnoista (Betyg över kombinationsstudier) |
Ammatillinen opistoasteen tutkinto – Yrkesexamen på institutnivå |
Kandidaatin tutkinto – Kandidatexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 120 opintoviikkoa – studieveckor) |
Maisterin tutkinto – Magisterexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 160 opintoviikkoa – studieveckor) Tohtorin tutkinto (Doktorsexamen) joko 4 vuotta tai 2 vuotta lisensiaatin tutkinnon jälkeen – antingen 4 år eller 2 år efter licentiatexamen Lisensiaatti/Licentiat |
||||||||||||
Sverige |
Slutbetyg från gymnasieskolan (3-årig gymnasial utbildning) |
Högskoleexamen (80 poäng) Högskoleexamen, 2 år, 120 högskolepoäng Yrkeshögskoleexamen/Kvalificerad yrkeshögskoleexamen, 1–3 år |
Kandidatexamen (akademisk examen omfattande minst 120 poäng, varav 60 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 10 poäng) Meriter på grundnivå: Kandidatexamen, 3 år, 180 högskolepoäng (Bachelor) |
Magisterexamen (akademisk examen omfattande minst 160 poäng, varav 80 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 20 poäng eller två uppsatser motsvarande 10 poäng vardera)
Meriter på avancerad nivå:
Meriter på forskarnivå:
|
||||||||||||
United Kingdom |
General Certificate of Education Advanced level — 2 passes or equivalent (grades A to E) BTEC National Diploma General National Vocational Qualification (GNVQ), advanced level Advanced Vocational Certificate of Education, À level (VCE À level) |
Higher National Diploma/Certificate (BTEC)/SCOTVEC Diploma of Higher Education (DipHE) National Vocational Qualifications (NVQ) Scottish Vocational Qualifications (SVQ) level 4 |
(Honours) Bachelor degree NB: Master’s degree in Scotland |
Honours Bachelor degree Master’s degree (MA, MB, MEng, MPhil, MSc) Doctorate |
||||||||||||
NOTE: UK diplomas awarded in 2020 (until 31 December 2020) are accepted without an equivalence. UK diplomas awarded as from 1 January 2021 must be accompanied by an equivalence issued by a competent authority of an EU Member State. |
Fin del ANEXO III: pulse aquí para regresar al texto principal
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/149/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)