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Document L:1987:042:TOC

    Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 42, 12 de febrero de 1987


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    Diario Oficial
    de las Comunidades Europeas

    ISSN 1012-9200

    L 42
    30o año
    12 de febrero de 1987



    Edición en lengua española

     

    Legislación

      

    Sumario

     

    Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad

     
     

    *

    Reglamento (CEE) n° 410/87 del Consejo de 9 de febrero de 1987 por el que se establece la apertura, reparto y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos de la pesca (1987)

    1

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 411/87 del Consejo de 9 de febrero de 1987 por el que se establece la apertura, reparto y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos de la pesca, salados, de las subpartidas ex 03.02 A I b) y ex 03.02 A II a) del arancel aduanero común (1987)

    8

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 412/87 del Consejo de 9 de febrero de 1987 relativo al reparto de las cantidades de cereales previstas conforme al Convenio de ayuda alimentaria para el período que va del 1 de julio de 1986 al 30 de junio de 1989

    11

      

    Reglamento (CEE) n 413/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno

    12

      

    Reglamento (CEE) n 414/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta

    14

      

    Reglamento (CEE) n 415/87 de la Comisión, de 10 de febrero de 1987, relativo a la entrega de harina de trigo blando a la República de São Tomé y Príncipe en concepto de ayuda alimentaria

    16

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 416/87 de la Comisión de 11 de febrero de 1987 que modifica por sexta vez el Reglamento (CEE) n° 3800/81 que establece la clasificación de las variedades de vid

    18

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 417/87 de la Comisión de 11 de febrero de 1987 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1569/77, por el que se establecen los procedimientos y condiciones de aceptación de los cereales por parte de los organismos de intervención

    24

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 418/87 de la Comisión de 11 de febrero de 1987 por el que se establece una vigilancia comunitaria a posteriori de las importaciones de urea originaria de terceros países

    25

     

    *

    Reglamento (CEE) n° 419/87 de la Comisión de 11 de febrero de 1987 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2382/86 en lo que se refiere a los gravámenes compensatorios que se habrán de percibir en los casos en los que no se respete el precio mínimo de importación aplicable a las pasas

    26

      

    Reglamento (CEE) n 420/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se modifican las restituciones a la exportación para las semillas oleaginosas

    27

      

    Reglamento (CEE) n 421/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fija el importe de la ayuda en el sector de las semillas oleaginosas

    29

      

    Reglamento (CEE) n 422/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fijan los importes que han de percibirse en el sector de la carne de bovino por los productos que hayan abandonado el Reino Unido durante la semana del 26 de enero al 1 de febrero de 1987

    34

      

    Reglamento (CEE) n 423/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n 354/87 por el que se establece un gravamen compensatorio a la importación de limones originarios de Chipre

    36

      

    Reglamento (CEE) n 424/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se establece un gravamen compensatorio y se suspende el derecho de aduana preferencial a la importación de manzanas originarias de Turquía

    37

      

    Reglamento (CEE) n 425/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fijan las exacciones reguladoras sobre la importación del azúcar blanco y el azúcar en bruto

    39

      

    Reglamento (CEE) n 426/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar

    40

      

    Reglamento (CEE) n 427/87 de la Comisión, de 11 de febrero de 1987, por el que se fija el importe máximo de la restitución a la exportación del azúcar blanco para la trigesimoquinta licitación parcial efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CEE) n 1659/86

    42

     
      

    II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad

     
      

    Consejo

      

    87/101/CEE:

     
     

    *

    Directiva 87/101/CEE del Consejo de 22 de diciembre de 1986 por la que se modifica la Directiva 75/439/CEE relativa a la gestión de aceites usados

    43

      

    87/102/CEE:

     
     

    *

    Directiva 87/102/CEE del Consejo de 22 de diciembre de 1986 relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros en materia de crédito al consumo

    48

     
      

    Rectificaciones

     
     

    *

    RECTIFICACIÓN A :# Reglamento (CEE) n° 3972/86 del Consejo de 22 de diciembre de 1986 sobre la política y la gestión de la ayuda alimentaria

    54

     

    *

    RECTIFICACIÓN A :# Reglamento (CEE) n° 254/87 del Consejo de 26 de enero de 1987 por el que se prorroga el derecho antidumping provisional respecto de las importaciones de motores eléctricos polifásicos normalizados con una potencia superior a 0,75 kW hasta 75 kW inclusive, originarios de Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia, República Democrática Alemana, Rumania y la Unión Soviética

    55




    ES



    Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agrícola, y que tienen generalmente un período de validez limitado.
    Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


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