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Document JOL_1991_017_R_0017_020

Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1990, sobre la celebración del canje de notas que completa el Acuerdo entre la Comunidad Económica europea y los Estados Unidos de América con arreglo al artículo XXIV.6 del GATT
Agreement in the form of an Exchange of Letters between the European Economic Community and the United States of America complementing the Agreement between those Parties for the conclusion of Negotiations under GATT Article XXIV.6

DO L 17 de 23.1.1991, pp. 17–19 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

31991D0030

DECISIÓN DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1990 sobre la celebración del canje de notas que completa el Acuerdo entre la Comunidad Económica europea y los Estados Unidos de América con arreglo al artículo XXIV.6 del GATT (91/30/CEE) -

Diario Oficial n° L 017 de 23/01/1991 p. 0017 - 0017
Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 16 p. 0191
Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 16 p. 0191


DECISIÓN DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1990 sobre la celebración del canje de notas que completa el Acuerdo entre la Comunidad Económica europea y los Estados Unidos de América con arreglo al artículo XXIV.6 del GATT (91/30/CEE)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y los Estados Unidos de América referente a la celebración de negociaciones con arreglo al artículo XXIV.6 (1) del GATT debería ser revisado, no habiendo concluido dicha revisión antes de que vengan a expiración determinadas disposiciones limitadas en el tiempo;

Considerando que han tenido lugar contactos con los Estados Unidos con la intención de encontrar una solución a la disputa comercial entre la Comunidad y los Estados Unidos;

Considerando que dichos contactos condujeron a un canje de notas cuya aprobación redunda en interés de la Comunidad,

DECIDE: Artículo 1

1. Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el canje de notas que completa el acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y los Estados Unidos de América referente a la celebración de negociaciones con arreglo al artículo XXIV.6 del GATT.

2. El texto del canje de notas se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el canje de notas citado en el artículo 1, a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1990. Por el Consejo

El Presidente

A. RUBERTI (1) DO no L 98 de 10. 4. 1987, p. 1.

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