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Document 92003E004034

PREGUNTA ESCRITA P-4034/03 de Kyösti Virrankoski (ELDR) a la Comisión. Protección de las personas y los animales domésticos contra los lobos y los osos.

DO C 84E de 3.4.2004, p. 136–137 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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3.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 84/136


(2004/C 84 E/0175)

PREGUNTA ESCRITA P-4034/03

de Kyösti Virrankoski (ELDR) a la Comisión

(5 de enero de 2004)

Asunto:   Protección de las personas y los animales domésticos contra los lobos y los osos

En la UE los lobos y los osos están estrictamente protegidos. Sin embargo, en algunas zonas de Finlandia estos depredadores abundan de tal modo que suponen un verdadero peligro para las personas, en particular para los niños. Asimismo, también los animales domésticos se encuentran amenazados debido a que no hay medios adecuados para mantener alejados a los depredadores.

Especialmente peligrosos son los depredadores que están acostumbrados a vivir cerca de las personas. Por ejemplo, en la región finlandesa de Carelia Septentrional hay manadas de lobos cuyo comportamiento ha evolucionado de tal modo que no huyen del hombre sino que buscan sus presas en las inmediaciones de zonas habitadas. Así, en este año los lobos han atacado ya a una decena de vacas, ovejas y perros. En algunas zonas, los niños no se atreven a ir andando al colegio por lo que los padres tienen que llevarlos en automóvil o los ayuntamientos tienen que organizar transporte escolar.

La población de grandes depredadores de Carelia Septentrional es excepcionalmente grande, ya que los bosques de la Carelia rusa, al otro lado de la frontera oriental de Finlandia, constituyen una fuente constante de nuevos depredadores y, por otra parte, los grandes lagos de la zona impiden su propagación hacia el oeste. Pese a ello, la realidad es que la población de grandes depredadores ha aumentado considerablemente en toda Finlandia durante los últimos años.

La concesión de licencias para la caza de lobos y osos es muy estricta. Estas licencias se determinan de acuerdo con la densidad media de depredadores de Finlandia. La población existente al otro lado de la frontera no se tiene en cuenta en absoluto. Así pues, por motivos de seguridad, las fuerzas policiales se han visto obligadas a matar a un depredador en plena zona habitada, ya que las autoridades competentes no han sido capaces de conceder el permiso necesario.

1.

¿Puede indicar la Comisión qué medidas va a adoptar para garantizar la seguridad de los habitantes y de los animales domésticos de las zonas donde el número de lobos y osos se ha hecho excesivamente alto?

2.

¿De qué modo se puede aumentar el número de licencias de caza en función de la población de depredadores de la zona?

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión

(5 de febrero de 2004)

Varios grandes carnívoros tales como el lobo, el oso y el lince, están protegidos por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (1) (anexo IV a)). Estas especies están comprendidas en un sistema de protección rigurosa que impone, entre otras condiciones, la prohibición de darles muerte de forma deliberada. La Directiva reconoce, sin embargo, que en ciertas situaciones puede ser necesario introducir excepciones a esta regla general de protección. Las condiciones, que incluyen entre otros motivos la seguridad pública y la prevención de daños al ganado, se recogen en el artículo 16 de esa Directiva. Los Estados miembros podrán aplicar dichas excepciones siempre que no haya alternativa satisfactoria y que la excepción no perjudique el mantenimiento de las poblaciones de las especies afectadas en un estado de conservación favorable dentro de su zona natural de distribución.

La población de osos en Finlandia (830 en 2002), de acuerdo con las autoridades, no está aumentando sino que se mantiene estable. La cuota de caza de osos en 2003 en Finlandia fue de 90 ejemplares, lo que no puede considerarse precisamente una cantidad reducida. Las licencias para la caza de lobos son 130, lo que seguiría suponiendo que el estado de conservación no es favorable. Al definir el estado nacional de conservación de estas especies se ha tenido en cuenta la influencia rusa y el grado de protección se ha rebajado en consonancia: el oso pasa de la categoría actual de «especie vulnerable» (vaarantunut) a la de «casi amenazada» (silmälläpidettävä) y el lobo, de «en peligro extremo» (äärimmäisen uhanalainen) a «en peligro» (erittäin uhanalainen).

La Comisión bien sabe que las autoridades finlandesas ajustan las cuotas regionales a las poblaciones en las zonas afectadas al conceder las licencias de caza de osos. Respecto a los lobos, se conceden licencias para la eliminación de ejemplares que se hayan convertido en un problema por las justificaciones previstas en la Directiva.

A juicio de la Comisión, por tanto, la Directiva ya aporta la adecuada gestión de las especies para evitar problemas de seguridad pública y el daño de los intereses agrarios. En sus contactos con las autoridades finlandesas, la Comisión ha solicitado que tales medidas se estructuren en forma de plan de gestión en el que se aborden los objetivos de gestión de la conservación de las especies junto con el tema del control de las poblaciones y los planteamientos que deberían seguirse para promover la convivencia entre los grandes carnívoros y las poblaciones humanas. Los Estados miembros cuentan sin duda con gran experiencia sobre ello. La conferencia sobre el tema concreto de los lobos, «Living with the Wolf», organizada recientemente por la Comisión en colaboración con las autoridades españolas y con participación de todos los Estados miembros con poblaciones de lobos, ha sido la primera de una serie de actividades que la Comisión tiene previstas para impulsar una cooperación positiva entre Estados miembros.


(1)  DO L 206 de 22.7.1992.


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