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Document 92003E001658

PREGUNTA ESCRITA E-1658/03 de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión. Aparición de nuevas enfermedades, preparación ante la epidemia del SRAS, reducción de las posibilidades de investigación y aumento de los riesgos para generaciones de personas mayores.

OJ C 11E, 15.1.2004, p. 209–209 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92003E1658

PREGUNTA ESCRITA E-1658/03 de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión. Aparición de nuevas enfermedades, preparación ante la epidemia del SRAS, reducción de las posibilidades de investigación y aumento de los riesgos para generaciones de personas mayores.

Diario Oficial n° 011 E de 15/01/2004 p. 0209 - 0209


PREGUNTA ESCRITA E-1658/03

de Erik Meijer (GUE/NGL) a la Comisión

(19 de mayo de 2003)

Asunto: Aparición de nuevas enfermedades, preparación ante la epidemia del SRAS, reducción de las posibilidades de investigación y aumento de los riesgos para generaciones de personas mayores

1. ¿Opina la Comisión que, a la hora de considerar la nueva enfermedad del SRAS y la lucha contra la misma, es importante saber que esta enfermedad, a pesar de que su propagación aún es escasa en Europa, puede suponer un peligro desproporcionalmente elevado mientras no existan medios para evitar la infección con esta enfermedad y curar rápidamente a los pacientes infectados?

2. ¿Puede confirmar la Comisión que, si bien en Europa hasta comienzos de mayo de 2003 nadie ha muerto a causa del SRAS, entre tanto resulta de datos de fuera de Europa que la mortandad a causa del SRAS difiere en función de los grupos de edad, que, según las expectativas, de las personas contaminadas de menos de 60 años morirá el 13 % y de los grupos de más de 60 años en promedio el 50 %?

3. ¿Hasta qué punto se ha disminuido, a consecuencia de recortes presupuestarios, la posibilidad de enseñanza e investigación en relación con la aparición de nuevas enfermedades contra las cuales es difícil luchar en los Estados miembros de la UE? ¿Vamos siendo dependientes de expertos interesados que, al margen de sus propios cometidos, examinan este tema por motivos de actualidad?

4. ¿Es posible que aparezca una enfermedad comparable con el SRAS tras una combinación con la peste aviar, que en los Países Bajos ya ha provocado la muerte de una persona e infecciones en los ojos, con la influenza? ¿Cuán grande es la posibilidad de que el SRAS se combine con uno de los variantes del virus de la influenza y se propague posteriormente a mayor escala?

5. ¿Se están centrando las medidas para controlar el SRAS en la acogida de pacientes mediante la creación de secciones de cuarentena en hospitales y la preparación de aparatos de asistencia respiratoria?

6. Después de la concertación de la Comisión con el Director General y el Director europeo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 6 de mayo de 2003, ¿es correcta la idea de que no se puede impedir que el SRAS se siga introduciendo en Europa ni tampoco la propagación de esta enfermedad dentro de Europa?

Respuesta comúna las preguntas escritas E-1658/03 y E-1659/03dada por el Sr. Byrne en nombre de la Comisión

(24 de junio de 2003)

La Comisión no opina que el Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SRAS) suponga un peligro desproporcionado. Existen formas de prevenir la infección de las personas, como la cuarentena, el control de viajeros, los equipos de protección, la desinfección y evitar el contacto directo.

La Comisión está muy atenta al desarrollo del SRAS. Se han adoptado medidas, incluido el control del tráfico internacional de viajeros, dirigidas a prevenir la introducción y la subsiguiente propagación de la enfermedad. La educación forma parte de estas actividades. La Comunidad, junto con la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuenta con la ayuda de expertos que ya han obtenido unos resultados prometedores en términos tanto de investigación del curso de la enfermedad como de comprensión de su transmisión. Estos trabajos están actualmente en curso, y la Comisión está segura de que se realizan importantes progresos.

Las recomendaciones y los consejos publicados en relación con los viajes internacionales, especialmente por vía aérea, se limitan a lo que se considera imprescindible para la contención de la enfermedad. Están basados en dictámenes científicos independientes, así como en un cuidadoso equilibrio con el principio de libre circulación. Además de los controles en el país de llegada, es importante que se tomen medidas adecuadas en el lugar de salida, especialmente en los países más afectados por el SRAS, a fin de minimizar el riesgo de propagación de la enfermedad.

Aunque no se puede excluir que aparezca una enfermedad comparable con el SRAS a resultas de la epidemia de peste aviar, la probabilidad de que ello ocurra es reducida. El fallecimiento de un veterinario debe considerarse como un acontecimiento aislado. En general, se toman medidas profilácticas adecuadas para limitar el riesgo de infección. Las epidemias de influenza en el hombre tienen una base estacional y, aunque una infección conjunta por los agentes causantes del SRAS y la influenza podría darse en el hombre, el riesgo es limitado.

Recientes estudios epidemiológicos sobre el SRAS indican, efectivamente, variaciones en los índices de mortandad en función de los grupos de edad. La Comisión, en colaboración con los Estados miembros y la OMS, sigue de cerca el desarrollo de estos estudios y asiste a los Estados miembros a definir sus políticas conforme a los resultados de los mismos.

Los hospitales de la Comunidad disponen de los equipos adecuados para el tratamiento de pacientes con SRAS. En general, se dispone de las instalaciones necesarias, incluidas las unidades de cuarentena y los aparatos de asistencia respiratoria.

En Europa, la situación está razonablemente controlada. Los datos epidemiológicos disponibles indican que las medidas adoptadas, especialmente las medidas cautelares introducidas en los puntos de salida, son adecuadas para evitar que la infección se propague fuera de sus zonas de origen. Sin embargo, la Comisión es consciente de que la situación requiere gran atención y, en consecuencia, seguirá de cerca la evolución de los acontecimientos.

La Comisión reconoce que el control del SRAS depende en gran medida de que se adquieran nuevos conocimientos, así como la necesidad y el valor esenciales de unas estrechas relaciones de colaboración internacionales entre los investigadores y sus instituciones. Los servicios de la Comisión preparan actualmente una convocatoria especial de propuestas

de investigación que publicarán en breve, en la que se abordarán varios aspectos cruciales relevantes para el SRAS. La Comisión también reconoce la necesidad de reforzar la preparación y capacidad de respuesta ante los brotes de enfermedades infecciosas de todo tipo, y, en este contexto, ofrece ayuda a la investigación a través de las actividades de investigación orientadas a políticas específicas del sexto programa marco. Este programa, que comprende actividades de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y cubre el período 2002-2006, contribuye a la innovación y a la creación del Espacio Europeo de la Investigación(1).

El quinto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos, aplicado en el período 1998-2002(2) ha subvencionado, en el marco de su acción clave Control de las enfermedades infecciosas, varios proyectos en los que participaron centros especializados en los coronavirus. La contribución de la Comunidad a estos proyectos se eleva a unos 3,5 millones de euros en total.

(1) Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de Investigación y a la innovación (2002-2006); DO L 232 de 29.8.2002.

(2) Decisión no 182/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de diciembre de 1998 relativa al quinto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos (1998-2002); DO L 26 de 1.2.1999.

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