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Document 92003E000692

PREGUNTA ESCRITA E-0692/03 de Konstantinos Hatzidakis (PPE-DE) a la Comisión. Espacios de enterramiento sanitario de desechos en Grecia.

DO C 242E de 9.10.2003, p. 164–164 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92003E0692

PREGUNTA ESCRITA E-0692/03 de Konstantinos Hatzidakis (PPE-DE) a la Comisión. Espacios de enterramiento sanitario de desechos en Grecia.

Diario Oficial n° 242 E de 09/10/2003 p. 0164 - 0164


PREGUNTA ESCRITA E-0692/03

de Konstantinos Hatzidakis (PPE-DE) a la Comisión

(7 de marzo de 2003)

Asunto: Espacios de enterramiento sanitario de desechos en Grecia

¿Podría indicar la Comisión que imagen tiene a propósito de la creación de espacios de enterramiento sanitario en Grecia?

¿Qué depósitos de desechos no cumplen las normas comunitarias?

¿Qué acciones ha emprendido con el fin de que Grecia se adecue a la legislación comunitaria?

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión

(3 de abril de 2003)

El vertido de residuos ha de realizarse con arreglo a la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975 relativa a los residuos(1), modificada por la Directiva 91/156/CEE del Consejo, de 18 de marzo de 1991(2), y a la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos(3).

Conforme a la información enviada por las autoridades griegas, en la actualidad existen 33 vertederos controlados que reciben alrededor del 33 % de los residuos municipales de Grecia. Otro 60 % se deposita en vertederos que no reúnen las condiciones establecidas en la normativa comunitaria. El plan nacional de gestión de residuos aprobado en el año 2000 fija el objetivo de adecuar los vertederos sanitarios a las especificaciones medioambientales y de rehabilitar aquellos que no están controlados o son ilegales.

Fundamentándose en esta información y a raíz de una larga serie de quejas sobre los emplazamientos incontrolados o ilegales de eliminación de residuos que no cumplen con la normativa comunitaria, la Comisión inició en julio de 2002 un procedimiento de infracción conforme al artículo 226 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Las autoridades griegas admitieron que aún se hallaban en funcionamiento 1 458 vertederos ilegales o incontrolados y afirmaron estar en vías de aprobar un nuevo plan de gestión de residuos. Según el calendario previsto, todos los vertederos ilegales quedarán clausurados a finales del año 2007 y serán sustituidos por instalaciones permanentes. Con este fin, las autoridades griegas han solicitado ayuda de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión. Varios vertederos se encuentran ahora en vías de autorización o de construcción en distintas regiones de Grecia.

La Comisión emitió en diciembre de 2002 un dictamen motivado con arreglo al artículo 226 del Tratado por el que instaba a Grecia a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE modificada. Si Grecia no cumple con las obligaciones que le incumben en virtud de la legislación comunitaria, la Comisión no dudará en llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia.

(1) DO L 194 de 25.7.1975.

(2) DO L 78 de 26.3.1991.

(3) DO L 182 de 16.7.1999.

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