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Document 52018BP1377

Resolución (UE) 2018/1377 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2016

DO L 248 de 3.10.2018, p. 235–239 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2018/1377/oj

3.10.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 248/235


RESOLUCIÓN (UE) 2018/1377 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 18 de abril de 2018

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2016

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2016,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0091/2018),

A.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

B.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo, «la Autoridad») para el ejercicio 2016 ascendió a 79 492 944 EUR, lo que representa una reducción del 1,10 %; que la totalidad del presupuesto de la Autoridad procede del presupuesto de la Unión;

C.

Considerando que el Tribunal de Cuentas, en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2016 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Observa con satisfacción que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2016 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 100 %, lo que representa un aumento del 0,19 % en comparación con el ejercicio 2015; constata, además, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 89,66 %, lo que representa un descenso del 0,45 % en comparación con 2015;

Compromisos y prórrogas

2.

Observa que las prórrogas de 2016 a 2017 ascendieron a 8 200 000 EUR y que estaban predominantemente relacionadas con infraestructuras y operaciones;

3.

Observa que las prórrogas pueden justificarse a menudo, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias y que no tienen por qué ser indicio de insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias, como tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad, en particular si se planifican con antelación y se comunican al Tribunal de Cuentas;

Política de personal

4.

Toma nota de la reducción, en 2016, de la plantilla de personal de la Autoridad en un 2 %, porcentaje correspondiente a siete puestos, lo que se tradujo en unos mayores esfuerzos de la Autoridad para establecer unos procedimientos más eficientes y eficaces; toma nota de que, a 31 de diciembre de 2016, del total de 470 puestos disponibles estaban cubiertos 450, entre los que figuraban puestos de funcionarios, agentes temporales, agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio;

5.

Observa que, a 31 de diciembre de 2016, en la plantilla de personal estaban cubiertos 320 de los 330 puestos para funcionarios y agentes temporales autorizados con cargo al presupuesto de la Unión, frente a 327 en 2015;

6.

Toma nota de que en 2016 el 74 % del personal se dedicó a actividades operativas, una cifra que, aunque sea ligeramente inferior al objetivo para ese año (75 %), supone una mejora con respecto a 2015;

7.

Observa con preocupación que, atendiendo al número total de puestos ocupados a 31 de diciembre de 2017, la relación de equilibrio de género fuera de un 60 % de puestos ocupados por mujeres y un 40 % ocupados por hombres; toma nota con preocupación que, en lo que a los puestos de dirección se refiere (puestos de gestión de nivel superior e intermedio), la balanza se invierte en todavía mayor medida; un 68 % de hombres y un 32 % de mujeres; pide a la Autoridad que, con carácter de urgencia, aspire a alcanzar un mejor equilibrio en cuanto al género en la composición del personal, en particular en los puestos de dirección;

8.

Constata con satisfacción que la Autoridad ha puesto en práctica actividades destinadas a optimizar los procesos de trabajo consumiendo menos recursos; reconoce, no obstante, el hecho de que en los próximos tres años el déficit de recursos se incrementará probablemente alrededor de veinte equivalentes a tiempo completo anuales, como consecuencia, por un lado, de una nueva reducción de la plantilla (-2 % en 2017 y - 1 % en 2018), y por otro, del previsible incremento de la carga de trabajo por las nuevas tareas en ciertas actividades básicas como los nuevos alimentos, los pesticidas y la categorización y vigilancia de las plagas vegetales;

9.

Señala que, de media, el personal de la Autoridad estuvo de baja por enfermedad durante 7,4 días en 2016; celebra que la Autoridad organizara una jornada externa para el personal, así como diversas jornadas sobre seguridad y actividades de salud; pide a la Autoridad que anime al personal a participar de manera más numerosa;

10.

Constata con satisfacción de que en junio de 2016 la Autoridad adoptó una política de protección de la dignidad de la persona y de prevención del acoso psicológico y sexual y organizó cursillos obligatorios para el personal, así como una sesión informativa anual que el personal formulase preguntas y familiarizarse con casos y escenarios concretos;

11.

Observa con satisfacción que en 2016 no se notificó, investigó ni llevó ante los tribunales ningún caso de acoso;

12.

Señala que la Autoridad no tiene ningún vehículo oficial;

Prevención y gestión de conflictos de intereses, transparencia y democracia

13.

Observa que el 21 de junio de 2017 el Consejo de Administración de la Autoridad adoptó una nueva política de independencia para garantizar la independencia de todos los profesionales involucrados en sus actividades científicas; observa que la nueva política incluye una nueva definición de conflicto de intereses, un conjunto exhaustivo de normas de incompatibilidad, incluida la prohibición de contratos de consultoría, y la obligación para los expertos de declarar la proporción de sus ingresos anuales percibidos de cualquier organización, empresa u organismo cuyas actividades entren en el ámbito de actuación de la Autoridad; observa, asimismo, que la Autoridad ha adoptado una serie de restricciones incondicionales a las inversiones financieras en operadores comerciales directa o indirectamente afectados por las contribuciones de la Autoridad; señala que dichos intereses se consideran incompatibles con cualquier participación como miembro de grupos de expertos, de grupos de trabajo, de reuniones de revisión inter pares y del comité científico de la Autoridad; observa que los expertos enviados por los Estados miembros deberá ahora cumplimentar el formulario de declaración de intereses;

14.

Expresa su preocupación por que el ámbito de la nueva política de independencia de la Autoridad, que únicamente tiene en cuenta los intereses relativos a cuestiones propias del mandato científico competente de la EFSA, en lugar de todos los intereses materiales relacionados con las empresas cuyos productos son evaluados por la Autoridad así como con las organizaciones financiadas por éstas, tal como había solicitado el Parlamento, siga siendo en exceso restrictivo, perpetuando de este modo la mayor limitación de la anterior política de independencia de la Autoridad;

15.

Expresa su preocupación por que la Autoridad haya ignorado reiteradamente los llamamientos del Parlamento a favor de la inclusión de la financiación de la investigación en la lista de intereses que debe cubrir el período de incompatibilidad de dos años, teniendo en cuenta que se trata de la principal fuente de conflictos de intereses financieros entre los expertos externos de la Autoridad;

16.

Expresa su preocupación por que la Autoridad no se atuviera a la resolución del Defensor del Pueblo Europeo de enero de 2015 en la que, observando que la Autoridad no había tomado debida cuenta de la naturaleza cambiante de las universidades en su normativa sobre conflictos de intereses y en sus formularios de declaración de intereses, le solicitaba que revisara la normativa en cuestión así como las instrucciones conexas y los formularios utilizados para sus declaraciones intereses para garantizar que los expertos académicos efectúen una declaración detallada de las relaciones financieras entre sus empleadores en las universidades y sus socios a escala industrial;

17.

Destaca que las normas de ejecución de la política de independencia de la Autoridad, aprobadas a finales de 2017, no subsanaron los citados problemas, y que la Autoridad no aprovechó la ocasión que brindó la revisión de su política de independencia para reforzar la prevención de futuros escándalos relacionados con conflictos de intereses;

18.

Pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación de su nueva política de independencia;

19.

Constata con satisfacción la completa puesta en funcionamiento, en 2016, de la función que garantiza el tratamiento centralizado de la gestión de intereses enfrentados en el seno de la unidad de asuntos jurídicos y reglamentarios de la Autoridad; observa, asimismo, que para finales de 2017 se prevé la adopción de nuevas normas de ejecución sobre la gestión de intereses enfrentados; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación de estas normas;

20.

Observa que en el caso de dos de los diecisiete miembros del personal estatutario que abandonaron la Autoridad en 2016 se aplicaron restricciones con el fin de evitar que se convirtieran en puntos de contacto entre la Autoridad y su nuevo empleador, que participaran en grupos de presión y desarrollaran actividades relacionadas con los expedientes en curso de la Autoridad; reconoce que los procedimientos internos no son suficientes para garantizar la independencia entre la Autoridad y la industria; observa que el personal que abandona su puesto está obligado a informar a la Autoridad sobre su futuro puesto de trabajo y cualquier posible conflicto de intereses;

21.

Toma nota de que la Autoridad sigue aplicando sus normas de 2014 sobre declaraciones de intereses, tramitando entre 7 000 y 8 000 declaraciones, en la misma línea que en ejercicios anteriores; constata con satisfacción que la Autoridad publica el resultado de sus controles de cumplimiento y veracidad como parte de su informe de actividad anual;

22.

Observa que en enero de 2016 la Autoridad adoptó un nuevo procedimiento normalizado de trabajo para la «Tramitación de las quejas presentadas por denunciantes de irregularidades» y recomienda que se imparta una sólida formación en cuanto a los derechos de los denunciantes y la normativa conexa de la Autoridad; pide a la Autoridad que se comprometa a proteger de manera estricta la identidad de sus denunciantes y a impedir que sean intimidados; pide a la Autoridad que facilite detalles sobre los casos de denuncias de irregularidades en 2016, de haberlos habido, y sobre cómo han sido tratados;

23.

Constata que se está elaborando un modelo de normas en materia de denuncia de irregularidades destinado a las agencias de la Unión y que tan pronto como la Comisión conceda a las mismas su aprobación formal, la Autoridad procederá a dicha aprobación; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la adopción y aplicación de estas directrices;

24.

Toma nota de que, en 2016, la Autoridad recibió 99 nuevas solicitudes de acceso a documentos y tramitó 118 solicitudes, concediendo pleno acceso a 23, mientras que en 76 casos decidió conceder acceso solo parcial a los documentos, denegando el acceso en 19 casos; pide a la Autoridad que atienda todas las solicitudes de esta índole con transparencia y espíritu abierto;

25.

Señala que, de las 118 solicitudes iniciales tramitadas en 2016, se denegó o concedió solo parcialmente el acceso a 26 documentos por motivos de protección de la intimidad y la integridad de la persona, a 40 por protección de los intereses comerciales, a 18 por no haber sido aún tomada ninguna decisión, y a uno por protección de los procedimientos judiciales y asesoramiento jurídico; confía en que la Autoridad, al adoptar decisiones sobre la limitación del acceso a documentos por motivos de protección de los intereses comerciales, también tenga en cuenta con seriedad el interés del ciudadano en preservar el rigor de las normas en materia de salud y seguridad alimentaria, aplicando asimismo todas las normas y reglamentaciones pertinentes;

26.

Observa que un grupo de diputados al Parlamento Europeo presentó una demanda contra la Autoridad por entender que esta limita el acceso a documentación sobre el caso del glifosato; confía en que la Autoridad ejecute en su integridad la resolución del Tribunal después de que se haga pública; celebra la reciente constitución (2) de la comisión especial del Parlamento Europeo sobre el procedimiento de autorización de pesticidas en la Unión, que se produjo como respuesta a las preocupaciones suscitadas por los riesgos planteados por la sustancia herbicida conocida como glifosato;

27.

Considera que la Autoridad debería seguir prestando especial atención a la opinión pública y comprometerse con la apertura y la transparencia; celebra, en este sentido, que en 2016 el repositorio de datos científicos de la Autoridad ampliara el acceso a las pruebas en que se basan sus evaluaciones científicas al hacer públicas varias colecciones de datos sobre plaguicidas, contaminantes, riesgos químicos, composición de los alimentos, caracterización molecular y sustancias vegetales; toma nota de que la revista de la Autoridad se transfirió a la plataforma de una editorial científica internacional en aras de un mayor alcance y calidad de la publicación; toma nota de que se revisaron las recomendaciones de la Autoridad en materia de autoría de las contribuciones científicas al objeto de una mayor transparencia y apertura; observa, asimismo, que la Autoridad puso en marcha «Knowledge Junction» (Encrucijada del saber), un registro abierto para el intercambio de pruebas y datos complementarios utilizados en el análisis del riesgo en materia de seguridad alimentaria y de los piensos; alienta a la Autoridad a seguir avanzando en este sentido;

Principales logros

28.

Acoge con satisfacción los tres principales logros constatados por la Autoridad en 2016, a saber:

la aplicación de la Estrategia 2020, incluido un plan de ejecución plurianual, centrada en resultados clave y apuntalada por un marco de rendimiento global, junto con la documentación detallada de planificación y programación;

la ejecución de las medidas de transparencia y compromiso como, por ejemplo, el proyecto de «Transparencia y participación en la evaluación de riesgos», con el lanzamiento de un nuevo enfoque de compromiso con las partes interesadas y la publicación del Diario de la AESA, que asegura la divulgación efectiva de las contribuciones científicas y ofrece acceso a las evaluaciones de riesgo de la Autoridad;

el lanzamiento de instrumentos de prueba y de datos abiertos para toda la comunidad científica internacional;

Controles internos

29.

Toma nota de que la estructura de auditoría interna de la Autoridad realizó los encargos de fiabilidad y otras tareas especiales, según lo previsto en el plan anual de auditoría aprobado por el Comité de Auditoría de la Autoridad; observa que los encargos de auditoría incluyeron la auditoría sobre gobernanza empresarial y el papel de los expertos en el proceso de toma de decisiones científicas, la validación de los derechos de acceso de los usuarios concedidos en el sistema de contabilidad ABAC (sistema de contabilidad de ejercicio), dos informes de seguimiento sobre auditorías pendientes, y recomendaciones de la estructura de auditoría interna de la Autoridad, el Servicio de Auditoría Interna (SAI) y el Tribunal de Cuentas;

30.

Señala que, con arreglo a la estructura de auditoría interna de la Autoridad, el sistema de control interno de esta ofrece garantías razonables por lo que respecta a la consecución de los objetivos operativos establecidos para los procesos auditados; observa que se formuló una recomendación «muy importante» sobre publicación y transparencia de los procesos de toma de decisiones científicas; pide a la Autoridad que garantice que esta recomendación se siga y que los resultados se comuniquen a la autoridad de aprobación de la gestión;

31.

Observa que, según el informe del Tribunal, la Autoridad todavía no ha implantado una estrategia de control financiero ex post clara y completa que abarque todos los ámbitos de operaciones y precise la frecuencia y el alcance de los controles de ese tipo; toma nota de que la Autoridad está trabajando para implantar un sistema más eficaz de gobernanza que garantice la credibilidad y perfeccionado su marco de control interno; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas para subsanar las deficiencias de su sistema de control interno;

Auditoría interna

32.

Constata, a raíz del informe del Tribunal, que en su informe de auditoría de noviembre de 2016, el Servicio de Auditoría Interna llegó a la conclusión de que los controles aplicados a la gestión de proyectos informáticos eran apropiados, pero señaló insuficiencias significativas en la gobernanza informática; observa que recomendó a la Autoridad que actualizara su política de gobernanza informática, que introdujera para toda la organización un marco de gestión del riesgo informático y un registro de riesgos y que separara de la unidad informática la función de la seguridad de la información; observa con satisfacción que la Autoridad y el Servicio de Auditoría Interna han acordado un plan para aplicar medidas correctoras; constata, por la respuesta de la Autoridad, que, por lo que se refiere a la gobernanza informática, la mayoría de las medidas se han ejecutado y que está previsto ejecutar las medidas restantes para finales de 2017; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación del plan de acción;

Rendimiento

33.

Toma nota de que la Autoridad estableció o prolongó actividades científicas conjuntas e iniciativas de cooperación con una serie de organizaciones asociadas a escala europea, incluida la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC); toma nota, asimismo, de que la Autoridad llevó a cabo intercambios de cooperación adicionales con varias agencias internacionales asociadas; toma nota con satisfacción de que esa cooperación tiene por objeto compartir métodos y enfoques para mejorar la seguridad alimentaria, incluidos los métodos para una mejor evaluación de los riesgos, la rápida detección de riesgos emergentes y el intercambio de datos sobre temas de interés común;

34.

Observa que la Autoridad desarrolló un marco de rendimiento que: (1) vincula los objetivos estratégicos a su cartera de proyectos y procesos, así como a sus recursos; y (2) incluye un conjunto de indicadores clave de rendimiento para efectuar un seguimiento de los progresos y resultados a nivel de recursos, realizaciones, resultados y repercusiones;

35.

Reconoce que la Autoridad ha emprendido una serie de iniciativas para limitar los tiempos de desplazamiento de los expertos, incluyendo la promoción del uso de herramientas informáticas, con el fin de mejorar la eficacia;

Otros comentarios

36.

Toma nota con satisfacción que la Autoridad ha puesto en marcha un sistema de gestión ecológica que documenta sus procesos con el fin de mejorar la eficiencia, reducir los residuos y los costes y que dicho sistema ha obtenido la certificación ISO 14001: 2004; observa que en febrero de 2017 la Autoridad obtuvo asimismo el registro del sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS);

37.

Constata con satisfacción que la Autoridad se ha adherido al Grupo Interinstitucional sobre Gestión Medioambiental (GIME) con el objeto de desarrollar un plan conjunto sobre medidas para la reducción efectiva de las emisiones de CO2 y para la recopilación de datos comunes que permitan la comparación de las emisiones de CO2 entre los diferentes organismos de la Unión;

38.

Toma nota de que está plenamente en marcha una cooperación estrecha con la DG SANTE de la Comisión de cara a su preparación en relación con la salida del Reino Unido de la Unión; destaca, no obstante, que persiste una incertidumbre crítica en relación con la disponibilidad futura de recursos que obstaculiza la exhaustiva preparación de la Autoridad para su programación posterior a 2020; pide a la Autoridad que mantenga un enfoque proactivo al respecto, anticipándose a posibles problemas en lugar de esperar antes de reaccionar;

39.

Observa que la Autoridad es muy consciente de los riesgos financieros derivados de la decisión del Reino Unido de abandonar la Unión (como son por ejemplo una menor disponibilidad presupuestaria, problemas diversos con los contratos vigentes y nuevos y con los pagos relacionados con los mismos y las prestaciones por desempleo), y también de los riesgos operativos, como la contratación de nacionales del Reino Unido en calidad de funcionarios o de expertos, el acceso a entidades del Reino Unido para servicios e información y datos, los cambios en los volúmenes de trabajo y los derechos de acceso a la documentación;

40.

Observa con preocupación que las agencias reguladoras de la Unión responsables de la evaluación del riesgo de productos regulados, en particular la ECHA, carecen de recursos suficientes para cumplir con su misión de forma eficaz; afirma que, por ello, debe dotarse a la Autoridad y a la ECHA de recursos suficientes para llevar a cabo sus cometidos específicos;

41.

Acoge con satisfacción la contribución de la Autoridad a la seguridad de la cadena alimentaria humana y animal de la Unión, así como la importante labor realizada para ofrecer a los gestores de riesgos de la Unión un asesoramiento científico amplio, independiente y actualizado sobre cuestiones relacionadas con la cadena alimentaria, comunicar al público con claridad sus resultados y la información en la que se basan y colaborar con las partes interesadas y los socios institucionales con miras a promover la coherencia y la confianza en el sistema de seguridad alimentaria de la Unión;

42.

Subraya que la Autoridad ha elaborado 481 contribuciones científicas, informes técnicos y publicaciones de otro tipo, y dado respuesta a 382 preguntas científicas; observa que el volumen de contribuciones y preguntas a las que se ha dado fin en el plazo previsto es inferior al objetivo para 2016, y que la prestación a tiempo de asesoramiento científico sigue siendo susceptible de mejora;

43.

Toma nota de que en 2016 la Autoridad adoptó la estrategia denominada «EFSA Strategy 2020: trusted science for safe food» (Estrategia 2020 de la EFSA — Una ciencia de confianza para una alimentación segura), la cual gira en torno a cinco objetivos estratégicos: priorizar el compromiso de la población y de las partes interesadas con el proceso de evaluación científica, ampliar la base factual de la Autoridad y optimizar el acceso a sus datos, consolidar la capacidad de evaluación científica y la comunidad de conocimiento de la Unión, prepararse para los retos futuros en materia de evaluación de riesgos y crear un entorno y una cultura que reflejen los valores de la Autoridad;

44.

Pide a la Comisión que inicie un debate con las partes interesadas pertinentes para examinar la legislación de la Unión relativa a la evaluación de riesgos por lo que respecta a los alimentos, los productos químicos y los productos relacionados, así como la eficacia de dicha legislación;

45.

Subraya que la Autoridad llevó a cabo en 2016 una revisión de su Plataforma Consultiva de Partes Interesadas, la cual dejó de existir para ser sustituida por un nuevo enfoque para la participación de partes interesadas, y que a finales de 2016 más de ochenta organizaciones habían mostrado interés en adherirse a este nuevo marco;

46.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 18 de abril de 2018 (3) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)  DO C 443 de 29.11.2016, p. 15.

(2)  Véase la Decisión del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre la constitución, competencias, composición numérica y duración del mandato de una comisión especial sobre el procedimiento de autorización de la Unión para los plaguicidas (Textos Aprobados, P8_TA(2018)0022).

(3)  Textos Aprobados, P8_TA(2018)0133 (véase la página 393 del presente Diario Oficial).


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