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Document 52011XG1220(03)

Conclusiones del Consejo sobre las competencias culturales y creativas y su papel en la creación del capital intelectual de Europa

OJ C 372, 20.12.2011, p. 19–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 372/19


Conclusiones del Consejo sobre las competencias culturales y creativas y su papel en la creación del capital intelectual de Europa

2011/C 372/05

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO:

la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (1),

las conclusiones del Consejo, de 22 de mayo de 2008, sobre las competencias interculturales (2),

las conclusiones del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, sobre la promoción de una generación creativa: desarrollar la creatividad y la capacidad innovadora de los niños y de los jóvenes a través de la expresión cultural y del acceso a la cultura (3),

la Decisión del Consejo, de 21 de octubre de 2010, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros, y en particular la octava orientación (4),

las conclusiones del Consejo sobre la Iniciativa emblemática de Europa 2020 «Unión por la innovación»: Acelerar la transformación de Europa mediante la innovación en un mundo en rápida transformación (2010) (5),

la Recomendación del Consejo, de 28 de junio de 2011, relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro (6),

las conclusiones del Consejo sobre la contribución de la cultura a la aplicación de la Estrategia Europa 2020 (7),

otros textos relacionados con el asunto de referencia que se mencionan en el anexo I de las presentes conclusiones, así como las prácticas idóneas y las informaciones presentadas durante la conferencia titulada «Competencias en la cultura» (Varsovia, del 18 al 20 de julio de 2011) (8).

CONSIDERA QUE:

las competencias culturales y creativas incluyen la competencia clave de la conciencia y expresión (9) culturales y las competencias interculturales (10).

HACE HINCAPIÉ EN QUE:

las competencias culturales y creativas comprenden la capacidad de adquirir, utilizar y cambiar la cultura y, por consiguiente, son de vital importancia para que florezcan en Europa culturas diversas y se preserve y proteja su riqueza,

la competencia clave de conciencia y expresión culturales tiene una importante dimensión de aprendizaje permanente y, al tratarse de una importante competencia transversal, es crucial para la adquisición de otras competencias clave para el aprendizaje permanente,

las competencias culturales y creativas son apoyadas por diferentes programas e iniciativas en los Estados miembros, programas que contribuyen a la consecución de los objetivos de múltiples políticas,

no obstante, para mejorar la cooperación transversal es necesario crear un ambiente marco de condiciones más favorable al desarrollo de asociaciones creativas cada vez más eficaces (11).

CONVIENE EN QUE las competencias culturales y creativas fundamentan la creatividad y la innovación, que a su vez impulsan un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Esto es debido a que esas competencias pueden contribuir a:

crear capital intelectual (12), que se reconoce cada vez más como nueva fuente de crecimiento y competitividad en Europa,

todas las formas de innovación, sobre todo la social y no tecnológica (13), por sus repercusiones en la producción y la demanda, y en el éxito de diseño, de producción y de mercado de los productos y servicios innovadores,

el desarrollo —y maximización de los efectos expansivos a otros ámbitos— de las industrias culturales y creativas, ya que se encarnan en las competencias de los artistas y creadores, y en las audiencias y los consumidores,

la educación, la formación y la preparación para los empleos, también los que requieren altas cualificaciones y competencias sociales, para la capacidad de inserción profesional en todas las fases pertinentes de la vida y para el funcionamiento eficiente y el desarrollo de las empresas,

un mejor nivel de formación en su conjunto, la reducción del abandono escolar y la mejora de las perspectivas de integración social, ya que todo ello tiene repercusiones importantes en la motivación y la socialización y permite que los alumnos descubran y desarrollen sus capacidades.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS A:

concienciar sobre las actividades pertinentes y reconocerlas, y difundir buenas prácticas entre los responsables políticos, las entidades culturales y educativas, las empresas y las organizaciones no gubernamentales a escala nacional, regional y local, especialmente en relación con las competencias clave de conciencia y expresión culturales, en particular para:

adquirir otras competencias clave para el aprendizaje permanente,

reducir el abandono escolar,

impulsar la capacidad de inserción profesional y la productividad con una perspectiva de aprendizaje permanente,

cumplir los objetivos del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»), y, en particular, su objetivo estratégico no 4 (14),

promover la creatividad y la innovación, sobre todo la innovación no tecnológica,

diseñar políticas eficaces para la juventud,

alcanzar los objetivos de la educación infantil y de las políticas de asistencia,

mejorar la cohesión e integración sociales de distintos grupos beneficiarios potenciales,

desarrollar actitudes con efectos positivos en la vida social y profesional y que aumenten la calidad de vida, mejoren las perspectivas de integración social y promuevan estilos de vida sostenibles,

actuar, al nivel más adecuado, con vistas al surgimiento de asociaciones creativas con objeto de desarrollar las competencias culturales y creativas,

abordar los temas relativos al desarrollo social y económico explorando mejor la metodología empleada por los programas a largo plazo establecidos por las entidades culturales y educativas y las organizaciones no gubernamentales, en particular en los marcos experimentales educativos con objeto de elevar el atractivo de las escuelas y mejorar la motivación de los alumnos.

INVITA A LA COMISIÓN A QUE:

cuando aplique sus actividades y programas actuales y futuros, sin perjuicio de los debates en torno al próximo marco financiero plurianual:

respalde las asociaciones creativas destinadas a fomentar las competencias culturales y creativas,

tome en consideración las necesidades específicas y la importancia de un apoyo para las pequeñas empresas y microempresas culturales y creativas, en particular las de reciente creación y las dirigidas por jóvenes empresarios,

aumente el apoyo a la movilidad y a la formación (y formación de formadores) transfronteriza en materia de desarrollo de la cooperación entre la cultura y la educación para artistas, profesores, trabajadores y dirigentes de asociaciones juveniles, así como voluntarios,

facilite periódicamente información sobre la investigación y los estudios pertinentes para la cooperación europea en el ámbito de la cultura realizados según los programas de investigación e innovación de la UE,

al aplicar la iniciativa emblemática «Unión por la Innovación», incluido el Foro Europeo de Actividades de Futuro, tenga en cuenta las competencias culturales y creativas como factor de los desafíos sociales actuales, el desarrollo del capital intelectual de Europa, y la innovación social,

colabore con los Estados miembros para ver cómo mejorar los indicadores existentes en materia de educación sin dejar de prestar especial atención a los ámbitos de la creatividad, la innovación y el espíritu de empresa (15),

con el fin de mejorar el desarrollo de las competencias culturales y creativas y sus efectos positivos.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN, EN SUS ÁMBITOS RESPECTIVOS, y sin perjuicio de los debates en torno al futuro marco financiero plurianual, a:

aumentar la integración y el reconocimiento de las posibilidades que la conciencia y la expresión culturales tienen en el aprendizaje permanente, las políticas y programas dedicados a la juventud, en particular el trabajo de mayor reconocimiento de las competencias adquiridas con el aprendizaje informal y no formal,

conceder mayor prioridad al aprendizaje intercultural y a las asociaciones creativas en su cooperación con terceros países, especialmente en los programas para jóvenes,

utilizar plenamente las redes de información existentes para dar información más precisa sobre las actividades que desarrollan eficazmente las competencias culturales y creativas en los jóvenes,

adoptar la contribución de las competencias culturales y creativas como base para unos empleos sostenibles y para la innovación social con objeto de hacer pleno uso de las posibilidades que ofrecen la iniciativa emblemática «Unión por la innovación» y el programa del Fondo Social Europeo,

en su caso, reforzar aún más la infraestructura cultural (16) mediante inversiones, en particular a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional,

realizar más investigaciones para estudiar las repercusiones posibles y las que tienen de hecho las competencias culturales y creativas sobre los puntos que contempla el primer inciso de la parte que comienza por «invita a los Estados miembros a:»,

velar por que los grupos de expertos en materia de cultura y educación, así como otros grupos de expertos, y los grupos del método abierto de coordinación (MAC), adopten las medidas indicadas en el anexo II de las presentes Conclusiones,

contribuir al Informe de situación del MAC en el marco del informe sobre la Juventud de la UE de 2012 en el que se valora el primer ciclo trienal de la Estrategia de la UE para la juventud, y a los informes posteriores en el ámbito de actuación de «Creatividad y cultura»,

intercambiar información sobre los efectos prácticos de las presentes Conclusiones del Consejo, en particular en el marco del informe definitivo sobre los resultados del Plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014).


(1)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.

(2)  DO C 141 de 7.6.2008, p. 14.

(3)  DO C 301 de 11.12.2009, p. 9.

(4)  DO L 308 de 24.11.2010, p. 46.

(5)  Doc. 17165/10.

(6)  DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

(7)  DO C 175 de 15.6.2011, p. 1.

(8)  http://competencesinculture.pl/en/

(9)  «Apreciación de la importancia de la expresión creativa de ideas, experiencias y emociones a través de distintos medios, incluida la música, las artes escénicas, la literatura y las artes plásticas». La Recomendación 2006/962/CE sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente especifica los conocimientos, aptitudes y actitudes esenciales relacionados con esta competencia.

(10)  «Los conocimientos, las capacidades y actitudes de particular importancia para las competencias interculturales son los relacionados con las siguientes competencias clave: comunicación en lenguas extranjeras, competencias sociales y cívicas, y conciencia y expresión culturales». (Conclusiones del Consejo de 22 de mayo de 2008 sobre competencias interculturales).

(11)  «Las asociaciones creativas entre la cultura y sectores como la educación y formación, el de los negocios, la investigación y el sector público hacen posible la transferencia de competencias creativas del sector cultural a otros sectores». (Fuente: conclusiones del Consejo sobre el plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014).

(12)  El capital intelectual podría definirse como el total de los activos intangibles de personas, empresas, comunidades, regiones e instituciones que, si se utilizan adecuadamente, puede ser fuente del bienestar presente y futuro del país. El capital intelectual está compuesto por los capitales social, humano, relacional y estructural.

(13)  «La innovación social trata de utilizar la ingeniosidad de las organizaciones caritativas, las asociaciones y los emprendedores sociales para encontrar nuevas formas de satisfacer las necesidades sociales que no están adecuadamente cubiertas por el mercado o el sector público al objeto de producir los cambios de comportamiento necesarios para resolver los principales retos de la sociedad». (Fuente: Comunicación de la Comisión «Iniciativa emblemática de Europa 2020 — Unión por la innovación»).

(14)  Objetivo estratégico no 4: incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación.

(15)  Véase el apartado 4 de la página 6 de las conclusiones del Consejo de 12 de mayo de 2009 sobre el marco estratégico para la cooperación europea en materia de educación y formación.

(16)  La infraestructura cultural, en su dimensión física y digital, constituye un material básico para la participación y actividad cultural. Entre otros ejemplos cabe citar las galerías, los museos, los centros culturales, las bibliotecas, los espacios polivalentes y sus equivalentes virtuales en el entorno digital.


ANEXO I

Otros textos relacionados con el asunto de referencia:

Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (1),

Recomendación del Consejo, de 13 de julio de 2010, sobre orientaciones generales de las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión, especialmente la cuarta orientación (2),

Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014) (3),

Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010, sobre el acceso de los jóvenes a la cultura (4),

Resolución del Consejo de 21 de noviembre de 2008, relativa a una estrategia europea en favor del multilingüismo (5),

Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre la cultura como catalizador de la creatividad y la innovación (6),

Resolución del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, relativa a un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) (7),

Informe final del Grupo para el desarrollo de sinergias con la educación, especialmente la educación artística y la cultura (8),

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones: Iniciativa emblemática de Europa 2020 — Unión por la innovación (9),

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones — Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo (10).


(1)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(2)  DO L 191 de 23.7.2010, p. 28.

(3)  DO C 325 de 2.12.2010, p. 1.

(4)  DO C 326 de 3.12.2010, p. 2.

(5)  DO C 320 de 16.12.2008, p. 1.

(6)  Doc. 8749/1/09 REV 1.

(7)  DO C 311 de 19.12.2009, p. 1.

(8)  http://ec.europa.eu/culture/key-documents/doc/MOCedu_final_report_en.pdf

(9)  Doc. 14035/10.

(10)  Doc. 17066/1/10 REV 1.


ANEXO II

Medidas específicas que deberán adoptarse respecto de los grupos de expertos, incluidos los grupos del método abierto de coordinación:

el futuro Grupo del MAC sobre fomento de las asociaciones creativas (1) habrá de tener en cuenta las asociaciones creativas destinadas a impulsar la conciencia y la expresión culturales y su contribución al éxito del ET 2020,

el futuro Grupo MAC sobre desarrollo de la competencia clave «conciencia y expresión culturales» (2) considerará las presentes Conclusiones en el contexto de la adquisición de otras competencias clave para el aprendizaje permanente y la reducción del abandono escolar prematuro,

los dos Grupos citados pondrán en común el resultado de sus trabajos con los Grupos pertinentes de otros ámbitos, así como con aquellos que traten el reconocimiento del aprendizaje informal, de aprender a aprender y de competencias creativas, aptitudes cívicas y ciudadanía activa, alfabetización mediática, utilización de las tecnologías de la información en la enseñanza, educación empresarial y abandono escolar prematuro, y cooperarán con estos Grupos, siempre que sea posible, mediante el intercambio de informes de reuniones y de reuniones de Presidencias,

todos los Grupos de que se trata serán vectores activos de divulgación de los resultados de los trabajos sobre las prácticas idóneas y la investigación correspondiente emprendidos tanto a escala de los Estados miembros como de la UE.


(1)  Plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014), prioridad C.

(2)  Plan de trabajo en materia de cultura (2011-2014), prioridad A.


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