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Document 32022H0901(13)

Recomendación del Consejo, de 12 de julio de 2022, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2022 de Chipre y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2022 de Chipre

ST/9760/2022/INIT

DO C 334 de 1.9.2022, p. 104–111 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.9.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 334/104


RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 12 de julio de 2022

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2022 de Chipre y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2022 de Chipre

(2022/C 334/13)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el dictamen del Comité de Empleo,

Visto el dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), por el que se estableció el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, entró en vigor el 19 de febrero de 2021. Dicho Mecanismo proporciona ayuda financiera a la realización de reformas y a la inversión, lo que implica un impulso presupuestario financiado por la Unión. El Mecanismo contribuye a la recuperación económica y a la realización de inversiones y reformas sostenibles y favorables al crecimiento, particularmente con el fin de promover las transiciones ecológica y digital, al mismo tiempo que refuerza la resiliencia y el crecimiento potencial de las economías de los Estados miembros. También contribuye a reforzar la sostenibilidad de las finanzas públicas e impulsar el crecimiento y la creación de empleo a medio y largo plazo. La contribución financiera máxima por Estado miembro en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia se actualizará en junio de 2022, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241.

(2)

El 24 de noviembre de 2021, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2022 para la coordinación de las políticas económicas. La Comisión tuvo debidamente en cuenta el Compromiso Social de Oporto suscrito el 7 de mayo de 2021 con el fin de impulsar la aplicación del pilar europeo de derechos sociales proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. El 25 de marzo de 2022, el Consejo Europeo aprobó las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible de 2022. El 24 de noviembre de 2021, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Chipre como uno de los Estados miembros para los cuales sería necesario un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión también adoptó una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro, así como una propuesta de Informe Conjunto sobre el Empleo para 2022, en el que se analiza la aplicación de las orientaciones de empleo y los principios del pilar europeo de derechos sociales. El 5 de abril de 2022, el Consejo adoptó la Recomendación sobre la política económica de la zona del euro (4) (en lo sucesivo «Recomendación de 2022 sobre la zona del euro») y el 14 de marzo de 2022, el Informe Conjunto sobre el Empleo para 2022.

(3)

La invasión de Ucrania por parte de Rusia, tras la pandemia mundial, ha alterado significativamente el contexto geopolítico y económico. Entre las repercusiones de la invasión sobre las economías de los Estados miembros figura un aumento de los precios de la energía, de los alimentos y de las materias primas, así como menores perspectivas de crecimiento. Los mayores precios de la energía pesan de manera particularmente aguda sobre los hogares más vulnerables confrontados a una situación de pobreza energética o en riesgo de caer en dicha situación, así como sobre las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía. Asimismo, en la Unión está habiendo una entrada sin precedentes de personas que huyen de Ucrania. Los efectos económicos derivados de la guerra de agresión de Rusia han tenido un impacto asimétrico en los Estados miembros. En este contexto, el 4 de marzo de 2022 se activó por primera vez la Directiva 2001/55/CE del Consejo (5) mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo (6), por la que se concede a las personas desplazadas procedentes de Ucrania el derecho a permanecer de forma legal en la Unión, así como el acceso a la educación y la formación, al mercado de trabajo, a la asistencia sanitaria, a la vivienda y a las prestaciones sociales.

(4)

Teniendo en cuenta la rápida evolución de la situación económica y geopolítica, en 2022, el Semestre Europeo reanuda su coordinación general de las políticas económicas y de empleo, al mismo tiempo que se ajusta a los requisitos de ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible de 2022. La ejecución de los planes de recuperación y resiliencia adoptados es esencial para la consecución de las prioridades de actuación en el marco del Semestre Europeo, ya que dichos planes abordan la totalidad o una parte significativa de las recomendaciones específicas por país emitidas en los ciclos del Semestre Europeo de 2019 y 2020. Las recomendaciones específicas por país de 2019 y 2020 siguen siendo igualmente pertinentes para los planes de recuperación y resiliencia revisados, actualizados o modificados de conformidad con los artículos 14, 18 y 21 del Reglamento (UE) 2021/241, añadiéndose a cualquier otra recomendación específica por país formulada hasta la fecha de presentación de tales planes de recuperación y resiliencia revisados, actualizados o modificados.

(5)

La cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento ha estado activa desde marzo de 2020. En su Comunicación, de 3 de marzo de 2021, titulada «Un año después de la pandemia de COVID-19: respuesta en materia de política presupuestaria», la Comisión expuso su punto de vista de que la decisión relativa a la desactivación o el mantenimiento en vigor de la cláusula general de salvaguardia debe basarse en una evaluación global de la situación de la economía, utilizando como criterio cuantitativo clave la comparación del nivel de actividad económica en la Unión o en la zona del euro con los niveles anteriores a la crisis (final de 2019). La mayor incertidumbre y los importantes riesgos a la baja de las perspectivas económicas en el contexto de la guerra en Europa, las subidas sin precedentes de los precios de la energía y las continuas perturbaciones de la cadena de abastecimiento justifican la prórroga de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento durante 2023.

(6)

Siguiendo el enfoque de la Recomendación del Consejo, de 18 de junio de 2021 (7), por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2021 de Chipre, actualmente la orientación presupuestaria global se mide mejor mediante la variación del gasto primario (excluidas las medidas discrecionales en materia de ingresos y las medidas de emergencia temporales relativas a la crisis de la COVID-19), aunque incluidos los gastos financiados por ayudas no reembolsables (subvenciones) procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión, en relación con el crecimiento potencial a medio plazo (8). Más allá de la orientación presupuestaria global, con el fin de evaluar si la política presupuestaria nacional es prudente y su composición es favorable a una recuperación sostenible compatible con las transiciones ecológica y digital, también se presta atención a la evolución de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional (9) (excluidas las medidas discrecionales en materia de ingresos y las medidas de emergencia temporales relativas a la crisis de la COVID-19) y a la inversión.

(7)

El 2 de marzo de 2022, la Comisión adoptó una comunicación en la que proporcionaba orientaciones generales para la política presupuestaria en 2023 (en lo sucesivo, «orientaciones presupuestarias») encaminadas a respaldar la elaboración de los programas de estabilidad y de convergencia de los Estados miembros, reforzando de esta forma la coordinación de las políticas. La Comisión observó, sobre la base de las perspectivas macroeconómicas de las previsiones del invierno de 2022, que en 2023 sería apropiado pasar de una orientación presupuestaria agregada expansionista en 2020-2022 a una orientación presupuestaria agregada globalmente neutra, manteniendo en cualquier caso la disposición a reaccionar en función de la cambiante situación económica. La Comisión anunció que las recomendaciones presupuestarias para 2023 deberían seguir distinguiendo entre Estados miembros y teniendo en cuenta posibles contagios de los efectos entre países. La Comisión invitó a los Estados miembros a reflejar las orientaciones en sus programas de estabilidad o de convergencia. La Comisión se comprometió a realizar un estrecho seguimiento de la evolución económica y a ajustar sus orientaciones según fuera necesario y, a más tardar, en su paquete de primavera del Semestre Europeo de finales de mayo de 2022.

(8)

Con respecto a las orientaciones presupuestarias, las recomendaciones presupuestarias para 2023 tienen en cuenta el deterioro de las perspectivas económicas, la mayor incertidumbre y los nuevos riesgos a la baja y la mayor inflación en comparación con las previsiones del invierno de 2022 de la Comisión. A la luz de estas consideraciones, la respuesta presupuestaria tiene que impulsar la inversión pública en relación con las transiciones ecológica y digital y la seguridad energética, y sostener el poder adquisitivo de los hogares más vulnerables con objeto de amortiguar los efectos de la subida de los precios de la energía y contribuir a limitar las presiones inflacionistas derivadas de efectos inducidos a través de medidas selectivas y temporales. La política presupuestaria ha de seguir siendo ágil con el fin de ajustarse a las circunstancias rápidamente cambiantes, incluidos los retos derivados de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania en materia de defensa y seguridad, y tiene que distinguir entre Estados miembros atendiendo a su situación presupuestaria y económica específica, también en lo que respecta a su exposición a la crisis y la entrada de personas desplazadas procedentes de Ucrania.

(9)

El 17 de mayo de 2021, Chipre presentó su Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. En virtud del artículo 19 de dicho Reglamento, la Comisión ha evaluado la pertinencia, eficacia, eficiencia y coherencia del Plan de Recuperación y Resiliencia, de conformidad con las directrices de evaluación establecidas en el anexo V del citado Reglamento. El 20 de julio de 2021, el Consejo adoptó su Decisión de Ejecución relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de Chipre (10). El desembolso de tramos está supeditado a la adopción de una decisión de la Comisión de conformidad con el artículo 24, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/241, a tenor de la cual Chipre haya cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución del Consejo. El cumplimiento satisfactorio presupone que no se haya retrocedido en los avances ya realizados hacia el logro de hitos y objetivos precedentes.

(10)

El 5 de mayo de 2022, Chipre presentó su Programa Nacional de Reformas de 2022 y, el 2 de mayo de 2022, su Programa de Estabilidad de 2022, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 1466/97. Para tener en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han evaluado conjuntamente. De conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) 2021/241, el Programa Nacional de Reformas de 2022 también refleja el informe semestral de Chipre sobre los avances realizados en la ejecución de su Plan de Recuperación y Resiliencia.

(11)

La Comisión publicó el informe por país de 2022 correspondiente a Chipre el 23 de mayo de 2022. Evaluó los avances de Chipre en el seguimiento de las recomendaciones que le dirigió el Consejo en 2019, 2020 y 2021 e hizo balance de la ejecución de su Plan de Recuperación y Resiliencia, basándose en el cuadro de indicadores sobre recuperación y resiliencia. Partiendo de este análisis, el informe sobre Chipre detectó deficiencias en relación con retos que no se abordan o se abordan solo parcialmente en el Plan de Recuperación y Resiliencia, así como retos nuevos y emergentes, como los derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia. Asimismo, evaluó los avances de Chipre en la ejecución del pilar europeo de derechos sociales y en el logro de los objetivos principales de la Unión en materia de empleo, capacidades y reducción de la pobreza, así como los avances hacia el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

(12)

La Comisión realizó un examen exhaustivo sobre Chipre de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 y publicó sus resultados el 23 de mayo de 2022. La Comisión concluyó que Chipre está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, el gran déficit por cuenta corriente se deterioró significativamente durante la crisis de la COVID-19, suponiendo una carga adicional para la ya elevada deuda externa, pública y privada, mientras que los préstamos dudosos en el sector financiero siguen siendo elevados, a pesar de su significativa reducción.

(13)

En su Recomendación de 20 de julio de 2020 (11), el Consejo recomendó a Chipre que adoptara en 2020 y 2021 todas las medidas necesarias, en consonancia con la cláusula general de salvaguardia, para combatir la pandemia de COVID-19, sostener la economía y respaldar la posterior recuperación de forma eficaz. Asimismo, le recomendó que, cuando las condiciones económicas lo permitan, aplique políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y a garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que fomentan la inversión. Según los datos validados por Eurostat, el déficit público de Chipre se redujo del 5,8 % del PIB en 2020 al 1,7 % en 2021. La respuesta de política presupuestaria de Chipre respaldó la recuperación económica en 2021, mientras que las medidas de emergencia temporales disminuyeron del 3,6 % del PIB en 2020 al 3,0 % en 2021. Las medidas adoptadas por Chipre en 2021 se ajustaron a la Recomendación del Consejo de 20 de julio de 2020. Las medidas presupuestarias discrecionales adoptadas por el Gobierno en 2020 y 2021 eran temporales o estaban contrarrestadas por medidas compensatorias. Según los datos validados por Eurostat, la deuda de las Administraciones Públicas se redujo del 115,0 % del PIB en 2020 al 103,6 % del PIB en 2021.

(14)

El escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias del Programa de Estabilidad de 2022 es realista. El Gobierno prevé que el PIB real aumente un 2,7 % en 2022 y un 3,8 % en 2023. En comparación, según las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 el crecimiento del PIB real sería inferior (2,3 % en 2022 y 3,5 % en 2023), debido principalmente a la previsión de una menor demanda exterior en las previsiones de la Comisión, lo que supone una contribución negativa de las exportaciones netas en comparación con una moderada en el Programa de Estabilidad de 2022. En su Programa de Estabilidad de 2022, el Gobierno prevé que Chipre alcance una situación presupuestaria equilibrada en 2022 y un superávit presupuestario del 0,4 % del PIB en 2023. La mejora registrada en 2022 refleja principalmente la desaparición de la mayoría de las medidas de emergencia. De acuerdo con el Programa de Estabilidad de 2022, la ratio deuda pública/PIB disminuiría al 93,9 % en 2022 y al 88,2 % en 2023. Sobre la base de las medidas conocidas en la fecha límite de las previsiones, las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 contemplan para 2022 y 2023 un déficit público del 0,3 % del PIB y el 0,2 % del PIB, respectivamente. Esto es inferior a los saldos previstos en el Programa de Estabilidad de 2022, debido principalmente a unos cálculos de ingresos fiscales más prudentes en las previsiones de la Comisión. En las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 se indica una ratio deuda pública/PIB bastante similar, del 93,9 % en 2022 y el 88,8 % en 2023. Sobre la base de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de 10 años) se estima en el 2,6 %. Sin embargo, esta estimación no incluye los efectos de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial de Chipre.

(15)

En 2022, el Gobierno suprimió gradualmente la mayoría de las medidas adoptadas en respuesta a la crisis de la COVID-19, como las medidas de emergencia temporales, que se prevé pasen de representar el 3,0 % del PIB en 2021 a representar el 0,4 % en 2022. El déficit público se ve afectado por las medidas adoptadas para contrarrestar las repercusiones económicas y sociales de la subida de los precios de la energía, que las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 estiman en el 0,2 % del PIB en 2022 y cuya eliminación gradual está prevista en 2023 (12). Dichas medidas consisten principalmente en transferencias sociales a los hogares más pobres, reducciones de los impuestos indirectos sobre el consumo de energía y fijación de límites a los precios al por menor y al por mayor, y se han anunciado como medidas temporales. Sin embargo, algunas de estas medidas podrían proseguirse en caso de que los precios de la energía se mantengan elevados en 2023. Algunas de ellas no son selectivas, en particular la reducción del tipo impositivo para las facturas de electricidad de los hogares, la reducción de los precios de las tarifas de consumo y la reducción de los impuestos especiales sobre el petróleo. El déficit público también se ve afectado por el coste que supone ofrecer protección temporal a personas desplazadas procedentes de Ucrania, que en las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 se estima en el 0,1 % del PIB en 2022 y el 0,1 % del PIB en 2023 (13).

(16)

En su Recomendación de 18 de junio de 2021, el Consejo recomendó a Chipre que mantuviera en 2022 una orientación presupuestaria expansionista, en particular a través del impulso proporcionado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y que preservara la inversión financiada a nivel nacional. Asimismo, el Consejo le recomendó que, cuando las condiciones económicas lo permitiesen, aplicase una política presupuestaria destinada a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y a garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio plazo y, al mismo tiempo, fomentase la inversión para impulsar el potencial de crecimiento.

(17)

En 2022, partiendo de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022 e incluyendo la información incorporada en el Programa de Estabilidad de 2022 de Chipre, se prevé que la orientación presupuestaria sea contraccionista en un + 0,9 % del PIB, mientras que el Consejo recomendó una orientación presupuestaria expansionista (14). Chipre tiene previsto proporcionar un apoyo continuo a la recuperación utilizando el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para financiar inversiones adicionales conforme a lo recomendado por el Consejo. Se prevé que la contribución positiva a la actividad económica de los gastos financiados por subvenciones procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión aumente en 0,7 puntos porcentuales del PIB respecto de 2021. Se prevé que la inversión financiada a nivel nacional proporcione una contribución contraccionista a la orientación presupuestaria de 0,6 puntos porcentuales en 2022 (15). Por consiguiente, Chipre no tiene previsto mantener las inversiones financiadas a nivel nacional. Al mismo tiempo, se prevé que en 2022 el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional (excluidas las nuevas medidas de ingresos) proporcione una contribución de 1,1 puntos porcentuales a la orientación presupuestaria global. Esto incluye el impacto adicional de las medidas para hacer frente al impacto económico y social del aumento de los precios de la energía (0,1 % del PIB), así como los costes de la protección temporal para las personas desplazadas procedentes de Ucrania (0,1 % del PIB).

(18)

Según las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, en 2023 el efecto de la orientación presupuestaria equivaldría al + 0,1 % del PIB, con la hipótesis de mantenimiento de la política económica (16). Se prevé que Chipre siga utilizando en 2023 las subvenciones procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para financiar inversiones adicionales en apoyo de la recuperación. Se prevé que la contribución positiva a la actividad económica de los gastos financiados por subvenciones procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión aumente en 0,3 puntos porcentuales del PIB respecto de 2022. Se prevé que la inversión financiada a nivel nacional proporcione una contribución contraccionista a la orientación presupuestaria de 0,1 puntos porcentuales en 2023 (17). Al mismo tiempo, se prevé que en 2023 el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional (excluidas las nuevas medidas relativas a los ingresos) tenga un efecto globalmente neutro, de 0,1 puntos porcentuales, sobre la orientación presupuestaria global. Esto incluye las repercusiones de la supresión gradual de las medidas adoptadas para abordar la subida de los precios de la energía (0,2 % del PIB) y otros costes relacionados con la protección temporal para las personas desplazadas procedentes de Ucrania (0,1 % del PIB).

(19)

En el Programa de Estabilidad de 2022 se espera que el superávit público aumente gradualmente al 1,5 % del PIB en 2024 y al 1,7 % del PIB en 2025. Por consiguiente, se prevé que el déficit público se mantenga por debajo del 3 % del PIB durante el período cubierto por el programa. Estas previsiones suponen una disminución de determinados gastos públicos, en particular las subvenciones, y una limitación del crecimiento de otros, incluidos el consumo intermedio y las transferencias sociales en especie. Asimismo, se prevé una disminución de las inversiones públicas en porcentaje del PIB tras el máximo alcanzado en 2022. Según el Programa de Estabilidad de 2022, se espera que la ratio deuda pública/PIB sea inferior en 2025, disminuyendo al 81 % en 2024 y al 76,7 % en 2025. Según el análisis de la Comisión, los riesgos para la sostenibilidad de la deuda parecen medios a medio plazo.

(20)

De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) 2021/241 y el criterio 2.2 de su anexo V, el Plan de Recuperación y Resiliencia incluye un amplio conjunto de inversiones y reformas que se refuerzan mutuamente con un calendario indicativo de realización con plazo de finalización hasta el 31 de agosto de 2026. Estas contribuyen a abordar la totalidad o una parte significativa de los retos económicos y sociales descritos en las recomendaciones dirigidas por el Consejo a Chipre en el marco del Semestre Europeo de 2019 y 2020, además de en cualquier otra recomendación dirigida a Chipre hasta la fecha de adopción de un plan de recuperación y resiliencia. En particular, están relacionadas con las finanzas públicas y la asistencia sanitaria, el mercado laboral y la política social, la educación y las capacidades, la inversión pública y privada y las transiciones ecológica y digital, así como con las reformas estructurales para mejorar el funcionamiento del sector público, luchar contra la corrupción y facilitar la reducción de los préstamos dudosos en el sector bancario.

(21)

Se espera que la aplicación del Plan de Recuperación y Resiliencia de Chipre contribuya a impulsar las transiciones ecológica y digital. Las medidas que respaldan objetivos climáticos en Chipre representan el 41 % de la dotación total del Plan de Recuperación y Resiliencia, y las medidas que respaldan objetivos digitales, el 23 %. La aplicación completa del Plan de Recuperación y Resiliencia, conforme a los hitos y objetivos pertinentes, ayudará a Chipre a recuperarse rápidamente de las repercusiones de la crisis de la COVID-19, al mismo tiempo que refuerza su resiliencia. La participación sistemática de los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes sigue siendo importante para la aplicación fructífera del Plan de Recuperación y Resiliencia, y de otras políticas económicas y de empleo que van más allá de él, con el fin de garantizar una amplia asunción del programa de políticas en su conjunto.

(22)

Chipre presentó el acuerdo de asociación establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo (18) y los demás programas de la política de cohesión el 30 de diciembre de 2021. De conformidad con dicho Reglamento, Chipre debe tener en cuenta las recomendaciones que se le han dirigido en la programación de los fondos de la política de cohesión 2021-2027. Esto constituye una condición previa para mejorar la eficacia y maximizar el valor añadido de la ayuda financiera que se ha de recibir de los fondos de la política de cohesión, al mismo tiempo que se fomenta la coordinación, la complementariedad y la coherencia entre dichos fondos de cohesión y otros instrumentos y fondos de la Unión. La aplicación fructífera del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y los programas de la política de cohesión también depende de la eliminación de los obstáculos a la inversión para respaldar las transiciones ecológica y digital y un desarrollo territorial equilibrado.

(23)

Más allá de los retos económicos y sociales a los que responde el Plan de Recuperación y Resiliencia, Chipre afronta un reto adicional relacionado con la gobernanza de las entidades públicas. El sistema de gobernanza muestra lagunas con respecto a las normas internacionales (por ejemplo, las directrices sobre el gobierno corporativo de las entidades públicas de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y las herramientas del Banco Mundial para el gobierno corporativo de las entidades públicas), que afectan a la productividad y el entorno empresarial de Chipre. En particular, una mayor transparencia y una mayor rendición de cuentas en relación con el rendimiento financiero y los objetivos públicos aumentarían la eficiencia y la eficacia de las entidades públicas. También lo haría la aplicación de mejores prácticas, como un proceso transparente y basado en el mérito para la designación de los organismos de gestión de las entidades públicas, y el cambio de la función de propiedad de las entidades públicas de los ministerios competentes en materia de políticas a un organismo central específico. La apertura de mercados comercialmente viables en los que las entidades públicas ocupan actualmente una posición dominante (por ejemplo, en el mercado de la energía) haría que estos mercados fueran más eficientes, aceleraría las transiciones ecológica y digital y contribuiría a diversificar la economía. La adopción de medidas en relación con las entidades públicas haría que la gobernanza en Chipre fuera más eficaz y el mercado para las empresas locales y extranjeras sería más justo y transparente. Esto está en consonancia con los objetivos de la estrategia a largo plazo para Chipre y el plan de acción que la sustenta (en el marco de la iniciativa «Modernización de las empresas públicas y creación de los incentivos adecuados para la innovación y la eficiencia»). Las políticas destinadas a mejorar la gobernanza de las entidades públicas pueden contribuir a reducir la deuda pública, ya que una mejor gobernanza de estas entidades aumentaría la eficiencia del sector público. También pueden contribuir a mejorar el entorno empresarial y aumentar el crecimiento potencial.

(24)

En respuesta al mandato de los jefes de Estado o de Gobierno de la Unión establecido en la Declaración de Versalles, la propuesta de la Comisión de un plan REPowerEU se propone eliminar la dependencia de la Unión respecto de la importación de combustibles fósiles de Rusia lo más pronto posible. Con este objetivo, la Comisión se propone determinar, por medio de un diálogo con los Estados miembros, los proyectos, inversiones y reformas a nivel nacional, regional y de la Unión que se consideran más adecuados. Estas medidas están encaminadas a reducir la dependencia global respecto de los combustibles fósiles y a cambiar el origen de las importaciones de combustibles fósiles que hasta la fecha procedían de Rusia.

(25)

El pleno potencial de las fuentes de energía renovables en Chipre podría liberarse y acelerarse aún más, en particular simplificando los procedimientos de concesión de permisos e invirtiendo en instalaciones solares en mayor medida. Chipre no utiliza actualmente gas, aunque el petróleo representa el 85,6 % de la combinación energética. Dada la gran fluctuación de los precios de la energía en los mercados mundiales, es fundamental para la sostenibilidad de la economía chipriota reducir su fuerte dependencia del petróleo. El suministro de petróleo depende totalmente de las importaciones, aunque siendo solo del 1 %, las importaciones de petróleo procedentes de Rusia se sitúan muy por debajo de la media de la Unión (23 %) (19). Para diversificar el suministro de energía y reducir la dependencia de las importaciones, Chipre se beneficiaría de acelerar el desarrollo de infraestructuras de importación de gas, que podrían ser compatibles con el hidrógeno en el futuro, interconexiones de gas, que también estarán preparadas para el hidrógeno en el futuro, e interconexiones eléctricas para facilitar la expansión de las fuentes de energía renovables. Además, los yacimientos de gas marítimos recientemente descubiertos ofrecen a Chipre una importante oportunidad de seguir consolidando su independencia energética en paralelo a sus esfuerzos por acelerar las medidas relativas a las energías renovables y la eficiencia energética. Se recomienda que las nuevas inversiones en redes e infraestructuras relacionadas con el gas sean, en la medida de lo posible, adecuadas para el futuro, con objeto de facilitar su sostenibilidad a largo plazo a través de su futura readaptación para el transporte de combustibles sostenibles. Además, las políticas de eficiencia energética podrían ampliarse y acelerarse, también en el sector del transporte. Se espera que las medidas de eficiencia energética también ayuden a abordar la pobreza energética que sufre una elevada proporción de la población (20,9 %), en particular utilizando los fondos de la política de cohesión según proceda. A fin de ajustarse al paquete de medidas «Objetivo 55», será preciso que Chipre se fije unos objetivos más ambiciosos en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y fomento de las energías renovables y de la eficiencia energética.

(26)

Aunque la aceleración de la transición hacia la neutralidad desde el punto de vista climático y el abandono progresivo de los combustibles fósiles crearán unos costes de reestructuración significativos en varios sectores, Chipre puede utilizar el Mecanismo para una Transición Justa en el contexto de la política de cohesión con objeto de disminuir el impacto socioeconómico de la transición en las regiones más afectadas. Chipre puede además aprovechar el Fondo Social Europeo Plus, establecido por el Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo (20), para mejorar las oportunidades de empleo y reforzar la cohesión social.

(27)

A la luz de la valoración de la Comisión, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2022, y su dictamen (21) se refleja en la recomendación 1.

(28)

Teniendo en cuenta las estrechas interrelaciones entre las economías de los Estados miembros de la zona del euro y su contribución colectiva al funcionamiento de la unión económica y monetaria, el Consejo recomendó que los Estados miembros de la zona del euro tomasen medidas, en particular a través de sus planes de recuperación y resiliencia, encaminadas a aplicar las recomendaciones establecidas en la Recomendación de 2022 sobre la zona del euro. Para Chipre, lo anterior queda reflejado particularmente en las recomendaciones 1 y 2.

(29)

A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de su evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas de 2022 y el Programa de Estabilidad de 2022. Sus recomendaciones, emitidas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1, 2, 3 y 4. Las recomendaciones 1 y 2 también contribuyen a aplicar la Recomendación de 2022 sobre la zona del euro, en particular las recomendaciones 1 y 4 al respecto. Las políticas presupuestarias a que se hace referencia en la recomendación 1 contribuyen, entre otras cosas, a abordar los desequilibrios derivados del alto nivel de deuda pública. Las políticas mencionadas en la recomendación 2 contribuyen a, entre otras cosas, a abordar los desequilibrios vinculados a la elevada deuda privada, limitando el exceso de endeudamiento del sector privado. También abordan los desequilibrios relacionados con la elevada deuda pública y el déficit por cuenta corriente, diversificando la economía, así como los desequilibrios relacionados con el elevado volumen de préstamos dudosos. Las políticas a que se refiere la recomendación 3 contribuyen, entre otras cosas, a abordar los desequilibrios vinculados a la elevada deuda pública, aumentando la eficiencia de las administraciones y el crecimiento a largo plazo, así como los desequilibrios vinculados a la deuda privada y externa, aumentando el crecimiento a largo plazo. Las políticas mencionadas en la recomendación 4 contribuyen, entre otras cosas, a abordar las vulnerabilidades derivadas del alto nivel de deuda externa a largo plazo.

RECOMIENDA a Chipre que tome medidas en 2022 y 2023 con el fin de:

1.   

Garantizar que, en 2023, el aumento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional se ajuste a una orientación general neutra de la política presupuestaria, teniendo en cuenta la continuación del apoyo temporal y específico a los hogares y las empresas más vulnerables frente a las subidas de los precios de la energía y a las personas que huyen de Ucrania. Estar dispuesto a ajustar sus gastos corrientes a la cambiante situación. Aumentar la inversión pública en los ámbitos de las transiciones ecológica y digital y de la seguridad energética teniendo en cuenta la iniciativa REPowerEU, utilizando también el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión. Para el período posterior a 2023, aplicar una política presupuestaria encaminada a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo.

2.   

Proceder a la ejecución de su Plan de Recuperación y Resiliencia, de conformidad con los hitos y objetivos incluidos en la Decisión de Ejecución del Consejo de 28 de julio de 2021. Finalizar sin dilación las negociaciones con la Comisión relativas a los documentos de programación de la política de cohesión para el período 2021-2027 con vistas a iniciar su aplicación.

3.   

Adoptar medidas para mejorar la gobernanza de las entidades públicas en consonancia con las normas internacionales.

4.   

Reducir la dependencia global de los combustibles fósiles y diversificar más el abastecimiento energético. Acelerar el desarrollo de las energías renovables, en particular mediante una mayor simplificación de los procedimientos de autorización y la expansión de la energía fotovoltaica. Desarrollar interconexiones energéticas con los países vecinos, ampliando y acelerando al mismo tiempo las medidas de eficiencia energética, también en el sector del transporte.

Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

Z. STANJURA


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

(2)  DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.

(3)  Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, p. 17).

(4)  Recomendación del Consejo, de 5 de abril de 2022, sobre la política económica de la zona del euro (DO C 153 de 7.4.2022, p. 1).

(5)  Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida (DO L 212 de 7.8.2001, p. 12).

(6)  Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE y con el efecto de que se inicie la protección temporal (DO L 71 de 4.3.2022, p. 1).

(7)  Recomendación del Consejo, de 18 de junio de 2021, por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2021 de Chipre (DO C 304 de 29.7.2021, p. 58).

(8)  Las estimaciones de la orientación presupuestaria y de sus componentes incluidas en la presente Recomendación son estimaciones de la Comisión basadas en las hipótesis subyacentes a las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022. Las previsiones de crecimiento potencial a medio plazo de la Comisión no incluyen el efecto positivo de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial.

(9)  No financiados mediante subvenciones procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia o de otros fondos de la Unión.

(10)  ST 10686/2021 INIT; ST 10686/2021 ADD 1.

(11)  Recomendación del Consejo, de 20 de julio de 2020, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Chipre y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad para 2020 de Chipre (DO C 282 de 26.8.2020, p. 82).

(12)  Estas cifras representan los costes presupuestarios anuales de las medidas tomadas desde el otoño de 2021, entre las que se incluyen medidas de ingresos y gastos corrientes, así como, en su caso, medidas relacionadas con los gastos de capital.

(13)  Se estima que al final de 2022 el número total de personas desplazadas procedentes de Ucrania que habrán entrado en la Unión alcanzará gradualmente los seis millones, y su distribución geográfica se calcula en función del volumen de la diáspora existente, de la población relativa del Estado miembro de acogida y de la distribución en la Unión de las personas desplazadas procedentes de Ucrania observada en marzo de 2022. En cuanto a los costes presupuestarios por persona, las estimaciones se basan en el modelo de microsimulación Euromod del Centro Común de Investigación de la Comisión, teniendo en cuenta las transferencias en efectivo que pueden recibir las personas desplazadas, así como prestaciones en especie, por ejemplo en los ámbitos educativo y sanitario.

(14)  Un signo positivo en el indicador indica un déficit en el incremento del gasto primario en comparación con el crecimiento económico a medio plazo, lo que indica una política presupuestaria contraccionista.

(15)  Se prevé que los otros gastos de capital financiados a nivel nacional proporcionen un efecto neutro de 0,0 puntos porcentuales del PIB.

(16)  Un signo positivo en el indicador indica un déficit en el incremento del gasto primario en comparación con el crecimiento económico a medio plazo, lo que indica una política presupuestaria contraccionista.

(17)  Se prevé que los otros gastos de capital financiados a nivel nacional proporcionen una contribución contraccionista de 0,2 puntos porcentuales del PIB.

(18)  Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021, p. 159).

(19)  Eurostat (2020), proporción de las importaciones rusas en el total de importaciones de gas natural, petróleo y antracita y hulla. Para la media de la EU-27, el total de las importaciones se basa en las importaciones de fuera de la EU-27. Para Chipre, el total de importaciones incluye el comercio dentro de la UE. El petróleo incluye el petróleo crudo y los productos derivados del petróleo refinado.

(20)  Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1296/2013 (DO L 231 de 30.6.2021, p. 21).

(21)  Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.


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