Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document E2011C0111

Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC n ° 111/11/COL, de 11 de abril de 2011 , por la que se modifica la lista incluida en el anexo I, capítulo I, parte 1.2, punto 39, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en el que se enumeran los puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega autorizados para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países, y por la que se deroga la Decisión n ° 8/11/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC

DO L 170 de 30.6.2011, pp. 39–42 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 29/11/2011; derogado por E2011C0367

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/111(2)/oj

30.6.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 170/39


DECISIÓN DEL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC

N o 111/11/COL

de 11 de abril de 2011

por la que se modifica la lista incluida en el anexo I, capítulo I, parte 1.2, punto 39, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en el que se enumeran los puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega autorizados para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países, y por la que se deroga la Decisión no 8/11/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC

EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC,

Vistos el apartado 4 B, puntos 1 y 3, y el anexo I, capítulo I, parte introductoria, apartado 5, letra b), del Acuerdo EEE,

Visto el acto a que se refiere el anexo I, capítulo I, parte 1.1, punto 4, del Acuerdo EEE (Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países (1), modificado y adaptado al Acuerdo EEE con las adaptaciones sectoriales mencionadas en el anexo I de dicho Acuerdo y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Vista la Decisión del Colegio no 86/11/COL, por la que se faculta al miembro competente del Colegio a adoptar la presente Decisión,

Considerando lo siguiente:

Mediante la Decisión no 8/11/COL, de 26 de enero de 2011  (2), el Órgano de Vigilancia de la AELC (en lo sucesivo, «el Órgano») derogó la Decisión no 43/10/COL, de 10 de febrero de 2010  (3), y estableció una nueva lista de puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega autorizados para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países.

El 1 de marzo de 2011, la autoridad noruega responsable de la seguridad alimentaria (en lo sucesivo, «Mattilsynet») informó al Órgano que había suspendido la autorización al Puerto de Båtsfjord (código TRACES NO BJF 1), que figura en la lista de los puestos de inspección fronterizos autorizados de Noruega, debido a los importantes daños que sufrieron sus instalaciones a causa de un incendio que se produjo el 28 de enero de 2011. La Mattilsynet declaró que, debido a este incendio, el puesto de inspección fronterizo no cumplía con los requisitos legales en lo referente a locales sociales, laboratorio e instalaciones de almacenamiento.

La suspensión de la autorización y su posterior notificación al Órgano resultan de la aplicación de la normativa noruega Instruks om grensekontrollstasjoner mv. Chapter I, point 2, que desarrolla el artículo 6, apartado 3, de la Directiva 97/78/CE y, de acuerdo con la cual, la autoridad nacional competente informará al Órgano de los cambios producidos en un puesto de inspección fronterizo o en un centro de control que puedan afectar a la lista incluida en el anexo I, capítulo I, parte 1.2, punto 39, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en el que se enumeran los puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega.

De conformidad con el artículo 6, apartado 4, de la Directiva 97/78/CE, corresponde al Órgano elaborar y publicar una lista de los puestos de inspección fronterizos autorizados, incluidos los casos de suspensión temporal de la autorización.

La autoridad está obligada, pues, a modificar la lista de los puestos de inspección fronterizos autorizados de Islandia y Noruega, y a publicar una nueva lista que tenga en cuenta la suspensión de la autorización del puerto de Båtsfjord (código TRACES NO BJF 1), que figura en la lista de los puestos de inspección fronterizos de Noruega.

El Órgano remitió el asunto al comité que le asiste, el Comité veterinario de la AELC. Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen unánime de este Comité, manteniéndose sin cambios el texto final de las medidas,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda suspendida hasta nueva orden la autorización del puerto de Båtsfjord (código TRACES NO BJF 1), que figura en el anexo I, capítulo I, parte 1.2, punto 39, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, sobre la lista de puestos de inspección fronterizos autorizados de Islandia y Noruega para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países.

Artículo 2

Los controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países introducidos en Islandia y Noruega serán efectuados por las autoridades nacionales competentes en los puestos de inspección fronterizos autorizados que se enumeran en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 3

Queda derogada la Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC no 8/11/COL, de 26 de enero de 2011.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de abril de 2011.

Artículo 5

Los destinatarios de la presente Decisión serán Islandia y Noruega.

Artículo 6

El texto en lengua inglesa es el único auténtico.

Hecho en Bruselas, el 11 de abril de 2011.

Por el Órgano de Vigilancia de la AELC

Sverrir Haukur GUNNLAUGSSON

Miembro del Colegio


(1)   DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.

(2)   DO L 85 de 31.3.2011, p. 27, y Suplemento EEE no 16 de 31.3.2011, p. 1.

(3)   DO L 256 de 30.9.2010, p. 30, y Suplemento EEE no 53 de 30.9.2010, p. 1.


ANEXO

LISTA DE PUESTOS DE INSPECCIÓN FRONTERIZOS AUTORIZADOS

1

=

Nombre

2

=

Código TRACES

3

=

Tipo

A

=

Aeropuerto

F

=

Ferrocarril

P

=

Puerto

R

=

Carretera

4

=

Centro de inspección

5

=

Productos

HC

=

Todos los productos destinados al consumo humano

NHC

=

Otros productos

NT

=

Sin requisitos de temperatura

T

=

Productos sujetos a requisitos de temperatura

T(FR)

=

Productos congelados

T(CH)

=

Productos refrigerados

6

=

Animales vivos

U

=

Ungulados: ganado vacuno, porcino, ovino, caprino y solípedos salvajes y domésticos

E

=

Équidos registrados según se definen en la Directiva 90/426/CEE del Consejo

O

=

Otros animales

5-6

=

Observaciones especiales

(*)

=

Autorización suspendida en cumplimiento del artículo 6 de la Directiva 97/78/CE hasta nueva orden, como se indica en las columnas 1, 4, 5 y 6

(1)

=

Control con arreglo a los requisitos establecidos en la Decisión 93/352/CEE de la Comisión adoptada en aplicación del artículo 19, apartado 3, de la Directiva 97/78/CE del Consejo

(2)

=

Solo productos embalados

(3)

=

Solo productos de la pesca

(4)

=

Solo proteínas animales

(5)

=

Solo lana, cuero y pieles

(6)

=

Solo grasas líquidas, aceites y grasas de pescado

(7)

=

Ponis islandeses (solamente de abril a octubre)

(8)

=

Solo équidos

(9)

=

Solo peces tropicales

(10)

=

Solo gatos, perros, roedores, lagomorfos, peces vivos, reptiles y otras aves distintas de las rátidas

(11)

=

Solo piensos a granel

(12)

=

Para (U) en el caso de los solípedos, únicamente los destinados a un parque zoológico; y para (O), solo pollitos de un día, peces, perros, gatos, insectos u otros animales destinados a un parque zoológico

(13)

=

Nagylak HU: se trata de un puesto de inspección fronterizo (de productos) y paso fronterizo (de animales vivos) en la frontera húngaro-rumana, sujeto a medidas transitorias negociadas y establecidas en el Tratado de Adhesión para productos y animales vivos. Véase la Decisión 2003/630/CE de la Comisión.

(14)

=

Designado para el tránsito a través de la Comunidad Europea para envíos de ciertos productos de origen animal para consumo humano, procedentes de Rusia o con destino a ella de acuerdo con procedimientos específicos previstos en la legislación comunitaria pertinente

(15)

=

Solo animales de acuicultura

(16)

=

Solo harina de pescado

País: Islandia

1

2

3

4

5

6

Akureyri

IS AKU1

P

 

HC-T(1)(2)(3), NHC(16)

 

Hafnarfjörður

IS HAF 1

P

 

HC(1)(2)(3), NHC-NT(2)(6)(16)

 

Húsavík

IS HUS 1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Ísafjörður

IS ISA1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Keflavík Airport

IS KEF 4

A

 

HC(1)(2)(3)

O(15)

Reykjavík Eimskip

IS REY 1a

P

 

HC(1)(2)(3), NHC-NT (2)(6)(16)

 

Reykjavík Samskip

IS REY 1b

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3), HC-NT(1)(2)(3), NHC-NT(2)(6)(16)

 

Þorlákshöfn

IS THH1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3), HC-NT(6), NHC-NT(6)

 


País: Noruega

1

2

3

4

5

6

Borg

NO BRG 1

P

 

HC, NHC

E(7)

Båtsfjord (*)

NO BJF 1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3), HC-NT(1)(2)(3) (*)

 

Egersund

NO EGE 1

P

 

HC-NT(6), NHC-NT(6)(16)

 

Florø EWOS

NO FRO 1

P

 

NHC-NT(6)(16)

 

Hammerfest

NO HFT 1

P

Rypefjord

HC-T(FR)(1)(2)(3), HC-NT(1)(2)(3)

 

Honningsvåg

NO HVG 1

P

Honningsvåg

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Gjesvær

HC-T(1)(2)(3)

 

Kirkenes

NO KKN 1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3), HC-NT(1)(2)(3)

 

Kristiansund

NO KSU 1

P

Kristiansund

HC-T(FR)(1)(2)(3), NHC-T(FR)(2)(3) HC-NT(6), NHC-NT(6)

 

Larvik

NO LAR 1

P

 

HC(2)

 

Måløy

NO MAY 1

P

Gotteberg

HC-T(FR)(1)(2)(3), NHC-T(FR)(2)(3)

 

Trollebø

HC-T(FR)(1)(2)(3), NHC-T(FR)(2)(3)

 

Oslo

NO OSL 1

P

 

HC, NHC

 

Oslo

NO OSL 4

A

 

HC, NHC

U,E,O

Sortland

NO SLX 1

P

Melbu

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Sortland

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Storskog

NO STS 3

R

 

HC, NHC

U,E,O

Tromsø

NO TOS 1

P

Bukta

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Solstrand

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Vadsø

NO VOS 1

P

 

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Ålesund

NO AES 1

P

Breivika

HC-T(FR)(1)(2)(3), NHC-T(FR)(2)(3)

 

Ellingsøy

HC-T(FR)(1)(2)(3)

 

Skutvik

HC-T(1)(2)(3), HC-NT(6), NHC-T(FR) (2)(3), NHC-NT(6)

 


Top