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Document C2006/306E/02

    ACTA
    Martes, 26 de septiembre de 2006

    DO C 306E de 15.12.2006, p. 15–195 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    15.12.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 306/15


    ACTA

    (2006/C 306 E/02)

    DESARROLLO DE LA SESIÓN

    PRESIDENCIA: Dagmar ROTH-BEHRENDT

    Vicepresidenta

    1.   Apertura de la sesión

    Se abre la sesión a las 9.00 horas.

    *

    * *

    Interviene Antonio Tajani, quien lamenta tener que comunicar que esta mañana ha tenido lugar en Kabul un atentado terrorista de que han sido víctimas soldados italianos de la FIAS. La Presidenta se compromete a transmitir la cuestión al Presidente del Parlamento.

    2.   Presentación de documentos

    Los siguientes documentos han sido presentados

    1)

    por el Consejo y la Comisión:

    Propuesta de reglamento (CE) del parlamento Europeo y del Consejo relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico nororiental (Versión codificada) (COM(2006) 0497 — C6-0301/2006 — 2006/0164(COD))

    remitido

    fondo: JURI

    Proyecto de presupuesto general de las Comunidades europeas para el ejercicio 2007 (11675/2006 [02] — C6-0300/2006 — 2006/2018B(BUD))

    remitido

    fondo: BUDG

     

    opinión: PETI, FEMM, AFCO, DEVE, CULT, AFET, PECH, AGRI, ENVI, EMPL, ITRE, JURI, ECON, CONT, LIBE, INTA, IMCO, TRAN, REGI

    Proyecto de presupuesto general de las Comunidades europeas para el ejercicio 2007 (11675/2006 [01] — C6-0299/2006 — 2006/2018(BUD))

    remitido

    fondo: BUDG

     

    opinión: PETI, FEMM, AFCO, DEVE, CULT, AFET, PECH, AGRI, ENVI, EMPL, ITRE, JURI, ECON, CONT, LIBE, INTA, IMCO, TRAN, REGI

    Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 2001/886/JAI sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (COM(2006) 0383 [02] — C6-0297/2006 — 2006/0126(CNS))

    remitido

    fondo: LIBE

    Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2424/2001 sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (COM(2006) 0383 [01] — C6-0296/2006 — 2006/0125(CNS))

    remitido

    fondo: LIBE

    Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 639/2004 del Consejo sobre la gestión de las flotas pesqueras registradas en las regiones ultraperiféricas de la Comunidad (COM(2006) 0433 — C6-0295/2006 — 2006/0148(CNS))

    remitido

    fondo: PECH

     

    opinión: REGI

    Comisión Europea: Cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas — Ejercicio 2005 — Volumen II — Partes I y II (SEC(2006) 0916 — C6-0263/2006 — 2006/2070(DEC))

    remitido

    fondo: CONT

     

    opinión: PETI, FEMM, AFCO, DEVE, CULT, AFET, PECH, AGRI, ENVI, EMPL, BUDG, ITRE, JURI, ECON, LIBE, INTA, IMCO, TRAN, REGI

    Comisión Europea: Cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas — Ejercicio 2005 — Volumen I — Estados consolidados sobre la ejecución del presupuesto y estados financieros consolidados (SEC(2006) 0915 — C6-0262/2006 — 2006/2070(DEC))

    remitido

    fondo: CONT

     

    opinión: PETI, FEMM, AFCO, DEVE, CULT, AFET, PECH, AGRI, ENVI, EMPL, BUDG, ITRE, JURI, ECON, LIBE, INTA, IMCO, TRAN, REGI

    Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario sobre Visados (COM(2006) 0403 — C6-0254/2006 — 2006/0142(COD))

    remitido

    fondo: LIBE

    Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un mecanismo para la creación de equipos de intervención rápida en las fronteras y que modifica el Reglamento (CE) no 2007/2004 del Consejo por lo que respecta a este mecanismo (COM(2006) 0401 — C6-0253/2006 — 2006/0140(COD))

    remitido

    fondo: LIBE

     

    opinión: AFET

    2)

    por los diputados:

    2.1)

    informes:

    Informe sobre la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou (2006/2145(IMM)) — Comisión JURI.

    Ponente: Klaus-Heiner Lehne (A6-0273/2006)

    Informe sobre la modificación de los artículos 3 y 4 del Reglamento del Parlamento (2005/2036(REG)) — Comisión AFCO.

    Ponente: Borut Pahor (A6-0274/2006)

    * Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se faculta a la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea para llevar a cabo sus actividades en los ámbitos contemplados en el título VI del Tratado de la Unión Europea (COM(2005) 0280 [02] — C6-0289/2005 — 2005/0125(CNS)) — Comisión LIBE.

    Ponente: Magda Kósáné Kovács (A6-0282/2006)

    3.   Libro Blanco de la Comisión sobre los servicios de interés general (debate)

    Informe sobre el Libro Blanco de la Comisión sobre los servicios de interés general [2006/2101(INI)] — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

    Ponente: Bernhard Rapkay (A6-0275/2006)

    Bernhard Rapkay presenta su informe.

    Interviene José Manuel Barroso (Presidente de la Comisión).

    Intervienen Gunnar Hökmark, en nombre del Grupo PPE-DE, Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, Sophia in 't Veld, en nombre del Grupo ALDE, Alain Lipietz, en nombre del Grupo Verts/ALE, Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, John Whittaker, en nombre del Grupo IND/DEM, Françoise Castex (ponente de opinión de la Comisión INTA), Proinsias De Rossa (ponente de opinión de la Comisión EMPL), Werner Langen (ponente de opinión de la Comisión ITRE), József Szájer (ponente de opinión de la Comisión IMCO), Emanuel Jardim Fernandes (ponente de opinión de la Comisión TRAN), Markus Pieper (ponente de opinión de la Comisión REGI), Robert Goebbels, sobre esta intervención, Gabriele Stauner (ponente de opinión de la Comisión JURI), Marianne Thyssen y Harlem Désir.

    PRESIDENCIA: Mario MAURO

    Vicepresidente

    Intervienen Bernard Lehideux, Pierre Jonckheer, Sahra Wagenknecht, Jens-Peter Bonde, Leopold Józef Rutowicz, Alexander Radwan, Robert Goebbels, Danutė Budreikaitė, Elisabeth Schroedter, Kartika Tamara Liotard, Johannes Blokland, Othmar Karas, Bernadette Vergnaud, Ian Hudghton, Roberto Musacchio, Patrick Louis,Malcolm Harbour, Ieke van den Burg, Jiří Maštálka, Karsten Friedrich Hoppenstedt, Corien Wortmann-Kool, Małgorzata Handzlik, Zita Pleštinská, Andreas Schwab, Alexander Stubb, Roselyne Bachelot-Narquin, Eoin Ryan, Jean-Claude Martinez, José Manuel Barroso y Robert Goebbels, para formular una pregunta suplementaria a la Comisión, a la que contesta José Manuel Barroso.

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.10 del Acta de 27.9.2006.

    4.   Programa comunitario para el empleo y la solidaridad social — Progress ***II (debate)

    Recomendación para la segunda lectura Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa comunitario para el empleo y la solidaridad social — Progress [6282/3/2006 — C6-0272/2006 — 2004/0158(COD)] — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.

    Ponente: Karin Jöns (A6-0300/2006)

    Karin Jöns presenta la recomendación para la segunda lectura.

    Interviene Vladimír Špidla (Miembro de la Comisión).

    Intervienen Robert Atkins, quien critica el retraso con que comienza el turno de votaciones, y Jan Andersson, en nombre del Grupo PSE.

    Puesto que ha llegado la hora del turno de votaciones, el debate se interrumpe en este punto. Se reanudará a las 21.00 horas.

    PRESIDENCIA: Luigi COCILOVO

    Vicepresidente

    5.   Turno de votaciones

    Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, etc.) figuran en el Anexo «Resultados de las votaciones», adjunto al Acta.

    5.1.   Propuesta de consulta al Comité Económico y Social Europeo Vivienda y política regional (artículo 117 del Reglamento) (votación)

    Solicitud de consulta sobre: Vivienda y política regional

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 1)

    Aprobado

    5.2.   Propuesta de consulta al Comité de las Regiones: Vivienda y política regional (artículo 118 del Reglamento) (votación)

    Solicitud de consulta sobre: Vivienda y política regional

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 2)

    Aprobado

    5.3.   Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria de Jannis Sakellariou (artículo 131 del Reglamento) (votación)

    Informe sobre la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou [2006/2145(IMM)] — Comisión de Asuntos Jurídicos.

    Ponente: Klaus-Heiner Lehne (A6-0273/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 3)

    PROPUESTA DE DECISIÓN

    Aprobado en votación única (P6_TA(2006)0359)

    5.4.   Medios de comunicación y desarrollo (artículo 131 del Reglamento) (votación)

    Informe sobre los medios de comunicación y el desarrollo [2006/2080(INI)] — Comisión de Desarrollo.

    Ponente: Manolis Mavrommatis (A6-0264/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 4)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado en votación única (P6_TA(2006)0360)

    5.5.   La dimensión europea en los programas escolares nacionales (artículo 131 del Reglamento) (votación)

    Informe sobre iniciativas que complementen los programas escolares ofreciendo medidas adecuadas de apoyo para la inclusión de la dimensión europea [2006/2041(INI)] — Comisión de Cultura y Educación.

    Ponente: Christopher Beazley (A6-0267/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 5)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0361)

    Intervenciones sobre la votación:

    El ponente ha presentado una enmienda oral al apartado 1, que se ha admitido.

    5.6.   Calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa ***I (votación)

    Informe relativo a la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa [COM(2005) 0447 — C6-0356/2005 — 2005/0183(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

    Ponente: Holger Krahmer (A6-0234/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 6)

    PROPUESTA DE LA COMISIÓN

    Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0348)

    PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    Aprobado (P6_TA(2006)0362)

    PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

    Presidente

    6.   Sesión solemne — Liberia

    De las 12.00 horas a las 12.30 horas, el Parlamento se reúne en sesión solemne con ocasión de la visita de Ellen Johnson Sirleaf, Presidenta de la República de Liberia.

    7.   Turno de votaciones (continuación)

    7.1.   Aprobación de la gestión 2004: Sección I, Parlamento Europeo (votación)

    Segundo informe sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004: Sección I, Parlamento Europeo [N6-0027/2005 — C6-0357/2002 — 2005/2091(DEC)] — Comisión de Control Presupuestario.

    Ponente: Markus Ferber (A6-0280/2006)

    El debate sobre el primer informe (A6-0119/2006) tuvo lugar el 26.4.2006(punto 15 del Acta de 26.4.2006).

    La votación del primer informe (A6-0119/2006) se aplazó el 27.4.2006(punto 5.16 del Acta de 27.4.2006).

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 7)

    PROPUESTA DE DECISIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0363)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0363)

    PRESIDENCIA: Luigi COCILOVO

    Vicepresidente

    7.2.   Carta Europea de Calidad para la Movilidad (educación y formación) ***I (votación)

    Informe sobre la propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta de calidad de la movilidad europea [COM(2005) 0450 — C6-0291/2005 — 2005/0179(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

    Ponente: Christa Prets (A6-0255/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 8)

    PROPUESTA DE LA COMISIÓN

    Aprobada en su versión modificada (P6_TA(2006)0364)

    PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    Aprobado (P6_TA(2006)0364)

    7.3.   Competencias clave para el aprendizaje permanente ***I (votación)

    Informe relativo a la propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente [COM(2005) 0548 — C6-0375/2005 — 2005/0221(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

    Ponente: Helga Trüpel (A6-0262/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 9)

    PROPUESTA DE LA COMISIÓN

    Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0365)

    PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    Aprobado (P6_TA(2006)0365)

    7.4.   Estrategia temática sobre la contaminación atmosférica (votación)

    Informe sobre la estrategia temática sobre la contaminación atmosférica [2006/2060(INI)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

    Ponente: Dorette Corbey (A6-0235/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 10)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0366)

    7.5.   Estrategia temática para el medio ambiente urbano (votación)

    Informe sobre una estrategia temática para el medio ambiente urbano [2006/2061(INI)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

    Ponente: Gyula Hegyi (A6-0233/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 11)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0367)

    Intervenciones sobre la votación:

    Gyula Hegyi (ponente) ha solicitado que se aplicara a las enmiendas 3 y 4 el procedimiento de votación nominal;

    El Presidente ha consultado a la Asamblea sobre la admisibilidad de esta solicitud, presentada fuera de plazo;

    Renate Sommer se ha opuesto, respaldada por más de 37 diputados. En consecuencia, no se ha accedido a la solicitud.

    7.6.   Marco europeo de cualificaciones (votación)

    Informe sobre la creación de un marco europeo de cualificaciones [2006/2002(INI)] — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.

    Ponente: Thomas Mann (A6-0248/2006)

    (Mayoría simple requerida)

    (Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 12)

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Aprobado (P6_TA(2006)0368)

    8.   Explicaciones de voto

    Explicaciones de voto por escrito:

    Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del apartado 3 del artículo 163 del Reglamento, figuran en el Acta literal de la presente sesión.

    Explicaciones de voto orales:

    Informe Christopher Beazley — A6-0267/2006

    Tomáš Zatloukal

    Informe Holger Krahmer — A6-0234/2006

    Richard Seeber, Joseph Muscat

    Informe Christa Prets — A6-0255/2006

    Tomáš Zatloukal, Andreas Mölzer

    Informe Helga Trüpel — A6-0262/2006

    Andreas Mölzer

    Informe Dorette Corbey — A6-0235/2006

    Richard Seeber

    Informe Gyula Hegyi — A6-0233/2006

    Péter Olajos

    9.   Correcciones e intenciones de voto

    Las correcciones e intenciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sittings live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo «Resultados de la votación nominal».

    La versión electrónica en Europarl se actualizará periódicamente durante un período máximo de dos semanas posteriores al día de la votación.

    Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones e intenciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

    *

    * *

    Informe Manolis Mavrommatis — A6-0264/2006:

    Hans-Gert Poettering ha declarado que su dispositivo de voto no funcionaba en el momento de la votación de este informe.

    Informe Manolis Mavrommatis — A6-0264/2006 e Informe Christopher Beazley — A6-0267/2006:

    Reinhard Rack ha comunicado que no pudo participar en la votación de estos dos informes al haber comenzado dichas votaciones antes de la hora prevista.

    *

    * *

    Fecha de la sesión: 6.9.2006

    Informe José Albino Silva Peneda y Proinsias De Rossa — A6-0238/2006

    considerando N — 1a parte

    a favor: Roselyne Bachelot-Narquin

    (La sesión, suspendida a las 13.05 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)

    PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

    Presidente

    10.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

    Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

    11.   Comunicación de la Comisión — Adhesión de Bulgaria y Rumanía

    José Manuel Barroso (Presidente de la Comisión) procede a la comunicación.

    Intervienen Olli Rehn (Miembro de la Comisión), Paula Lehtomäki (Presidenta en ejercicio del Consejo), Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, Graham Watson, en nombre del Grupo ALDE, Daniel Cohn-Bendit, en nombre del Grupo Verts/ALE, Erik Meijer, en nombre del Grupo GUE/NGL, Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN, Vladimír Železný, en nombre del Grupo IND/DEM, Irena Belohorská, no inscrita.

    PRESIDENCIA: Antonios TRAKATELLIS

    Vicepresidente

    Intervienen Elmar Brok (Presidente de la Comisión AFET), Geoffrey Van Orden (ponente) y Jan Marinus Wiersma (suplente del ponente).

    Se cierra este punto.

    12.   Progreso de Turquía hacia la adhesión (debate)

    Informe sobre el progreso de Turquía hacia la adhesión [2006/2118(INI)] — Comisión de Asuntos Exteriores.

    Ponente: Camiel Eurlings (A6-0269/2006)

    Camiel Eurlings presenta su informe.

    Intervienen Paula Lehtomäki (Presidenta en ejercicio del Consejo) y Olli Rehn (Miembro de la Comisión).

    Intervienen Emine Bozkurt (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Elmar Brok, en nombre del Grupo PPE-DE, Jan Marinus Wiersma, en nombre del Grupo PSE, Andrew Duff, en nombre del Grupo ALDE, Joost Lagendijk, en nombre del Grupo Verts/ALE, Vittorio Agnoletto, en nombre del Grupo GUE/NGL, Konrad Szymański, en nombre del Grupo UEN, Bastiaan Belder, en nombre del Grupo IND/DEM, Andreas Mölzer, no inscrito, Antonio Tajani y Hannes Swoboda.

    PRESIDENCIA: Janusz ONYSZKIEWICZ

    Vicepresidente

    Intervienen Jean-Louis Bourlanges, Cem Özdemir, Kyriacos Triantaphyllides, Mogens N.J. Camre, Bogusław Rogalski, Francesco Enrico Speroni, Giorgos Dimitrakopoulos, Pasqualina Napoletano, Lapo Pistelli, Hélène Flautre, Athanasios Pafilis, Seán Ó Neachtain, Gerard Batten, Philip Claeys, Jacques Toubon, Véronique De Keyser, Marios Matsakis, Nils Lundgren, Paweł Bartłomiej Piskorski, Bernd Posselt, Vural Öger, Alexander Lambsdorff, Renate Sommer, Panagiotis Beglitis, Marco Cappato, Charles Tannock, Inger Segelström, Ioannis Kasoulides, Józef Pinior, Simon Coveney y Glenis Willmott.

    PRESIDENCIA: Manuel António dos SANTOS

    Vicepresidente

    Intervienen Ville Itälä, Bogusław Sonik, Werner Langen, Paula Lehtomäki, Louis Michel (Miembro de la Comisión) y Philip Claeys para formular una pregunta a la Comisión, a la que responde Louis Michel.

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.11 del Acta de 27.9.2006.

    13.   Turno de preguntas (preguntas a la Comisión)

    El Parlamento examina una serie de preguntas a la Comisión (B6-0429/2006).

    Primera parte

    Pregunta 33 (Avril Doyle): Régimen de comercio de derechos de emisión 2008-2012 — Planes nacionales de asignación.

    Stavros Dimas (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Avril Doyle, Jim Allister y Esko Seppänen.

    Pregunta 34 (Danutė Budreikaitė): Ampliación del espacio Schengen.

    Franco Frattini (Vicepresidente de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Danutė Budreikaitė, Hubert Pirker y Justas Vincas Paleckis.

    El Presidente recuerda que esta cuestión será objeto de un debate en el período parcial de sesiones de octubre.

    Pregunta 35 (Proinsias De Rossa): Lectores de lengua extranjera en Italia.

    Vladimír Špidla (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Proinsias De Rossa y Glyn Ford.

    Pregunta 36 (Esko Seppänen): Gastos administrativos de la Comisión.

    Dalia Grybauskaitė (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Esko Seppänen, Andreas Mölzer y Eija-Riitta Korhola.

    Pregunta 37 (Ingeborg Gräßle): Correcciones financieras en el contexto de la modernización de la contabilidad y cuestionario relativo a las cuentas de la Comisión en su ámbito de actividades.

    Dalia Grybauskaitė responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Ingeborg Gräßle.

    Pregunta 38 (Justas Vincas Paleckis): Fuga de cerebros y de mano de obra cualificada de los nuevos Estados miembros de la UE.

    Ján Figeľ (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Justas Vincas Paleckis, Mairead McGuinness y Danutė Budreikaitė.

    Pregunta 39 (Gyula Hegyi): Educación — Aprendizaje de lenguas.

    Interviene Gay Mitchell sobre el desarrollo del turno de preguntas.

    Ján Figeľ responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Gyula Hegyi.

    Las preguntas 40 a 43 recibirán una respuesta por escrito.

    Pregunta 44 (Ignasi Guardans Cambó): Retraso en la construcción de la línea de alta velocidad Perpiñán-Montpellier.

    Jacques Barrot (Vicepresidente de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Ignasi Guardans Cambó y Luis de Grandes Pascual.

    Pregunta 45 (Marc Tarabella): Incorrecta aplicación del Reglamento (CE) no 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros aéreos.

    Jacques Barrot responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Marc Tarabella y Elizabeth Lynne.

    Las preguntas 46 a 62, 65 a 76 y 78 a 84 recibirán una respuesta por escrito.

    No se abordan las preguntas 63, 64 y 77, puesto que el asunto a que se refieren ya figura en el orden del día del presente período parcial de sesiones.

    Las preguntas que no hayan tenido respuesta por falta de tiempo la recibirán por escrito (véase el Anexo al Acta literal).

    Se cierra el turno de preguntas reservado a la Comisión.

    (La sesión, suspendida a las 19.50 horas, se reanuda a las 21.00 horas.)

    PRESIDENCIA: Edward McMILLAN-SCOTT

    Vicepresidente

    14.   Programa comunitario para el empleo y la solidaridad social — Progress ***II (continuación del debate)

    Recomendación para la segunda lectura Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa comunitario para el empleo y la solidaridad social — Progress [6282/3/2006 — C6-0272/2006 — 2004/0158(COD)] — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.

    Ponente: Karin Jöns (A6-0300/2006)

    Intervienen Jan Jerzy Kułakowski, en nombre del Grupo ALDE, Hiltrud Breyer, en nombre del Grupo Verts/ALE, Mary Lou McDonald, en nombre del Grupo GUE/NGL, Zbigniew Krzysztof Kuźmiuk, en nombre del Grupo UEN, Kathy Sinnott, en nombre del Grupo IND/DEM, Proinsias De Rossa, en nombre del Grupo PSE, Jacek Protasiewicz, en nombre del Grupo PPE-DE, Evangelia Tzampazi, Alejandro Cercas, Katalin Lévai, Teresa Riera Madurell y Vladimír Špidla (Miembro de la Comisión).

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.8 del Acta de 27.9.2006.

    15.   Protección del euro contra las falsificaciones de moneda (programa «Pericles») * — Protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles») (ampliación a los Estados miembros no participantes) * (debate)

    Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica y amplía la Decisión 2001/923/CE, por la que se establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles») [COM(2006) 0243 — C6-0179/2006 — 2006/0078(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

    Ponente: Agustín Díaz de Mera García Consuegra (A6-0276/2006)

    Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación de la Decisión 2006/.../CE por la que se modifica y amplía la Decisión 2001/923/CE por la que se establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles») [COM(2006) 0243 — C6-0180/2006 — 2006/0079(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

    Ponente: Agustín Díaz de Mera García Consuegra (A6-0277/2006)

    Interviene Siim Kallas (Vicepresidente de la Comisión).

    Agustín Díaz de Mera García Consuegra presenta sus informes y critica la organización de los debates. (El Presidente se compromete a transmitirle precisiones por escrito.)

    Intervienen Hubert Pirker, en nombre del Grupo PPE-DE, Donato Tommaso Veraldi, en nombre del Grupo ALDE, Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, Marek Aleksander Czarnecki, no inscrito, Carlos Coelho, Andreas Mölzer, Charlotte Cederschiöld y Siim Kallas.

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.2 del Acta de 27.9.2006 y punto 5.3 del Acta de 27.9.2006.

    16.   Consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros con motivo de un nuevo proceso penal * (debate)

    Informe sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea con motivo de un nuevo proceso penal [COM(2005) 0091 — C6-0235/2005 — 2005/0018(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

    Ponente: Panayiotis Demetriou (A6-0268/2006)

    Interviene Franco Frattini (Vicepresidente de la Comisión).

    Panayiotis Demetriou presenta su informe.

    Intervienen Ioannis Varvitsiotis, en nombre del Grupo PPE-DE, Andrzej Jan Szejna, en nombre del Grupo PSE, Gerard Batten, en nombre del Grupo IND/DEM, Marek Aleksander Czarnecki, no inscrito, y Jim Allister.

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.4 del Acta de 27.9.2006.

    17.   Directrices estratégicas en materia de cohesión *** (debate)

    Recomendación sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión [11807/2006 — C6-0266/2006 — 2006/0131(AVC)] — Comisión de Desarrollo Regional.

    Ponente: Constanze Angela Krehl (A6-0281/2006)

    Interviene Danuta Hübner (Miembro de la Comisión).

    Constanze Angela Krehl presenta la recomendación.

    Intervienen Jan Olbrycht, en nombre del Grupo PPE-DE, Stavros Arnaoutakis, en nombre del Grupo PSE, y Jean Marie Beaupuy, en nombre del Grupo ALDE.

    PRESIDENCIA: Ingo FRIEDRICH

    Vicepresidente

    Intervienen Bairbre de Brún, en nombre del Grupo GUE/NGL, Mieczysław Edmund Janowski, en nombre del Grupo UEN, Konstantinos Hatzidakis, Bernadette Bourzai, Alfonso Andria, Rolf Berend, Iratxe García Pérez, Ambroise Guellec, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Lambert van Nistelrooij, Jamila Madeira, Antonio De Blasio, Brigitte Douay, Jim Higgins, Sérgio Marques, James Nicholson, Oldřich Vlasák, Tomáš Zatloukal y Danuta Hübner.

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 5.9 del Acta de 27.9.2006.

    18.   Galileo (debate)

    Pregunta oral (O-0094/2006) presentada por Etelka Barsi-Pataky, Paul Rübig, en nombre del Grupo PPE-DE, Norbert Glante, en nombre del Grupo PSE, Fiona Hall, en nombre del Grupo ALDE, y Umberto Pirilli, en nombre del Grupo UEN, a la Comisión: Inventario del programa Galileo (B6-0430/2006)

    Etelka Barsi-Pataky y Fiona Hall desarrollan la pregunta oral.

    Jacques Barrot (Vicepresidente de la Comisión) contesta a la pregunta oral.

    Intervienen Lambert van Nistelrooij, en nombre del Grupo PPE-DE, Teresa Riera Madurell, en nombre del Grupo PSE, y Jacques Barrot.

    Propuesta de resolución presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento para cerrar el debate:

    Etelka Barsi-Pataky, en nombre del Grupo PPE-DE, Norbert Glante, en nombre del Grupo PSE, Fiona Hall, en nombre del Grupo ALDE, Eva Lichtenberger, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jaromír Kohlíček, Vladimír Remek, Umberto Guidoni, Esko Seppänen, en nombre del Grupo GUE/NGL, Umberto Pirilli y Eugenijus Maldeikis, en nombre del Grupo UEN, sobre la situación del programa Galileo (B6-0511/2006)

    Se cierra el debate.

    Votación: punto 7.4 del Acta de 28.9.2006.

    19.   Orden del día de la próxima sesión

    Se ha establecido el orden del día de la sesión de mañana (documento «Orden del día» PE 378.364/OJME).

    20.   Cierre de la sesión

    Se levanta la sesión a las 23.40 horas.

    Julian Priestley

    Secretario General

    Manuel António dos Santos

    Vicepresidente


    LISTA DE ASISTENCIA

    Han firmado:

    Adamou, Agnoletto, Aita, Albertini, Allister, Alvaro, Andersson, Andrejevs, Andria, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Ashworth, Assis, Atkins, Attard-Montalto, Attwooll, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso, Bachelot-Narquin, Baco, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belet, Belohorská, Bennahmias, Beňová, Berend, Berès, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Bielan, Birutis, Blokland, Bloom, Bobošíková, Böge, Bösch, Bonde, Bono, Bonsignore, Booth, Borghezio, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, Brok, Brunetta, Budreikaitė, van Buitenen, Bullmann, van den Burg, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Calabuig Rull, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Cappato, Carlotti, Carlshamre, Carnero González, Carollo, Casa, Casaca, Casini, Caspary, Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Catania, Cavada, Cederschiöld, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Claeys, Clark, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Cornillet, Correia, Costa, Cottigny, Coûteaux, Coveney, Crowley, Marek Aleksander Czarnecki, Ryszard Czarnecki, Daul, Davies, De Blasio, de Brún, Degutis, Dehaene, De Keyser, Demetriou, De Michelis, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Dičkutė, Didžiokas, Díez González, Dillen, Dimitrakopoulos, Dobolyi, Doorn, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Duff, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Ek, El Khadraoui, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Jill Evans, Jonathan Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fatuzzo, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Flasarová, Flautre, Florenz, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Fontaine, Ford, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Fruteau, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, García Pérez, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gewalt, Gierek, Giertych, Gklavakis, Glante, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Gottardi, Goudin, Grabowska, Grabowski, Graça Moura, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Groote, Grosch, Grossetête, Gruber, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hammerstein Mintz, Hamon, Handzlik, Hannan, Harangozó, Harbour, Harkin, Harms, Hassi, Hatzidakis, Haug, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Helmer, Henin, Hennicot-Schoepges, Hennis-Plasschaert, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Horáček, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Hybášková, Ibrisagic, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jäätteenmäki, Jałowiecki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Karas, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kinnock, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Klinz, Knapman, Koch, Koch-Mehrin, Kohlíček, Konrad, Korhola, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krarup, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lamassoure, Lambert, Lambrinidis, Lambsdorff, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, La Russa, Lauk, Lavarra, Lax, Lechner, Lehideux, Lehne, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Jean-Marie Le Pen, Le Rachinel, Lévai, Lewandowski, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Liotard, Lipietz, Locatelli, Lombardo, López-Istúriz White, Losco, Louis, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McDonald, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Maldeikis, Malmström, Maňka, Thomas Mann, Mantovani, Markov, Marques, Martens, David Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Mölzer, Mohácsi, Montoro Romero, Moreno Sánchez, Morgantini, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscardini, Muscat, Musotto, Musumeci, Myller, Napoletano, Nassauer, Navarro, Newton Dunn, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, van Nistelrooij, Novak, Obiols i Germà, Achille Occhetto, Öger, Özdemir, Olajos, Olbrycht, Ó Neachtain, Onesta, Onyszkiewicz, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Őry, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patrie, Peillon, Pęk, Alojz Peterle, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinheiro, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Pirker, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Polfer, Posdorf, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Rapkay, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Ries, Riis-Jørgensen, Rivera, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rühle, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savary, Savi, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Frithjof Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schroedter, Schulz, Schwab, Seeber, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Simpson, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Škottová, Smith, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Stauner, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Strejček, Strož, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Susta, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Takkula, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Toia, Tomczak, Toubon, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Tzampazi, Ulmer, Väyrynen, Vaidere, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vaugrenard, Veneto, Ventre, Veraldi, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras, de Villiers, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Wallis, Walter, Watson, Henri Weber, Manfred Weber, Weiler, Weisgerber, Westlund, Whittaker, Wiersma, Wijkman, Willmott, Wise, von Wogau, Wohlin, Bernard Piotr Wojciechowski, Janusz Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wurtz, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Železný, Zieleniec, Zīle, Zimmer, Zingaretti, Zvěřina, Zwiefka

    Observadores:

    Abadjiev Dimitar, Ali Nedzhmi, Anastase Roberta Alma, Arabadjiev Alexander, Athanasiu Alexandru, Bărbuleţiu Tiberiu, Becşenescu Dumitru, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Cappone Maria, Christova Christina Velcheva, Ciornei Silvia, Cioroianu Adrian Mihai, Corlăţean Titus, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Corina, Creţu Gabriela, Dimitrov Martin, Duca Viorel, Dumitrescu Cristian, Ganţ Ovidiu Victor, Hogea Vlad Gabriel, Iacob Ridzi Monica Maria, Ilchev Stanimir, Ivanova Iglika, Kazak Tchetin, Kelemen Atilla Béla Ladislau, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Mihăescu Eugen, Mihalache Dan, Morţun Alexandru Ioan, Paparizov Atanas Atanassov, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Petre Maria, Podgorean Radu, Popa Nicolae Vlad, Popeangă Petre, Sârbu Daciana Octavia, Severin Adrian, Shouleva Lydia, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Stoyanov Dimitar, Szabó Károly Ferenc, Ţicău Silvia Adriana, Tîrle Radu, Vigenin Kristian


    ANEXO I

    RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

    Significado de abreviaturas y símbolos

    +

    aprobado

    -

    rechazado

    decae

    R

    retirado

    VN (..., ..., ...)

    votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

    VE (..., ..., ...)

    votación electrónica (votos a favor, en contra, abstenciones)

    vp

    votación por partes

    vs

    votación por separado

    enm.

    enmienda

    ET

    enmienda de transacción

    PC

    parte correspondiente

    S

    enmienda de supresión

    =

    enmiendas idénticas

    §

    apartado

    art.

    artículo

    cons.

    considerando

    PR

    propuesta de resolución

    PRC

    propuesta de resolución común

    SEC

    voto secreto

    1.   Solicitud de consulta al Comité Económico y Social Europeo — Vivienda y política regional (artículo 117 del Reglamento PE)

    Asunto

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Solicitud de consulta

     

    +

     

    2.   Solicitud de consulta al Comité de las Regiones — Vivienda y política regional (artículo 118 del Reglamento PE)

    Asunto

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Solicitud de consulta

     

    +

     

    3.   Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria de Jannis Sakellariou

    Informe: Klaus-Heiner LEHNE (A6-0273/2006)

    Asunto

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    votación única

     

    +

     

    4.   Medios de comunicación y desarrollo

    Informe: Manolis MAVROMMATIS (A6-0264/2006)

    Asunto

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    votación única

    VN

    +

    443, 19, 13

    Solicitud de votación nominal

    PPE-DE: votación final

    5.   Iniciativas que complementen los programas escolares ofreciendo medidas adecuadas de apoyo para la inclusión de la dimensión europea

    Informe: Christopher BEAZLEY (A6-0267/2006)

    Asunto

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    votación única

    VN

    +

    470, 55, 24

    Christopher Beazley ha propuesto una enmienda oral al apartado 1, que se ha admitido:

    1. Indica que todos los sistemas educativos deberían velar por que los alumnos posean al final de la enseñanza media los conocimientos y las competencias necesarias, con arreglo a lo establecido por sus autoridades nacionales, para asumir su cometido como ciudadanos y como miembros de la Unión Europa;

    Solicitud de votación nominal

    IND/DEM: votación final

    6.   Calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa ***I

    Informe: Holger KRAHMER (A6-0234/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

    1-2

    6

    8-9

    12-13

    15

    18-22

    27

    29

    31-32

    38-40

    45

    48

    51-52

    comisión

     

    +

     

    Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

    3

    comisión

    vs/VE

    +

    367, 196, 16

    4

    comisión

    vs

    +

     

    5

    comisión

    vs

    +

     

    7

    comisión

    vs

    +

     

    10

    comisión

    VN

    +

    299, 284, 17

    11

    comisión

    vs/VE

    +

    317, 273, 17

    14

    comisión

    vs

    +

     

    16

    comisión

    vs

    +

     

    17

    comisión

    vs

    +

     

    25

    comisión

    vs

    +

     

    26

    comisión

    vs

    +

     

    28

    comisión

    vs

    -

     

    33

    comisión

    VN

    +

    307, 297, 14

    34

    comisión

    vs

    -

     

    35

    comisión

    VN

    +

    476, 127, 15

    36

    comisión

    VN

    +

    323, 287, 15

    37

    comisión

    vs

    +

     

    41

    comisión

    vs

    +

     

    44

    comisión

    vs

    +

     

    47

    comisión

    vs

    -

     

    Artículo 12

    23

    comisión

     

    -

     

    65=

    75=

    ALDE

    PPE-DE

     

    +

     

    Artículo 13

    24

    comisión

     

    +

     

    69

    GUE/NGL

     

    -

     

    Artículo 19

    72S

    GUE/NGL

     

    -

     

    58

    ALDE

     

    -

     

    59

    ALDE

     

    -

     

    Artículo 20

    73S

    GUE/NGL

     

    -

     

    30

    comisión

    VN

    -

    29, 581, 13

    81

    PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

    VN

    +

    413, 178, 32

    54

    Verts/ALE

     

     

    Artículo 26

    61

    ALDE

     

    +

     

    62

    ALDE

     

    +

     

    Artículo 27

    63

    ALDE

     

    +

     

    Artículo 30

    42

    comisión

    VN

    +

    597, 22, 15

    77

    PPE-DE, IND/DEM

    VE

    -

    273, 344, 17

    64

    ALDE

     

    +

     

    Después del artículo 30

    43

    comisión

    VN

    -

    46, 572, 16

    83

    PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

    VN

    +

    453, 166, 15

    Anexo 2

    80

    PPE-DE

    VN

    -

    262, 350, 22

    Anexo 3, Sección A

    60

    ALDE

    VN

    +

    334, 287, 16

    79

    PPE-DE, IND/DEM

     

     

    Anexo 3, Sección B

    78

    PPE-DE

     

    +

     

    Anexo 11, cuadro, dióxido de nitrónego

    76

    PPE-DE, IND/DEM

    VE

    +

    322, 298, 14

    Anexo 11, cuadro, PM10

    70

    GUE/NGL

     

    -

     

    55

    Verts/ALE

     

    -

     

    46

    comisión

    vp

     

     

    1

    -

     

    2/VN

    -

    45, 567, 18

    82

    PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

    vp/VN

     

     

    1

    +

    551, 59, 18

    2

    +

    416, 197, 16

    Anexo 14, Sección B

    67

    GUE/NGL

     

    -

     

    56

    Verts/ALE

    VN

    -

    139, 476, 16

    49

    comisión

    VN

    +

    513, 64, 51

    Anexo 14, Sección C

    68/rev2

    GUE/NGL

     

    -

     

    57

    Verts/ALE

    VN

    -

    129, 448, 54

    50

    comisión

    VN

    +

    583, 29, 15

    Anexo 15, título

    74

    GUE/NGL

     

    -

     

    Después del anexo 16

    84

    PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

    VN

    +

    587, 32, 17

    53

    comisión

     

     

    Considerando 14

    71S

    GUE/NGL

     

    -

     

    Después del considerando 29

    66

    PSE

     

    +

     

    votación: propuesta modificada

    VN

    +

    494, 126, 17

    votación: resolución legislativa

    VN

    +

    571, 43, 18

    Solicitudes de votación nominal

    IND/DEM: votación final

    ALDE: enms. 81, 82, 83, 84, 42, 49, 50 y 60, propuesta modificada y resolución legislativa

    Verts/ALE: enms. 10, 30, 33, 35, 36, 43, 56, 57, 60, 80 y 81

    Solicitudes de votación por separado

    PSE: enms. 3, 4, 5, 10, 11, 14, 16, 17, 25, 26, 33, 41 y 44

    IND/DEM: enm. 37

    ALDE: enms. 28, 34 y 47

    Verts/ALE: enms. 5, 7, 23 y 41

    Solicitudes de votación por partes

    Verts/ALE

    enm. 46

    1a parte: El apartado en su conjunto sin la nota a pie de página

    2a parte: La nota a pie de página

    enm. 82

    1a parte: El apartado en su conjunto sin la nota a pie de página

    2a parte: La nota a pie de página

    7.   Aprobación de la gestión 2004: Sección I, Parlamento Europeo

    Informe: Markus FERBER (A6-0280/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Decisión sobre la aprobación de la gestión

    votación: décision

     

    +

     

    Propuesta de resolución

    Después del § 8

    7

    Verts/ALE

    VN

    -

    166, 336, 34

    § 10

    1

    PPE-DE

    VE

    +

    295, 251, 9

    §

    texto original

     

     

    § 19, después del guión 2

    8

    Verts/ALE

    VN

    -

    179, 377, 28

    § 20

    9

    IND/DEM

    VN

    -

    104, 469, 30

    § 28

    §

    texto original

    VN

    +

    590, 9, 12

    §§ 66 y 67

    §

    texto original

     

    +

    insertados tras el § 75

    § 79

    §

    texto original

    vs

    +

     

    § 80

    2

    Verts/ALE

     

    -

     

    § 81

    3

    Verts/ALE

     

    -

     

    § 83

    §

    texto original

    vp

     

     

    1

    +

     

    2

    +

     

    Después del § 84

    4

    Verts/ALE

    VN

    -

    116, 471, 40

    § 86

    5

    Verts/ALE

    VN

    -

    164, 419, 23

    § 87

    6/rev.

    Verts/ALE

     

    -

     

    § 88

    §

    texto original

    vp

     

     

    1/VE

    +

    455, 133, 34

    2/VE

    +

    326, 207, 88

    votación: resolución (conjunto)

    VN

    +

    535, 45, 51

    Solicitudes de votación nominal

    PPE-DE: § 28

    IND/DEM: enm. 9 y votación final

    Verts/ALE: enms. 4, 5, 7 y 8

    Solicitud de votación por separado

    PPE-DE: § 79

    Solicitudes de votación por partes

    ALDE

    § 83

    1a parte:«Constata que el fondo de pensiones acusaba a 31 de diciembre de 2004 ... del 76,8 %»

    2a parte:«y que ... había ascendido al 86,1 %»

    PPE-DE

    § 88

    1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «antes del 31 de marzo de 2007»

    2a parte: estos términos

    Varios

    El Grupo PSE ha solicitado que los apartados 66 y 67 se insertaran tras el apartado 75.

    El Grupo PSE ha retirado sus enmiendas 7 y 8. De conformidad con el apartado 5 del artículo 150 de nuestro Reglamento, el Grupo Verts/ALE ha hecho suyas dichas enmiendas.

    8.   Carta Europea de Calidad para la Movilidad (educación y formación) ***I

    Informe: Christa PRETS (A6-0255/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Bloque no 1 — transacción

    37-70

    PSE, PPE-DE, ALDE, Verts/ALE

     

    +

     

    Bloque no 2 — enmiendas de la comisión competente

    1-36

    comisión

     

     

    votación: propuesta modificada

     

    +

     

    votación: resolución legislativa

     

    +

     

    9.   Competencias clave para el aprendizaje permanente ***I

    Informe: Helga TRÜPEL (A6-0262/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Bloque no 1 — transacción

    35-80

    Verts/ALE, PPE-DE, PSE, ALDE

     

    +

     

    Bloque no 2

    1-32

    comisión

     

     

    votación: propuesta modificada

     

    +

     

    votación: resolución legislativa

     

    +

     

    Se han retirado las enmiendas 33 y 34.

    10.   Estrategia temática sobre la contaminación atmosférica

    Informe: Dorette CORBEY (A6-0235/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    Después del § 2

    11

    PSE

     

    +

     

    § 4

    8

    Verts/ALE

     

    -

     

    § 6

    9

    Verts/ALE

     

    -

     

    12

    PSE

     

    +

     

    § 9

    10

    Verts/ALE

     

    -

     

    Después del § 9

    2

    ALDE

     

    -

     

    § 15

    3

    ALDE

     

    -

     

    § 16

    4

    ALDE

     

    -

     

    Después del § 16

    5

    ALDE

     

    -

     

    § 17

    6S

    ALDE

     

    -

     

    § 19

    7

    ALDE

     

    -

     

    § 21

    13

    PPE-DE

     

    +

     

    Considerando C

    §

    texto original

    vs

    +

     

    Considerando N

    1

    ALDE

     

    -

     

    Considerando S

    §

    texto original

    VN

    +

    533, 81, 12

    Considerando U

    §

    texto original

    vs

    +

     

    votación: resolución (conjunto)

    VN

    +

    563, 19, 42

    Solicitudes de votación nominal

    IND/DEM: considerando S y votación final

    Solicitudes de votación por separado

    PSE: considerandos C y U

    11.   Estrategia temática para el medio ambiente urbano

    Informe: Gyula HEGYI (A6-0233/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    § 7

    3

    PPE-DE

    VE

    +

    363, 247, 7

    §

    texto original

     

     

    § 10, letra a)

    §

    texto original

    vp

     

     

    1

    +

     

    2/VE

    +

    359, 253, 5

    § 19

    §

    texto original

    VN

    +

    572, 41, 5

    § 22

    §

    texto original

    vp

     

     

    1

    +

     

    2

    +

     

    § 25

    4

    PPE-DE

     

    +

     

    § 28, guión 3

    §

    texto original

    vs

    -

     

    § 31

    §

    texto original

    vp

     

     

    1

    +

     

    2

    -

     

    Después del § 57

    1

    PSE

    VE

    +

    355, 238, 10

    Considerando D

    2

    PPE-DE

     

    -

     

    votación: resolución (conjunto)

    VN

    +

    448, 49, 110

    Solicitudes de votación nominal

    IND/DEM: § 19 y votación final

    Solicitudes de votación por separado

    PPE-DE: § 28, guión 3

    ALDE: § 28, guión 3

    Solicitudes de votación por partes

    PPE-DE

    § 10, letra a)

    1a parte: Conjunto del texto excepto los guiones 5, 7 y 8

    2a parte: los guiones 5, 7 y 8

    § 22

    1a parte:«Considera el uso ... el medio ambiente»

    2a parte:«en este sentido va a analizar con gran interés ... el transporte urbano»

    § 31

    1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «la introducción de tasas de congestión y»

    2a parte: estos términos

    12.   Marco europeo de cualificaciones

    Informe: Thomas MANN (A6-0248/2006)

    Asunto

    Enmienda no

    Autor/Autora

    VN, etc.

    Votación

    Votaciones por VN/VE — observaciones

    § 8

    §

    texto original

    vs

    +

     

    § 11

    1

    Verts/ALE

     

    +

     

    § 13

    2

    Verts/ALE

    VE

    +

    314, 261, 12

    votación: resolución (conjunto)

    VN

    +

    535, 18, 10

    Solicitud de votación nominal

    PPE-DE: votación final

    Solicitud de votación por separado

    Verts/ALE: § 8


    ANEXO II

    RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

    1.   Informe Mavrommatis A6-0264/2006

    Resolución

    A favor: 443

    ALDE: Alvaro, Andria, Attwooll, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Cavada, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Lynne, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Henin, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kozlík, Masiel, Piskorski, Rivera

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Bachelot-Narquin, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Papastamkos, Peterle, Pleštinská, Podestà, Posdorf, Posselt, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Reul, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Záborská, Zahradil, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Carnero González, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Ettl, Falbr, Fazakas, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Golik, Grabowska, Grech, Groote, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Hughes, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tarabella, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Maldeikis, Tatarella

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lambert, Lichtenberger, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Ždanoka

    En contra: 19

    GUE/NGL: Kohlíček, Remek, Strož

    IND/DEM: Blokland, Booth, Clark, Louis, Piotrowski, Titford, de Villiers, Whittaker, Wise, Železný

    NI: Allister, Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Mote, Wojciechowski Bernard Piotr

    Abstención: 13

    GUE/NGL: Flasarová

    IND/DEM: Grabowski, Krupa, Pęk, Zapałowski

    NI: Borghezio, Claeys, Lang, Mölzer, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy, Othmar Karas, Hans-Gert Poettering, Reinhard Rack, Britta Thomsen

    2.   Informe Beazley A6-0267/2006

    Resolución

    A favor: 470

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Agnoletto, Brie, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Rizzo, Strož, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Wohlin

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Czarnecki Ryszard, Piskorski, Rivera, Rutowicz

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Esteves, Eurlings, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wijkman, Wortmann-Kool, Záborská, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Andersson, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carnero González, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hedh, Hedkvist Petersen, Hughes, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Krasts, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 55

    GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Seppänen, Sjöstedt, Svensson

    IND/DEM: Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Sinnott, Titford, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Martinez, Mölzer, Mote, Salvini, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Cabrnoch, Callanan, Duchoň, Fajmon, Heaton-Harris, Kamall, Ouzký, Škottová, Strejček, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    UEN: Camre, Foltyn-Kubicka, Kuźmiuk, Libicki, Podkański

    Verts/ALE: Schlyter

    Abstención: 24

    GUE/NGL: Adamou, Figueiredo, Guerreiro, Pflüger, Triantaphyllides, Wagenknecht

    NI: Bobošíková, Kozlík, Romagnoli

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bradbourn, Bushill-Matthews, Dover, Elles, Evans Jonathan, Harbour, Nicholson, Parish, Sommer, Tannock, Van Orden

    UEN: Bielan, Janowski

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy, Edite Estrela, Othmar Karas, Reinhard Rack, Britta Thomsen

    En contra: Hélène Goudin, Daniel Hannan, Nils Lundgren

    3.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 10

    A favor: 299

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Lundgren, Sinnott, Wohlin

    NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 284

    ALDE: Matsakis, Onyszkiewicz, Ries, Staniszewska

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Battilocchio, Helmer, Masiel

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Gutiérrez-Cortines, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Sonik, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 17

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Železný

    NI: Baco, Borghezio, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Martinez, Mölzer, Mote, Rivera, Salvini, Schenardi, Speroni

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy

    En contra: Edite Estrela

    4.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 33

    A favor: 307

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, de Villiers, Wohlin, Zapałowski

    NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella

    En contra: 297

    ALDE: Matsakis, Onyszkiewicz, Ries, Staniszewska

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise

    NI: Battilocchio, Helmer, Masiel

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Karas, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Schierhuber, Schnellhardt, Seeber, Seeberg, Škottová, Sonik, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Kamiński, Krasts, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 14

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Železný

    NI: Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Martinez, Mölzer, Mote, Rivera, Schenardi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy

    5.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 35

    A favor: 476

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    En contra: 127

    ALDE: Attwooll, Karim, Ludford, Matsakis, Staniszewska

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Titford, Whittaker, Wise

    NI: Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Purvis, Seeberg, Škottová, Sonik, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Badia I Cutchet, Hedh, Hedkvist Petersen, Segelström, Thomsen, Weiler, Westlund

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 15

    ALDE: Davies, Lynne, Prodi

    NI: Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy, Britta Thomsen

    En contra: Diana Wallis

    6.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 36

    A favor: 323

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    En contra: 287

    ALDE: Matsakis, Onyszkiewicz, Staniszewska

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Titford, Whittaker, Wise

    NI: Battilocchio, Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Karas, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Sonik, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 15

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Zapałowski

    NI: Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Rivera, Schenardi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean-Pierre Audy

    7.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 30

    A favor: 29

    ALDE: Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Kułakowski, Maaten, Manders, Mulder, Polfer, Sterckx

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, de Villiers

    NI: Allister, Baco, Borghezio, Czarnecki Ryszard, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni

    PPE-DE: Barsi-Pataky, Buzek, Jeggle, Jordan Cizelj, Wortmann-Kool

    PSE: Kuc

    En contra: 581

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Susta, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Battilocchio, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 13

    ALDE: Davies, Takkula

    NI: Belohorská, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Mölzer, Mote, Rivera

    PPE-DE: Lauk

    PSE: Mikko

    Verts/ALE: van Buitenen

    8.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 81

    A favor: 413

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Maaten, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Figueiredo

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Lundgren, Sinnott, Wohlin, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beňová, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Carnero González, Cercas, Chiesa, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gruber, Hänsch, Harangozó, Haug, Herczog, Hughes, Ilves, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Piecyk, Pinior, Rapkay, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Walter, Weber Henri, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

    En contra: 178

    ALDE: Attwooll, Bowles, Duff, Hall, Lax, Ludford, Malmström, Pistelli, Prodi, Ries, Susta, Toia

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Járóka, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Olajos, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Saïfi, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Surján, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Berès, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Capoulas Santos, Carlotti, Castex, Christensen, Désir, Ettl, Ferreira Anne, Fruteau, Guy-Quint, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Kristensen, Leichtfried, Myller, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Roure, Scheele, Segelström, Swoboda, Thomsen, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Westlund

    UEN: Krasts, Vaidere

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 32

    ALDE: Andria, Cocilovo, Davies, Karim, Lynne, Matsakis

    NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Gál

    PSE: Arnaoutakis, Beglitis, Hegyi, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Mikko, Panzeri, Pittella, Sacconi, Sifunakis, Tzampazi, Weiler, Zani

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Lissy Gröner

    En contra: Brigitte Douay, Diana Wallis

    9.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 42

    A favor: 597

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 22

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Schenardi

    PPE-DE: Rübig

    PSE: Andersson, Fazakas, Hedh, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

    Abstención: 15

    ALDE: Prodi

    GUE/NGL: Krarup

    IND/DEM: Železný

    NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote

    PSE: Zingaretti

    UEN: Foglietta

    Verts/ALE: van Buitenen

    10.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 43

    A favor: 46

    ALDE: Cocilovo

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Allister, Belohorská, Borghezio, Czarnecki Ryszard, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni

    PPE-DE: Bonsignore, Brok, Gklavakis, Gräßle, Toubon, Ulmer

    PSE: Napoletano, Schulz

    UEN: Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, Libicki, Maldeikis, Podkański, Szymański, Wojciechowski Janusz

    En contra: 572

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Louis, Tomczak, de Villiers, Wohlin

    NI: Battilocchio, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Krasts, La Russa, Muscardini, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 16

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Coûteaux, Železný

    NI: Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Lauk

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Martin Schulz

    11.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 83

    A favor: 453

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Louis, Sinnott, Titford, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Estrela, Ettl, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Hänsch, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 166

    ALDE: Attwooll, Bowles, Duff, Hall, Karim, Ludford, Lynne, Matsakis, Nicholson of Winterbourne, Susta, Toia

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Rogalski

    NI: Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Batzeli, Berès, Bösch, Bono, Bourzai, Calabuig Rull, Castex, Cercas, Cottigny, Désir, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Gröner, Gruber, Guy-Quint, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Kristensen, Lehtinen, McAvan, Mann Erika, Masip Hidalgo, Moreno Sánchez, Moscovici, Patrie, Poignant, Reynaud, Rocard, Rosati, Roure, Segelström, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Westlund

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 15

    ALDE: Davies, Prodi

    GUE/NGL: Guerreiro

    IND/DEM: Piotrowski

    NI: Claeys, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PSE: El Khadraoui

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Katerina Batzeli, Lissy Gröner

    En contra: Marie-Arlette Carlotti, Diana Wallis, Henri Weber, Åsa Westlund

    12.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 80

    A favor: 262

    ALDE: Hennis-Plasschaert, Maaten, Manders, Mulder, Sterckx, Takkula

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Baco, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 350

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Susta, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren

    NI: Battilocchio, Chruszcz, Giertych, Helmer, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Karas, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Pirker, Purvis, Rack, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Krasts

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 22

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Louis, Sinnott, de Villiers

    NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Rivera, Salvini, Schenardi, Speroni

    Verts/ALE: van Buitenen

    13.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 60

    A favor: 334

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Maaten, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Louis, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Allister, Baco, Belohorská, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

    En contra: 287

    ALDE: Attwooll, Cornillet, Hall, Karim, Ludford, Lynne, Malmström, Nicholson of Winterbourne, Polfer

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Battilocchio, Borghezio, Rutowicz, Salvini, Speroni

    PPE-DE: Gál, Hennicot-Schoepges, Járóka, Karas, Olajos, Pirker, Rack, Saïfi, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Stevenson, Surján, Wijkman

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Krasts, Vaidere, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 16

    ALDE: Davies, Matsakis, Prodi, Toia

    NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PSE: Goebbels

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Diana Wallis

    14.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 46/2

    A favor: 45

    IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

    NI: Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Giertych, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Buzek, Dehaene, Kaczmarek, Reul, Sonik

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

    En contra: 567

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Lundgren, Titford, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

    NI: Battilocchio, Bobošíková, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Krasts, Muscardini, Vaidere, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 18

    ALDE: Davies, Prodi

    GUE/NGL: Krarup

    IND/DEM: Sinnott

    NI: Allister, Baco, Belohorská, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Lauk

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Britta Thomsen, Claude Turmes

    15.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 82/1

    A favor: 551

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Coûteaux, Louis, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeberg, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Hänsch, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Pahor, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 59

    ALDE: Andria, Bowles, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Maaten, Manders, Mulder, Pistelli, Prodi, Sterckx, Susta, Väyrynen

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Rutowicz

    PPE-DE: McMillan-Scott, Pirker, Rack, Schierhuber, Seeber, Siekierski

    PSE: Berès, Bono, Bourzai, Castex, Cottigny, Désir, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Guy-Quint, Hamon, Lehtinen, Mann Erika, Masip Hidalgo, Moscovici, Patrie, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud

    Verts/ALE: Cohn-Bendit

    Abstención: 18

    GUE/NGL: Krarup

    IND/DEM: Goudin, Lundgren, Sinnott

    NI: Allister, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Pieper

    PSE: Hegyi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Claude Turmes

    En contra: Diana Wallis, Henri Weber

    16.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 82/2

    A favor: 416

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Maaten, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Polfer, Riis-Jørgensen, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cercas, Chiesa, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Hänsch, Haug, Herczog, Ilves, Jöns, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Napoletano, Obiols i Germà, Pahor, Piecyk, Pinior, Rapkay, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Tabajdi, Tarabella, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Walter, Weber Henri, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

    UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 197

    ALDE: Andria, Attwooll, Bowles, Duff, Hall, Karim, Lax, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Nicholson of Winterbourne, Pistelli, Prodi, Ries, Savi, Susta, Toia, Veraldi

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Lundgren, Titford, Whittaker, Wise

    NI: Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Deva, Dover, Doyle, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Gál, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Járóka, Kamall, Karas, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Olajos, Ouzký, Pirker, Rack, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Surján, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Berès, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, van den Burg, Castex, Christensen, Cottigny, Douay, Ettl, Ferreira Anne, Fruteau, Gottardi, Guy-Quint, Hedh, Hedkvist Petersen, Hughes, Jørgensen, Kristensen, Lehtinen, Leichtfried, Lévai, Mann Erika, Moscovici, Muscat, Myller, Panzeri, Patrie, Peillon, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roure, Sacconi, Savary, Scheele, Segelström, Swoboda, Tarand, Thomsen, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weiler, Westlund, Zingaretti

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 16

    ALDE: Davies

    GUE/NGL: Figueiredo

    IND/DEM: Sinnott

    NI: Allister, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PSE: Hegyi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Louis Grech, Claude Turmes, Diana Wallis, Henri Weber

    17.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 56

    A favor: 139

    ALDE: Budreikaitė, Malmström, Matsakis, Ries, Susta, Toia

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Goudin, Louis, Lundgren, de Villiers

    NI: Czarnecki Marek Aleksander, Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Pieper, Pomés Ruiz, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Ulmer, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, van den Berg, Berger, Bösch, Busquin, Christensen, Ettl, Hedh, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Kristensen, Leichtfried, Myller, Prets, Rasmussen, Scheele, Segelström, Westlund

    UEN: Krasts

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 476

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Mote, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Brok, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berlinguer, Berman, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Kindermann, Kinnock, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Cohn-Bendit

    Abstención: 16

    ALDE: Prodi

    NI: Belohorská, Borghezio, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Salvini, Schenardi, Speroni

    PPE-DE: Ouzký

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Britta Thomsen

    18.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 49

    A favor: 513

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Kindermann, Kinnock, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Romeva i Rueda, Turmes

    En contra: 64

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Lundgren, Titford, Whittaker, Wise

    PPE-DE: Pirker, Rack, Schierhuber, Seeber, Vernola

    PSE: Andersson, Christensen, Ferreira Elisa, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Jørgensen, Kristensen, Rasmussen, Thomsen, Westlund

    UEN: Crowley

    Verts/ALE: Schlyter

    Abstención: 51

    ALDE: Prodi, Ries

    NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Seeberg

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

    Correcciones e intenciones de voto

    Abstención: Raül Romeva i Rueda

    19.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 57

    A favor: 129

    ALDE: Drčar Murko, Lax, Matsakis, Newton Dunn, Ries, Susta

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren

    NI: Borghezio, Czarnecki Ryszard, Salvini, Speroni

    PPE-DE: Becsey, Matsis, Seeberg

    PSE: Andersson, Arif, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Castex, Christensen, Cottigny, Désir, Douay, El Khadraoui, Ettl, Ferreira Anne, Fruteau, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Jørgensen, Kristensen, Leichtfried, Moscovici, Muscat, Myller, Patrie, Peillon, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Rocard, Roure, Scheele, Segelström, Thomsen, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Weiler, Westlund

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 448

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Louis, Sinnott, Titford, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Giertych, Masiel, Mote, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bozkurt, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cercas, Chiesa, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Estrela, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Harangozó, Haug, Hughes, Ilves, Jöns, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Abstención: 54

    ALDE: Prodi, Toia

    IND/DEM: Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Zapałowski

    NI: Belohorská, Claeys, Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Siekierski, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Bill Newton Dunn, Henri Weber

    20.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 50

    A favor: 583

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Lundgren, Sinnott, Wohlin, Železný

    NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni

    PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeberg, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 29

    ALDE: Kułakowski, Onyszkiewicz, Ries, Staniszewska

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Chruszcz, Giertych, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Pirker, Rack, Schierhuber, Seeber, Siekierski

    PSE: Weber Henri

    Abstención: 15

    ALDE: Prodi

    GUE/NGL: Krarup

    NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Henri Weber

    21.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Enmienda 84

    A favor: 587

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Louis, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 32

    ALDE: Attwooll, Bowles, Duff, Hall, Karim, Ludford, Nicholson of Winterbourne, Susta, Toia

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

    PPE-DE: Casini, Mantovani

    PSE: Andersson, Hedh, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

    Abstención: 17

    ALDE: Davies, Lynne, Prodi

    GUE/NGL: Krarup

    IND/DEM: Goudin

    NI: Allister, Claeys, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PSE: Wiersma

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Diana Wallis

    22.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Propuesta modificada

    A favor: 494

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Kozlík, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Hänsch, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Walter, Weiler, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 126

    ALDE: Attwooll, Bowles, Duff, Hall, Ludford, Nicholson of Winterbourne, Prodi

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Kilroy-Silk, Mote

    PPE-DE: Seeberg, Sonik

    PSE: Andersson, Arif, Berès, Bono, Bourzai, Castex, Cottigny, Désir, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Guy-Quint, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Moscovici, Patrie, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Segelström, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri, Westlund

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 17

    ALDE: Davies, Karim, Lynne, Ries, Staniszewska

    NI: Allister, Claeys, Dillen, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

    PPE-DE: Schierhuber, Seeber

    PSE: Vincenzi

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Diana Wallis

    23.   Informe Krahmer A6-0234/2006

    Resolución

    A favor: 571

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, de Villiers, Wohlin, Železný

    NI: Baco, Battilocchio, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Hänsch, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Pahor, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 43

    ALDE: Prodi

    IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

    NI: Kilroy-Silk, Mote

    PSE: Arif, Berès, Bono, Bourzai, Carlotti, Castex, Cottigny, Désir, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Guy-Quint, Hamon, Moscovici, Patrie, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri

    Abstención: 18

    ALDE: Staniszewska

    GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Krarup

    NI: Allister, Claeys, Dillen, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

    PPE-DE: Schierhuber, Seeber, Sonik

    Verts/ALE: van Buitenen, Frassoni

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Monica Frassoni, Claude Turmes

    24.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Enmienda 7

    A favor: 166

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bowles, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Gentvilas, Guardans Cambó, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Oviir, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Sterckx, Susta, Toia, Virrankoski, Wallis

    GUE/NGL: Agnoletto, Catania, de Brún, Guidoni, Kaufmann, Liotard, McDonald, Markov, Meijer, Papadimoulis, Pflüger, Sjöstedt, Svensson, Wagenknecht, Zimmer

    NI: Allister, Belohorská, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer

    PPE-DE: Albertini, Ashworth, Atkins, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Buzek, Callanan, Chichester, Deva, Doorn, Dover, Duchoň, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fjellner, Fontaine, Heaton-Harris, Hökmark, Ibrisagic, Kirkhope, Maat, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Wortmann-Kool, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, van den Burg, Chiesa, Christensen, Ettl, Ferreira Anne, Gurmai, Hedh, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Kinnock, Kristensen, Leichtfried, McAvan, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Muscat, Prets, Rasmussen, Roure, Scheele, Segelström, Simpson, Sornosa Martínez, Stihler, Thomsen, Van Lancker, Westlund, Willmott

    UEN: Camre, Muscardini

    Verts/ALE: Auken, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 336

    ALDE: Budreikaitė, Cavada, Cocilovo, Cornillet, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Griesbeck, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Mohácsi, Morillon, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pistelli, Polfer, Prodi, Van Hecke, Veraldi, Watson

    GUE/NGL: Henin, Kohlíček, Maštálka, Remek, Seppänen, Strož, Wurtz

    IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Farage, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Battilocchio, Bobošíková, Claeys, Dillen, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

    PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Belet, Berend, Böge, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Casa, Casini, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Duka-Zólyomi, Ehler, Esteves, Eurlings, Ferber, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pirker, Pleštinská, Pomés Ruiz, Posselt, Queiró, Rack, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schnellhardt, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sudre, Surján, Szájer, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vlasto, Weber Manfred, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berlinguer, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Corbey, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Falbr, Fernandes, Fruteau, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gruber, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Panzeri, Patrie, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Sifunakis, Siwiec, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Berlato, Crowley, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: van Buitenen, Smith

    Abstención: 34

    ALDE: Ek, Geremek, Hall, Starkevičiūtė

    GUE/NGL: Adamou, Aita, Brie, Flasarová, Guerreiro, Morgantini, Musacchio, Triantaphyllides

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Louis, Lundgren, de Villiers

    NI: Baco, Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Kozlík, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Coveney, McGuinness

    PSE: Attard-Montalto, Bullmann, Grech, Myller, Wiersma

    UEN: Kamiński

    Verts/ALE: Aubert, Onesta

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Camiel Eurlings, Malcolm Harbour, Jules Maaten, Lars Wohlin

    En contra: Kader Arif, Martine Roure

    Abstención: Jens-Peter Bonde, Avril Doyle

    25.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Enmienda 8

    A favor: 179

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Gentvilas, Geremek, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Oviir, Pistelli, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Toia, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Agnoletto, Aita, de Brún, Guidoni, Liotard, McDonald, Markov, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson

    NI: Battilocchio, Belohorská, Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Harbour, Heaton-Harris, Kirkhope, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Arnaoutakis, Beglitis, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, van den Burg, Chiesa, Christensen, Corbey, Ettl, Fazakas, Gruber, Gurmai, Hughes, Jöns, Jørgensen, Kinnock, Kristensen, Leichtfried, Lévai, McAvan, Martin David, Mastenbroek, Obiols i Germà, Occhetto, Prets, Rasmussen, Scheele, Simpson, Stihler, Tarand, Thomsen, Van Lancker, Westlund, Willmott

    UEN: Camre, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Szymański, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Evans Jill, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 377

    ALDE: Bourlanges, Cavada, Cocilovo, Cornillet, De Sarnez, Fourtou, Griesbeck, Guardans Cambó, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Onyszkiewicz, Polfer, Van Hecke

    GUE/NGL: Catania, Henin, Kohlíček, Meyer Pleite, Remek, Strož, Wurtz

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Lang, Le Rachinel, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Daul, De Blasio, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Maat, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Rack, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Veneto, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beňová, Berès, Berlinguer, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Falbr, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Groote, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Ilves, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leinen, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Öger, Paasilinna, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Szejna, Tarabella, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Berlato, Crowley, Didžiokas, La Russa, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Vaidere

    Verts/ALE: Turmes

    Abstención: 28

    ALDE: Matsakis, Ortuondo Larrea

    GUE/NGL: Adamou, Brie, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Kaufmann, Maštálka, Pflüger, Triantaphyllides, Wagenknecht, Zimmer

    NI: Allister, Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Martinez

    PPE-DE: Brepoels, Coveney, Doyle, McGuinness

    PSE: Attard-Montalto, Bullmann, Grech, Gröner, Muscat

    UEN: Krasts

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jens-Peter Bonde, Jules Maaten, Lars Wohlin

    En contra: Stavros Arnaoutakis, Panagiotis Beglitis, Mairead McGuinness, Åsa Westlund

    26.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Enmienda 9

    A favor: 104

    ALDE: Alvaro, Chatzimarkakis, Ek, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Malmström, Manders, Ortuondo Larrea

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, de Brún, Guidoni, Liotard, McDonald, Meijer, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Bobošíková, Chruszcz, Giertych, Helmer, Mote, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fjellner, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Ibrisagic, Kauppi, Kirkhope, Maat, McGuinness, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

    PSE: Andersson, van den Berg, Berman, Bozkurt, Corbey, Fazakas, Hedh, Hedkvist Petersen, Mastenbroek, Mikko, Segelström, Westlund

    UEN: Camre

    Verts/ALE: Schlyter

    En contra: 469

    ALDE: Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Watson

    GUE/NGL: Flasarová, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Remek, Strož, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Louis, de Villiers

    NI: Battilocchio, Belohorská, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Veneto, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 30

    ALDE: Bowles, Hall, Lynne, Matsakis, Oviir, Wallis

    GUE/NGL: Brie, Catania, Figueiredo, Guerreiro, Meyer Pleite

    NI: Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

    PPE-DE: Coveney, Doyle, Higgins, Liese

    PSE: Bullmann, van den Burg, Stihler, Wiersma

    UEN: Kamiński

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Alexander Lambsdorff

    Abstención: Mairead McGuinness

    27.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Apartado 28

    A favor: 590

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski

    NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 9

    NI: Claeys, Dillen, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

    PSE: Lavarra, Myller

    Abstención: 12

    IND/DEM: Louis, de Villiers, Železný

    NI: Baco, Borghezio, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote, Rivera, Romagnoli, Salvini

    PSE: Wiersma

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Louis Grech

    En contra: Riitta Myller

    28.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Enmienda 4

    A favor: 116

    ALDE: Alvaro, Carlshamre, Chatzimarkakis, Ek, Hall, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Malmström

    GUE/NGL: Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Kaufmann, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Meijer, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Sjöstedt, Svensson, Wagenknecht, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Lundgren, Titford, Whittaker, Wise, Wohlin

    NI: Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Salvini

    PPE-DE: Doorn, Eurlings, Fjellner, Ibrisagic, Maat, Martens, van Nistelrooij, Oomen-Ruijten, Wijkman, Wortmann-Kool

    PSE: Attard-Montalto, van den Berg, Berman, Bozkurt, Corbey, Grech, Mastenbroek, Mikko, Muscat, Tabajdi, Tarand, Van Lancker

    UEN: Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Szymański, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 471

    ALDE: Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Busk, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski

    GUE/NGL: Henin, Kohlíček, Maštálka, Meyer Pleite, Seppänen, Strož, Wurtz

    IND/DEM: Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Helmer, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Montoro Romero, Musotto, Novak, Olajos, Olbrycht, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fernandes, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jørgensen, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Lévai, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

    UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Kamiński, Krasts, La Russa, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

    Abstención: 40

    ALDE: Bowles, Budreikaitė, Karim, Klinz, Lynne, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Figueiredo, Guerreiro, Morgantini, Remek, Triantaphyllides

    IND/DEM: Coûteaux, Louis, de Villiers

    NI: Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Kozlík, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Ferber, Nassauer

    PSE: Andersson, van den Burg, Fazakas, Gomes, Hedh, Hedkvist Petersen, Jöns, Kindermann, Leichtfried, Leinen, McAvan, Scheele, Segelström, Stihler, Westlund, Wiersma

    UEN: Camre

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Gunnar Hökmark

    29.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Enmienda 5

    A favor: 164

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Drčar Murko, Duff, Ek, Gentvilas, Geremek, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Van Hecke

    GUE/NGL: Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Lundgren, Titford, Whittaker, Wise, Wohlin

    NI: Borghezio, Mölzer, Salvini

    PPE-DE: Barsi-Pataky, Bauer, Doorn, Eurlings, Fjellner, Ibrisagic, Maat, Martens, Mauro, van Nistelrooij, Oomen-Ruijten, Wijkman, Wortmann-Kool

    PSE: Andersson, Attard-Montalto, van den Berg, Berman, Bozkurt, Bullmann, Corbey, Correia, Gomes, Grech, Gruber, Hedh, Hedkvist Petersen, McAvan, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Mikko, Muscat, Segelström, Sousa Pinto, Stihler, Tarand, Van Lancker, Westlund

    UEN: Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Szymański, Wojciechowski Janusz

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 419

    ALDE: Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Cavada, Cornillet, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Fourtou, Griesbeck, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Newton Dunn, Ortuondo Larrea, Pistelli, Polfer, Prodi, Susta, Takkula, Veraldi, Virrankoski

    IND/DEM: Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Baco, Battilocchio, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Helmer, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mote, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Novak, Olajos, Olbrycht, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fazakas, Fernandes, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leinen, Lévai, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Stockmann, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

    UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Kamiński, Krasts, La Russa, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

    Abstención: 23

    ALDE: Bowles, Budreikaitė, Cocilovo, Karim, Ludford, Lynne, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Seppänen, Triantaphyllides

    IND/DEM: Coûteaux

    NI: Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Wojciechowski Bernard Piotr

    PSE: van den Burg, Jöns, Leichtfried, Roth-Behrendt, Scheele, Wiersma

    UEN: Camre

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Gunnar Hökmark

    30.   2o Informe Ferber A6-0280/2006

    Resolución

    A favor: 535

    ALDE: Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Grabowski, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

    NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Kozlík, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Becsey, Belet, Berend, Böge, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    En contra: 45

    ALDE: Alvaro

    GUE/NGL: Liotard, Markov, Meijer

    IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Louis, Lundgren, Pęk, Titford, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

    NI: Allister, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi

    PPE-DE: Callanan, Heaton-Harris, Spautz, Wijkman

    PSE: van den Berg, Berman, Bozkurt, Corbey, Gruber, McAvan, Mastenbroek, Mikko, Stihler

    Verts/ALE: van Buitenen

    Abstención: 51

    ALDE: Bowles, Ek, Malmström

    GUE/NGL: Adamou, Figueiredo, Guerreiro, Krarup, Morgantini, Sjöstedt, Triantaphyllides

    NI: Baco, Helmer

    PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Hennicot-Schoepges, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Ouzký, Parish, Posselt, Purvis, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

    PSE: van den Burg, Goebbels, Groote, Martin David, Roth-Behrendt, Wiersma

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Jean Spautz, Lars Wohlin

    En contra: James Elles

    31.   Informe Corbey A6-0235/2006

    Considerando S

    A favor: 533

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    IND/DEM: Belder, Blokland, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Helmer, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

    En contra: 81

    ALDE: Hennis-Plasschaert, Maaten

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, Liotard, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Batten, Bonde, Booth, Clark, Goudin, Lundgren, Whittaker, Wise

    PPE-DE: Maat

    UEN: Krasts, Vaidere

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

    Abstención: 12

    GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro

    IND/DEM: Coûteaux, Louis, de Villiers

    NI: Baco, Borghezio, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote, Salvini

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    En contra: Gitte Seeberg

    32.   Informe Corbey A6-0235/2006

    Resolución

    A favor: 563

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Zapałowski, Železný

    NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Kozlík, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Cohn-Bendit, Romeva i Rueda, Smith, Trüpel, Voggenhuber

    En contra: 19

    IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Goudin, Lundgren, Whittaker, Wise

    NI: Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

    Verts/ALE: Beer, Hammerstein Mintz

    Abstención: 42

    GUE/NGL: Krarup

    IND/DEM: Coûteaux, Louis, de Villiers

    NI: Allister, Borghezio, Claeys, Dillen, Romagnoli, Salvini

    PPE-DE: Reul

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Turmes, Ždanoka

    Correcciones e intenciones de voto

    Abstención: Raül Romeva i Rueda

    33.   Informe Hegyi A6-0233/2006

    Apartado 19

    A favor: 572

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Bonde, Železný

    NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Helmer, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Turmes, Ždanoka

    En contra: 41

    ALDE: Ek, Maaten, Malmström

    GUE/NGL: Liotard, Meijer, Seppänen, Sjöstedt, Svensson

    IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Clark, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Wise, Wohlin, Zapałowski

    NI: Chruszcz, Giertych, Mote, Salvini, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Fjellner, Hybášková, Ibrisagic

    Verts/ALE: Auken, de Groen-Kouwenhoven, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith, Trüpel, Voggenhuber

    Abstención: 5

    NI: Borghezio, Kilroy-Silk

    PPE-DE: De Veyrac, Hennicot-Schoepges

    Verts/ALE: van Buitenen

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Françoise Grossetête

    En contra: Gunnar Hökmark, Gitte Seeberg

    34.   Informe Hegyi A6-0233/2006

    Resolución

    A favor: 448

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

    NI: Battilocchio, Belohorská, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Lang, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

    PPE-DE: Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Bowis, Braghetto, Brepoels, Brok, Bushill-Matthews, Buzek, Casini, Chichester, Chmielewski, Coelho, Daul, Demetriou, Díaz de Mera García Consuegra, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Elles, Esteves, Evans Jonathan, Fontaine, Freitas, Gál, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Glattfelder, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Itälä, Járóka, Kamall, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Koch, Kudrycka, Lamassoure, Langen, Langendries, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Maat, McMillan-Scott, Martens, Mathieu, Matsis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Parish, Peterle, Pirker, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Rack, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Seeberg, Spautz, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vernola, Vlasák, Weisgerber, Wijkman, Zieleniec, Zvěřina

    PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Podkański, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Evans Jill, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Ždanoka

    En contra: 49

    ALDE: Jensen

    IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Goudin, Louis, Lundgren, de Villiers, Wise, Wohlin, Železný

    NI: Bobošíková, Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Mote, Salvini, Wojciechowski Bernard Piotr

    PPE-DE: Cabrnoch, Caspary, del Castillo Vera, Deß, Ebner, Fajmon, Ferber, Fjellner, Florenz, Friedrich, Gräßle, de Grandes Pascual, Hökmark, Ibrisagic, Jeggle, Korhola, Lehne, Mauro, Montoro Romero, Nassauer, Ouzký, Pack, Pieper, Queiró, Radwan, Škottová, Strejček, Tajani, Ulmer, Weber Manfred, Zahradil

    Abstención: 110

    NI: Allister, Borghezio, Helmer, Piskorski

    PPE-DE: Albertini, Antoniozzi, Ashworth, Barsi-Pataky, Becsey, Belet, Berend, Böge, Brejc, Březina, Busuttil, Casa, Castiglione, Coveney, De Blasio, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ehler, Fatuzzo, Fernández Martín, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Klamt, Klaß, Klich, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Lauk, Lechner, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pīks, Pleštinská, Quisthoudt-Rowohl, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Stauner, Stubb, Sturdy, Toubon, Varela Suanzes-Carpegna, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasto, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zwiefka

    Verts/ALE: van Buitenen, Schlyter

    Correcciones e intenciones de voto

    A favor: Françoise Grossetête, Anne E. Jensen, Luís Queiró, Gitte Seeberg, Claude Turmes

    35.   Informe Mann A6-0248/2006

    Resolución

    A favor: 535

    ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Staniszewska, Starkevičiūtė, Susta, Takkula, Toia, Van Hecke, Veraldi, Virrankoski, Wallis, Watson

    GUE/NGL: Agnoletto, Aita, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Liotard, McDonald, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Wurtz, Zimmer

    IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Piotrowski, Rogalski, Wohlin, Zapałowski

    NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Masiel, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz

    PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, De Blasio, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Matsis, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posdorf, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

    PSE: Andersson, Arif, Ayala Sender, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Grech, Gröner, Gruber, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Leichtfried, Leinen, Lévai, Liberadzki, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Occhetto, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Sifunakis, Simpson, Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

    UEN: Aylward, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Muscardini, Podkański, Ryan, Szymański, Vaidere, Wojciechowski Janusz, Zīle

    Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Evans Jill, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Ždanoka

    En contra: 18

    IND/DEM: Batten, Bonde, Booth, Clark, Tomczak, Wise, Železný

    NI: Claeys, Dillen, Giertych, Kilroy-Silk, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

    Abstención: 10

    GUE/NGL: Adamou, Figueiredo, Guerreiro, Pflüger, Triantaphyllides, Wagenknecht

    IND/DEM: Louis, de Villiers

    NI: Borghezio

    Verts/ALE: van Buitenen


    TEXTOS APROBADOS

     

    P6_TA(2006)0359

    Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria de Jannis Sakellariou

    Decisión del Parlamento Europeo sobre la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou (2006/2145(IMM))

    El Parlamento Europeo,

    Vista la demanda de Jannis Sakellariou de amparo de su inmunidad en relación con un proceso judicial pendiente ante un tribunal griego, presentada el 6 de junio de 2006 y comunicada en el Pleno del 12 de junio de 2006,

    Visto el resultado de la audiencia de Jannis Sakellariou, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 de su Reglamento,

    Vistos los artículos 9 y 10 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, de 8 de abril de 1965, así como el apartado 2 del artículo 6 del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,

    Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 12 de mayo de 1964 y de 10 de julio de 1986 (1),

    Vistos el apartado 3 del artículo 6 y el artículo 7 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0273/2006),

    A.

    Considerando que Jannis Sakellariou fue elegido diputado al Parlamento Europeo en las quintas elecciones por sufragio universal directo, celebradas del 10 al 13 de junio de 1999, y que sus credenciales fueron verificadas por el Parlamento Europeo el 15 de diciembre de 1999 (2),

    B.

    Considerando que los diputados al Parlamento Europeo no pueden ser buscados, detenidos ni procesados por las opiniones o los votos por ellos emitidos en el ejercicio de sus funciones (3),

    C.

    Considerando que la inmunidad respecto a diligencias judiciales de que gozan los diputados al Parlamento Europeo incluye también las acciones judiciales en el ámbito civil, especialmente cuando se reclaman daños y perjuicios punitivos sustanciales,

    D.

    Considerando que, el 23 de septiembre de 2003, el Parlamento Europeo decidió defender la inmunidad de Jannis Sakellariou en el contexto del mismo procedimiento y comunicar su decisión y el informe de su comisión al tribunal griego competente,

    E.

    Considerando que el demandante no persistió en el procedimiento a que se refiere la decisión del Parlamento de 23 de septiembre de 2003, limitándose a reactivar las diligencias judiciales mediante emplazamiento con fecha del 20 de diciembre de 2005, cuando ya había finalizado el mandato de diputado europeo de Jannis Sakellariou,

    F.

    Considerando que los hechos están relacionados claramente con una opinión expresada por de Jannis Sakellariou en el ejercicio de su mandato de diputado europeo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas,

    G.

    Considerando que la inmunidad conferida a los diputados al Parlamento Europeo en virtud del artículo 9 del Protocolo se otorga en beneficio del Parlamento mismo, tiene carácter absoluto y no puede suspenderse; considerando, además, que continua existiendo en beneficio de la institución incluso cuando el diputado al Parlamento ha dejado de serlo,

    1.

    Decide amparar la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou;

    2.

    Encarga a su Presidente que comunique inmediatamente la presente Decisión y el informe de su comisión competente a la sala de lo civil de la Audiencia provincial de Atenas.


    (1)  Asunto 101/63, Wagner/Fohrmann y Krier, Rec. Ed. Esp. 1964-1966, p. 47, y Asunto 149/85, Wybot/Faure y otros, Rec. 1986, p. 2391.

    (2)  Decisión del Parlamento Europeo sobre la verificación de credenciales tras las quintas elecciones al Parlamento Europeo por sufragio universal directo celebradas del 10 al 13 de junio de 1999 (DO C 296 de 18.10.2000, p. 93).

    (3)  Artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas.

    P6_TA(2006)0360

    Medios de comunicación y desarrollo

    Resolución del Parlamento Europeo sobre los medios de comunicación y el desarrollo (2006/2080(INI))

    El Parlamento Europeo,

    Vistos los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), adoptados el 8 de septiembre de 2000 en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrada en Nueva York,

    Vista la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las NU,

    Vista la Declaración de Johannesburgo sobre desarrollo sostenible, adoptada el 4 de septiembre de 2002 por la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible,

    Vista la Resolución sobre los resultados de la sesión especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas celebrada del 5 al 9 de junio de 2000 sobre «Mujeres 2000: Igualdad, Desarrollo y Paz para el siglo XXI», adoptada por la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE el 12 de octubre de 2000 en Bruselas (1),

    Vista la Resolución sobre los derechos de las personas con discapacidad y de edad avanzada en los países ACP, adoptada por la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE el 1 de noviembre de 2001 en Bruselas (2),

    Vistos el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, el artículo 10 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 y el artículo 9 de la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981,

    Visto el Acuerdo de Asociación entre los miembros del Grupo de Estados de África, el Caribe y el Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú, el 23 de junio de 2000 (3), que entró en vigor el 1 de abril de 2003, y en particular su artículo 43, que trata de las tecnologías de la información y la comunicación y de la sociedad de la información,

    Vista la Resolución sobre los progresos realizados en el logro de la educación primaria universal y la igualdad de género en los países ACP en el contexto de los ODM, adoptada por la Asamblea Parlamentaria Paritaria el 21 de abril de 2005 en Bamako (4),

    Vista su Resolución, de 12 de junio de 2001, sobre las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y los países en desarrollo (5),

    Vistos la «Declaración de Principios de Ginebra» y el «Plan de Acción» de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI), adoptado el 12 de diciembre de 2003,

    Vista la «Declaración de Dakar» sobre la promoción de las culturas y de las industrias culturales ACP, firmada por los Ministros de Cultura de los Estados ACP el 20 de junio de 2003,

    Visto el «Compromiso de Túnez» adoptada por la CMSI el 18 de noviembre de 2005,

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y la opinión de la Comisión de Cultura y Educación (A6-0264/2006),

    A.

    Considerando que la principal función de los medios de comunicación es difundir la información, proceso a través del cual garantizan a los ciudadanos la circulación eficaz de las noticias, las políticas y las actividades de los gobiernos,

    B.

    Considerando que los medios de comunicación son el vehículo más importante para la participación pública en el proceso de toma de decisiones,

    C.

    Considerando que los medios de comunicación deben desempeñar una función particularmente importante en la concienciación y la transmisión de información,

    D.

    Considerando que los medios de comunicación pueden contribuir al desarrollo de un país, ya que las TIC pueden influir en la calidad de vida de las personas; que los medios de comunicación pueden tener una influencia positiva en la mentalidad de las personas, la cultura y el aparato sociopolítico; y que la concienciación civil y política de los ciudadanos puede dar lugar a un gobierno más representativo,

    E.

    Considerando que la mejora de los flujos de información y de los servicios de comunicación es una condición necesaria para acabar con la pobreza, y que la liberad de expresión, incluidos el acceso a la información y una prensa libre, es un derecho humano fundamental gracias al cual las personas pueden exigir el derecho a la salud, a un medio ambiente limpio y a una aplicación efectiva de las estrategias de reducción de la pobreza,

    F.

    Considerando que el bloqueo informativo o unas estrategias de información inadecuadas por parte de los gobiernos y las agencias intergubernamentales pueden ser causa de desconfianza, infrarrepresentación y desinformación,

    G.

    Considerando que, según las estadísticas de las organizaciones profesionales, en 2005 fueron asesinados 63 periodistas y, en lo que va de año, han sido asesinados 27 periodistas y 12 asistentes de comunicación, al tiempo que 135 permanecen en prisión,

    H.

    Considerando que la radio y la televisión constituyen importantes herramientas de información que, en los países en desarrollo, están mucho más extendidas que los teléfonos o Internet y son mucho más efectivas que los periódicos,

    I.

    Considerando que la radio rural representa un instrumento fundamental para la extensión agraria y el desarrollo rural,

    J.

    Considerando que una sociedad civil bien informada e independiente (organizaciones no gubernamentales (ONG), asociaciones profesionales, medios de comunicación independientes, centros de investigación, etc.) puede desempeñar un papel clave para acabar con la espiral de violencia y corrupción, incentivando un debate abierto y exigiendo un gobierno más responsable,

    K.

    Considerando que una prensa libre es una condición primordial para el desarrollo y el mantenimiento de un gobierno transparente y honesto, un crecimiento económico duradero y el progreso en el desarrollo y la estabilidad de orden social y político,

    L.

    Considerando que hay más de 20 países africanos que sólo tienen un periódico (frente a los 1456 diarios que había en 2004 en los 25 Estados miembros), lo que no es sorprendente a la vista del elevado porcentaje de analfabetismo,

    M.

    Considerando que la radio constituye la tecnología de la información más adecuada en las regiones en las que el analfabetismo está muy extendido, ya que la mayoría de las personas pueden acceder a ella, en particular las comunidades rurales sin representación, las mujeres y los jóvenes,

    N.

    Considerando que menos del 30 % de los programas de televisión emitidos en los países en desarrollo son producciones propias y que el nivel de inversión en el sector de la comunicación televisiva es particularmente bajo,

    O.

    Considerando que en los últimos años el cine ha registrado unos índices de audiencia sumamente elevados en los países en desarrollo,

    P.

    Considerando que las TIC pueden utilizarse de múltiples maneras para apoyar la educación en los países en desarrollo y para salir del aislamiento (gracias sobre todo a los enlaces por satélite), y que las TIC más tradicionales (radio y televisión) pueden reivindicar un gran número de éxitos en la educación a distancia a unos costes competitivos,

    Q.

    Considerando que la informatización ha mejorado considerablemente el trabajo de los periodistas y que la conexión informática entre distintos departamentos ha supuesto un importante ahorro de tiempo; que las conexiones a Internet también facilitan el trabajo de los periodistas al permitirles tener acceso a fuentes más variadas de información y a información complementaria, así como informar in situ;

    1.

    Reconoce el importante papel que desempeñan los medios de comunicación en la transparencia política, la responsabilidad y el control público de los responsables de la toma de decisiones que detentan el poder, ya que ponen de manifiesto los errores políticos, los casos de mala administración cometidos por funcionarios, la corrupción en el poder judicial y los escándalos en el sector empresarial;

    2.

    Pide a la Unión Europea, los Estados miembros, los países en vías de adhesión y los países ACP que involucren a las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las empresas privadas y, en particular, los medios de comunicación, en la consecución de sus objetivos de desarrollo;

    3.

    Opina que es importante que se siga mejorando el diálogo y la consulta entre los agentes locales no estatales y las autoridades nacionales de los países en desarrollo en sectores cruciales, como por ejemplo los medios de comunicación, a fin de reforzar la capacidad, la responsabilidad y la transparencia de las instituciones públicas e incrementar la eficacia del sector público a la hora de aplicar los principios de respeto de los derechos humanos y buena gobernanza, así como en la lucha contra la corrupción;

    4.

    Afirma la importancia de garantizar una integración más sistemática de la libertad de expresión y comunicación en el marco de las estrategias y las políticas de financiación de la agenda para el desarrollo;

    5.

    Subraya la importancia de los medios de comunicación para promover el respeto de la diversidad cultural y fomentar el desarrollo cultural nacional e internacional;

    6.

    Subraya que el papel de los medios de comunicación no debe limitarse a los modelos predominantes, sino que los medios de comunicación alternativos y las redes de comunicación informal deberían reforzarse e incluirse en todos los planes de desarrollo de las infraestructuras;

    7.

    Pide a la Comisión que haga más hincapié y respalde aquellos programas relacionados con los medios de comunicación que contribuyan a:

    mejorar el acceso a la información de grupos sociales específicos, como por ejemplo las mujeres, las juventud, las minorías, las personas desplazadas en el interior del país y las personas con discapacidad,

    desarrollar el pluralismo en los medios de comunicación,

    formar a los periodistas de radio y prensa escrita,

    formar a periodistas de los países en desarrollo en colaboración con organizaciones de las Naciones Unidas, como UNICEF o UNESCO, y organizaciones internacionales de periodistas, como la Federación Internacional de Periodistas y el BBC World Service Trust,

    llevar a cabo campañas de información pública destinadas a concienciar a audiencias bien definidas,

    incrementar la eficacia de la ayuda humanitaria;

    8.

    Considera que los programas de financiación con un mandato en materia de desarrollo y encaminados a su consecución deberían incluir una integración más sistemática de los medios independientes del Estado;

    9.

    Pide que las mujeres tengan un acceso real a los medios de comunicación con objeto de incrementar su participación en la producción y contribuir al desarrollo económico;

    10.

    Destaca la importancia de considerar que los jóvenes son el elemento clave en la difusión y organización de la información y la comunicación en los países en desarrollo;

    11.

    Acoge con satisfacción y respalda acontecimientos como:

    los días europeos del desarrollo, organizados por la Comisión, como un instrumento destinado a reforzar la sensibilización del público y a aumentar la visibilidad con vistas a una utilización más adecuada de la ayuda al desarrollo,

    el Congreso Mundial sobre la Comunicación para el Desarrollo, organizado por el Banco Mundial, que se celebrará en Roma del 25 al 27 de octubre de 2006,

    el Premio Lorenzo Natali, con el que la Comisión presta su apoyo a los periodistas de la prensa escrita que han experimentado serias discriminaciones a la hora de informar sobre los derechos humanos y la democracia en los países en desarrollo;

    las visitas de información llevadas a cabo por periodistas, en colaboración con el Gabinete del Alto Representante de la UE para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), Javier Solana, a regiones en las que existen misiones en el marco de la PESC (Balcanes occidentales, Ucrania, Moldavia, etc.), así como las visitas de periodistas para la observación de elecciones (como, por ejemplo, en el Congo);

    12.

    Se muestra a favor de todas las políticas gubernamentales que apoyan las emisiones de las radios públicas, comerciales, comunitarias y rurales, ya que se consideran, sin lugar a dudas, el instrumento más adecuado y rentable para promover la información y comunicación en favor del desarrollo;

    13.

    Pide a la Comisión que, en las situaciones emergentes de conflicto, preste más atención a los medios de comunicación independientes e incremente la ayuda financiera más directa posible destinada a estos medios;

    14.

    Destaca el papel de los medios de comunicación en la educación de las personas en los países en desarrollo, en particular en lo que se refiere a la atención sanitaria (salud sexual y reproductiva, malaria, etc.), el empleo, la agricultura, el comercio y la sostenibilidad medioambiental, como por ejemplo el papel desempeñado por el BBC World Service Trust para la utilización de las comunicaciones en favor del desarrollo;

    15.

    Entiende el problema de la «personalización» de las noticias, que puede manipular tanto a la audiencia de los países en desarrollo como al público occidental, y pide a las organizaciones encargadas de formar a los periodistas que concedan una importancia particular a la fijación de un salario mínimo para las personas que trabajan en los medios de comunicación, lo que hará que sean menos vulnerables a la corrupción;

    16.

    Observa que los medios de comunicación independientes y profesionales desempeñan una función clave a la hora de transmitir conocimientos y expresar el sentir de las personas marginadas, ya que desarrollan una cultura crítica en la que las personas temen menos cuestionar la actuación gubernamental;

    17.

    Apoya a las ONG y a los grupos empresariales que invierten en la formación de periodistas procedentes de países en desarrollo y que mejoran las condiciones laborales de los profesionales de los medios de comunicación de manera que éstos dispongan de oportunidades reales para realizar su trabajo con seguridad e independencia;

    18.

    Subraya la importancia de reforzar las infraestructuras sociales y educativas mediante la inversión en un mejor material educativo y la financiación de programas que también ofrezcan contenidos educativos en los medios de comunicación;

    19.

    Alienta el papel de los medios de comunicación en los procesos de paz y en las situaciones posteriores a los conflictos, ya que contribuyen a informar al público sobre los acuerdos de paz y sus consecuencias, facilitando así la participación pública;

    20.

    Destaca el papel decisivo de los medios de comunicación en lo que respecta tanto a la protección de los derechos humanos en los países en desarrollo como a la sensibilización del público de los países occidentales y, por ende, al incremento de su contribución a la ayuda humanitaria;

    21.

    Insta a los gobiernos y a las autoridades públicas de todo el mundo a que pongan fin a la cultura de la impunidad en cuanto a la violencia contra los periodistas, realizando investigaciones sobre la identidad de los responsables de estos ataques contra profesionales de los medios de comunicación y castigándolos, así como tomando las precauciones necesarias para que los periodistas puedan seguir transmitiendo a los ciudadanos los conocimientos fundamentales y la información objetiva que emanan de una prensa libre e independiente;

    22.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los países en vías de adhesión, al Consejo de Ministros ACP-UE, al Secretario General de las Naciones Unidas y al Presidente del Banco Mundial.


    (1)  DO C 64 de 28.2.2001, p. 49.

    (2)  DO C 78 de 2.4. 2002, p. 64.

    (3)  DO L 317 de 15.12.2000, p. 3. Acuerdo cuya última modificación la constituye el Acuerdo que modifica el Acuerdo de Asociación (DO L 209 de 11.8.2005, p. 27).

    (4)  DO C 272 de 3.11.2005, p. 17.

    (5)  DO C 53 E de 28.2.2002, p. 121.

    P6_TA(2006)0361

    La dimensión europea en los programas escolares nacionales

    Resolución del Parlamento Europeo sobre iniciativas que complementen los programas escolares ofreciendo medidas adecuadas de apoyo para la inclusión de la dimensión europea (2006/2041(INI))

    El Parlamento Europeo,

    Visto el artículo 149 del Tratado CE,

    Vista la Resolución del Consejo y de los Ministros de Educación reunidos en Consejo sobre la dimensión europea en la enseñanza de 24 de mayo de 1988 (1),

    Visto el Libro Verde sobre la dimensión europea de la educación (COM(1993) 0457),

    Vista la Comunicación de la Comisión sobre «Una nueva estrategia marco para el multilingüismo» (COM(2005) 0596),

    Visto el Informe intermedio conjunto del Consejo y la Comisión sobre la ejecución del programa de trabajo detallado relativo al seguimiento de los objetivos de los sistemas de educación y formación en Europa «Educación y Formación 2010» — Urgen las reformas para coronar con éxito la estrategia de Lisboa (2),

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A6-0267/2006),

    A.

    Considerando que en las últimas décadas la dimensión europea ha adquirido mayor importancia como aspecto de la educación, en particular en los programas escolares nacionales,

    B.

    Considerando que el Parlamento Europeo ya ha intervenido en este ámbito, en particular con la audiencia «La dimensión europea en las clases de historia» de 7 de abril de 2004,

    C.

    Considerando que las autoridades nacionales ya han adoptado iniciativas en Estados miembros como Austria, Alemania, Portugal, Países Bajos, Reino Unido, Eslovenia y España, y que también se cuenta con numerosas iniciativas de organizaciones no gubernamentales en este ámbito,

    D.

    Considerando que la vertiente lingüística parece ser fundamental para reforzar la dimensión europea, que la competencia en lenguas extranjeras forma parte del bagaje básico del típico ciudadano europeo que vive, estudia, trabaja y se desplaza habitualmente por la Unión Europea,

    E.

    Considerando la existencia de disparidades entre los Estados miembros y en su propio seno, en lo que se refiere a la inclusión de la dimensión europea en la educación,

    F.

    Considerando que conviene presente la importancia de los programas COMENIUS y LINGUA a tal respecto,

    G.

    Considerando que la información sobre Europa que se ofrece a los escolares, profesores y estudiantes difiere en gran medida de uno a otro país, y que se debe trabajar para consensuar una comprensión común de la historia y una definición de los valores europeos,

    H.

    Considerando que entre los principales obstáculos se encuentran la aún escasa proliferación de iniciativas y programas de carácter transfronterizo, la falta de coordinación entre las iniciativas, la falta de visibilidad y accesibilidad y el empleo de instrumentos inadecuados o improcedentes para la realización de esas tareas,

    I.

    Considerando que en la actualidad los profesores encuentran muchos obstáculos para integrar la dimensión europea en sus clases, como la falta de material informativo y educativo actualizado y de gran calidad sobre la Unión Europea en todas sus lenguas, y que la Unión Europea debería ayudarles en este sentido,

    1.

    Indica que todos los sistemas educativos deberían velar por que los alumnos posean al final de la enseñanza media los conocimientos y las competencias necesarias, con arreglo a lo establecido por sus autoridades nacionales, para asumir su cometido como ciudadanos y como miembros de la Unión Europa;

    2.

    Subraya la importancia de encontrar para todos los Estados miembros una definición más clara y uniforme del significado, contenido y alcance de la «dimensión europea»;

    3.

    Insta encarecidamente al Consejo Europeo y a los ministros de Educación a que actualicen la citada Resolución, teniendo en cuenta, en particular, las ampliaciones de la UE acaecidas desde entonces;

    4.

    Insta encarecidamente al Consejo a que reconozca las dos diferentes vertientes de la dimensión europea: por una parte, el acceso a la información sobre la UE, sus instituciones, métodos, prácticas e iniciativas y, por otra parte, el conocimiento de la historia común y del patrimonio cultural europeo, el aprendizaje de idiomas y la comprensión de los actuales acontecimientos europeos, pudiendo complementar ambas vertientes los programas escolares;

    5.

    Subraya la importancia del uso de recursos educativos multimedia y a través de Internet, como medios modernos de educación para introducir la dimensión europea en los programas escolares; recomienda, por ejemplo, a tal fin, el establecimiento de un servicio Internet multilingüe en que se expongan las mejores prácticas, se ofrezca asistencia educativa y sirva de plataforma para el intercambio de experiencias;

    6.

    Insiste en la necesidad de mejorar constantemente la enseñanza de idiomas, por ejemplo en la sección COMENIUS del programa de aprendizaje permanente; reconoce igualmente que en algunos Estados miembros, en particular aquéllos de habla inglesa, resulta difícil mantener el interés y la motivación suficientes por dominar otras lenguas europeas, con lo que se apuntalaría el nivel de comprensión racional y emocional mutua en Europa; considera, a este respecto, que el aprendizaje de las lenguas de los pueblos vecinos reviste especial importancia;

    7.

    Insta a los Estados miembros a que fomenten la difusión del multilingüismo promoviendo el aprendizaje de una gama más amplia de idiomas de los que se enseñan en la actualidad y a que establezcan la enseñanza de al menos dos lenguas extranjeras desde una edad temprana en sus programas escolares;

    8.

    Propone analizar por qué la Agenda de Lisboa no ha permitido alcanzar todavía los objetivos previstos en la materia y confeccionar una lista de las medidas que los Gobiernos de los Estados miembros consideren fundamental aplicar para lograr las mejoras económicas acordadas;

    9.

    Recomienda proceder a un intercambio de mejores prácticas entre todos los Estados miembros en materia de enseñanza de idiomas y de inclusión del contenido europeo en la educación, para velar por la diseminación en todos los Estados miembros de la UE de las actuales iniciativas, incluidas las aprobadas antes de 2004;

    10.

    Apunta que un importante aspecto para velar por el éxito de la última ampliación de la UE es que los diez nuevos Estados miembros y los quince Estados miembros más veteranos prevean intercambios de información, proyectos, estudiantes y profesores;

    11.

    Pide al Consejo que examine si los instrumentos útiles y relevantes en materia de enseñanza como la «Red de Escuelas Europeas», la cooperación y las innovaciones didácticas y herramientas como «Europa en la Escuela» pueden precisar recursos adicionales y si los profesores saben cómo acceder a la información pertinente, a fin de mejorar la dimensión europea en la educación;

    12.

    Propone fomentar los cursos de formación del profesorado en que se ofrezca a los asistentes la necesaria comprensión de las cuestiones europeas, de tal manera que puedan complementar con la dimensión europea su docencia de los temas nacionales y locales;

    13.

    Subraya que la dimensión europea complementa los contenidos nacionales, pero que no los reemplaza ni sustituye;

    14.

    Destaca la necesidad de actualizar los documentos existentes, en particular la bibliografía temática no exhaustiva de Eurídice de 1996;

    15.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


    (1)  DO C 177 de 6.7.1988, p. 5.

    (2)  DO C 104 de 30.4.2004, p. 1.

    P6_TA(2006)0362

    Calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa ***I

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo relativo a la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa (COM(2005) 0447 — C6-0356/2005 — 2005/0183(COD))

    (Procedimiento de codecisión: primera lectura)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0447) (1),

    Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 175 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0356/2005),

    Visto el artículo 51 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0234/2006),

    1.

    Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

    2.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


    (1)  Pendiente de publicación en el DO.

    P6_TC1-COD(2005)0183

    Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de septiembre de 2006 con vistas a la adopción de una Directiva 2006/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa

    (Texto pertinente a los fines del EEE)

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 175,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

    Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

    De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente aprobado mediante la Decisión no 1600/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002 (4), establece la necesidad de alcanzar unos niveles de contaminación que reduzcan al mínimo los efectos perjudiciales para la salud humana, prestando especial atención a las poblaciones más vulnerables y al medio ambiente en su conjunto, de mejorar el control y la evaluación de la calidad del aire ambiente, incluido el depósito de contaminantes, y de suministrar información a los ciudadanos.

    (2)

    Con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente en general, reviste particular importancia combatir en la fuente las emisiones de contaminantes. Es preciso evitar, prevenir o reducir las emisiones de contaminantes de la atmósfera nocivos . La Comisión debe establecer inmediatamente a tal efecto para todas las fuentes pertinentes de contaminantes las normas oportunas aplicables a las emisiones , teniendo en cuenta las normas, las directrices y los programas de la Organización Mundial de la Salud relativos a la calidad del aire ambiente.

    (3)

    La Directiva 96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente (5), la Directiva 1999/30/CE del Consejo, de 22 de abril de 1999, relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente (6), la Directiva 2000/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000, sobre los valores límite para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente (7), la Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2002, relativa al ozono en el aire ambiente (8) y la Decisión 97/101/CE del Consejo, de 27 de enero de 1997, por la que se establece un intercambio recíproco de información y datos de las redes y estaciones aisladas de medición de la contaminación atmosférica en los Estados miembros (9) han de ser objeto de una profunda revisión dirigida a incorporar los últimos dictámenes sanitarios y científicos y la experiencia de los Estados miembros. Por motivos de claridad, simplificación y eficacia administrativa, procede sustituir esos cinco actos por una única Directiva.

    (4)

    Una vez se haya adquirido la experiencia suficiente en cuanto a la aplicación de la Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente (10) puede considerarse la posibilidad de fusionar sus disposiciones con las de la presente Directiva.

    (5)

    La evaluación de la calidad del aire debe efectuarse con un método común basado en criterios de evaluación comunes. Esa evaluación debe tener en cuenta el tamaño de las poblaciones y los ecosistemas expuestos a la contaminación atmosférica. Procede por lo tanto clasificar el territorio de los Estados miembros por zonas o aglomeraciones que reflejen la densidad de población.

    (6)

    Allá donde sea posible, debe aplicarse la modelización de la difusión de la contaminación para que los datos puntuales puedan ser interpretados en términos de distribución geográfica de la concentración, lo que podría servir de base para calcular el grado de exposición colectiva de la población residente en la zona.

    (7)

    Para asegurar que la información recabada sobre la contaminación atmosférica es suficientemente representativa y comparable en todo el territorio de la Comunidad, es importante utilizar, para la evaluación de la calidad del aire ambiente, técnicas de medición normalizadas y criterios comunes en cuanto al número y la ubicación de las estaciones de medición. Pueden asimismo emplearse, para la evaluación de la calidad del aire ambiente, técnicas distintas de las mediciones, razón por la que es preciso definir los criterios para el uso de esas técnicas y determinar el grado de exactitud que se exige de las mismas.

    (8)

    Es preciso realizar mediciones y cálculos detallados de las partículas finas en estaciones de fondo con el fin de comprender mejor las repercusiones de este contaminante, lograr definir el fenómeno de la contaminación de fondo y poder desarrollar las políticas adecuadas. Tales políticas adecuadas deben tener especialmente como objetivo la consideración de manera realista del porcentaje atribuido en los valores límite a la contaminación de fondo en el seno de la contaminación global. Las mediciones deben ser eficientes, por lo que la información de los puntos de muestreo fijos debe complementarse en la medida de lo posible con la procedente de técnicas de modelización y mediciones orientativas. Las mediciones deben ser coherentes con las del Programa de Cooperación para la Vigilancia Continua y la Evaluación del Transporte a Gran Distancia de Contaminantes Atmosféricos en Europa establecido en conformidad con el Convenio de 1979 sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Gran Distancia aprobado por la Decisión 81/462/CEE del Consejo de 11 de junio de 1981 (11).

    (9)

    Cuando la calidad del aire sea ya buena, debe mantenerse , de forma que no se superen los límites fijados en las normas de calidad del aire. En aras del desarrollo sostenible de la zona en cuestión, la calidad del aire debe mejorarse. Cuando se superen los límites fijados en las normas de calidad del aire, los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para respetar los valores especificados ; los Estados miembros en los que se superen considerablemente esos valores tendrán una obligación particular a este respecto, dado que en estos casos la mejora de la calidad del aire puede lograrse en general en condiciones óptimas de rentabilidad. No se tendrán en cuenta los rebasamientos atribuibles al vertido invernal de arena para el saneamiento de las carreteras.

    (10)

    Los riesgos que supone la contaminación atmosférica para la vegetación son muy graves en lugares alejados de las zonas urbanas que albergan esa vegetación. Por consiguiente, la evaluación de esos riesgos y el cumplimiento de las normas de calidad del aire para la protección de la vegetación deben centrarse en los lugares alejados de las zonas edificadas.

    (11)

    Las partículas finas (PM2,5) tienen importantes repercusiones negativas para la salud humana. Además, aún no se ha fijado un umbral por debajo del cual las PM2,5 resulten inofensivas. Dado que los datos disponibles sobre las PM2,5 no son todavía suficientes para establecer un valor límite, debe aplicarse en un primer momento un valor de objetivo hasta que se establezca el valor límite. Por sí mismo, ese contaminante no debe regularse del mismo modo que otros contaminantes atmosféricos. El objetivo que se busca es una reducción general de las concentraciones en el medio urbano de forma que grandes sectores de la población puedan disfrutar de una mejor calidad del aire. Sobre todo en zonas o aglomeraciones con una gran contaminación de partículas finas debe utilizarse óptimamente el potencial de reducción. No obstante, con el fin de asegurar un grado mínimo de protección sanitaria en todas las zonas, debe preverse para todas las zonas o aglomeraciones un valor de objetivo adecuado .

    (12)

    Los objetivos a largo plazo destinados a garantizar una protección efectiva contra los efectos nocivos de la exposición al ozono para la salud humana, la vegetación y los ecosistemas deben mantenerse inalterados. Es preciso fijar para el ozono un umbral de alerta y un umbral de información que permitan proteger, respectivamente, a la población en general y a los sectores más vulnerables de la misma de los breves episodios de exposición a elevadas concentraciones de ozono. Estos umbrales deben desencadenar la divulgación de información a los ciudadanos acerca de los riesgos derivados de la exposición y la aplicación de medidas apropiadas a corto plazo para reducir los niveles de ozono cuando se supere el umbral de alerta.

    (13)

    El ozono, contaminante transfronterizo que se forma en la atmósfera a partir de la emisión de contaminantes primarios, se halla regulado por la Directiva 2001/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos (12). El progreso en la consecución de los objetivos de calidad del aire y de los objetivos a largo plazo relativos al ozono dispuestos en la presente Directiva debe estar determinado por los objetivos actuales o revisados y los techos de emisiones establecidos en la Directiva 2001/81/CE.

    (14)

    Las mediciones deben ser eficientes y focalizadas, por lo que la información de los puntos de muestreo fijos debe complementarse en la medida de lo posible con la procedente de técnicas de modelización y mediciones orientativas. Las mediciones fijas de ozono deben ser obligatorias en las zonas donde se rebasen los objetivos a largo plazo. Debe autorizarse el uso de medios de evaluación suplementarios con la finalidad de reducir el número requerido de puntos de muestreo fijos.

    (15)

    Las emisiones contaminantes del aire que proceden de fuentes naturales pueden medirse pero no controlarse. Por consiguiente, cuando las contribuciones naturales a los contaminantes del aire ambiente puedan determinarse con la certeza suficiente, deben asimismo deducirse a efectos de la evaluación del cumplimiento de los valores límite de calidad del aire.

    (16)

    En el caso de las zonas y aglomeraciones que presentan condiciones particularmente difíciles debe permitirse prorrogar el plazo necesario para el cumplimiento de los valores límite y valores de objetivo de calidad del aire cuando, a pesar de la aplicación de las medidas adecuadas de reducción de la contaminación, persistan graves problemas de cumplimiento de las normas en zonas y aglomeraciones específicas. Toda prórroga concedida a una zona o aglomeración determinada debe ir acompañada de un plan o programa detallado dirigido a lograr el cumplimiento de los valores establecidos en el nuevo plazo fijado. La flexibilidad es muy importante para los Estados miembros en caso de que las medidas comunitarias necesarias que reflejen el nivel de ambición elegido en la estrategia temática sobre la contaminación atmoférica de reducción de las emisiones en la fuente, incluidas al menos las medidas mencionadas en el anexo XVII, no hayan entrado en vigor antes del 1 de enero de 2010, ya que algunos Estados miembros no podrán respetar los valores límite sin estas medidas, a pesar de que se hagan grandes esfuerzos a nivel nacional.

    (17)

    Deben elaborarse planes o programas para las zonas y aglomeraciones donde las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente rebasen los valores límite de calidad del aire correspondientes, más los márgenes de tolerancia temporales aplicables. La contaminación atmosférica procede de múltiples fuentes y actividades. Para asegurar la concordancia entre las distintas políticas, esos planes y programas deben ser coherentes e integrarse en los planes y programas elaborados en virtud de la Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión (13), de la Directiva 2001/81/CE y de la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (14).

    (18)

    Deben elaborarse planes de acción que indiquen las medidas que han de adoptarse a corto plazo cuando exista el riesgo de incumplimiento de una o más normas de calidad del aire o de rebasamiento de los umbrales de alerta, con el fin de reducir ese riesgo y limitar la duración de tal situación. Por lo que respecta al ozono, esos planes de acción a corto plazo deben tener en cuenta lo dispuesto en la Decisión 2004/279/CE de la Comisión, de 19 de marzo de 2004, relativa a las directrices de aplicación de la Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al ozono en el aire ambiente (15).

    (19)

    Dado que el objetivo de esos planes y programas es la mejora directa de la calidad del aire y del medio ambiente, no deben quedar sujetos a la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (16).

    (20)

    Los Estados miembros deben consultarse mutuamente cuando, a consecuencia de una contaminación seria procedente de otro Estado miembro, el nivel de algún contaminante supere o amenace con superar los valores recogidos en la norma correspondiente de calidad del aire, más el margen de tolerancia, o, cuando así proceda, el umbral de alerta. La naturaleza transfronteriza de determinados contaminantes, como el ozono y las partículas, puede requerir la coordinación entre Estados miembros vecinos para la elaboración y ejecución de planes, programas y planes de acción a corto plazo y para la información al público. Cuando así proceda, los Estados miembros deben cooperar con terceros países y, sobre todo, facilitar la implicación temprana de los países candidatos a la adhesión.

    (21)

    Habida cuenta del carácter transfronterizo de determinadas sustancias contaminantes y, por consiguiente, de la posibilidad de que la superación de un valor límite en un Estado miembro esté causada por un factor sobre el que no puede influir directamente un Estado miembro, la Comisión debe poder conceder a los Estados miembros una prórroga para cumplir las normas contempladas en la presente Directiva.

    (22)

    Los Estados miembros que aún no hayan adoptado medidas suficientes para reducir la contaminación del aire, incluida la aplicación de las Directivas mencionadas en el punto 10 del Anexo XV dentro de los plazos fijados en las mismas, no deben poder optar a ninguna de las exenciones contempladas en el artículo 20. La Comisión debe examinar detenidamente las solicitudes de exención, teniendo en cuenta que los períodos de exención previstos en el citado artículo 20 son períodos máximos. La Comisión debe informar de sus decisiones al Parlamento Europeo, dando sus razones e indicando el período de cualquiera de las exenciones otorgadas a los Estados miembros.

    (23)

    Se ha efectuado una exhaustiva evaluación de impacto de la presente Directiva, teniendo en cuenta tanto la Estrategia de Desarrollo Sostenible como la de Legislar Mejor. No obstante, como se espera que la reducción de las emisiones de CO2 sea menor de la prevista en la evaluación de impacto, los costes podrían ser sobreestimados y los beneficios subestimados, ya que una reducción continuada de las emisiones después de 2012 contribuirá a mejorar también la calidad del aire.

    (24)

    Los objetivos de la presente Directiva deben corresponderse en la mayor medida posible con el desarrollo sostenible de las zonas y aglomeraciones implicadas.

    (25)

    En lo que respecta a las instalaciones industriales, la presente Directiva no debe implicar la adopción de medidas que excedan de la aplicación de las mejores técnicas disponibles, tal como establece la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (17) y, en particular, no debe conducir al cierre de ninguna instalación. Ahora bien, debe exigir que todos los Estados miembros adopten todas las medidas de reducción rentables necesarias en los sectores afectados.

    (26)

    Es necesario que los Estados miembros y la Comisión recaben, intercambien y divulguen información sobre la calidad del aire para comprender mejor las repercusiones de la contaminación atmosférica y elaborar las políticas apropiadas. Es preciso asimismo mantener a disposición del público información actualizada acerca de las concentraciones en el aire ambiente de todos los contaminantes regulados. Debe velarse por que la opinión pública sea informada a diario sobre los valores diarios de la medición.

    (27)

    Con el fin de facilitar el tratamiento y la comparación de la información sobre calidad del aire, los datos deben facilitarse a la Comisión en formato estándar.

    (28)

    Es preciso adaptar los procedimientos de suministro de datos, evaluación y comunicación de información sobre calidad del aire para hacer que los medios electrónicos e internet se utilicen como instrumentos principales de información y ello de forma que dichos procedimientos sean compatibles con la Directiva 2006/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de ... [por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire)]  (18).

    (29)

    Procede establecer la posibilidad de adaptar los criterios y las técnicas empleados para la evaluación de la calidad del aire ambiente en función de los avances técnicos y científicos y de la información que se ha de facilitar. Además, cuando se disponga de ellas, deben adoptarse técnicas de referencia para la modelización de la calidad del aire.

    (30)

    Dado que los objetivos de calidad del aire de la presente Directiva no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a la naturaleza transfronteriza de los contaminantes atmosféricos pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

    (31)

    Los Estados miembros deben fijar el régimen de sanciones aplicables en caso de infracción de lo dispuesto en la presente Directiva y asegurarse de su ejecución. Las sanciones deben ser eficaces, proporcionadas y disuasorias.

    (32)

    Algunas disposiciones de los actos derogados por la presente Directiva deben permanecer en vigor para garantizar el mantenimiento de los valores límite de dióxido de nitrógeno en la atmósfera hasta su sustitución el 1 de enero de 2010, el mantenimiento de las medidas de comunicación de datos sobre calidad del aire hasta que se adopten las nuevas disposiciones de aplicación, y el mantenimiento de las obligaciones sobre evaluación preliminar de la calidad del aire exigidas por la Directiva 2004/107/CE.

    (33)

    La obligación de incorporar la presente Directiva a las legislaciones nacionales debe limitarse a aquellas disposiciones que suponen un cambio sustancial con respecto a las Directivas anteriores. La obligación de incorporar las disposiciones que se mantienen inalteradas dimana de las Directivas anteriores.

    (34)

    La presente Directiva respeta los derechos fundamentales y observa los principios reconocidos, en particular, por la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En concreto, la presente Directiva trata de fomentar la integración en las políticas comunitarias de un alto nivel de protección del medio ambiente y la mejora de la calidad del mismo de acuerdo con el principio de desarrollo sostenible, según establece el artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

    (35)

    Las disposiciones necesarias para la aplicación de la presente Directiva deben adoptarse de conformidad con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de la competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (19),

    HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

    Capítulo I

    Disposiciones generales

    Artículo 1

    Asunto

    La presente Directiva establece medidas destinadas a:

    1)

    definir y establecer objetivos de calidad del aire ambiente dirigidos a evitar, prevenir o reducir todo efecto nocivo para la salud humana o el medio ambiente en su conjunto;

    2)

    evaluar la calidad del aire ambiente en los Estados miembros con arreglo a métodos y criterios comunes y, sobre todo, evaluar las concentraciones de determinados contaminantes en el aire ambiente;

    3)

    facilitar información sobre la calidad del aire ambiente con el fin de ayudar a combatir la contaminación y otros perjuicios y controlar la evolución a largo plazo y las mejoras resultantes de las medidas nacionales y comunitarias;

    4)

    asegurar que esa información sobre calidad del aire ambiente se halla a disposición de los ciudadanos;

    5)

    mantener la calidad del aire, cuando sea buena, y mejorarla en los demás casos;

    6)

    fomentar el incremento de la cooperación entre Estados miembros para reducir la contaminación atmosférica.

    Artículo 2

    Definiciones

    A efectos de la presente Directiva se entenderá por:

    1)

    «aire ambiente»: el aire troposférico exterior, con exclusión de los lugares de trabajo;

    2)

    «contaminante»: toda sustancia presente en el aire ambiente que pueda tener efectos nocivos para la salud humana o el medio ambiente en su conjunto;

    3)

    «nivel»: concentración de un contaminante en el aire ambiente o su depósito en superficies en un tiempo determinado;

    4)

    «evaluación»: todo método utilizado para medir, calcular, predecir o estimar los niveles;

    5)

    «valor límite»: nivel fijado sobre la base de conocimientos científicos con el fin de evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente, que debe alcanzarse en un período determinado y, una vez alcanzado, no superarse;

    6)

    «nivel» crítico: nivel fijado sobre la base de conocimientos científicos, por encima del cual pueden producirse efectos nocivos para receptores como plantas, árboles o ecosistemas naturales pero no para el hombre;

    7)

    «margen de tolerancia»: porcentaje del valor límite en que puede rebasarse ese valor en las condiciones establecidas por la presente Directiva;

    8)

    «valor de objetivo»: valor fijado con el fin de evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente en su conjunto, que debe alcanzarse, en la medida de lo posible, en un período determinado;

    9)

    «umbral de alerta»: nivel a partir del cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud humana y que requiere la adopción de medidas inmediatas por parte de los Estados miembros;

    10)

    «umbral de información»: nivel a partir del cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud de los sectores especialmente vulnerables de la población y que requiere el suministro de información inmediata y apropiada;

    11)

    «umbral superior de evaluación»: nivel por debajo del cual puede utilizarse una combinación de mediciones y técnicas de modelización para evaluar la calidad del aire ambiente;

    12)

    «umbral inferior de evaluación»: nivel por debajo del cual bastan las técnicas de modelización o de estimación objetiva para evaluar la calidad del aire ambiente;

    13)

    «objetivo a largo plazo»: nivel que debe alcanzarse a largo plazo, excepto cuando no pueda conseguirse mediante medidas proporcionadas, con el objetivo de proteger eficazmente la salud humana y el medio ambiente;

    14)

    «zona»: parte del territorio de un Estado miembro delimitada por éste a efectos de evaluación y gestión de la calidad del aire;

    15)

    «aglomeración»: conurbación de población superior a 250 000 habitantes o, cuando sea de población igual o inferior a 250 000 habitantes, con una densidad de población por km2 que habrán de determinar los Estados miembros;

    16)

    «emisiones procedentes de fuentes naturales»: sustancias presentes en el aire ambiente pero que no son creadas directa o indirectamente por el hombre. Entre ellas se encuentran, en particular, las emisiones atribuibles a fenómenos naturales como erupciones volcánicas, actividades sísmicas, actividades geotérmicas, incendios no intencionados en la naturaleza, sales marinas, o las emisiones provocadas por la resuspensión atmosférica o el transporte atmosférico de partículas naturales procedentes de regiones áridas;

    17)

    «PM10»: partículas que pasan a través del cabezal de muestreo definido en la norma EN 12341, con un rendimiento de separación del 50 % para un diámetro aerodinámico de 10 μm;

    18)

    «PM2,5»: partículas que pasan a través del cabezal de muestreo definido en la norma EN 14907, con un rendimiento de separación del 50 % para un diámetro aerodinámico de 2,5 μm;

    19)

    «indicador medio de exposición»: nivel medio, determinado a partir de las mediciones efectuadas en ubicaciones de fondo urbano de todo el territorio de un Estado miembro, que refleja la exposición de la población;

    20)

    «objetivo de reducción de la exposición»: porcentaje de reducción del indicador medio de exposición, establecido con el fin de reducir los efectos nocivos para la salud humana, que debe alcanzarse si es posible a lo largo de un período determinado;

    21)

    «ubicaciones de fondo urbano»: lugares situados en zonas urbanas cuyos niveles aparentes sean representativos de la exposición de la población urbana en general;

    22)

    «óxidos de nitrógeno»: suma de la proporción de mezcla volumétrica (ppbv) de monóxido de nitrógeno (óxido nítrico) y dióxido de nitrógeno, expresada en unidades de concentración másica de dióxido de nitrógeno (μg/m3);

    23)

    «mediciones fijas»: mediciones efectuadas en emplazamientos fijos, bien de forma continua, bien mediante muestreo al azar, con el propósito de determinar los niveles de conformidad con los objetivos de calidad de los datos establecidos;

    24)

    «mediciones indicativas»: mediciones que cumplen criterios de calidad menos estrictos que las mediciones fijas;

    25)

    «compuestos orgánicos volátiles» (COV): compuestos orgánicos de fuentes antropogénicas y biogénicas, con excepción del metano, capaces de producir oxidantes fotoquímicos por reacción con los óxidos de nitrógeno bajo el efecto de la de luz solar.

    Artículo 3

    Responsabilidades

    1.   Los Estados miembros designarán, a los niveles apropiados, a las autoridades y organismos competentes responsables de las tareas siguientes:

    a)

    evaluación de la calidad del aire ambiente;

    b)

    aprobación de los sistemas de medición (métodos, equipo, redes y laboratorios);

    c)

    garantía de la exactitud de las mediciones;

    d)

    análisis de los métodos de evaluación;

    e)

    actividades de coordinación en su territorio cuando la Comisión organice programas comunitarios de garantía de la calidad;

    f)

    cooperación con los demás Estados miembros y la Comisión.

    Cuando así proceda, las autoridades y los organismos competentes deberán ajustarse a lo dispuesto en la sección C del anexo I.

    2.   Los Estados miembros harán público el nombre de la autoridad o el organismo competente designado para la ejecución de las tareas indicadas en el apartado 1.

    Capítulo II

    Evaluación de la calidad del aire ambiente

    SECCIÓN 1

    Aspectos generales

    Artículo 4

    Designación de zonas y aglomeraciones

    Los Estados miembros designarán zonas y aglomeraciones en todo su territorio. En todas esas zonas deberán llevarse a cabo actividades de evaluación y gestión de la calidad del aire.

    SECCIÓN 2

    Evaluación de la calidad del aire: dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono

    Artículo 5

    Régimen de evaluación

    1.   Se aplicarán al dióxido de azufre, el dióxido de nitrógeno y los óxidos de nitrógeno, las partículas (PM10 y PM2,5), el plomo, el benceno y el monóxido de carbono los umbrales superior e inferior de evaluación especificados en la sección A del anexo II para la protección de la salud y de la vegetación.

    Cada zona u aglomeración se clasificará en relación con esos umbrales de evaluación.

    2.   La clasificación mencionada en el apartado 1 se controlará y, previa evaluación de los resultados, se revisará, cada cinco años con arreglo al procedimiento establecido en la sección B del anexo II.

    No obstante, las clasificaciones se revisarán con mayor frecuencia en caso de que se produzcan cambios significativos en las actividades que incidan en las concentraciones ambientales de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, o, cuando así proceda, de óxidos de nitrógeno, partículas (PM10 y PM2,5), plomo, benceno o monóxido de carbono.

    Artículo 6

    Criterios de evaluación

    1.   Los Estados miembros efectuarán evaluaciones de la calidad del aire ambiente en relación con los contaminantes que se indican en el artículo 5 en la totalidad de su territorio, de conformidad con los criterios fijados en los apartados 2, 3 y 4 del presente artículo.

    2.   En todas las zonas y aglomeraciones donde el nivel de contaminantes en el aire ambiente a que se refiere el apartado 1 rebase el umbral superior de evaluación establecido para esos contaminantes, la evaluación de la calidad del aire ambiente se efectuará mediante mediciones fijas. Esas mediciones fijas se complementarán con técnicas de modelización y/o mediciones indicativas con el fin de aportar información adecuada sobre la calidad del aire ambiente.

    3.   En todas las zonas y aglomeraciones donde el nivel de contaminantes en el aire ambiente a que se refiere el apartado 1 se halle por debajo del umbral superior de evaluación establecido para esos contaminantes, la evaluación de la calidad del medio ambiente se efectuará mediante una combinación de mediciones fijas y técnicas de modelización y/o mediciones indicativas.

    4.   Para la evaluación de la calidad del aire ambiente en todas las zonas y aglomeraciones donde el nivel de contaminantes en el aire ambiente a que se refiere el apartado 1 se halle por debajo del umbral inferior de evaluación establecido para esos contaminantes, será suficiente utilizar técnicas de modelización o de estimación objetiva para la evaluación de la calidad del aire ambiente o ambas.

    5.   Además de las evaluaciones indicadas en los apartados 2, 3 y 4, se efectuarán mediciones en puntos característicos de la contaminación de fondo alejados de las grandes fuentes de contaminación atmosférica con el objetivo de aportar información acerca de la concentración másica y la especiación química de las partículas finas (PM2,5), como media anual, y se efectuarán con arreglo a los criterios siguientes:

    a)

    se instalará un punto de muestreo cada 100 000 km2;

    b)

    cada uno de los Estados miembros establecerá al menos una estación de medición o podrá acordar con los Estados limítrofes el establecimiento de una o varias estaciones de medición comunes que abarquen las zonas colindantes relevantes con el fin de conseguir la resolución espacial necesaria;

    c)

    cuando así proceda, las actividades de vigilancia deberán coordinarse con la estrategia de control y el programa de medición del Programa de Cooperación para la Vigilancia Continua y la Evaluación del Transporte a Gran Distancia de Contaminantes Atmosféricos en Europa;

    d)

    la sección A del anexo I se aplicará en relación con los objetivos de calidad de los datos para las mediciones de la masa las partículas y el anexo IV se aplicará en su integridad.

    Los Estados miembros notificarán asimismo a la Comisión los métodos de medición empleados para determinar la composición química de las partículas finas (PM2,5).

    Artículo 7

    Puntos de muestreo

    1.   La ubicación de los puntos de muestreo para la medición del dióxido de azufre, el dióxido de nitrógeno y los óxidos de nitrógeno, las partículas (PM10 y PM2,5), el plomo, el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente se determinarán conforme a los criterios recogidos en el anexo III.

    2.   En las zonas o aglomeraciones donde las mediciones fijas constituyan la única fuente de información para la evaluación de la calidad del aire, el número de puntos de muestreo para cada uno de los contaminantes no podrá ser inferior al número mínimo de puntos de muestreo indicado en la sección A del anexo V. En tales zonas o aglomeraciones se realizarán a diario las mediciones pertinentes.

    No obstante, para las zonas o aglomeraciones donde la información procedente de los puntos de muestreo se complemente con información obtenida mediante técnicas de modelización y/o mediciones indicativas, el número total de puntos de muestreo especificado en la sección A del anexo V podrá reducirse en un 50 %, siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes:

    a)

    los métodos suplementarios aporten información suficiente para la evaluación de la calidad del aire en lo que respecta a los valores límite, los valores de objetivo o los umbrales de alerta, así como información pública adecuada;

    b)

    se realicen diariamente mediciones en los puntos de muestreo previstos;

    c)

    el número de puntos de muestreo que vaya a instalarse y la resolución espacial de otras técnicas resulten suficientes para determinar la concentración del contaminante de que se trate conforme a los objetivos de calidad de los datos especificados en la sección A del anexo I y posibiliten que los resultados de la evaluación se ajusten a los criterios especificados en la sección B del anexo I.

    En el caso contemplado en el párrafo segundo, los resultados de la modelización y/o la medición indicativa se tendrán en cuenta para la evaluación de la calidad del aire en relación con los valores límite o los valores de objetivo .

    3.     La Comisión y los Estados miembros velarán por una aplicación uniforme de los criterios en la elección de los puntos de muestreo.

    Artículo 8

    Métodos de medición de referencia

    Los Estados miembros aplicarán los métodos de medición y los criterios de referencia especificados en la sección A y en la sección C del anexo VI.

    Podrán utilizarse otros métodos de medición en las condiciones que se exponen en la sección B del anexo VI.

    SECCIÓN 3

    Evaluación de la calidad del aire ambiente en relación al ozono

    Artículo 9

    Criterios de evaluación

    1.   Cuando las concentraciones de ozono de una zona o aglomeración hayan superado los objetivos a largo plazo especificados en el punto 3 del anexo VII en cualquiera de los cinco años de medición anteriores, deberán tomarse mediciones fijas.

    2.   Cuando los datos de que se disponga se refieran a un período inferior a cinco años, los Estados miembros podrán, con el fin de determinar si se han rebasado los objetivos a largo plazo indicados en el apartado 1 durante esos cinco años, combinar los resultados de las campañas de medición de corta duración correspondientes a los momentos y lugares en que los niveles sean probablemente más elevados con los resultados obtenidos de los inventarios de emisiones y la modelización.

    Artículo 10

    Ubicación de los puntos de muestreo para la medición del ozono

    1.   La ubicación de los puntos de muestreo para la medición del ozono se determinarán con arreglo a los criterios fijados en el anexo VIII.

    2.   En las zonas o aglomeraciones donde las mediciones sean la única fuente de información para evaluar la calidad del aire, el número de puntos de muestreo para las mediciones fijas de ozono no podrá ser inferior al número mínimo de puntos de muestreo especificado en la sección A del anexo IX.

    No obstante, en las zonas y aglomeraciones donde la información procedente de los puntos de muestreo para mediciones fijas se complemente con información procedente de modelizaciones y/o mediciones indicativas, el número de puntos de muestreo indicado en la sección A del anexo IX podrá reducirse siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes:

    a)

    los métodos suplementarios generen información suficiente para la evaluación de la calidad del aire en lo que respecta a los valores de objetivo, los objetivos a largo plazo y los umbrales de información y de alerta;

    b)

    el número de puntos de muestreo que vaya a instalarse y la resolución espacial de otras técnicas sean suficientes para determinar la concentración de ozono conforme a los objetivos de calidad de los datos especificados en la sección A del anexo I y posibiliten que los resultados de la evaluación cumplan los criterios especificados en la sección B del anexo I;

    c)

    el número de puntos de muestreo de cada zona o aglomeración sea de al menos un punto de muestreo por cada dos millones de habitantes o por cada 50 000 km2, si este último criterio da lugar a un número superior de puntos de muestreo, sin que pueda existir menos de un punto de muestreo por cada zona o aglomeración;

    d)

    se mida el dióxido de nitrógeno en todos los puntos de muestreo restantes, excepto en las estaciones de fondo rural.

    En el caso contemplado en el párrafo segundo, los resultados de la modelización y/o las mediciones indicativas se tendrán en cuenta para la evaluación de la calidad del aire en relación con los valores de objetivo.

    3.   El dióxido de nitrógeno se medirá como mínimo en un 50 % de los puntos de muestreo de ozono que se requieren en la sección A del anexo IX. Esa medición será continua salvo en las estaciones de fondo rural contempladas en la sección A del anexo VIII, donde puede usarse otros métodos de medición.

    4.   En las zonas y aglomeraciones donde, durante cada uno de los cinco años de medición anteriores, las concentraciones se sitúen por debajo de los objetivos a largo plazo, el número de puntos de muestreo para mediciones fijas se determinará de conformidad con la Sección B del anexo IX.

    5.   Cada Estado miembro se asegurará de que se instala y pone en funcionamiento en su territorio al menos un punto de muestreo que suministre datos sobre las concentraciones de las sustancias precursoras del ozono indicadas en el anexo X. Cada Estado miembro escogerá el número y la ubicación de las estaciones de medición de las sustancias precursoras del ozono teniendo en cuenta los objetivos y los métodos fijados en el anexo X.

    Artículo 11

    Métodos de medición de referencia

    1.   Los Estados miembros aplicarán el método de referencia de medición del ozono establecido en el punto 8 de la sección A del anexo VI. Podrán emplearse otros métodos de medición en las condiciones señaladas en la sección B del anexo VI.

    2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los métodos que utilizan para el muestreo y la medición de COV de entre los que figuran en la lista del anexo X.

    Capítulo III

    Gestión de la calidad del aire ambiente

    Artículo 12

    Requisitos aplicables cuando los niveles son inferiores a los valores límite y los valores de objetivo

    En las zonas y aglomeraciones donde los niveles de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, PM10, PM2,5, plomo, benceno y monóxido de carbono en el aire ambiente se sitúen por debajo de los valores límite o los valores de objetivo respectivos que se especifican en los anexos XI y XIV, los Estados miembros deberán mantener los niveles de dichos contaminantes por debajo de los valores límite de los valores de objetivo y procurar preservar la mejor calidad del aire posible en consonancia con el objetivo de desarrollo sostenible .

    Artículo 13

    Valores límite y umbrales de alerta para la protección de la salud humana

    1.   Los Estados miembros , teniendo en cuenta lo dispuesto en la sección A del anexo III, se asegurarán de que, en todo su territorio, los niveles de dióxido de azufre, PM10, plomo y monóxido de carbono en el aire ambiente no rebasen los valores límite establecidos en el anexo XI.

    Los valores límite de dióxido de nitrógeno y benceno especificados en el anexo XI no podrán rebasarse a partir de las fechas especificadas en dicho anexo.

    El cumplimiento de estos requisitos se valorará con arreglo a lo dispuesto en la sección B del anexo III.

    Los márgenes de tolerancia fijados en el anexo XI se aplicarán conforme a lo dispuesto en el artículo 21.

    2.   Los umbrales de alerta para las concentraciones de dióxido de azufre y de dióxido de nitrógeno en el aire ambiente serán los que se establecen en la sección A del anexo XII.

    3.   Los Estados miembros podrán designar zonas o aglomeraciones dentro de las cuales se rebasen los valores límite de PM10 debido a las concentraciones de PM10 procedentes de la resuspensión de partículas provocada por el vertido invernal de arena para el saneamiento o la limpieza de las carreteras siempre y cuando los niveles de PM2,5 no se vean afectados .

    Los Estados miembros enviarán a la Comisión las listas de esas zonas o aglomeraciones junto con información sobre las concentraciones y las fuentes de PM10 en las mismas.

    Cuando informen a la Comisión de acuerdo con el artículo 25, los Estados miembros aportarán las pruebas necesarias para demostrar que dichos rebasamientos se deben a las citadas partículas en resuspensión y que se han adoptado las medidas adecuadas para reducir esas concentraciones.

    No obstante lo dispuesto en el artículo 19, en el caso de las zonas o aglomeraciones indicadas en el párrafo primero del presente apartado, los Estados miembros sólo deberán establecer los planes y programas contemplados en el artículo 21 en la medida en que los rebasamientos sean atribuibles a fuentes de PM10 distintas del vertido invernal de arena y sal para el saneamiento de carreteras.

    Artículo 14

    Niveles críticos

    1.   En las zonas alejadas de las aglomeraciones y otras áreas edificadas, los Estados miembros asegurarán el cumplimiento de los niveles críticos especificados en el anexo XIII.

    Cuando se dé un riesgo serio de efectos adversos, los Estados miembros podrán aplicar los niveles críticos mencionados en el primer párrafo incluso dentro de las aglomeraciones y otras áreas edificadas.

    2.   Cuando las mediciones fijas sean la única fuente de información para la evaluación de la calidad del aire, el número de puntos de muestreo no será inferior al número mínimo especificado en la sección C del anexo V. Cuando esa información se complemente con la procedente de mediciones indicativas o modelizaciones, el número mínimo de puntos de muestreo podrá reducirse hasta en un 50 %, siempre que las estimaciones de las concentraciones del contaminante en cuestión puedan determinarse conforme a los objetivos de calidad de los datos indicados en la sección A del anexo I.

    Artículo 15

    Objetivo de reducción de la exposición a las PM2,5 y valor de objetivo y valor límite para la concentración de PM2,5 para la protección de la salud humana

    1.   Los Estados miembros se asegurarán de que el objetivo de reducción de la exposición a las PM2,5 fijado en la sección B del anexo XIV se consigue en el plazo señalado en dicho anexo.

    2.   El indicador medio de exposición a las PM2,5 se evaluará conforme a lo establecido en la sección A del anexo XIV.

    3.   Conforme al anexo III, los Estados miembros se asegurarán de que la distribución y el número individual de puntos de muestreo que sirvan de base para el indicador medio de exposición a las PM2,5 refleja adecuadamente la exposición de la población en general. El número de puntos de muestreo no deberá ser inferior al determinado en aplicación de la sección B del anexo V.

    4.   Los Estados miembros se asegurarán de que el valor de objetivo y el valor límite para las concentraciones de PM2,5 en el aire ambiente se cumplen a partir de la fecha señalada en la sección C del anexo XIV en todo su territorio.

    5.   Los márgenes de tolerancia establecidos en la sección C del anexo XIV se aplicarán conforme al artículo 21.

    Artículo 16

    Requisitos aplicables a las zonas y aglomeraciones donde las concentraciones de ozono superen los objetivos a largo plazo

    1.   Los Estados miembros se asegurarán de que se alcanzan los valores de objetivo y los objetivos a largo plazo especificados en el anexo VII dentro del plazo señalado en dicho anexo.

    2.   En las zonas o aglomeraciones donde se rebase algún valor de objetivo, los Estados miembros se asegurarán de que se aplica el plan o programa elaborado de conformidad con el artículo 6 de la Directiva 2001/81/CE con el fin de respetar esos valores de objetivo, salvo cuando ello no pueda conseguirse mediante medidas proporcionadas, a partir de la fecha especificada en el punto 2 del anexo VII.

    Cuando, de acuerdo con el artículo 21, apartado 1, de la presente Directiva deban elaborarse o ejecutarse planes y programas relativos a contaminantes distintos del ozono, los Estados miembros deberán elaborar y ejecutar, cuando así proceda, planes o programas integrados que abarquen todos los contaminantes en cuestión.

    3.   En las zonas o aglomeraciones donde los niveles de ozono en el aire ambiente sean superiores a los objetivos a largo plazo pero inferiores o iguales a los valores de objetivo, los Estados miembros elaborarán y aplicarán medidas eficaces en relación con su coste destinadas a la consecución de los objetivos a largo plazo. Esas medidas deberán conformarse como mínimo a los planes y programas a que se refiere el apartado 2.

    Artículo 17

    Requisitos aplicables a las zonas donde las concentraciones de ozono cumplan los objetivos a largo plazo

    En las zonas y aglomeraciones donde los niveles de ozono cumplan los objetivos a largo plazo, los Estados miembros deberán, en la medida en que una serie de factores, entre los que se cuentan la naturaleza transfronteriza de la contaminación por ozono y las condiciones meteorológicas, se lo permitan, mantener esos niveles por debajo de los objetivos a largo plazo y preservar, a través de medidas proporcionadas, la mejor calidad del aire ambiente que sea compatible con un desarrollo sostenible y un alto nivel de protección del medio ambiente y la salud humana.

    Artículo 18

    Medidas necesarias en caso de rebasamiento de los umbrales de información o de alerta

    Cuando se rebase el umbral de información indicado en el anexo XII o cualquiera de los umbrales de alerta establecidos en ese mismo anexo, los Estados miembros adoptarán todas las medidas necesarias para comunicar al público esa situación por radio, televisión, prensa o Internet.

    Asimismo, los Estados miembros facilitarán a la Comisión inmediatamente, con carácter provisional, información sobre los niveles registrados y sobre la duración de los períodos durante los que se hayan rebasado los umbrales de alerta o de información.

    Artículo 19

    Emisiones procedentes de fuentes naturales

    1.   Los Estados miembros podrán designar zonas o aglomeraciones donde el rebasamiento de los valores límite o los valores de objetivo de un contaminante determinado sea atribuible a fuentes naturales.

    Los Estados miembros enviarán a la Comisión las listas de esas zonas o aglomeraciones junto con información acerca de las concentraciones y las fuentes y datos que demuestren que los rebasamientos son atribuibles a fuentes naturales.

    2.   Cuando la Comisión haya sido informada de la existencia de un rebasamiento atribuible a fuentes naturales con arreglo al apartado 1, dicho rebasamiento no se considerará tal a efectos de lo dispuesto en la presente Directiva.

    Artículo 20

    Prórroga de los plazos de cumplimiento de ciertos valores límite y exención de la obligación de aplicarlos

    1.   Cuando, en una zona o aglomeración determinada, no puedan respetarse los valores límite de dióxido de nitrógeno o benceno, PM10 o el valor de objetivo de PM2,5 en los plazos fijados en el anexo XI o en la sección C del anexo XIV, los Estados miembros podrán prorrogar esos plazos por un máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de la presente Directiva para esa zona o aglomeración concreta, siempre que el Estado miembro muestre que se han adoptado todas las medidas apropiadas a nivel nacional, regional y local para respetar los plazos arriba mencionados. Se establecerá un plan o un programa conforme al artículo 21 para la zona o aglomeración que demuestre qué medidas se van a adoptar para respetar los valores límite o los valores de objetivo antes del final de la prórroga .

    2.   Cuando, en una zona o aglomeración determinada, no puedan respetarse los valores límite de dióxido de azufre, monóxido de carbono y plomo especificados en el anexo XI debido a las características de dispersión propias de esos lugares, las condiciones climáticas adversas o las contribuciones transfronterizas, los Estados miembros quedarán exentos de aplicar esos valores limite hasta el 31 de diciembre de 2009 como fecha límite, siempre que se cumplan las condiciones recogidas en el apartado 1.

    3.     Los Estados miembros podrán prorrogar los plazos para los valores límite de PM10 y el valor de objetivo de PM2,5 mencionados en el apartado 1 durante un período adicional máximo de dos años para una zona o aglomeración concreta cuando el plan o programa conforme al apartado 1 demuestre que no se pueden respetar los valores límite o los valores de objetivo, siempre que el Estado miembro muestre que se han adoptado todas las medidas apropiadas a nivel nacional, regional y local para respetar los plazos arriba mencionados, incluida la aplicación de las Directivas mencionadas en el punto 10 del anexo XV antes de los plazos establecidos en dichos actos jurídicos. Un plan o programa revisado explicará las causas del rebasamiento después de los plazos arriba mencionados y demostrará qué medidas se van a adoptar para respetar los valores límite o los valores objetivo dentro de la prórroga.

    4.   Cuando un Estado miembro aplique lo dispuesto en los apartados 1, 2 ó 3 , se asegurará de que el rebasamiento del valor límite o del valor de objetivo de cada contaminante no supera el margen máximo de tolerancia especificado para cada uno de los contaminantes en los anexos XI o XIV.

    5.   Los Estados miembros notificarán sin demora a la Comisión y a los demás Estados miembros los supuestos en los que, a su juicio, sean de aplicación los apartados 1, 2 ó 3 , y le transmitirán los planes o programas mencionados en el apartado 1 junto con toda la información necesaria para que la Comisión examine si se cumplen o no las condiciones pertinentes. Cuando la Comisión proceda a dicho examen, prestará especial atención a las medidas adicionales que haya adoptado la Comunidad para ayudar a los Estados miembros a respetar los valores límite y los valores de objetivo pertinentes.

    Si la Comisión no plantea ninguna objeción en los seis meses siguientes a la recepción de esa notificación, las condiciones pertinentes para la aplicación de los apartados 1, 2 ó 3 se considerarán cumplidas.

    Si se plantearen objeciones, la Comisión podrá requerir a los Estados miembros que adapten sus planes o programas o que presenten otros nuevos.

    Capítulo IV

    Planes y programas

    Artículo 21

    Planes o programas de calidad del aire

    1.   Cuando, en determinadas zonas o aglomeraciones, los niveles de contaminantes en el aire ambiente superen cualquier valor límite o valor de objetivo así como el margen de tolerancia correspondiente a cada caso, los Estados miembros se asegurarán de que se elaboran planes y programas para esas zonas y aglomeraciones con el fin de conseguir respetar el valor límite o valor de objetivo correspondiente especificado en los anexos XI y XIV.

    Esos planes y programas contendrán al menos la información indicada en el anexo XV.

    Los planes y programas podrán contener medidas de conformidad con el artículo 22 .

    Se entenderá que los planes y programas mencionados en el primer párrafo no impondrán a las instalaciones industriales cubiertas por la Directiva 96/61/CE, y que emplean las mejores técnicas disponibles con arreglo al artículo 2, punto 11 de dicha Directiva, otra obligación más allá de la aplicación de las mejores técnicas disponibles. Los planes y programas se comunicarán a la Comisión, recogidos en la forma electrónica adecuada, en un plazo que se determinará de conformidad con el artículo 26, apartado 2.

    2.   En la medida de lo posible, los Estados miembros asegurarán la coherencia con los demás planes exigidos por la Directiva 2001/80/CE, la Directiva 2001/81/CE, o la Directiva 2002/49/CE para alcanzar los objetivos medioambientales correspondientes.

    3.   Los planes o programas contemplados en el apartado 1 no estarán sujetos a la evaluación requerida por la Directiva 2001/42/CE.

    Artículo 22

    Planes de acción a corto plazo

    1.   Cuando, en una zona o una aglomeración determinada, exista el riesgo de que el nivel de contaminantes en el aire ambiente supere uno o más de los valores límite, valores de objetivo o umbrales de alerta especificados en los anexos VII, XI, XII y XIV, los Estados miembros elaborarán, cuando parezca conveniente , planes de acción que indicarán las medidas que deben adoptarse a corto plazo para reducir ese riesgo y limitar la duración de esa situación.

    No obstante, los Estados miembros no elaborarán esos planes de acción a corto plazo más que cuando consideren que hay un importante potencial de reducción del riesgo o de la duración o severidad de la situación, habida cuenta de las condiciones geográficas, meteorológicas y económicas nacionales. Al elaborar ese plan de acción a corto plazo, los Estados miembros deberán tener en cuenta la Decisión 2004/279/CE.

    2.   Los planes de acción a corto plazo indicados en el apartado 1 podrán, en determinados casos, establecer medidas de eficacia probada a corto plazo para controlar y, si es necesario, suspender las actividades que sean claramente responsables del aumento del riesgo de rebasamiento de los valores límite o umbrales de alerta respectivos. El artículo 21, apartado 1, párrafo 2, se aplicará mutatis mutandis.

    3.   Los Estados miembros pondrán a disposición de los ciudadanos y de las organizaciones pertinentes los resultados de sus investigaciones sobre la viabilidad y el contenido de los planes de acción específicos a corto plazo y la información sobre la ejecución de esos planes . Se considerarán organizaciones pertinentes las ecologistas, las de consumidores, las representantes de los intereses de los sectores vulnerables de la población, así como de otros organismos sanitarios interesados y las representantes de los intereses económicos .

    4.     La Comisión publicará regularmente, a partir del ... (20), ejemplos acordes con las mejores técnicas disponibles para el establecimiento de planes con medidas a corto plazo.

    Artículo 23

    Contaminación transfronteriza

    1.   En caso de rebasamiento de algún umbral de alerta, valor límite o de objetivo, más el margen de tolerancia correspondiente, o de algún objetivo a largo plazo, debido a un importante transporte transfronterizo de contaminantes o sus precursores, los Estados miembros afectados deberán cooperar y, cuando así proceda, idear actividades conjuntas como la preparación de planes comunes o coordinados con arreglo al artículo 21 con el fin de corregir esos rebasamientos mediante la aplicación de medidas apropiadas pero proporcionadas.

    2.   Se invitará a la Comisión a que participe y colabore en todas las actividades de cooperación indicadas en el apartado 1. Cuando así proceda, la Comisión considerará, teniendo en cuenta los informes elaborados de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2001/81/CE, si deben adoptarse medidas comunitarias complementarias para reducir las emisiones de precursores responsables de la contaminación transfronteriza.

    3.   Los Estados miembros deberán, cuando así lo requiera el artículo 22, preparar y ejecutar planes conjuntos de acción a corto plazo destinados a zonas colindantes de otros Estados miembros. Los Estados miembros se asegurarán de que las zonas colindantes de otros Estados miembros que hayan desarrollado planes de acción a corto plazo reciban toda la información adecuada.

    4.   Cuando se rebasen los umbrales de información o de alerta en zonas o aglomeraciones cercanas a las fronteras nacionales, se informará lo antes posible de ese extremo a las autoridades competentes de los Estados miembros vecinos afectados. Esa información se pondrá asimismo a disposición del público.

    5.   Cuando elaboren los planes establecidos en los apartados 1 y 3 e informen a los ciudadanos conforme al apartado 4, los Estados miembros procurarán cooperar con terceros países y, especialmente, con los países candidatos a la adhesión.

    Capítulo V

    Información y comunicación de datos

    Artículo 24

    Información a los ciudadanos

    1.   Los Estados miembros se asegurarán de que los ciudadanos y las organizaciones pertinentes, como las ecologistas, las de consumidores y las representantes de los intereses de los sectores vulnerables de la población, así como otros organismos sanitarios interesados y las representantes de los intereses económicos , reciben información adecuada y oportuna acerca de

    a)

    la calidad del aire ambiente con arreglo al anexo XVI;

    b)

    toda decisión de prórroga adoptada con arreglo al artículo 20, apartados 1 y 3;

    c)

    toda excepción adoptada con arreglo al artículo 20, apartado 2;

    d)

    de los planes o programas dispuestos en el artículo 16, apartado 2, en el artículo 20, apartado 1 y en el artículo 21.

    Esa información se suministrará de forma gratuita por cualquier medio de comunicación de fácil acceso, incluida Internet u otro medio adecuado de telecomunicación, y tendrá en cuenta las disposiciones de la Directiva 2006/.../CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de ... [por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire)].

    2.   Los Estados miembros pondrán a disposición del público informes anuales sobre todos los contaminantes cubiertos por la presente Directiva.

    Dichos informes deberán presentar un compendio de los niveles de rebasamiento de los valores límite, los valores de objetivo, los objetivos a largo plazo, los umbrales de información y los umbrales de alerta para los períodos de cálculo de las medias que correspondan. Esa información deberá combinarse con una evaluación sintética de los efectos de esos rebasamientos. Los informes podrán incluir, cuando así proceda, información y evaluaciones suplementarias sobre protección forestal así como información sobre los demás contaminantes para los que la presente Directiva establece medidas de control, como, por ejemplo, las sustancias precursoras del ozono no reguladas que figuran en la sección B del anexo X.

    Artículo 25

    Transmisión de información y comunicación de datos

    Los Estados miembros se asegurarán de que la Comisión recibe información sobre la calidad del aire ambiente.

    Artículo 26

    Disposiciones modificativas y de aplicación

    1.   La Comisión, de conformidad con el procedimiento descrito en el artículo 27, apartado 3 , modificará los anexos I a VI, VIII a X y XV cuando lo considere necesario.

    No obstante, esas modificaciones no podrán tener como efecto la modificación directa o indirecta de:

    a)

    los valores límite, los requisitos de reducción de la exposición, los niveles críticos, los valores de objetivo, los umbrales de información o de alerta ni los objetivos a largo plazo especificados en el anexo VII y en los anexos XI a XIV;

    b)

    las fechas de cumplimiento de cualquiera de los parámetros indicados en la letra a).

    2.   la Comisión, de conformidad con el procedimiento descrito en el artículo 27, apartado 3 , determinará la información que deben facilitar los Estados miembros en cumplimiento del artículo 25.

    Además, la Comisión determinará la forma de simplificar el método de presentación de esos datos y el intercambio recíproco de información y datos de las redes y las estaciones independientes de medición de la contaminación atmosférica de los Estados miembros, de conformidad con el procedimiento indicado en el artículo 27, apartado 2.

    3.   La Comisión elaborará directrices para los acuerdos relativos al establecimiento de las estaciones de medición comunes mencionadas en el artículo 6, apartado 5.

    4.   La Comisión publicará directrices para la demostración de la equivalencia indicada en la sección B del anexo VI.

    Capítulo VI

    Comité y disposiciones transitorias y finales

    Artículo 27

    Comité

    1.   La Comisión estará asistida por un Comité llamado «Comité de Calidad del Aire Ambiente», en lo sucesivo denominado «el Comité».

    2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

    El plazo contemplado en el artículo 5, apartado 6, de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

    3.     En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación el artículo 5 bis, apartados 1 a 4 y el artículo 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

    Artículo 28

    Sanciones

    Los Estados miembros establecerán el régimen de sanciones correspondientes a la infracción de las disposiciones nacionales adoptadas en aplicación de la presente Directiva y tomarán todas las medidas necesarias para asegurarse de su ejecución. Esas sanciones deberán ser eficaces, proporcionadas y disuasorias.

    Artículo 29

    Disposiciones derogatorias y transitorias

    1.   Quedan derogadas las Directivas 96/62/CE, 1999/30/CE, 2000/69/CE y 2002/3/CE a partir de la fecha indicada en el artículo 32, apartado 1 de la presente Directiva, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en cuanto a los plazos de incorporación o aplicación de esas Directivas.

    No obstante, permanecerán vigentes los siguientes artículos:

    a)

    artículo 5 de la Directiva 96/62/CE, hasta el 31 de diciembre de 2010;

    b)

    artículo 11, apartado 1, de la Directiva 96/62/CE y artículo 10, apartados 1 y 2 de la Directiva 2002/3/CE hasta la entrada en vigor de las disposiciones de aplicación mencionadas en el artículo 26, apartado 2, de la presente Directiva;

    c)

    artículo 9, apartados 3 y 4, de la Directiva 1999/30/CE, hasta el 31 de diciembre de 2009.

    2.   Las referencias a las Directivas derogadas se entenderán como referencias a la presente Directiva y se leerán conforme al cuadro de correspondencias del anexo XVIII.

    3.   La Decisión 97/101/CE quedará derogada a partir de la entrada en vigor de las disposiciones de aplicación mencionadas en el artículo 26, apartado 2, de la presente Directiva.

    Artículo 30

    Transposición

    En los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la presente Directiva, la Comisión procederá a la revisión de las disposiciones relativas a las PM2,5 y a las PM10 con arreglo a los conocimientos científicos más recientes . Concretamente, la Comisión propondrá un enfoque detallado para el establecimiento de obligaciones jurídicamente vinculantes de reducción de la exposición que tengan en cuenta las situaciones de calidad del aire y los distintos potenciales de reducción de los Estados miembros. En la revisión, la Comisión averiguará si es suficiente seguir estableciendo valores límite para PM10 o si conviene sustituirlos por valores límite para PM2,5 .

    Artículo 31

    Medidas comunitarias para reducir las emisiones en la fuente

    En caso de que a 1 de enero de 2010 no hayan entrado en vigor las medidas comunitarias necesarias para reducir las emisiones en la fuente, según se establece en el anexo XVII, se concederán a los Estados miembros períodos de exención de dos años para PM2,5 y PM10 a partir del 1 de enero de 2010, siempre y cuando el Estado de que se trate esté adoptando las medidas necesarias para reducir la contaminación del aire. El período total de exención no superará al conjunto de los períodos contemplados en el artículo 20, apartados 1 y 3.

    Artículo 32

    Incorporación

    1.   Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva a más tardar el ... (21) . Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones y un cuadro de correspondencias entre esas disposiciones y la presente Directiva.

    Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

    2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión las principales disposiciones nacionales que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

    Artículo 33

    La presente Directiva entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Artículo 34

    Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

    Hecho en ..., el ...

    Por el Parlamento Europeo

    El Presidente

    Por el Consejo

    El Presidente


    (1)  DO C 195 de 18.8.2006, p. 84 .

    (2)  DO C 206 de 29.8.2006, p. 1 .

    (3)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de septiembre de 2006.

    (4)  DO L 242 de 10.9.2002, p. 1.

    (5)  DO L 296 de 21.11.1996, p. 55. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

    (6)  DO L 163 de 29.6.1999, p. 41. Directiva modificada por la Decisión 2001/744/CE de la Comisión (DO L 278 de 23.10.2001, p. 35).

    (7)  DO L 313 de 13.12.2000, p. 12.

    (8)  DO L 67 de 9.3.2002, p. 14.

    (9)  DO L 35 de 5.2.1997, p. 14. Decisión modificada por la Decisión 2001/752/CE de la Comisión (DO L 282 de 26.10.2001, p. 69).

    (10)  DO L 23 de 26.1.2005, p. 3.

    (11)  DO L 171 de 27.6.1981, p. 11.

    (12)  DO L 309 de 27.11.2001, p. 22. Directiva modificada por el Acta de Adhesión de 2003.

    (13)  DO L 309 de 27.11.2001, p. 1. Directiva modificada por el Acta de Adhesión de 2003.

    (14)  DO L 189 de 18.7.2002, p. 12.

    (15)  DO L 87 de 25.3.2004, p. 50.

    (16)  DO L 197 de 21.7.2001, p. 30.

    (17)  DO L 257 de 10.10.1996, p. 26. Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 33 de 4.2.2006, p. 1).

    (18)  DO L ...

    (19)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23. Decisión modificada por la Decisión 2006/512/CE (DO L 200 de 22.7.2006, p. 11).

    (20)  12 meses después de la entrada en vigor de la presente Directiva.

    (21)  12 meses después de la entrada en vigor de la presente Directiva.

    ANEXO I

    OBJETIVOS DE CALIDAD DE LOS DATOS

    A.   OBJETIVOS DE CALIDAD DE LOS DATOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE

     

    Dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno y monóxido de carbono

    Benceno

    Partículas (PM10/PM2,5) y plomo

    Ozono y NO y NO2 correspondientes

    Mediciones fijas (1)

     

     

     

     

    Incertidumbre

    15 %

    25 %

    25 %

    15 %

    Toma mínima de datos

    90 %

    90 %

    90 %

    90% en verano

    75 % en invierno

    Cobertura temporal mínima:

     

     

     

     

    — fondo urbano y de tráfico;

     

    35 % (2)

     

     

    — emplazamientos industriales

     

    90 %

     

     

    Mediciones indicativas

     

     

     

     

    Incertidumbre

    25 %

    30 %

    50 %

    30%

    Cobertura temporal mínima

    90 %

    90 %

    90 %

    90%

    Periodicidad mínima

    14 % (3)

    14 % (4)

    14 % (3)

    < 10 % en verano

    Incertidumbre de la modelización:

     

     

     

     

    Horaria

    50 %

     

     

    Medias octohorarias

    50 %

     

     

     

    Medias diarias

    50 %

    aún no definida

    50%

    Medias anuales

    30 %

    50 %

    50 %

    50%

    Estimación objetiva — Incertidumbre

    75 %

    100 %

    100%

    75 %

    La incertidumbre (expresada con un nivel de confianza del 95 %) de los métodos de evaluación se determinará con arreglo a los principios de la Guía del CEN para la expresión de la incertidumbre de medida (ENV 13005-1999), la metodología recogida en la norma ISO 5725:1994 y las directrices del informe del CEN titulado «Air Quality — Approach to Uncertainty Estimation for Ambient Air Reference Measurement Methods» (CR 14377:2002E). Los porcentajes de incertidumbre del cuadro anterior se indican para las mediciones individuales medias del período considerado para un intervalo de confianza del 95 %. La incertidumbre para las mediciones fijas debe interpretarse como aplicable en la región del valor límite apropiado.

    Para la modelización y la estimación objetiva, la incertidumbre se define como la desviación máxima de los niveles de concentración medidos y calculados, a lo largo del período considerado, respecto del valor límite, sin tener en cuenta la cronología de los acontecimientos.

    Los requisitos de toma mínima de datos y cobertura temporal mínima no incluyen las pérdidas de datos debido a la calibración regular o el mantenimiento normal de los instrumentos.

    B.   RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE

    La información que se indica a continuación se recabará para las zonas o aglomeraciones dentro de las cuales se utilicen fuentes distintas de las mediciones, bien como complemento de la información procedente de las mediciones, bien como único medio de evaluación de la calidad del aire:

    descripción de las actividades de evaluación llevadas a cabo;

    métodos específicos utilizados, con referencias a las descripciones de ese método;

    origen de los datos y fuentes de información;

    descripción de los resultados, incluidas las incertidumbres y, sobre todo, extensión de la zona o, cuando así proceda, longitud de la carretera que atraviese la zona o aglomeración donde las concentraciones rebasen cualquier valor límite, valor de objetivo u objetivo a largo plazo más el margen de tolerancia correspondiente que sea aplicable, y de toda zona dentro de la cual las concentraciones rebasen el umbral superior de evaluación o el umbral inferior de evaluación;

    población potencialmente expuesta a niveles superiores a cualquier valor límite.

    C.   GARANTÍA DE CALIDAD DE LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE: VALIDACIÓN DE LOS DATOS

    1.

    Con el fin de asegurar la exactitud de las mediciones y el cumplimiento de los objetivos de calidad de los datos fijados en la sección A del presente anexo, las autoridades y organismos competentes designados en virtud del artículo 3 deberán:

    garantizar la rastreabilidad de todas las mediciones efectuadas en relación con la evaluación de la calidad del aire ambiente en virtud sde los artículos 6 y 9;

    asegurarse de que las instituciones responsables del funcionamiento de las redes y las estaciones independientes dispongan de un sistema establecido de garantía y control de la calidad que incluya un mantenimiento periódico dirigido a asegurar la exactitud de los instrumentos de medición;

    asegurar el establecimiento de un proceso de garantía de la calidad/control de la calidad para las actividades de compilación y comunicación de datos y la participación activa de las instituciones designadas para esa tarea en los programas afines de garantía de la calidad de la Comunidad;

    asegurar que los laboratorios nacionales nombrados por la autoridad o el organismo competente designado con arreglo al artículo 3 que participen en los ejercicios de intercomparación comunitarios relativos a los contaminantes regulados por la presente Directiva se hallen acreditados con arreglo a la norma EN/ISO 17025 para el uso de los métodos aplicados a dichos ejercicios o estén en proceso de acreditación. Esos laboratorios participarán en la coordinación, en el territorio de los Estados miembros, de los programas comunitarios de garantía de la calidad que organizará la Comisión; además, deberán coordinar, a escala nacional, la correcta utilización de los métodos de referencia y la demostración de la equivalencia de los métodos que no sean de referencia.

    2.

    Se dará por supuesta la validez de todos los datos facilitados.


    (1)  En el caso del benceno y las partículas, los Estados miembros podrán efectuar mediciones aleatorias en lugar de mediciones continuas si son capaces de demostrar a la Comisión que la incertidumbre, incluida la derivada del muestreo aleatorio, alcanza el objetivo de calidad del 25 %, y que la periodicidad sigue siendo superior a la periodicidad mínima de las mediciones indicativas. El muestreo aleatorio debe distribuirse de manera uniforme a lo largo del año para evitar resultados sesgados. La incertidumbre derivada del muestreo aleatorio puede determinarse mediante el procedimiento establecido en la norma ISO 11222 (2002) «Calidad del aire — Determinación de la incertidumbre de la media temporal de las medidas de calidad del aire». Si se efectúan mediciones aleatorias para evaluar el número de rebasamientos (N[estimación]) del valor límite diario de PM10, es preciso aplicar la corrección siguiente: N[estimación] = N[medición] × 365 días/número de días de medición.

    (2)  Distribuido a lo largo del año para que sea representativo de las diversas condiciones climáticas y de tráfico.

    (3)  Una medición semanal aleatoria, distribuida de manera uniforma a lo largo del año, u ocho semanas distribuidas de manera uniforme a lo largo del año.

    (4)  Una medición diaria aleatoria por semana, distribuida de manera uniforme a lo largo del año, u ocho semanas distribuidas de manera uniforme a lo largo del año.

    ANEXO II

    DETERMINACIÓN DE LOS REQUISITOS DE EVALUACIÓN DE LAS CONCENTRACIONES DE DIÓXIDO DE AZUFRE, DIÓXIDO DE NITRÓGENO Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO, PARTÍCULAS (PM10 Y PM2,5), PLOMO, MONÓXIDO DE CARBONO Y BENCENO EN EL AIRE AMBIENTE DENTRO DE UNA ZONA O AGLOMERACIÓN

    A.   UMBRALES SUPERIOR E INFERIOR DE EVALUACIÓN

    Se aplicarán los siguientes umbrales de evaluación superior e inferior:

    a)

    Dióxido de azufre

     

    Protección de la salud

    Protección de la vegetación

    Umbral superior de evaluación

    60 % del valor límite por 24 horas

    (75 μg/m3, que no podrá superarse más de tres veces por año civil)

    60 % del valor límite de invierno

    (12 μg/m3)

    Umbral inferior de evaluación

    40 % del valor límite por 24 horas

    (50 μg/m3, que no podrá superarse más de tres veces por año civil)

    40 % del valor límite de invierno

    (8 μg/m3)

    b)

    Dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno

     

    Valor límite horario para la protección de la salud humana (NO2)

    Valor límite anual para la protección de la salud humana (NO2)

    Valor límite anual para la protección de la vegetación (NOX)

    Umbral superior de evaluación

    70 % del valor límite

    (140 μg/m3, que no podrá superarse más de 18 veces por año civil)

    80 % del valor límite

    (32 μg/m3)

    80 % del valor límite

    (24 μg/m3)

    Umbral inferior de evaluación

    50 % del valor límite

    (100 μg/m3, que no podrá superarse más de 18 veces por año civil)

    65 % del valor límite

    (26 μg/m3)

    65 % del valor límite

    (19,5 μg/m3)

    c)

    Partículas (PM10/PM2,5)

     

    Media de 24 horas

    Media anual PM10

    Media anual PM2,5

    Umbral superior de evaluación

    30 μg/m3, que no podrá superarse más de 7 veces por año civil

    14 μg/m3

    10 μg/m3

    Umbral inferior de evaluación

    20 μg/m3, que no podrá superarse más de 7 veces por año civil

    10 μg/m3

    7 μg/m3

    d)

    Plomo

     

    Media anual

    Umbral superior de evaluación

    70 % del valor límite (0,35 μg/m3)

    Umbral inferior de evaluación

    50 % del valor límite (0,25 μg/m3)

    e)

    Benceno

     

    Media anual

    Umbral superior de evaluación

    70 % del valor límite (3,5 μg/m3)

    Umbral inferior de evaluación

    40 % del valor límite (2 μg/m3)

    f)

    Monóxido de carbono

     

    Media octohoraria

    Umbral superior de evaluación

    70 % del valor límite (7 mg/m3)

    Umbral inferior de evaluación

    50 % del valor límite (5 mg/m3)

    B.   DETERMINACIÓN DE LOS REBASAMIENTOS DE LOS UMBRALES SUPERIOR E INFERIOR DE EVALUACIÓN

    Los rebasamientos de los umbrales superior e inferior de evaluación se determinarán en relación con las concentraciones medidas durante los cinco años anteriores, cuando se disponga de datos suficientes. Un umbral de evaluación se considerará rebasado si se ha superado durante al menos tres de esos cinco años anteriores.

    Cuando se disponga de datos relativos a un período inferior a cinco años, los Estados miembros podrán combinar, con el fin de determinar los rebasamientos de los umbrales superior e inferior de evaluación, los datos de las campañas de medición de breve duración correspondientes al período del año y los emplazamientos con probabilidad de registrar los niveles más elevados de contaminación con los resultados de los inventarios de emisiones y las modelizaciones.

    ANEXO III

    UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MUESTREO PARA LA MEDICIÓN DEL DIÓXIDO DE AZUFRE, EL DIÓXIDO DE NITRÓGENO Y LOS ÓXIDOS DE NITRÓGENO, LAS PARTÍCULAS (PM10 y PM2,5), EL PLOMO, EL MONÓXIDO DE CARBONO Y EL BENCENO EN EL AIRE AMBIENTE

    Se aplicarán a las mediciones fijas las indicaciones siguientes:

    A.   MACROIMPLANTACIÓN

    a)   Protección de la salud humana

    1.

    La ubicación de los puntos de muestreo destinados a la protección de la salud humana deberá determinarse de manera que proporcione datos sobre

    las áreas situadas dentro de zonas y aglomeraciones donde se registren las mayores concentraciones a las que la población tenga la probabilidad de hallarse directa o indirectamente expuesta durante un período significativo en relación con el período considerado para el cálculo del valor o los valores límite o de los valores de objetivo ;

    los niveles de contaminación en otras áreas situadas dentro de zonas y aglomeraciones que sean representativas de la exposición de la población en general.

    2.

    En general, la ubicación de los puntos de muestreo deberá ser tal que evite que se midan los microambientes muy pequeños que se hallen a proximidad inmediata, lo que significa que los puntos de muestreo deberán estar ubicados en un lugar representativo de la calidad del aire de una zona circundante no inferior a 200 m2 en los emplazamientos de tráfico y de al menos 250 × 250 m en los emplazamientos industriales, en la medida de lo posible.

    3.

    Los emplazamientos de fondo urbano deberán ubicarse de forma que su nivel de contaminación acuse la influencia de la contaminación integrada procedente de todas las fuentes situadas a barlovento de la estación. El nivel de polución no debe estar dominado por una sola fuente salvo en el caso de que tal situación sea típica de una zona urbana más amplia. En condiciones típicas, esos puntos de muestreo deberán ser representativos de varios kilómetros cuadrados.

    4.

    Cuando el objetivo sea evaluar los niveles de fondo, los puntos de muestreo no deberán estar influidos por las aglomeraciones o los emplazamientos industriales de los alrededores, es decir los situados a menos de algunos kilómetros.

    5.

    Cuando se desee evaluar las contribuciones de fuentes industriales, al menos un punto de muestreo se instalará a sotavento de la fuente en la zona residencial más cercana. Cuando no se conozca la concentración de fondo, se situará un punto de muestreo suplementario en la dirección dominante del viento.

    6.

    En la medida de lo posible, los puntos de muestreo serán también representativos de lugares similares no situados a proximidad inmediata.

    7.

    Se tendrá en cuenta la necesidad de ubicar puntos de muestreo en las islas cuando la protección de la salud humana así lo exija.

    b)     Evaluación del cumplimiento de los valores límite para la protección de la salud humana

    Los Estados miembros se asegurarán de que, en todo su territorio, los niveles de dióxido de azufre, PM10, plomo y monóxido de carbono en el aire ambiente no rebasen los valores límite establecidos en el anexo XI.

    El cumplimiento de los valores límite no se evaluará en las zonas siguientes:

    las zonas en las que, con arreglo a los criterios de este anexo, no puedan establecerse puntos de muestreo para los contaminantes a los que se refiere el anexo;

    las zonas que no son de acceso público, o las zonas despobladas o que no están permanente pobladas;

    los locales de fábricas o instalaciones industriales en las que se aplican las normas de protección en el lugar de trabajo correspondientes y que no son de acceso público;

    las carreteras, las isletas y las medianas de las autopistas y autovías;

    las zonas en las que el público en general no está expuesto, directa o indirectamente, durante un período significativo.

    c)   Protección de la vegetación

    Los puntos de muestreo destinados a la protección de la vegetación deberán ubicarse a más de 20 km de distancia de las aglomeraciones o a más de 5 km de otras zonas edificadas, instalaciones industriales o autopistas, lo que significa que los puntos de muestreo deberán estar ubicados en un lugar representativo de la calidad del aire de una zona circundante de al menos 1 000 km2. Atendiendo a las condiciones geográficas, los Estados miembros podrán disponer que un punto de muestreo esté ubicado a una distancia inferior o sea representativo de la calidad del aire de una zona menos extensa.

    Se tendrá en cuenta la necesidad de evaluar la calidad del aire de las islas.

    B.   MICROIMPLANTACIÓN

    En la medida de lo posible, deberán respetarse las indicaciones siguientes:

    el orificio de entrada de la sonda de muestreo deberá estar despejado (libre en un arco de al menos 270°), de forma que ningún obstáculo entorpezca el flujo de aire a proximidad del tomamuestras (el cual deberá colocarse, por regla general, a tantos metros de edificios, balcones, árboles y otros obstáculos como corresponda a una distancia superior al doble de la altura del obstáculo por encima del tomamuestras, y al menos a 0,5 m de distancia del edificio más próximo en el caso de los puntos de muestreo representantes de la calidad del aire en la línea de edificios);

    en general, el punto de admisión de aire deberá situarse entre 1,5 m (zona de respiración) y 4 m sobre el nivel del suelo. Algunas circunstancias podrán requerir una posición más elevada (hasta 8 m), ubicación que será también apropiada si la estación es representativa de una zona extensa;

    la sonda de entrada no se situará a proximidad inmediata de las fuentes de emisión para evitar la absorción directa de emisiones no mezcladas con el aire ambiente;

    el orificio de salida del tomamuestras deberá colocarse de forma que se evite la recirculación del aire de escape hacia la entrada del aparato;

    para todos los contaminantes, las sondas de muestreo de tráfico deberán estar situados al menos a 25 m del límite de los cruces principales y a una distancia no superior a 10 m del borde de la acera.

    Además, podrán tenerse en cuenta los factores siguientes:

    fuentes de interferencias;

    seguridad;

    acceso;

    posibilidad de conexión a la red eléctrica y telefónica;

    visibilidad del emplazamiento en relación con su entorno;

    seguridad de la población y de los técnicos;

    interés de la implantación conjunta de puntos de muestreo de distintos contaminantes;

    normas urbanísticas.

    C.   DOCUMENTACIÓN Y REEVALUACIÓN DE LA ELECCIÓN DE LOS EMPLAZAMIENTOS

    En la fase de clasificación, los procedimientos de elección de los emplazamientos deberán documentarse exhaustivamente mediante, por ejemplo, fotografías de la zona circundante con indicación de las coordenadas geográficas y un mapa detallado. Los emplazamientos deberán reevaluarse a intervalos regulares con nueva documentación para asegurar que los criterios de selección siguen siendo válidos.

    ANEXO IV

    MEDICIONES EN LAS UBICACIONES DE VIGILANCIA DE LA CONTAMINACIÓN DE FONDO CON INDEPENDENCIA DE LA CONCENTRACIÓN

    A.   OBJETIVOS

    Los principales objetivos de esas mediciones son asegurar que se facilita información suficiente sobre los niveles de contaminación de fondo. Esa información resulta esencial para evaluar los niveles incrementados de las zonas más contaminadas (como las zonas urbanas, los lugares industriales y los emplazamientos con influencia del tráfico), determinar la posible contribución del transporte a larga distancia de contaminantes atmosféricos y complementar los análisis de distribución según las fuentes. Es además fundamental para la comprensión de contaminantes específicos como las partículas. Además, esta información sobre la contaminación de fondo resulta esencial para el mayor uso de las técnicas de modelización en zonas urbanas.

    B.   SUSTANCIAS

    La medición de la PM2,5 debe incluir por lo menos la concentración másica y los compuestos apropiados para caracterizar su composición química. Debe incluirse al menos la lista de especies químicas que se indican a continuación.

    SO4 2-

    Na+

    NH4 +

    Ca2+

    Carbono elemental (CE)

    NO3 -

    K+

    Cl-

    Mg2+

    Carbono orgánico (CO)

    C.   IMPLANTACIÓN

    La mediciones deberán efectuarse sobre todo en zonas de fondo rural, de conformidad con las partes A, B y C del anexo III.

    ANEXO V

    CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA LA MEDICIÓN FIJA DE LAS CONCENTRACIONES DE DIÓXIDO DE AZÚFRE (SO2), DIÓXIDO DE NITRÓGENO (NO2) Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO, PARTÍCULAS (PM10, PM2,5), PLOMO, MONÓXIDO DE CARBONO Y BENCENO EN EL AIRE AMBIENTE

    A.   NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA MEDICIONES FIJAS DESTINADOS A EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS VALORES LÍMITE O LOS VALORES DE OBJETIVO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA Y DE LOS UMBRALES DE ALERTA, EN LAS ZONAS Y AGLOMERACIONES DONDE LAS MEDICIONES FIJAS CONSTITUYEN LA ÚNICA FUENTE DE INFORMACIÓN

    a)   Fuentes difusas

    Población de la aglomeración o zona (miles)

    Si las concentraciones rebasan el umbral superior de evaluación (1)

    Si las concentraciones máximas se sitúan entre los umbrales superior e inferior de evaluación

    Contaminantes excepto PM2,5

    PM2,5

    Contaminantes excepto PM2,5

    PM2,5

    0-249

    1

    1

    1

    1

    250-499

    2

    1

    1

    1

    500-749

    2

    1

    1

    1

    750-999

    3

    1

    1

    1

    1 000-1 499

    4

    2

    2

    1

    1 500-1 999

    5

    2

    2

    1

    2 000-2 749

    6

    3

    3

    1

    2 750-3 749

    7

    3

    3

    1

    3 750-4 749

    8

    4

    4

    2

    4 750-5 999

    9

    4

    4

    2

    ≥ 6 000

    10

    5

    5

    2

    b)   Fuentes puntuales

    Para evaluar la contaminación a proximidad de las fuentes puntuales, el número de puntos de muestreo para mediciones fijas se calculará teniendo en cuenta las densidades de emisión, los patrones probables de distribución de la contaminación ambiental y la exposición potencial de la población.

    B.   NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA MEDICIONES FIJAS DESTINADOS A EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE REDUCCIÓN DE LA EXPOSICIÓN A PM2,5 PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA

    Se establecerá con este fin un punto de muestreo por cada millón de habitantes en las aglomeraciones y otras conurbaciones de más de 100 000 habitantes. Esos puntos de muestreo podrán coincidir con los contemplados en la sección A.

    C.   NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA MEDICIONES FIJAS DESTINADOS A EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS NIVELES CRÍTICOS PARA LA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN EN ZONAS DISTINTAS DE LAS AGLOMERACIONES

    Si las concentraciones máximas rebasan el umbral superior de evaluación

    Si las concentraciones máximas se sitúan entre los umbrales superior e inferior de evaluación

    1 estación cada 20 000 km2

    1 estación cada 40 000 km2

    En las zonas insulares, el número de puntos de muestreo para mediciones fijas deberá calcularse teniendo en cuenta los patrones probables de distribución de la contaminación del aire ambiente y la exposición potencial de la vegetación.


    (1)  Para el NO2, las partículas, el monóxido de carbono y el benceno: inclúyase al menos una estación de seguimiento de fondo urbano y una estación de tráfico, siempre que ello no incremente el número de puntos de muestreo. En cada Estado miembro, el número total de estaciones de fondo urbano no podrá ser más de dos veces superior o más de dos veces inferior al número total de estaciones de tráfico.

    ANEXO VI

    MÉTODOS DE REFERENCIA PARA LA EVALUACIÓN DE LAS CONCENTRACIONES DE DIÓXIDO DE AZUFRE, DIÓXIDO DE NITRÓGENO Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO, PARTÍCULAS (PM10 Y PM2,5), PLOMO, MONÓXIDO DE CARBONO, BENCENO Y OZONO

    A.   MÉTODOS DE MEDICIÓN DE REFERENCIA

    1.   Método de referencia para la medición del dióxido de azufre

    El método de referencia para la medición del dióxido de azufre es el que se describe en la norma EN 14212:2005 «Calidad del aire ambiente — Método de medida para la determinación de la concentración de dióxido de azufre por fluorescencia de ultravioleta».

    2.   Método de referencia para la medición del dióxido de nitrógeno y los óxidos de nitrógeno

    El método de referencia para la medición del dióxido de nitrógeno y los óxidos de nitrógeno es el que se describe en la norma EN 14211:2005 «Calidad del aire ambiente — Método de medida para la determinación de la concentración de dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno mediante fluorescencia de ultravioleta».

    3.   Método de referencia para la toma de muestras y la medición del plomo

    El método de referencia para la toma de muestras de plomo es el que se describe en la sección A, apartado 4, del presente anexo. El método de referencia para la medición del plomo es el que se describe en la norma EN 14902:2005 «Método de referencia para la determinación de la concentración de Pb/Cd/As/Ni en el aire ambiente».

    4.   Método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM10

    El método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM10 es el que se describe en la norma EN 12341:1999 «Calidad del aire — Determinación de la fracción PM10 de la materia particulada en suspensión — Método de referencia y procedimiento de ensayo de campo para demostrar la equivalencia de los métodos de medida al de referencia».

    5.   Método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM2,5

    El método de referencia para la toma de muestras y la medición de PM2,5 es el que se describe en la norma EN 14907:2005 «Método de medición gravimétrica para la determinación de la fracción másica PM2,5 de la materia particulada en suspensión en el aire ambiente».

    6.   Método de referencia para la toma de muestras y la medición del benceno

    El método de referencia para la medición del benceno es el que se describe en la norma EN 14662:2005, partes 1, 2 y 3 «Calidad del aire ambiente — Método normalizado para la medida de la concentración de benceno».

    7.   Método de referencia para la medición del monóxido de carbono

    El método de referencia para la medición del monóxido de carbono es el que se describe en la norma EN 14626:2005 «Calidad del aire ambiente — Método de medición para la determinación del monóxido de carbono en el aire ambiente mediante el método de espectrometría infrarroja no dispersiva».

    8.   Método de referencia para la medición del ozono

    El método de referencia para la medición del ozono es el que se describe en la norma EN 14625:2005 «Calidad del aire ambiente — Método de medida para la determinación de ozono en el aire ambiente mediante el método por fotometría ultravioleta».

    B.   DEMOSTRACIÓN DE LA EQUIVALENCIA

    1. Los Estados miembros podrán emplear cualquier otro método si pueden demostrar que genera resultados equivalentes a cualquiera de los métodos a que se refiere la sección A o, en el caso de las partículas, que guarda una relación coherente con el método de referencia. En tal caso, los resultados obtenidos con dicho método deberán corregirse para producir resultados equivalentes a los que se habrían obtenido con el método de referencia.

    2. La Comisión podrá solicitar a los Estados miembros que preparen y presenten un informe de demostración de equivalencia con arreglo al apartado 1.

    3. Al examinar la admisibilidad del informe mencionado en el apartado 2, la Comisión se referirá a sus propias directrices sobre demostración de equivalencia (pendientes de publicación). Cuando los Estados miembros hayan utilizado factores provisionales para aproximar la equivalencia, estos factores deberán confirmarse y/o modificarse en relación con las directrices de la Comisión.

    4. Los Estados miembros se asegurarán de que, cuando así proceda, las correcciones se apliquen también retroactivamente a los resultados de mediciones pasadas para conseguir una mayor comparabilidad de los datos.

    C.   NORMALIZACIÓN

    En el caso de los contaminantes gaseosos, el volumen deberá normalizarse a una temperatura de 293 K y una presión atmosférica de 101,3 kPa. En el caso de las partículas y las sustancias que deben analizarse dentro de las partículas (por ejemplo, el plomo) el volumen de muestreo corresponde a las condiciones ambientales.

    ANEXO VII

    VALORES DE OBJETIVO Y OBJETIVOS A LARGO PLAZO PARA EL OZONO

    1.   Definiciones y criterios

    a)   Definiciones

    AOT40 (expresado en μg/m3•horas) significa la suma de las diferencias entre las concentraciones horarias superiores a 80 μg/m3 (= 40 partes por millardo) y 80 μg/m3 durante un período determinado, utilizando únicamente los valores unihorarios medidos diariamente entre las 8.00 y las 20.00, hora central europea (1).

    b)   Criterios

    Para asegurar su validez, al agregar los datos y calcular los parámetros estadísticos se aplicarán los criterios siguientes:

    Parámetro

    Porcentaje requerido de datos válidos

    Valores unihorarios

    75 % (es decir 45 minutos)

    Valores octohorarios

    75 % de los valores (es decir, 6 horas)

    Media octohoraria diaria máxima basada en medias octohorarias móviles calculadas a partir de datos horarios.

    75 % de las medias octohorarias móviles calculadas a partir de datos horarios (es decir, 18 medias octohorarias móviles calculadas a partir de datos actualizados cada hora)

    AOT40

    90 % de los valores unihorarios durante el período definido para el cálculo del valor AOT40 (2)

    Media anual

    90 % de los valores unihorarios durante el verano (abril a septiembre) y 75 % durante el invierno (enero a marzo, octubre a diciembre), respectivamente

    Número de rebasamientos y valores máximos al mes

    90 % de los valores medios octohorarios máximos diarios (27 valores cotidianos disponibles al mes)

    90 % de los valores unihorarios entre las 8.00 y las 20.00, hora central europea

    Número de rebasamientos y valores máximos al año

    Cinco de cada seis meses en el período estival (abril a septiembre)

    2.   Valores de objetivo

    Objetivo

    Período medio

    Valor de objetivo

    Fecha en la que debe cumplirse

    Protección de la salud humana

    Media octohoraria diaria máxima (4)

    120 μg/m3: no podrá superarse más de 25 días por año civil, promediados en un período de tres años (5)

    2010

    Protección de la vegetación

    Mayo a julio

    AOT40 (calculada a partir de valores unihorarios)

    18 000 μg/m3 · h promediados en un período de cinco años (5)

    2010

    3.   Objetivos a largo plazo

    Objetivo

    Período medio

    Valor de objetivo

    Fecha en la que debe cumplirse

    Protección de la salud humana

    Media octohoraria diaria máxima dentro de un año civil

    120 μg/m3

    Protección de la vegetación

    Entre mayo y julio

    AOT40 (calculada a partir de valores unihorarios)

    6 000 μg/m3 · h


    (1)  O la hora correspondiente en las regiones ultraperiféricas.

    (2)  

    (NB)

    En los casos en que no se disponga de todos los datos medidos posibles, se utilizará el factor siguiente para calcular los valores AOT40:

    Formula

    (3)  Número de horas dentro del período temporal utilizado en la definición de la AOT40 (es decir entre las 8.00 y las 20.00 horas, hora central europea, entre el 1 de mayo y el 31 de julio de cada año, para la protección de la vegetación, y del 1 de abril al 30 de septiembre de cada año para protección de los bosques).

    (4)  La concentración media octohoraria diaria máxima se determinará examinando las medias octohorarias móviles, calculadas a partir de datos horarios y actualizadas cada hora. Cada media octohoraria calculada de ese modo se asignará al día en que concluya el período; dicho de otro modo, el primer período de cálculo para cualquier día será el comprendido entre las 17.00 horas de la víspera y la 1.00 hora de ese día, y el último período de cálculo para cualquier día será el comprendido entre las 16.00 y las 24.00 horas de ese día.

    (5)  Si los promedios de tres o cinco años no pueden determinarse a partir de un juego completo y consecutivo de datos anuales, los datos anuales mínimos requeridos para comprobar el cumplimiento de los valores de objetivos serán los siguientes:

    valor de objetivo para la protección de la salud humana: datos válidos para un año;

    valor de objetivo para la protección de la vegetación: datos válidos para tres años.

    ANEXO VIII

    CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN Y UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MUESTREO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS CONCENTRACIONES DE OZONO

    Se aplicarán a las mediciones fijas las indicaciones siguientes:

    A.   MACROIMPLANTACIÓN

    Tipo de estación

    Objetivos de la medición

    Representatividad (1)

    Criterios de macroimplantación

    Urbana

    Protección de la salud humana: evaluar la exposición de la población urbana al ozono, es decir, en las zonas cuyas densidad de población y concentración de ozono sean relativamente elevadas y representativas de la exposición de la población en general

    Algunos km2

    Lejos de la influencia de las emisiones locales debidas al tráfico, las gasolineras, etc.;

    Lugares ventilados donde pueda medirse una mezcla adecuada de sustancias;

    ubicaciones como zonas residenciales y comerciales urbanas, parques (lejos de los árboles), grandes calles o plazas de tráfico escaso o nulo, espacios abiertos característicos de las instalaciones educativas, deportivas o recreativas

    Suburbana

    Protección de la salud humana y la vegetación:

    evaluar la exposición de la población y la vegetación en las afueras de las aglomeraciones, donde se encuentren los mayores niveles de ozono a los que la población y la vegetación tengan más probabilidad de hallarse directa o indirectamente expuestas

    Algunas decenas de km2

    A cierta distancia de las zonas de emisiones máximas, a sotavento de la(s) principal(es) dirección(es) del viento en condiciones favorables a la formación de ozono;

    lugares donde la población, los cultivos frágiles o los ecosistemas naturales ubicados en los márgenes de una aglomeración estén expuestos a elevados niveles de ozono.

    Cuando así proceda, algunas estaciones suburbanas podrán situarse a barlovento de la zona de emisiones máximas con el fin de determinar los niveles regionales de fondo de ozono.

    Rural

    Protección de la salud humana y la vegetación:

    evaluar la exposición de la población, los cultivos y los ecosistemas naturales a las concentraciones de ozono de escala subregional

    Niveles subregionales

    (algunos km2)

    Las estaciones pueden implantarse en pequeños asentamientos y/o zonas con ecosistemas naturales, bosques o cultivos que sean representativas de los niveles de ozono lejos de las emisiones locales inmediatas como las procedentes de las instalaciones industriales y las carreteras.

    Pueden situarse en espacios abiertos pero no en las cumbres de montaña de gran altura.

    Fondo rural

    Protección de la vegetación y la salud humana:

    evaluar la exposición de los cultivos y los ecosistemas naturales a las concentraciones de ozono a escala regional, así como la exposición de la población

    Niveles regionales/ nacionales/ continentales

    (1 000 a 10 000 km2)

    Estaciones situadas en zonas de baja densidad de población, por ejemplo, con ecosistemas naturales o bosques, muy alejadas de las zonas urbanas e industriales y alejadas de las fuentes de emisiones locales;

    Deben evitarse las zonas donde se produzcan con frecuencia fenómenos de inversión térmica, así como las cumbres de montaña de gran altura.

    No se recomiendan los emplazamientos costeros con ciclos eólicos diurnos pronunciados.

    Cuando así proceda, la implantación de las estaciones rurales y de fondo rural deberá coordinarse con los requisitos de seguimiento del Reglamento (CE) no 1091/94 de la Comisión, de 29 de abril de 1994, por el que se establecen determinadas normas para la aplicación del Reglamento (CEE) no 3528/86 del Consejo relativo a la protección de los bosques de la Comunidad contra la contaminación atmosférica (2).

    B.   MICROIMPLANTACIÓN

    En la medida de lo posible, se seguirá el procedimiento de micromplantación descrito en la sección B del anexo III, asegurando asimismo que la sonda de entrada se sitúe lejos de fuentes de emisiones como chimeneas de hornos y plantas de incineración y a más de 10 m de la carretera más cercana, y tanto más alejada cuanto mayor sea la intensidad del tráfico.

    C.   DOCUMENTACIÓN Y REVISIÓN DE LA ELECCIÓN DE LOS EMPLAZAMIENTOS

    Se seguirán los procedimientos de la sección C del anexo III, asegurándose además la adecuada selección e interpretación de los datos de seguimiento en el contexto de los procesos meteorológico y fotoquímico que afecten a las concentraciones de ozono medidas en los emplazamientos correspondientes.


    (1)  En la medida de lo posible, los puntos de muestreo deberán ser representativos de lugares similares que no se hallen a proximidad inmediata.

    (2)  DO L 125 de 18.5.1994, p. 1.

    ANEXO IX

    CRITERIOS PARA DETERMINAR EL NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA LA MEDICIÓN FIJA DE LAS CONCENTRACIONES DE OZONO

    A.   NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA MEDICIONES FIJAS CONTINUAS DESTINADOS A EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS VALORES DE OBJETIVO, LOS OBJETIVOS A LARGO PLAZO Y LOS UMBRALES DE ALERTA E INFORMACIÓN CUANDO ESAS MEDICIONES SEAN LA ÚNICA FUENTE DE INFORMACIÓN

    Población

    (× 1 000)

    Aglomeraciones

    (urbanas y suburbanas) (1)

    Otras zonas

    (suburbanas y rurales) (1)

    Fondo rural

    < 250

     

    1

    Media de 1 estación/ 50 000 km2 en todas las zonas de cada país (2)

    < 500

    1

    2

    < 1 000

    2

    2

    < 1 500

    3

    3

    < 2 000

    3

    4

    < 2 750

    4

    5

    < 3 750

    5

    6

    < 3 750

    1 estación suplementaria por cada

    2 millones de habitantes

    1 estación suplementaria por cada

    2 millones de habitantes

    B.   NÚMERO MÍNIMO DE PUNTOS DE MUESTREO PARA MEDICIONES FIJAS EN LAS ZONAS Y AGLOMERACIONES QUE ALCANCEN LOS OBJETIVOS A CORTO PLAZO

    El número de puntos de muestreo de ozono deberá ser suficiente, en combinación con otros medios de evaluación suplementaria como la modelización de la calidad del aire y las mediciones de dióxido de nitrógeno en el mismo lugar, para examinar la evolución de la contaminación por ozono y controlar el cumplimiento de los objetivos a largo plazo. El número de estaciones ubicadas en las aglomeraciones y otras zonas podrá reducirse a una tercera parte del número especificado en la sección A. Cuando la información procedente de las estaciones de mediciones fijas sea la única fuente de información, se mantendrá al menos una estación de vigilancia. Si, dentro de las zonas donde se lleve a cabo una evaluación suplementaria, alguna zona queda desprovista de estación como resultado de estas medidas, la coordinación con el número de estaciones de las zonas vecinas deberá garantizar la evaluación adecuada de las concentraciones de ozono en relación con los objetivos a largo plazo. El número de estaciones de fondo rural deberá ser de 1 por cada 100 000 km2.


    (1)  Al menos 1 estación en las zonas suburbanas donde sea probable que se registre la exposición más elevada de la población. En las aglomeraciones, al menos un 50 % de las estaciones deberán situarse en zonas suburbanas.

    (2)  Se recomienda implantar 1 estación por cada 25 000 km2 en los terrenos accidentados.

    ANEXO X

    MEDICIONES DE LAS SUSTANCIAS PRECURSORAS DEL OZONO

    A.   OBJETIVOS

    Los objetivos principales de esas mediciones son analizar la evolución de los precursores del ozono, comprobar la eficacia de las estrategias de reducción de las emisiones y la coherencia de los inventarios de emisiones y contribuir a establecer conexiones entre las fuentes de emisiones y las concentraciones de contaminación observadas.

    Otro fin que se persigue con las mediciones es reforzar los conocimientos sobre la formación de ozono y los procesos de dispersión de los precursores, así como la aplicación de modelos fotoquímicos.

    B.   SUSTANCIAS

    Entre las sustancias precursoras que deberán medirse figurarán al menos los óxidos de nitrógeno (NO y NO2), y los siguientes COV:

     

    1-Buteno

    Isopreno

    Etilbenceno

    Etano

    Trans-2-Buteno

    n-Hexano

    m+p-Xileno

    Etileno

    cis-2-Buteno

    i-Hexano

    o-Xileno

    Acetileno

    1,3-Butadieno

    n-Heptano

    1,2,4-Trimetilbenceno

    Propano

    n-Pentano

    n-Octano

    1,2,3-Trimetilbenceno

    Propeno

    i-Pentano

    i-Octano

    1,3,5-Trimetilbenceno

    n-Butano

    1-Penteno

    Benzeno

    Formaldehído

    i-Butano

    2-Penteno

    Tolueno

    Hidrocarburos totales no metánicos

    C.   IMPLANTACIÓN

    Las mediciones deberán efectuarse sobre todo en zonas urbanas y suburbanas, en cualquier estación de seguimiento establecida en cumplimiento con las disposiciones de la presente Directiva y considerada adecuada en relación con los objetivos de seguimiento a que se refiere la Sección A.

    ANEXO XI

    VALORES LÍMITE PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD HUMANA

    Período medio

    Valor límite

    Margen de tolerancia

    Fecha en la que debe alcanzarse

    Dióxido de azufre

    1 hora

    350 μg/m3, que no podrá superarse más de 24 veces por año civil

    150 μg/m3 (43 %)

     

    1 día

    125 μg/m3, que no podrá superarse más de 3 veces por año civil

    Nulo

     

    Dióxido de nitrógeno

    1 hora

    200 μg/m3, que no podrá superarse más de 18 veces por año civil

    50 % a 19 de julio de 1999, valor que se reducirá el 1 de enero de 2001 y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en porcentajes anuales idénticos, hasta alcanzar un 0 % el 1 de enero de 2010

    1 de enero de 2014

    Año civil

    40 μg/m3

    50 % a 19 de julio de 1999, valor que se reducirá el 1 de enero de 2001 y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en porcentajes anuales idénticos, hasta alcanzar un 0 % el 1 de enero de 2010

    1 de enero de 2014

    Monóxido de carbono

    Media octohoraria diaria máxima (1)

    10 mg/m3

    60 %

     

    Benceno

    Año civil

    5 μg/m3

    5 μg/m3 (100 %) a 13 de diciembre de 2000, porcentaje que se reducirá el 1 de enero de 2006 y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en 1 μg/m3 hasta alcanzar un 0 % el 1 de enero de 2010

    1 de enero de 2010

    Plomo

    Año civil

    0,5 μg/m3

    100 %

     

    PM10

    1 día

    50 μg/m3, que no podrá superarse más de 35 veces por año civil

    50 %

    hasta el 31 de diciembre de 2009

    1 día

    50 μg/m3, que no podrá superarse más de 35 veces por año civil (2)

    50%

    1 de enero de 2010

    Año civil

    40 μg/m3

    20 %

    hasta el 31 de diciembre de 2009

    Año civil

    33 μg/m3

    20%

    1 de enero de 2010


    (1)  La concentración media octohoraria diaria máxima se determinará examinando las medias octohorarias móviles, calculadas a partir de los datos horarios y actualizadas cada hora. Cada media octohoraria calculada de ese modo se asignará al día en que concluya; dicho de otro modo, el primer período utilizado para el cálculo en cualquier día será el comprendido entre las 17.00 horas de la víspera y la 1.00 hora de ese día, y el último período utilizado para cualquier día será el comprendido entre las 16.00 y las 24.00 horas de ese día.

    (2)   A no ser que no se pueda conseguir debido a las características de dispersión propias del lugar, las condiciones meteorológicas o geográficas, o aportaciones transfronterizas de consideración. Los Estados miembros establecerán el número exacto de días en que se puede superar el valor límite, hasta un máximo de 55 días, y comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de esa disposición.

    ANEXO XII

    UMBRALES DE INFORMACIÓN Y DE ALERTA

    A.   UMBRALES DE ALERTA PARA LOS CONTAMINANTES DISTINTOS DEL OZONO

    Deberán medirse durante tres horas consecutivas en lugares representativos de la calidad del aire en un área de al menos 100 km2 o en una zona o aglomeración entera, si esta última superficie es menor.

    Contaminante

    Umbral de alerta

    Dióxido de azufre

    500 μg/m3

    Dióxido de nitrógeno

    400 μg/m3

    B.   UMBRALES DE INFORMACIÓN Y DE ALERTA PARA EL OZONO

    Finalidad

    Período medio

    Umbral

    Información

    1 hora

    180 μg/m3

    Alerta

    1 hora (1)

    240 μg/m3


    (1)  Para la aplicación del artículo 18, el rebasamiento del umbral deberá medirse o estar previsto durante tres horas consecutivas.

    ANEXO XIII

    NIVELES CRÍTICOS PARA LA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN

    Período medio

    Nivel crítico

    Margen de tolerancia

    Fecha en la que debe alcanzarse

    Dióxido de azufre

    Año civil e invierno (1 de octubre a 31 de marzo)

    20 μg/m3

    Nulo

     

    Óxidos de nitrógeno

    Año civil

    30 μg/m3

    Nulo

     

    ANEXO XIV

    OBJETIVO DE REDUCCIÓN DE LA EXPOSICIÓN Y VALOR DE OBJETIVO Y VALOR LÍMITE PARA LAS PM2,5

    A.   INDICADOR DE LA EXPOSICIÓN MEDIA

    El indicador de la exposición media, expresado en μg/m3 (IEM), deberá basarse en las mediciones efectuadas en ubicaciones de fondo urbano de distintas zonas y aglomeraciones del territorio de cada Estado miembro. Se evaluará como concentración media anual móvil de un período de tres años civiles, promediada en todos los puntos de muestreo establecidos con arreglo a los artículos 6 y 7. El IEM para el año de referencia 2010 será la concentración media de los años 2008, 2009 y 2010. Del mismo modo, el IEM para el año 2020 será la concentración media móvil trienal, promediada en todos los puntos de muestreo para los años 2018, 2019 y 2020.

    B.   OBJETIVO D EREDUCCIÓN DE LA EXPOSICIÓN

    Objetivo de reducción de la exposición en relación con el IEM en 2010

    Fecha en la que debe alcanzarse el objetivo de reducción de la exposición

    Concentración inicial en μg/m3

    Objetivo de reducción de la exposición en%

    2020

    < 10

    0%

     

    = 10 — < 15

    10%

     

    = 15 — < 20

    15%

     

    = 20 — < 25

    20%

     

    > 25

    Todas las medidas posibles para alcanzar el objetivo de 20 μg/m3

     

    Cuando el IEM en el año de referencia sea igual o inferior a 10 μg/m3, el objetivo de reducción de la exposición será cero.

    C.    VALOR DE OBJETIVO Y VALOR LÍMITE

    Período medio

    Valor de objetivo

    Margen de tolerancia (1)

    Fecha en la que debe alcanzarse el valor de objetivo

    Año civil

    20 μg/m3

     

    1 de enero de 2010


    Período medio

    Valor límite

    Margen de tolerancia (2)

    Fecha en la que debe alcanzarse el valor límite

    Año civil

    20 μg/m3

    20% cuando entre en vigor la presente Directiva, porcentaje que se reducirá el 1 de enero siguiente y, en lo sucesivo, cada 12 meses, en porcentajes idénticos anuales hasta alcanzar un 0 % el 1 de enero de 2015.

    1 de enero de 2015


    (1)  El margen máximo máximo de tolerancia se aplica asimismo de conformidad con el artículo 15, apartado 4.

    (2)   El margen máximo máximo de tolerancia se aplica asimismo de conformidad con el artículo 15, apartado 4.

    ANEXO XV

    INFORMACIÓN QUE DEBE INCLUIRSE EN LOS PLANES O PROGRAMAS LOCALES, REGIONALES O NACIONALES DE MEJORA DE LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 21

    1.

    Ubicación del exceso de contaminación

    a)

    región;

    b)

    ciudad (mapa);

    c)

    estación de medición (mapa, coordenadas geográficas).

    2.

    Información general

    a)

    tipo de zona (urbana, industrial o rural);

    b)

    estimación de la superficie contaminada (km2) y de la población expuesta a la contaminación;

    c)

    datos climáticos útiles;

    d)

    datos topográficos pertinentes;

    e)

    información suficiente sobre el tipo de objetivos que requieren protección en la zona.

    3.

    Autoridades responsables

    Nombre y dirección de los responsables del desarrollo y la ejecución de los planes de mejora.

    4.

    Naturaleza y evaluación de la contaminación

    a)

    concentraciones observadas en los últimos años (antes de la aplicación de las medidas de mejora);

    b)

    concentraciones medidas desde el inicio del proyecto;

    c)

    técnicas de evaluación empleadas.

    5.

    Origen de la contaminación

    a)

    lista de las principales fuentes de emisiones responsables de la contaminación (mapa);

    b)

    cantidad total de emisiones procedentes de esas fuentes (toneladas/año);

    c)

    información sobre la contaminación importada de otras regiones.

    6.

    Análisis de la situación

    a)

    precisiones acerca de los factores responsables del rebasamiento (por ejemplo el transporte, incluido el transporte transfronterizo, o la formación de contaminantes secundarios en la atmósfera);

    b)

    precisiones acerca de las posibles medidas de mejora de la calidad del aire.

    7.

    Información sobre las medidas o proyectos de mejora existentes antes de la entrada en vigor de la presente Directiva, es decir

    a)

    medidas locales, regionales, nacionales e internacionales;

    b)

    efectos observados de esas medidas.

    8.

    Información sobre las medidas o proyectos de reducción de la contaminación aprobados después de la entrada en vigor de la presente Directiva

    a)

    lista y descripción de todas las medidas recogidas en el proyecto;

    b)

    calendario de ejecución;

    c)

    estimaciones acerca de la mejora de la calidad del aire prevista y del plazo necesario para la consecución de esos objetivos;

    d)

    Lista y descripción de los recursos financieros y líneas presupuestarias destinadas a la aplicación de las medidas mencionadas o los proyectos durante el período previsto.

    9.

    Información sobre las medidas o proyectos planeados o en fase de investigación a largo plazo.

    10.

    Información relativa al estado de aplicación de las Directivas siguientes:

    1)

    Directiva 70/220/CEE del Consejo, de 20 de marzo de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de medidas que deben adoptarse contra la contaminación del aire causada por los gases procedentes de los motores de explosión con los que están equipados los vehículos a motor (1).

    2)

    Directiva 88/77/CEE del Consejo, de 3 de diciembre de 1987, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las medidas que deben adoptarse contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de motores diesel destinados a la propulsión de vehículos, y contra la emisión de gases contaminantes procedentes de motores de encendido por chispa alimentados con gas natural o gas licuado del petróleo destinados a la propulsión de vehículos (2).

    3)

    Directiva 94/63/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, sobre el control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) resultantes del almacenamiento y distribución de gasolina desde las terminales a las estaciones de servicio (3).

    4)

    Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (4).

    5)

    Directiva 97/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalen en las máquinas móviles no de carretera, modificada (5).

    6)

    Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE del Consejo (6).

    7)

    Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones (7).

    8)

    Directiva 1999/32/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la reducción del contenido de azufre de determinados combustibles líquidos y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE (8).

    9)

    Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos (9).

    10)

    Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión.

    11)

    Directiva 2001/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos.

    12)

    Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices y en los productos de renovación del acabado de vehículos, por la que se modifica la Directiva 1999/13/CE (10).

    13)

    Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos (11).

    14)

    Directiva 2005/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2005, por la que se modifica la Directiva 1999/32/CE en lo relativo al contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo (12).

    11.

    Información acerca de todas las medidas de reducción de la contaminación cuya aplicación se haya programado para la consecución de los objetivos de calidad del aire, incluidas las siguientes:

    A escala de aglomeración o zona:

    a)

    Reducción de las emisiones procedentes de fuentes fijas, disponiendo que las pequeñas y medianas fuentes de combustión fijas contaminantes (incluidas las de biomasa) estén equipadas con sistemas de control de las emisiones o sean sustituidas.

    b)

    Reducción de las emisiones de los vehículos mediante su acondicionamiento con equipos de control de las emisiones. Debería considerarse la posibilidad de ofrecer incentivos económicos para acelerar el ritmo de aplicación de esta medida.

    c)

    Adjudicación pública conforme a la guía sobre contratación pública ecológica (13) de vehículos de carretera, combustibles y equipamientos de combustión, incluida la compra de:

    vehículos nuevos, especialmente de bajas emisiones

    servicios de transporte en vehículos menos contaminantes

    fuentes de combustión fijas de bajas emisiones

    combustibles de bajas emisiones para fuentes fijas y móviles.

    d)

    Medidas destinadas a limitar las emisiones procedentes del transporte mediante la planificación y la gestión del tráfico (incluida la tarificación de la congestión, la adopción de tarifas de aparcamiento diferenciadas y otros incentivos económicos; establecimiento de «zonas de bajas emisiones»).

    e)

    Medidas destinadas a fomentar un mayor uso de los modos menos contaminantes.

    f)

    Medidas destinadas a garantizar el uso de combustibles de bajas emisiones en las fuentes fijas pequeñas, medianas y grandes y en las fuentes móviles.

    A escala regional o nacional

    g)

    Medidas destinadas a reducir la contaminación atmosférica mediante la concesión de permisos con arreglo a la Directiva 96/61/CE, el establecimiento de planes nacionales conforme a la Directiva 2001/80/CE y el uso de instrumentos económicos como impuestos, cánones o comercio de derechos de emisión.

    12.

    Lista de las publicaciones, documentos, actividades, etc., utilizados como complemento de la información solicitada con arreglo al presente anexo.


    (1)  DO L 76 de 6.4.1970, p. 1.

    (2)  DO L 36 de 9.2.1988, p. 33 .

    (3)  DO L 365 de 31.12.1994, p. 24.

    (4)  DO L 257 de 10.10.1996, p. 22.

    (5)  DO L 59 de 27.2.1998, p. 1.

    (6)  DO L 350 de 28.12.1998, p. 58.

    (7)  DO L 85 de 29.3.1999, p. 1.

    (8)  DO L 121 de 11.5.1999, p. 13 .

    (9)  DO L 332 de 28.12.2000, p. 91.

    (10)  DO L 143 de 30.4.2004, p. 87.

    (11)  DO L 114 de 27.4.2006, p. 64 .

    (12)  DOL 191 de 22.7.2005, p. 59 .

    (13)  SEC(2004) 1050.

    ANEXO XVI

    INFORMACIÓN AL PÚBLICO

    1.

    Los Estados miembros velarán por que se ponga periódicamente a disposición del público información actualizada sobre las concentraciones en el aire ambiente de los contaminantes cubiertos por la presente Directiva.

    2.

    Las concentraciones en el aire ambiente se presentarán como valores medios para el período de cálculo de la media correspondiente establecido en el anexo VII y en los anexos XI a XIV. La información abarcará, como mínimo, todos los niveles que excedan de los objetivos de calidad del aire, incluidos los valores límite, los valores de objetivo, los umbrales de alerta, los umbrales de información o los objetivos a largo plazo del contaminante regulado. Incluirá asimismo una breve evaluación en relación con los objetivos de calidad del aire, y la información apropiada en cuanto a los efectos sobre la salud y, cuando así proceda, la vegetación.

    3.

    La información sobre las concentraciones en el aire ambiente de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, partículas, ozono y monóxido de carbono se actualizará al menos diariamente y, cuando sea factible, cada hora. La información relativa a las concentraciones en el aire ambiente de plomo y benceno, presentadas como valor medio de los 12 meses anteriores, se actualizará cada tres meses y, cuando sea factible, cada mes.

    4.

    Los Estados miembros velarán por que se ponga periódicamente a disposición del público información oportuna sobre los rebasamientos registrados o previstos de los umbrales de alerta y de información. Entre los datos facilitados figurarán por lo menos los siguientes:

    a)

    Información sobre el (los) rebasamiento(s) observado(s):

    ubicación de la zona donde se ha producido el rebasamiento;

    tipo de umbral superado (información o alerta);

    hora de inicio y duración del rebasamiento;

    concentración unihoraria más elevada, acompañada, en el caso del ozono, de la concentración media octohoraria más elevada.

    b)

    Previsiones para la tarde siguiente o el (los) día(s) siguiente(s):

    zona geográfica donde estén previstos los rebasamientos de los umbrales de información o alerta;

    cambios previstos en la contaminación (mejora, estabilización o empeoramiento), junto con los motivos de esos cambios.

    c)

    Información sobre el tipo de población afectada, los posibles efectos para la salud y el comportamiento recomendado:

    información sobre los grupos de población de riesgo;

    descripción de los síntomas probables;

    recomendaciones sobre las precauciones que debe tener la población afectada;

    fuentes de información suplementaria.

    d)

    Información sobre las medidas preventivas destinadas a reducir la contaminación y/o la exposición a la misma: indicación de los principales sectores responsables de la contaminación y recomendaciones sobre medidas de reducción de las emisiones.

    e)

    En el caso de los rebasamientos previstos, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para asegurar que esos datos se faciliten en la mayor medida posible.

    ANEXO XVII

    MEDIDAS QUE SE HAN DE ADOPTAR EN ORIGEN PARA PERMITIR QUE LOS ESTADOS MIEMBROS ALCANCEN LOS VALORES LÍMITE DE CALIDAD DEL AIRE DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS

    Inclusión de las instalaciones de combustión de 20 a 50 megavatios en la Directiva 96/61/CE;

    Norma EURO VI para vehículos pesados;

    Normas nuevas para instalaciones de calefacción domésticas;

    Medidas coordinadas a nivel de la UE para alentar a los propietarios de buques a reducir las emisiones y/o introducir normas para las emisiones de los motores de los buques de la UE, o nuevas normas para las emisiones de los motores marinos que se han de negociar en el contexto de la OMI.

    ANEXO XVIII

    CUADRO DE CORRESPONDENCIAS

    La presente Directiva

    Directiva 96/62/CE

    Directiva 1999/30/CE

    Directiva 2000/69/CE

    Directiva 2002/3/CE

    Artículo 1

    Artículo 1

    Artículo 1

    Artículo 1

    Artículo 1

    Artículo 2(1) a (5)

    Artículo 2(1) a (5)

    Artículo 2(6)

    Artículo 2(7)

    Artículo 2(8)

    Artículo 2(7)

    Artículo 2(8)

    Artículo 2(6)

    Artículo 2(9)

    Artículo 2(9)

    Artículo 2(7)

    Artículo 2(6)

    Artículo 2(11)

    Artículo 2(10)

    Artículo 2(12)

    Artículo 2(11) y (12)

    Artículo 2(13) y (14)

    Artículo 2a) y b)

    Artículo 2(13)

    Artículo 2(10)

    Artículo 2(14) y (15)

    Artículo 2(9) y (10)

    Artículo 2(8) y (9)

    Artículo 2(7) y (8)

    Artículo 2(16)

    Artículo 2(17) y (18)

    Artículo 2(11) y (12)

    Artículo 2(19), (20) y (21)

    Artículo 2(22)

    Artículo 2(10)

    Artículo 2(23) y (24)

    Artículo 6(5)

    Artículo 2(25)

    Artículo 2(13)

    Artículo 3, con excepción del apartado 1, letra f)

    Artículo 3

    Artículo 3(1)f)

    Artículo 4

    Artículo 2(9) y (10), Artículo 6(1)

    Artículo 5

    Artículo 7(1)

    Artículo 5(1)

    Artículo 6(1) a (4)

    Artículo 6(1) a (4)

    Artículo 6(5)

    Artículo 7

    Artículo 7(2) y (3) con modificaciones

    Artículo 5(2) y (3) con modificaciones

    Artículo 8

    Artículo 7(5)

    Artículo 5(5)

    Artículo 9

    Artículo 9(1) párrafos primero y segundo

    Artículo 10

    Artículo 9(1) a (3) con modificaciones

    Artículo 11(1)

    Artículo 9(4)

    Artículo 11(2)

    Artículo 12

    Artículo 9

    Artículo 13(1)

    Artículos 3(1), 4(1), 5(1) y 6

    Artículos 3(1) y 4

    Artículo 13(2)

    Artículos 3(2) y 4(2)

    Artículo 13(3)

    Artículo 5(5)

    Artículo 14

    Artículos 3(1) y 4(1) con modificaciones

    Artículo 15

    Artículo 16(1)

    Artículos 3(1) y 4(1)

    Artículo 16(2)

    Artículo 3(2) y (3)

    Artículo 16(3)

    Artículo 4(2)

    Artículo 17

    Artículo 5

    Artículo 18

    Artículo 10 con modificaciones

    Artículo 8(3)

    Artículo 6 con modificaciones

    Artículo 19

    Artículos 3(4) y 5(4) con modificaciones

    Artículo 20

    Artículo 21

    Artículo 8(1) a (4) con modificaciones

    Artículo 22

    Artículo 7(3) con modificaciones

    Artículo 7 con modificaciones

    Artículo 23

    Artículo 8(5) con modificaciones

    Artículo 8 con modificaciones

    Artículo 24

    Artículo 8 con modificaciones

    Artículo 7 con modificaciones

    Artículo 6 con modificaciones

    Artículo 25

    Artículo 11 con modificaciones

    Artículo 5(2) párrafo segundo

    Artículo 10 con modificaciones

    Artículo 26(1)

    Artículo 12(1) con modificaciones

    Artículo 26(2)

    Artículo 11 con modificaciones

    Artículo 26(3)

    Artículo 26(4)

    Anexo IX con modificaciones

    Artículo 27

    Artículo 12(2)

    Artículo 28

    Artículo 11

    Artículo 9

    Artículo 14

    Artículo 29

    Artículo 30

    Artículo 31

    Artículo 32

    Artículo 13

    Artículo 12

    Artículo 10

    Artículo 15

    Artículo 33

    Artículo 14

    Artículo 13

    Artículo 11

    Artículo 17

    Artículo 34

    Artículo 15

    Artículo 14

    Artículo 12

    Artículo 18

    Anexo I

    Anexo VIII con modificaciones

    Anexo VI

    Anexo VII

    Anexo II

    Anexo V con modificaciones

    Anexo III

     

    Anexo III

    Anexo VI

    Anexo IV

    Anexo IV

    Anexo V

    Anexo VII con modificaciones

    Anexo V

    Anexo VI

    Anexo IX con modificaciones

    Anexo VII

    Anexo VIII

    Anexo VII

    Anexo I,Anexo III sección II

    Anexo VIII

    Anexo IV

    Anexo IX

    Anexo V

    Anexo X

    Anexo VI

    Anexo XI

    Anexo I, sección I,Anexo II, sección I y Anexo III (con modificaciones); Anexo IV (inalterado)

    Anexo I,Anexo II

    Anexo XII

    Anexo I, sección II, Anexo II, sección II,

    Anexo II, sección I

    Anexo XIII

    Anexo I, sección I, Anexo II, sección I

    Anexo XIV

    Anexo XV, puntos 1 a 9 y 12

    Anexo IV

    Anexo XV, puntos 10 y 11

    Anexo XVI

    Artículo 8

    Artículo 7

    Artículo 6 con modificaciones

    Anexo XVII

    P6_TA(2006)0363

    Aprobación de la gestión 2004: Sección I — Parlamento Europeo

     

    1.

    Decisión del Parlamento Europeo sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004, Sección I — Parlamento Europeo (N6-0027/2005 — C6-0357/2005 — 2005/2091(DEC))

    El Parlamento Europeo,

    Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004 (1),

    Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2004 (C6-0357/2005),

    Visto el Informe anual del auditor interno,

    Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio 2004, acompañado de las respuestas de las Instituciones (2),

    Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (3),

    Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 275 del Tratado CE y el artículo 179 bis del Tratado Euratom,

    Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4), y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147,

    Visto el artículo 13 de las Normas internas de ejecución del Presupuesto del Parlamento Europeo (5),

    Visto el apartado 1 del artículo 147 del Reglamento financiero, conforme al cual todas y cada una de las Instituciones han de hacer todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria,

    Vistos el artículo 71, el apartado 3 del artículo 74 y el anexo V de su Reglamento,

    Visto el párrafo 2 de la letra a) del apartado 1 del artículo 5 del anexo V de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0119/2006),

    Visto el resultado de la votación en el Pleno del 27 de abril de 2006 sobre el mencionado informe de la Comisión de Control Presupuestario, por el que se rechazó la aprobación de la gestión —a petición del ponente— por una gran mayoría (3 votos a favor de la aprobación, 591 en contra y 13 abstenciones), por lo que se considera aplazada dicha aprobación, conforme al párrafo 2 de la letra a) del apartado 1 del artículo 5 del anexo V de su Reglamento (6),

    Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0280/2006),

    A.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas ha observado insuficiencias en los sistemas de control y supervisión (punto 9.16 del Informe anual del Tribunal de Cuentas), si bien son en su mayoría de carácter formal; que el Tribunal de Cuentas afirma que los errores no han afectado en lo esencial a la legalidad y regularidad de los gastos administrativos de las operaciones subyacentes (punto 9.27 del Informe anual del Tribunal de Cuentas),

    B.

    Considerando que el Reglamento financiero y el Reglamento del Parlamento Europeo en su versión modificada el 23 de octubre de 2002 (7) son aplicables a partir del 1 de enero de 2003 por lo que respecta a las normas procedimentales que regulan el procedimiento de aprobación de la gestión,

    C.

    Considerando que el Reglamento del Parlamento Europeo fue modificado el 23 de octubre de 2002 para establecer que la aprobación de la gestión se concede al Presidente y no al Secretario General,

    1.

    Concede a su Presidente la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2004;

    2.

    Presenta sus observaciones en la Resolución adjunta;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que la acompaña y forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo Europeo, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).


    (1)  DO C 105 de 30.4.2004.

    (2)  DO C 301 de 30.11.2005, p. 1.

    (3)  DO C 302 de 30.11.2005, p. 100.

    (4)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (5)  Bur/ann/fin — PE 349 540.

    (6)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0158.

    (7)  DO C 300 E de 11.12.2003, p. 303.

    2.

    Resolución del Parlamento Europeo que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004, Sección I — Parlamento Europeo (N6-0027/2005 — C6-0357/2005 — 2005/2091(DEC))

    El Parlamento Europeo,

    Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004 (1),

    Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2004 (C6-0357/2005),

    Visto el Informe anual del auditor interno,

    Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria, acompañado de las respuestas de las Instituciones (2),

    Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (3),

    Vistos el apartado 10 del artículo 272, el artículo 275 del Tratado CE y el artículo 179 bis del Tratado Euratom,

    Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4), y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147,

    Visto el artículo 13 de las Normas internas de ejecución del Presupuesto del Parlamento Europeo (5),

    Visto el apartado 1 del artículo 147 del Reglamento financiero, conforme al cual todas y cada una de las Instituciones han de hacer todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria,

    Vistos el artículo 71, el apartado 3 del artículo 74 y el anexo V de su Reglamento,

    Visto el párrafo 2 de la letra a) del apartado 1 del artículo 5 del anexo V de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0119/2006),

    Visto el resultado de la votación en el Pleno del 27 de abril de 2006 sobre el mencionado informe de la Comisión de Control Presupuestario, por el que se rechazó la aprobación de la gestión —a petición del ponente— por una gran mayoría (3 votos a favor de la aprobación, 591 en contra y 13 abstenciones), por lo que se considera aplazada dicha aprobación, conforme al párrafo 2 de la letra a) del apartado 1 del artículo 5 del anexo V de su Reglamento (6),

    Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0280/2006),

    A.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas ha observado insuficiencias en los sistemas de control y supervisión (punto 9.16 del Informe anual del Tribunal de Cuentas), si bien son en su mayoría de carácter formal; que el Tribunal de Cuentas afirma que los errores no han afectado en lo esencial a la legalidad y regularidad de los gastos administrativos de las operaciones subyacentes (punto 9.27 del Informe anual del Tribunal de Cuentas),

    B.

    Considerando que el Reglamento financiero y el Reglamento del Parlamento Europeo en su versión modificada el 23 de octubre de 2002 (7) son aplicables a partir del 1 de enero de 2003 por lo que respecta a las normas procedimentales que regulan el procedimiento de aprobación de la gestión,

    C.

    Considerando que el Reglamento del Parlamento Europeo fue modificado el 23 de octubre de 2002 para establecer que la aprobación de la gestión se concede al Presidente y no al Secretario General,

    D.

    Considerando que su Resolución de 12 de abril de 2005 (8) sobre la aprobación de la gestión para 2003 debería ser objeto de seguimiento y que se debería evaluar cómo progresa la puesta en práctica de sus recomendaciones,

    E.

    Considerando que, tras su aprobación por el Consejo el 19 de julio de 2005, el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo de 28 de septiembre de 2005 (9) entrará en vigor el primer día de la legislatura que comenzará en 2009,

    1.

    Subraya que 2004 fue un ejercicio especial desde muchos puntos de vista, ya que en el transcurso del mismo se produjo una serie de acontecimientos casi simultáneos con repercusiones directas sobre la gestión financiera del Parlamento Europeo: la adhesión de 10 nuevos Estados miembros, las elecciones al Parlamento, la entrada en vigor del nuevo Estatuto de los funcionarios, la continuación de la aplicación del nuevo Reglamento financiero y la realización de los esfuerzos de reforma interna del Parlamento (Raising the Game,«Nuevas bazas para la Institución»);

    Cuentas del Parlamento Europeo

    2.

    Toma nota de las cifras con que se cierran las cuentas del Parlamento para el ejercicio 2004, a saber:

    (en euros)

    Utilización de los créditos

    Créditos para el ejercicio 2004

    Créditos prorrogados del ejercicio 2003

    Créditos 2004

    Créditos con cargo a créditos transferidos

    Apartados 1 y 4 del artículo 9 del Reglamento financiero

    Créditos disponibles

    1 231 000 000

    31 335 112

    213 477 855

    Compromisos consignados

    1 203 370 074

    31 328 642

    Pagos efectuados

    921 908 371

    3 248 540

    197 455 018

    Créditos prorrogados a 2004

     

     

     

    Artículo 9 del Reglamento financiero

    281 461 343

     

    Artículo 10 del Reglamento financiero

    6 470

     

    Créditos anulados

    27 629 926

    16 022 837

    Balance financiero a 31 de diciembre de 2004: 1 451 967 061

    3.

    Toma nota de que, en 2004, se comprometió el 97,76% de los créditos consignados en el presupuesto del Parlamento, con una tasa de anulación del 2,24%, y que, al igual que en ejercicios anteriores, se alcanzó un nivel muy elevado de ejecución del presupuesto;

    4.

    Insta a los ordenadores delegados a que —como en parte ya se está haciendo— expliquen en sus informes anuales de actividad las razones de que no hayan utilizado todos los créditos; considera que estas razones deberán tenerse en cuenta en las deliberaciones presupuestarias con miras al ejercicio siguiente;

    5.

    Toma nota de que en 2004 los ingresos del Parlamento Europeo ascendieron a 117 409 824 euros (2003: 98 545 334 euros);

    Política inmobiliaria del Parlamento, concretamente sobre los edificios «Winston Churchill» (WIC) y «Salvador de Madariaga» (SDM)

    Cuentas

    6.

    Recuerda que el elevado nivel de ejecución del presupuesto 2004 se debe en parte a la práctica constante desde 1992 de transferir remanentes, lo que se traduce en la transferencia de los créditos disponibles al final del ejercicio a las líneas presupuestarias para edificios y, en particular, a los pagos adelantados de capital para reducir los futuros pagos de intereses; así, para la adquisición del edificio «Louise Weiss» (LOW) en Estrasburgo, mediante una transferencia de remanentes efectuada a finales del ejercicio 2003, se liberaron más de 70 000 000 euros; para la adquisición de los edificios D4 y D5 de Bruselas, la transferencia de remanentes de finales de 2004 aportó más de 150 000 000 euros, lo que equivale al 12% de los créditos;

    7.

    Considera que los reembolsos de capital para los edificios constituyen un importante ahorro para el contribuyente, por lo que deberían establecerse en el marco de la estrategia presupuestaria;

    8.

    Insta una vez más a la Autoridad Presupuestaria a que presente una previsión presupuestaria que garantice que los importes consignados en el proyecto de presupuesto reflejen las necesidades reales del Parlamento para los diferentes ámbitos políticos, de manera que no se proceda sistemáticamente a cuantiosas transferencias a finales del ejercicio en beneficio de la política inmobiliaria;

    9.

    Pide que los procedimientos de licitación para la construcción de la ampliación del edificio KAD en Luxemburgo sean transparentes y equitativos, dado que se trata de los primeros procedimientos de licitación que gestionará el Parlamento Europeo por su propia cuenta;

    10.

    Se congratula de la respuesta del Secretario General al cuestionario de aprobación de la gestión referente a la utilización por parte del Parlamento del edificio LOW en Estrasburgo, en la que indica que el Parlamento es el único propietario del edificio LOW en Estrasburgo, y que puede utilizarlo y disponer de él según su conveniencia;

    Edificios WIC y SDM

    11.

    Recuerda que la Comisión de Control Presupuestario, con motivo de la devolución de su informe en mayo de 2006, creó un grupo de trabajo informal, encargado de asesorar al ponente en relación con las acusaciones realizadas sobre los contratos de arrendamiento existentes y la posible adquisición por parte del Parlamento Europeo de los edificios WIC y SDM en Estrasburgo;

    12.

    Lamenta profundamente que, a pesar de sus competencias en materia de control presupuestario, la comisión sólo tuvo conocimiento de las acusaciones relativas a los mencionados contratos de arrendamiento por informes de los medios de comunicación en vez de, como hubiera sido de esperar, por la administración o la Mesa del Parlamento Europeo, las cuales conocían plenamente las acusaciones varias semanas antes;

    13.

    Constata que las direcciones generales en cuestión han transmitido al grupo de trabajo todos los documentos solicitados, incluida una auditoría externa extraordinaria y una auditoría interna, así como asesoramiento jurídico; observa asimismo que la ciudad de Estrasburgo también ha facilitado documentos, que se le habían solicitado, aunque no se recibió una respuesta suficientemente satisfactoria a algunas solicitudes de precisión referentes a dichos documentos; lamenta profundamente que no se satisficiera su solicitud de recibir toda la documentación correspondiente de SCI Erasme, el inversor privado y entidad propietaria de los edificios; pide a la ciudad de Estrasburgo y a la sociedad SCI-Erasme que respondan con rapidez y de la forma más transparente posible a todas las preguntas pendientes y futuras, de forma que estos datos puedan tenerse en cuenta en el procedimiento de aprobación de la gestión para el ejercicio presupuestario 2005;

    14.

    Constata que, a fin de garantizar una total transparencia, el mencionado grupo de trabajo pidió y obtuvo inmediatamente pleno acceso público a toda la documentación que sobre dichos edificios poseía la administración del Parlamento;

    15.

    Es consciente de que el informe de aprobación de la gestión refleja la situación financiera de 2004; hace hincapié, no obstante, en que dicho informe no sólo señala errores o infracciones cometidos en el pasado sino que también debería formular recomendaciones sobre cómo evitarlos en el futuro;

    16.

    Recuerda la existencia del acuerdo de arrendamiento entre la sociedad SCI Erasme y la ciudad de Estrasburgo, que expira en 2010; está convencido de que si el Parlamento decide adquirir los edificios WIC y/o SDM, el acuerdo anteriormente mencionado no deberá en modo alguno tener consecuencias financieras para el Parlamento; considera por lo tanto que, en dicho caso, el acuerdo debería dejar de existir;

    17.

    Señala que si el Parlamento tiene la intención de adquirir el edificio también debería adquirir el solar; hace hincapié en que en esta fase parece evidente que el Parlamento sólo puede obtener el largo arrendamiento que detenta la sociedad SCI Erasme; considera, por lo tanto, que la adquisición final del terreno será una cuestión entre el Parlamento y la ciudad de Estrasburgo, así como, en caso necesario, las autoridades nacionales francesas;

    18.

    Recuerda, no obstante, que el Tribunal de Cuentas Europeo ha realizado recientemente una auditoría sobre la política inmobiliaria; señala que, en su opinión, el Tribunal ha manifestado su preocupación por la utilización de las tasas de indización usadas para calcular el importe total de la renta bianual; concluye además que el Tribunal dejó claro que la indización podría ser desfavorable para el Parlamento;

    19.

    Constata que los hechos establecidos por el grupo de trabajo, sobre la base de la información puesta a su disposición, son los siguientes:

    el acuerdo de arrendamiento en virtud del cual el Parlamento arrienda los dos edificios en cuestión implica una relación triangular entre, por una parte, el propio Parlamento como arrendatario de los edificios WIC y SDM, por otra, la ciudad de Estrasburgo como arrendador y, por último, la sociedad SCI Erasme como inversor privado y entidad propietaria de los edificios;

    ningún elemento parece indicar que se haya cometido alguna ilegalidad en la conclusión y aplicación de los acuerdos de arrendamiento y cláusulas adicionales; a pesar de que, no obstante, caben dudas con respecto al pleno respeto del principio de «buena gestión financiera» consagrado en el Reglamento financiero;

    no existe ninguna base absolutamente fiable para el establecimiento de un alquiler apropiado para los edificios WIC y SDM cuando el Parlamento es el único cliente interesado, como en Estrasburgo; tampoco es adecuada una comparación de los costes de las superficies de oficina en diferentes países y diferentes ciudades; es comprensible que ello dificultara establecer un «precio justo» para el alquiler en cuestión y, por lo tanto, evaluar si el Parlamento había estado pagando un alquiler verdaderamente justo a lo largo de los años;

    una razón esencial del aumento de los alquileres a lo largo de los años es que en 1985 las autoridades políticas del Parlamento dieron su conformidad a la propuesta de la ciudad de Estrasburgo de indizar los importes anuales, a pesar de los dictámenes contrarios emitidos en 1980 por los Cuestores y la Comisión de Presupuestos;

    existe una diferencia considerable entre el importe de los alquileres pagados a la ciudad de Estrasburgo por los edificios WIC y SDM por una parte y, por otra, los pagos mensuales de la ciudad de Estrasburgo al inversor privado: según los cálculos de su administración, el excedente ascendería, tras 25 años y deducidos los gastos de inversión y de las obras realizadas, como mínimo a 32 millones de euros; actualmente, si bien la ciudad de Estrasburgo y la sociedad SCI Erasme aún han de proporcionar datos complementarios, no se puede excluir que los excedentes asciendan a 46 millones de euros (auditoría interna) o a cerca de 60 millones de euros (auditoría externa);

    sólo en marzo de 2006 tuvo conocimiento de que el importe de los alquileres pagados a la ciudad de Estrasburgo rebasaba los pagos de ésta al inversor privado; hasta entonces el Parlamento suponía equivocadamente que los alquileres que abonaba a la ciudad de Estrasburgo eran transferidos en su totalidad a la sociedad SCI Erasme, cuando, de hecho, no era éste el caso;

    a lo largo de este largo período, la administración del Parlamento nunca cuestionó si los alquileres pagados constituían un «alquiler justo» y nunca verificó si los pagos por el contrato de arrendamiento eran transferidos en su totalidad a la sociedad SCI Erasme, pero la propia ciudad de Estrasburgo tampoco le informó nunca sobre esta cuestión;

    sólo la ciudad de Estrasburgo sabía de la existencia de dos diferentes relaciones contractuales entre las tres partes implicadas y sólo la ciudad de Estrasburgo conocía desde 1981 la diferencia entre los dos importes;

    la ciudad de Estrasburgo, mediante carta de 29 de noviembre de 2005, informó a la administración del Parlamento de que no habían concluido las negociaciones con el inversor privado; a más tardar en ese momento la administración del Parlamento debería que haberse percatado de que habían existido negociaciones entre la ciudad de Estrasburgo y el inversor privado;

    los alquileres que paga el Parlamento por los edificios deberían cubrir los gastos de construcción, mantenimiento y utilización, pero no un margen de beneficios para el país de acogida o las colectividades territoriales o regionales de dicho país; es asimismo habitual que todo solar público puesto a disposición por un Estado miembro de acogida con el fin de albergar una institución de la Unión Europea se ceda a la institución en cuestión de forma gratuita y libre de gravámenes; que, no obstante, hay que reconocer que nada de ello se estableció contractualmente, debido a las buenas relaciones con la ciudad de Estrasburgo, considerada como un organismo público sin ánimo de lucro; además, no existe ninguna disposición legal que prohíba a un Estado o una colectividad territorial obtener un beneficio; considera, no obstante, que la forma de actuar de la ciudad de Estrasburgo es, cuando menos, poco elegante, ya que es contraria a las normas de hospitalidad normales con respecto a las instituciones internacionales;

    la ciudad de Estrasburgo estaba al corriente de la sistemática exclusión de cláusulas de indemnización en los contratos inmobiliarios por parte del Parlamento y que la ha ignorado deliberadamente; que esto ha afectado a la relación de confianza entre la ciudad de Estrasburgo y el Parlamento;

    lamenta la retirada de la ciudad de Estrasburgo de las negociaciones tripartitas con el Parlamento, en el curso de las cuales se había reiterado que quedaba excluida la indemnización por la pérdida del largo contrato de arrendamiento entre la ciudad de Estrasburgo y la sociedad SCI Erasme; esta postura fue posteriormente ignorada en las subsiguientes negociaciones bilaterales entre la ciudad de Estrasburgo y la sociedad SCI Erasme;

    20.

    Extrae de las constataciones anteriores las conclusiones siguientes:

    lamenta profundamente la falta de buena fe demostrada por la ciudad de Estrasburgo y el inversor privado, la sociedad SCI Erasme, en su relación con el Parlamento; lamenta asimismo la falta de resolución de la propia administración del Parlamento;

    pide a la Mesa que, a 31 de octubre de 2006, rescinda el contrato de arrendamiento con la ciudad de Estrasburgo con el fin de negociar un nuevo alquiler más apropiado por si surgiera un retraso en la adquisición de los edificios;

    pide a la Mesa que examine si pudiera ser más conveniente pagar primero a la ciudad de Estrasburgo un importe por el primer semestre de 2006 que cubriera los pagos a la sociedad SCI Erasme, pero no la totalidad del alquiler;

    considera que podría ser razonable continuar el proceso de adquisición de los edificios WIC y SDM, teniendo en cuenta los elementos siguientes: siguen indeterminados el importe de un alquiler apropiado y, por consiguiente, el del futuro precio de compra; la edad de los edificios; por principio no se puede pagar ninguna indemnización; los pagos excedentarios e injustificados realizados por el Parlamento en 25 años deberían deducirse del precio de compra; deberían adquirirse simultáneamente el solar y los edificios;

    considera que la relación triangular existente en este caso no propició una plena transparencia ni garantías de buena gestión financiera y, por lo tanto, debería evitarse en la política inmobiliaria de las instituciones y los órganos de la Unión Europea;

    pide a sus órganos competentes que modifiquen el artículo 16 de la normativa interna relativa a la ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo a fin de que se requiera la aprobación de la Comisión de Presupuestos para proyectos inmobiliarios con importantes repercusiones financieras en el presupuesto;

    pide a su administración que adopte las medidas necesarias para controlar regularmente, y como mínimo cada cinco años, las obligaciones contractuales a largo plazo frente a terceros en materia de alquileres o servicios; el resultado de dichos controles también debería figurar en los informes de actividad de los directores generales; pide que el primero de dichos informes esté concluido con tiempo suficiente para el procedimiento de aprobación de la gestión para 2005 y que posteriormente se incluya todos los años en una sección ad hoc del informe anual de actividades;

    pide a su administración que, en concertación con las demás instituciones de las Unión Europea, que elabore un informe en el que se examine si pudiera ser viable crear una oficina europea para los edificios a la que se encomendaría la responsabilidad de la construcción y el mantenimiento de los edificios de las instituciones y los órganos de la Unión Europea; pide que dicho informe se transmita a la Comisión de Control Presupuestario a más tardar el 1 de octubre de 2007;

    observa que la ciudad de Estrasburgo, y más en particular la sociedad SCI Erasme aún no han accedido a todas las solicitudes del Parlamento encaminadas a obtener información; por lo tanto, reexaminará esta cuestión en el procedimiento de aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de 2005;

    pide a su Comisión de Control Presupuestario que examine de nuevo la política inmobiliaria del Parlamento Europeo con motivo del procedimiento de aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de 2005 y, a continuación, de manera regular;

    21.

    Espera que el Parlamento prosiga su labor de examinar los contratos de arrendamiento y acuerdos contractuales, así como documentos conexos, entre la ciudad de Estrasburgo, la sociedad SCI Erasme y el Parlamento, a fin de establecer todos los hechos;

    22.

    Acoge con satisfacción el informe sobre la auditoría adicional realizada por el Tribunal de Cuentas Europeo relativo al alquiler de los edificios WIC y SDM por el Parlamento y aprueba sus conclusiones;

    Observaciones del Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio 2004

    23.

    Constata que el Tribunal de Cuentas ha observado insuficiencias en los sistemas de control y supervisión (punto 9.16 del Informe anual del Tribunal de Cuentas), si bien son en su mayoría de carácter formal; constata que el Tribunal de Cuentas afirma que los errores no han afectado en lo esencial a la legalidad y regularidad de los gastos administrativos de las operaciones subyacentes (punto 9.27);

    24.

    Toma nota de que, en 2004, con la introducción prácticamente simultánea del nuevo Estatuto de los funcionarios y de una nueva aplicación informática para el cálculo de las retribuciones de los funcionarios, se produjeron errores imputables, por un lado, al sistema informático y, por otro lado, a dificultades de interpretación del Estatuto de los funcionarios; indica que los errores se remediaron mediante el refuerzo de los controles posteriores;

    25.

    Toma nota asimismo de que en 2005 se introdujo también un nuevo procedimiento de liquidación de los gastos de viaje para tener en cuenta las disposiciones del Reglamento financiero;

    26.

    Concede gran importancia a las observaciones del Tribunal de Cuentas, que en parte coinciden con las constataciones del auditor interno: según estas observaciones, subsisten deficiencias en los sistemas de supervisión y control; opina que debe atribuirse la máxima prioridad a subsanar estas deficiencias, y pide al Tribunal de Cuentas y al auditor interno que en su próximo informe anual se interesen expresamente por las mejoras técnicas;

    Gestión presupuestaria del Parlamento

    27.

    Toma nota de que el análisis de la gestión presupuestaria que se incluye en las cuentas del ejercicio 2004 aporta informaciones útiles sobre los principales acontecimientos financieros del ejercicio objeto de examen, así como un breve resumen de los informes de actividad de los Directores Generales; indica que ello podría mejorarse con una presentación más uniforme de las actividades de las direcciones generales;

    28.

    Pide al Secretario General que, de acuerdo con la promesa realizada hace tiempo, elabore sin demora con carácter anual un documento sucinto, de fácil consulta e interesante para informar más detalladamente al público sobre la gestión presupuestaria en el Parlamento (10);

    29.

    Señala que en 2004 una parte de la actividad administrativa de la Institución se siguió centrando en la realización de los ajustes exigidos por los nuevos requisitos del Reglamento financiero, establecer nuevos sistemas de control, metodologías y métodos de trabajo, concebir nuevos programas de formación y establecer nuevos ámbitos de responsabilidad;

    30.

    Constata que la experiencia inicial en la aplicación del nuevo Reglamento financiero en una institución como el Parlamento, que tiene que gestionar un presupuesto administrativo, parece poner de manifiesto en algunos casos que se han establecido sistemas y circuitos financieros demasiado complejos;

    31.

    Pide al Secretario General que indique cuántas personas se encargan en la actualidad de cometidos de control (control ex ante, auditoría interna) y, a título comparativo, de cuántas personas constaba la antigua Dirección de Control Financiero; pide al Secretario General que, en este contexto, lleve a cabo un análisis y una evaluación del nuevo sistema frente al sistema antiguo de control financiero, a fin de determinar si está justificado el incremento de recursos humanos;

    32.

    Reafirma el parecer ya expresado en el apartado 34 de su mencionada Resolución de 12 de abril de 2005 y de su mencionada Resolución de 21 de abril de 2004 así como en su Resolución de 8 de abril de 2003 (11) de que «el procedimiento de aprobación de la gestión debe cubrir no sólo las actividades de gestión del Secretario General y de la Administración del Parlamento Europeo, sino también las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno de la Institución, a saber, su Presidente, su Mesa y la Conferencia de Presidentes»;

    33.

    Critica severamente a su Mesa y a su comisión competente por su inacción; les insta a que respondan a la petición formulada en los apartados 16 y 17 de su Resolución de 21 de abril de 2004 ya mencionada en relación con la elaboración de propuestas encaminadas a definir el significado práctico concreto de la responsabilidad política que incumbe a los miembros de los órganos de gobierno del Parlamento, en lo tocante al ejercicio de sus poderes y a la adopción de decisiones con consecuencias financieras importantes;

    34.

    Pide a la Mesa que consulte previa y ampliamente a las personas afectadas por sus decisiones, a fin de asegurar la transparencia del proceso de toma de decisiones; pide, además, a la Mesa que presente un informe de actividad anual destinado a integrarse en el procedimiento de aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto, conforme a la obligación democrática de rendir cuentas;

    35.

    Destaca que el Parlamento no concede la aprobación de la gestión a su Secretario General, sino a su Presidente; espera, por consiguiente, que en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión, el Presidente esté a la disposición de la Comisión de Control Presupuestario para mantener un intercambio de puntos de vista;

    Informes de actividad de los Directores Generales

    36.

    Señala que, el 21 de abril de 2005, el Secretario General del Parlamento remitió los informes de actividad de los Directores Generales correspondientes al ejercicio 2004 a la Comisión de Control Presupuestario; señala además que, en este contexto, el Secretario General, en su calidad de ordenador delegado, declaró que disponía de garantías razonables de que el presupuesto del Parlamento se había ejecutado con arreglo a los principios de una buena gestión financiera y que el marco de control establecido ofrecía las garantías necesarias en cuanto a la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes;

    37.

    Observa que los distintos informes de actividad difieren considerablemente entre sí en cuanto a alcance, extensión, forma y grado de integración de la información de los servicios de las Direcciones Generales; pide al Secretario General que, de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de Cuentas el año pasado (en el punto 9.16 del Informe Anual del Tribunal sobre el ejercicio 2003), armonice en lo sucesivo la presentación y estructura de los informes de actividad con objeto de permitir una mejor legibilidad y una mayor comparabilidad de los informes;

    38.

    Insta a la Administración del Parlamento a que, en lo sucesivo, transmita a la Comisión de Control Presupuestario la versión final de los informes de actividad, incluida la declaración del ordenador delegado, junto con todos los anexos;

    39.

    Celebra que todos los Directores Generales hayan presentado una declaración de fiabilidad relativa a las operaciones financieras de sus servicios; observa que solamente en un caso, en los procedimientos de contratación pública de la Dirección General de Información, se han señalado deficiencias, que, no obstante, no constituyen ninguna reserva;

    40.

    Recuerda la propuesta que figura en el apartado 30 de su mencionada Resolución de 12 de abril de 2005 de que, en aras de una mejor comprensión de la utilidad real de las declaraciones firmadas por los ordenadores de pagos, sería deseable que en los años venideros se adoptara un formato normalizado que distinguiera claramente entre aquellos asuntos que requieran una «observación» del Director General (sin poner en entredicho su declaración de fiabilidad) y otros asuntos más serios que justifiquen una «reserva»;

    41.

    Constata que de las conclusiones de los informes de actividad se derivan los siguientes retos de carácter general:

    la aplicación del marco interno de control necesita más tiempo que el previsto en un principio;

    las dificultades en los procedimientos de licitación pública;

    la continua necesidad de hallar personal especializado para los servicios financieros de las Direcciones Generales y de perfeccionar la formación del personal disponible;

    las dificultades adicionales relacionadas con el traslado o la reestructuración de determinadas Direcciones Generales;

    Informe anual del auditor interno

    42.

    Destaca que el informe anual del auditor interno y la declaración y los informes de actividad del Secretario General y los Directores Generales constituyen una parte importante de la evaluación tanto por parte del Tribunal de Cuentas como de la autoridad de aprobación de la gestión del Parlamento;

    43.

    Recuerda que los sistemas de control interno creados por los ordenadores delegados tienen los objetivos de control siguientes: conformidad con las disposiciones legales, reglamentos y prácticas vigentes; fiabilidad de la información y de las notas de gestión; economía, eficacia y eficiencia de las operaciones;

    44.

    Recuerda asimismo que los ordenadores deben atenerse a 22 normas mínimas para alcanzar los objetivos de control; observa que dichas normas pueden agruparse en cinco categorías de control: entorno de control; ejecución y gestión de riesgos; información y comunicación; actividades de control, y supervisión (auditoría y evaluación);

    45.

    Señala que, en 2004, el Servicio de Auditoría Interna elaboró 13 informes sobre el marco interno de supervisión y de control de las Direcciones Generales y examinó la gestión financiera de cuatro oficinas de información del Parlamento;

    46.

    Destaca que los planes de acción adoptados sobre la base de informes de auditoría permiten extraer las conclusiones siguientes:

    se han registrado progresos considerables en cuanto a la conformidad en los controles internos, pero la aplicación plena del nuevo marco de control interno llevará más tiempo del previsto;

    en todos los servicios deben desarrollarse y documentarse plenamente los sistemas de control interno; para ello, todos los servicios deben disponer de recursos suficientes para la función de iniciación y verificación;

    hay una necesidad generalizada de personal con las cualificaciones apropiadas en materia de gestión y control financieros, necesidad que se está afrontando con carácter prioritario;

    además, deben desarrollarse mecanismos adecuados de planificación, programación y determinación de objetivos, herramientas de evaluación de riesgos y sistemas óptimos de información sobre la gestión (12);

    47.

    Considera que, sobre la base de las experiencias adquiridas, los ordenadores delegados responsables deben asegurar que:

    los sistemas de control interno prevén la verificación regular del contenido de transacciones jurídicas vinculantes a largo plazo, y que

    los sistemas de control interno garantizan que las transacciones jurídicas vinculantes a largo plazo contienen cláusulas que prevén la posibilidad de realizar adaptaciones razonables desde un punto de vista económico;

    considera que el auditor interno ha de verificar la correcta aplicación de estas medidas en su revisión del marco de control interno;

    48.

    Toma nota de que estos puntos principales se reflejan en el plan de acción del Secretario General, a reserva de las consideraciones expuestas en el apartado 47;

    49.

    Constata que el tratamiento de los procedimientos de contratación pública y las dietas de los diputados para asistencia parlamentaria son actualmente objeto de auditoría; considera que estos informes de auditoría deberían evaluarse durante el procedimiento de concesión de la aprobación de la gestión del ejercicio 2005;

    50.

    Insta al auditor interno a que, al examinar la legalidad y regularidad de los procesos de gastos, también tenga en cuenta, entre otros aspectos, el principio de eficacia y ahorro en la gestión de los fondos;

    51.

    Pide que el auditor interno no se limite a transmitir sus informes anuales a la Comisión de Control Presupuestario, sino que además los exponga oralmente;

    Adjudicación de contratos

    52.

    Recuerda que con el Reglamento financiero y las Normas de desarrollo que entraron en vigor el 1 de enero de 2003 (13) cambiaron los procedimientos aplicables a la planificación, la publicación y la adjudicación de contratos públicos; recuerda además que las instituciones dirigen a la Autoridad Presupuestaria informes sobre los procedimientos negociados y sobre los contratos no contemplados en las directivas sobre contratación pública, que se publica en el Diario Oficial una lista que enumera los contratistas con contratos de valor superior a 50 000 euros e inferior a los límites de las directivas mencionadas y que en las páginas de Internet de la Institución se publican los contratos de valor comprendido entre 13 800 y 50 000 euros; observa, además, que el Parlamento instó en 2003 a su Secretario General a que informase anualmente sobre los contratos celebrados (14);

    53.

    Constata que el informe anual contiene las siguientes informaciones relativas a los contratos celebrados en 2003:

    Tipo de contrato

    Número

    Porcentaje

    Importe en euros

    Porcentaje

    Servicios

    229

    58 %

    180 927 304

    75 %

    Suministros

    99

    25 %

    26 500 867

    11 %

    Obras

    60

    15 %

    18 876 271

    8 %

    Edificios

    4

    2 %

    15 593 025

    6 %

    Total

    392

    100 %

    241 897 467

    100 %


    Tipo de procedimiento

    Número

    Porcentaje

    Importe en euros

    Porcentaje

    Importe medio

    Abierto

    95

    24%

    157 909 034

    70 %

    1 662 200

    Restringido

    110

    28 %

    39 897 441

    18 %

    362 704

    Negociado

    183

    48 %

    28 497 967

    12 %

    155 727

    Total

    388

    100 %

    226 304 442

    100 %

    585 259

    54.

    Toma nota de que el auditor interno está finalizando en la actualidad una auditoría en toda la Institución sobre el proceso de contratación; pide al Secretario General que informe de forma apropiada a la Comisión de Control Presupuestario acerca del contenido del informe;

    55.

    Lamenta que en 2004 se redujese en gran medida el número y el volumen de los contratos adjudicados mediante licitación abierta; insta al Secretario General a que exponga las razones de ello;

    56.

    Pregunta si ya se ha establecido la base de datos sobre contratos exigida en el artículo 95 del Reglamento financiero, y si ya es operativa;

    57.

    Pregunta si se ha dado curso a sus sugerencias hechas el pasado año relativas a la modificación del Reglamento financiero (15) (licitaciones en caso de contratos de escaso valor, intercambio de informaciones relativas a licitaciones por vía electrónica);

    Actividades de las comisiones parlamentarias

    58.

    Recuerda que, de conformidad con el artículo 276 del Tratado CE, compete al Parlamento aprobar la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto, lo cual cubre todos los ámbitos de gasto; lamenta, en consecuencia, que, debido a las disposiciones internas vigentes en relación con la organización de las delegaciones en los países terceros, la Comisión de Control Presupuestario no tuviera la posibilidad de concretar a tiempo el proyecto de delegación ad hoc para la Agencia Europea de Reconstrucción en Kosovo;

    59.

    Pide, por consiguiente, a los órganos competentes del Parlamento Europeo que den a la Comisión de Control Presupuestario la posibilidad de cumplir sus obligaciones parlamentarias en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión, enviando sin demora y sin trámites burocráticos innecesarios, cuando proceda, pequeñas delegaciones a los Estados miembros y los países terceros, a fin de efectuar sobre el terreno los controles necesarios;

    Grupos políticos (examen de cuentas y procedimientos — partida presupuestaria 3701)

    60.

    Recuerda que el apartado 2.7.3 de la Reglamentación relativa a la utilización de los créditos previstos en la partida presupuestaria 3701 (16) obliga a la Mesa y a la Comisión de Control Presupuestario a examinar las cuentas anuales revisadas de los grupos políticos, de conformidad con las competencias que les han sido conferidas por el Reglamento del Parlamento Europeo;

    61.

    Reitera que los grupos políticos son responsables de forma independiente de la gestión y utilización de los créditos que les son asignados en el marco del presupuesto del Parlamento, y que las competencias del Servicio de Auditoría Interna de la Institución no abarcan las condiciones de utilización de los créditos de la partida presupuestaria 3701 (aproximadamente el 3,2% del presupuesto total del Parlamento);

    62.

    Acoge con satisfacción que los grupos políticos hayan publicado sus reglamentos financieros internos y su gestión presupuestaria relativa a 2004 en la página de Internet del Parlamento;

    63.

    Pregunta si los grupos políticos se han encontrado con problemas a la hora de aplicar los principios del nuevo Reglamento financiero y las Normas de desarrollo;

    64.

    Constata que en 2004 los créditos consignados en la partida presupuestaria 3701 se ejecutaron de la forma siguiente:

    (en miles de euros)

    Importe total disponible

    43 250

    Diputados no inscritos

    1 246

    Importe disponible para grupos

    42 004


    Grupo

    Total asignado de créditos del presupuesto del PE

    Recursos propios y créditos prorrogados de los Grupos

    Gastos en 2004

    Porcentaje de utilización

    Límite máximo para prórrogas (17)

    Prórrogas a 2005

    PPE

    16 077

    2 912

    14 828

    78 %

    8 038

    4 160

    PSE

    12 204

    3 775

    10 952

    69 %

    6 102

    5 027

    ELDR/ALDE

    4 525

    1 192

    3 612

    63 %

    2 263

    2 106

    Verts/ALE

    2 785

    998

    3 156

    83 %

    1 393

    628

    GUE/NGL

    2 976

    1 217

    3 018

    72 %

    1 488

    1 175

    UEN

    1 687

    426

    1 840

    87 %

    844

    273

    EDD (18)

    650

    605

    1 225

    98 %

    no aplicable

    no aplicable

    IND/DEM

    1 100

    4

    452

    41 %

    550

    653 (19)

    TOTAL

    42 004

    11 130

    39 083

    74 %

     

     

    65.

    Constata que los auditores externos de los grupos políticos han confirmado que la contabilidad se ha llevado de conformidad con las normas vigentes y las normas contables internacionales;

    66.

    Toma nota de que la Mesa examinó y aprobó el 29 de septiembre de 2005 los informes de los grupos políticos sobre ejecución presupuestaria y los informes de los auditores;

    67.

    Constata que, por lo general, los grupos políticos no han utilizado la totalidad de los créditos puestos a su disposición;

    68.

    Pide a la Comisión y al Consejo que en las negociaciones pendientes sobre la reforma del Reglamento financiero regulen de forma concluyente y general el tratamiento jurídico de los créditos con cargo al presupuesto del Parlamento puestos a disposición de los grupos políticos, como pidió el Parlamento en su posición del 15 de marzo de 2006 (20);

    Gastos y dietas de los diputados

    69.

    Celebra que el mencionado Estatuto de los Diputados al Parlamento Europeo entre en vigor el primer día de la legislatura que comenzará en 2009, tras el acuerdo del Consejo de 19 de julio de 2005;

    70.

    Señala que las disposiciones de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo (21) se adaptaron al Reglamento financiero en mayo de 2004;

    71.

    Recuerda la Decisión de la Mesa, de 28 de mayo de 2003, según la cual «el procedimiento formal para la aprobación de estas nuevas disposiciones se iniciará únicamente cuando el Pleno haya adoptado el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo y de conformidad con el calendario para la entrada en vigor de dicho Estatuto»; insta al Secretario General a que informe a la Comisión de Control Presupuestario de las medidas tomadas hasta ahora por la Mesa;

    72.

    Pide a la Mesa que ejecute el proyecto previsto en el Estatuto de los Diputados aprobado por el Parlamento de crear para aquellos diputados que lo deseen un sistema por el que se les reembolsen únicamente los gastos de viaje en que hayan incurrido efectivamente;

    Gastos de asistencia parlamentaria

    73.

    Observa que el 13 de diciembre de 2004 la Mesa aprobó enmiendas a las normas relativas a los gastos de asistencia parlamentaria (22), que pretendían, entre otras cosas, garantizar una mayor coherencia entre la Reglamentación y los requisitos del Reglamento financiero;

    74.

    Lamenta que, hasta julio de 2004, los contratos de prácticas y los contratos de prestación de servicios concluidos con autónomos, empresas o fundaciones se registraron en el sistema informático del Parlamento con el mismo código, sin tener en cuenta el tipo de contrato ni si el contrato se refería a un asistente o a una persona en prácticas;

    75.

    Lamenta que no se haya transmitido información suficiente al Secretario General sobre los importes de los sueldos percibidos por el elevado porcentaje de asistentes contratados a través de prestadores de servicios; acoge con satisfacción la información recibida del Secretario General sobre los importes de los sueldos abonados a los asistentes directamente contratados por diputados o sobre los abonados por medio de un agente pagador;

    76.

    Deplora que, a 20 de febrero de 2006, el 87,2 % de los diputados no hubiera facilitado al Parlamento las declaraciones de gasto relativas a sus dietas de asistencia parlamentaria, que deberían haber presentado para el 1 de noviembre de 2005, de conformidad con lo estipulado en el artículo 14, apartado 5, letra e) y en el artículo 14, apartado 6, letras b) y c), de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados, donde se prevé una declaración que atestigüe la afiliación de sus asistentes a un régimen de seguridad social en caso de que el asistente esté cubierto por un contrato de un prestador de servicios; también lamenta que el Parlamento no haya celebrado todavía contratos marco con una empresa especializada en la gestión, de conformidad con la legislación nacional aplicable, de los asuntos fiscales y de seguridad social relacionados con los contratos de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14, apartado 5, letra f), de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados;

    77.

    Insiste en que el envío de recordatorios personalizados a aquellos diputados que aún no hayan presentado los documentos requeridos sería el método más eficaz de resolver el problema de la no presentación de documentos por parte de los diputados en relación con la utilización de sus dietas de asistencia parlamentaria;

    78.

    Pide a la Mesa que concluya con rapidez el examen de los resultados de los trabajos del Grupo de trabajo sobre asistencia parlamentaria; pide al Secretario General que informe a la Comisión de Control Presupuestario de las propuestas del Grupo de trabajo y de la decisión de la Mesa;

    79.

    Pide a la Mesa que establezca un estatuto de los asistentes de los diputados en el que se regulen, entre otras cuestiones, las condiciones de contratación, trabajo, seguridad social y fiscalidad; pide encarecidamente que este estatuto entre en vigor lo antes posible;

    Régimen voluntario de pensiones

    80.

    Recuerda que el Tribunal de Cuentas ha señalado en sus informes anuales de los últimos tres años que debe crearse un fundamento jurídico suficiente para el régimen voluntario adicional de pensiones del Parlamento Europeo; recuerda también que, según el Tribunal, deben establecerse normas inequívocas para los posibles casos de déficit (23); observa no obstante que, en opinión del Servicio Jurídico del Parlamento, existe un fundamento jurídico suficiente para el régimen voluntario de pensión complementaria en virtud de «la autonomía reglamentaria del Parlamento Europeo derivada del artículo 199 del Tratado CE (antiguo artículo 142 del Tratado CEE), por el que se faculta al Parlamento Europeo a adoptar las medidas pertinentes de cara a su funcionamiento interno» y que, además, una vez que entre en vigor el Estatuto de los Diputados, su artículo 27 constituirá el fundamento jurídico del fondo de pensiones (24);

    81.

    Hace referencia, además, al informe de actividad de este año de la Dirección General de Finanzas, que menciona lo siguiente en relación con el régimen voluntario de pensiones:

    falta de base contractual que rija la relación entre el Parlamento y el fondo de pensiones;

    falta de normas en caso de excedente o déficit del fondo;

    falta de claridad en relación con la base presupuestaria de los derechos de los miembros del fondo;

    82.

    Constata que el fondo de pensiones complementario estaba integrado por 475 miembros en noviembre de 2005: éstos pagaban una cotización mensual —descontada de la indemnización por gastos generales— de 948 euros (un tercio); el Parlamento pagaba una cotización mensual de 1896 euros (dos tercios); en el presupuesto de 2004 se ha consignado un importe de 10 300 000 euros para el régimen voluntario de pensiones;

    83.

    Constata que el fondo de pensiones acusaba a 31 de diciembre de 2004 una cobertura actuarial insuficiente de 43 756 745 euros y un índice de financiación actuarial del 76,8% y que, a 31 de diciembre de 2005, el déficit había descendido de forma considerable a 28 875 417 euros y el nivel de financiación había ascendido al 86,1 % (25);

    84.

    Toma nota de que un miembro del fondo, a partir de los 60 años y tras haber cotizado durante sólo cinco años, puede recibir a partir de enero de 2005 una pensión mensual del 1 276 euros;

    85.

    Observa que la Mesa ha hecho caso omiso de las observaciones del Tribunal de uentas entre 2002 y 2005; constata que, el 30 de noviembre de 2005 la Mesa autorizó las medidas siguientes:

    un aumento de las cotizaciones mensuales a partir de 2006: 1 094 euros para los miembros y 2 088 euros para el Parlamento;

    un grupo de trabajo ha de elaborar un informe sobre la situación financiera del fondo de pensiones;

    86.

    Opina que la relación entre el Parlamento y el fondo de pensiones se ha de establecer contractualmente antes de finales del año en curso; encarga al Secretario General que someta en diciembre de 2006 a la Comisión de Control Presupuestario un informe sobre los progresos realizados;

    87.

    Opina, además, que las cotizaciones de los diputados al régimen voluntario de pensiones deberían realizarse directamente con cargo a los ingresos personales y no al régimen de asignaciones parlamentarias; observa, no obstante, con respecto al actual sistema de cotización, que el Tribunal de Cuentas, en su Dictamen no 5/1999, llegó a la conclusión de que, desde el punto de vista del Fondo y de los afiliados, el sistema ha funcionado eficazmente y, además, ha permitido al Parlamento calcular sus propias obligaciones de pago dado que, de conformidad con la normativa, el Parlamento tiene que pagar el doble del importe realmente abonado por los diputados; constata que el Tribunal no veía ningún inconveniente en mantener el sistema siempre que se definiera mejor y que su funcionamiento se fijara en un documento formal;

    88.

    Observa con preocupación que la deducción de las cotizaciones al régimen de pensiones de las dietas para gastos generales expone a los diputados a la acusación de utilizar fondos públicos para pagar el coste de las cotizaciones a pensiones privadas y pide, por lo tanto, a la Mesa del Parlamento que, antes del 31 de marzo de 2007, proponga asegurar que dichos pagos los efectúan directamente los afiliados al régimen de pensiones a través de órdenes de pago directas;

    89.

    Constata que, tras la entrada en vigor del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo en 2009, se tratará a los diputados sobre un pie de igualdad y que el fondo de pensiones complementario ya no podrá aceptar a nuevos miembros; opina, además, que tras la entrada en vigor del Estatuto de los diputados:

    el régimen voluntario de pensiones ha de ser objeto de una liquidación;

    los diputados ya no podrán ser miembros del fondo voluntario de pensiones;

    no obstante, se mantendrán los derechos adquiridos;

    Partidos políticos a escala europea

    90.

    Constata que la contabilidad de los partidos políticos a escala europea en el ejercicio 2004 se presenta del modo siguiente:

    Presupuesto 2004 aceptado en el marco del acuerdo (en euros)

    Partido

    Gastos subvencionables con arreglo a la solicitud de subvención adjunta al estado de previsiones

    Subvención solicitada

    Recursos propios

    Importe definitivo de la subvención

    En porcentaje de la subvención solicitada

    PPE

    2 116 783,00

    1 587 587,00

    517 555,63

    1 051 469,44

    66 %

    PSE

    1 676 000,00

    1 257 000,00

    447 780,45

    1 093 853,21

    87 %

    ELDR

    825 194,00

    618 896,00

    156 156,24

    462 661,31

    75 %

    EFGP

    408 000,00

    307 500,00

    77 371,36

    171 460,56

    56 %

    AEN

    215 000,00

    161 250,00

    28 000,00

    83 964,01

    52 %

    PDE

    453 900,00

    340 425,00

    23 509,72

    69 861,91

    21 %

    GE

    280 366,00

    210 275,00

    69 800,00

    120 895,22

    58 %

    EFA

    222 024,00

    165 724,00

    54 407,34

    163 222,02

    99 %

    Total

    6 197 267,00

    4 648 657,00

    1 374 940,74

    3 217 387,68

    69 %

    PPE: Partido Popular Europeo; PSE: Partido Socialista Europeo; ELDR: Partido Europeo Liberal, Democrático y Reformista; EFPG: Federación de Partidos Verdes Europeos, AEN: Alianza por la Europa de las Naciones; PDE: Partido Demócrata Europeo, GE: Partido de la Izquierda Europea, EFA: Alianza Libre Europea

    91.

    Subraya que los auditores externos de los partidos han confirmado que la contabilidad se ha llevado de conformidad con las normas vigentes y las normas contables internacionales;

    92.

    Destaca que los partidos a nivel europeo no han podido utilizar en su totalidad los recursos puestos a su disposición;

    93.

    Recuerda que, en su posición de 15 de marzo de 2006 relativa a la reforma del Reglamento financiero (26), presentó una propuesta relativa al tratamiento jurídico de los recursos propios de los partidos políticos a escala europea con arreglo al Reglamento (CE) no 2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativo al estatuto y la financiación de los partidos políticos a escala europea (27);

    94.

    Recuerda que su comisión competente le presentará próximamente un informe sobre la aplicación del Reglamento (CE) no 2004/2003, que comenzó a aplicarse en 2004;

    95.

    Insta a la Mesa a que tenga en cuenta las consideraciones siguientes con miras a una aplicación más eficiente del Reglamento (CE) no 2004/2003:

    el 15% de las subvenciones afectadas y aún no gastadas debería poder prorrogarse al ejercicio siguiente;

    debería permitirse a los partidos a escala europea constituir una reserva con sus recursos propios para utilizarla, en caso de disolución del partido, con el fin de atender a sus obligaciones legales para con sus empleados y sus contrapartes contractuales;

    debería crearse un marco financiero plurianual (por ejemplo, por una legislatura) que ofrezca a los partidos mayor seguridad en su planificación;

    Contratación de personal de los nuevos Estados miembros

    96.

    Pide al Secretario General que presente un informe antes de finales de diciembre de 2006 sobre los progresos de la contratación de personal de los nuevos Estados miembros por categorías (intérpretes, traductores, administradores, etc.);

    Gastos de interpretación (Informe especial no 5/2005 del Tribunal de Cuentas)

    97.

    Subraya que el multilingüismo es uno de los rasgos característicos de la Unión Europea y expresión de la diversidad cultural y lingüística, y que garantiza la igualdad de trato a los ciudadanos de la Unión; destaca que el multilingüismo garantiza el derecho de los ciudadanos a comunicarse con las Instituciones de la Unión Europea en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y les da la posibilidad de ejercer su derecho de control democrático;

    98.

    Indica que ha tratado en profundidad el Informe especial no 5/2005 del Tribunal de Cuentas en una resolución;

    99.

    Reconoce que los desplazamientos frecuentes del Parlamento entre sus diferentes sedes ocasionan unos costes adicionales considerables en una serie de ámbitos de actividad, entre ellos el de la interpretación, tal como concluye el Tribunal de Cuentas en su informe especial n o 5/2005;

    Acuerdo interinstitucional «Legislar mejor»: análisis de impacto

    100.

    Remite a su Decisión de 9 de octubre de 2003 sobre la celebración del Acuerdo interinstitucional «Legislar mejor» (28), y toma nota de las conclusiones del Grupo de trabajo sobre el análisis de impacto (29) según las cuales:

    cada Institución debería ser responsable del análisis de impacto de sus propias propuestas;

    el análisis de impacto debería afectar a todos los textos de mayor alcance político y cubrir los siguientes aspectos: impacto de la reglamentación (y asimismo el impacto de no reglamentar) e impacto económico, medioambiental, social y presupuestario;

    el Parlamento debería encargar el análisis de impacto a terceros y velar solamente por la calidad de sus evaluaciones;

    las decisiones de encargar un análisis de impacto y su evaluación deben corresponder a los coordinadores políticos y/o a los presidentes de las comisiones especializadas;

    101.

    Opina que la incorporación del análisis de impacto entraña riesgos que podrían afectar al trabajo parlamentario; igualmente opina que:

    podría recortarse o controlarse políticamente el derecho de los diputados a presentar enmiendas;

    podrían incrementarse aún más los apremios de tiempo que ya afectan a los trabajos parlamentarios con los plazos de presentación y traducción;

    la incorporación de los conocimientos especializados de terceros y su evaluación podrían suponer una carga excesiva;

    podría ser imposible negociar transacciones de último minuto;

    102.

    Pide, por consiguiente, al Secretario General y a los órganos parlamentarios competentes que expongan cómo piensan llevar a la práctica este aspecto del Acuerdo interinstitucional «Legislar mejor»;

    Curso dado a la Resolución sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003

    103.

    Celebra que los informes de auditoría del Servicio de Auditoría Interna se hayan plasmado en el plan de acción revisado del Secretario General, que éste ha transmitido a los órganos competentes del Parlamento Europeo junto con su declaración de fiabilidad; recuerda que el plan de acción contiene 47 medidas, y pide al Secretario General que exponga los ejes de actuación que ha establecido como prioritarios;

    104.

    Constata que el Parlamento ha velado por la aplicación de la partida presupuestaria 3701 a los diputados no inscritos y ha confirmado la fiabilidad de dicha aplicación; recuerda que los documentos relacionados con dicha partida presupuestaria se han publicado en el sitio web del Parlamento;

    105.

    Toma nota de que se han transmitido a la Mesa, para su debate y aprobación, las propuestas del Secretario General de una carta tipo para la selección de auditores externos de los grupos políticos, por un lado, y de informes financieros para los presidentes de los grupos políticos, por otro lado; observa que aún no se ha tomado una decisión, y pide a la Mesa que informe a la Comisión de Control Presupuestario sobre los resultados de los debates;

    106.

    Toma nota de que el Parlamento ha comenzado en 2004 —como preparación de la aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo— la unificación técnica de los sistemas administrativos de reembolso de dietas a los diputados al Parlamento, que hasta ahora funcionaban por separado (proyecto PAM, Portail Applicatif des Membres);

    107.

    Toma nota de que el Consejo de disciplina ha concluido sus trabajos sobre la responsabilidad de la diferencia de 4 136 125 francos belgas entre el saldo de caja y los comprobantes correspondientes de 1982; confía en que se recupere el importe, incluidos los intereses adeudados;

    108.

    Toma nota con satisfacción de que el 12 de diciembre de 2005 la Mesa aprobó el informe final del Grupo de trabajo EMAS («Eco-Management and Audit System») y de que el Informe sobre el sistema de gestión medioambiental en la Institución se publicó en febrero de 2006 en el sitio web del Parlamento;

    109.

    Toma nota de que han seguido mejorando los servicios de tecnologías de la información prestados a los diputados, especialmente en razón de:

    un mejor equipamiento de tecnologías de la información en los despachos de los diputados;

    la instalación de una red Cyber-LAN; puede conectarse a esta red cualquier ordenador;

    el inicio de un proyecto piloto para la introducción de un sistema de firma electrónica;

    mejores medidas de protección de los servidores, los equipos de trabajo y los componentes de la red;

    la instalación en el Parlamento de una estructura de comunicación sin cables («Hotspots», «Wireless Fidelity»);

    110.

    Pide encarecidamente que la firma electrónica, para la que se está realizando el mencionado proyecto piloto, se introduzca con la mayor brevedad, a fin de permitir que los diputados firmen documentos tales como enmiendas y preguntas parlamentarias sin tener que recurrir a la transmisión de documentos en papel, lo cual redundaría en un incremento de la eficacia del trabajo de los diputados en el Parlamento;

    111.

    Constata que el 16 de noviembre de 2005 los Cuestores decidieron que los documentos de las comisiones seguirán estando a la disposición de sus miembros, pero que se está poniendo fin a la distribución —en papel— de los textos aprobados en Estrasburgo y los comunicados de prensa.


    (1)  DO C 105 de 30.4.2004.

    (2)  DO C 301 de 30.11.2005, p. 1.

    (3)  DO C 302 de 30.11.2005, p. 100.

    (4)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (5)  Bur/ann/fin — PE 349 540.

    (6)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0158.

    (7)  DO C 300 E de 11.12.2003, p. 303.

    (8)  DO L 196 de 27.7.2005, p. 28.

    (9)  DO L 262 de 7.10.2005, p. 1.

    (10)  Respuesta del Secretario General al apartado 9 de la Resolución del Parlamento de 21 de abril de 2004 sobre la aprobación de la gestión en el ejercicio 2002 (DO L 330 de 4.11.2004, p. 160).

    (11)  DO L 148 de 16.6.2003, p. 62.

    (12)  Véase el apartado 40 de su Resolución de 12 de abril de 2005.

    (13)  Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1). Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

    (14)  Véase el apartado 90 de su Resolución de 8 de abril de 2003 antes mencionada.

    (15)  Véase el apartado 72 de su Resolución de 12 de abril de 2005.

    (16)  Decisión de la Mesa de 30 de junio de 2003.

    (17)  De conformidad con las disposiciones de ejecución de la partida 3701.

    (18)  Créditos asignados solamente para el primer semestre de 2004.

    (19)  Decisión de la Mesa de 29 de septiembre de 2005.

    (20)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0085, enmienda 63.

    (21)  PE 113 116.

    (22)  PE 113 116.

    (23)  DO C 301 de 20.11.2005, Cuadro 9.2;DO C 293 de 30.11.2004, Cuadro 9.3;DO C 286 de 28.11.2003, apartado 9.15.

    (24)  Nota del Secretario General a la Mesa del Parlamento — Gestión del régimen de pensiones complementario voluntario de los diputados, noviembre de 2005, PE 356.020/MESA/REV.

    (25)  Fuente: ASBL Fondo de pensiones — Informe anual y cuentas de 2005.

    (26)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0085, enmienda 99.

    (27)  DO L 297 de 15.11.2003, p. 1.

    (28)  DO C 81 E de 31.3.2004, p. 84.

    (29)  Adonis: 03-DGIII(04)D/19596.

    P6_TA(2006)0364

    Carta Europea de Calidad para la Movilidad (educación y formación) ***I

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta Europea de Calidad para la Movilidad (COM(2005) 0450 — C6-0291/2005 — 2005/0179(COD))

    (Procedimiento de codecisión: primera lectura)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0450) (1),

    Vistos el apartado 2 del artículo 251, el apartado 4 del artículo 149 y el apartado 4 del artículo 150 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0291/2005),

    Visto el artículo 51 de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A6-0255/2006),

    1.

    Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

    2.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


    (1)  Pendiente de publicación en el DO.

    P6_TC1-COD(2005)0179

    Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de septiembre de 2006 con vistas a la adopción de la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta Europea de Calidad para la Movilidad

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 149, apartado 4, y su artículo 150, apartado 4,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

    Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

    De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La movilidad en el ámbito de la educación y la formación forma parte de la libertad de circulación de las personas —una libertad fundamental protegida por el Tratado— y es uno de los objetivos principales de la acción de la Unión Europea en el campo de la educación y la formación, basada tanto en unos valores comunes como en el respeto de la diversidad. Se trata de una herramienta esencial para el establecimiento de un verdadero espacio europeo en el ámbito del aprendizaje permanente, para fomentar el empleo y reducir la pobreza, así como para contribuir al desarrollo de una ciudadanía europea activa.

    (2)

    La movilidad aproxima a los ciudadanos y mejora el entendimiento mutuo. Favorece la solidaridad, el intercambio de ideas y un mejor conocimiento de las distintas culturas que forman Europa; por lo tanto, la movilidad contribuye a la cohesión económica, social y regional.

    (3)

    Intensificar la movilidad europea y los intercambios a efectos de educación y formación y acontecimientos como el Año Europeo de la Movilidad de los Trabajadores 2006 deben desempeñar un cometido clave en la consecución del objetivo de Lisboa de que Europa se convierta en la economía basada en el conocimiento más innovadora y competitiva del mundo antes de 2010.

    (4)

    El establecimiento de un marco más apropiado para la movilidad a efectos de educación y formación en la UE contribuirá a lograr una economía basada en el conocimiento que es fundamental para la creación de empleo, el desarrollo sostenible, la investigación y la innovación en los Estados miembros.

    (5)

    Se precisa un mayor apoyo de todos los interesados, incluidas las autoridades públicas, a la movilidad en el seno de la UE para mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y formación en Europa.

    (6)

    La Recomendación 2001/613/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de julio de 2001, relativa a la movilidad en la Comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios, los profesores y los formadores (4) fue la primera Recomendación adoptada con el objetivo de facilitar la acción de la Comunidad en favor de la movilidad.

    (7)

    El trabajo del grupo de expertos establecido por la Comisión conforme al punto III, letra a), de la Recomendación mencionada y el primer informe de seguimiento, al mismo tiempo que muestran los progresos realizados a nivel nacional y europeo respecto a la movilidad a efectos de educación y formación, ponen de manifiesto la necesidad de centrarse no sólo en el aumento cuantitativo de la movilidad, sino, especialmente, en la mejora de su calidad.

    (8)

    Este objetivo puede perseguirse, entre otras cosas, adoptando, en forma de Recomendación, una Carta de Calidad para la Movilidad por la que se establezca un conjunto de principios en este ámbito, que se apliquen de forma voluntaria.

    (9)

    La Carta Europea de Calidad para la Movilidad (denominada en lo sucesivo la «Carta») debe tener en cuenta también las necesidades específicas de las personas con discapacidad y los grupos desfavorecidos.

    (10)

    La Carta debe contribuir a aumentar los intercambios, facilitar el reconocimiento de los períodos dedicados a la educación o a la formación y el reconocimiento de titulaciones y cualificaciones y establecer una confianza mutua con vistas a mejorar y reforzar la cooperación entre las autoridades pertinentes, las organizaciones y todas las partes interesadas en la movilidad. Debe prestarse atención a la cuestión de la transferibilidad de los préstamos, becas y prestaciones de la seguridad social.

    (11)

    La Carta pretende servir de complemento a las disposiciones expuestas en la Carta del Estudiante Erasmus, pero sin ánimo de sustituirlas.

    (12)

    Las autoridades deben poner la Carta, en las respectivas lenguas de los receptores, a disposición de todos los estudiantes y personas en formación, organizaciones y otras partes interesadas en la movilidad de los países de origen y de acogida, y deben tratarla como un documento de referencia básico.

    (13)

    Las ventajas de la movilidad dependen en gran medida de la calidad de las disposiciones prácticas: la información, la preparación, el apoyo y el reconocimiento de la experiencia y las cualificaciones que los participantes hayan adquirido durante los períodos de educación y de formación. Las personas y las organizaciones participantes pueden aumentar notablemente su valor mediante una planificación cuidadosa y una evaluación adecuada.

    (14)

    Europass (5) es un instrumento particularmente útil para desarrollar la transparencia y el reconocimiento, con el fin de fomentar la movilidad.

    (15)

    Conviene que los principios establecidos en la Carta se apliquen no sólo al período de movilidad en sí, sino también al período anterior y al período posterior.

    (16)

    Debe elaborarse por adelantado un plan de aprendizaje. También es necesaria la preparación general de los participantes, teniendo en cuenta la formación lingüística. En este contexto, las autoridades y organizaciones competentes deben facilitar ayuda.

    (17)

    Todas las cuestiones administrativas y financieras, por ejemplo de qué ayuda financiera se dispone, quién sufraga los costes, y la cobertura del seguro en el país de acogida, deben resolverse antes de la salida.

    (18)

    Respecto al período de estancia en el extranjero, la calidad de la movilidad puede reforzarse previendo mecanismos de tutoría para los participantes.

    (19)

    Una descripción detallada y clara de todos los cursos o formación que se han seguido en el país de acogida, incluida la duración del curso o formación, deben servir para facilitar su reconocimiento a su regreso al país de origen.

    (20)

    La transparencia y una buena administración requieren una definición clara de los interesados responsables de cada fase y acción del programa de movilidad.

    (21)

    Para garantizar la calidad general de la movilidad, conviene velar por la libre circulación para todos los ciudadanos de la UE y aplicar, en la medida de lo posible, los principios establecidos en la Carta y en las recomendaciones pertinentes a todos los tipos de movilidad a efectos de aprendizaje o de desarrollo profesional: la educación o la formación; el aprendizaje formal o no formal, incluidos las tareas y proyectos de voluntariado; los períodos de movilidad cortos o largos; el aprendizaje escolar, de enseñanza superior y relacionado con el trabajo, y las medidas relacionadas con el aprendizaje a lo largo de toda la vida.

    (22)

    A la vista de la diversidad de la naturaleza y duración de las actividades de movilidad, los Estados miembros pueden ajustar la aplicación de la Carta de acuerdo con las circunstancias, es decir, adaptarla a las situaciones y los programas específicos. Los Estados miembros pueden disponer que algunos puntos sean obligatorios y considerar otros facultativos.

    (23)

    Dado que los objetivos de la presente Recomendación no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a las dimensiones o los efectos de la presente Recomendación, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad, enunciado en dicho artículo, la presente Recomendación no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

    RECOMIENDAN QUE LOS ESTADOS MIEMBROS:

    1.

    adopten y promuevan el uso de la Carta adjunta como medio para reforzar el desarrollo personal y profesional;

    2.

    informen sobre la aplicación de la presente Recomendación y toda medida complementaria que pudieran decidir adoptar en favor de la movilidad, en particular en relación con sus aspectos de calidad, en sus contribuciones nacionales al programa de trabajo Educación y Formación 2010, a partir del segundo año siguiente a la adopción de la presente Recomendación;

    3.

    sigan cooperando estrechamente y coordinando sus acciones con vistas a suprimir los obstáculos que dificultan directa o indirectamente la movilidad de los ciudadanos de la UE;

    4.

    ofrezcan el apoyo adecuado y las infraestructuras apropiadas para la movilidad con fines de educación y formación, con vistas a mejorar los niveles de educación y formación de sus ciudadanos;

    5.

    adopten las medidas necesarias para promover la movilidad, aseguren que toda la información relevante es fácilmente comprensible y accesible para todos, por ejemplo mediante una guía introductoria sobre la movilidad o una lista de las organizaciones de ayuda, y mejoren las condiciones de la movilidad.

    INVITAN a la Comisión a:

    1.

    fomentar la utilización de la Carta por las agencias nacionales y otras organizaciones que actúan en el ámbito de la educación y la formación y la movilidad;

    2.

    seguir cooperando con los Estados miembros y los interlocutores sociales, a fin de facilitar el intercambio de información y experiencia útiles sobre la aplicación de las medidas preconizadas en la presente Recomendación;

    3.

    mejorar o desarrollar, en estrecha cooperación con las autoridades pertinentes, una compilación, desglosada por género, de datos estadísticos sobre la movilidad con fines de educación y formación;

    4.

    considerar la presente Recomendación como parte de un conjunto formado también por la Recomendación 2001/613/CE y, por tanto, a incluir los informes bienales que se le solicitan en los informes generales del programa de trabajo Educación y Formación 2010.

    Hecho en ..., el ...

    Por el Parlamento Europeo

    El Presidente

    Por el Consejo

    El Presidente


    (1)  DO C 88 de 11.4.2006, p. 20.

    (2)  DO C 206 de 29.8.2006, p. 40.

    (3)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de septiembre de 2006.

    (4)  DO L 215 de 9.8.2001, p. 30.

    (5)  Decisión no 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa a un marco comunitario único para la transparencia de las cualificaciones y competencias (Europass) (DO L 390 de 31.12.2004, p. 6).

    ANEXO

    CARTA EUROPEA DE CALIDAD PARA LA MOVILIDAD

    INTRODUCCIÓN

    La movilidad, reforzada por el plan de acción para la movilidad (1) de 2000 y la Recomendación 2001/613/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de julio de 2001, relativa a la movilidad en la Comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios, los profesores y los formadores (2), siempre ha gozado de la especial atención de las partes interesadas. Dicha Recomendación tenía un ámbito de aplicación amplio, abordaba toda una gama de cuestiones importantes asociadas a la movilidad y estaba destinada a cualquier persona que pudiera beneficiarse de un período de aprendizaje en el extranjero (formal o no formal), incluidos los estudiantes, profesores, voluntarios y personas en formación. La Recomendación 2006/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta Europea de Calidad para la Movilidad, de la cual la presente Carta forma parte integrante, tiene el mismo ámbito de aplicación, pero se centra en los aspectos cualitativos de la movilidad, tal como propuso un grupo de expertos establecido tras la primera Recomendación. Debería servir para ayudar a garantizar que los participantes tengan una experiencia positiva, tanto en el país de acogida como en el de origen, una vez que hayan regresado.

    La Carta ofrece una orientación sobre la movilidad emprendida por jóvenes o adultos individuales a efectos de aprendizaje formal y no formal, así como para su desarrollo personal y profesional. Se ha concebido como un documento de referencia básico en el que se tienen en cuenta las diferentes situaciones nacionales y se respetan las competencias de los Estados miembros. Su ámbito y contenido puede adaptarse a la duración de la movilidad y las características de las distintas actividades educativas, de formación y juveniles, así como a las necesidades de los participantes. Si bien aborda principalmente la movilidad a efectos de aprendizaje, puede considerarse que dicha orientación también podría ser útil para otros tipos de movilidad, como la movilidad laboral.

    1.   Información y orientación

    Los posibles candidatos a la movilidad deberían tener, a todos los niveles, un acceso equitativo a fuentes fidedignas de información y orientación sobre la movilidad y las condiciones en las que ésta puede emprenderse. Debe ofrecerse, entre otras cosas, una información clara sobre cada uno de los puntos recogidos en la presente Carta, el cometido y las tareas de las organizaciones remitentes y destinatarias y los diferentes sistemas de educación y formación.

    2.   Plan de aprendizaje

    Antes de emprender cualquier tipo de movilidad a efectos de educación o formación, debe elaborarse un plan de formación, en el que se considere la preparación lingüística, que debe ser acordado por las organizaciones de origen y de acogida y los participantes. El plan de formación reviste particular importancia en el caso de la movilidad a largo plazo y podría ser igualmente útil para la movilidad a corto plazo. El plan debe exponer los objetivos y los resultados esperados en términos de aprendizaje, y cómo deben alcanzarse y aplicarse estos últimos. Toda modificación importante del plan de formación debe ser acordada por todas las partes. A la hora de elaborar el plan de formación, deben tenerse presentes las cuestiones de su evaluación y de la reintegración en el país de origen.

    3.   Personalización

    La movilidad emprendida a efectos de educación y formación debe adaptarse al máximo a los itinerarios de aprendizaje personales, las capacidades y la motivación de los participantes, y desarrollarlos o complementarlos.

    4.   Preparación general

    Una preparación previa de los participantes es recomendable y debería estar adaptada a sus necesidades específicas. Debe incluir, en la medida en que sea necesario, aspectos lingüísticos, pedagógicos, administrativos, jurídicos, personales y culturales, así como información sobre los aspectos financieros.

    5.   Aspectos lingüísticos

    Las capacidades lingüísticas son importantes para un aprendizaje eficaz, la comunicación intercultural y una mejor comprensión de la cultura del país de acogida. Los participantes y las organizaciones de origen y de acogida deben prestar una atención especial a una adecuada preparación lingüística. Cuando sea posible, los preparativos para la movilidad deben incluir:

    una evaluación lingüística antes de la salida y la oportunidad de seguir cursos en el idioma del país de acogida y/o en el idioma en que se imparten los cursos, si éste es distinto;

    en el país de acogida, apoyo y asesoramiento lingüístico.

    6.   Apoyo logístico

    Si procede, se debería proporcionar a los participantes un apoyo logístico adecuado, que podría incluir la información y ayuda en relación con los preparativos de viaje, los seguros, los permisos de residencia o de trabajo, la seguridad social, la posibilidad de transferir las becas y los préstamos públicos del país de origen al país de acogida, el alojamiento y cualquier otro aspecto práctico, incluidas, en su caso, las cuestiones de seguridad pertinentes para su estancia.

    7.   Tutoría

    La organización de acogida (centro educativo, organización juvenil, empresa, etc.) debe prever mecanismos como la tutoría para asesorar a los participantes y ayudarles a que se integren adecuadamente en el entorno de acogida, y debe actuar asimismo como punto de contacto para la obtención de ayuda continua.

    8.   Reconocimiento

    Cuando un período de estudio o de colocación en el extranjero forme parte de un programa formal de estudios o de formación, debe señalarse este dato en el plan de aprendizaje, y se debe proporcionar a los participantes ayuda para facilitar, si procede, el reconocimiento y la certificación. En el plan de aprendizaje, la organización remitente debe reconocer los períodos de movilidad realizados con éxito. Para otros tipos de movilidad, en particular los que se circunscriben a la educación no formal y la formación, debe expedirse un documento adecuado, para que el participante pueda demostrar su participación activa y sus resultados de aprendizaje de forma satisfactoria y creíble. Debe promoverse, en este contexto, la utilización del «Europass» (3).

    9.   Reintegración y evaluación

    Una vez que han regresado al país de origen, en particular tras una movilidad de larga duración, se debe orientar a los participantes sobre cómo utilizar las competencias y las capacidades adquiridas durante la estancia. Si procede, se debe ayudar adecuadamente a las personas que regresan a casa tras un período de movilidad prolongado a reintegrarse en sus entornos sociales, educativos o profesionales. Los participantes, junto con las organizaciones responsables, deben evaluar de forma adecuada la experiencia obtenida, indicando si se han cumplido los objetivos del plan de aprendizaje.

    10.   Compromisos y responsabilidades

    Las organizaciones de origen y de acogida y los participantes deben acordar las responsabilidades que se derivan de estos criterios de calidad. Deben confirmarse preferentemente por escrito para que las responsabilidades queden claras a todos los interesados.


    (1)  Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 14 de diciembre de 2000, sobre el plan de acción para la movilidad (DO C 371 de 23.12.2000, p. 4).

    (2)  DO L 215 de 9.8.2001, p. 30.

    (3)  Decisión no 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa a un marco comunitario único para la transparencia de las cualificaciones y competencias (Europass) (DO L 390 de 31.12.2004, p. 6).

    P6_TA(2006)0365

    Competencias clave para el aprendizaje permanente ***I

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo relativo a la propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (COM(2005) 0548 — C6-0375/2005 — 2005/0221(COD))

    (Procedimiento de codecisión: primera lectura)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0548) (1),

    Vistos el apartado 2 del artículo 251, el apartado 4 del artículo 149 y el apartado 4 del artículo 150, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0375/2005),

    Visto el artículo 51 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, la Comisión de Industria, Investigación y Energía y la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0262/2006),

    1.

    Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

    2.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


    (1)  Pendiente de publicación en el DO.

    P6_TC1-COD(2005)0221

    Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de septiembre de 2006 con vistas a la adopción de una Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 149, apartado 4, y su artículo 150, apartado 4,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

    Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

    De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000 concluyó que un marco de referencia europeo debía definir las nuevas cualificaciones básicas que debe proporcionar el aprendizaje permanente como medida esencial de la respuesta de Europa ante la globalización y el desplazamiento hacia las economías basadas en el conocimiento, y subrayó que la principal baza de Europa son las personas. Desde entonces, estas conclusiones se han reafirmado periódicamente, en particular en los Consejos Europeos de Bruselas de 20 y 21 de marzo de 2003 y de 22 y 23 de marzo de 2005, y en la reactivada Estrategia de Lisboa, que se aprobó en 2005.

    (2)

    Los Consejos Europeos de Estocolmo (23 y 24 de marzo de 2001), y de Barcelona (15 y 16 de marzo de 2002), adoptaron los futuros objetivos específicos de los sistemas de educación y formación europeos, y un programa de trabajo (el programa de trabajo «Educación y Formación 2010») que se deben cumplir de aquí a 2010. Entre los objetivos se incluyen el desarrollo de capacidades para la sociedad del conocimiento y otros más específicos encaminados a promover el aprendizaje de idiomas, desarrollar el espíritu de empresa y potenciar la dimensión europea en la educación en general.

    (3)

    La Comunicación de la Comisión titulada: «Hacer realidad un espacio europeo del aprendizaje permanente» y la posterior Resolución del Consejo de 27 de junio de 2002 sobre la educación permanente (4) determinaron el carácter prioritario de proporcionar «las nuevas competencias básicas» e insistieron en que el aprendizaje permanente debe comenzar en la edad preescolar y seguir más allá de la edad de la jubilación.

    (4)

    En el contexto de la mejora del funcionamiento comunitario en materia de empleo, los Consejos Europeos de Bruselas de marzo de 2003 y diciembre de 2003 subrayaron la necesidad de desarrollar el aprendizaje permanente, haciendo especial hincapié en medidas activas y preventivas para los inactivos y desempleados. Estas conclusiones se basaron en el informe del Grupo Europeo de Empleo, que puso de relieve la necesidad de que las personas pudiesen adaptarse al cambio, la importancia de integrar a las personas en el mercado de trabajo y el papel fundamental del aprendizaje permanente.

    (5)

    En mayo de 2003, el Consejo adoptó los niveles de referencia europeos («puntos de referencia»), demostrando así su compromiso con una mejora apreciable del rendimiento medio europeo. Estos niveles de referencia incluyen las capacidades de lectura, el abandono escolar, la finalización del ciclo superior de enseñanza secundaria y la participación de los adultos en el aprendizaje permanente, y están estrechamente ligados al desarrollo de las competencias clave.

    (6)

    De acuerdo con el informe adoptado por el Consejo en noviembre de 2004 sobre el papel más amplio de la educación, ésta contribuye a mantener y renovar el patrimonio cultural común de la sociedad, así como a aprender los valores sociales y cívicos fundamentales, tales como la ciudadanía, la igualdad, la tolerancia y el respeto, aspectos particularmente importantes en un momento en que todos los Estados miembros afrontan la cuestión de cómo abordar la creciente diversidad social y cultural. Además, una parte importante del papel de la educación como elemento de refuerzo de la cohesión social reside en el hecho de que permite a las personas incorporarse a la vida laboral y permanecer en ella.

    (7)

    El informe sobre los progresos realizados en pos de los objetivos de Lisboa en materia de educación y formación, adoptado por la Comisión en 2005, pone de manifiesto la ausencia de avances por lo que respecta a la reducción del porcentaje de jóvenes de quince años con rendimiento insatisfactorio en las capacidades de lectura o al incremento de la tasa de finalización de la enseñanza secundaria superior. Se constató algún avance en la reducción del abandono escolar, pero al ritmo actual no se alcanzarán los niveles de referencia europeos para 2010 adoptados por el Consejo en mayo de 2003. La participación de los adultos en el aprendizaje no está creciendo lo suficientemente rápido como para alcanzar el nivel de referencia de 2010 y los datos muestran que es menos probable que las personas poco cualificadas participen en actividades de formación complementaria.

    (8)

    El marco de acciones para el desarrollo permanente de competencias y cualificaciones, adoptado por los interlocutores sociales europeos en marzo de 2002, recalca la necesidad de que las empresas adapten sus estructuras cada vez más rápidamente con el fin de seguir siendo competitivas. El incremento del trabajo en equipo, la reducción de los niveles jerárquicos, la cesión de responsabilidades y la creciente exigencia de una mayor polivalencia contribuyen al desarrollo de las organizaciones que aprenden. En este contexto, la capacidad de las organizaciones de determinar las competencias, de movilizarlas y reconocerlas y de favorecer su desarrollo en todos los asalariados constituye la base de las nuevas estrategias en materia de competitividad.

    (9)

    El estudio de Maastricht sobre educación y formación profesionales de 2004 pone de manifiesto un considerable desfase entre los niveles de formación exigidos por los nuevos puestos de trabajo y los alcanzados por la mano de obra europea. Dicho estudio muestra qué más de una tercera parte de la mano de obra europea (ochenta millones de personas) está poco cualificada, mientras que las estimaciones indican que, de aquí a 2010, casi el 50 % de los nuevos puestos de trabajo exigirá cualificaciones de nivel superior, algo menos del 40 %, enseñanza secundaria superior y tan sólo el 15 %, aproximadamente, será adecuado para trabajadores que dispongan de escolarización básica.

    (10)

    El informe conjunto que el Consejo y la Comisión adoptaron en 2004 sobre el programa de trabajo «Educación y Formación 2010» abundó en la necesidad de garantizar que se dotase a todos los ciudadanos de las competencias necesarias en el contexto de las estrategias de los Estados miembros en materia de aprendizaje permanente. Con el fin de promover y facilitar la reforma, el informe sugiere el desarrollo de referencias y principios europeos comunes y da prioridad al marco de competencias clave.

    (11)

    El Pacto Europeo para la Juventud, anexo a las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de los días 22 y 23 de marzo de 2005, hizo hincapié en la necesidad de favorecer el desarrollo de una base común de competencias.

    (12)

    Las Directrices integradas para el crecimiento y el empleo (2005-2008), aprobadas por el Consejo Europeo de junio de 2005, recogen la necesidad de dotar a los jóvenes de las competencias clave necesarias y de mejorar su nivel educativo. En particular, las Directrices para el empleo instan a adaptar los sistemas de educación y formación para responder a los nuevos requisitos en materia de competencias mediante una determinación más precisa de las necesidades profesionales y las competencias clave en el contexto de los programas de reforma de los Estados miembros. Además, las Directrices para el empleo piden que se garantice la integración de la perspectiva de género y de la igualdad de género en todas las acciones y que se alcance un índice medio de empleo del 70 % para la Unión Europea y de al menos el 60 % para las mujeres.

    (13)

    La presente Recomendación debe contribuir al desarrollo de una educación y formación de calidad, orientada al futuro y adaptada a las necesidades de la sociedad europea, apoyando y completando las acciones que los Estados miembros emprendan con el fin de garantizar que sus sistemas de educación y formación iniciales pongan a disposición de todos los jóvenes los medios necesarios para desarrollar las competencias clave que los preparen para la vida adulta, y que constituya una base para el aprendizaje complementario y la vida laboral, así como que los adultos puedan desarrollar y actualizar sus competencias clave mediante una oferta coherente y completa de aprendizaje permanente. La presente Recomendación también debe proporcionar un marco de referencia común a escala europea sobre las competencias clave que se destina a los responsables políticos, los proveedores de educación y formación, los interlocutores sociales y los propios alumnos, con el fin de facilitar las reformas nacionales y el intercambio de información entre los Estados miembros y la Comisión en el marco del programa de trabajo «Educación y Formación 2010», con vistas a alcanzar los niveles de referencia europeos acordados. Asimismo, la Recomendación debe apoyar otras políticas conexas, como las políticas sociales y de empleo y otras políticas que afectan a la juventud.

    (14)

    Dado que los objetivos del presente Reglamento, a saber, apoyar y completar la acción de los Estados miembros mediante el establecimiento de un punto de referencia común que impulse y facilite las reformas nacionales y el refuerzo de la cooperación entre los Estados miembros, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros actuando solos y, por consiguiente, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Recomendación no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos en la medida que deja la aplicación de la presente Recomendación a los Estados miembros.

    RECOMIENDAN A LOS ESTADOS MIEMBROS:

    Desarrollar la oferta de las competencias clave para todos en el contexto de sus estrategias de aprendizaje permanente y utilizar las «Competencias clave para el aprendizaje permanente — un marco de referencia europeo», denominadas en lo sucesivo el «marco de referencia», adjuntas en anexo, como instrumento de referencia para garantizar que:

    1.

    se vele por que la educación y la formación iniciales pongan a disposición de todos los jóvenes los medios para desarrollar las competencias clave en la medida necesaria para prepararlos para la vida adulta y sienten las bases para el aprendizaje complementario y la vida laboral;

    2.

    se vele por que se tomen las medidas adecuadas con respecto a aquellos jóvenes que, debido a su situación de desventaja en materia de educación como consecuencia de circunstancias personales, sociales, culturales o económicas, precisen un apoyo especial para desarrollar su potencial educativo;

    3.

    los adultos puedan desarrollar y actualizar las competencias clave a lo largo de sus vidas y se atienda, en particular, a aquellos grupos que se consideren prioritarios en el contexto nacional, regional o local, como es el caso de las personas que necesitan actualizar sus competencias;

    4.

    se establezcan las infraestructuras adecuadas para la educación y formación continuas de los adultos, incluidos profesores y formadores, procedimientos de validación y evaluación, y las medidas destinadas a garantizar la igualdad de acceso tanto al aprendizaje permanente como al mercado de trabajo, así como dispositivos de apoyo para los alumnos, que reconozcan la diversidad de las necesidades y las competencias de los adultos;

    5.

    la coherencia de la oferta de educación y formación para adultos, destinada a ciudadanos particulares, se logre estrechando los vínculos con la política de empleo, la política social, la política cultural, la política de innovación y con otras políticas que afecten a los jóvenes, así como mediante la colaboración con los interlocutores sociales y otras partes interesadas;

    TOMAN NOTA DE LA INTENCIÓN DE LA COMISIÓN DE:

    1.

    potenciar los esfuerzos de los Estados miembros encaminados a desarrollar sus sistemas de educación y formación, y aplicar y difundir la presente Recomendación, así como la utilización del marco de referencia como referencia para facilitar el aprendizaje inter pares y el intercambio de buenas prácticas, así como a seguir la evolución y comunicar los progresos registrados en el marco de los informes bienales sobre el programa de trabajo «Educación y Formación 2010»;

    2.

    utilizar el marco de referencia como referencia para la puesta en práctica de los programas comunitarios de educación y formación, y velar por que estos programas promuevan la adquisición de las competencias clave;

    3.

    fomentar un uso más amplio del marco de referencia en las políticas comunitarias conexas y, en especial, en la aplicación de las políticas sociales, de empleo, de la juventud y de cultura, así como tender nuevos lazos con los interlocutores sociales y otras organizaciones que trabajen en dichos ámbitos;

    4.

    examinar el impacto del marco de referencia en el contexto del programa de trabajo «Educación y Formación 2010» e informar, a más tardar el ... (5), al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la experiencia adquirida y sus implicaciones para el futuro.

    Hecho en ..., el ...

    Por el Parlamento Europeo

    El Presidente

    Por el Consejo

    El Presidente


    (1)  DO C 195 de 18.8.2006, p. 109.

    (2)  DO C 229 de 22.9.2006, p. 21.

    (3)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de septiembre de 2006.

    (4)  DO C 163 de 9.7.2002, p. 1.

    (5)  Cuatro años tras la adopción de la presente Recomendación.

    ANEXO

    COMPETENCIAS CLAVE PARA EL APRENDIZAJE PERMANENTE — UN MARCO DE REFERENCIA EUROPEO

    Antecedentes y objetivos

    Dados los nuevos retos que la globalización sigue planteando a la Unión Europea, cada ciudadano requerirá una amplia gama de competencias para adaptarse de modo flexible a un mundo que está cambiando con rapidez y muestra múltiples interconexiones.

    En su doble función —social y económica—, la educación y la formación deben desempeñar un papel fundamental para garantizar que los ciudadanos europeos adquieran las competencias clave necesarias para poder adaptarse de manera flexible a dichos cambios.

    Concretamente, aprovechando las diversas competencias individuales, se debería responder a las diferentes necesidades de los alumnos garantizando la igualdad de acceso para aquellos grupos que, como consecuencia de desventajas educativas causadas por circunstancias personales, sociales, culturales o económicas, necesiten un apoyo especial para desarrollar su potencial educativo. Ejemplo de tales grupos son las personas con cualificaciones básicas reducidas, en particular los que tienen dificultades para leer y escribir, los alumnos que abandonan pronto los estudios, los desempleados de larga duración, las personas que retornan al trabajo tras un largo período de ausencia, las personas de edad avanzada, los inmigrantes y las personas con discapacidad.

    En este sentido, el marco de referencia persigue los siguientes objetivos:

    1)

    determinar y definir las competencias clave necesarias para la plena realización personal, la ciudadanía activa, la cohesión social y la empleabilidad en la sociedad del conocimiento;

    2)

    apoyar las iniciativas de los Estados miembros que tengan por objeto garantizar que, al término de la educación y la formación iniciales, los jóvenes hayan desarrollado las competencias clave en la medida necesaria para prepararlos para la vida adulta, y sentar las bases para el aprendizaje complementario y la vida laboral, y los adultos sean capaces de desarrollar y actualizar sus competencias clave a lo largo de sus vidas;

    3)

    proporcionar una herramienta de referencia a nivel europeo destinada a los responsables de la formulación de políticas, los proveedores de educación, los empleadores y los propios alumnos, con el fin de impulsar las iniciativas nacionales y europeas en pos de objetivos comúnmente acordados;

    4)

    facilitar un marco para posteriores actuaciones a escala comunitaria tanto en el ámbito del programa de trabajo «Educación y Formación 2010» como en el de los programas comunitarios en materia de educación y formación.

    Competencias clave

    En el presente documento, las competencias se definen como una combinación de conocimientos, capacidades y actitudes adecuadas al contexto. Las competencias clave son aquéllas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personales, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo.

    El marco de referencia establece ocho competencias clave siguientes:

    1.

    comunicación en la lengua materna;

    2.

    comunicación en lenguas extranjeras;

    3.

    competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología;

    4.

    competencia digital;

    5.

    aprender a aprender;

    6.

    competencias sociales y cívicas;

    7.

    sentido de la iniciativa y espíritu de empresa, y

    8.

    conciencia y expresión culturales.

    Las competencias clave se consideran igualmente importantes, ya que cada una de ellas puede contribuir al éxito en la sociedad del conocimiento. Muchas de las competencias se solapan y entrelazan: determinados aspectos esenciales en un ámbito apoyan la competencia en otro. La competencia en las capacidades básicas fundamentales de la lengua, la lectura y la escritura, el cálculo y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) constituyen el fundamento esencial para el aprendizaje, mientras que todas las actividades de aprendizaje se sustentan en la capacidad de aprender a aprender. Hay una serie de temas que se aplican a lo largo del marco de referencia y que intervienen en las ocho competencias clave: el pensamiento crítico, la creatividad, la capacidad de iniciativa, la resolución de problemas, la evaluación del riesgo, la toma de decisiones y la gestión constructiva de los sentimientos.

    1.   Comunicación en la lengua materna (1)

    Definición:

    La comunicación en la lengua materna es la habilidad para expresar e interpretar conceptos, pensamientos, sentimientos, hechos y opiniones de forma oral y escrita (escuchar, hablar, leer y escribir), y para interactuar lingüísticamente de una manera adecuada y creativa en todos los posibles contextos sociales y culturales, como la educación y la formación, la vida privada y profesional, y el ocio.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia

    La competencia comunicativa resulta de la adquisición de la lengua materna, la cual está vinculada intrínsecamente al desarrollo de una capacidad cognitiva individual de interpretar el mundo y relacionarse con los otros. Para poder comunicarse en su lengua materna, una persona debe tener conocimientos del vocabulario, la gramática funcional y las funciones del lenguaje. Ello conlleva ser consciente de los principales tipos de interacción verbal, de una serie de textos literarios y no literarios, de las principales características de los distintos estilos y registros de la lengua y de la diversidad del lenguaje y de la comunicación en función del contexto.

    Las personas deben poseer las capacidades necesarias para comunicarse de forma oral y escrita en múltiples situaciones comunicativas y para controlar y adaptar su propia comunicación a los requisitos de la situación. Esta competencia incluye, asimismo, las habilidades que permiten distinguir y utilizar distintos tipos de textos, buscar, recopilar y procesar información, utilizar herramientas de ayuda y formular y expresar los propios argumentos orales y escritos de una manera convincente y adecuada al contexto.

    Una actitud positiva con respecto a la comunicación en la lengua materna entraña la disposición al diálogo crítico y constructivo, la apreciación de las cualidades estéticas y la voluntad de dominarlas, y el interés por la interacción con otras personas. Ello implica ser consciente de la repercusión de la lengua en otras personas y la necesidad de comprender y utilizar la lengua de manera positiva y socialmente responsable.

    2.   Comunicación en lenguas extranjeras (2)

    Definición:

    La comunicación en lenguas extranjeras comparte, en líneas generales, las principales capacidades de la comunicación en la lengua materna: se basa en la habilidad para comprender, expresar e interpretar conceptos, pensamientos, sentimientos, hechos y opiniones de forma oral y escrita (escuchar, hablar, leer y escribir) en una determinada serie de contextos sociales y culturales (como la educación y la formación, la vida privada y profesional y el ocio) de acuerdo con los deseos o las necesidades de cada cual. La comunicación en lenguas extranjeras exige también poseer capacidades tales como la mediación y la comprensión intercultural. El nivel de dominio de cada persona será distinto en cada una de las cuatro dimensiones (escuchar, hablar, leer y escribir) y variará, asimismo, en función de la lengua de que se trate y del nivel social y cultural, del entorno, de las necesidades y de los intereses de cada individuo.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    La competencia en lenguas extranjeras exige tener conocimientos del vocabulario y la gramática funcional y ser consciente de los principales tipos de interacción verbal y registros de la lengua. El conocimiento de las convenciones sociales, de los aspectos culturales y de la diversidad lingüística es importante.

    Las capacidades esenciales para la comunicación en lenguas extranjeras consisten en la habilidad para entender mensajes orales, para iniciar, mantener y concluir conversaciones, y para leer, entender y producir textos adecuados a las necesidades de la persona. Asimismo, las personas deben ser capaces de utilizar correctamente las herramientas de ayuda y de aprender otras lenguas también informalmente en el contexto del aprendizaje permanente.

    Una actitud positiva entraña la apreciación de la diversidad cultural y el interés y la curiosidad por las lenguas y la comunicación intercultural.

    3.   Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología

    Definición:

    A.

    La competencia matemática es la habilidad para desarrollar y aplicar el razonamiento matemático con el fin de resolver diversos problemas en situaciones cotidianas. Basándose en un buen dominio del cálculo, el énfasis se sitúa en el proceso y la actividad, aunque también en los conocimientos. La competencia matemática entraña —en distintos grados— la capacidad y la voluntad de utilizar modos matemáticos de pensamiento (pensamiento lógico y espacial) y representación (fórmulas, modelos, construcciones, gráficos y diagramas).

    B.

    La competencia en materia científica alude a la capacidad y la voluntad de utilizar el conjunto de los conocimientos y la metodología empleados para explicar la naturaleza, con el fin de plantear preguntas y extraer conclusiones basadas en pruebas. Por competencia en materia de tecnología se entiende la aplicación de dichos conocimientos y metodología en respuesta a lo que se percibe como deseos o necesidades humanos. Las competencias científica y tecnológica entrañan la comprensión de los cambios causados por la actividad humana y la responsabilidad de cada individuo como ciudadano.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    A.

    Las capacidades necesarias en el ámbito de las matemáticas incluyen un buen conocimiento de los números, las medidas y las estructuras, así como de las operaciones básicas y las representaciones matemáticas básicas, y la comprensión de los términos y conceptos matemáticos y un conocimiento de las preguntas a las que las matemáticas pueden dar respuesta.

    Las personas deberían contar con las capacidades necesarias para aplicar los principios y los procesos matemáticos básicos en situaciones cotidianas de la vida privada y profesional, así como para seguir y evaluar cadenas argumentales. Las personas deberían ser capaces de razonar matemáticamente, comprender una demostración matemática y comunicarse en el lenguaje matemático, así como de utilizar las herramientas de ayuda adecuadas.

    Una actitud positiva en matemáticas se basa en el respeto de la verdad y en la voluntad de encontrar argumentos y evaluar su validez.

    B.

    Por lo que respecta a la ciencia y la tecnología, los conocimientos esenciales comprenden el conocimiento de los principios básicos de la naturaleza, de los conceptos, principios y métodos científicos fundamentales y de los productos y procesos tecnológicos, así como una comprensión de la incidencia que tienen la ciencia y la tecnología en la naturaleza. Ulteriormente, estas competencias deberán permitir a cada persona comprender mejor los avances, las limitaciones y los riesgos de las teorías científicas, las aplicaciones y la tecnología en las sociedades en general (en cuanto a la toma de decisiones, los valores, las cuestiones morales, la cultura, etc.).

    Las capacidades en este ámbito se refieren a la habilidad para utilizar y manipular herramientas y máquinas tecnológicas, así como datos científicos con el fin de alcanzar un objetivo o llegar a una decisión o conclusión basada en pruebas. Asimismo, las personas deben ser capaces de reconocer los rasgos esenciales de la investigación científica y poder comunicar las conclusiones y el razonamiento que les condujo a ellas.

    Esta competencia precisa una actitud de juicio y curiosidad críticos, un interés por las cuestiones éticas y el respeto por la seguridad y la sostenibilidad, en particular por lo que se refiere al progreso científico y tecnológico en relación con uno mismo, con la familia, con la comunidad y con los problemas globales.

    4.   Competencia digital

    Definición:

    La competencia digital entraña el uso seguro y crítico de las tecnologías de la sociedad de la información (TSI) para el trabajo, el ocio y la comunicación. Se sustenta en las competencias básicas en materia de TIC: el uso de ordenadores para obtener, evaluar, almacenar, producir, presentar e intercambiar información, y comunicarse y participar en redes de colaboración a través de Internet.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    La competencia digital exige una buena comprensión y amplios conocimientos sobre la naturaleza, la función y las oportunidades de las TSI en situaciones cotidianas de la vida privada, social y profesional. Esto conlleva el conocimiento de las principales aplicaciones informáticas, como los sistemas de tratamiento de textos, hojas de cálculo, bases de datos, almacenamiento y gestión de la información, y la comprensión de las oportunidades y los riesgos potenciales que ofrecen Internet y la comunicación por medios electrónicos (correo electrónico o herramientas de red) para la vida profesional, el ocio, la puesta en común de información y las redes de colaboración, el aprendizaje y la investigación. Asimismo, las personas deben comprender las posibilidades que las TSI ofrecen como herramienta de apoyo a la creatividad y la innovación, y estar al corriente de las cuestiones relacionadas con la validez y la fiabilidad de la información disponible y de los principios legales y éticos por los que debe regirse el uso interactivo de las TSI.

    Las capacidades necesarias incluyen: la capacidad de buscar, obtener y tratar información, así como de utilizarla de manera crítica y sistemática, evaluando su pertinencia y diferenciando entre información real y virtual, pero reconociendo al mismo tiempo los vínculos. Las personas deben ser capaces de utilizar herramientas para producir, presentar y comprender información compleja y tener la habilidad necesaria para acceder a servicios basados en Internet, buscarlos y utilizarlos, pero también deben saber cómo utilizar las TSI en apoyo del pensamiento crítico, la creatividad y la innovación.

    La utilización de las TSI requiere una actitud crítica y reflexiva con respecto a la información disponible y un uso responsable de los medios interactivos; esta competencia se sustenta también en el interés por participar en comunidades y redes con fines culturales, sociales o profesionales.

    5.   Aprender a aprender

    Definición:

    «Aprender a aprender» es la habilidad para iniciar el aprendizaje y persistir en él, para organizar su propio aprendizaje y gestionar el tiempo y la información eficazmente, ya sea individualmente o en grupos. Esta competencia conlleva ser consciente del propio proceso de aprendizaje y de las necesidades de aprendizaje de cada uno, determinar las oportunidades disponibles y ser capaz de superar los obstáculos con el fin de culminar el aprendizaje con éxito. Dicha competencia significa adquirir, procesar y asimilar nuevos conocimientos y capacidades, así como buscar orientaciones y hacer uso de ellas. El hecho de «aprender a aprender» hace que los alumnos se apoyen en experiencias vitales y de aprendizaje anteriores con el fin de utilizar y aplicar los nuevos conocimientos y capacidades en muy diversos contextos, como los de la vida privada y profesional y la educación y formación. La motivación y la confianza son cruciales para la adquisición de esta competencia.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    Cuando el aprendizaje se dirige a la consecución de un empleo determinado o de objetivos profesionales, la persona debe tener conocimiento de las competencias, los conocimientos, las capacidades y las cualificaciones exigidos. En todos los casos, «aprender a aprender» exige que la persona conozca y sepa qué estrategias de aprendizaje son sus preferidas, los puntos fuertes y débiles de sus capacidades y cualificaciones, y que sea capaz de buscar las oportunidades de educación y formación y los servicios de apoyo y orientación a los que puede acceder.

    Para empezar, «aprender a aprender» exige la adquisición de las capacidades básicas fundamentales necesarias para el aprendizaje complementario, como la lectura, la escritura, el cálculo y las TIC. A partir de esta base, la persona debe ser capaz de acceder a nuevos conocimientos y capacidades y de adquirirlos, procesarlos y asimilarlos. Esto exige que la persona gestione eficazmente su aprendizaje, su carrera y su actividad profesional y, en particular, que sea capaz de perseverar en el aprendizaje, de concentrarse en períodos de tiempo prolongados y de reflexionar críticamente sobre los fines y el objeto del aprendizaje. De las personas se espera que sean autónomas y autodisciplinadas en el aprendizaje, pero también que sean capaces de trabajar en equipo, de sacar partido de su participación en un grupo heterogéneo y de compartir lo que hayan aprendido. Las personas deben ser capaces de organizar su propio aprendizaje, de evaluar su propio trabajo y, llegado el caso, de procurarse asesoramiento, información y apoyo.

    Toda actitud positiva debe basarse en la motivación y la confianza para iniciar y culminar con éxito el aprendizaje a lo largo de la vida. La capacidad de las personas de aprender, de superar los obstáculos y de cambiar se sustenta en una actitud positiva orientada a la resolución de problemas. El deseo de aplicar lo aprendido y lo vivido anteriormente, y la curiosidad que impulsa a buscar oportunidades de aprender y aplicar lo aprendido a diversos contextos vitales, son elementos esenciales de una actitud positiva.

    6.   Competencias sociales y cívicas

    Definición:

    Estas competencias incluyen las personales, interpersonales e interculturales y recogen todas las formas de comportamiento que preparan a las personas para participar de una manera eficaz y constructiva en la vida social y profesional, especialmente en sociedades cada vez más diversificadas, y, en su caso, para resolver conflictos. La competencia cívica prepara a las personas para participar plenamente en la vida cívica gracias al conocimiento de conceptos y estructuras sociales y políticas, y al compromiso de participación activa y democrática.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    A.

    La competencia social relacionada con el bienestar personal y colectivo exige entender el modo en que las personas pueden procurarse un estado de salud física y mental óptimo, tanto para ellas mismas como para sus familias y para su entorno social próximo, y saber cómo un estilo de vida saludable puede contribuir a ello. Para poder participar plenamente en los ámbitos social e interpersonal, es fundamental comprender los códigos de conducta y los usos generalmente aceptados en las distintas sociedades y entornos (por ejemplo, en el trabajo). La misma importancia tiene conocer los conceptos básicos relativos al individuo, al grupo, a la organización del trabajo, la igualdad y la no discriminación entre hombres y mujeres, la sociedad y la cultura. Asimismo, es esencial comprender las dimensiones multicultural y socioeconómica de las sociedades europeas y percibir cómo la identidad cultural nacional interactúa con la europea.

    Los elementos fundamentales de esta competencia incluyen la capacidad de comunicarse de una manera constructiva en distintos entornos, mostrar tolerancia, expresar y comprender puntos de vista diferentes, negociar sabiendo inspirar confianza, y sentir empatía. Las personas deben ser capaces de gestionar el estrés y la frustración y de expresarlos de una manera constructiva, y también de distinguir la esfera profesional de la privada.

    Esta competencia se basa en una actitud de colaboración, en la seguridad en uno mismo y en la integridad. Las personas deben interesarse por el desarrollo socioeconómico, la comunicación intercultural, la diversidad de valores y el respeto a los demás, así como estar dispuestas a superar los prejuicios y a comprometerse.

    B.

    La competencia cívica se basa en el conocimiento de los conceptos de democracia, justicia, igualdad, ciudadanía y derechos civiles, así como de su formulación en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en declaraciones internacionales, y de su aplicación por parte de diversas instituciones a escala local, regional, nacional, europea e internacional. Ello incluye el conocimiento de los acontecimientos contemporáneos, así como de los acontecimientos más destacados y de las principales tendencias en la historia nacional, europea y mundial. También debería desarrollarse la conciencia de los objetivos, valores y políticas de los movimientos sociales y políticos. El conocimiento de la integración europea y de las estructuras de la UE y sus principales objetivos y valores es asimismo esencial, así como la conciencia de la diversidad e identidades culturales de Europa.

    Las capacidades de competencia cívica están relacionadas con la habilidad para interactuar eficazmente en el ámbito público y para manifestar solidaridad e interés por resolver los problemas que afecten a la comunidad, ya sea local o más amplia. Conlleva la reflexión crítica y creativa, y la participación constructiva en las actividades de la comunidad o del vecindario, así como la toma de decisiones a todos los niveles, local, nacional o europeo, en particular mediante el ejercicio del voto.

    El pleno respeto de los derechos humanos, incluida la igualdad como base de la democracia, y la apreciación y la comprensión de las diferencias existentes entre los sistemas de valores de las distintas religiones o grupos étnicos sientan las bases de una actitud positiva. Esta actitud implica manifestar el sentido de pertenencia a la propia localidad, al propio país, a la UE y a Europa en general y al mundo, y la voluntad de participar en la toma de decisiones democrática a todos los niveles. También incluye manifestar el sentido de la responsabilidad y mostrar comprensión y respeto de los valores compartidos que son necesarios para garantizar la cohesión de la comunidad, por ejemplo el respeto de los principios democráticos. La participación constructiva incluye también las actividades cívicas y el apoyo a la diversidad y la cohesión sociales y al desarrollo sostenible, así como la voluntad de respetar los valores y la intimidad de los demás.

    7.   Sentido de la iniciativa y espíritu de empresa

    Definición:

    Por sentido de la iniciativa y espíritu de empresa se entiende la habilidad de la persona para transformar las ideas en actos. Está relacionado con la creatividad, la innovación y la asunción de riesgos, así como con la habilidad para planificar y gestionar proyectos con el fin de alcanzar objetivos. En esta competencia se apoyan todas las personas, no sólo en la vida cotidiana, en casa y en la sociedad, sino también en el lugar de trabajo, al ser conscientes del contexto en el que se desarrolla su trabajo y ser capaces de aprovechar las oportunidades, y es el cimiento de otras capacidades y conocimientos más específicos que precisan las personas que establecen o contribuyen a una actividad social o comercial. Ello debe incluir una concienciación sobre los valores éticos y promover la buena gobernanza.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    Entre los conocimientos necesarios se incluye la capacidad de reconocer las oportunidades existentes para las actividades personales, profesionales y comerciales, incluidos aspectos de mayor amplitud que proporcionan el contexto en el que las personas viven y trabajan, tales como la comprensión en líneas generales del funcionamiento de la economía, y las oportunidades y los desafíos que afronta todo empresario u organización. Las personas deben ser conscientes también de la postura ética de las empresas y de cómo éstas pueden ser un impulso positivo, por ejemplo, mediante el comercio justo y las empresas sociales.

    Las competencias están relacionadas con una gestión proactiva de los proyectos (entrañan capacidades como la planificación, la organización, la gestión, el liderazgo y la delegación, el análisis, la comunicación, la celebración de sesiones informativas, la evaluación y el registro), así como con una representación y negociación efectivas y con la habilidad para trabajar tanto individualmente como de manera colaborativa dentro de un equipo. Es esencial la capacidad de determinar los puntos fuertes y débiles de uno mismo y de evaluar y asumir riesgos cuando esté justificado.

    La actitud empresarial se caracteriza por la iniciativa, la proactividad, la independencia y la innovación tanto en la vida privada y social como en la profesional. También está relacionada con la motivación y la determinación a la hora de cumplir los objetivos, ya sean objetivos personales o metas fijadas en común con otros, incluido en el ámbito laboral.

    8.   Conciencia y expresión culturales

    Definición:

    Apreciación de la importancia de la expresión creativa de ideas, experiencias y emociones a través de distintos medios, incluida la música, las artes escénicas, la literatura y las artes plásticas.

    Conocimientos, capacidades y actitudes esenciales relacionados con esta competencia:

    La expresión cultural precisa una conciencia de la herencia cultural a escala local, nacional y europea y de su lugar en el mundo. Abarca conocimientos básicos de las principales obras culturales, incluida la cultura popular contemporánea. Es esencial comprender la diversidad cultural y lingüística en Europa y otras regiones del mundo, la necesidad de preservarla y la importancia de los factores estéticos en la vida cotidiana.

    Las capacidades están relacionadas con la apreciación y la expresión: la apreciación y el disfrute de las obras de arte y de las artes escénicas, así como la expresión de uno mismo a través de distintos medios gracias a las capacidades individuales innatas. También se precisa la habilidad para comparar las opiniones creativas y expresivas de uno mismo con las de otros y para determinar y realizar las oportunidades sociales y económicas de una actividad cultural. La expresión cultural es fundamental para el desarrollo de las aptitudes creativas, que pueden trasladarse a una variedad de contextos profesionales.

    La base del respeto y de una actitud abierta a la diversidad de la expresión cultural es una buena compresión de la cultura propia y un sentimiento de identidad. Una actitud positiva se basa también en la creatividad y en la voluntad de cultivar las capacidades estéticas mediante la expresión artística y la participación en la vida cultural.


    (1)  En el contexto de las sociedades multiculturales y multilingües de Europa, se admite el hecho de que la lengua materna puede no tratarse en todos los casos de una lengua oficial del Estado miembro en cuestión y que la capacidad de comunicarse en una lengua oficial es una condición necesaria para garantizar la plena participación de las personas en la sociedad. En algunos Estados miembros, la lengua materna puede ser una de las lenguas oficiales. Cada Estado miembro debe decidir, en función de sus necesidades y circunstancias específicas, a qué medidas recurrir para abordar estos casos y aplicar la definición de modo consecuente.

    (2)  Es importante reconocer que muchos europeos viven en familias y comunidades bilingües o multilingües, y que la lengua oficial del país en que viven puede que no sea su lengua materna. Para estos grupos, dicha competencia puede referirse a una lengua oficial, y no a una lengua extranjera. Sus necesidades, motivaciones y razones socioeconómicas para desarrollar esta competencia en apoyo de su integración diferirán, por ejemplo, de las que tienen los grupos que aprenden una lengua extranjera para trabajar o viajar. Cada Estado miembro debe decidir, en función de sus necesidades y circunstancias específicas, a qué medidas recurrir para abordar estos casos y aplicar la definición de modo consecuente.

    P6_TA(2006)0366

    Estrategia temática sobre la contaminación atmosférica

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia temática sobre la contaminación atmosférica (2006/2060(INI))

    El Parlamento Europeo,

    Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo referente a la estrategia temática sobre la contaminación atmosférica (COM(2005) 0446),

    Visto el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente (Sexto PMA) (1),

    Vista la Estrategia de Lisboa (Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002),

    Vista la Comunicación de la Comisión sobre el programa Aire puro para Europa: hacia una estrategia temática en pro de la calidad del aire (COM(2001) 0245),

    Vista la evaluación del impacto (EI) relativa a la estrategia temática sobre contaminación atmosférica y de la Directiva sobre calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa (SEC(2005) 1133),

    Visto el informe sobre los aspectos sanitarios de la contaminación atmosférica — resultados del proyecto de la OMS «Inventario sistemático de los aspectos de la contaminación atmosférica relacionados con la salud en Europa» (2),

    Vista la información del Instituto para una Política Europea del Medio Ambiente (IPEMA) (3),

    Vista la propuesta de la Comisión referente a una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa (COM(2005) 0447),

    Visto el amplio conjunto de actos legislativos de la UE existentes para controlar la calidad del aire y las emisiones atmosféricas, en el que se incluyen: la Directiva marco sobre la calidad del aire (4) y sus Directivas derivadas, la Directiva sobre los techos nacionales de emisión (5), la Directiva sobre las grandes instalaciones de combustión (6), las Directivas para el control de las emisiones de los vehículos y la calidad de los combustibles, la Directiva relativa a las emisiones de solventes (7) y la Directiva relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (PCIC) (8),

    Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Medio Ambiente del 9 de marzo de 2006,

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0235/2006),

    A.

    Considerando que la contaminación atmosférica constituye una causa importante de fallecimientos y enfermedades en Europa y reduce la esperanza de vida de cada individuo en promedio en más de ocho meses; que los niños, las personas de edad avanzada, las personas que sufren de enfermedades respiratorias y cardiovasculares y las que viven en zonas muy expuestas, como las zonas urbanas (ciudades) y a proximidad de grandes carreteras, ven especialmente amenazada su salud,

    B.

    Considerando que el objetivo general de la estrategia temática sobre la contaminación atmosférica es elaborar una política estratégica integrada a largo plazo para combatir la contaminación atmosférica con vistas a lograr los objetivos del Sexto PMA relativos a la protección de la salud humana y del medio ambiente,

    C.

    Considerando que en los últimos decenios ya se han alcanzado progresos considerables en la reducción de los contaminantes atmosféricos más peligrosos para la salud,

    D.

    Considerando que las partículas PM2,5 y el ozono troposférico son los contaminantes que más problemas de salud causan,

    E.

    Considerando que el 55 % de los ecosistemas europeos están afectados por la contaminación atmosférica,

    F.

    Considerando que la contaminación atmosférica se produce en todos los Estados miembros y constituye un problema transfronterizo, dado que las partículas y otros contaminantes se desplazan por varios centenares de kilómetros, lo que hace que sea necesaria una solución a escala europea y el reforzamiento de las medidas transfronterizas; considerando ello no exime de sus propias responsabilidades a determinados Estados, que deben ajustarse a los valores límite para la calidad del aire,

    G.

    Considerando que la contaminación atmosférica sólo puede combatirse eficazmente a través de un paquete de medidas coordinadas entre sí que englobe medidas a escala europea, nacional y municipal y que se centre principalmente en la lucha contra la emisión de contaminantes en la fuente,

    H.

    Considerando que el artículo 7 del Sexto PMA dispone que uno de sus objetivos es «alcanzar niveles de calidad del aire que no den lugar a riesgos o efectos negativos significativos en la salud humana y el medio ambiente»,

    I.

    Considerando que entre las medidas clave enumeradas en el artículo 7 del Sexto PMA figura el desarrollo de una estrategia temática sobre la contaminación atmosférica, y el estudio y la actualización de las normas sobre calidad del aire y de los límites nacionales de emisión, con objeto de lograr el objetivo a largo plazo de no superar las cargas y los niveles críticos; considerando que la contaminación atmosférica es un problema complejo que sólo puede resolverse con una forma de proceder sistemática que tenga en cuenta las interacciones,

    J.

    Considerando que la aplicación efectiva de la legislación existente resulta clave para la consecución de mejoras en la calidad del aire en 2020 y considerando que varios actos legislativos existentes están aún en curso de aplicación,

    K.

    Considerando que los objetivos perseguidos para la calidad del aire sólo pueden conseguirse si se aplica consecuentemente en todos los Estados miembros la legislación existente y si las nuevas propuestas legislativas se centran en la limitación de las emisiones por parte de los causantes de las mismas,

    L.

    Considerando que la Comisión presenta en su evaluación del impacto (EI) tres opciones (A, B y C) que reflejan varios niveles de ambición, así como una opción destinada a lograr la máxima reducción técnicamente factible,

    M.

    Considerando que la EI demuestra que la mayoría de los ciudadanos europeos está a favor de una política europea de mejora de la calidad del aire correspondiente a un nivel de ambición análogo al de la opción C, pero que la Comisión opta en su estrategia por un nivel de ambición inferior, que se puede calificar como A+,

    N.

    Considerando que los costes de la reducción de los niveles de contaminación atmosférica, cualquiera que sea la opción elegida, son inferiores a los beneficios financieros; que ninguna de las opciones socava la capacidad competitiva global de la UE y que una opción ambiciosa desemboca en la creación de puestos de trabajo,

    O.

    Considerando que la EI elaborada por la Comisión es completa y tiene en cuenta tanto la estrategia «Legislar Mejor» como la estrategia de desarrollo sostenible; señalando, sin embargo, que hay una seria carencia en cuanto a un planteamiento sistemático en la estrategia y en la correspondiente Directiva sobre la calidad del aire propuestas, puesto que, por ejemplo, no se anticipa ninguna nueva reducción de las emisiones de CO2, lo que sin ninguna duda lleva a una sobrestimación de los costes y a una subestimación de los beneficios para la estrategia sobre la contaminación atmosférica, ya que unas reducciones continuadas de las emisiones después de 2012 contribuirán, entre otros muchos efectos, a una mejora de la calidad del aire,

    P.

    Considerando que, según la EI, la opción óptima —con unos costes marginales iguales a las ventajas marginales— se sitúa entre las opciones B y C, independientemente de que no estén incluidos en las cifras de los costes la monetarización de los daños a los ecosistemas y los productos de la cosecha, así como varios efectos adversos sobre la salud,

    Q.

    Considerando que el grupo de trabajo Aire puro para Europa (CAFE) sobre las partículas observa que surgen riesgos para la salud relacionados con las PM2,5 en concentraciones inferiores a 10 μg/m3 y que el valor límite no debería rebasar los 20 μg/m3,

    R.

    Considerando, tal como destaca el IPEMA, que el valor de PM2,5 de 25 μg/m3 propuesto por la Comisión no impone criterios más rigurosos a los Estados miembros en cuanto a las PM sino que, en cambio, flexibiliza las obligaciones, dado que se autorizan derogaciones,

    S.

    Considerando que la mejora de la calidad del aire redunda en beneficio del conjunto de la sociedad, mientras que los costes son generados por sectores específicos; que, por esa razón, conviene encontrar soluciones que permitan asumir dichos costes cuando la aplicación del principio de quien contamina paga da lugar a unos costes inaceptables para un sector determinado,

    T.

    Considerando que todos los sectores deben prestar su contribución a la mejora de la calidad del aire, debiéndose centrar la atención en los sectores que hasta ahora sólo han contribuido de forma insuficiente a la protección de la calidad del aire,

    U.

    Considerando que las disposiciones del mercado interior estimulan la realización de objetivos medioambientales y el establecimiento de valores límite de protección del medio ambiente en la UE en la medida en que los objetivos se persiguen de manera igual en los diversos Estados miembros,

    V.

    Considerando que muchos Estados miembros no respetan los valores límite derivados de la normativa actual en materia de calidad del aire y que la mayor parte de los problemas se sitúan en los Países Bajos, Bélgica, Alemania, Italia septentrional, Polonia y en las grandes aglomeraciones; que las medidas adoptadas hasta la fecha en relación con las fuentes de contaminación son insuficientes para alcanzar los valores límite,

    W.

    Considerando que el incumplimiento de los valores límite no debe siempre atribuirse a la falta de medidas adoptadas por el Estado miembro, sino que a veces también está causado por la ausencia de medidas comunitarias suficientes,

    X.

    Considerando que se requiere una estrategia que prevea objetivos ambiciosos concretados en una ambiciosa legislación en materia de calidad del aire, así como medidas centradas en las fuentes de contaminación, a fin de permitir a los Estados miembros cumplir los requisitos de calidad del aire, dando más tiempo a aquellos que hayan tomado todas las medidas apropiadas, pero que sigan teniendo dificultades para no rebasar los valores límite,

    Y.

    Considerando que, para asegurar el logro de los objetivos en materia de salud y medio ambiente, la Directiva sobre los techos nacionales de emisión debe ser complementada por una mezcla de medidas de reducción de las emisiones a nivel local, nacional, comunitario e internacional,

    Definir el nivel de ambición apropiado para luchar contra la contaminación atmosférica

    1.

    Acoge positivamente la estrategia temática de la Comisión sobre la contaminación atmosférica, que destaca que la contaminación atmosférica constituye un grave problema desde el punto de vista de la salud y el medio ambiente;

    2.

    Toma nota con preocupación de que la estrategia temática sobre la contaminación atmosférica no muestra cómo pueden lograrse los objetivos del Sexto PMA; pide, por lo tanto, a la Comisión que aspire a un nivel de ambición significativamente más elevado en cuanto a la reducción de la contaminación atmosférica para 2020 para lograr esos objetivos;

    3.

    Es consciente de que el nivel perseguido para el NH3 en el apartado 2 de la estrategia, a saber A+, es relativamente ambicioso para el sector de la agricultura, pero pide a la Comisión que tenga plenamente en cuenta los problemas de acidificación causados por el NH3 en la revisión de la PAC y, por consiguiente, que persiga el nivel C;

    4.

    Lamenta que la estrategia no incluya ninguna obligación legal de reducir las emisiones de partículas, como recomienda la Agencia Europea de Medio Ambiente, sino que se limite simplemente a establecer objetivos indicativos;

    5.

    Pide la elaboración de una estrategia que prevea unos objetivos de reducción más ambiciosos, correspondientes a la opción C, en cuanto a los COV (compuestos orgánicos volátiles), las PM2,5 y el NOX, dado que ello conllevaría más ventajas en materia de salud y empleo sin impedir un enfoque equilibrado entre los costes y los beneficios; pide unas reducciones correspondientes a las que se exponen en el cuadro siguiente:

     

    2020 Normativa actual

    2020 ETCA (9)

    2020 objetivos del PE y opciones correspondientes

    SO2

    68 %

    82 %

    82 % (B)

    NOX

    49 %

    60 %

    65 % (C)

    COV

    45 %

    51 %

    55 % (C)

    NH3

    4%

    27%

    27% (A+)

    PM2,5

    45 %

    59 %

    61 % (C)

    Total de los costes

    (anuales)

     

    7 100 millones

    de euros extra

    +/- 11 000 millones

    de euros extra

    6.

    Pide a la Comisión que actualice los datos de entrada utilizados en el modelo integrado de evaluación para tomar en consideración las medidas estructurales, tener plenamente en cuenta el potencial de reducción de las emisiones del transporte internacional, incluir toda la legislación pertinente en la llamada hipótesis de base y utilizar una hipótesis energética que coincida con la ambiciosa política climática de la UE antes de utilizar el modelo para preparar la revisión de la Directiva sobre los techos nacionales de emisión; considera que la actualización de los datos de entrada utilizados para el análisis con arreglo a esas líneas, así como la inclusión de medidas estructurales no técnicas adicionales para reducir las emisiones, harían disminuir sustancialmente el coste estimado para lograr los objetivos provisionales establecidos y darían lugar a un potencial de reducción de las emisiones significativamente más elevado;

    7.

    Es partidario de la introducción de un valor límite anual de PM10 de 33 μg/m3 en 2010 y respalda la propuesta de la Comisión de introducir un tope de concentración para las PM2,5, dado que la parte de PM2,5 en las PM10 es la más nociva para la salud; pide que en 2010 se introduzca un objetivo de 20 μg/m3 para las PM2,5 y que este valor se convierta en tope para 2015, y que, de conformidad con la recomendación de la OMS, se establezca un objetivo a largo plazo de 10 μg/m3 para las PM2,5; comparte el punto de vista de que ha de ser posible conceder un plazo más largo para que puedan respetar dicho tope y los valores límite a los Estados miembros capaces de demostrar que han adoptado todas las medidas viables;

    8.

    Aboga por una mayor unidad en los métodos de medida y cálculo para las concentración de partículas finas aplicados por distintos Estados miembros; considera que, entre otras cosas, deben aplicarse adecuadamente los factores de corrección;

    9.

    Expresa su convencimiento de que las reducciones propuestas de la contaminación pueden solamente lograrse si la UE refuerza su legislación en materia de emisiones y pide la adopción de valores límite ambiciosos que sean vinculantes en mayor medida;

    10.

    Apoya la propuesta de la Comisión de introducir un objetivo uniforme de reducción del 20 % para la exposición a las PM2,5 en 2020 frente al índice de exposición media de 2010; pide, no obstante, una reducción diferenciada de los objetivos que tenga en cuenta los diferentes niveles iniciales de exposición de los Estados miembros y las medidas adoptadas previamente, con particular referencia al mayor potencial de reducción de los Estados miembros en los que el nivel inicial sea elevado;

    11.

    Pide que se introduzca un sistema de alerta en caso de niveles elevados de smog y que se incite a la población a que no haga uso de chimeneas abiertas y a que reduzcan el uso del automóvil en tales períodos;

    12.

    Expresa su convencimiento de que las reducciones propuestas solamente podrán lograrse si la UE refuerza su legislación en materia de emisión; hace hincapié en que la contaminación atmosférica solamente puede atajarse si se vinculan unos valores límite ambiciosos a una política de emisiones ambiciosa;

    Medidas sectoriales

    13.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten a la mayor celeridad las medidas necesarias para reducir las emisiones en los diferentes sectores que contribuyen a la contaminación atmosférica, debiéndose conceder la prioridad sobre todo a los sectores que hasta ahora no han sido regulados y en los que pueden alcanzarse nuevas reducciones de las emisiones con escasos costes;

    14.

    Pide a la Comisión que presente lo más rápidamente posible una propuesta con vistas a revisar la Directiva sobre los techos nacionales de emisión y a incluir en ella los objetivos de nivel defendidos por el Parlamento;

    15.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen urgentemente medidas que permitan reducir las emisiones del sector del transporte marítimo y pide a la Comisión que presente propuestas

    para establecer normas para las emisiones de NOX para los buques que utilizan puertos de la UE;

    para designar el Mar Mediterráneo y el Atlántico Nororiental como Zonas de Control de Emisiones de Azufre (SECA) con arreglo al Convenio Marpol;

    para reducir el contenido máximo permitido de azufre en los combustibles marinos utilizados en las SECA y por los buques de pasajeros de un 1,5 % a un 0,5 %;

    para introducir instrumentos financieros tales como los impuestos o los gravámenes sobre las emisiones de SO2 y NOX de los buques;

    para fomentar la introducción de tasas portuarias y de utilización de las vías de navegación diferenciadas que favorezcan a los buques con bajas emisiones de SO2 y NOX;

    para fomentar el uso de la electricidad de origen terrestre por los buques cuando se encuentren en los puertos;

    para una directiva de UE sobre la calidad de los combustibles marinos;

    pide además a la Comisión que proponga una acción coordinada para crear unas condiciones equitativas de competencia y que insista en la adopción de medidas en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI); expresa su convicción de que es necesario mejorar el equilibrio entre el coste de la reducción de las emisiones de los buques y de las emisiones de fuentes terrestres;

    16.

    Constata que, mientras que la agricultura representa una de las principales fuentes de contaminación atmosférica en relación con el amoníaco, este sector se ve sometido a pocas obligaciones de reducción de las emisiones; se felicita de la introducción del principio de «condicionalidad» de las ayudas agrícolas tras la última reforma de la PAC, lo que debería permitir una reducción notable de la emisión de sustancias dañinas para el medio ambiente; pide a los Estados miembros que luchen contra la contaminación atmosférica derivada de la ganadería —en particular de la ganadería intensiva—, del uso de abonos y de los equipos de calefacción de invernaderos y que recurran a las subvenciones agrícolas para abordar el problema del amoníaco; pide que se actualicen los objetivos de reducción del amoníaco en el contexto de la revisión de la PAC; pide a la Comisión que incluya la agricultura intensiva en la Directiva relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (PCIC) y solicita asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que potencien las medidas destinadas a fomentar el desarrollo de la agricultura ecológica y de la agricultura integrada en el contexto de la Política de Desarrollo Rural;

    17.

    Toma nota de la elevada contribución de las actividades agrícolas a las emisiones de amoníaco; está de acuerdo con la Comisión en la necesidad de reducir estas emisiones; pide a la Comisión que presente urgentemente propuestas específicas dirigidas a reducir las emisiones de amoníaco de la agricultura; pide a la Comisión que vincule las subvenciones de la PAC a rigurosos requisitos en materia de actuación para combatir las emisiones de amoníaco de la agricultura;

    18.

    Toma nota de que de manera general parecen sobrestimarse los costes de la reducción de las emisiones de NH3, por ejemplo, el proyecto de proyecciones relativo a la reforma de la PAC de la Agencia Europea de Medio Ambiente prevé menores cantidades de cabezas de ganado que las proyecciones de base del programa CAFE, que, si fueran más exactas, también significarían unos costes menores que los proyectados para lograr la reducción de las emisiones de amoníaco;

    19.

    Pide a la Comisión que evalúe los efectos cruzados de las Directivas medioambientales pertinentes, tales como la Directiva sobre los nitratos, la Directiva sobre la evaluación del impacto ambiental y la Directiva marco sobre el agua; señala especialmente, a ese respecto, el estímulo a la utilización de abonos minerales (que han sido identificados como una fuente principal de las emisiones de amoníaco en el sector agrícola) en vez de abonos animales, que se desprende de la Directiva sobre los nitratos;

    20.

    Pide a la Comisión que proponga a la mayor celeridad medidas destinadas a reducir las emisiones de fuentes industriales, incluida una revisión de la Directiva PCIC, a fin de recompensar de manera más eficaz la innovación y de incluir las instalaciones de combustión de pequeña escala de menos de 50 MWh;

    21.

    Pide a la Comisión que proponga a la mayor celeridad medidas destinadas a reducir las emisiones de fuentes domésticas, incluidas unas normas para los equipos de calefacción; pide a los Estados miembros que apliquen medidas y programas que permitan reducir las emisiones de fuentes domésticas, como las chimeneas abiertas;

    22.

    Pide con insistencia a la Comisión que proponga en 2006 las futuras normas Euro 6 para los turismos con una nueva reducción de la norma para los NOX para los turismos y furgonetas diesel a partir de 2011 y que indique igualmente la dirección de las Euro VII para los vehículos pesados; insta a la Comisión a introducir las normas Euro VI para los vehículos pesados a más tardar en 2012 con normas comparables a las vigentes en los Estados Unidos, lo que permitirá que los Estados miembros alcancen los objetivos de calidad del aire; pide a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias para suprimir progresivamente los vehículos antiguos contaminantes , excepción hecha de los vehículos de valor histórico, o, en su caso, que dispongan incentivos de modernización; pide a la Comisión, a los Estados miembros y al sector del transporte que desarrollen un debate fundamental sobre la movilidad sostenible en el siglo XXI;

    23.

    Pide a las autoridades nacionales, regionales y locales que revisen los sistemas de transporte local y busquen soluciones innovadoras para minimizar el empleo de los vehículos en el centro de las ciudades; está convencido de que las tasas por congestión generan beneficios económicos y ambientales y de que la zonificación medioambiental, diseñada para disuadir la entrada de los vehículos más contaminantes en el centro de las ciudades, constituye un incentivo importante para modernizar el parque de vehículos; destaca que las autoridades locales pueden fomentar enérgicamente la innovación adquiriendo vehículos limpios (EEV, Euro 6 y VI) para el parque de vehículos públicos y semipúblicos y adoptando medidas para apoyar a los agentes que utilizan modos de transporte más sostenibles;

    24.

    Señala la falta de correlación entre el desarrollo y el uso de fuentes de energía alternativas, por una parte, y la disminución de la contaminación atmosférica, por otra, así como el hecho de que no se preste atención a la necesidad de promover los medios de transporte colectivos y de explotar, siguiendo una programación estratégica, fuentes de energía alternativas;

    25.

    Pide a la Comisión que proponga medidas de lucha contra la contaminación atmosférica garantizando, conforme al apartado 3 del artículo 95 del Tratado CE, un nivel elevado de protección del medio ambiente; pide a la Comisión que autorice derogaciones a las disposiciones del mercado interior para los Estados miembros que deseen adoptar medidas que van más allá de las normas actuales de la UE; está convencido de que los Estados miembros que aplican normas más estrictas constituyen un fomento importante para la innovación;

    Legislar mejor

    26.

    Pide a la Comisión y al Consejo que alcancen un acuerdo interinstitucional con el Parlamento en el que las tres Instituciones se comprometan expresamente a perseguir los objetivos de calidad del aire establecidos en la presente Estrategia y a revisar con el correspondiente grado de ambición la Directiva sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos; señala que dicho acuerdo debe incorporar una lista detallada de las medidas que la UE deba adoptar para asegurar que los objetivos de limitación de emisiones de la Estrategia temática se alcancen en los plazos debidos, incluidos los objetivos establecidos en los apartados 13 a 24 anteriores; señala que dicha lista debe estar en consonancia, además, con otras políticas comunitarias, incluido el plan de acción de medio ambiente; expresa su convencimiento de que un acuerdo de ese tipo elevaría el grado de responsabilización y, por ende, contribuiría a legislar mejor;

    27.

    Pide a la Comisión que examine en 2012 los progresos hechos en cuanto al logro de los objetivos de la estrategia y que evalúe el potencial existente en diferentes sectores para unas nuevas reducciones rentables;

    *

    * *

    28.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


    (1)  DO L 242 de 10.9.2002, p. 1.

    (2)  http://www.euro.who.int/document/E83080.pdf.

    (3)  http://www.europarl.europa.eu/comparl/envi/pdf/externalexpertise/ieep_6leg/air_pollution.pdf.

    (4)  Directiva 96/62/CE (DO L 296 de 21.11.1996, p. 55).

    (5)  Directiva 2001/81/CE (DO L 309 de 27.11.2001, p. 22).

    (6)  Directiva 2001/80/CE (DO L 309 de 27.11.2001, p. 1).

    (7)  Directiva 1999/13/CE (DO L 85 de 29.3.1999, p. 1).

    (8)  Directiva 96/61/CE (DO L 257 de 10.10.1996, p. 26).

    (9)  Estrategia temática sobre la contaminación atmosférica.

    P6_TA(2006)0367

    Estrategia temática para el medio ambiente urbano

    Resolución del Parlamento Europeo sobre una estrategia temática para el medio ambiente urbano (2006/2061(INI))

    El Parlamento Europeo,

    Vistas sus Resoluciones de 13 de octubre de 2005 sobre la dimensión urbana en el contexto de la ampliación (1), y de 18 de enero de 2006 sobre los aspectos medioambientales del desarrollo sostenible (2),

    Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre una Estrategia temática para el medio ambiente urbano (COM(2005) 0718),

    Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Hacia una estrategia temática sobre el medio ambiente urbano» (COM(2004) 0060),

    Vista la Decisión no 1600/2002/CE del Parlamento y del Consejo Europeo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente (3) (6o PAM),

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Transportes y Turismo y de la Comisión de Desarrollo Regional (A6-0233/2006),

    A.

    Considerando que aproximadamente el 80 % de la población europea vive en ciudades, pero que sus necesidades e intereses no siempre están debidamente representados en los fondos, los proyectos, las iniciativas y las estrategias de la Unión Europea,

    B.

    Considerando que el objetivo de la estrategia temática para el medio ambiente urbano es contribuir a la actuación medioambiental general de las ciudades de Europa mediante la reducción de la burocracia y la mejora de la eficiencia de la ejecución de la política medioambiental, y mediante el fomento de la planificación medioambiental a largo plazo en el ámbito local,

    C.

    Considerando que, si bien es cierto que el índice de utilización del transporte público en los nuevos Estados miembros, aun hallándose en descenso, sigue siendo mayor que en los antiguos, se ha de examinar la adopción de medidas susceptibles de frenar el descenso en el uso de los medios de transporte públicos,

    D.

    Considerando que el sexto PAM promovió en particular la necesidad de corregir los crecientes volúmenes de tráfico y conseguir una importante desvinculación entre el crecimiento del transporte y el crecimiento del PIB,

    E.

    Considerando que debería abordarse a escala urbana la dependencia energética de la Unión Europea, ya que el mayor aumento del consumo de energía se produce en el sector del transporte y las políticas de otros sectores, como el de la vivienda y el tipo de fuente de energía utilizada en las calefacciones, se deciden principalmente a nivel local,

    1.

    Acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre una Estrategia temática para el medio ambiente urbano; considera, sin embargo, que no es suficiente para alcanzar los objetivos fijados en el Sexto PAM;

    2.

    Respalda, en particular, el hecho de que la Comunicación reconozca también la importante función de las ciudades como impulsoras de la actividad económica;

    3.

    Comparte el análisis de la Comisión de que los problemas medioambientales de las ciudades son sumamente complejos, por la interrelación existente entre sus causas; subraya la advertencia de la Comisión de que iniciativas de ámbito local que se adopten para resolver un problema pueden acarrear nuevos problemas en otras partes;

    4.

    Lamenta que, contrariamente a las intenciones del Sexto PAM, la Comisión no haya propuesto medidas ni plazos límite jurídicamente vinculantes para abordar los objetivos fijados en dicho PAM;

    5.

    Lamenta asimismo que la estrategia temática para el medio ambiente urbano no trate de mantener un equilibrio en la política europea entre las zonas urbanas y las rurales o entre las ciudades situadas en el centro y las que se encuentran en la periferia;

    6.

    Insta a la Comisión a que adopte directrices sobre la aplicación de la futura Directiva sobre la calidad del aire ambiente y un aire más limpio para Europa y a que vele por el cumplimiento pertinente de dicho acto legislativo;

    7.

    Subraya que la Comisión, en cooperación con las autoridades nacionales, debe alentar a cada aglomeración de más de 100 000 habitantes a elaborar un Plan de gestión urbana sostenible y un Plan de transporte urbano sostenible;

    8.

    Pide que el documento orientativo de la Comisión incorpore indicadores básicos comunes acordes con las obligaciones y los objetivos de la política medioambiental de la UE (p.ej. las directivas sobre la calidad del aire, el agua y los residuos urbanos, y las políticas relativas a la eficiencia energética y al clima), y que contemple evaluaciones y parámetros comparativos entre ciudades europeas;

    9.

    Considera que el Plan de gestión urbana sostenible debería tener en cuenta los siguientes documentos, entre otros:

    plan de gestión de residuos (Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos, tal y como ha sido modificada (4))

    mapas de ruido y planes de acción, si existieran (Directiva 2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (5))

    plan o programa local de contaminación atmosférica, si existiera (Directiva 96/62/CE sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente (6))

    planes y programas locales de medio ambiente, según la Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (7);

    10.

    Considera que los Planes de gestión urbana sostenible deberían establecerse del siguiente modo:

    a)

    recogida de datos y de información pertinente sobre:

    las zonas mencionadas en el apartado 9 de la presente resolución,

    relaciones de las zonas construidas con el territorio y el medio rural,

    perspectivas futuras en el crecimiento demográfico y demanda de nuevas áreas urbanizadas,

    flujos de comunicación, movilidad, integración urbana y accesibilidad de los servicios,

    emisiones a escala local de gases de efecto invernadero,

    estructura urbana y proporción de zonas verdes y zonas de ensanche,

    uso local de biocidas,

    problemas de salud relacionados con el medio ambiente,

    posibilidades de un entorno libre de obstáculos para las personas con discapacidad, las personas de edad y otras,

    valoración del patrimonio cultural, el medio construido y el medio natural, al igual que los lugares de interés ecológico y los riesgos a los que están sometidos,

    la valoración de las necesidades de agua para el consumo humano de las zonas urbanizadas y la previsión de medidas para la depuración y recuperación;

    b)

    fijación de objetivos relativos a:

    la mejora de la situación en las zonas mencionadas en la letra a),

    la integración y sostenibilidad en todos los ámbitos de la política urbana,

    la armonización con los planes de transporte urbano sostenible,

    c)

    adopción de medidas y acciones prácticas para alcanzar los objetivos indicados en el punto b);

    11.

    Subraya que los ciudadanos, las ONG, las organizaciones empresariales y otras partes interesadas deberían participar en la preparación de los planes de gestión urbana sostenible, los cuales deberían ponerse a disposición del público; considera esencial asimismo la evaluación periódica del progreso realizado y la difusión de los resultados de dichas evaluaciones;

    12.

    Exhorta a la Comisión a que, en el marco de la consulta de 2009, lleve a cabo una evaluación a mitad de período de la aplicación de las directrices técnicas y respalda las medidas de la Comisión para la creación de un portal temático de Internet para las autoridades locales;

    13.

    Insta a la Comisión a que proponga un objetivo de zonas verdes per cápita en los nuevos proyectos de desarrollo urbano y considera que tal objetivo debería incluirse en los planes de gestión urbana sostenible con el fin de evitar la reducción de zonas verdes en las zonas urbanas que no lo cumplen;

    Gestión urbana sostenible

    14.

    Insta a los Estados miembros a que, en sus marcos estratégicos de referencia y programas operativos nacionales, atiendan prioritariamente la financiación de proyectos que materialicen los planes de gestión urbana y transporte sostenibles, así como los planes que limiten los polígonos industriales nuevos y promuevan los antiguos y que promuevan la plantación de árboles en calles y la habilitación de más espacios verdes;

    15.

    Insta a los Estados miembros a que fomenten el uso del Plan de Auditoría y Gestión Medioambiental por parte de las administraciones locales;

    16.

    Pide a las autoridades urbanas que, en sus licitaciones públicas, hagan sistemáticamente referencia a los criterios de sostenibilidad y que incluyan compromisos a este respecto en los planes de gestión urbana sostenible;

    17.

    Apoya el fomento del compostaje de residuos vegetales en lugar de su incineración para evitar la contaminación de las zonas en que ésta se lleva a cabo;

    18.

    Considera también importante conseguir una mayor participación de los ciudadanos en la toma de decisiones locales sirviéndose de medios políticos y técnicos;

    19.

    Cree que debería prestarse más atención a la prevención y eliminación de la suciedad, la basura urbana, las pintadas, los excrementos animales y el ruido excesivo de los equipos de música instalados en los hogares y los vehículos;

    Transporte urbano sostenible

    20.

    Apoya la idea de los planes sostenibles de transporte urbano como instrumento para mejorar el medio ambiente urbano, pero hace hincapié en la necesidad de utilizar este instrumento de manera flexible, para que se tengan en cuenta suficientemente las necesidades específicas de cada Estado miembro y de sus zonas urbanas, así como de las regiones sometidas a factores específicos;

    21.

    Subraya que los planes sostenibles de transporte urbano deben incluir objetivos concretos y cuantificables que puedan presentarse y supervisarse mediante un marcador, lo que aumentaría la difusión de las buenas prácticas entre los Estados miembros; señala que los planes sostenibles de transporte urbano deben tener flexibilidad para adaptarse a la evolución en curso;

    22.

    Considera el uso de modos de transporte y tecnologías respetuosos con el medio ambiente un factor clave a la hora de lograr un medio ambiente urbano más limpio; señala a este respecto la conveniencia del uso de biocombustibles, tecnologías híbridas del automóvil, bicicletas, así como de camiones y autobuses que cumplan la norma comunitaria del vehículo ecológico mejorado (VEM) respetuosa con el medio ambiente (8); en este sentido va a analizar con gran interés la propuesta de la Comisión relativa a la introducción de vehículos limpios para el transporte público y propone incluir en las agencias locales de eficiencia energética un eje de acción específico sobre el transporte urbano;

    23.

    Apoya el desarrollo del transporte público que utiliza fuentes de energía sostenibles e insta a lograr un mejor equilibrio entre el transporte individual y el transporte colectivo en el ámbito urbano;

    24.

    Pone de relieve la necesidad de apoyar el incremento del uso de los transportes públicos y transportes colectivos en las áreas urbanas; asimismo considera necesaria la adaptación de los servicios del transporte urbano a las exigencias, tanto de ordenamiento espacial (cascos antiguos, extrarradios, enlaces con aeropuertos, estaciones, polígonos industriales, áreas comerciales, etc.), como a las necesidades de la población y a los cambios demográficos (personas mayores, con discapacidad, etc.);

    25.

    Pide a los Estados miembros que, en cooperación con las autoridades locales, se esfuercen por lograr que al menos un 5% del total de kilómetros-pasajero en el centro de las ciudades pase a medios de transporte sostenibles, como el transporte público y la bicicleta, en el período de 2002 a 2012;

    26.

    Subraya la necesidad de considerar como un factor social el principio del acceso a la movilidad para todos (incluidos los que no tienen acceso a un vehículo particular);

    27.

    Considera que la accesibilidad es primordial para el desarrollo sostenible y que se debe enfocar de manera integrada en las políticas urbanas; pide a las instituciones de la UE que promuevan el intercambio de buenas prácticas entre las autoridades locales y nacionales y pide a la Comisión que controle la aplicación de la legislación europea vigente en favor de la accesibilidad de las personas con discapacidad y, en particular, las normas que contemplan los requisitos técnicos para los contratos públicos en el ámbito comunitario, que establecen específicamente que el proyecto debe estar adaptado a todos los usuarios;

    28.

    Considera que los planes de transporte urbano sostenible deberían incluir los medios de que puedan valerse las administraciones locales para:

    promover el uso de modos de transporte no motorizados, como ir en bicicleta o caminar, mediante la construcción de una extensa red de carriles para bicicletas y la disponibilidad de pasos y cruces seguros para peatones,

    promover el uso del transporte público y el desarrollo de las infraestructuras correspondientes, y difundir la información sobre buenos ejemplos existentes, como la introducción de sistemas integrados de fijación de precios y de expedición de billetes y el desarrollo de sistemas de aparcamiento disuasorio,

    29.

    Recuerda a los Estados miembros que les incumbe velar por que en el diseño urbano se atiendan debidamente las necesidades de los ciudadanos más vulnerables, por ejemplo, mediante una reducción de la velocidad máxima y el cierre al tráfico de automóviles de determinadas zonas en cascos antiguos y zonas residenciales, a fin de reducir las muertes por accidente de tráfico en un 50 % antes de 2010, tal como se establece en el Libro Blanco sobre la política europea de transportes;

    30.

    Propone la creación de planes logísticos urbanos para reducir y mejorar el transporte de mercancías dentro de las ciudades, con particular hincapié en una buena coordinación de la distribución de bienes a nivel local dentro de las ciudades;

    31.

    Recuerda que la contaminación atmosférica es una de las principales causas de problemas de salud en la UE; subraya, por tanto, que las ciudades con alta contaminación atmosférica deberían considerar el establecimiento de zonas de bajas emisiones;

    32.

    Se pronuncia a favor de combatir las emisiones en su origen y de aplicar medidas innovadoras para resolver los problemas medioambientales de las ciudades; destaca que, según estudios realizados, el tráfico fluido de camiones provoca un 38 % menos de emisiones de partículas que en caso de retenciones, por lo que destaca la conveniencia de agilizar el flujo circulatorio con medidas innovadoras;

    33.

    Insta a una mayor coordinación entre las entidades locales con miras a una mayor coherencia de las actuaciones de los poderes públicos; considera que una deficiente coordinación entre las entidades locales conlleva mayores costes de suministro, un tráfico más intenso de vehículos y una mayor contaminación;

    Planificación urbana sostenible

    34.

    Señala que la Comisión ha identificado correctamente los problemas y la situación actual en este ámbito, sin embargo, no ha propuesto ninguna actuación para resolverla;

    35.

    Subraya la importancia del diseño de barrios y edificios para la prevención de la delincuencia, del mismo modo que ocurre también con otras zonas de acceso público, como los aparcamientos y los accesos y salidas de las estaciones de ferrocarril;

    36.

    Destaca también la dimensión social de una planificación urbana sostenible y recomienda fomentar en general la calidad de vida en los centros de las ciudades por medio de un enfoque global (especialmente social, cultural y medioambiental);

    37.

    Pide que, con el fin de mantener la identidad e imagen de cada entorno, en las nuevas urbanizaciones y expansión urbana se trate de respetar la topografía y la estructura natural del territorio;

    38.

    Propone que el planeamiento urbano contemple el incremento de las zonas verdes, y que,en los procesos de expansión y nuevas urbanizaciones, se dejen amplios espacios naturales sin edificar para facilitar la relación de los ciudadanos con la naturaleza;

    39.

    Solicita que, como medida cautelar para la conservación de los centros históricos o de los espacios naturales, ríos, lagos o humedales, se creen, en los entornos de estos lugares, anillos de protección con muy baja edificabilidad para evitar la presión inmobiliaria;

    40.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se promueva la investigación sobre la relación existente entre los diferentes modelos urbanos y el comportamiento social, así como las condiciones que favorecen la armonía social y la salud;

    41.

    Subraya que durante décadas se han dejado abandonados algunos cascos históricos de las ciudades a pesar de ser valiosos elementos de nuestro patrimonio común; recomienda la adopción de programas de fomento nacionales, regionales o locales para promover la adecuada rehabilitación de estas zonas, que incluyan la arquitectura, los espacios abiertos y plazas, así como las riberas de los ríos, los puentes y otras obras públicas;

    42.

    Sustenta la opinión de que para abordar el problema del cambio climático en las ciudades, como la falta de ventilación natural causante de períodos de altísimas temperaturas y gran contaminación atmosférica, deberían incluirse en la planificación urbana estudios del clima urbano encaminados a evitar el efecto de «túnel de viento» de los edificios altos; subraya que la pérdida de zonas verdes reduce la ventilación natural;

    43.

    Insta a los Estados miembros a que promuevan proyectos cofinanciados por la UE para el desarrollo y la modernización de los sistemas de calefacción centralizada, y a que apoyen su mayor construcción y uso; subraya, en este sentido, que con estos sistemas de calefacción centralizada resulta más fácil pasar a una fuente de energía distinta en caso de crisis energética;

    44.

    Subraya que deberían desarrollarse nuevos métodos de gestión del agua en las ciudades, para conservar en ellas el agua de lluvia durante más tiempo en los veranos calurosos y secos, prevenir inundaciones y evitar las viviendas y otro tipo de edificaciones en llanuras aluviales;

    45.

    Propone que se establezcan directrices comunitarias que regulen el fomento y uso de sistemas de gestión sostenible del abastecimiento del agua en las ciudades, a fin de mitigar los efectos del cambio climático, incluidos requisitos de utilización eficiente del agua en edificios nuevos, el almacenamiento del agua en las épocas de lluvia para su consumo durante los períodos secos y calurosos, el mantenimiento de masas de agua en períodos calurosos como sistema de refrigeración, así como unos sistemas sostenibles de evacuación del agua urbana destinados a prevenir la escorrentía y las inundaciones, permitir una reducción del sellado del suelo y aumentar la conservación del agua;

    46.

    Considera que en la aplicación de la estrategia temática deberían tenerse en cuenta, además de los aspectos tocantes a los volúmenes de agua, las cuestiones que atañen a su calidad; a este respecto insta a la Comisión a la difusión de buenas prácticas en este ámbito; considera conveniente a este respecto enlazar con redes ya constituidas en el marco de la aplicación de la Directiva marco sobre el agua;

    47.

    Destaca la importancia que corresponde al saneamiento de cañerías y alcantarillados caducos en las ciudades;

    Construcción urbana sostenible

    48.

    Lamenta que aunque la construcción urbana sostenible haya sido reconocida como una de las cuatro áreas principales de la Comunicación «Hacia una estrategia temática sobre el medio ambiente urbano», la estrategia propuesta no contenga ninguna actuación específica en este ámbito;

    49.

    Subraya la importancia de mejorar el comportamiento medioambiental de los edificios mediante un diseño de las viviendas eficiente desde el punto de vista energético (aislamiento, utilización de energía renovable, tejados verdes, diseño solar pasivo/activo, viviendas con bajo consumo de energía, etc.); apoya el uso en el entorno urbano de energías renovables y de otras fuentes de energía eventualmente disponibles a escala local, así como la construcción de edificios con sistemas integrados de gestión hidráulica sostenible (almacenamiento y aprovechamiento del agua de lluvia, así como sistemas racionales en cisternas de aparatos sanitarios, lavadoras y lavavajillas eficientes en el uso del agua); recomienda además la definición de parámetros y el intercambio de buenas prácticas a escala de la UE para mejorar la eficiencia energética y la integración de las energías renovables y de los avances tecnológicos en la proyectación de edificios urbanos en general;

    Financiación, investigación e intercambio de mejores prácticas

    50.

    Pone de relieve la necesidad de apoyar la introducción de tales iniciativas con la financiación comunitaria adecuada, especialmente procedente de programas y fondos específicos tales como Civitas (9); apoya el punto de vista de la Comisión de que existen posibilidades de obtener la ayuda financiera para abordar las prioridades ambientales en zonas urbanas conforme al Reglamento Life + propuesto, el Fondo de Cohesión, los Fondos Estructurales y el Programa marco de investigación, por lo que se opone a cualquier reducción en sus presupuestos; señala, no obstante, la necesidad de identificar fuentes de financiación específica y complementaria para hacer frente a los nuevos retos derivados de esta estrategia para el medio ambiente urbano;

    51.

    Apoya la recomendación de la Comisión de adoptar un enfoque integrado para la gestión del medio ambiente urbano, y considera que dicho enfoque, aplicado a nivel local y respaldado por los Estados miembros, debería ser uno de los criterios para la concesión de recursos de los Fondos Estructurales y de préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI);

    52.

    Pide al BEI que mejore sus instrumentos de préstamo a fin de contribuir eficazmente a proyectos de desarrollo urbano sostenible y que dé prioridad, en los programas en vigor, a proyectos urbanos que lleven a la práctica los planes de gestión urbana sostenible, sobre todo en el ámbito de la eficiencia energética, las energías renovables y la infraestructura de transporte urbano sostenible; pide asimismo al BEI que se cerciore de que las inversiones a cuya financiación contribuya no están en contradicción con los objetivos de una gestión urbana sostenible;

    53.

    Hace hincapié en la importancia de la actividad investigadora para la política urbana, lo que incluye aspectos relacionados con el suministro de electricidad, gas, calefacción y climatización y con el tratamiento de residuos, y exhorta a la Comisión a que incluya disposiciones concretas al respecto en el 7o Programa Marco de Investigación;

    54.

    Considera extremadamente importante el apoyo a una red de centros nacionales para cuestiones urbanas, como por ejemplo la Red europea de intercambio de conocimiento sobre políticas urbanas, y se felicita por la continuación del apoyo al programa Urbact en el marco de la política de cohesión propuesta para el período 2007-2013;

    55.

    Pide asimismo que se fomenten los intercambios entre autoridades municipales sobre mejores prácticas a escala de la UE en relación con la aplicación de la estrategia y los planes de gestión urbana sostenible; propone además que, con el fin de evitar errores en la planificación urbana en el futuro, se fomente un intercambio franco y abierto de experiencias negativas mediante campañas organizadas, en su caso, por asociaciones de ciudades y destinadas tanto a los funcionarios como a los cargos elegidos;

    56.

    Insta a la Comisión a que aborde más exhaustivamente la importancia que tiene la relación entre las ciudades y las regiones circundantes para un desarrollo urbano sostenible, que contribuye a la cohesión global de la UE; pide, a este respecto, a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten el desarrollo urbano sostenible;

    57.

    Propone que los Estados miembros asignen y destinen recursos financieros de la UE a la rehabilitación de edificios y barrios;

    Legislar mejor

    58.

    Pide a la Comisión y al Consejo que celebren un acuerdo interinstitucional con el Parlamento en el que las tres Instituciones manifiesten su compromiso con la aplicación de toda la legislación comunitaria existente como se menciona en la presente Resolución; manifiesta su convencimiento de que un acuerdo semejante contribuiría a mejorar la responsabilidad y, por tanto, a legislar mejor;

    *

    * *

    59.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, al Banco Europeo de Inversiones, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


    (1)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0387.

    (2)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0020.

    (3)  DO L 242 de 10.9.2002, p. 1.

    (4)  DO L 194 de 25.7.1975, p. 39. Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003 (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

    (5)  DO L 189 de 18.7.2002, p. 12.

    (6)  DO L 296 de 21.11.1996, p. 55.

    (7)  DO L 197 de 21.7.2001, p. 30.

    (8)  Directiva 2005/55/CE sobre las medidas que deben adoptarse contra la emisión de gases y partículas contaminantes (DO L 275 de 20.10.2005, p. 1).

    (9)  CIVITAS: CIty-VITAlity-Sustainability, CIVITAS I (2002-2006) y CIVITAS II (2005-2009) tienen un presupuesto total superior a los 300 millones de euros.

    P6_TA(2006)0368

    Marco europeo de cualificaciones

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la creación de un marco europeo de cualificaciones (2006/2002(INI))

    El Parlamento Europeo,

    Visto el documento de trabajo de la Comisión titulado «Towards a European Qualifications Framework for Lifelong Learning (Hacia un marco europeo de cualificaciones para el aprendizaje permanente)» (SEC(2005) 0957),

    Vista la propuesta de la Comisión de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (COM(2004) 0474),

    Vista la propuesta de la Comisión de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (COM(2005) 0548),

    Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Modernizar la educación y la formación: una contribución esencial a la prosperidad y a la cohesión social en Europa — Proyecto de informe conjunto de 2006 del Consejo y de la Comisión sobre los progresos registrados en la puesta en práctica del programa de trabajo “Educación y formación 2010”» (COM(2005) 0549),

    Vista la Decisión no 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa a un marco comunitario único para la transparencia de las cualificaciones y competencias (Europass) (1),

    Vista la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (2),

    Vista la declaración conjunta de los Ministros europeos de Educación, adoptada en su reunión de Bolonia el 19 de junio de 1999, en la que se fija el objetivo de crear un espacio europeo de educación superior para 2010, con el fin de promover la facilidad de empleo y la movilidad de los ciudadanos europeos y la competitividad internacional del sistema europeo de educación superior,

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000, en las que se fija el objetivo de convertir a la Unión Europea en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, y en particular la referencia a la «Educación y formación para la vida y el trabajo en la sociedad del conocimiento»,

    Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Hacer realidad un espacio europeo del aprendizaje permanente» (COM(2001) 0678),

    Vista la Resolución del Consejo, de 27 de junio de 2002, sobre la educación permanente (3),

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002, en particular el objetivo acordado de hacer que los sistemas educativos y de formación en Europa se conviertan en una referencia de calidad mundial para 2010, y la petición de introducir instrumentos concebidos para garantizar la transparencia de los diplomas y cualificaciones, incluida la promoción de acciones similares al proceso de Bolonia en materia de educación y formación profesionales,

    Vista la declaración de los Ministros europeos de Educación y Formación Profesional y de la Comisión Europea, reunidos en Copenhague los días 29 y 30 de noviembre de 2002, sobre el refuerzo de la cooperación europea en materia de educación y formación profesional («Declaración de Copenhague»), con el fin de reforzar la cooperación voluntaria en materia de educación y formación profesional, para promover la confianza mutua, la transparencia y el reconocimiento de competencias y cualificaciones, creando así una base para el aumento de la movilidad y facilitar el acceso a la formación permanente,

    Vista la Resolución del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, relativa al fomento de la cooperación reforzada europea en materia de educación y formación profesionales (4),

    Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Plan de acción de la Comisión sobre las capacidades y la movilidad» (COM(2002) 0072),

    Visto el informe intermedio conjunto del Consejo y de la Comisión, de 26 de febrero de 2004, sobre la aplicación de la Estrategia de Lisboa, titulado «Educación y formación 2010: urgen las reformas para coronar con éxito la estrategia de Lisboa», en el que se pide la creación de un marco europeo como contribución esencial a la Estrategia de Lisboa, que sirva de referencia común y permita promover la transparencia, la transferencia y el reconocimiento de competencias y cualificaciones,

    Visto el comunicado de Maastricht, de 14 de diciembre de 2004, sobre las futuras prioridades de una cooperación reforzada europea en materia de educación y formación profesionales (EFP), en el que los Ministros responsables de educación y formación profesionales de 32 países europeos, los interlocutores sociales europeos y la Comisión acordaron conceder prioridad al desarrollo de un marco abierto y flexible de cualificaciones europeas basado en la transparencia y la confianza mutuas, que sirva de referencia común y facilite el reconocimiento y la transferencia de cualificaciones, tanto en EFP como en la educación general (secundaria y superior),

    Vistas las conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, reunidos en Bruselas los días 27 y 28 de mayo de 2004, sobre los principios europeos comunes de identificación y validación de aprendizaje no formal e informal,

    Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre los avances registrados hacia el cumplimiento de la Estrategia de Lisboa en materia de educación y formación (informe 2005) (SEC(2005) 0419),

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de los días 22 y 23 de marzo de 2005, en las que se señala la importancia de la adopción de un marco europeo de cualificaciones (MEC) en 2006,

    Vista la Conferencia organizada conjuntamente por la Comisión y el Ministerio de Educación húngaro sobre el Marco Europeo de Cualificaciones: consulta para elaborar una recomendación, celebrada en Budapest los días 27 y 28 de febrero de 2006,

    Visto el comunicado final, de 17 de marzo de 2006, sobre los resultados de los trabajos de la IX Conferencia de Ministros de Educación europeos («Reforzar la Educación en Europa»), celebrada en Viena los días 16 y 17 de marzo de 2006, en el que los ministros reafirmaron el potencial del MEC para contribuir de forma significativa a la transparencia, la transferencia y el reconocimiento de titulaciones a nivel europeo, así como su función como agente de reformas para apoyar el aprendizaje permanente en el Espacio Europeo de Educación ampliado,

    Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de los días 23 y 24 de marzo de 2006, en las que se confirma que la educación y la formación son factores clave para desarrollar el potencial de competitividad a largo plazo de la UE, así como para la cohesión social y territorial, y que, para apoyar una mayor movilidad y un mercado laboral eficiente, deberían realizarse también avances hacia un MEC,

    Vista la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilidad transnacional en la Comunidad a efectos de educación y formación: Carta de calidad de la movilidad europea (5),

    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y las opiniones de la Comisión de Cultura y Educación y de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (A6-0248/2006),

    A.

    Considerando que un entorno de aprendizaje y un mercado de trabajo europeo únicos son factores esenciales para realizar los objetivos definidos en la Estrategia de Lisboa,

    B.

    Considerando la necesidad de establecer un sistema europeo de reconocimiento de cualificaciones y competencias respetando al mismo tiempo la diversidad y las especificidades territoriales,

    C.

    Considerando que la creación de un MEC, basado, entre otras cosas, en las estructuras de cualificaciones existentes derivadas de los procesos de Bolonia y Copenhague, debe acogerse favorablemente como un instrumento apropiado para reforzar la transparencia, la transferencia, el reconocimiento y el uso de las cualificaciones y competencias adquiridas en distintos Estados miembros y a diferentes niveles, y que también es un medio para facilitar las oportunidades de aprendizaje permanente a todos los ciudadanos,

    D.

    Considerando que un marco de referencia común (que se basa en competencias, niveles y resultados de aprendizaje), el MEC, podrá favorecer la adopción de instrumentos que permitan definir las necesidades de competencias,

    E.

    Considerando que por «cualificación» debe entenderse el conjunto de títulos, cualificaciones, certificaciones y experiencia laboral expedidos en la Unión Europea,

    F.

    Considerando que, a la vista de los nuevos retos que plantean la sociedad del conocimiento y los cambios demográficos, será crucial desarrollar un MEC, tanto para apoyar la facilidad de empleo y la movilidad geográfica de los trabajadores de la UE, como para promover la competitividad y la cohesión social, de acuerdo con la Estrategia de Lisboa,

    G.

    Considerando que, al desarrollarse en la Unión Europea la movilidad profesional (movilidad de los trabajadores y movilidad de las empresas), resulta necesario que los certificados obtenidos en un Estado miembro puedan reconocerse y utilizarse en otro Estado miembro a su nivel adecuado,

    H.

    Considerando que la actualización y ampliación permanentes de los conocimientos y capacidades, así como de las competencias personales y profesionales, y el MEC deben contribuir a modernizar el sistema de educación y formación, aumentando como consecuencia las posibilidades de empleo y de movilidad en el espacio europeo, y reforzando la seguridad laboral de los trabajadores; que el MEC debe contribuir a aumentar la transparencia a la hora de reconocer o equiparar cualificaciones ya obtenidas o por obtener, y que, de este modo, surgen impulsos para mejorar los sistemas de formación general y profesional que también pueden contribuir a las posibilidades de empleo de los estudiantes,

    I.

    Considerando que la falta de mecanismos y redes adecuados, así como de comunicación y cooperación entre quienes ofrecen formación y las autoridades nacionales, la insuficiencia de las normas institucionales vigentes y la limitación de los créditos necesarios que se registran en muchos casos en los Estados miembros obstaculizan la aplicación de un aprendizaje permanente eficaz, la interconexión de la educación universitaria y el empleo así como la mayor rapidez de difusión de los conocimientos científicotecnológicos entre los trabajadores y el uso eficaz de los conocimientos y competencias adquiridos,

    J.

    Considerando que existe una falta de transparencia en las cualificaciones y un reconocimiento limitado de las cualificaciones «extranjeras»,

    K.

    Considerando que el objetivo común de los 32 Estados partes del MEC es abrir el camino hacia las principales cualificaciones a los profesores y estudiantes, y que es importante mostrarles la correlación que existe entre los distintos niveles de referencia, la medida en que la transferencia es posible y los fundamentos de las decisiones en materia de reconocimiento de las cualificaciones,

    L.

    Considerando que el MEC debe aplicarse en un primer momento de forma voluntaria, sin imposición de obligaciones jurídicas, pero que impulsará el cambio a través del apoyo a las reformas a los niveles afectados, y ha de servir para impulsar la transparencia y las correspondencias de los certificados expedidos a nivel nacional y sectorial,

    M.

    Considerando que el MEC no sustituirá a los marcos nacionales de cualificaciones, sino que los complementará, y que el MEC debe ser un marco más amplio para facilitar la cooperación entre Estados miembros, interlocutores sociales y otros agentes a nivel internacional,

    N.

    Convencido de que la aplicación del MEC sólo podrá tener éxito si se establecen las cualificaciones nacionales con referencia al MEC sobre la base de una cooperación fundada en la confianza y la transparencia, se procede a una evaluación adecuada de las peculiaridades y necesidades de los diversos Estados miembros, y el MEC se crea como un instrumento destinado a los usuarios y agentes, para reflejar las cualificaciones existentes y obtenibles en beneficio de los usuarios, preservando la responsabilidad propia y la autonomía de aprendizaje,

    1.

    Acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión para modernizar, mejorar y reforzar constantemente los sistemas de educación y formación profesional europeos para iniciar una consulta con miras a crear un marco de referencia común de los sistemas de certificación europeos;

    2.

    Acoge con satisfacción el hecho de que el MEC se base en los resultados del aprendizaje, refleje la complejidad de la formación y el aprendizaje continuos y fomente los procesos de reforma nacionales y sectoriales;

    3.

    Considera que el MEC constituye un instrumento útil que permite mejorar y consolidar la confianza entre los distintos sistemas, y aprueba sin reservas sus objetivos, a saber, lograr a nivel europeo la transparencia de las cualificaciones, la movilidad de los profesionales y el aprendizaje a lo largo de la vida;

    4.

    Comparte la organización del sistema, que consta de niveles, instrumentos y principios comunes, es flexible y está, al mismo tiempo, vinculado orgánicamente a los principios del aprendizaje a lo largo de la vida, si bien pide a la Comisión que precise mejor la relación entre los niveles de cualificación, la Directiva 2005/36/CE y los sistemas de validación del aprendizaje no formal e informal ya existentes o en fase de aplicación a nivel nacional y regional;

    5.

    Señala que una de las principales funciones del MEC debe ser facilitar y promover la transferencia de cualificaciones entre los distintos sistemas de educación y formación profesional, con el fin de hacer posible la movilidad laboral entre distintos países y responder mejor a la oferta y la demanda en el mercado de trabajo europeo; señala asimismo que el MEC será un marco más amplio y adecuado para facilitar instrumentos de traducción y comunicación para la elaboración de un marco común de cualificaciones en Europa;

    6.

    Señala, sobre este principio, que la propuesta de la Comisión constituye un enfoque adecuado y necesario, a pesar de que no responde totalmente a la necesidad de un marco transparente de cualificaciones; pide que se revisen y mejoren los ocho niveles de referencia propuestos en el MEC; opina que los descriptores se deben formular de forma más concisa y comprensible y que se debe establecer una clara diferencia entre los distintos niveles de referencia, de forma que quede clara la clasificación de las cualificaciones;

    7.

    Destaca que las competencias que se describen en el marco de los descriptores de los ochos niveles de referencia no deben contener únicamente conocimientos sobre aspectos sociales y éticos, sino también culturales;

    8.

    Considera que la organización y validación del aprendizaje permanente incumben a los Estados miembros y que el MEC difícilmente puede intervenir en esta cuestión;

    9.

    Considera que los tres ámbitos horizontales («conocimientos», «capacidades» y «competencia personal y profesional») también deben ser objeto de una revisión para hacerlos más claros y comprensibles;

    10.

    Destaca asimismo que los diferentes tipos de resultados del aprendizaje sumados entre sí forman parte de un conjunto educativo que no puede cuantificarse simplemente en términos del nivel alcanzado en cada ámbito por separado;

    11.

    Considera que el tercer ámbito horizontal «competencia personal y profesional» representa una iniciativa interesante para integrar directamente en el MEC los últimos resultados de la investigación pedagógica; no obstante, se muestra favorable a una revisión que permita precisar de qué forma pueden abordarse metódicamente las «aptitudes básicas» («soft skills») y la «competencia personal»;

    12.

    Recuerda que la función esencial del MEC debe ser clasificar los certificados basados en los resultados de la formación profesional, para lo que preconiza utilizar descriptores simples y operativos y disminuir el número de niveles; toma nota de que las experiencias comparativas anteriores revelan que, cuanto más fragmentados están los niveles y más numerosos son los criterios, más difícil resulta relacionarlos entre sí;

    13.

    Opina que el MEC, en su condición de marco general para todos los modelos de formación, es también relevante para el mercado laboral; acoge favorablemente el mayor interés que, gracias a la Estrategia de Lisboa, se ofrece al aprendizaje a lo largo de la vida en el lugar de trabajo y, con ello, al reconocimiento de las cualificaciones adquiridas en el marco laboral; subraya que cada uno de estos ocho niveles debe centrarse en competencias que se puedan adquirir a través de distintas formas de aprendizaje y que se debe tener en cuenta la capacidad y experiencia profesionales así como su posibilidad de aprovechamiento profesional; propone, por tanto, que se modifiquen los descriptores, no sólo teniendo en cuenta y manteniendo los criterios de Bolonia relacionados con la formación académica, sino también complementándolos, teniendo también más en cuenta los sistemas de formación profesional y formación permanente;

    14.

    Insiste en que se cambie la correspondencia, hasta ahora automática, de los niveles de referencia 6, 7 y 8 con los grados académicos del marco de titulación de Bolonia (licenciado, master y doctor), de forma que los conocimientos, capacidades y competencias personales y profesionales que se adquieran se clasifiquen con independencia del lugar de aprendizaje;

    15.

    Propone la mejora del Cuadro 2, que debería servir de ayuda para comprender los niveles de referencia; opina que debería subordinarse claramente al enfoque orientado hacia los resultados, pues se centra en la educación formal; acoge favorablemente, por tanto, que se recomiende prudencia en relación con el Cuadro 2; opina que, para que el MEC sea un marco amplio adecuado, estas cuestiones de detalle, tales como la configuración del Cuadro 2, se deben dejar en manos de los agentes a escala local o nacional;

    16.

    Pide un mayor apoyo y promoción de los principios comunes europeos para la transmisión y la validación de los procesos de aprendizaje no formales y formales del aprendizaje permanente, principalmente en el ámbito de la ampliación de los conocimientos y capacidades tecnológico-científicos y teniendo en cuenta las peculiaridades de los diferentes sectores, las regiones y los Estados; considera imprescindible prestar especial atención a los métodos y sistemas de evaluación de los resultados del aprendizaje obtenido de forma no formal o informal, pues el desarrollo de capacidades en el contexto del aprendizaje permanente se produce en múltiples situaciones cotidianas de aprendizaje;

    17.

    Sostiene que el desarrollo de un MEC introducirá puntos de referencia comunes que facilitarán a los estudiantes y trabajadores la organización de su carrera en el contexto del aprendizaje permanente;

    18.

    Pide que todos los países dispongan de un marco nacional de cualificaciones propio (MNC), con participación de autoridades y organismos competentes, asegurando la compatibilidad con el marco europeo de cualificaciones; considera que en los países en que aún no exista un MNC y en los que no se favorezcan las cualificaciones no formales o informales es lógico que se introduzca el MEC;

    19.

    Pide a la Comisión que ponga en marcha un proceso de armonización de las estructuras conceptuales y los lenguajes;

    20.

    Pide a la Comisión que clarifique las relaciones existentes entre el marco de cualificaciones, previsto en el marco del «Proceso de Bolonia», y el MEC, y que precise si los indicadores propuestos en el MEC constituyen el único punto de referencia para un espacio común europeo del aprendizaje a lo largo de la vida;

    21.

    Rechaza establecer pautas sobre el tipo de formación, la duración de la misma y el lugar donde se realizan los estudios;

    22.

    Opina que deben crearse nuevos instrumentos de refuerzo del MEC para facilitar el acceso de los ciudadanos al MEC, que las conclusiones de Copenhague y de Bolonia deben ser el punto central para establecer un enfoque coherente, y que debe atribuirse una importancia especial a la labor desarrollada en materia de aprendizaje, cualificaciones y capacidades por los organismos internacionales y centros europeos, como la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico y el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional; pide a la Comisión que avance en el desarrollo del ECVET (sistema europeo de transferencia de créditos de formación profesional), que continúe desarrollando y promoviendo el Europass y que desarrolle la base de datos «Ploteus», así como que continúe fomentando enfoques innovadores con miras al reconocimiento del aprendizaje informal y no formal;

    23.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen las funciones y la estructura del NEC (National Europass Center), facilitando el desarrollo de las tareas constitutivas y la consecución de los objetivos definidos por la Unión Europea, con una referencia específica a la difusión de los instrumentos gestionados directamente por el NEC (curriculum vitae europeo y Europass Movilidad) y a la adopción progresiva de Europass;

    24.

    Subraya que para la aplicación del MEC con carácter voluntario son necesarios el respaldo y el compromiso de las partes interesadas nacionales y sectoriales;

    25.

    Reconoce que la utilización del MEC como herramienta de traducción entre los distintos sistemas de cualificaciones requiere coherencia y una confianza mutua; recomienda elaborar unos principios por lo que respecta a unos mecanismos transparentes y fiables de garantía de la calidad a fin de permitir la comparación y, por ende, el reconocimiento mutuo de las cualificaciones de los ciudadanos de la Unión Europea;

    26.

    Subraya que el MEC puede contribuir de forma óptima a la movilidad en el mercado de trabajo europeo si la decisión de un Estado miembro de clasificar las cualificaciones nacionales de acuerdo con el MEC es aceptada por otros; opina que, en el contexto de la garantía de calidad, la propuesta de la Comisión de que los Estados miembros respeten una serie de principios comunes es un elemento importante del éxito de la cooperación entre los agentes a distintos niveles; observa, sin embargo, que esto sólo se cumplirá si no duplica los sistemas de garantía de calidad existentes, como las normas y directrices relativas a la garantía de la calidad;

    27.

    Opina que la confianza mutua debe ser el resultado de la cooperación reforzada entre los Estados miembros en el contexto del MEC, y que también es una condición necesaria para su buen funcionamiento; considera que son imprescindibles un período de prueba adecuado, una evaluación del impacto y una evaluación de acompañamiento para la mejora y adaptación constantes del MEC; pide a la Comisión que desarrolle y proponga métodos y estrategias adecuados a tal fin;

    28.

    Insta a seguir desarrollando el MEC de manera que refleje las solicitudes de clarificación presentadas por las partes interesadas durante el proceso de consulta;

    29.

    Pide a la Comisión que revise su propuesta sobre la base de los comentarios formulados por el Parlamento Europeo;

    30.

    Destaca la importancia de una estrategia de comunicación y difusión amplia y bien estructurada para aumentar la concienciación y el interés por los beneficios del MEC;

    31.

    Opina que, para que el MEC tenga éxito, es imprescindible que sea práctico para los usuarios finales, es decir, para los ciudadanos, los empleados y los empleadores, así como para los centros de enseñanza;

    32.

    Pide a la Comisión que informe al Parlamento Europeo acerca de los resultados de las consultas nacionales y que prosiga la concertación antes de elaborar su propuesta final;

    33.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.


    (1)  DO L 390 de 31.12.2004, p. 6.

    (2)  DO L 255 de 30.9.2005, p. 22.

    (3)  DO C 163 de 9.7.2002, p. 1.

    (4)  DO C 13 de 18.1.2003, p. 2.

    (5)  Pendiente de publicación en el DO.

    P6_TA(2006)0369

    Prohibición de los productos procedentes de las focas en la Unión Europea

    Declaración sobre la prohibición de los productos procedentes de las focas en la Unión Europea

    El Parlamento Europeo,

    Visto el artículo 116 de su Reglamento,

    A.

    Considerando que en el Atlántico Noroccidental se han sacrificado más de un millón y medio de crías de foca rayada durante los cuatro últimos años y que la inmensa mayoría de estos animales tenían menos de tres meses,

    B.

    Considerando que la última vez que se sacrificó el número de focas que se mata actualmente cada año, esto es, en los años 50 y 60, la población de estos animales se redujo en dos tercios,

    C.

    Considerando que, en promedio, menos del 5% de los ingresos de los cazadores de focas proceden de la caza de la foca, que supone sólo unos días de trabajo al año,

    D.

    Considerando que un equipo internacional de veterinarios concluyó que el 42 % de las focas sacrificadas que examinaron habían sido despellejadas cuando aún estaban conscientes,

    E.

    Considerando que la importación de pieles y productos de peletería procedentes de focas rayadas de capa blanca y focas con capucha de lomo azul se prohibió en la Comunidad en 1983 (de conformidad con la Directiva 83/129/CEE (1)), que los cazadores de focas esperan ahora unos días hasta que las crías de foca rayada han mudado y que los productos de estos animales aún se importan en la Unión Europea,

    F.

    Considerando que un determinado número de países de la Unión Europea (Bélgica, Luxemburgo e Italia) ya han adoptado medidas para prohibir el comercio con productos procedentes de las focas y que otros (el Reino Unido y los Países Bajos) están examinando una posible actuación,

    G.

    Considerando que los Estados Unidos, México y Croacia han prohibido el comercio con productos procedentes de las focas,

    H.

    Considerando que el Consejo de Europa está examinando una propuesta en la que se pide que se prohíba la importación y la utilización de las focas y de partes de las mismas,

    1.

    Pide a la Comisión que elabore inmediatamente un proyecto de reglamento encaminado a prohibir la importación, la exportación y la venta de todos los productos procedentes de focas rayadas y de focas con capucha;

    2.

    Considera que este reglamento no debe tener repercusiones en la caza de focas tradicional practicada por los Inuit, que de todos modos sólo equivale al 3% de la caza actual;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes, al Consejo y a la Comisión.

    Nombres de los firmantes:

    Adamou, Agnoletto, Aita, Allister, Alvaro, Andersson, Andrejevs, Andria, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arnaoutakis, Ashworth, Aubert, Audy, Auken, Aylward, Ayuso González, Battilocchio, Bauer, Beazley, Becsey, Beer, Belet, Belohorská, Bennahmias, Beňová, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bielan, Blokland, Bösch, Bonde, Bono, Bonsignore, Bourlanges, Bowis, Bowles, Bozkurt, Braghetto, Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, van Buitenen, Buitenweg, Bullmann, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Camre, Carlotti, Carnero González, Casa, Casaca, Cashman, Catania, Cavada, Chatzimarkakis, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Claeys, Cocilovo, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Correia, Coûteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Czarnecki M., Czarnecki R., Daul, Davies, De Blasio, de Brún, Deprez, De Rossa, Descamps, Dess, Deva, De Vits, Díez González, Dillen, Doorn, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Ek, El Khadraoui, Elles, Estrela, Ettl, Eurlings, Evans Jillian, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Ferber, Fernandes, Ferreira A., Ferreira E., Flasarová, Flautre, Florenz, Foltyn-Kubicka, Ford, Frassoni, Gahler, Gaľa, García Pérez, Gauzès, Gawronski, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gibault, Gierek, Gill, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Gottardi, Goudin, Grabowska, Grabowski, Graefe zu Baringdorf, Grässle, de Grandes Pascual, Grech, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guidoni, Gurmai, Hall, Hammerstein Mintz, Handzlik, Harbour, Harkin, Harms, Hasse Ferreira, Hassi, Hatzidakis, Hazan, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Henin, Hennis-Plasschaert, Herranz García, Higgins, Honeyball, Hoppenstedt, Horáček, Howitt, Hudacký, Hughes, Hutchinson, in 't Veld, Isler Béguin, Jackson, Jäätteenmäki, Jałowiecki, Janowski, Jeggle, Joan i Marí, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Kacin, Kaczmarek, Kallenbach, Karatzaferis, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Kelam, Kinnock, Kirkhope, Klamt, Klich, Klinz, Koch, Koch-Mehrin, Korhola, Koterec, Krahmer, Krarup, Krasts, Krehl, Kristensen, Kristovskis, Kuc, Kułakowski, Kusstatscher, Kużmiuk, Lagendijk, Lamassoure, Lambert, Lambrinidis, Landsbergis, Lang, La Russa, Lehideux, Leichtfried, Le Pen J.-M., Le Pen M., Le Rachinel, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Lienemann, Liese, Liotard, Lipietz, Locatelli, López-Istúriz White, Lucas, Ludford, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McDonald, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Malmström, Mann E., Mann T., Mantovani, Markov, Martin D., Martin H.-P., Martinez, Masiel, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Matsakis, Matsis, Matsouka, Mavrommatis, Mayer, Meijer, Mikko, Mikolášik, Mitchell, Mohácsi, Moraes, Morgan, Morgantini, Mulder, Musacchio, Muscardini, Muscat, Musumeci, Myller, Napoletano, Nattrass, Navarro, Newton-Dunn, Nicholson, van Nistelrooij,Obiols i Germà, Occhetto, Özdemir, Olajos, Olbrycht, Ó Neachtain, Onesta, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Ouzký, Paasilinna, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Parish, Patrie, Peterle, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinheiro, Pinior, Pirilli, Piskorski, Pistelli, Pittella, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Portas, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Ransdorf, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Ribeiro e Castro, Ries, Rizzo, Rocard, Rogalski, Romagnoli, Romeva i Rueda, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Rühle, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Samuelsen, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Scheele, Schenardi, Schlyter, Schmidt, Schnellhardt, Schröder, Schroedter, Seeber, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Simpson, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Skinner, Škottová, Smith, Sommer, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Spautz, Staes, Staniszewska, Stauner, Stihler, Strož, Stubb, Sudre, Sumberg, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szymański, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titley, Trakatellis, Triantaphyllides, Trüpel, Turmes, Tzampazi, Uca, Ulmer, Vaidere, Vakalis, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Veneto, Veraldi, Vergnaud, Vincenzi, Voggenhuber, Wagenknecht, Watson, Weber M., Weisgerber, Westlund, Willmott, Wojciechowski J., Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zaleski, Zapałowski, Zappala', Zatloukal, Ždanoka, Zīle, Zimmer, Zingaretti, Zvěřina, Zwiefka


    (1)  DO L 91 de 9.4.1983, p. 30.


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