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Document 92003E001920

PREGUNTA ESCRITA E-1920/03 de Carlos Bautista Ojeda (Verts/ALE) a la Comisión. Importaciones de gajos de mandarina en conserva procedentes de China.

DO C 88E de 8.4.2004, pp. 363–364 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

European Parliament's website

8.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 88/363


(2004/C 88 E/0369)

PREGUNTA ESCRITA E-1920/03

de Carlos Bautista Ojeda (Verts/ALE) a la Comisión

(12 de junio de 2003)

Asunto:   Importaciones de gajos de mandarina en conserva procedentes de China

El 5 de junio de 2002 España solicitó con carácter de urgencia, a causa de las importaciones masivas de gajos de mandarina en conserva de la R.P. China, la aplicación del Reglamento (CE) 2201/96 (1), en concreto su artículo 22 relativo a la cláusula de salvaguardia en caso de perturbación del mercado comunitario por importaciones.

En el caso de que la Comisión considerase dudosa su aplicación, debido a la entrada de China en la OMC o por otros motivos,

¿Por qué no ha aplicado las medidas del Reglamento (CE) 3285/94 (2) sobre «régimen común aplicable a las importaciones» habiendo recibido todos los informes correspondientes del Estado español, el último en marzo 2003?

¿Por qué no ha aplicado, en su caso, el Reglamento (CE) 427/2003 (3) del Consejo relativo a un mecanismo de salvaguardia transitorio aplicable a las importaciones de determinados productos originarios de China?

El mercado comunitario de gajos de mandarina, procedentes casi en exclusividad de España, se encuentra irreversiblemente dañado y gravemente perturbado. ¿Cuándo piensa la Comisión adoptar medidas para proteger a su propio mercado?


(1)  DO L 297 de 21.11.1996, p. 29.

(2)  DO L 349 de 31.12.1994, p. 53.

(3)  DO L 65 de 8.3.2003, p. 1.


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