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Document 62021TB0442

    Asunto T-442/21: Auto del Tribunal General de 24 de febrero de 2022 — Thomas y Julien/Consejo («Recurso de anulación — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido — Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo de Comercio y Cooperación — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad»)

    DO C 171 de 25.4.2022, p. 38–38 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 171 de 25.4.2022, p. 29–30 (GA)

    25.4.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 171/38


    Auto del Tribunal General de 24 de febrero de 2022 — Thomas y Julien/Consejo

    (Asunto T-442/21) (1)

    («Recurso de anulación - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido - Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo de Comercio y Cooperación - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

    (2022/C 171/51)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandantes: Rhiannon Thomas (Londres, Reino Unido), Michaël Julien (Weybridge, Reino Unido) (representante: J. Fouchet, abogado)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bauer, J. Ciantar y R. Meyer, agentes)

    Objeto

    Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, los demandantes, nacionales británicos residentes en el Reino Unido, solicitan la anulación parcial, en primer lugar, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (DO 2021, L 149, p. 10) y, en segundo lugar, de la Decisión (UE) 2021/689 del Consejo de 29 de abril de 2021 relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada (DO 2021, L 149, p. 2).

    Fallo

    1)

    Declarar la inadmisibilidad del recurso.

    2)

    Sobreseer la demanda de intervención de la Comisión Europea.

    3)

    La Sra. Rhiannon Thomas y el Sr. Michaël Julien cargaran con sus costas y con las del Consejo de la Unión Europea, a excepción de las correspondientes a la demanda de intervención.

    4)

    La Sra. Thomas y el Sr. Julien, el Consejo y la Comisión cargarán cada uno de ellos con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.


    (1)  DO C 412, de 11.10.2021.


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