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Document 62017CN0288
Case C-288/17: Request for a preliminary ruling from the Conseil d’État (France) lodged on 19 May 2017 — Fédération des fabricants de cigares and Others v Premier ministre, Ministre des Affaires sociales et de la Santé
Asunto C-288/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de mayo de 2017 — Fédération des fabricants de cigares y otros/Premier ministre, Ministre des Affaires sociales et de la Santé
Asunto C-288/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de mayo de 2017 — Fédération des fabricants de cigares y otros/Premier ministre, Ministre des Affaires sociales et de la Santé
DO C 256 de 7.8.2017, p. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.8.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 256/12 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de mayo de 2017 — Fédération des fabricants de cigares y otros/Premier ministre, Ministre des Affaires sociales et de la Santé
(Asunto C-288/17)
(2017/C 256/09)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Fédération des fabricants de cigares, Coprova, E-Labo France, Smakq développement, Société nationale d’exploitation industrielle des tabacs et allumettes (SEITA), British American Tobacco France
Recurridas: Premier ministre, Ministre des Affaires sociales et de la Santé
Partes coadyuvantes: Société J. Cortès France, Scandinavian Tobacco Group France, Villiger France
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 13, apartados 1 y 3, de la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, (1) en el sentido de que prohíbe la utilización, en las unidades de envasado, en los embalajes exteriores y en los productos del tabaco, de cualquier nombre de marca que evoque determinadas cualidades, con independencia de su notoriedad? |
2) |
En función de la interpretación que proceda dar al artículo 13, apartados 1 y 3, de dicha Directiva, y en la medida en que se aplican a los nombres y a las marcas, ¿respetan estas disposiciones el derecho de propiedad, la libertad de expresión, la libertad de empresa y los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica? |
3) |
En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, ¿en qué condiciones puede un Estado miembro, sin vulnerar el derecho de propiedad, las libertades de expresión y de empresa y el principio de proporcionalidad, hacer uso de la facultad que le otorga el artículo 24, apartado 2, de dicha Directiva de imponer a los fabricantes e importadores la neutralidad y la normalización de las unidades de envasado y embalajes exteriores? |
(1) Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE (DO 2014, L 127, p. 1.