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Document 62016TA0437

Asunto T-437/16: Sentencia del Tribunal General de 9 de septiembre de 2020 — Italia/Comisión («Régimen lingüístico — Convocatoria de oposición general para la selección de administradores en el ámbito de la auditoría — Conocimientos lingüísticos — Limitación de la elección de la segunda lengua de la oposición al alemán, inglés y francés — Lengua de comunicación — Reglamento n.° 1 — Artículos 1 quinquies, apartado 1, 27 y 28, letra f), del Estatuto — Discriminación por razón de la lengua — Justificación — Interés del servicio — Proporcionalidad»)

DO C 378 de 9.11.2020, p. 25–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 378/25


Sentencia del Tribunal General de 9 de septiembre de 2020 — Italia/Comisión

(Asunto T-437/16) (1)

(«Régimen lingüístico - Convocatoria de oposición general para la selección de administradores en el ámbito de la auditoría - Conocimientos lingüísticos - Limitación de la elección de la segunda lengua de la oposición al alemán, inglés y francés - Lengua de comunicación - Reglamento n.o 1 - Artículos 1 quinquies, apartado 1, 27 y 28, letra f), del Estatuto - Discriminación por razón de la lengua - Justificación - Interés del servicio - Proporcionalidad»)

(2020/C 378/28)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistida por P. Gentili, avvocato dello Stato)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Gattinara y D. Milanowska, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representante: L. Aguilera Ruiz, agente)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la convocatoria de oposición general EPSO/AD/322/16, para la constitución de listas de reserva de administradores en el ámbito de la auditoría (AD 5/AD 7) (DO 2016, C 171 A, p. 1).

Fallo

1)

Anular la convocatoria de oposición general EPSO/AD/322/16, para la constitución de listas de reserva de administradores en el ámbito de la auditoría (AD 5/AD 7).

2)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de la República Italiana.

3)

El Reino de España cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 371 de 10.10.2016.


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