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Document 62015TN0320
Case T-320/15: Action brought on 19 June 2015 — Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro v Commission
Asunto T-320/15: Recurso interpuesto el 19 de junio de 2015 — Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro/Comisión
Asunto T-320/15: Recurso interpuesto el 19 de junio de 2015 — Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro/Comisión
DO C 254 de 3.8.2015, p. 22–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 254/22 |
Recurso interpuesto el 19 de junio de 2015 — Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro/Comisión
(Asunto T-320/15)
(2015/C 254/25)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro SpA (Vicenza, Italia) (representantes: M. Merola, M. Santacroce y M. Toniolo, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule en su totalidad la Decisión impugnada, mediante la que la Comisión excluyó a Impresa Costruzioni Giuseppe Maltauro SpA de la participación en todos los procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de subvenciones con cargo al presupuesto general de la Unión Europea, incluido el procedimiento no JRC/IPR/2014/C.5/0003 RC, publicado en la Gazzetta Ufficiale 2014/S 034-054569, y ulteriores correcciones de errores, durante un período de dos años y diez meses. |
— |
Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
El procedimiento de exclusión se inició con motivo de la participación de la demandante en un procedimiento restringido de licitación, convocada por el Centro Común de Investigación el 18 de febrero de 2014 para la construcción de un nuevo edificio en las instalaciones de Ispra, al aducir la Comisión que tenía conocimiento de algunas irregularidades cometidas por la sociedad demandante.
En apoyo de su recurso, la demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en un defecto de instrucción, en la desnaturalización de los hechos y en el consiguiente error de Derecho, como consecuencia de que no se aplicara la excepción prevista en el artículo 106, apartado 1, último párrafo, del Reglamento financiero.
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2. |
Segundo motivo, basado en la inaplicabilidad del artículo 106, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero.
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3. |
Tercer motivo, basado en la violación del principio de contradicción.
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4. |
Cuarto motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad en la determinación del período de exclusión.
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