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Document 62015CN0506

    Asunto C-506/15 P: Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2015 por el Reino de España contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 15 de julio de 2015 en el asunto T-561/13, España/Comisión

    DO C 381 de 16.11.2015, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.11.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 381/24


    Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2015 por el Reino de España contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 15 de julio de 2015 en el asunto T-561/13, España/Comisión

    (Asunto C-506/15 P)

    (2015/C 381/26)

    Lengua de procedimiento: español

    Partes

    Recurrente: Reino de España (representante: M. A. Sampol Pucurull, agente)

    Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

    Pretensiones

    En todo caso, se estime el recurso de casación y se anule parcialmente la sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015, en el asunto T-561/13.

    Se anule parcialmente la Decisión impugnada en la medida en que excluye los gastos efectuados por el Reino de España en el marco de la ayuda por ICDN del Programa de Desarrollo Rural 207-2013 de Galicia en la cantidad de 7 57  968,97 euros correspondientes al concepto «desventajas naturales (medidas 211 y 212)».

    En todo caso, se condene en costas a la parte demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Primer motivo: Mediante su primer motivo, el Reino de España sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de derecho por no haber apreciado de oficio un vicio sustancial de forma ya que la Comisión Europea adoptó su decisión controvertida más allá de un plazo razonable.

    Segundo motivo: Mediante su segundo motivo, el recurso de casación considera que el Tribunal General cometió un error de derecho por infracción de los artículos 10 y 14 del Reglamento (CE) no 1975/2006 (1) de la Comisión, de 7 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural y del artículo 35 del Reglamento (CE) no 796/2004 (2) de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores al considerar que estos artículos obligaban a las autoridades españolas a proceder a un recuento de los animales durante los controles sobre el terreno.


    (1)  DO L 368, p. 74.

    (2)  DO L 141, p. 18.


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