This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62015CA0200
Case C-200/15: Judgment of the Court (Seventh Chamber) of 16 June 2016 — European Commission v Portuguese Republic (Failure of a Member State to fulfil obligations — Article 110 TFEU — Internal taxation — Discriminatory taxation — Second-hand motor vehicles imported from other Member States — Determination of their taxable value — Depreciation rate)
Asunto C-200/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 16 de junio de 2016 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Artículo 110 TFUE — Tributos internos — Tributos discriminatorios — Vehículos automóviles de segunda mano importados de otros Estados miembros — Determinación del valor imponible — Índice de depreciación)
Asunto C-200/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 16 de junio de 2016 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Artículo 110 TFUE — Tributos internos — Tributos discriminatorios — Vehículos automóviles de segunda mano importados de otros Estados miembros — Determinación del valor imponible — Índice de depreciación)
DO C 305 de 22.8.2016, p. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 305/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 16 de junio de 2016 — Comisión Europea/República Portuguesa
(Asunto C-200/15) (1)
((Incumplimiento de Estado - Artículo 110 TFUE - Tributos internos - Tributos discriminatorios - Vehículos automóviles de segunda mano importados de otros Estados miembros - Determinación del valor imponible - Índice de depreciación))
(2016/C 305/14)
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Wasmeier y P. Guerra e Andrade, agentes)
Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes, A. Cunha, A. Brigas Afonso y N. da Silva Vitorino, agentes)
Fallo
1) |
Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 110 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al haber aplicado, a efectos de la determinación del valor imponible de los vehículos usados procedentes de otro Estado miembro, introducidos en el territorio de Portugal, un sistema para el cálculo de la depreciación de los vehículos que no tiene en cuenta la depreciación sufrida antes de que el vehículo alcance un año ni depreciaciones superiores al 52 % en el caso de los vehículos con más de cinco años de antigüedad. |
2) |
Condenar en costas a la República Portuguesa. |