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Document 62014TB0234

    Asunto T-234/14: Auto del Tribunal General de 17 de marzo de 2015 — Mammoet Salvage/Comisión («Recurso por omisión y de indemnización — Responsabilidad contractual — Responsabilidad extracontractual — Excepción de inadmisibilidad — Octavo Fondo Europeo de Desarrollo — Trabajos de retirada de 74 pecios en la bahía de Nuadibú — Contrato celebrado entre la demandante y Mauritania y refrendado por la Comisión para su financiación por la Unión — Ejecución del contrato — Posposición de la fecha de finalización de las obligaciones de pago de la Unión como consecuencia del contrato — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamento jurídico»)

    DO C 171 de 26.5.2015, p. 24–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.5.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 171/24


    Auto del Tribunal General de 17 de marzo de 2015 — Mammoet Salvage/Comisión

    (Asunto T-234/14) (1)

    ((«Recurso por omisión y de indemnización - Responsabilidad contractual - Responsabilidad extracontractual - Excepción de inadmisibilidad - Octavo Fondo Europeo de Desarrollo - Trabajos de retirada de 74 pecios en la bahía de Nuadibú - Contrato celebrado entre la demandante y Mauritania y refrendado por la Comisión para su financiación por la Unión - Ejecución del contrato - Posposición de la fecha de finalización de las obligaciones de pago de la Unión como consecuencia del contrato - Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamento jurídico»))

    (2015/C 171/29)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Partes

    Demandante: Mammoet Salvage BV (Róterdam, Países Bajos) (representantes: P. Kuypers y A. Schadd, abogados)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Van Nuffel y S. Bartelt, agentes)

    Objeto

    Con carácter principal, pretensión basada en el artículo 265 TFUE que tiene por objeto que se declare que la Comisión no tramitó, contrariamente a Derecho, la solicitud de la demandante de prorrogar la duración de las obligaciones de pago de la Unión como consecuencia del contrato de obra de retirada de 74 pecios en la bahía de Nuadibú (Mauritania), celebrado entre la demandante y la República Islámica de Mauritania y refrendado para su financiación por la Comisión en el marco del octavo Fondo Europeo de Desarrollo y, con carácter subsidiario, pretensión que tiene por objeto que se condene a la Comisión, en el marco de la responsabilidad contractual de la Unión, a abonar a la demandante las facturas emitidas como consecuencia del contrato antes mencionado, y, con carácter subsidiario de segundo grado, pretensión que tiene por objeto que se reconozca la responsabilidad extracontractual de la Unión.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Condenar en costas a Mammoet Salvage.


    (1)  DO C 184, de 16.6.2014.


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