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Document 62013TN0559

Asunto T-559/13: Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2013 — Giovanni Cosmetics/OAMI — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)

DO C 24 de 25.1.2014, p. 23–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.1.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/23


Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2013 — Giovanni Cosmetics/OAMI — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)

(Asunto T-559/13)

2014/C 24/41

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Giovanni Cosmetics, Inc. (Rancho Dominguez, Estados Unidos) (representantes: J. van den Berg y M. Meddens-Bakker, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Vasconcelos & Gonçalves, SA (Lisboa, Portugal)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 13 de agosto de 2013 en el asunto R 1189/2012-2.

Ordene denegar la solicitud de marca comunitaria no 9 232 471.

Condene a la demandada a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa que contiene el elemento denominativo «GIOVANNI GALLI» para productos y servicios comprendidos en las clases 3, 14 y 18 — Solicitud de marca comunitaria no 9 232 471

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante

Marca o signo invocado: Registro comunitario no 2 404 283 de la marca denominativa «GIOVANNI» para productos de la clase 3

Resolución de la División de Oposición: Desestimó la oposición en su totalidad

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimó el recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria.


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