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Document 62013TN0559
Case T-559/13: Action brought on 25 October 2013 — Giovanni Cosmetics v OHIM — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)
Asunto T-559/13: Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2013 — Giovanni Cosmetics/OAMI — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)
Asunto T-559/13: Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2013 — Giovanni Cosmetics/OAMI — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)
DO C 24 de 25.1.2014, p. 23–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.1.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 24/23 |
Recurso interpuesto el 25 de octubre de 2013 — Giovanni Cosmetics/OAMI — Vasconcelos & Gonçalves (GIOVANNI GALLI)
(Asunto T-559/13)
2014/C 24/41
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Giovanni Cosmetics, Inc. (Rancho Dominguez, Estados Unidos) (representantes: J. van den Berg y M. Meddens-Bakker, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Vasconcelos & Gonçalves, SA (Lisboa, Portugal)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 13 de agosto de 2013 en el asunto R 1189/2012-2. |
— |
Ordene denegar la solicitud de marca comunitaria no 9 232 471. |
— |
Condene a la demandada a cargar con las costas del procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa que contiene el elemento denominativo «GIOVANNI GALLI» para productos y servicios comprendidos en las clases 3, 14 y 18 — Solicitud de marca comunitaria no 9 232 471
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante
Marca o signo invocado: Registro comunitario no 2 404 283 de la marca denominativa «GIOVANNI» para productos de la clase 3
Resolución de la División de Oposición: Desestimó la oposición en su totalidad
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimó el recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria.