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Document 62010CN0139
Case C-139/10: Reference for a preliminary ruling from the Hoge Raad der Nederlanden, lodged on 17 March 2010 — Prism Investments BV v J.A. van der Meer, in his capacity as receiver in the liquidation of Arilco Holland BV
Asunto C-139/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 17 de marzo de 2010 — Prism Investments BV/J.A. van der Meer, en su condición de síndico de la quiebra de Arilco Holland BV
Asunto C-139/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 17 de marzo de 2010 — Prism Investments BV/J.A. van der Meer, en su condición de síndico de la quiebra de Arilco Holland BV
DO C 134 de 22.5.2010, p. 28–28
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.5.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 134/28 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 17 de marzo de 2010 — Prism Investments BV/J.A. van der Meer, en su condición de síndico de la quiebra de Arilco Holland BV
(Asunto C-139/10)
2010/C 134/43
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Prism Investments BV
Recurrida: J.A. van der Meer, en su condición de síndico de la quiebra de Arilco Holland BV
Cuestión prejudicial
¿Se opone el artículo 45 del Reglamento no 44/2001 (1) a que el Juez que se pronuncie sobre un recurso previsto en el artículo 43 o 44 de dicho Reglamento deniegue o revoque el otorgamiento de la ejecución por un motivo distinto de los mencionados en los artículos 34 y 35, que se haya aducido contra la ejecución de la resolución declarada ejecutoria y que se haya producido después de la adopción de dicha resolución, tal como el motivo de que ya se ha dado cumplimiento a dicha resolución?
(1) Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil (DO L 12, p. 1)