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Document 62010CA0036

    Asunto C-36/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de septiembre de 2010 — Comisión Europea/Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado — Directivas 96/82/CE y 2003/105/CE — Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas — Artículo 12, apartado 1, párrafo segundo — Adaptación incorrecta del Derecho interno)

    DO C 317 de 20.11.2010, p. 12–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.11.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 317/12


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de septiembre de 2010 — Comisión Europea/Reino de Bélgica

    (Asunto C-36/10) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Directivas 96/82/CE y 2003/105/CE - Control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas - Artículo 12, apartado 1, párrafo segundo - Adaptación incorrecta del Derecho interno)

    2010/C 317/23

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: A. Sipos y J.-B. Laignelot, agentes)

    Demandada: Reino de Bélgica (representante: T. Materne, agente)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — No adopción de todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (DO 1997, L 10, p. 13), en su versión modificada por la Directiva 2003/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2003 (DO L 345, p. 97).

    Fallo

    1)

    Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en su versión modificada por la Directiva 2003/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2003, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las medidas necesarias para adaptar correctamente su Derecho interno al artículo 12, apartado 1, párrafo segundo, de dicha Directiva.

    2)

    Condenar en costas al Reino de Bélgica.


    (1)  DO C 80, de 27.3.2010.


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