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Document 52021AP0121

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2021, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo Voluntario de Asociación entre la Unión Europea y la República de Honduras sobre la Aplicación de las Leyes Forestales, la Gobernanza y el Comercio de Productos de la Madera con destino a la Unión Europea (12543/2020 — C9-0084/2021 — 2020/0157(NLE))

DO C 506 de 15.12.2021, p. 135–135 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.12.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 506/135


P9_TA(2021)0121

Acuerdo Voluntario de Asociación UE-Honduras ***

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2021, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo Voluntario de Asociación entre la Unión Europea y la República de Honduras sobre la Aplicación de las Leyes Forestales, la Gobernanza y el Comercio de Productos de la Madera con destino a la Unión Europea (12543/2020 — C9-0084/2021 — 2020/0157(NLE))

(Aprobación)

(2021/C 506/24)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12543/2020),

Visto el proyecto de Acuerdo Voluntario de Asociación entre la Unión Europea y la República de Honduras sobre la Aplicación de las Leyes Forestales, la Gobernanza y el Comercio de Productos de la Madera con destino a la Unión Europea (10365/2020),

Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartado 3, párrafo primero, el artículo 207, apartado 4, párrafo primero, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), así como el artículo 218, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9-0084/2021),

Vista su Resolución no legislativa, de 27 de abril de 2021 (1), sobre el proyecto de Decisión,

Visto el artículo 105, apartados 1 y 4, así como el artículo 114, apartado 7, de su Reglamento interno,

Vista la opinión de la Comisión de Desarrollo,

Vista la Recomendación de la Comisión de Comercio Internacional (A9-0053/2021),

1.

Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.

Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República de Honduras.

(1)  Textos Aprobados de esa fecha, P9_TA(2021)0129.


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