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Document 52019XC0620(01)

    Comunicación de la Comisión — Directrices sobre la presentación de informes no financieros: Suplemento sobre la información relacionada con el clima

    C/2019/4490

    DO C 209 de 20.6.2019, p. 1–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.6.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 209/1


    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

    Directrices sobre la presentación de informes no financieros: Suplemento sobre la información relacionada con el clima

    (2019/C 209/01)

    Aviso importante

    La presente Comunicación se ha elaborado con arreglo al artículo 2 de la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), a fin de ayudar a las empresas afectadas a presentar información no financiera de manera pertinente, útil, coherente y más comparable. Su finalidad es complementar las Directrices sobre la presentación de informes no financieros adoptadas por la Comisión en 2017 [C(2017)4234 final] y proporciona directrices no vinculantes, sin crear nuevas obligaciones jurídicas. En la medida en que esta Comunicación pueda interpretar la Directiva 2014/95/UE, la posición de la Comisión se entiende sin perjuicio de cualquier interpretación de dicha Directiva que pueda ser realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las empresas que hagan uso de estas directrices también pueden basarse en marcos internacionales, de la UE o nacionales. La presente Comunicación no constituye una norma técnica; ni quienes elaboran los estados no financieros ni nadie que actúe en su nombre o en cualquier otra calidad podrán hacer valer que los estados no financieros son conformes al presente documento.

    Índice

    1.

    Introducción 2

    1.1.

    ¿Por qué proporcionar nuevas directrices sobre la divulgación de información relacionada con el clima? 2

    1.2.

    Ventajas para las empresas informantes 3

    2.

    ¿Cómo utilizar estas directrices? 3

    2.1.

    Consideraciones generales 3

    2.2.

    Significatividad 4

    2.3.

    Riesgos, dependencias y oportunidades relacionados con el clima 5

    2.4.

    Estructura de la información que se propone divulgar 8

    2.5.

    Coherencia con los marcos y normas de información reconocidos 8

    3.

    Recomendaciones de divulgación y orientaciones suplementarias 8

    3.1.

    Modelo de negocio 8

    3.2.

    Políticas y procesos de diligencia debida 9

    3.3.

    Resultados 10

    3.4.

    Riesgos principales y su gestión 11

    3.5.

    Indicadores clave de resultados 12

    Anexo I:

    Orientaciones suplementarias para los bancos y las compañías de seguros 21

    Anexo II:

    Correspondencias entre los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y la información que el TCFD recomienda divulgar 29

    1.   INTRODUCCIÓN

    1.1.   ¿Por qué proporcionar nuevas directrices sobre la divulgación de información relacionada con el clima?

    Tanto el Acuerdo de París de 2015 sobre el Cambio Climático, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y el Informe Especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (octubre de 2018) exigen una actuación rápida y decisiva para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y crear una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático. La UE ha acordado objetivos ambiciosos para 2030 en relación con la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, las energías renovables y la eficiencia energética (2), y ha aprobado normas sobre las emisiones de GEI derivadas del uso de la tierra, así como objetivos en materia de emisiones para turismos y furgonetas. En 2018, la Comisión publicó su visión estratégica a largo plazo para una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra de aquí a 2050 (3).

    Las empresas y las entidades financieras desempeñan un papel fundamental en la transición a una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático. En primer lugar, es ya necesaria una inversión anual adicional de 180 000 millones EUR a fin de cumplir los objetivos de la UE en materia de energía y clima para 2030, y se requerirán fondos suplementarios para lograr la neutralidad climática de aquí a 2050. Muchas de estas inversiones representan importantes oportunidades de negocio y gran parte de la financiación deberá proceder de capital privado. En segundo lugar, las empresas y las entidades financieras deben comprender y afrontar mejor los riesgos de impacto negativo sobre el clima derivados de sus actividades económicas, así como los riesgos que el cambio climático plantea para sus actividades. Los desastres de carácter meteorológico causaron en 2017 daños económicos por un valor récord de 283 000 millones EUR, y de aquí a 2100 podrían afectar hasta a dos tercios de la población europea, en comparación con el 5 % actual. Una mayor divulgación de la información relacionada con el clima por parte de las empresas puede contribuir a la aplicación del Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, que insta a los gobiernos a que evalúen y registren las pérdidas por catástrofes e informen y rindan públicamente cuentas al respecto.

    En marzo de 2018, la Comisión publicó el Plan de Acción para Financiar el Crecimiento Sostenible, con el objetivo de reorientar el capital hacia la inversión sostenible, gestionar los riesgos financieros derivados del cambio climático y de otros problemas medioambientales y sociales, y fomentar la transparencia y la perspectiva a largo plazo en la actividad financiera y económica (4). La publicación de nuevas directrices sobre la divulgación de información relacionada con el clima por parte de las empresas forma parte del Plan de Acción.

    Algunas otras medidas del Plan de Acción dependen en cierto grado de que las empresas divulguen información adecuada relacionada con la sostenibilidad. Entre ellas cabe citar, por ejemplo, las propuestas de Reglamentos sobre el establecimiento de un marco (taxonomía) para facilitar las inversiones sostenibles (5), sobre la divulgación de información en materia de sostenibilidad por parte de los inversores institucionales y los gestores de activos (6), y sobre los índices de referencia relacionados con el impacto carbónico (7).

    Si no dispone de información suficiente, fiable y comparable sobre sostenibilidad procedente de las empresas en las que invierte, el sector financiero no puede encauzar eficientemente el capital hacia inversiones que aporten una solución a las crisis de sostenibilidad a las que nos enfrentamos, ni puede tampoco determinar y gestionar eficazmente los riesgos a los que se verán expuestas las inversiones a raíz de dichas crisis.

    La divulgación por las empresas de información relacionada con el clima ha mejorado en los últimos años. Sin embargo, siguen observándose importantes lagunas y es urgente mejorar en mayor medida la cantidad, calidad y comparabilidad de la información divulgada, a fin de satisfacer las necesidades de los inversores y otras partes interesadas.

    En junio de 2017, el Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima (TCFD), creado por el Consejo de Estabilidad Financiera del G-20, publicó una serie de recomendaciones para incitar a las entidades financieras y a las empresas no financieras a divulgar información sobre riesgos y oportunidades relacionados con el clima (8). Las recomendaciones del TCFD están ampliamente reconocidas como orientaciones de una fuente autorizada sobre la presentación de información financieramente significativa relacionada con el clima, y la Comisión alienta a las empresas a aplicarlas. Varios gobiernos y reguladores financieros de todo el mundo han expresado su apoyo a las recomendaciones y están integrándolas en sus directrices y marcos de actuación. Es el caso, por ejemplo, de Australia, Canadá, Hong Kong, Japón, Singapur y Sudáfrica, así como de algunos Estados miembros de la UE.

    El presente suplemento integra las recomendaciones del TCFD y proporciona a las empresas orientaciones coherentes con ellas y con la Directiva sobre información no financiera.

    El Grupo de Expertos Técnicos sobre Finanzas Sostenibles, instaurado por la Comisión en junio de 2018, formuló recomendaciones sobre la divulgación de información relacionada con el clima y estas directrices se basan en ellas. Las presentes directrices tienen en cuenta las opiniones expresadas por las partes interesadas sobre las recomendaciones del Grupo de Expertos Técnicos sobre Finanzas Sostenibles, así como los resultados de una consulta específica en línea realizada por los servicios de la Comisión Europea entre febrero y marzo de 2019 (9).

    1.2.   Ventajas para las empresas informantes

    Una mayor divulgación de información relacionada con el clima puede acarrear ventajas para la propia empresa informante, por ejemplo:

    una mayor toma de conciencia y comprensión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima dentro de la empresa, una mejor gestión de riesgos y un proceso decisorio y de planificación estratégica más informado;

    una base de inversores más variada y un coste de capital potencialmente inferior, como resultado, por ejemplo, de la inclusión en carteras de inversión gestionadas activamente y en índices enfocados a la sostenibilidad, y de calificaciones crediticias más altas para la emisión de bonos y mejores evaluaciones de solvencia para los préstamos bancarios;

    un diálogo más constructivo con las partes interesadas, en particular los inversores y los accionistas;

    una mejor reputación de la empresa y el mantenimiento de la «licencia social para operar».

    2.   ¿CÓMO UTILIZAR ESTAS DIRECTRICES?

    2.1.   Consideraciones generales

    Conviene que las empresas lean este suplemento en conjunción con la pertinente legislación nacional por la que se transpone la Directiva sobre información no financiera (2014/95/UE) y, en caso necesario, con el texto de la propia Directiva.

    Asimismo, resulta oportuno que tengan en cuenta las Directrices sobre la presentación de informes no financieros publicadas por la Comisión en junio de 2017 (10), de carácter no vinculante, que contienen seis principios clave para una buena información no financiera, a saber, que la información divulgada sea: 1) significativa; 2) fiel, equilibrada y comprensible; 3) completa pero concisa; 4) estratégica y prospectiva (11); 5) orientada a las partes interesadas; y 6) coherente y sistemática. Estos principios y las demás secciones de las Directrices no vinculantes se aplicarán íntegramente, en su caso, a este suplemento.

    Se alienta también a las empresas a leer las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima y, en su caso, las orientaciones suplementarias para el sector financiero y las empresas que operan en los sectores de energía, transporte, material y construcción, agricultura, alimentación y productos forestales (12).

    Al igual que las Directrices generales publicadas en 2017, el presente suplemento sobre la información relacionada con el clima no es vinculante. Las empresas pueden optar por planteamientos alternativos para la notificación de información relacionada con el clima, siempre que cumplan los requisitos legales.

    Estas Directrices reconocen que el contenido de la información relacionada con el clima divulgada puede variar de una empresa a otra dependiendo de una serie de factores, como el sector de actividad, la ubicación geográfica y la naturaleza y magnitud de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

    Las metodologías y las mejores prácticas en el ámbito de la divulgación de información relacionada con el clima van evolucionando con rapidez, por lo que las presentes Directrices reconocen la necesidad de un enfoque flexible. Se anima encarecidamente a las empresas y otras organizaciones a seguir innovando y perfeccionando la información relacionada con el clima, más allá del contenido de las presentes Directrices. Las empresas deben igualmente velar por que su planteamiento en materia de información relacionada con el clima se actualice periódicamente atendiendo a los datos científicos más recientes.

    Estas Directrices no pretenden en absoluto fomentar la elaboración de informes sobre el clima independientes. Se recomienda a las empresas integrar esa información en los informes que presenten, junto con otra información financiera y no financiera, según proceda.

    La localización por defecto del estado no financiero, con arreglo a la Directiva sobre información no financiera, es el informe de gestión de la empresa, si bien muchos Estados miembros han hecho uso de la posibilidad de permitir que las empresas publiquen su estado no financiero en un informe separado. El TCFD propone incluir la información recomendada en la documentación financiera anual general de la empresa (13).

    En cualquier caso, las empresas deben procurar que los usuarios a los que se destina la información relacionada con el clima tengan fácilmente acceso a ella. Si las empresas remiten a otros informes o documentos, deben hacerlo de manera sencilla y cómoda para los destinatarios de la información, por ejemplo, aplicando una regla práctica de «un máximo de un clic fuera del informe».

    Las presentes Directrices están destinadas a las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre información no financiera (14). Sin embargo, también pueden ser útiles para otras empresas que deseen publicar información relacionada con el clima.

    2.2.   Significatividad

    Con arreglo a la Directiva sobre información no financiera, las empresas están obligadas a divulgar información sobre cuestiones medioambientales, sociales y relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra el soborno y la corrupción, en la medida en que dicha información sea necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación de la empresa, y el impacto de sus actividades (15). Puede considerarse que la información relacionada con el clima entra dentro de la categoría de las cuestiones medioambientales.

    Como se indica en las Directrices no vinculantes de la Comisión de 2017 sobre la presentación de informes no financieros, la referencia al «impacto de [las] actividades [de la empresa]» introdujo un nuevo elemento que debe tenerse en cuenta al evaluar la significatividad de datos no financieros. En efecto, la Directiva sobre información no financiera considera la significatividad desde una doble perspectiva:

    La referencia a «la evolución, los resultados y la situación de la empresa» remite a la significatividad financiera, en el sentido general de que el valor de la empresa se ve afectado. Debe presentarse información relacionada con el clima si es necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación de la empresa. Esta perspectiva suele ser del mayor interés para los inversores.

    La referencia al «impacto de sus actividades» denota significatividad medioambiental y social. Debe presentarse información relacionada con el clima si es necesaria para comprender las repercusiones externas de la empresa. Esta perspectiva suele ser del mayor interés para los ciudadanos, los consumidores, los empleados, los socios comerciales, las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil. Sin embargo, un número cada vez mayor de inversores también necesita conocer el impacto climático de las empresas en las que invierten, a fin de medir y comprender mejor el impacto climático de su cartera de inversión.

    Las empresas deben considerar la posibilidad de utilizar la información que las presentes Directrices proponen divulgar si deciden que el clima es una cuestión significativa desde cualquiera de esas dos perspectivas.

    Ambas perspectivas del riesgo ya se solapan en algunos casos y probablemente lo harán cada vez más en el futuro. Dado que los mercados y las políticas públicas evolucionan en respuesta al cambio climático, los efectos positivos o negativos de una empresa en el clima se traducirán cada vez más en oportunidades o riesgos comerciales que serán significativos desde el punto de vista financiero.

    La perspectiva desde la que se enfoca la significatividad en la Directiva sobre información no financiera abarca tanto la significatividad financiera como la medioambiental y social, mientras que la perspectiva del TCFD se limita exclusivamente a la significatividad financiera.

    Figura 1

    La doble perspectiva de la significatividad en la Directiva sobre información no financiera en el contexto de la presentación de información relacionada con el clima

    Image 1

    Al evaluar si determinada información relacionada con el clima es significativa, las empresas deben tener en cuenta un horizonte temporal más lejano que el utilizado tradicionalmente en el caso de la información financiera. Se aconseja a las empresas no concluir con excesiva rapidez que el clima no es una cuestión significativa solo porque algunos riesgos relacionados con el clima se consideran por naturaleza riesgos a largo plazo.

    A la hora de evaluar la significatividad de la información relacionada con el clima, las empresas deben tener en cuenta toda su cadena de valor, tanto los eslabones previos de la cadena de suministro como los eslabones siguientes.

    Habida cuenta de los efectos sistémicos y generalizados del cambio climático, es probable que la mayoría de las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva llegue a la conclusión de que el clima es una cuestión significativa. Se recomienda a aquellas cuya conclusión sea la contraria que consideren la posibilidad de hacer una declaración al respecto, explicando cómo han llegado a tal conclusión.

    2.3.   Riesgos, dependencias y oportunidades relacionados con el clima

    Riesgos relacionados con el clima

    Con arreglo a la Directiva sobre información no financiera, la información relacionada con el clima debe, en la medida en que sea necesario, incluir tanto los principales riesgos para la evolución, los resultados y la situación de la empresa derivados del cambio climático, como los principales riesgos de un impacto negativo sobre el clima derivados de las actividades de la empresa. La información que en las presentes Directrices se propone divulgar refleja ambas perspectivas del riesgo.

    Salvo que se indique lo contrario en el texto, debe entenderse que las referencias a los riesgos abarcan tanto los riesgos de impacto negativo sobre la empresa (riesgos de transición y riesgos materiales; véase más abajo) como los riesgos de impacto negativo sobre el clima.

    Ambos tipos de riesgos, los de impacto negativo sobre la empresa y los de impacto negativo sobre el clima, pueden derivarse de las propias operaciones de las empresas y materializarse a lo largo de toda la cadena de valor, tanto en los eslabones previos de la cadena de suministro como en los eslabones siguientes.

    1)   Riesgos de impacto negativo sobre el clima

    Como ejemplos de los riesgos de impacto negativo sobre el clima, cabe citar los siguientes:

    La planta de producción industrial de una empresa podría emitir directamente gases de efecto invernadero (GEI) a la atmósfera.

    La energía que compra una empresa para llevar a cabo sus operaciones podría haberse producido a partir de combustibles fósiles.

    El producto fabricado por una empresa podría requerir el consumo de combustibles fósiles, por ejemplo en el caso de los automóviles que funcionan con gasolina o gasóleo.

    La producción de los materiales utilizados por la empresa podría provocar emisiones de GEI en los eslabones previos de su cadena de valor. Este puede ser el caso de las empresas que utilicen materiales como el cemento o el aluminio en sus procesos de producción. Del mismo modo, una empresa que produzca o transforme materias primas forestales o agrícolas, en particular en sectores como las industrias agroalimentarias, de confección o de transformación de la madera, podría estar provocando, directa o indirectamente, un cambio del uso de la tierra, con la consiguiente deforestación y degradación forestal y las emisiones de GEI que conlleva.

    2)   Riesgos de impacto negativo sobre la empresa

    Los riesgos que el cambio climático supone para los resultados financieros de la empresa pueden clasificarse como riesgos materiales o de transición (16).

    Los riesgos de transición son los riesgos que para la empresa se derivan de la transición a una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático e incluyen:

    Riesgos vinculados con las políticas públicas, por ejemplo, como consecuencia de los requisitos de eficiencia energética, los mecanismos de tarificación del carbono, que incrementan el precio de los combustibles fósiles, o las políticas de fomento de un uso sostenible de la tierra.

    Riesgos jurídicos, por ejemplo el riesgo de litigios por no impedir o minimizar los efectos adversos sobre el clima o por la ausencia de adaptación al cambio climático.

    Riesgos tecnológicos, por ejemplo, si una tecnología menos perjudicial para el clima sustituye a otra más nociva.

    Riesgos de mercado, por ejemplo, si la elección de los consumidores y de los clientes comerciales se desplaza hacia productos y servicios menos nocivos para el clima.

    Riesgos de reputación, por ejemplo, la dificultad de atraer clientes, empleados, socios comerciales e inversores, y de conservarlos, si una empresa tiene la reputación de ser perjudicial para el clima.

    En general, una empresa con un impacto negativo más importante sobre el clima estará más expuesta a los riesgos de transición.

    Los riesgos materiales son los riesgos que para la empresa se derivan de los efectos físicos del cambio climático (17) e incluyen:

    Riesgos materiales agudos, que se derivan de sucesos concretos, especialmente fenómenos meteorológicos, como tormentas, inundaciones, incendios u olas de calor, que pueden dañar las instalaciones de producción y trastornar las cadenas de valor.

    Riesgos materiales crónicos, que se derivan de cambios a más largo plazo en el clima, como los cambios de temperatura, el aumento del nivel del mar, la menor disponibilidad de agua, la pérdida de biodiversidad y las alteraciones en la productividad de la tierra y del suelo.

    La exposición de una empresa a riesgos materiales no depende directamente de si tiene o no un impacto negativo sobre el clima.

    Dependencia del capital natural, humano o social

    Muchas empresas dependen del capital natural (18). Si el propio capital natural está amenazado por el cambio climático, la empresa estará expuesta a riesgos relacionados con el clima, especialmente los de índole material. Por lo tanto, las empresas deben tener muy en cuenta su dependencia del capital natural a la hora de determinar sus riesgos relacionados con el clima y de informar al respecto. Por ejemplo, una empresa de producción agrícola puede depender de capital natural de distintos tipos, como el agua, la biodiversidad y la productividad de la tierra y del suelo, todos los cuales son vulnerables al cambio climático. Cabría esperar que esta empresa explique esas dependencias cuando informe sobre sus riesgos relacionados con el clima.

    Muchas empresas dependen también del capital humano y social, como las cualificaciones y la motivación de los empleados, y el nivel de confianza de que goza la empresa entre las partes interesadas externas. Conviene que integren la oportuna información sobre el capital humano y social en la información que presenten sobre las cuestiones relacionadas con el clima. Por ejemplo, los empleados pueden ser esenciales a efectos del desarrollo de productos y servicios hipocarbónicos innovadores.

    Oportunidades relacionadas con el clima

    Con frecuencia, las empresas que ofrecen productos y servicios que contribuyen a mitigar el cambio climático o a adaptarse a él pueden convertir los riesgos relacionados con el clima en oportunidades.

    La adaptación al cambio climático supone anticiparse a sus efectos adversos y adoptar medidas adecuadas para prevenir o minimizar los daños que pueda causar. Entre las oportunidades de negocio que conlleva cabe citar las nuevas tecnologías para aprovechar más eficientemente los escasos recursos hídricos o la construcción de nuevas defensas contra las inundaciones.

    La mitigación del cambio climático hace referencia a la labor destinada a reducir o prevenir las emisiones de GEI. La energía renovable o la construcción de edificios y el desarrollo de sistemas de transporte más eficientes desde el punto de vista energético son ejemplos de las oportunidades de negocio que conlleva la mitigación del cambio climático.

    La taxonomía de actividades económicas sostenibles, propuesta por la Comisión en el marco del Plan de Acción para Financiar el Crecimiento Sostenible, tiene por objeto determinar y clasificar las oportunidades relacionadas con el clima.

    La figura 2 muestra la relación entre los riesgos y las oportunidades relacionados con el clima.

    Figura 2

    Riesgos y oportunidades relacionados con el clima

    Image 2

    Riesgos y oportunidades relacionados con el clima en toda la cadena de valor

    Cuando informen sobre sus riesgos, dependencias y oportunidades relacionados con el clima, las empresas deben, siempre que sea pertinente y proporcionado, tener en cuenta toda su cadena de valor, tanto los eslabones previos como los siguientes. En el caso de las empresas que se dedican a actividades manufactureras, esto significa seguir el ciclo de vida de los productos, teniendo en cuenta las cuestiones climáticas en la cadena de suministro y el abastecimiento de materias primas, así como durante la utilización del producto y una vez que el producto llega al final de su vida útil. Las empresas que prestan servicios, incluidos servicios financieros, también tendrán que tener en cuenta el impacto climático de las actividades que respaldan o facilitan.

    Cuando una o varias pymes formen parte de la cadena de valor, se invita a las empresas a ayudarlas a facilitar la información requerida.

    2.4.   Estructura de la información que se propone divulgar

    Las presentes Directrices proponen divulgar una serie de datos relacionados con el clima en cada uno de los cinco ámbitos enumerados en la Directiva sobre información no financiera: a) modelo de negocio, b) políticas y procedimientos de diligencia debida, c) resultados de las políticas, d) principales riesgos y su gestión, y e) indicadores clave de resultados.

    En cada ámbito de información, las Directrices determinan un número limitado de datos que se recomienda divulgar. Conviene que las empresas consideren la posibilidad de aplicar las recomendaciones de divulgación en la medida en que la correspondiente información sea necesaria para la comprensión de su evolución, sus resultados, su situación y el impacto de sus actividades.

    Tras la información que se recomienda divulgar en cada ámbito se ofrecen orientaciones adicionales. Estas consisten en sugerencias de información más detallada que las empresas pueden, si lo juzgan oportuno, incluir entre la información cuya divulgación se recomienda. Además, en el anexo I se ofrecen orientaciones suplementarias destinadas a los bancos y las compañías de seguros.

    A la hora de decidir si aplican las recomendaciones de divulgación y las sugerencias más detalladas que figuran entre las orientaciones suplementarias, incluidas las destinadas a los bancos y las compañías de seguros del anexo I, y en qué medida las aplican, se aconseja que las empresas tengan en cuenta los principios para una buena información no financiera que figuran en las Directrices no vinculantes al respecto publicadas por la Comisión en 2017, en particular los principios con arreglo a los cuales la información divulgada debe ser: significativa; fiel, equilibrada y comprensible; y completa pero concisa.

    La magnitud de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima que la empresa determine será un factor importante a la hora de decidir si aplica o no las recomendaciones de divulgación y las orientaciones suplementarias y en qué medida.

    2.5.   Coherencia con los marcos y normas de información reconocidos

    Se alienta a las empresas a que divulguen información conforme a normas y marcos de información ampliamente reconocidos, a fin de maximizar su comparabilidad en beneficio de las partes interesadas. Con objeto de contribuir a la convergencia a escala de la UE y mundial, las presentes Directrices se refieren a una serie de marcos y normas de información reconocidos.

    En particular, incorporan la información que el Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima (TCFD) recomienda divulgar, que, a su vez, se ajusta a los demás marcos principales. La información recomendada por el TCFD se identifica por separado en las presentes Directrices. El anexo II muestra los requisitos de divulgación de la Directiva sobre información no financiera en comparación con la información recomendada por el TCFD.

    Además del TCFD, estas Directrices también tienen especialmente en cuenta las normas y marcos desarrollados por la Iniciativa Mundial de Presentación de Informes (GRI), el CDP, la Junta de Normas de Divulgación del Clima (CDSB), la Junta de Normas de Contabilidad Sostenible (SASB) y el Consejo Internacional de Informes Integrados (IIRC), así como el sistema de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) de la UE (19).

    3.   RECOMENDACIONES DE DIVULGACIÓN Y ORIENTACIONES SUPLEMENTARIAS

    3.1.   Modelo de negocio

    Es muy importante que las partes interesadas entiendan el punto de vista de la empresa sobre la forma en que el cambio climático influye en su modelo de negocio y estrategia, y la forma en que sus actividades pueden afectar al clima, a corto, medio y largo plazo. Para informar adecuadamente sobre cuestiones relacionadas con el clima, las empresas tendrán que situarse en una perspectiva a más largo plazo que la que suele ser habitual para la información financiera.

    Los riesgos y oportunidades de una empresa relacionados con el clima dependerán de su tipo de actividad, sus ubicaciones geográficas y su posicionamiento en la transición hacia una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático.

    A fin de incorporar adecuadamente los posibles efectos del cambio climático a sus procesos de planificación, las empresas deben examinar la manera en que pueden evolucionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima y sus posibles implicaciones para el negocio en diferentes condiciones. Una forma de evaluar estas implicaciones es mediante el análisis de escenarios.

    Las empresas que no examinen adecuadamente su modelo de negocio y estrategia a la luz del cambio climático pueden, tanto incidir negativamente en el clima, como sufrir efectos negativos sobre su actividad, por ejemplo en la cuenta de pérdidas y ganancias, financiación, carga normativa futura y «licencia para operar». Por otra parte, la determinación de nuevas oportunidades relacionadas con el clima puede reforzar el modelo de negocio y las perspectivas de ganancias de una empresa.

    Cuadro 1

    Información sobre el modelo de negocio

    Describa el impacto de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en el modelo de negocio, la estrategia y la planificación financiera de la empresa. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Estrategia», b)]

    Describa las formas en que el modelo de negocio de la empresa puede incidir en el clima, positiva y negativamente.

    Describa la resiliencia del modelo de negocio y la estrategia de la empresa, teniendo en cuenta distintos escenarios relacionados con el clima en diferentes horizontes temporales, y entre ellos al menos un escenario de variación de 2 °C o inferior y un escenario de variación superior a 2 °C (20). [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Estrategia», c)]

    Orientaciones suplementarias:

    Describa cualquier cambio en el modelo de negocio y la estrategia de la empresa para hacer frente a los riesgos materiales y de transición y para aprovechar las oportunidades de negocio relacionadas con el clima.

    Describa la dependencia de la empresa con respecto al capital natural, como el agua, la tierra, los ecosistemas o la biodiversidad, que el cambio climático ponga en peligro.

    Describa la forma en que cualquier cambio en el modelo de negocio y la estrategia de la empresa para mitigar el cambio climático o adaptarse a él modificará sus necesidades de capital humano.

    Describa las oportunidades relacionadas con la eficiencia de los recursos y el ahorro de costes, la adopción de fuentes de energía con bajas emisiones, el desarrollo de nuevos productos y servicios, el acceso a nuevos mercados y el desarrollo de la resiliencia a lo largo de la cadena de valor.

    Indique cómo ha seleccionado la empresa los escenarios.

    Describa cómo contribuyen las actividades de la empresa al cambio climático a través de las emisiones de GEI, debido, en particular, a la deforestación, la degradación forestal o el cambio en el uso de la tierra.

    3.2.   Políticas y procesos de diligencia debida

    Los sistemas de gobernanza y control son fundamentales para que las partes interesadas conozcan la solidez del planteamiento de una empresa en relación con las cuestiones relacionadas con el clima. Las indicaciones acerca de la implicación del consejo de administración y la dirección, en particular sus responsabilidades respectivas en lo referente al cambio climático, permiten a los interesados conocer el nivel de concienciación de la empresa con las cuestiones relacionadas con el clima. Al describir el papel del consejo de administración, la empresa puede hacer referencia a cualquier declaración sobre gobernanza empresarial que deba publicar.

    Las partes interesadas también pueden considerar relevantes las políticas de la empresa y los posibles objetivos asociados a ellas que demuestren el compromiso de la empresa con la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, así como sus procesos de diligencia debida. Esto ayudará a las partes interesadas a comprender la capacidad de la empresa de gestionar sus actividades minimizando el riesgo relacionado con el clima, limitando los efectos negativos sobre el clima y maximizando las repercusiones positivas a lo largo de la cadena de valor.

    Las políticas y los procesos que abordan temas relacionados con el clima pueden ser independientes o integrarse en otras políticas y procesos operativos. Por ejemplo, los procesos de diligencia debida que tienen en cuenta el clima podrían integrarse en el marco de gestión de riesgos de la empresa. Es posible que la empresa desee explicar su planteamiento de cara a la gestión de las cuestiones relacionadas con el clima y los motivos por los que ha optado por ese planteamiento.

    Cuadro 2

    Información sobre políticas y procesos de diligencia debida

    Describa las posibles políticas de la empresa relacionadas con el clima, incluida cualquier política de adaptación al cambio climático o de mitigación del mismo.

    Describa los objetivos relacionados con el clima que, en su caso, la empresa haya fijado en el marco de sus políticas, especialmente los objetivos de emisiones de GEI, y la vinculación de los objetivos de la empresa con los objetivos nacionales e internacionales y, en particular, con el Acuerdo de París.

    Describa la supervisión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima ejercida por el consejo de administración. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Gobernanza», a)]

    Describa el papel de la dirección en la evaluación y gestión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima y exponga la justificación del enfoque. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Gobernanza», b)]

    Orientaciones suplementarias:

    Describa el compromiso de la empresa con su cadena de valor en cuestiones relacionadas con el clima, explicando cómo se compromete con los socios de los eslabones anteriores y posteriores de la cadena para promover la mitigación del cambio climático o la adaptación al mismo.

    Explique cómo se integran las cuestiones relacionadas con el clima en los procesos de la empresa para adoptar decisiones operativas.

    Describa cualquier compromiso de actuación pública con respecto a cuestiones relacionadas con el clima suscrito por la empresa, incluida su pertenencia a organizaciones o grupos de interés pertinentes.

    Indique si la empresa tiene acceso, precisando de qué manera y a qué niveles (en particular, el consejo de administración y la dirección), a conocimientos especializados sobre cuestiones relacionadas con el clima, ya sea a través de su propia capacidad interna o de fuentes externas.

    Describa las políticas de personal relacionadas con el clima, por ejemplo las inversiones en la necesaria capacitación para la transición a tecnologías con bajas emisiones de carbono, o las medidas para garantizar que los empleados puedan realizar sus tareas de manera segura pese al cambio climático.

    Indique si la política de remuneración de la empresa tiene en cuenta los resultados relacionados con el clima, incluidos los resultados frente a los objetivos fijados, y de qué manera.

    Indique cualquier objetivo relacionado con la energía que la empresa haya fijado en el marco de sus políticas (véase la sección 3.5).

    Explique los motivos por los que se han seleccionado cualesquiera objetivos relacionados con el clima que maneje la empresa.

    En el caso de las empresas del sector agrario, describa cualquier objetivo relacionado con los «sumideros» de GEI (absorción de GEI).

    3.3.   Resultados

    La divulgación de los resultados de las políticas relacionadas con el clima ayuda a las partes interesadas a comprobar y evaluar el desarrollo, la situación, el rendimiento y el impacto de una empresa como resultado de sus políticas. Al evaluar sus resultados mediante la fijación de objetivos y la rendición de cuentas con respecto a los objetivos, la empresa demuestra la coherencia de su estrategia, sus acciones y sus decisiones relacionadas con el cambio climático.

    Los aspectos cuantitativos, como los indicadores destinados a respaldar los análisis, se abordan en la sección 3.5 «Indicadores clave de resultados» de las presentes Directrices.

    Cuadro 3

    Información sobre resultados

    Describa los resultados de la política de la empresa en materia de cambio climático, en particular sus resultados según los indicadores utilizados y los objetivos fijados para gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Parámetros y objetivos», c)].

    Describa la evolución de las emisiones de GEI con respecto a los objetivos fijados y los correspondientes riesgos a lo largo del tiempo. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Parámetros y objetivos», b)].

    Orientaciones suplementarias:

    Describa cómo los resultados de la empresa en relación con el clima influyen en su rendimiento financiero, en la medida de lo posible con referencia a indicadores clave de rendimiento financieros.

    3.4.   Riesgos principales y su gestión

    Es sumamente importante que los inversores y otras partes interesadas sepan cómo determina la empresa los riesgos relacionados con el clima, cuáles son los principales riesgos que ha identificado y cómo los gestiona.

    La información a este respecto debe referirse a los riesgos de impacto negativo de la empresa sobre el clima y a los riesgos de impacto negativo del cambio climático sobre la empresa (riesgos materiales y de transición), e indicar si ambas categorías están vinculadas y de qué manera. Se aconseja a las empresas que tengan en cuenta las definiciones de riesgo que figuran en la sección 2.3 a la hora de decidir qué información divulgar a este respecto.

    Al divulgar información sobre los riesgos relacionados con el clima, las empresas deben tener en cuenta horizontes temporales más lejanos que los utilizados tradicionalmente en relación con los riesgos financieros.

    Las lagunas en los datos y la metodología pueden, en algunos casos, dificultar la presentación de información cuantitativa sobre los riesgos relacionados con el clima, especialmente por lo que se refiere a horizontes temporales más largos. En tales casos, se alienta a las empresas a presentar información cualitativa hasta que esos problemas de datos y metodología se resuelvan adecuadamente.

    Cuadro 4

    Información sobre los riesgos principales y su gestión

    Describa los procedimientos que sigue la empresa para determinar y evaluar los riesgos relacionados con el clima a corto, medio y largo plazo, e indique la forma en que la empresa define el corto, medio y largo plazo (21). [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Gestión de riesgos», a)]

    Describa los principales riesgos relacionados con el clima que la empresa ha determinado a corto, medio y largo plazo en toda la cadena de valor, así como las hipótesis que, en su caso, se hayan formulado al determinar tales riesgos. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Estrategia», a)] Esta descripción debe abarcar los principales riesgos derivados de cualquier dependencia de algún tipo de capital natural que se vea amenazado por el cambio climático, como el agua, la tierra, los ecosistemas o la biodiversidad.

    Describa los procedimientos para gestionar los riesgos relacionados con el clima (si procede, la manera en que se adoptan las decisiones de mitigar, transferir, aceptar o controlar dichos riesgos) y cómo está gestionando la empresa los riesgos específicos relacionados con el clima que ha identificado. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Gestión de riesgos», b)]

    Describa cómo se integran en la gestión global de riesgos de la empresa los procesos de determinación, evaluación y gestión de los riesgos relacionados con el clima. [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Gestión de riesgos», c)]. Un aspecto importante de esta descripción es la forma en que la empresa determina la importancia relativa de los riesgos relacionados con el clima frente a otros riesgos.

    Orientaciones suplementarias:

    Describa las medidas de adaptación climática emprendidas por la empresa dentro de su proceso de gestión de riesgos.

    Proporcione un desglose detallado de los principales riesgos relacionados con el clima por actividad empresarial.

    Proporcione un desglose detallado de los principales riesgos relacionados con el clima por ubicación geográfica.

    Indique los lugares críticos para la cadena de valor, incluidas las operaciones, los proveedores y los mercados.

    Describa la forma en que la empresa fija y aplica los límites a los riesgos relacionados con el clima, incluidas cualesquiera circunstancias predefinidas en las que se da parte de los problemas a la dirección.

    Describa los procesos para priorizar los riesgos relacionados con el clima, incluidos los posibles umbrales aplicados, e indique qué riesgos a lo largo de la cadena de valor se consideran más significativos.

    Catalogue los principales riesgos que el cambio climático supone para el rendimiento financiero de la empresa según se trate de riesgos de transición (riesgos de política, jurídicos, tecnológicos, de mercado y de reputación) o materiales (riesgos agudos y crónicos).

    Presente cualquier mapa de correspondencias de riesgos que incluya las cuestiones relacionadas con el clima.

    Proporcione las definiciones de la terminología sobre riesgos utilizada o las referencias a los marcos de clasificación de riesgos que se utilicen.

    Indique la frecuencia de las revisiones y análisis respecto de la determinación y evaluación de riesgos.

    Describa las conexiones entre los principales riesgos relacionados con el clima y los indicadores clave de rendimiento financieros.

    Indique cómo se utilizan los escenarios o la tarificación interna del carbono de cara a las medidas de gestión de riesgos, como las medidas de mitigación, transferencia o adaptación.

    Indique las repercusiones financieras de los fenómenos meteorológicos extremos, incluyendo posibles indicadores de los días de interrupción de la actividad y los consiguientes costes, el coste de las reparaciones, el deterioro del valor de los activos fijos, las perturbaciones en la cadena de valor y la pérdida de ingresos.

    Describa cómo se ve afectado el rendimiento de la empresa por la variabilidad meteorológica, en particular para las empresas sensibles a la variabilidad de la temperatura y las precipitaciones.

    3.5.   Indicadores clave de resultados

    Con arreglo a la Directiva sobre información no financiera, las empresas deben dar a conocer los indicadores clave de resultados que sean pertinentes para su particular actividad. Conviene que consideren la posibilidad de utilizar indicadores para respaldar la restante información relacionada con el clima que divulguen, como la relativa a los resultados o los riesgos principales y su gestión, y para posibilitar la agregación y comparabilidad entre empresas y países y territorios. Los indicadores deben integrarse junto con los demás datos que divulguen para apoyar y explicar lo planteado. Sin embargo, también se considera una buena práctica publicar un cuadro adicional que reúna todos los indicadores en un solo lugar.

    Para responder a los deseos del TCFD, las empresas deben revelar los indicadores y objetivos que utilicen para evaluar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en consonancia con su estrategia y sus procesos de gestión de riesgos [Engloba la recomendación del TCFD que figura en «Parámetros y objetivos», a)].

    La solidez y la fiabilidad de los datos son fundamentales para poder utilizar la información en los procesos de toma de decisiones. En los casos en que no resulte evidente, las empresas deben facilitar una descripción de los métodos utilizados para calcular o estimar los indicadores, así como de cualquier cambio que se introduzca en ellos.

    Indicadores recomendados  (22)

    Sin perjuicio de la evaluación de significatividad de la empresa y con el fin de promover una mayor comparabilidad de la información no financiera divulgada por las empresas, se aconseja a estas divulgar los indicadores de la presente sección.

    Emisiones de GEI

    Esta sección contiene cuatro indicadores diferentes relativos a las emisiones de GEI: emisiones de GEI directas; emisiones de GEI indirectas resultantes de la generación de electricidad, vapor, calor o refrigeración adquiridos y consumidos; todas las demás emisiones de GEI indirectas que se produzcan en la cadena de valor de la empresa informante; y objetivo de emisiones de GEI absolutas. Las empresas que decidan utilizar alguno o la totalidad de estos indicadores deben:

    Calcular sus emisiones de GEI de acuerdo con la metodología del Protocolo de GEI o la norma ISO 14064-1:2018 y, en su caso, con la Recomendación 179/2013 de la Comisión, sobre el uso de métodos comunes para medir los resultados en materia de emisiones de GEI siguiendo un enfoque basado en el ciclo de vida (huella ambiental de las organizaciones y huella ambiental de los productos). Esto posibilitará la agregación y comparabilidad entre empresas y países y territorios.

    Indicar la situación en materia de verificación/certificación por terceros que corresponde a las emisiones de GEI por ellas comunicadas en los ámbitos 1, 2 y 3.

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Emisiones de GEI directas procedentes de fuentes pertenecientes a la empresa o controladas por ella (ámbito 1)

    Toneladas métricas de CO2e (23)

    270 900 t CO2e

    Este indicador clave de resultados garantiza que las empresas midan con exactitud su huella de carbono derivada de las emisiones directas.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 305, marco de la CDSB, SASB, EMAS

    Régimen de comercio de derechos de emisión (CDE) de la UE

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Orientaciones suplementarias:

    Las empresas deben publicar el 100 % de sus emisiones de GEI del ámbito 1, lo que ayudará a mejorar la calidad de la información presentada por otras empresas sobre las emisiones de GEI. Si una empresa no puede recopilar datos fiables respecto de un determinado porcentaje de sus emisiones del ámbito 1, conviene que realice una estimación razonable en relación con ese porcentaje con el fin de llegar a una cifra correspondiente al 100 %. En ese caso, la empresa también debe revelar: 1) el porcentaje de emisiones con respecto al cual se han obtenido datos fiables y el porcentaje de emisiones obtenidas mediante estimación, 2) las razones por las que no se hayan podido recopilar datos fiables sobre una proporción de las emisiones, y 3) el método empleado para estimar el porcentaje de emisiones sobre el que se carecía de datos fiables.

    Cuando proceda, las empresas deben considerar la posibilidad de publicar un desglose de las emisiones de GEI del ámbito 1 por país o región (incluida la UE), por actividad empresarial y por filial. Por ejemplo: Emisiones de GEI del ámbito 1 en el país/la región X 42 260 t CO2e, en el país/la región Y 54 180 t CO2e.


    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Emisiones de GEI indirectas resultantes de la generación de electricidad, vapor, calor o refrigeración (colectivamente denominados «electricidad») adquiridos y consumidos (ámbito 2)

    Toneladas métricas de CO2e

    632 400 t CO2e

    Este indicador clave garantiza que las empresas midan las emisiones resultantes de la electricidad, vapor, calor y refrigeración adquiridos.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 305, marco de la CDSB, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Orientaciones suplementarias:

    En caso necesario, las empresas deben indicar si hay alguna fuente (por ejemplo, instalaciones, GEI específicos, actividades, áreas geográficas, etc.) de emisiones de GEI del ámbito 2, dentro del área de notificación que hayan seleccionado, en relación con la cual no se hayan podido recopilar o estimar las emisiones de GEI, y las razones de ello.

    Cuando proceda, las empresas deben considerar la posibilidad de publicar un desglose de las emisiones de GEI del ámbito 2 por país o región (incluida la UE), por actividad empresarial y por filial. Por ejemplo: Emisiones de GEI del ámbito 2 en el país/la región X 98 654 t CO2e, en el país/la región Y UE: 126 480 t CO2e.


    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Todas las emisiones de GEI indirectas (no incluidas en el ámbito 2) que se generan en la cadena de valor de la empresa informante, incluidas las emisiones en los eslabones anteriores y posteriores de la cadena (ámbito 3)

    Toneladas métricas de CO2e

    4 383 000 t CO2e

    Para la mayoría de las empresas, la mayor parte de las emisiones se generan indirectamente a través de las actividades de la cadena de valor. Este indicador clave de resultados ayuda a apreciar la minuciosidad de los procesos contables de las empresas y a comprender cómo analizan estas la huella derivada de sus emisiones.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 305, marco de la CDSB, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Orientaciones suplementarias:

    En el ámbito 3 deben contabilizarse las emisiones de las actividades que se lleven a cabo en los eslabones de la cadena situados antes y después de las propias operaciones de la empresa.

    Las empresas no deben excluir ninguna actividad que comprometa la pertinencia del inventario notificado de emisiones de GEI del ámbito 3. La Corporate Value Chain (Scope 3) Accounting and Reporting Standard [norma para la contabilización y comunicación de emisiones en la cadena de valor de las empresas (ámbito 3)] del Protocolo de GEI y el anexo H de la norma ISO 14064-1:2018 proporcionan criterios para determinar la pertinencia. Las empresas deben justificar todas las categorías excluidas a la hora de divulgar las emisiones de GEI del ámbito 3. Cuando una o varias pymes formen parte de la cadena de valor, se invita a las empresas a ayudarlas a facilitar la información requerida.


    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Objetivo de emisiones de GEI absolutas

    Toneladas métricas de CO2e conseguidas o porcentaje de reducción, frente al año de base

    Reducción del 20 % de las emisiones absolutas, equivalente a una reducción de 1 500 000 t CO2e para 2025 frente al año de base 2018

    La fijación de objetivos permite orientar y estructurar la estrategia medioambiental. Este indicador clave de resultados ayuda a comprender el compromiso de las empresas con la reducción de las emisiones y a entender si la empresa tiene un objetivo hacia el que focaliza, armonizándola, su labor en ese terreno.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 103-2 y 305, marco de la CDSB, SASB, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Orientaciones suplementarias:

    Las empresas deben indicar si su objetivo u objetivos se refieren a sus emisiones de GEI de los ámbitos 1, 2 o 3, ya sea total o parcialmente.

    Las empresas deben describir la evolución de las emisiones de GEI con respecto a los objetivos fijados (véase la sección 3.3 «Resultados»).

    Las empresas deberían considerar la posibilidad de fijar objetivos para 2025 o 2030 y revisarlos cada cinco años. Asimismo, pueden considerar la posibilidad de fijar un objetivo para 2050 para adaptarse al Acuerdo de París.

    Cuando proceda, las empresas deben contemplar la posibilidad de publicar los objetivos de emisiones de GEI por país o región (incluida la UE), por actividad empresarial y por filial.

    Las empresas podrían considerar la posibilidad de publicar un objetivo de intensidad adicional expresado en toneladas métricas de CO2e respecto de un parámetro comercial o en porcentaje de reducción de intensidad frente al año de base (por ejemplo, reducción del 8 % de las emisiones relativas, equivalente a una reducción de 350 t CO2e por millón de EUR de volumen de negocios para 2025 frente al año de base 2018).

    Energía

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Producción o consumo total de energía procedente de fuentes renovables y no renovables

    MWh

    292 221 MWh consumidos de fuentes renovables;

    1 623 453 MWh consumidos de fuentes no renovables

    El consumo y la producción de energía representan una proporción importante de las emisiones de GEI.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 302, marco de la CDSB, SASB, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030; Directiva de eficiencia energética

    Orientaciones suplementarias:

    Los combustibles consumidos como materia prima no se queman con fines energéticos y no deben incluirse en los cálculos relativos a este indicador.

    Inclúyase un desglose de las diferentes fuentes de energía renovable. Las fuentes de energía renovables son aquellas que pueden ser repuestas de forma natural en plazos a escala humana, como la energía eólica, solar, hidráulica, geotérmica, producida a partir de biomasa, etc. Esta definición excluye todos los combustibles fósiles (carbón, petróleo, gas natural) y nucleares. La energía residual no debe incluirse si se deriva de combustibles fósiles (24).

    Al informar sobre fuentes de energía no renovables, haga una distinción entre las hipocarbónicas y las demás fuentes no renovables.


    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Objetivo de eficiencia energética

    Porcentaje

    Mejora del 6,5 % para 2025 frente al año de base 2018 respecto de un producto, producción o actividad.

    Este indicador clave de resultados ayuda a los usuarios de los datos a comprender las aspiraciones de las empresas en cuanto a una utilización más eficiente de la energía, lo que puede reducir sus costes energéticos y las emisiones de GEI. Ofrece más información contextual sobre la forma en que la empresa pretende alcanzar sus objetivos de reducción de emisiones.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 103-2 y 302, SASB, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030; Directiva de eficiencia energética

    Orientaciones suplementarias:

    Las empresas deben describir los avances en relación con los objetivos energéticos fijados (véase la sección 3.3 «Resultados»).


    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Objetivo de consumo o producción de energía renovable

    Porcentaje de aumento de la proporción de energía renovable consumida/producida frente al año de base

    Aumento del 13 % de la proporción de energía renovable consumida para 2025 frente al año de base 2018

    Este indicador clave de resultados ayuda a los usuarios de los datos a comprender la aspiración de las empresas a producir o consumir energía con menores emisiones de GEI.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, Cuestionario sobre el cambio climático del CDP, GRI 103-2 y 302, EMAS

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030; Directiva sobre fuentes de energía renovables

    Orientaciones suplementarias:

    Las empresas deben describir los avances en relación con los objetivos energéticos fijados (véase la sección 3.3 «Resultados»).

    Riesgos materiales

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Activos comprometidos en regiones susceptibles de quedar más expuestas a riesgos climáticos materiales, agudos o crónicos

    Porcentaje

    15 % del valor contable de los activos reales expuestos

    Los fenómenos meteorológicos extremos pueden dar lugar a interrupciones o limitaciones de la capacidad de producción o a la reducción precoz de las instalaciones operativas. El valor de los activos en zonas expuestas a mayores fenómenos meteorológicos fundamenta las posibles implicaciones para la valoración de los activos. Es importante observar este indicador clave de resultados, en conjunción con la información divulgada sobre las estrategias y políticas de adaptación de la empresa.

    Parámetros y objetivos (Metrics and Targets) del TCFD, todos los códigos 450a.1 de la SASB dentro de los sectores de actividad seleccionados

    Estrategia de adaptación de la UE

    Orientaciones suplementarias:

    Se aconseja a las empresas que divulguen las fuentes o la metodología que hayan utilizado para determinar las regiones más expuestas a riesgos materiales relacionados con el clima.

    Productos y servicios

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Política de la UE de referencia

    Porcentaje del volumen de negocios en el año de referencia correspondiente a productos o servicios vinculados con actividades que cumplen los criterios para contribuir sustancialmente a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, tal como se dispone en el Reglamento relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (taxonomía de la UE).

    O

    Porcentaje de la inversión (inversión en activos fijos) o del gasto (gasto de explotación) en el año de referencia correspondiente a activos o procesos vinculados con actividades que cumplen los criterios para contribuir sustancialmente a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, tal como se dispone en el Reglamento relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (taxonomía de la UE).

    Porcentaje

    12,5 % (volumen de negocios) de productos o servicios vinculados con actividades que contribuyen de manera sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo

    8 % (inversión en activos fijos) de productos vinculados con actividades que contribuyen de manera sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo

    Estos indicadores clave de resultados proporcionan información útil a los inversores que se interesan por empresas cuyos productos y servicios contribuyen sustancialmente a mitigar el cambio climático o a adaptarse a él, sin perjudicar de forma significativa ningún otro objetivo medioambiental de la UE.

    Propuesta de Reglamento relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles

    Plan de Acción de la Comisión para Financiar el Crecimiento Sostenible

    Orientaciones suplementarias:

    Las empresas deben informar sobre este indicador una vez que se apruebe, en su caso, la propuesta de Reglamento relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (taxonomía de la UE). Al evaluar si una actividad contribuye de manera sustancial a alguno de los dos objetivos de la UE de mitigación del cambio climático o de adaptación al mismo, sin perjudicar de forma significativa ningún otro objetivo medioambiental de la UE, las empresas deben tener en cuenta todos los criterios y condiciones pertinentes establecidos en el Reglamento.

    Finanzas verdes

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Ratio de bonos verdes relacionados con el clima:

    Importe total de bonos verdes en circulación (al final del ejercicio) dividido por el importe total (media móvil de cinco años) de bonos en circulación

    O

    Ratio de deuda verde relacionada con el clima:

    Importe total de todos los instrumentos de deuda verde en circulación (al final del ejercicio) dividido por el importe total (media móvil de cinco años) de toda la deuda en circulación.

    Porcentaje

    20 % de los bonos

    Estos indicadores clave de resultados ayudan a las empresas a comunicar de qué manera su plan de transición hacia un bajo nivel de emisiones de carbono está respaldado por actividades de financiación mediante deuda y cómo captan capital para proyectos existentes y nuevos beneficiosos para el clima.

    ISO/CD 14030-1

    Bonos verdes: Comportamiento ambiental de los proyectos y activos designados (PROYECTO)

    Plan de Acción de la Comisión para Financiar el Crecimiento Sostenible

    Orientaciones suplementarias:

    El importe total de los bonos verdes o la deuda verde solo debe incluir los bonos e instrumentos de deuda emitidos con arreglo a una posible norma sobre bonos verdes de la UE, una vez que se apruebe, en su caso, dicha norma, o con arreglo a cualquier otro marco sobre bonos verdes ampliamente reconocido, como los Principios de los Bonos Verdes y los Principios de los Préstamos Verdes. Las empresas deben especificar qué marco sobre bonos verdes aplican.

    En el caso de los emisores que hayan emitido bonos que no sean instrumentos cotizados (por ejemplo, en el marco de colocaciones privadas), debe publicarse el desglose de valores cotizados y no cotizados.

    Las empresas también deben considerar la posibilidad de indicar objetivos futuros en relación con estos indicadores clave de resultados.

    Además de los indicadores anteriores, las empresas deberían tener en cuenta los siguientes:

    Indicadores sectoriales pertinentes para la rama de actividad de que se trate. Las empresas de sectores tales como los de energía, transporte, materiales, bienes inmuebles y agricultura, entre otros, deben remitirse a las orientaciones adicionales del TCFD para los grupos no financieros y otros marcos de información relacionada con el clima para garantizar la comparabilidad de los indicadores clave de resultados notificados entre todos los sectores y empresas (25).

    Indicadores sobre cuestiones medioambientales conexas. Es posible que las empresas cuyos modelos de negocio dependan de algún tipo de capital natural que se vea amenazado por el cambio climático tengan que publicar indicadores relacionados con ese capital natural (por ejemplo, agua, productividad del suelo o biodiversidad). Las empresas que repercuten negativamente en el clima como consecuencia del cambio en el uso de la tierra, en particular la deforestación y la degradación forestal, deben considerar la posibilidad de publicar indicadores sobre estas cuestiones (26).

    Indicadores sobre el capital humano y cuestiones sociales conexas, como la formación y la contratación de empleados.

    Indicadores relacionados con las oportunidades. Las empresas inmersas en la transición a una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático, en consonancia con una serie de medidas fundamentales de la UE (27), y que realicen actividades para la mitigación del cambio climático o la adaptación a él que puedan traducirse en oportunidades para la empresa, deben considerar la posibilidad de publicar indicadores clave de resultados que reflejen esa labor. Podría tratarse, por ejemplo, de los ingresos procedentes de productos hipocarbónicos, los ingresos procedentes de productos o servicios pertinentes para el modelo de economía circular, y el gasto en I+D para un sistema de producción de economía circular.


    (1)  DO L 330 de 15.11.2014, p. 1.

    (2)  https://ec.europa.eu/clima/policies/strategies/2030_es

    (3)  https://ec.europa.eu/clima/policies/strategies/2050_en

    (4)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52018DC0097

    (5)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52018PC0353

    (6)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52018PC0354

    (7)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52018PC0355

    (8)  https://www.fsb-tcfd.org/

    (9)  https://ec.europa.eu/info/consultations/finance-2019-non-financial-reporting-guidelines_en

    (10)  DO C 215 de 5.7.2017, p. 1.

    (11)  Ello no impide tomar debidamente en consideración la información sensible desde el punto de vista comercial. La correspondiente información podrá facilitarse en términos más amplios que transmitan, no obstante, datos útiles a los inversores y otras partes interesadas y respondan al objetivo general de transparencia.

    (12)  https://www.fsb-tcfd.org/wp-content/uploads/2017/12/FINAL-TCFD-Annex-Amended-121517.pdf

    (13)  Véase el anexo II «Correspondencias entre los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y la información que el TCFD recomienda divulgar».

    (14)  Grandes entidades de interés público con arreglo a la Directiva 2013/34/UE que cuenten con más de 500 empleados.

    (15)  Artículo 19 bis, apartado 1, de la Directiva 2013/34/UE (introducido por la Directiva 2014/95/UE, esto es, la Directiva sobre información no financiera).

    (16)  Esta descripción de los riesgos materiales y de transición se basa en gran medida en el informe del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima.

    (17)  Podrán hallarse orientaciones adicionales sobre la comunicación de los riesgos materiales en Advancing TCFD Guidance on Physical Climate Risks and Opportunities, BERD y Centro Global de Excelencia en Adaptación al Clima.

    https://www.physicalclimaterisk.com/media/EBRD-GCECA_draft_final_report_full.pdf

    (18)  Podrán hallarse mayores explicaciones y orientaciones sobre el capital natural en el sitio web de la Coalición de Capital Natural https://naturalcapitalcoalition.org/.

    (19)  La labor que está realizando el Diálogo de Información Corporativa está destinada a armonizar en mayor medida la información relacionada con el clima preconizada por el IIRC, la SASB, la GRI, el CDP y la CDSB. Se aconseja a las empresas que tengan en cuenta esta labor cuando esté completa.

    (20)  Se alienta a las empresas a considerar un escenario de 1,5 °C, a la luz de las conclusiones del Informe Especial de 2018 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático. Para más información sobre cómo realizar un análisis de escenarios a fin de evaluar la resiliencia estratégica de una empresa, véase el suplemento técnico del TCFD «The Use of Scenario Analysis in Disclosure of Climate-related Risks and Opportunities»

    https://www.fsb-tcfd.org/wp-content/uploads/2017/06/FINAL-TCFD-Technical-Supplement-062917.pdf

    (21)  Es probable que la definición de corto, medio y largo plazo dependa del modelo de negocio de la empresa y del ciclo de vida de sus activos y pasivos.

    (22)  Para mayor facilidad de uso, en esta sección se facilitan las oportunas orientaciones suplementarias inmediatamente después de cada indicador recomendado.

    (23)  El equivalente de dióxido de carbono o equivalente de CO2 (CO2e) es una medida métrica utilizada para comparar las emisiones de diversos gases de efecto invernadero sobre la base de su potencial de calentamiento global, convirtiendo las cantidades de otros gases en la cantidad equivalente de dióxido de carbono con el mismo potencial de calentamiento global.

    (24)  Definición de «energía renovable» de la Climate Change Reporting Guidance [guía para divulgar información sobre el cambio climático] de 2018 del CDP.

    (25)  TCFD (2017): Implementing the Recommendations of the Task-Force on Climate-related Financial Disclosures (aplicación de las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre la divulgación de información financiera relacionada con el clima), https://www.fsb-tcfd.org/wp-content/uploads/2017/06/FINAL-TCFD-Annex-062817.pdf. Entre las demás normas y marcos de información que proporcionan indicadores clave de resultados sectoriales específicos sobre cuestiones relacionadas con el clima cabe citar los Cuestionarios del CDP sobre el cambio climático, la seguridad del agua y los bosques, las normas GRI 305: Emissions 2016 y GRI 302: Energy 2016 o las normas sectoriales de la SASB.

    (26)  Podrán hallarse orientaciones adicionales en The Natural Capital Protocol Toolkit

    https://naturalcapitalcoalition.org/protocol-toolkit/ y en la Recomendación 179/2013 de la Comisión, sobre el uso de métodos comunes para medir los resultados en materia de emisiones de GEI siguiendo un enfoque basado en el ciclo de vida (huella ambiental de las organizaciones y huella ambiental de los productos).

    (27)  Como el paquete sobre la economía circular, la Directiva sobre las fuentes de energía renovables, la Directiva de eficiencia energética, el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE o el paquete de medidas sobre transporte limpio. Para más detalles, véase https://ec.europa.eu/clima/policies/strategies/2050_en


    ANEXO I

    Orientaciones suplementarias para los bancos y las compañías de seguros

    Los requisitos de la Directiva sobre información no financiera se aplican a las grandes empresas cotizadas, los bancos y las compañías de seguros. La Directiva impone los mismos requisitos a todas las empresas incluidas en su ámbito de aplicación, independientemente del sector en el que operen. Por lo tanto, no impone requisitos adicionales a los bancos y las compañías de seguros en comparación con otras empresas.

    La información que se propone divulgar en la sección 3 corresponde a todas las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación de la Directiva antes citada, independientemente de su sector de actividad, incluidos los bancos y las compañías de seguros. Los bancos y las compañías de seguros deben examinar la información recomendada en la sección 3 desde la perspectiva particular de sus actividades empresariales, en especial la concesión de préstamos, la inversión, la suscripción de seguros y la gestión de activos (1). El presente anexo tiene por objeto ayudar a los bancos y compañías de seguros en este ejercicio, y contiene orientaciones suplementarias que pueden considerar utilizar cuando resulte proporcionado a la hora de divulgar la información recomendada en la sección 3.

    Este anexo no se dirige a otras empresas del sector financiero, como las sociedades de gestión de activos o los fondos de pensiones, ya que no entran en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre información no financiera. No obstante, estas empresas pueden encontrar útil divulgar algunos de los datos propuestos en el presente anexo.

    El Plan de Acción para Financiar el Crecimiento Sostenible hace especial hincapié en la importancia sistémica del sector financiero para hacer posible la transición a una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático. A diferencia de la mayoría de las demás empresas, los bancos y las compañías de seguros son a un tiempo proveedores y usuarios de información relacionada con el clima. Los bancos y las compañías de seguros pueden exacerbar los riesgos relacionados con el clima si sus inversiones y políticas de suscripción de seguros apoyan actividades económicas que contribuyen al cambio climático a través de las emisiones de GEI, por ejemplo a través de la deforestación, la degradación forestal o el cambio en el uso de la tierra. A la inversa, pueden promover la transición a una economía hipocarbónica y resiliente al cambio climático, e impulsar una mayor sensibilización con respecto a la transición integrando en sus políticas y procedimientos una evaluación del impacto potencial sobre el cambio climático de sus posibles inversiones, préstamos y contratos de seguros.

    Cuando procede, las orientaciones suplementarias que figuran a continuación establecen una distinción entre la información cuya divulgación puede resultar pertinente para todos los bancos y compañías de seguros, y la información cuya divulgación solo sería pertinente para una determinada actividad (concesión de préstamos, inversión, suscripción de seguros o gestión de activos).

    1.   Modelo de negocio

    Los bancos y compañías de seguros deben considerar la posibilidad de incluir la siguiente información entre la que se recomienda divulgar sobre el modelo de negocio en la sección 3:

    El modo en que los riesgos y oportunidades relacionados con el clima de las carteras de inversión, préstamos y seguros podrían afectar al modelo de negocio de la entidad financiera.

    Si la entidad toma en consideración, y de qué manera, que sus contrapartes tengan en cuenta los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

    Cómo se tiene en cuenta en las estrategias pertinentes de inversión, concesión de préstamos y suscripción de seguros la evaluación de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima, y cómo podría cada una de esas estrategias verse afectada por la transición a una economía hipocarbónica.

    Actividades de suscripción de seguros: cómo podrían influir los posibles efectos del cambio climático en los tomadores de seguros, las empresas cedentes, los reaseguradores y su selección por la compañía de seguros.

    2.   Políticas y procesos de diligencia debida

    Los bancos y compañías de seguros deben considerar la posibilidad de incluir la siguiente información entre la que se recomienda divulgar sobre las políticas y procesos de diligencia debida en la sección 3:

    La manera en que la entidad financiera fomenta una mayor divulgación de los riesgos relacionados con el clima y mejores prácticas respecto a esos riesgos con vistas a mejorar la disponibilidad de los datos y los posibles esfuerzos para aumentar la sensibilización de las contrapartes y, en general, de los clientes, con respecto a la pertinencia de las cuestiones relacionadas con el clima en el marco de sus procesos de concesión de préstamos, inversión y suscripción de seguros, por ejemplo, a través de servicios especializados de asesoramiento sobre riesgos relacionados con el clima.

    Cualquier actividad de tutela (stewardship) relacionada con la estrategia climática de la entidad financiera, como los compromisos con empresas, los resultados y la votación por delegación (por ejemplo, resoluciones presentadas o respaldadas).

    Toda cartera de inversión, de préstamos y de seguros que contribuya a la mitigación del cambio climático y a la adaptación al mismo, así como cualquier objetivo pertinente a este respecto, por ejemplo, en términos de ingresos de seguros relacionados con la eficiencia energética y la tecnología hipocarbónica.

    Actividades de inversión: de qué manera se considera que las cuestiones relacionadas con el clima generan valor en el proceso de toma de decisiones de inversión de la entidad financiera.

    Actividades de suscripción de seguros: si se están desarrollando productos específicos relacionados con el clima, como el aseguramiento de riesgos de infraestructuras verdes y soluciones basadas en la naturaleza (2).

    Actividades de suscripción de seguros: si alguno de los seguros de vida de la empresa incorpora consideraciones climáticas en la modelización de los riesgos biométricos.

    Actividades de suscripción de seguros: si la compañía de seguros forma parte de asociaciones público-privadas para promover la sensibilización sobre los riesgos relacionados con el clima, la resiliencia frente al riesgo de catástrofes o las inversiones para la adaptación al clima.

    Actividades de gestión de activos: cómo se integran las consideraciones relacionadas con el clima en las evaluaciones de idoneidad, a fin de conocer las preferencias y la sensibilización de los clientes en relación con los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

    Actividades de gestión de activos: cómo garantiza la entidad financiera que su desempeño en lo relativo al clima se ajuste a la estrategia climática de sus clientes.

    Actividades de gestión de activos: los objetivos asociados a la exposición a los riesgos climáticos de los activos gestionados de todas las clases (por ejemplo, acciones, bonos, infraestructura, bienes inmuebles, productos estructurados, bonos de titulización hipotecaria, derivados).

    3.   Resultados

    Los bancos y compañías de seguros deben considerar la posibilidad de incluir la siguiente información entre la que se recomienda divulgar sobre los resultados en la sección 3:

    La tendencia evolutiva de la cantidad de activos relacionados con el carbono en las diferentes carteras con respecto a cualquier objetivo pertinente fijado y los correspondientes riesgos a lo largo del tiempo.

    La tendencia evolutiva de la media ponderada de la intensidad en carbono en las diferentes carteras con respecto a cualquier objetivo pertinente fijado y los correspondientes riesgos a lo largo del tiempo. Las entidades financieras deben divulgar los cambios habidos en el sector y la distribución geográfica de sus inversiones frente al ejercicio de referencia anterior y explicar la incidencia de esos cambios en la media ponderada de la intensidad en carbono de sus carteras.

    4.   Riesgos y su gestión

    Los bancos y compañías de seguros deben considerar la posibilidad de incluir la siguiente información entre la que se recomienda divulgar sobre los riesgos y su gestión en la sección 3:

    Si los procesos de gestión del riesgo, incluidas las pruebas de resistencia internas, tienen en cuenta los riesgos relacionados con el clima.

    Cualquier exposición en las diferentes actividades de préstamo, inversión y suscripción de seguros a sectores que se considera que contribuyen al cambio climático, lo que podría generar riesgos de reputación para la entidad financiera.

    Los riesgos relacionados con el clima identificados en las distintas actividades de préstamo, inversión o suscripción de seguros, y la forma en que la entidad financiera evalúa y gestiona dichos riesgos.

    La exposición de los activos financieros, los activos no financieros y los activos gestionados a los principales riesgos relacionados con el clima, junto con un desglose de dichos riesgos en riesgos materiales y de transición.

    La forma en que la entidad financiera ha evaluado la exposición de los activos financieros y no financieros a los riesgos relacionados con el clima con arreglo a diferentes escenarios climáticos.

    La caracterización de sus riesgos relacionados con el clima en el contexto de las categorías de riesgo habituales en el sector, como el riesgo de crédito, el riesgo de mercado y el riesgo operativo (3).

    La forma en que los riesgos relacionados con el clima podrían afectar a las necesidades globales de solvencia de las compañías de seguros y los requisitos de capital reglamentario actuales y futuros de los bancos. A tal fin, los bancos podrán utilizar los resultados de su propio proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (véase el artículo 73 de la Directiva 2013/36/UE), y las empresas de seguros podrán utilizar los resultados de los cálculos realizados en sus propias evaluaciones de riesgos y solvencia [véanse el artículo 45 de la Directiva 2009/138/CE y el artículo 262 del Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión], así como los resultados de las pruebas de resistencia y los análisis de sensibilidad [véase el artículo 295, apartado 6, del Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión], en particular cuando dichas técnicas utilicen datos relacionados con el clima (4).

    Actividades de préstamo: volumen de las garantías reales muy expuestas a riesgos relacionados con el clima y repercusión de los escenarios seleccionados en su valor.

    Actividades de préstamo: volumen de las garantías reales inmobiliarias desglosado según la calificación de eficiencia energética con arreglo a los correspondientes certificados. En particular, el volumen de las garantías reales inmobiliarias muy expuestas al riesgo de transición, incluidas las garantías reales con las calificaciones de eficiencia energética más bajas en comparación con el total de las garantías reales.

    Actividades de préstamo: volumen de las garantías reales inmobiliarias muy expuestas a riesgos materiales en comparación con el total de las garantías reales.

    Actividades de suscripción de seguros: procesos para determinar y evaluar los riesgos relacionados con el clima en los seguros y reaseguros por zona geográfica, división comercial o segmentos de productos.

    Actividades de suscripción de seguros: medidas de mitigación, como tratados de reaseguro o estrategias de cobertura, tomadas por la entidad para reducir los riesgos relacionados con el clima y el efecto de cualquier cambio en dichas técnicas.

    Actividades de suscripción de seguros: importe de las exposiciones de suscripción relacionadas con el carbono en términos de ingresos de seguros.

    5.   Indicadores clave de resultados

    A la hora de publicar indicadores relacionados con las emisiones de GEI, los bancos y las compañías de seguros deben centrarse en sus emisiones de GEI del ámbito 3, pese a los problemas notorios que ello supone. Las emisiones de GEI de los ámbitos 1 y 2 (emisiones directas y emisiones indirectas procedentes de la generación de energía adquirida) probablemente serán reducidas en comparación con otras emisiones indirectas (ámbito 3).

    Cuando proceda y sea proporcionado, las emisiones de GEI del ámbito 3 de los bancos y compañías de seguros no solo deben incluir las emisiones de los ámbitos 1 y 2 de sus contrapartes, sino también las del ámbito 3 de estas últimas. Cuando una o varias pymes formen parte de la cadena de valor, se invita a los bancos y compañías de seguros a ayudarlas a facilitar la información requerida.

    Al publicar indicadores clave de resultados pertinentes para su respectiva actividad y a fin de respaldar los otros datos cualitativos relacionados con el clima que divulguen, tal como se recomienda en la sección 3, los bancos y compañías de seguros deberían considerar la posibilidad de publicar los siguientes indicadores:

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Importe o porcentaje de los activos relacionados con el carbono en cada cartera, en millones EUR o porcentaje del valor actual de la cartera (5).

    Millones en la moneda de referencia/porcentaje

    20 millones EUR o 20 % de activos relacionados con el carbono en la cartera de acciones del banco

    Mostrar que se tiene conciencia de la exposición de la cartera a sectores afectados en diverso grado por los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

    TCFD Common Carbon Footprinting and Exposure Metrics

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Media ponderada de la intensidad en carbono de cada cartera, cuando se disponga de datos o puedan realizarse estimaciones razonables (6).

    t CO2e por cada millón de ingresos en la moneda de referencia

    El banco comunica la intensidad en carbono de su cartera de acciones en términos de t de CO2e por millón EUR utilizando los datos sobre carbono de terceros.

    Mostrar que se tiene conciencia de la exposición de la cartera a sectores afectados en diverso grado por los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

    TCFD Common Carbon Footprinting and Exposure Metrics

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Volumen de exposiciones por sector de la contraparte.

    Moneda de referencia

    % de la exposición total al riesgo

    1 250 millones EUR en el sector de la energía, que representan el 17 % del total de inversiones

    Mostrar la concentración de exposiciones frente a sectores hipercarbónicos e hipocarbónicos.

     

    Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica de la UE

    Actividades de préstamo e inversión

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Exposición al riesgo de crédito y volumen de garantías reales por zona geográfica o país de ubicación de la actividad o de la garantía real, con indicación de los países o zonas geográficas muy expuestos a riesgos materiales.

    Moneda de referencia

    750 millones EUR

    Mostrar la concentración de exposiciones y garantías reales en países y zonas geográficas muy expuestos a riesgos materiales.

     

    Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica de la UE

    Volumen de garantías reales vinculadas con activos o actividades en sectores que contribuyen a mitigar el cambio climático.

    % del volumen total de garantías reales

    12 % de las garantías reales

    Mostrar el volumen de garantías reales verdes, es decir, con una menor exposición al carbono.

     

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Volumen de activos financieros que financian actividades económicas sostenibles que contribuyen sustancialmente a la mitigación del cambio climático o la adaptación al mismo (cifras absolutas y en relación con el total de exposiciones) según la taxonomía de la UE.

    Moneda de referencia

    % de la exposición total al riesgo

    650 millones EUR, que representan el 12 % de la cartera de préstamos

    Mostrar la concentración de inversiones verdes y su resiliencia al cambio climático.

     

    Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica de la UE

    Importe total (al final del ejercicio) de las carteras de renta fija invertido en bonos verdes certificados de conformidad con una posible norma sobre bonos verdes de la UE, una vez que se apruebe, en su caso, dicha norma, o de acuerdo con cualquier otro marco sobre bonos verdes ampliamente reconocido, dividido por el importe total (media móvil de cinco años) de las tenencias en las carteras de renta fija.

    Porcentaje e importe total en la moneda de referencia

    Bonos verdes en comparación con los bonos ordinarios suscritos o emitidos

    Este indicador demuestra el compromiso con las finanzas verdes y la estrategia y el proceso de transición del inversor hacia la adaptación a un escenario de recalentamiento claramente inferior a 2 °C.

    Ayuda a demostrar que el historial y los datos prospectivos pueden sustentar la estrategia de transición del inversor mediante un sólido indicador clave de resultados.

    La versión propuesta del proyecto de norma ISO 14030 (octubre de 2018) sobre bonos verdes requiere ya que se informe acerca de este indicador.

    Futura etiqueta ecológica de la UE para productos financieros verdes (7).

    Actividades de suscripción de seguros

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Desglose de la exposición de los contratos suscritos a sectores económicos por ramos (seguros de vida/seguros no de vida/reaseguros).

    Moneda de referencia

    Importe y % de las primas netas emitidas y de las provisiones técnicas, con arreglo a la Directiva 2009/138/CE, derivadas del seguro de infraestructuras de tomadores de seguros pertenecientes al sector de la energía.

    Demostrar que se tiene conciencia de la exposición económica actual y la concentración (en su caso) en sectores afectados en diverso grado por el cambio climático.

    Taxonomía de la UE

    SASB

    Directiva 2009/138/CE (Solvencia II)

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Porcentaje de productos que incorporan riesgos relacionados con el clima al proceso de suscripción de contratos individuales (seguros de vida/seguros no de vida/reaseguros).

    0-100 %

    Los productos podrían estar relacionados con un tipo específico de riesgo o con un segmento de la clientela particularmente expuesto a los riesgos climáticos.

    Demostrar la resiliencia de la cartera de productos al cambio climático.

    SASB

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Número y valor de los productos de seguros relacionados con el clima ofrecidos (seguros no de vida/reaseguros)

    La empresa ha desarrollado una oferta específica para zonas geográficas especialmente expuestas a fenómenos meteorológicos extremos, y publica información cuantitativa en torno a la aceptación del producto.

    Moneda de referencia

    Número

    La empresa ha desarrollado una oferta específica para zonas geográficas especialmente expuestas a fenómenos meteorológicos extremos, y publica información cuantitativa en torno a la aceptación del producto.

    Demostrar la capacidad para aprovechar las oportunidades que se derivan de la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo.

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Estrategia de adaptación de la UE

    Máxima pérdida esperada de catástrofes naturales causadas por el cambio climático (seguros de vida/seguros no de vida/reaseguros).

    Moneda de referencia

    La empresa publica su máxima pérdida neta esperada por tipo de riesgo y por región

    basándose en la probabilidad de superación de siniestro (Occurrence Exceedance Probability, OEP) en miles de millones EUR. Los tipos de riesgos incluyen los huracanes, las inundaciones, los incendios y las sequías.

    Demostrar la madurez de la gestión de riesgos y la resiliencia empresarial frente a condiciones adversas.

    SASB FN-IN-450a.1,

    AODP

    ASTM

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Estrategia de adaptación de la UE

    Pérdidas totales atribuibles a los pagos de siniestros por 1) catástrofes naturales previstas y 2) catástrofes naturales no previstas, por tipo de evento y segmento geográfico (netas y brutas de reaseguro).

    Moneda de referencia

    La empresa comunica los resultados fundamentales de su gestión del riesgo de catástrofe natural.

    Demostrar la madurez de la gestión de riesgos y la resiliencia empresarial frente a condiciones adversas.

    SASB FN-IN-450a.2,

    GRI 201-2

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030

    Actividades de gestión de activos

    Indicadores clave de resultados

    Unidad de medida

    Ejemplo

    Justificación

    Armonización con otros marcos de información

    Política de la UE de referencia

    Desglose por sector de actividad de todas las clases de activos gestionados (acciones/bonos/infraestructura/bienes inmuebles/productos estructurados/bonos de titulización hipotecaria/derivados) (8).

    Moneda de referencia

    Indique el valor liquidativo de las acciones, desglosado por sectores de actividad.

    Demostrar que se tiene conciencia de la exposición económica actual y la concentración (en su caso) en sectores afectados en diverso grado por el cambio climático.

    Taxonomía de la UE

    AESPJ

    SASB FN-IN-410a. GRI 201-2

    Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030


    (1)  Las entidades financieras deben examinar y aplicar estas propuestas de divulgación de datos teniendo debidamente en cuenta cualesquiera requisitos jurídicos en materia de confidencialidad.

    (2)  http://ec.europa.eu/research/environment/index.cfm?pg=nbs

    (3)  Ejemplos de riesgos climáticos en las operaciones y actividades de seguros: Asociación Internacional de Inspectores de Seguros 2018 https://www.iaisweb.org/page/supervisory-material/issues-papers/file/76026/sif-iais-issues-paper-on-climate-changes-risk

    (4)  A la luz de la evolución de la normativa en el ámbito prudencial, los bancos y las compañías de seguros deben garantizar la coherencia entre la información exigida por las normas prudenciales y cualesquiera otros datos divulgados en informes de finalidad general.

    (5)  El TCFD reconoce que el término «activos relacionados con el carbono» no está bien definido. Las entidades deben utilizar una definición coherente para propiciar la comparabilidad. El TCFD sugiere definir los activos relacionados con el carbono como aquellos activos que están vinculados a los sectores de la energía y los suministros públicos de acuerdo con la Global Industry Classification Standard (norma mundial de clasificación sectorial), con exclusión de los suministros de agua y los sectores de producción independiente de energía y producción de electricidad a partir de fuentes renovables.

    (6)  Las entidades financieras deben divulgar los cambios habidos en el sector y la distribución geográfica de sus inversiones frente al ejercicio de referencia anterior y explicar la incidencia de esos cambios en la media ponderada de la intensidad en carbono de sus carteras. Se aconseja que reexaminen la pertinencia y utilidad de este indicador anualmente, a la luz de los rápidos avances que se registran en el desarrollo de métodos de análisis de escenarios e indicadores de riesgos relacionados con el clima útiles para la toma de decisiones.

    El TCFD es consciente de las dificultades y limitaciones de los actuales indicadores de la huella de carbono, y en particular de que estos no deben necesariamente interpretarse como indicadores de riesgo. Reconoce que es posible que algunos gestores de activos no puedan comunicar la media ponderada de la intensidad en carbono sino respecto de una parte de los activos que gestionen, debido a problemas metodológicos y de disponibilidad de datos. Las entidades informantes pueden presentar otros indicadores de la huella de carbono y de exposición incluidos en las orientaciones adicionales del TCFD para el sector financiero, junto con una descripción de la metodología empleada (anexo del documento del TCFD, p. 43).

    (7)  La etiqueta ecológica europea está siendo desarrollada actualmente por la Comisión Europea con el apoyo del Centro Común de Investigación (CCI).

    (8)  Los importes por rama de actividad o sector de la contraparte, según lo definido en la documentación financiera presentada. Especifíquense las definiciones utilizadas.

    Toda exposición de alto nivel a un sector debe comunicarse sobre la base de los códigos de un dígito de la nomenclatura estadística de actividades económicas de la Comunidad Europea (NACE). En particular, infórmese sobre la exposición a los sectores con una elevada intensidad en carbono: A, B, C, D, E, F y H.

    La entidad debe revelar su exposición, como mínimo, a los diez primeros sectores de actividad por importe monetario de exposición, o a los sectores que representen al menos el 2 % de la exposición monetaria total.


    ANEXO II

    Correspondencias entre los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y la información que el TCFD recomienda divulgar

    La información que este suplemento propone divulgar corresponde a los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y pretende, asimismo, integrar la información que el TCFD recomienda divulgar.

    El gráfico que figura a continuación ilustra la forma en que cada uno de los elementos que el TCFD recomienda divulgar se asigna en este suplemento a un requisito de información previsto en la citada Directiva. Se trata de una posible opción para establecer referencias cruzadas entre la información recomendada por el TCFD y la exigida por la Directiva sobre información no financiera. Dado que la Directiva y el TCFD utilizan términos y conceptos diferentes, estas referencias cruzadas pueden establecerse de otras maneras. Es posible que las empresas deseen considerar otras opciones y se las anima a explorar más detenidamente esta vía.

    Figura 3

    Correspondencias entre los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y la información que el TCFD recomienda divulgar

    Image 3

    Las empresas que están sujetas a los requisitos de la Directiva sobre información no financiera y que traten de aplicar las recomendaciones del TCFD deberían tal vez considerar lo siguiente:

    El TCFD propone publicar la información recomendada entre la documentación financiera anual de la empresa (1). La Directiva permite a los Estados miembros autorizar a las empresas a publicar su estado no financiero en un informe separado en determinadas condiciones, y la mayoría de los Estados miembros han optado por hacerlo así. Si una empresa sujeta a lo dispuesto en la Directiva quiere atenerse a lo recomendado por el TCFD en cuanto al lugar en el que debe incluirse la información divulgada en relación con el clima, debería publicarla en su informe de gestión.

    La perspectiva desde la que se enfoca la significatividad en la Directiva sobre información no financiera abarca tanto la significatividad financiera como la medioambiental y social, mientras que la perspectiva del TCFD se limita exclusivamente a la significatividad financiera. Por tanto, la información que se considera significativa desde la perspectiva del TCFD también debe serlo, en principio, desde la perspectiva de la Directiva.

    El TCFD señala que la información que recomienda divulgar en relación con la estrategia y con los parámetros y objetivos debe ser objeto de una evaluación para comprobar su significatividad financiera. Sin embargo, el TCFD no indica que deba someterse a una evaluación de significatividad la información recomendada sobre la gobernanza y la gestión de riesgos, sugiriendo implícitamente que esta última información se divulgue con independencia de que sea o no significativa. Por lo tanto, una empresa que desee aplicar las recomendaciones del TCFD puede tener que revelar determinada información aun cuando esta no sea necesaria con arreglo a la Directiva sobre información no financiera.


    (1)  Implementing the Recommendations of the TCFD, Apéndice 2, Glosario: La documentación financiera (Financial Filings) se refiere a los paquetes de información anual en los que las organizaciones están obligadas a presentar sus resultados financieros auditados con arreglo a las leyes sobre sociedades, cumplimiento de la normativa o valores de los países o territorios en los que operan. Aunque los requisitos de información difieren a nivel internacional, la documentación financiera consta por lo general de los estados financieros y otra información, como declaraciones sobre gobernanza y comentarios sobre la gestión.


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