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Document 52019AE1578

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros[COM(2019) 151 final]

    EESC 2019/01578

    DO C 282 de 20.8.2019, p. 32–38 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.8.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 282/32


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros

    [COM(2019) 151 final]

    (2019/C 282/06)

    Ponente: Ana BONTEA

    Consulta

    Consejo de la Unión Europea, 12.3.2019

    Fundamento jurídico

    Artículo 148, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

    Sección competente

    Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

    Aprobación en sección

    5.6.2019

    Aprobado en el pleno

    20.6.2019

    Pleno n.o

    544

    Resultado de la votación

    (a favor/en contra/abstenciones)

    211/3/10

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1.

    El CESE reitera sus anteriores conclusiones y recomendaciones sobre las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros, con el fin de que se haga un uso provechoso de las mismas (1).

    1.2.

    El CESE acoge con satisfacción las medidas europeas y nacionales, que han dado lugar a avances en el ámbito del empleo, y recomienda que se mantengan y desarrollen para garantizar la promoción de la viabilidad económica y la sostenibilidad social, una mano de obra cualificada, formada y por tanto mejor preparada para los cambios, en particular tecnológicos, unos mercados laborales con capacidad de respuesta al cambio económico, la consecución de los objetivos del pleno empleo y del progreso social, la reducción de las disparidades, la promoción de la igualdad de oportunidades para todos, la inclusión social y la lucha contra la pobreza, con el fin de eliminar las disparidades regionales en las condiciones de vida y de trabajo y fortalecer el mercado laboral, así como la eficacia del diálogo social.

    1.3.

    El CESE reitera que, a la hora de diseñar las políticas de regulación del mercado de trabajo y de regulación social, es necesario combinar de manera coherente las dimensiones interrelacionadas de la competitividad, la productividad y la sostenibilidad social o los derechos de los trabajadores. Todas las políticas aplicadas por las instituciones europeas, nacionales y locales deben garantizar un equilibrio adecuado entre sostenibilidad económica, social y medioambiental.

    1.4.

    Deberían llevarse a cabo políticas y reformas estructurales que faciliten la creación de puestos de trabajo de calidad, el fomento del emprendimiento responsable, y el desarrollo de las pymes y las empresas sociales.

    1.5.

    El CESE hace hincapié en la importancia de garantizar una educación inclusiva, equitativa y de elevada calidad en la enseñanza técnica, profesional y de grado superior —incluido el universitario—, de garantizar un alto nivel de competencias y conocimientos pertinentes para el empleo, un puesto de trabajo digno y el emprendimiento, así como de promover las oportunidades del aprendizaje permanente para todos.

    1.6.

    El buen funcionamiento del diálogo social es esencial para mejorar el planteamiento y la aplicación de las reformas, así como su seguimiento (2).

    1.7.

    El CESE mantiene sus recomendaciones de proseguir los esfuerzos para eliminar las disparidades, ya que la convergencia al alza es un principio transversal que debe tenerse en cuenta e integrarse en todas las políticas de la UE.

    1.8.

    El CESE reitera sus conclusiones y recomendaciones sobre el pilar europeo de derechos sociales (3).

    2.   Observaciones generales

    2.1.

    La propuesta de Decisión del Consejo prevé la continuidad en 2019 de las cuatro directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros, que figuran en el anexo de la Decisión 2018/1215/UE (4).

    2.2.

    En sus dictámenes anteriores (5), el CESE formuló una serie de conclusiones y recomendaciones sobre las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros; cabe reiterarlas en el marco del presente Dictamen para que se haga un uso provechoso de las mismas.

    2.3.

    El CESE acoge con satisfacción las medidas europeas y nacionales, que han permitido avanzar (6), y recomienda su continuidad y desarrollo velando por la mejora continua de la calidad del empleo y por la reducción de la desigualdad, ya que subsisten diferencias entre Estados miembros, regiones y distintos grupos de personas en el mercado laboral, y el crecimiento no beneficia en la misma medida a todos los países, regiones y ciudadanos, puesto que algunos países siguen teniendo un elevado desempleo, una renta real de los hogares por debajo de los niveles anteriores a la crisis y unas altas tasas de pobreza.

    2.4.

    De aquí a 2020, los Estados miembros y la Unión, en concertación con los interlocutores sociales, deben tratar de desarrollar una nueva estrategia coordinada para el empleo, que garantice, en particular, la promoción de la viabilidad económica y la sostenibilidad social, una mano de obra competente, cualificada y por tanto mejor preparada para los cambios, especialmente tecnológicos, mercados laborales capaces de responder rápidamente a los cambios económicos, la consecución de los objetivos de pleno empleo y del progreso social, la reducción de las disparidades y el fortalecimiento del mercado laboral y de la eficacia del diálogo social.

    3.   Observaciones específicas

    3.1.   Fomentar la demanda de mano de obra y la inversión

    3.1.1.

    Como se pone de relieve en los informes por país de 2019, todos los Estados miembros se enfrentan con obstáculos a la inversión en diferentes campos de actividad. Por ejemplo, una alta carga reglamentaria y administrativa, la falta de previsibilidad de los marcos reglamentarios, la eficacia de los sistemas judiciales y una administración pública ineficiente (7) (las reformas y las inversiones precisan de una capacidad administrativa y técnica suficiente que permita a los Estados miembros alcanzar los resultados esperados), procedimientos de aprobación onerosos y prolongados, sin olvidar la carencia de personal cualificado debida a las deficiencias de los sistemas de educación y formación. Varios informes por país mencionan la escasez de mano de obra cualificada como una de las trabas que dificultan y retrasan las inversiones. A pesar de los recientes esfuerzos y progresos (8) en lo que se refiere a algunas deficiencias del sistema financiero, también cabe destacar las dificultades que siguen encontrando las empresas, especialmente las pymes, para acceder a financiación para inversiones (9). Todas estas vulnerabilidades, que tienen importantes implicaciones transfronterizas, requieren una intervención adecuada a nivel europeo y nacional para que la Unión Europea y sus Estados miembros recobren sus niveles de inversión anteriores a la crisis y que se alcancen los objetivos fijados en la Estrategia Europa 2020 en materia de I+D de las empresas así como de formación de su personal.

    3.1.2.

    Son necesarias unas políticas de inversión más selectivas, acompañadas de un conjunto bien definido de reformas estructurales, orientado a facilitar la creación de puestos de trabajo de calidad, fomentar el espíritu empresarial responsable y el trabajo autónomo real, y sostener la creación y el crecimiento de las pymes y las empresas sociales.

    3.1.3.

    Debería adoptarse una política de la UE inclusiva, coherente y favorable para las pymes, en la que el principio de «Pensar primero a pequeña escala» (Think Small First) debería sustituirse por el de «Actuar primero a pequeña escala» (Act small first). El CESE reitera sus recomendaciones (10) anteriores, incluida la creación de un indicador para medir las condiciones que favorecen el emprendimiento.

    3.1.4.

    Teniendo en cuenta las tendencias demográficas, el aumento de la productividad es fundamental para garantizar en el futuro un crecimiento económico sostenible en todos los Estados miembros. El principal reto para los responsables políticos y los interlocutores sociales es estimular el crecimiento de la productividad en Europa (11) a través de inversiones más específicas en capital físico y humano y la explotación de los avances tecnológicos en los sectores industrial y de servicios, mediante el refuerzo de la inversión productiva en innovación, investigación y desarrollo, en proyectos de fomento del crecimiento y en infraestructuras físicas y sociales como las redes de comunicación y las estructuras asistenciales. Son necesarios esfuerzos de mayor magnitud para invertir en la creación de empleo de calidad y atajar el trabajo precario, ya que esto también frena la productividad.

    3.2.   Mejorar el acceso al empleo, las capacidades y las competencias (12)

    3.2.1.

    Uno de los principales motivos de preocupación en 2019 es que se confirma el desajuste entre las competencias estructurales y las necesidades del mercado laboral, ya que las empresas de la UE tienen cada vez más dificultades para contratar trabajadores. Esto se debe a la falta de competencias pertinentes dentro de la UE, lo que no hace sino aumentar la presión sobre la capacidad de producción. La escasez de mano de obra cualificada no solo afecta a los países con un alto nivel de empleo, sino también a aquellos con un elevado desempleo, y es particularmente grave en algunos sectores, como la construcción, los servicios de TIC, la ingeniería y los servicios financieros (13). Se necesitan medidas más contundentes para hacer frente a esta situación, que den prioridad a una reforma de los sistemas de educación y formación en la mayoría de los países y promuevan un enfoque basado en resultados en la enseñanza superior.

    3.2.2.

    Las prioridades son garantizar la equidad e igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a una educación de calidad y un alto nivel de competencias y conocimientos, así como un reparto equitativo de los resultados del aprendizaje.

    3.2.3.

    Los centros de enseñanza y los profesores deberían contar con el apoyo, el espacio y las herramientas necesarias para integrar los valores de la democracia, la ciudadanía activa, el pensamiento crítico, la tolerancia y la paz, en el contexto de las dificultades de integración de los inmigrantes y los refugiados, el extremismo de derechas y el nacionalismo populista.

    3.2.4.

    Un buen funcionamiento del sistema dual de educación y formación profesional contribuye a aumentar el empleo juvenil.

    3.2.5.

    Con el fin de lograr la plena alfabetización digital de los profesores y alumnos, así como de los ciudadanos, incluidos los de las zonas marginadas, es necesario movilizar los fondos públicos adecuados, la adquisición de equipos de vanguardia y la contratación de personal técnico cualificado.

    3.2.6.

    Hacer frente a esta escasez de mano de obra cualificada es una tarea pluridimensional para la que deben realizarse esfuerzos considerables. Deben fomentarse a todos los niveles la creatividad, el espíritu empresarial y la movilidad en la educación y la formación, así como el aprendizaje permanente y el fortalecimiento de los vínculos entre las empresas y los proveedores de servicios educativos. Los interlocutores sociales también tienen un papel importante que desempeñar en este contexto.

    3.2.7.

    Además de acceso a una educación y una formación profesional de calidad, las personas con discapacidad y otros grupos desfavorecidos necesitan medidas específicas y apoyo para mejorar su acceso al mercado laboral.

    3.3.   Reforzar la eficacia del diálogo social a nivel nacional y europeo (14)

    3.3.1.

    El buen funcionamiento del diálogo social es fundamental para alcanzar los objetivos mencionados anteriormente de convergencia social ascendente y acceso al empleo de calidad, a las cualificaciones y las competencias, así como para mejorar el planteamiento y la aplicación de las reformas que conllevan estos objetivos, con vistas a lograr un mayor grado de implicación en ellas.

    3.3.2.

    La participación oportuna y significativa de los interlocutores sociales es necesaria a lo largo de todo el proceso del Semestre Europeo si se quiere mejorar su adhesión a las políticas y el éxito en la aplicación de las mismas conciliando los intereses de los trabajadores y los empresarios. La colaboración entre los interlocutores sociales puede ser un catalizador para el éxito, la sostenibilidad y la inclusividad de las políticas económicas, sociales y de empleo.

    3.3.3.

    Los interlocutores sociales disponen de la capacidad necesaria para dar con soluciones innovadoras que hagan frente a la transformación de la sociedad y del mercado laboral, los cambios demográficos, la digitalización y los efectos de la globalización. El marco legislativo tanto nacional como europeo debería garantizar la existencia de un espacio reservado a la innovación a nivel de empresas, sectores y Estados miembros, con objeto de promover el desarrollo de los interlocutores sociales. El Fondo Social Europeo (FSE) tiene un importante papel que desempeñar en el apoyo al desarrollo de las capacidades de los interlocutores sociales, tal como reconoce la Declaración cuatripartita «Nuevo comienzo para el diálogo social» (2016); el CESE anima a la Comisión y a los Estados miembros a que garanticen la aplicación de las recomendaciones de los interlocutores sociales (15).

    3.3.4.

    La participación de los interlocutores sociales en el Semestre Europeo también requiere de un apoyo adicional para el desarrollo de capacidades que permita contribuir a las distintas fases del proceso, incluida la aplicación de las reformas. Del mismo modo, en algunos países, el desarrollo de las capacidades de los interlocutores sociales es importante para lograr transponer los resultados del diálogo social europeo.

    3.3.5.

    Como se subraya en los informes por país de 2019, la evolución positiva de algunos Estados miembros contrasta con el retroceso registrado en otros. En la práctica, en algunos Estados miembros la participación de los interlocutores sociales a nivel nacional es escasa. La consulta de los interlocutores sociales debería ser obligatoria.

    3.3.6.

    El diálogo social debería desempeñar un papel más importante en el planteamiento, la aplicación y el seguimiento de las reformas. Deberían tenerse en cuenta los acuerdos entre los interlocutores sociales que identifican desafíos urgentes y factores políticos con vistas a mejorar el mercado laboral, así como los informes por país y el cuadro de indicadores sociales.

    3.4.   Promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la inclusión social y combatir la pobreza (16)

    3.4.1.

    El CESE reitera que, a la hora de diseñar las políticas de regulación del mercado de trabajo y de regulación social, es necesario combinar de manera coherente las dimensiones interrelacionadas de la competitividad, la productividad y la sostenibilidad social o los derechos de los trabajadores. Todos los actores deben comprometerse a promover un crecimiento inclusivo y, al mismo tiempo, a crear condiciones favorables para el mundo empresarial, con el fin de crear más y mejores puestos de trabajo. La única manera de construir sociedades más igualitarias es generar un crecimiento y un empleo más inclusivos y sostenibles, con el objetivo de garantizar a la población unas condiciones de trabajo dignas, salarios y pensiones adecuadas y la capacidad de ejercer sus derechos.

    3.4.2.

    A pesar de la mejora de la situación en Europa, aún persisten diferencias entre los Estados miembros, entre las regiones y entre los diferentes grupos de personas en el mercado laboral. El crecimiento no favorece a todos los países, regiones y ciudadanos de la misma manera. En algunos Estados miembros el desempleo sigue siendo elevado, la renta real de los hogares sigue estando por debajo de los niveles anteriores a la crisis y se registran altas tasas de pobreza. Las diferencias regionales continúan siendo importantes e, incluso, van creciendo en algunos Estados miembros.

    3.4.3.

    Las recomendaciones específicas por país (17) pueden desempeñar un papel clave en la mejora de la eficacia de las directrices para las políticas de empleo y del pilar europeo de derechos sociales, lo que brinda a cada país una valiosa oportunidad de elaborar sus políticas nacionales de acuerdo con las directrices y los principios del pilar europeo de derechos sociales, con vistas a lograr resultados comunes. Su objetivo debería ser reducir las divergencias anteriormente mencionadas, así como aumentar los recursos correspondientes y orientarlos hacia la consecución de este objetivo.

    3.4.4.

    En algunos Estados miembros, las tasas de desempleo no se han recuperado totalmente y siguen superando el 10 %. La situación de los jóvenes sigue siendo problemática en varios países: la gran proporción de jóvenes que no trabajan, ni estudian ni siguen una formación suscita preocupación de cara a su empleabilidad actual y futura (18). En otros Estados miembros, la mayor escasez de mano de obra genera un cuello de botella para el crecimiento.

    3.4.5.

    En general, a pesar de las crecientes tasas de empleo entre las mujeres, las diferencias de género en las tasas de empleo persisten y dan lugar a disparidades salariales (19). Las personas poco cualificadas y las de origen migrante, en particular, tienen dificultades a la hora de encontrar empleo (20). Las personas con discapacidad siguen estando igualmente en situación de desventaja (21). Por otra parte, en muchos Estados miembros existen grandes disparidades regionales en los resultados del mercado de trabajo. Los cambios demográficos y los avances tecnológicos están reconformando los mercados laborales europeos. Estos problemas deben abordarse mediante la adopción medidas legislativas y administrativas y la cooperación entre las instituciones interesadas y los interlocutores sociales.

    3.5.   El pilar europeo de derechos sociales

    3.5.1.

    El pilar europeo de derechos sociales es fundamental para mejorar las condiciones laborales y salariales y los sistemas de protección social en Europa, garantizar el equilibrio entre el trabajo y la vida privada, y mejorar las normas sociales y la convergencia entre los Estados miembros de la UE, incluida la negociación colectiva y el acceso a los servicios sociales. A este respecto, el CESE reitera las conclusiones y recomendaciones formuladas en anteriores dictámenes (22).

    3.5.2.

    Los informes por país de 2019 prestan especial atención a la manera en que los Estados miembros llevan a efecto el pilar europeo de derechos sociales en sus distintas dimensiones. La aplicación del pilar servirá de guía para la consecución de un crecimiento inclusivo, justo y sostenible.

    3.5.3.

    El futuro del mercado laboral debería ser un tema clave en los debates sobre el pilar de derechos sociales, los cuales deberían centrarse en la importante transformación que este está experimentando. Asimismo, debería adoptarse una estrategia europea coherente en materia de empleo que abarque los temas siguientes:

    inversión e innovación,

    empleo y creación de puestos de trabajo de calidad,

    condiciones de trabajo justas para todos,

    transiciones justas y fluidas apoyadas por unas políticas activas para el mercado laboral;

    la implicación de todas las partes interesadas, especialmente en el caso de los interlocutores sociales.

    3.5.4.

    Todas las partes interesadas deben trabajar juntas para garantizar que, en el futuro, el mundo del trabajo sea justo e inclusivo, ofrezca oportunidades de empleo para todos y promueva el progreso social, una mano de obra cualificada y motivada, con una renta digna y el acceso a puestos de trabajo de calidad.

    3.5.5.

    Este progreso debe financiarse: la aplicación efectiva del pilar en los Estados miembros solo será posible si se dispone de suficientes recursos financieros para invertir en políticas sociales destinadas a aplicar los derechos y principios del mismo mediante iniciativas políticas específicas. A tal fin, deberían promoverse mecanismos como el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas.

    3.6.   Fondos de la UE (23)

    3.6.1.

    El CESE acoge con satisfacción la intención expresada en el proyecto de Reglamento del FSE+ de reforzar el vínculo entre el FSE y el proceso del Semestre Europeo, en particular en la aplicación de las recomendaciones específicas por país.

    3.6.2.

    Para algunos Estados miembros, los fondos de la UE representan incluso una parte fundamental de su inversión pública. Una mayor adaptación de los fondos de la UE al análisis y las recomendaciones del Semestre Europeo mejorará previsiblemente los resultados y reforzará el impacto de la financiación de la política de cohesión.

    3.6.3.

    El Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas y los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos deberían estar diseñados para desempeñar un papel clave en la creación de empleo y en el crecimiento, así como en la promoción de la cohesión territorial y social. El CESE opina que se necesita hacer un uso más eficaz y eficiente de estos fondos y que la inversión de la Unión a largo plazo en infraestructuras y servicios sociales de calidad, entre otros, a través del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas y el Banco Europeo de Inversiones, debe ser un aspecto prioritario y servir de complemento a la aplicación del pilar.

    3.7.   Digitalización

    3.7.1.

    El CESE ha examinado, en numerosos dictámenes, el fenómeno de la digitalización y su impacto en la organización del trabajo y del empleo (24).

    3.7.2.

    La cuarta revolución industrial traerá consigo cambios importantes como consecuencia de los avances registrados en campos como la genética, la inteligencia artificial, la robótica, las nanotecnologías, la impresión 3D y la biotecnología, en lo que respecta a los modelos de consumo, producción y trabajo, planteando serios desafíos que precisan de una adaptación proactiva por parte de las empresas, las autoridades públicas y los ciudadanos. Paralelamente a la revolución tecnológica, una serie de factores socioeconómicos, geopolíticos y demográficos vinculados a estos cambios acentúan sus efectos, ya que intervienen en múltiples aspectos y se refuerzan mutuamente. A medida que se adapta la industria en su conjunto, la mayoría de los oficios experimentan una transformación radical.

    3.7.3.

    Algunos trabajos corren el riesgo de volverse superfluos, mientras que otros se encuentran en pleno auge; los puestos de trabajo existentes requieren la adquisición de las competencias necesarias. Se necesitan medidas específicas para hacer frente a la escasez de mano de obra cualificada, el desempleo masivo y las crecientes desigualdades, que requieren de la reconversión profesional y la mejora de las cualificaciones, un enfoque proactivo del aprendizaje permanente, incentivos y equipos adecuados, así como asociaciones multisectoriales.

    3.7.4.

    Comprender mejor la naturaleza cambiante del trabajo y de las relaciones laborales en la era digital debería aumentar la eficacia de la política de empleo de la UE.

    3.7.5.

    Debe darse prioridad al aprendizaje permanente, la reconversión profesional y el desarrollo de competencias, de manera que todos tengan la oportunidad de acceder a un puesto de trabajo en un entorno laboral globalizado, de alta tecnología, así como a la información y los servicios, algunos de los cuales resultan fundamentales.

    3.7.6.

    En la era digital, es esencial garantizar el acceso a internet, proporcionar formación en alfabetización digital a personas en situación de riesgo, y brindarles la oportunidad de ejercer sus derechos y tener acceso a los servicios sociales, especialmente a los fundamentales.

    3.7.7.

    Las nuevas desigualdades y los riesgos sociales asociados a la revolución digital podrían también derivarse en parte del fenómeno de la exclusión digital, al carecer algunos segmentos de la población de las competencias informáticas necesarias y la alfabetización digital esencial para el acceso a la información y los servicios, en ocasiones esenciales.

    Bruselas, 20 de junio de 2019.

    El Presidente

    del Comité Económico y Social Europeo

    Luca JAHIER


    (1)  DO C 237 de 6.7.2018, p. 57.

    (2)  DO C 159 de 10.5.2019, p. 1, DO C 434 de 15.12.2017, p. 30.

    (3)  DO C 262 de 25.7.2018, p. 1, DO C 81 de 2.3.2018, p. 145, DO C 125 de 21.4.2017, p. 10.

    (4)  Decisión (UE) 2018/1215 del Consejo, de 16 de julio de 2018, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (DO L 224 de 5.9.2018, p. 4):

    impulsar la demanda de mano de obra;

    mejorar la oferta de mano de obra y el acceso al empleo, las capacidades y las competencias;

    mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social, y

    promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la inclusión social y combatir la pobreza.

    (5)  DO C 332 de 8.10.2015, p. 68, DO C 237 de 6.7.2018, p. 57.

    (6)  Comunicación COM(2019) 150 final -La Unión Europea disfruta de su séptimo año consecutivo de crecimiento económico. La continuidad de la recuperación económica tiene un impacto positivo en los mercados de trabajo y en el progreso social. La situación laboral sigue mejorando, ya que el número de personas contratadas en el cuarto trimestre de 2018 ascendió a 240 millones, y la tasa de desempleo (6,6 %) volvió al nivel del año 2000. Solo en 2017, más de cinco millones de personas salieron de su situación de pobreza y exclusión social.

    (7)  Comunicación COM(2019) 150 final , anexo 4; véase también la Comunicación COM(2019) 500 final .

    (8)  Acceso de las pymes y las empresas de capitalización media a la financiación durante el período 2014-2020: oportunidades y retos (Documento informativo), DO C 345 de 13.10.2017, p. 15; DO C 197 de 8.6.2018, p. 1.

    (9)  Véase la nota 8.

    (10)  COM(2019) 150 final .

    (11)  Véase la nota 10.

    (12)  SOC/622 (en curso de elaboración), DO C 62 de 15.2.2019, p. 136, DO C 228 de 5.7.2019, p. 16, DO C 237 de 6.7.2018, p. 8, DO C 81 de 2.3.2018, p. 167; DO C 13 de 15.1.2016, p. 57; DO C 161 de 6.6.2013, p. 67.

    (13)  Véase el estudio encargado por el CESE sobre el desajuste de competencias, 2018.

    (14)  DO C 159 de 10.5.2019, p. 1, DO C 434 de 15.12.2017, p. 30.

    (15)  Declaración de la Presidencia del Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea y los interlocutores sociales europeos sobre «Un nuevo comienzo para el diálogo social», 2016 .

    (16)  DO C 367 de 10.10.2018, p. 15, DO C 237 de 6.7.2018, p. 1, DO C 440 de 6.12.2018, p. 135, SOC/620 (en curso de elaboración), DO C 228 de 5.7.2019, p. 7

    (17)  Recomendaciones específicas por país

    (18)  DO C 62 de 15.2.2019, p. 142.

    (19)  SOC/610 (DO C 240 de 16.7.2019, p. 3), DO C 110 de 22.3.2018, p. 26, DO C 440 de 6.12.2018, p. 37, DO C 262 de 25.7.2018, p. 101, DO C 110 de 22.3.2019, p. 20

    (20)  Los costes de la no inmigración y la no integración (Documento informativo); DO C 264 de 20.7.2016, p. 19, DO C 71 de 24.2.2016, p. 46.

    (21)  DO C 34 de 2.2.2017, p. 15, DO C 367 de 10.10.2018, p. 20, SOC/616 (en curso de elaboración).

    (22)  DO C 125 de 21.4.2017, p. 10, DO C 81 de 2.3.2018, p. 145, SOC/614 (en curso de elaboración).

    (23)  DO C 62 de 15.2.2019, p. 165.

    (24)  DO C 237 de 6.7.2018, p. 8, DO C 129 de 11.4.2018, p. 7, DO C 237 de 6.7.2018, p. 1, DO C 434 de 15.12.2017, p. 36, DO C 434 de 15.12.2017, p. 30, DO C 173 de 31.5.2017, p. 45, DO C 303 de 19.8.2016, p. 54, DO C 13 de 15.1.2016, p. 161, DO C 128 de 18.5.2010, p. 74, SOC/622 (en curso de elaboración).


    APÉNDICE

    El siguiente punto del Dictamen de la Sección fue eliminado para reflejar la enmienda aprobada por el Pleno, pero obtuvo más de un cuarto de los votos emitidos (artículo 59, apartado 4, del Reglamento interno):

    1.4.

    Deberían llevarse a cabo políticas y reformas estructurales que faciliten la creación de puestos de trabajo de calidad, el fomento del emprendimiento responsable, el desarrollo de las pymes y las empresas sociales y el abandono del principio «Pensar primero a pequeña escala» (Think Small First) en favor del de «Actuar primero a pequeña escala» (Act small first).

    Resultado de la votación:

    Votos a favor

    :

    117

    En contra

    :

    86

    Abstenciones

    :

    15


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