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Document 52017AP0058

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de marzo de 2017, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior para el período comprendido entre 2014 y 2020 (12852/2016 — C8-0515/2016 — 2016/0247(NLE))

DO C 263 de 25.7.2018, p. 166–166 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.7.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 263/166


P8_TA(2017)0058

Acuerdo UE-Liechtenstein sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados ***

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de marzo de 2017, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior para el período comprendido entre 2014 y 2020 (12852/2016 — C8-0515/2016 — 2016/0247(NLE))

(Aprobación)

(2018/C 263/24)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12852/2016),

Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior para el período comprendido entre 2014 y 2020 (12881/2016),

Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 77, apartado 2, letra a), y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0515/2016),

Vistos el artículo 99, apartados 1 y 4, y el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento,

Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0025/2017),

1.

Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y del Principado de Liechtenstein.

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